La Constitución Española de 1978

TEMA 1: LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA (I): LOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES Y VALORES SUPERIORES. DERECHOS Y DEBERES FUNDAMENTALES: SU GARANTÍA Y SUSPENSIÓN

  1. Concepto. La Constitución Española de 1978

Concepto de constitución: Ley fundamental de un Estado que define el régimen básico de los derechos y libertades de los ciudadanos y los poderes e instituciones de la organización política. La Constitución Española de 1978

La Constitución de 1978 es, según Sentencia del Tribunal Constitucional, “nuestra norma suprema y no una mera declaración programática, de forma que, lejos de ser un mero catálogo de principios de no inmediata vinculación y de no inmediato cumplimiento hasta que sean objeto de desarrollo por vía legal, es una norma jurídica, la norma suprema de nuestro ordenamiento, y en cuanto tal tanto los ciudadanos como todos los poderes públicos, y por consiguiente también los Jueces y Magistrados integrantes del poder judicial, están sujetos a ella.”

Esta supremacía de la Constitución tiene las siguientes consecuencias:

  • Supone que el resto de las normas jurídicas deben estar en consonancia con sus mandatos, pues, en caso contrario, serán declaradas inconstitucionales. La Constitución Española de 1978
  • Exige un procedimiento especial de reforma como garantía de su estabilidad jurídica.
  • Todas las normas jurídicas deben interpretarse de conformidad con los preceptos constitucionales de tal forma que, siendo posibles dos interpretaciones de un precepto, se acepta la ajustada a la Constitución.

Proceso Constituyente

El proceso que culmina con la promulgación de la Constitución Española de 1978 supuso un profundo cambio en el sistema político, pasando de una dictadura a un Estado democrático de Derecho, pero habiéndose realizado a partir de las Leyes Fundamentales del régimen autocrático anterior. La Constitución Española de 1978

Todo comenzó con la aprobación mediante referéndum de la Ley para la Reforma Política el día 4 de abril de 1977. La elección de las Cortes Generales fue el día 15 de junio de 1977. La designación de la Ponencia Constitucional es el uno de agosto de 1977 (Dogmática: Preámbulo y Título I; Orgánica: Del Título II al final de la Constitución).

Aprobación. El día 31 de octubre de 1978 las Cortes, reunidas por separado, aprueban la Constitución Española.

Referéndum. El día 6 de diciembre de 1978 el pueblo español, sometido a referéndum, aprueba mayoritariamente la nueva CE. La Constitución Española de 1978

Sancionada. El día 27 de diciembre de 1978 fue sancionada antes las Cortes por el Rey.

Vigencia. El día 29 de diciembre de 1978 es publicada en el BOE, día que entra en vigor.

Características

  • Define un régimen político democrático de derecho, basado en el principio de soberanía nacional (el poder emana del pueblo, origen popular) y de control político por parte de las Cortes.
  • Es una Constitución imprecisa en algunos aspectos y ambigua, ya que al intentar efectuar un consenso entre los distintos partidos políticos se tuvieron que acercar posturas totalmente divergentes, lo que llevo a algunas contradicciones entre los títulos que habían sido objeto de mayor discusión.
  • Es una Constitución rígida, en cuanto a la manera de llevarse a cabo una reforma, pudiendo distinguirse dos sistemas de reforma en atención a la importancia de la materia. La Constitución Española de 1978
  • Es una Constitución muy poco original, ya que tiene influencias de anteriores Constituciones españolas y extranjeras.La Constitución Española de 1978
  • Es una Constitución extensa, la más amplia después de la de Cádiz de 1812, pues comprende 169 artículos, 4 Disposiciones Adicionales, 9 Disposiciones Transitorias, una Derogatoria, y una Final. Su estructura está dividida en Títulos, y se distinguen 2 partes: o Parte dogmática: incluye el conjunto de derechos fundamentales de las personas. Título La Constitución Española de 1978

Preliminar y Título Primero. o Parte orgánica: Establece la división de poderes del Estado, la organización territorial y la distribución de competencias a entidades públicas. Lo forma el resto de la Constitución Española.

  • Es una Constitución inacabada, ya que remite el contenido de los artículos a su desarrollo por Ley Orgánica

Temario completo disponible para alumnos/as inscritos en la academia.

La Constitución Española de 1978.