Temario Administrativo Promoción Interna

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Temario Administrativo Promoción Interna

GRUPO I. Temario Administrativo Promoción Interna

Tema 1.– Las fuentes del derecho administrativo: La jerarquía de las fuentes. La Constitución. La ley. Disposiciones del gobierno con valor de ley. El reglamento.

Tema 2.– El régimen jurídico del Sector Público: principios de actuación y funcionamiento. Los órganos de las Administraciones Públicas: especial referencia a los órganos colegiados. La atribución de competencias a los órganos administrativos: delegación, avocación, encomienda de gestión, delegación de firma y suplencia.

Tema 3.– El acto administrativo: concepto, elementos y clases. La motivación y la notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos. Nulidad y anulabilidad de los actos.

Tema 4.– El procedimiento administrativo común: concepto y naturaleza. Objeto y ámbito. Interesados. La actividad de la Administración.

Tema 5.– Las fases del procedimiento administrativo común: Iniciación, ordenación, instrucción y finalización.

Tema 6.– La revisión de los actos en vía administrativa. La revisión de oficio. Los recursos administrativos: objeto y clases. La jurisdicción contencioso-administrativa: concepto y naturaleza.

Tema 7.– Los contratos del Sector Público: Tipología contractual. Las partes en el contrato. El expediente de contratación. Procedimientos de adjudicación. Efectos, cumplimiento y extinción de los contratos de las Administraciones Públicas.

GRUPO II. Temario Administrativo Promoción Interna

Tema 8.– El Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público: estructura y contenido básico. La Ley de la Función Pública de Castilla y León: objeto y ámbito de aplicación. Órganos superiores en materia de Función Pública de Castilla y León.

Tema 9.– Planificación y organización de la función pública de la Administración de la Comunidad de Castilla y León: Clases de personal. Instrumentos de planificación, programación y organización. Selección y provisión. Adquisición, pérdida y rehabilitación de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Derechos y deberes. La carrera profesional. Régimen de incompatibilidades. Régimen disciplinario. El derecho de sindicación y de huelga. Representación, participación y negociación colectiva.

Tema 10.– El personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas: Régimen jurídico. El Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y Organismos Autónomos dependientes de ésta: estructura y breve referencia a su contenido.

Tema 11.– La Seguridad Social del personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León: Régimen general y Régimen Especial de derechos pasivos y mutualismo administrativo. Régimen General y Regímenes Especiales. Inscripción de empresas, afiliación, altas, bajas y variación de datos. Recaudación de cuotas.

Tema 12.– Prestaciones: la asistencia sanitaria. Incapacidad temporal. Maternidad y paternidad. Riesgo durante el embrazo y durante la lactancia. Conceptos generales de las prestaciones por incapacidad permanente, jubilación, muerte y supervivencia.

GRUPO III. Temario Administrativo Promoción Interna

Tema 13.– La Ley de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León: estructura y contenido.

Tema 14.– El presupuesto de la Comunidad de Castilla y León: principios de programación y de gestión. Contenido, estructura y elaboración de los presupuestos generales de la Comunidad. Ejecución y prórroga.

Tema 15.– Los créditos presupuestarios en la Comunidad de Castilla y León. Régimen de los créditos y modificaciones presupuestarias.

Tema 16.– La gestión del gasto: órganos competentes, fases del procedimiento y documentos contables que intervienen. Pagos: concepto y tipos. Pagos a justificar y pagos en firme. Anticipos de caja fija. Liquidación y cierre del ejercicio.

Tema 17.– Nóminas de los empleados públicos: estructura y normas de confección.

GRUPO IV. Temario Administrativo Promoción Interna

Tema 18.– Los derechos de las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas. La atención al público: asistencia en el uso de medios electrónicos a los interesados e información a los ciudadanos y usuarios. Atención a personas con discapacidad.

Tema 19.– Los servicios de información y atención al ciudadano de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. El Servicio de Atención 012. La información administrativa: general y particular. Iniciativas, reclamaciones y quejas.

Tema 20.– La Administración electrónica: Sede electrónica, sistemas de identificación y firma. Expediente electrónico y archivo electrónico único. Registro Electrónico General. Copia autentificada.

Tema 21.– Transparencia, acceso a la información pública y participación. El Código de Buen Gobierno. La protección de datos: régimen de los ficheros de titularidad pública.

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Temario Gestión Promoción Interna

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Temario Gestión Promoción Interna

GRUPO I Temario Gestión Promoción Interna Temario Gestión Promoción Interna

Tema 1.– La Constitución Española (I): Los principios constitucionales y valores superiores. Derechos y deberes fundamentales: su garantía y suspensión. El Tribunal Constitucional. La reforma de la Constitución.

Tema 2.– La Constitución Española (II): La Corona. Funciones constitucionales del Rey o de la Reina. Las Cortes Generales: composición y atribuciones. El defensor del pueblo. Temario Gestión Promoción Interna Temario Gestión Promoción Interna

Tema 3.– La Constitución Española (III): El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. Designación, duración y responsabilidad del Gobierno.

Tema 4.– La Constitución Española (IV): La organización territorial del Estado Español. Las Comunidades Autónomas: fundamento constitucional, estatutos de autonomía y proceso de constitución. Distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas. Temario Gestión Promoción Interna Temario Gestión Promoción Interna

Tema 5.– La Comunidad de Castilla y León: El Estatuto de Autonomía como norma institucional básica de la Comunidad Autónoma.

Tema 6.– La Unión Europea: antecedentes y objetivos. Los tratados originarios y modificativos. Especial referencia a la integración de España y a la representación de la Junta de Castilla y León ante la Unión Europea. Instituciones de la Unión Europea: El Parlamento Europeo. El Consejo Europeo. El Consejo de la Unión Europea. La Comisión. El Tribunal de Justicia. Otras Instituciones: El Tribunal de Cuentas y el Banco Central Europeo.

GRUPO II Temario Gestión Promoción Interna Temario Gestión Promoción Interna

Tema 7.– Las fuentes del derecho: Constitución. La ley y sus clases. Disposiciones del gobierno con valor de ley. Relación entre la ley autonómica y la estatal. El reglamento: concepto, clases y límites. Procedimiento de elaboración de los reglamentos. El control de la potestad reglamentaria. Los principios generales del derecho. Los tratados internacionales. El derecho de la Unión Europea.

Tema 8.– La Administración Pública: concepto y clases. La Administración Pública y el Derecho: el principio de legalidad. Las potestades administrativas. Control de la actividad discrecional de la Administración.

Tema 9.– Los principios de la organización administrativa. La competencia administrativa. Delegación, avocación, encomienda de gestión, delegación de firma, suplencia y coordinación de competencias. Conflictos de atribuciones.

Tema 10.– El régimen jurídico del Sector Público: principios de actuación y funcionamiento. Los órganos de las Administraciones Públicas: concepto y clases de órganos. Los órganos colegiados.

Tema 11.– Las relaciones interadministrativas: principios generales. Deber de colaboración. Relaciones de cooperación. La coordinación y el control. Los conflictos entre Administraciones.

Tema 12.– El derecho administrativo: concepto, contenido y sistemas administrativos. El acto administrativo: concepto, elementos y clases. La motivación y la notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos. Nulidad y anulabilidad de los actos.

Tema 13.– El procedimiento administrativo común: concepto y naturaleza. Objeto y ámbito. Interesados. Actividad de las Administraciones Públicas. Los derechos de las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas. La participación ciudadana.

Tema 14.– Fases del procedimiento administrativo común: garantías, iniciación, ordenación, instrucción, finalización y ejecución.

Tema 15.– La revisión de los actos en vía administrativa. La revisión de oficio. Consideraciones generales. Revisión de actos nulos de pleno derecho. Revisión de actos anulables. Revisión de actos válidos. Los recursos administrativos: principios generales, clases y tramitación. Temario Gestión Promoción Interna Temario Gestión Promoción Interna

Tema 16.– La jurisdicción contencioso-administrativa: concepto y naturaleza. Órganos y competencias. El recurso contencioso-administrativo.

Tema 17.– La responsabilidad patrimonial de las Administraciones públicas: principios y especialidades procedimentales. Responsabilidad de autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Tema 18.– Los contratos del sector público (I): Principios generales de la contratación del sector público. Elementos estructurales de los contratos: partes, el objeto y el precio. Preparación de los contratos de las Administraciones Públicas. Procesos de adjudicación. Las garantías. Temario Gestión Promoción Interna Temario Gestión Promoción Interna

Tema 19.– Los contratos del sector público (II): Efectos, cumplimiento y extinción de los contratos de las Administraciones Públicas. Las prerrogativas de la Administración.

Tema 20.– Los contratos del sector público (III): Contrato de obras, concesión de obras, concesión de servicios, contrato de suministro, contrato de servicios: delimitación y especialidades. Breve referencia a los contratos de otros entes del Sector Público.

Tema 21.– Las subvenciones públicas: concepto y régimen jurídico. La gestión de las subvenciones en la Comunidad de Castilla y León.

GRUPO III Temario Gestión Promoción Interna Temario Gestión Promoción Interna

Tema 22.– El Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público: estructura y contenido básico. La Ley de la Función Pública de Castilla y León: objeto y ámbito de aplicación. Órganos superiores en materia de función pública de Castilla y León. Distribución de competencias en materia de personal en la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Planificación y organización de la función pública de la Administración de la Comunidad de Castilla y León: clases de personal. Planes de empleo. Oferta de Empleo Público. Catálogo de Puestos Tipo. Relaciones de Puestos de Trabajo u otros instrumentos organizativos. Registro de Personal.

Tema 23.– Régimen jurídico de los empleados públicos al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (I): Acceso y selección. Adquisición, pérdida y rehabilitación de la condición de funcionario. Provisión de puestos de trabajo. Régimen jurídico de los empleados públicos al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (II). Situaciones administrativas. Derechos y deberes. La carrera profesional. Retribuciones. Formación y perfeccionamiento.

Tema 24.– Régimen jurídico de los empleados públicos al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (III): Ética pública. El Código Ético de los empleados públicos de la Administración de Castilla y León. La gestión de intereses en el ámbito público: régimen de incompatibilidades. Régimen disciplinario.

Tema 25.– El personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas: Régimen jurídico. El Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y Organismos Autónomos dependientes de ésta.

Tema 26.– La Seguridad Social del personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León: régimen general y régimen especial de derechos pasivos y mutualismo administrativo.

GRUPO IV Temario Gestión Promoción Interna Temario Gestión Promoción Interna

Tema 27.– El presupuesto: concepto y principios presupuestarios. Clases de presupuestos. El Presupuesto del Estado: características y estructura. Estabilidad presupuestaria y sostenibilidad presupuestaria. El presupuesto de la Comunidad de Castilla y León: principios de programación y de gestión. Contenido, estructura y elaboración del Presupuesto. Ejecución y prórroga.

Tema 28.– La Ley de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León: ámbito de aplicación y principios generales. Órganos competentes en materia de gasto público.

Tema 29.– Los créditos presupuestarios en la Comunidad de Castilla y León. Régimen de los créditos y modificaciones presupuestarias.

Tema 30.– Nóminas de los empleados públicos en la Comunidad de Castilla y León: estructura y normas de confección. Gestión administrativa y económica de la nómina.

Tema 31.– La gestión del gasto: órganos competentes, fases del procedimiento y documentos contables que intervienen. Pagos: concepto y tipos. Pagos a justificar y pagos en firme. Anticipos de caja fija. Liquidación y cierre del ejercicio.

Tema 32.– El control del gasto público. El control interno en la Administración de la Comunidad de Castilla y León: la función interventora y el control financiero permanente, la auditoría pública y el control financiero de subvenciones. El control externo: El Tribunal de Cuentas, el Consejo de Cuentas de Castilla y León y las Cortes de Castilla y León.

Tema 33.– Sistema tributario español: visión general del régimen actual. Los ingresos públicos: concepto y clasificación. La financiación de las Comunidades Autónomas. Tributos propios y cedidos.

GRUPO V

Tema 34.– El Derecho del Trabajo: concepto, naturaleza y caracteres. Sus fuentes. Los convenios colectivos: concepto, régimen jurídico. La integración de los convenios colectivos en el sistema de fuentes.

Tema 35.– Representación, participación y negociación colectiva. Especial referencia en las Administraciones Públicas. El derecho de sindicación. El derecho de huelga en la Administración Pública y la garantía de los servicios públicos esenciales.

Tema 36.– El Sistema de la Seguridad Social. Campo de aplicación y estructura del sistema. La gestión de la Seguridad Social: entidades gestoras y colaboración en la gestión. Inscripción de empresas, afiliación, altas y bajas y variación de datos. Recaudación de cuotas.

Tema 37.– Acción protectora: contingencias cubiertas y régimen general de las prestaciones. Conceptos generales sobre las prestaciones de incapacidad, jubilación muerte y supervivencia. La asistencia sanitaria.

Tema 38. Incapacidad temporal: concepto, beneficiarios y derecho al subsidio. Maternidad y paternidad: situaciones protegidas, beneficiarios, prestación económica y pérdida o suspensión del derecho al subsidio. Riesgo durante el embarazo y durante la lactancia.

GRUPO VI

Tema 39.– La Administración Pública y las políticas públicas, clasificación y actores de las políticas pública. Modelos de decisión. El ciclo de las políticas públicas. Temario Gestión Promoción Interna Temario Gestión Promoción Interna

Tema 40.– Las nuevas tecnologías en la gestión de las Administraciones Públicas. La Administración electrónica: El funcionamiento electrónico del sector público. Sede electrónica, sistemas de identificación y firma electrónica. Archivo electrónico.

Tema 41.– Las relaciones electrónicas entre las Administraciones Públicas. Transmisión de datos y reutilización de sistemas y aplicaciones. La interoperabilidad: concepto, límites y garantías. Esquema Nacional de Interoperabilidad y Esquema Nacional de Seguridad. Temario Gestión Promoción Interna Temario Gestión Promoción Interna

Tema 42.– Transparencia administrativa: legislación estatal básica y legislación de Castilla y León. El Código de Buen Gobierno. La protección de datos: régimen de los ficheros de titularidad pública.

 

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Temario Auxiliar de Enfermería

Temario auxiliar de enfermería

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ÍNDICE. Temario auxiliar de enfermería

Tema 1. Estructura de la Consejería de Sanidad. Reglamento de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León. Estructura orgánica de los servicios centrales y Periféricos de la Gerencia Regional de Salud.

Tema 2. Modalidades de la asistencia sanitaria. La Atención Primaria de la Salud, los Equipos de Atención Primaria, el Centro de Salud y la Zona Básica de Salud. La Atención Especializada: centros y servicios dependientes de la misma. Los órganos directivos, la estructura y organización de los hospitales.

Tema 3. Ley 2/2007, de 7 de marzo, del Estatuto Jurídico del personal estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León: Clasificación del personal estatutario. Provisión de plazas, selección y promoción interna. Adquisición y pérdida de la condición de personal estatutario fijo.

Tema 4. La ley 8/2010, de 30 de agosto de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León. Ley 10/2010, de 27 de septiembre, de Salud Pública y Seguridad Alimentaria de Castilla y León.

Tema 5. La salud laboral en el ámbito de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León: Organización preventiva. Planes de Prevención de Riesgos laborales. Procedimiento para la Integración efectiva de la prevención de riesgos laborales. Procedimiento de valoración del puesto de trabajo, adaptación, cambio y traslado por causa de salud. Procedimiento de protección de las trabajadoras durante el embarazo y la lactancia. Procedimiento de vacunación. El Plan Integral frente a las agresiones al personal de la Gerencia Regional de Salud.

Tema 6. La Ley 31/1995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales: Derechos y obligaciones. Servicios de Prevención. Consulta y participación de los trabajadores.

Tema 7. Derechos y deberes de los pacientes en relación con la salud. Autonomía de decisión. Intimidad y confidencialidad, protección de datos, secreto profesional. Derecho a la información. Derechos relativos a la documentación sanitaria (Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la Autonomía del Paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. Ley 8/2003, de 8 de abril, sobre derechos y deberes de las personas en relación con la salud. Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal. Decreto 101/2005, de 22 de diciembre por el que se regula la Historia Clínica en Castilla y León).

Tema 8. El Plan en gestión de la calidad y seguridad del paciente de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León. Dimensiones de la calidad asistencial. El papel de los Técnicos en Cuidados Auxiliares de Enfermería en la seguridad de los pacientes: sistemas de notificación y prácticas seguras de evidencia demostrada aplicables en su actividad diaria.

Tema 9. Principios fundamentales de la Bioética: Dilemas éticos. Normas legales de ámbito profesional. El Secreto profesional: Concepto y regulación jurídica.

Tema 10. Actividades de los Técnicos en Cuidados Auxiliares de Enfermería en Atención Primaria y Atención Especializada. Coordinación entre niveles asistenciales. Concepto de cuidados básicos y autocuidados. El hospital y los problemas psicosociales y de adaptación del paciente hospitalizado.

Tema 11. Salud Pública: Concepto. Salud y Enfermedad: Concepto. Determinantes de la salud. Indicadores de salud por edad y sexo: Morbilidad, mortalidad, letalidad y esperanza de vida. Principales problemas de salud en la población española actual.

Tema 12. Archivo y documentación sanitaria clínica y no clínica. Utilidades y aplicaciones. Sistemas de información utilizados en Atención Primaria y Especializada: generalidades. Servicio de admisión y atención al usuario: Funcionamiento. El consentimiento informado: Concepto.

Tema 13. Funciones del Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería en el área quirúrgica. Circulación del personal y material en la zona quirúrgica. Vestimenta y barreras de protección.

Tema 14. Técnicas del Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería en la higiene del recién nacido y adulto: Concepto. Higiene general y parcial: De la piel y capilar. Técnica de higiene del paciente encamado: Total y parcial. Técnica de baño asistido.

Tema 15. Atención de los Técnicos en Cuidados Auxiliares de Enfermería al paciente encamado: Posición anatómica y alineación corporal. Procedimientos de preparación de las camas. Cambios posturales. Drenajes: Manipulación y cuidado. Técnicas de deambulación. Técnicas de traslado.

Tema 16. Atención de los Técnicos en Cuidados Auxiliares de Enfermería en la preparación del paciente para la exploración: Posiciones anatómicas y materiales médico-quirúrgicos de utilización más común. Atención pre y post operatoria.

Tema 17. Constantes vitales: principios fundamentales, técnicas de toma de constantes, gráficas de constantes vitales y balance hídrico.

Tema 18. Vigilancia del enfermo: Estado de conciencia, observación de la piel, temperatura, respiración.

Tema 19. Atención de los Técnicos en Cuidados Auxiliares de Enfermería en las necesidades de eliminación: Generalidades. Recogida de muestras: Tipos, manipulación, características y alteraciones. Sondajes, osteomías, enemas: Tipos, manipulación y cuidados.

Tema 20. Procedimiento de recogida de muestras biológicas: Concepto de muestra, diferentes tipos de muestras biológicas. Procedimientos de toma de muestras, manipulación, y conservación. Medidas preventivas ante riesgos biológicos.

Tema 21. Los alimentos: Clasificación, higiene y manipulación. Alimentación del lactante. Dietas terapéuticas: Concepto y tipos. Vías de alimentación enteral y parenteral: Concepto y técnicas de apoyo. Administración de alimentos por sonda nasogástrica.

Tema 22. Vías de administración de los medicamentos: Oral, rectal y tópica. Precauciones para su administración. Condiciones de almacenamiento y conservación. Caducidades.

Tema 23. Frío y calor: Indicaciones y técnicas de aplicación de frío y calor.

Tema 24. Atención de los Técnicos en Cuidados Auxiliares de Enfermería al paciente con oxigenoterapia: Métodos de administración de oxígeno, precauciones y métodos de limpieza del material.

Tema 25. Higiene de los centros sanitarios: Medidas de prevención de la infección hospitalaria. Normas de seguridad e higiene. Concepto de aislamiento en el hospital: Procedimientos de aislamiento y prevención de enfermedades transmisibles.

Tema 26. Infección, desinfección, asepsia y antisepsia. Desinfectantes y antisépticos: Mecanismos de acción de los desinfectantes. Métodos de limpieza y desinfección de material e instrumental sanitario. Cadena epidemiológica de la infección nosocomial. Barreras higiénicas. Consecuencias de las infecciones nosocomiales.

Tema 27. Esterilización: Concepto. Métodos de esterilización según tipos de material. Tipos de controles. Manipulación y conservación del material estéril.

Tema 28. Atención de los Técnicos en Cuidados Auxiliares de Enfermería al enfermo terminal. Apoyo al cuidador principal y familia. Cuidados post mortem. Atención de los Técnicos en Cuidados Auxiliares de Enfermería a enfermos afectos de toxicomanía: Alcoholismo y drogodependencias.

Tema 29. Atención de los Técnicos en Cuidados Auxiliares de Enfermería a pacientes con traumatismos: Conceptos generales.

Tema 30. Atención de los Técnicos en Cuidados Auxiliares de Enfermería a la mujer gestante. Alimentación. Higiene. Ejercicio y reposo.

Tema 31. Atención de los Técnicos en Cuidados Auxiliares de Enfermería al recién nacido y lactante: conceptos generales. Alimentación.

Tema 32. Conocimientos básicos sobre las úlceras por presión: Concepto, factores de riesgo. Localización. Etiología. Medidas de prevención. Movilización y cambios posturales.

Tema 33. Urgencias y emergencias: Concepto. Primeros auxilios en situaciones críticas: Politraumatizados, quemados, shock, intoxicación, heridas, hemorragias, asfixias. Reanimación cardio-pulmonar básica. Mantenimiento y reposición del material necesario (carro de parada). Inmovilizaciones y traslado de enfermos.

Tema 34. Salud Laboral: Condiciones físico-ambientales del trabajo, riesgos de naturaleza biológico, químico y físico Medidas de prevención. Patologías como consecuencia del trabajo: conceptos de enfermedad profesional, accidente de trabajo.

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Temario Policía Local

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ÍNDICE. Temario Policía Local

TEMARIO GRUPO A. Temario Policía Local.

Tema 1.– El sistema constitucional español. La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido. Principios generales. La reforma de la Constitución Española. El Estado español como Estado Social y Democrático de Derecho.

Tema 2.– Derechos y deberes fundamentales. Derechos y Libertades. Garantías de las libertades y derechos fundamentales. Los principios rectores de la política social y económica. El Tribunal Constitucional. El Defensor del Pueblo.

Tema 3.– Organización política del Estado español. Clase y forma de Estado. La Corona. Las Cortes Generales: Estructura y competencias. Procedimiento de elaboración de las leyes.

Tema 4.– Organización política del Estado español. El poder ejecutivo. El Gobierno y la Administración. El Poder Judicial. Organización judicial española. El Ministerio Fiscal.

Tema 5.– La Organización territorial del Estado. Las comunidades autónomas. Las administraciones locales.

Tema 6.– La Comunidad Autónoma de Castilla y León. Instituciones: las Cortes de Castilla y León, el Presidente y la Junta de Castilla y León. El Estatuto de Autonomía. Idea general de las competencias de la Comunidad Autónoma.

Tema 7.– La administración pública. Derecho administrativo general. Concepto. Fuentes del derecho administrativo: enumeración y clasificación. La jerarquía normativa. Los reglamentos.

Tema 8.– El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos.

Tema 9.– El procedimiento administrativo: principios informadores. Los interesados. Las fases del procedimiento administrativo: iniciación, ordenación, instrucción y terminación. Dimensión temporal del procedimiento.

Tema 10.– Referencia a los procedimientos especiales. Especialidades del procedimiento administrativo local. La revisión de los actos administrativos: de oficio. Recursos administrativos.

Tema 11.– La función pública en general. El Estatuto del empleado público. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios. Situaciones administrativas.

Tema 12.– Los funcionarios de las entidades locales. Organización de la función pública local. Los grupos de funcionarios de la Administración Especial y General de las entidades locales.

Tema 13.– La responsabilidad de la Administración. Fundamentos y clases. La responsabilidad de los funcionarios.

Tema 14.– La Administración Local. Principios constitucionales y regulación jurídica. Entidades que comprende. La provincia: concepto, elementos y competencias. El Municipio: concepto y elementos. El término municipal. La población: especial referencia al empadronamiento.

Tema 15.– La organización del municipio: El ayuntamiento. El alcalde. Los concejales. El pleno. La comisión de gobierno Local. Otros órganos administrativos.

Tema 16.– Funcionamiento y competencias municipales. Los servicios públicos locales y sus formas de gestión. Las formas de actividad de las Entidades Locales. La intervención administrativa en la actividad privada; estudio especial de las licencias municipales. Ordenanzas. Reglamentos y Bandos: Clases, procedimiento de elaboración y aprobación.

Tema 17.– Las fuerzas y cuerpos de seguridad. Clases y competencias. Disposiciones estatuarias comunes.

Tema 18.– Los cuerpos de policía local. Su participación en la seguridad pública. Funciones como policía administrativa, de seguridad y policía judicial. Coordinación con otros cuerpos policiales. Las juntas locales de seguridad.

Tema 19.– Las competencias de tráfico de la policía local. La policía local como policía de proximidad y asistencial.

Tema 20.– Los cuerpos de policía local. Organización y estructura. Estatuto personal: La Ley 9/2003 de coordinación de policías locales de Castilla y León y su desarrollo.

Tema 21.– Los cuerpos de policía local. Derechos y deberes. Sistema de responsabilidad, penal civil y administrativa. Régimen disciplinario.

Tema 22.– Función y deontología policial. Los principios básicos de actuación. Códigos deontológicos para personas encargadas de hacer cumplir la Ley.

GRUPO B. Temario Policía Local.

Tema 1.– El procedimiento penal. Principios que lo rigen y clases. Clases y competencias de los Juzgados y tribunales.

Tema 2.– La Policía Judicial. Concepto y funciones. El atestado policial en la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Concepto y estructura.

Tema 3.– Detención: concepto, clases y supuestos. Plazos de detención. Obligaciones del funcionario que efectúa una detención. Contenido de la asistencia letrada. Derecho del detenido. Responsabilidades penales en las que puede incurrir el funcionario que efectúa una detención. El procedimiento de «Habeas Corpus».

Tema 4.– El Código Penal. Las infracciones penales. Personas criminalmente responsables. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.

Tema 5.– Las penas y sus clases. Las medidas de seguridad. La responsabilidad civil derivada de los delitos.

Tema 6.– El homicidio y sus formas. Las lesiones.

Tema 7.– Delitos contra la libertad. Las torturas y otros delitos contra la integridad moral. Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales.

Tema 8.– Delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad. Delitos contra el honor y contra las relaciones familiares.

Tema 9.– Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico. Delitos contra los derechos de los trabajadores.

Tema 10.– Delitos contra la seguridad colectiva. Los incendios. Delitos contra la salud pública. Delitos contra la seguridad vial.

Tema 11.– Delitos cometidos por los funcionarios contra las garantías constitucionales.

Tema 12.– Los delitos de imprudencia con especial relación a los cometidos con vehículos de motor.

Tema 13.– La protección de la seguridad ciudadana: Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo.

Tema 14.– La protección civil en España y en Castilla y León. Normas reguladoras.

Tema 15.– Normativa básica sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Competencias de las Administraciones del Estado y de los Municipios.

Tema 16.– Normas generales de circulación. Circulación de vehículos: velocidad, prioridad de paso, cambio de dirección, cambio de sentido y marcha atrás, adelantamientos, paradas y estacionamientos.

Tema 17.– Cruce de pasos a nivel y puentes levadizos. Utilización del alumbrado. Advertencias de los conductores.

Tema 18.– Señalización: normas generales. Prioridad, formato e idioma de las señales. Clases de señales.

Tema 19.– Autorizaciones administrativas. Autorizaciones para conducir. Autorizaciones relativas a los vehículos.

Tema 20.– Infracciones y sanciones. Medidas cautelares. Procedimiento sancionador en materia de tráfico.

Tema 21.– El estacionamiento regulado de vehículos. Las Ordenanzas O.R.A.

GRUPO C TEMAS ESPECÍFICOS. Temario Policía Local.

(Sujetos a cada convocatoria)

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Oposiciones Auxiliar de Biblioteca (promoción interna)

Oposiciones Auxiliar de Bilbioteca Castilla y León (promoción interna)

Oposiciones Auxiliar de Bilbioteca Castilla y León (promoción interna)

  1. Cómo preparamos en Academia Irigoyen. Oposiciones Auxiliar de Biblioteca Castilla y León (promoción interna)
  2. Número y características de las plazas. Oposiciones Auxiliar de Biblioteca Castilla y León (promoción interna)
  3. Requisitos de los aspirantes. Oposiciones Auxiliar de Biblioteca Castilla y León (promoción interna)
  4. Proceso selectivo. Oposiciones Auxiliar de Biblioteca Castilla y León (promoción interna)
  5. Temario. Oposiciones Auxiliar de Biblioteca Castilla y León (promoción interna)

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1. Cómo preparamos en Academia Irigoyen. Oposiciones Auxiliar de Bilbioteca Castilla y León (promoción interna).

El cuerpo de auxiliares de bibliotecas forma parte del personal laboral de la Junta de Castilla y León dentro del grupo 3.
La oposición para auxiliares de bibliotecas consta de dos exámenes:
En el primero se abordan temas de biblioteconomía y documentación (en las últimas convocatorias con preguntas tipo test).
El segundo consiste en ejercicios prácticos sobre catalogación de documentos, clasificación de los mismos y el manejo del programa ABSYSNET de gestión bibliotecaria que es el utilizado por la Junta de Castilla y León (el examen práctico también es tipo test).
La biblioteconomía, es una ciencia que se refiere al conjunto de técnicas y conocimientos necesarios para, internamente, regir la gestión y la ordenación de libros y documentos en el seno de una biblioteca. Los temas de biblioteconomía se complementan con alguno relativo a la documentación, ciencia del procesamiento de información y el documento.
Tanto los temas de biblioteconomía como los supuestos prácticos son cuestiones muy específicas, que precisan de asesoramiento profesional para su estudio y comprensión.

2. Número y características de las plazas. Oposiciones Auxiliar de Bilbioteca Castilla y León (promoción interna).

15 puestos de trabajo de la competencia funcional de Auxiliar de Biblioteca de la Administración de Castilla y León, por promoción interna, para el año 2016.

De este número se reserva 1 puesto para el turno de personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, o que tengan tal consideración, en los términos que establece el artículo 4.2 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 denoviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.

Las plazas reservadas al turno de personas con discapacidad que resulten desiertas se acumularán a las del turno de acceso general.

3. Requisitos de los aspirantes.  Oposiciones Auxiliar de Bilbioteca Castilla y León (promoción interna).

Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, o nacional de algún Estado al que le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España. También podrá participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de los Estados citados, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los del cónyuge menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Asimismo, podrán participar los extranjeros, no incluidos en los casos anteriores, con residencia legal en España, cualquiera que sea su nacionalidad.

Tener cumplidos dieciséis años de edad y, en su caso, no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

Estar en posesión del título de Bachiller (B.U.P. o Superior), Formación Profesional de Grado Superior, o equivalente (o con competencia funcional reconocida en Ordenanza Laboral o Convenio Colectivo), o estar en condiciones de obtenerlo a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite la homologación del título. Este requisito no será exigible a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.

Los aspirantes deberán pertenecer a la plantilla de personal laboral fijo o fijo-discontinuo al servicio de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León o de los Organismos autónomos dependientes de ésta, en situación de activo o en excedencia. Además, deberán pertenecer a una competencia funcional integrada en los grupos IV o V de clasificación del personal laboral o bien a una competencia funcional del mismo grupo profesional, pero diferente de la que es objeto de la convocatoria. Y haber prestado servicios efectivos como trabajador laboral fijo o fijo-discontinuo de la Administración General o de los Organismos autónomos dependientes de ésta en la competencia funcional desde la que promociona durante un período mínimo de dos años.

4. Proceso selectivo. Oposiciones Auxiliar de Bilbioteca Castilla y León (promoción interna).

El proceso de selección de los aspirantes será el concurso-oposición.

1. Fase de oposición.

1.1. Constará de los siguientes ejercicios, siendo ambos de carácter eliminatorio.

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de cincuenta preguntas con respuestas múltiples, que versarán sobre el programa que figura en el Anexo III.

El tiempo para la realización de este ejercicio será de sesenta minutos.

Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución de supuestos prácticos propuestos por el tribunal en relación con las tareas relacionadas con los contenidos de los temas del programa que figura en el Anexo III. La resolución de los supuestos se realizará a través de un cuestionario con treinta preguntas con respuestas múltiples.

El tiempo para la realización de este segundo ejercicio es de cuarenta minutos.

En la realización de estos ejercicios se aplicarán las siguientes reglas:

  • a) Las preguntas contarán con cuatro respuestas alternativas de las que sólo una de ellas será correcta.
  • b) Los cuestionarios incluirán un 10% de preguntas de reserva para posibles anulaciones. Para su desarrollo el órgano de selección ampliará el tiempo máximo para la realización de la prueba en el mismo porcentaje.
  • c) Las contestaciones erróneas se penalizarán con un tercio del valor de la respuesta correcta. No tendrán esta consideración las preguntas no contestadas.

1.2. Calificación.

Primer ejercicio. Será calificado de 0 a 8 puntos. El Tribunal determinará la puntuación necesaria para alcanzar la calificación mínima y declarar por tanto aprobado el ejercicio; esta decisión se tomará con anterioridad a la identificación de los aspirantes.

Segundo ejercicio. Se calificará de 0 a 12 puntos. El Tribunal determinará la puntuación necesaria para alcanzar la calificación mínima y declarar por tanto aprobado el ejercicio; esta decisión se tomará con anterioridad a la identificación de los aspirantes.

La calificación de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios. Para aprobar es necesario obtener un mínimo de 10 puntos en la fase de oposición.

El Tribunal Calificador podrá desarrollar y especificar los criterios de valoración y calificación de los ejercicios poniéndolo en conocimiento de los aspirantes.

2. Fase de concurso

Para garantizar el principio de igualdad, la valoración de los méritos se realizará una vez celebrada la fase de oposición y únicamente a los candidatos que la hayan superado.

Los méritos no acreditados en tiempo y forma no serán objeto de valoración en esta fase.

La fecha de referencia de méritos es la de inicio del plazo de presentación de solicitudes de participación en el proceso selectivo.

  • a) Baremo.
    • – Por pertenecer a una competencia funcional del mismo grupo: 0,10 puntos por mes, hasta un máximo de 2 puntos.
    • – Por pertenecer al grupo inmediatamente inferior: 0,05 puntos por mes, hasta un máximo de 2 puntos.
    • – Por antigüedad: 0,02 puntos por mes hasta un máximo de 5 puntos.
    • – Por títulos académicos reconocidos oficialmente, en relación directa con la categoría a la que se promociona, 1 punto por cada uno, hasta un máximo de 5 puntos.
  • b) Forma de acreditación:
    • – A instancia del interesado se acreditarán los servicios prestados o reconocidos en la Administración General de la Comunidad de Castilla y León o en sus Organismos Autónomos, mediante el certificado (Anexo VII) expedido por el órgano superior de personal de la Consejería u Organismo Autónomo, en ejemplar duplicado. Uno de los ejemplares será remitido al órgano gestor del proceso selectivo, a la mayor brevedad posible, y el otro al interesado.
    • – Los títulos académicos se acreditarán mediante fotocopia completa y debidamente compulsada del propio título o de la certificación de haber realizado todos los estudios necesarios para su obtención.

3. Calificación final.

La calificación final se obtendrá por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la de concurso, una vez prorrateadas al 85 y 15 por cien, respectivamente. Para determinar dicha cifra se utilizará la siguiente fórmula: 10 (0,85 x nota oposición/puntuación máxima oposición + 0,15 x puntos concurso/puntuación máxima concurso). Las puntuaciones se redondearán al alza en el tercer decimal.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de concurso y, de persistir el empate, a la mayor puntuación obtenida en el apartado de antigüedad.

5. Temario. Oposiciones Auxiliar de Bilbioteca Castilla y León (promoción interna).

  • 1. El concepto de biblioteca. Clases de bibliotecas. El libro y las bibliotecas a lo largo de la historia.
  • 2. Bibliotecas públicas: concepto, funciones y servicios.
  • 3. Colecciones especiales: fondo antiguo, material gráfico, soportes audiovisual y electrónico. Las hemerotecas. La sección infantil. La sección local.
  • 4. Instalaciones y equipamiento de las bibliotecas.
  • 5. Preservación y conservación del fondo bibliográfico y documental.
  • 6. Desarrollo de colecciones bibliotecarias. Selección y expurgo. Sistemas de incorporación de fondos. Adquisición. Intercambio de publicaciones.
  • 7. El depósito legal. El depósito legal de publicaciones en línea.
  • 8. Proceso técnico de los fondos bibliográficos: registro, sellado, etc.
  • 9. Ordenación de los fondos y gestión de los depósitos. Recuentos.
  • 10. Principios de descripción bibliográfica. Procesos técnicos en bibliotecas. Control de publicaciones. Normalización.
  • 11. Servicios a los lectores: referencia e información bibliográfica. La alfabetización informacional. Tipos de préstamos. El préstamo interbibliotecario.
  • 12. Fuentes de información. Tipología de los recursos de información. Técnicas y herramientas de recuperación de información. Servicios de información bibliográfica y documental.
  • 13. Internet. Herramientas de descubrimiento. Su aplicación en las bibliotecas.
  • 14. Bibliografías. Principales catálogos colectivos
  • 15. Sistemas integrados de gestión bibliotecaria.
  • 16. Cooperación bibliotecaria: organismos y proyectos.
  • 17. Las actividades culturales en las bibliotecas. La extensión bibliotecaria Bibliotecas digitales y recolectores OAI-PMH.
  • 18. Agentes de la producción y difusión del libro. El mercado del libro en España.
  • 19. Las bibliotecas en España. Legislación bibliotecaria española. La organización bibliotecaria de Castilla y León. El marco normativo en Castilla y León.
  • 20. La Biblioteca de Castilla y León.

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Temario Gestión Castilla y León

Temario Gestión Castilla y León

Temario Gestión Castilla y León

Temario elaborado en Academia Irigoyen por profesores especializados en cada bloque, compuesto por 6 bloques con un total de 75 temas.

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ÍNDICE. Temario Gestión Castilla y León

GRUPO I. Temario Gestión Castilla y León

Tema 1.– La Constitución Española (I): Los principios constitucionales y valores superiores. La reforma de la Constitución.

Tema 2.– La Constitución Española (II): Derechos y deberes fundamentales: su garantía y suspensión. El Tribunal Constitucional.

Tema 3.– La Constitución Española (III): La Corona. Funciones constitucionales del Rey o de la Reina. Sucesión y regencia. El refrendo.

Tema 4.– La Constitución Española (IV): Las Cortes Generales. Composición y atribuciones. Procedimiento de actuación de las Cámaras y de elaboración de las leyes. El Defensor del Pueblo.

Tema 5.– La Constitución Española (V): El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. Designación, duración y responsabilidad del Gobierno.

Tema 6.– La Constitución Española (VI): El poder judicial. El principio de unidad jurisdiccional. El Consejo General del Poder Judicial. El Tribunal Supremo. El Ministerio Fiscal. La organización judicial española.

Tema 7.– La Constitución Española (VII): La organización territorial del Estado Español. Las Comunidades Autónomas: fundamento constitucional, estatutos de autonomía y proceso de constitución. Distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas.

Tema 8.– La Administración General del Estado: principios de organización y funcionamiento. Organización central y periférica. El sector público estatal. La Administración consultiva: el Consejo de Estado y el Consejo Económico y Social.

Tema 9.– La Administración Local: regulación constitucional. Entidades que la integran: municipio, provincia y otras entidades. La Carta Europea de Autonomía Local. Legislación estatal y autonómica de régimen local. La organización territorial de la Comunidad de Castilla y León.

Tema 10.– La Comunidad de Castilla y León: antecedentes históricos y culturales. El Estatuto de Autonomía como norma institucional básica de la Comunidad Autónoma. Proceso de elaboración y reforma del Estatuto.

Tema 11.– El Estatuto de Autonomía de Castilla y León. Derechos y deberes de los castellanos y leoneses. Principios rectores de las políticas públicas. Garantías de los derechos y principios estatutarios. Relaciones institucionales y acción exterior de la Comunidad de Castilla y León.

Tema 12.– La distribución competencial en el Estatuto de Autonomía de Castilla y León: competencias compartidas, exclusivas y concurrentes.

Tema 13.– Instituciones básicas de la Comunidad de Castilla y León (I). Las Cortes de Castilla y León. Composición, elección y mandato. Organización y funcionamiento. La función legislativa. El control de las Cortes de Castilla y León a la acción de gobierno de la Junta de Castilla y León y su Presidente. Disolución de las Cortes de Castilla y León.

Tema 14.– Instituciones básicas de la Comunidad de Castilla y León (II): El Presidente de la Junta de Castilla y León: elección, atribuciones y responsabilidad política. La Junta de Castilla y León: Composición, atribuciones y funcionamiento. Los Vicepresidentes y Consejeros.

Tema 15.– El Procurador del Común, el Consejo Consultivo, el Consejo de Cuentas y el Consejo Económico y Social. El Poder Judicial en Castilla y León.

Tema 16.– La Administración de la Comunidad de Castilla y León. Organización y funcionamiento. Órganos centrales y periféricos: competencias. Los Centros de Gestión Unificada. El Estatuto de los Altos Cargos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León: Código Ético y de Austeridad.

Tema 17.– Organización y funcionamiento de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León. El Sector público autonómico: concepto y composición. Principios de actuación. Especial referencia al Sector público institucional: composición, organización y funcionamiento.

Tema 18.– La Unión Europea: antecedentes y objetivos. Los tratados originarios y modificativos. Especial referencia a la integración de España y a la representación de la Junta de Castilla y León ante la Unión Europea.

Tema 19.– Instituciones de la Unión Europea: El Parlamento Europeo. El Consejo Europeo. El Consejo de la Unión Europea. La Comisión. El Tribunal de Justicia. Otras Instituciones: El Tribunal de Cuentas y el Banco Central Europeo.

Tema 20.– El ordenamiento jurídico de la Unión Europea: concepto, caracteres y tipología de fuentes. Relación entre el derecho de la Unión Europea y el ordenamiento jurídico de los Estados Miembros.

Tema 21.– Los derechos fundamentales de los ciudadanos de la Unión Europea. Las libertades comunitarias. Las principales políticas comunes de la Unión Europea: especial referencia a la política regional comunitaria.

Tema 22.– La cohesión económica y social. Los fondos estructurales y sus objetivos prioritarios.

GRUPO II. Temario Gestión Castilla y León.

Tema 23.– Las fuentes del derecho (I): Constitución. La ley y sus clases. Disposiciones del gobierno con valor de ley. Relación entre la ley autonómica y la estatal.

Tema 24.– Las fuentes del derecho (II): El reglamento: concepto, clases y límites. Procedimiento de elaboración de los reglamentos. El control de la potestad reglamentaria. Los principios generales del derecho. Los tratados internacionales. El derecho de la Unión Europea.

Tema 25.– La Administración Pública: concepto y clases. La Administración Pública y el Derecho: el principio de legalidad. Las potestades administrativas. Control de la actividad discrecional de la Administración.

Tema 26.– Los principios de la organización administrativa. La competencia administrativa. Delegación, avocación, encomienda de gestión, delegación de firma, suplencia y coordinación de competencias. Conflictos de atribuciones.

Tema 27.– El régimen jurídico del Sector Público: principios de actuación y funcionamiento. Los órganos de las Administraciones Públicas: concepto y clases de órganos. Los órganos colegiados.

Tema 28.– Las relaciones interadministrativas: principios generales. Deber de colaboración. Relaciones de cooperación. La coordinación y el control. Los conflictos entre Administraciones.

Tema 29.– El derecho administrativo: concepto, contenido y sistemas administrativos. El acto administrativo: concepto, elementos y clases. La motivación y la notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos. Nulidad y anulabilidad de los actos.

Tema 30.– El procedimiento administrativo común: concepto y naturaleza. Objeto y ámbito. Interesados. Actividad de las Administraciones Públicas. Los derechos de las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas. La participación ciudadana.

Tema 31.– Fases del procedimiento administrativo común (I): garantías, iniciación y ordenación.

Tema 32.– Fases del procedimiento administrativo común (II): instrucción, finalización y ejecución.

Tema 33.– La revisión de los actos en vía administrativa (I). La revisión de oficio. Consideraciones generales. Revisión de actos nulos de pleno derecho. Revisión de actos anulables. Revisión de actos válidos.

Tema 34.– La revisión de los actos en vía administrativa (II). Los recursos administrativos: principios generales, clases y tramitación.

Tema 35.– La jurisdicción contencioso-administrativa: concepto y naturaleza. Órganos y competencias. El recurso contencioso-administrativo.

Tema 36.– La responsabilidad patrimonial de las Administraciones públicas: principios y especialidades procedimentales. Responsabilidad de autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Tema 37.– La potestad sancionadora de la Administración. Principios generales. Especialidades procedimentales.

Tema 38.– Los contratos del sector público (I): Principios generales de la contratación del sector público. Elementos estructurales de los contratos: partes, el objeto y el precio. Preparación de los contratos de las Administraciones Públicas. Procesos de adjudicación. Las garantías.

Tema 39.– Los contratos del sector público (II): Efectos, cumplimiento y extinción de los contratos de las Administraciones Públicas. Las prerrogativas de la Administración.

Tema 40.– Los contratos del sector público (III): Contrato de obras, concesión de obras, concesión de servicios, contrato de suministro, contrato de servicios: delimitación y especialidades. Breve referencia a los contratos de otros entes del Sector Público.

Tema 41.– Las subvenciones públicas: concepto y régimen jurídico. La gestión de las subvenciones en la Comunidad de Castilla y León.

Tema 42.– Las modalidades de la actividad administrativa: fomento y policía. El servicio público: concepto. Formas de gestión de los servicios públicos. La concesión.

Tema 43.– La expropiación forzosa: concepto, naturaleza y elementos. Procedimiento general de expropiación. Garantías jurisdiccionales.

Tema 44.– Los bienes de la Administración: régimen básico. El dominio público: concepto, naturaleza y régimen jurídico. Clasificación y régimen jurídico de los bienes patrimoniales de la Administración. Los bienes comunales.

GRUPO III. Temario Gestión Castilla y León.

Tema 45.– El Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público: estructura y contenido básico.

Tema 46.– La Ley de la Función Pública de Castilla y León: objeto y ámbito de aplicación. Órganos superiores en materia de función pública de Castilla y León. Distribución de competencias en materia de personal en la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Tema 47.– Planificación y organización de la función pública de la Administración de la Comunidad de Castilla y León: clases de personal. Planes de empleo. Oferta de Empleo Público. Catálogo de Puestos Tipo. Relaciones de Puestos de Trabajo u otros instrumentos organizativos. Registro de Personal.

Tema 48.– Régimen jurídico de los empleados públicos al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (I): Acceso y selección. Adquisición, pérdida y rehabilitación de la condición de funcionario. Provisión de puestos de trabajo.

Tema 49.– Régimen jurídico de los empleados públicos al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (II). Situaciones administrativas. Derechos y deberes. La carrera profesional. Retribuciones. Formación y perfeccionamiento.

Tema 50.– Régimen jurídico de los empleados públicos al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (III): Ética pública. El Código Ético de los empleados públicos de la Administración de Castilla y León. La gestión de intereses en el ámbito público: régimen de incompatibilidades. Régimen disciplinario.

Tema 51.– El personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas: Régimen jurídico. El Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y Organismos Autónomos dependientes de ésta.

Tema 52.– La Seguridad Social del personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León: régimen general y régimen especial de derechos pasivos y mutualismo administrativo.

GRUPO IV. Temario Gestión Castilla y León.

Tema 53.– El presupuesto: concepto y principios presupuestarios. Clases de presupuestos. El Presupuesto del Estado: características y estructura. Estabilidad presupuestaria y sostenibilidad presupuestaria.

Tema 54.– El presupuesto de la Comunidad de Castilla y León: principios de programación y de gestión. Contenido, estructura y elaboración del Presupuesto. Ejecución y prórroga.

Tema 55.– La Ley de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León: ámbito de aplicación y principios generales. Órganos competentes en materia de gasto público.

Tema 56.– Los créditos presupuestarios en la Comunidad de Castilla y León. Régimen de los créditos y modificaciones presupuestarias.

Tema 57.– Nóminas de los empleados públicos en la Comunidad de Castilla y León: estructura y normas de confección. Gestión administrativa y económica de la nómina.

Tema 58.– La gestión del gasto: órganos competentes, fases del procedimiento y documentos contables que intervienen. Pagos: concepto y tipos. Pagos a justificar y pagos en firme. Anticipos de caja fija. Liquidación y cierre del ejercicio.

Tema 59.– El control del gasto público. El control interno en la Administración de la Comunidad de Castilla y León: la función interventora y el control financiero permanente, la auditoría pública y el control financiero de subvenciones. El control externo: El Tribunal de Cuentas, el Consejo de Cuentas de Castilla y León y las Cortes de Castilla y León.

Tema 60.– Sistema tributario español: visión general del régimen actual. Los ingresos públicos: concepto y clasificación. La financiación de las Comunidades Autónomas. Tributos propios y cedidos.

Tema 61.– El procedimiento económico-administrativo: interesados. Materia impugnable. Actos impugnables. La revisión de los actos relativos a derechos de naturaleza pública en la Comunidad de Castilla y León.

GRUPO V. Temario Gestión Castilla y León.

Tema 62.– El Derecho del Trabajo: concepto, naturaleza y caracteres. Sus fuentes. Los convenios colectivos: concepto, régimen jurídico. La integración de los convenios colectivos en el sistema de fuentes.

Tema 63.– El contrato de trabajo: concepto, elementos y modalidades. Modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo. Especial referencia al contrato de trabajo en las Administraciones Públicas.

Tema 64.– Representación, participación y negociación colectiva. Especial referencia en las Administraciones Públicas. El derecho de sindicación. Los conflictos colectivos. El derecho de huelga y la garantía de los servicios públicos esenciales.

Tema 65.– La Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Riesgos y medidas preventivas asociadas al puesto de trabajo a desempeñar.

Tema 66.– El Sistema de la Seguridad Social. Campo de aplicación y estructura del sistema. La gestión de la Seguridad Social: entidades gestoras y colaboración en la gestión. Inscripción de empresas, afiliación, altas y bajas y variación de datos. Recaudación de cuotas.

Tema 67.– Acción protectora: contingencias cubiertas y régimen general de las prestaciones. Conceptos generales sobre las prestaciones de incapacidad, jubilación muerte y supervivencia. La asistencia sanitaria.

Tema 68. Incapacidad temporal: concepto, beneficiarios y derecho al subsidio. Maternidad y paternidad: situaciones protegidas, beneficiarios, prestación económica y pérdida o suspensión del derecho al subsidio. Riesgo durante el embarazo y durante la lactancia.

GRUPO VI. Temario Gestión Castilla y León.

Tema 69.– Las prestaciones de nivel básico gestionadas por la Administración de la Comunidad de Castilla y León: Renta garantizada de ciudadanía. Ayuda a la dependencia. Pensiones no contributivas de invalidez y jubilación.

Tema 70.– La Administración Pública como organización al servicio de los ciudadanos. El derecho a una Buena Administración.

Tema 71.– La Administración Pública y las políticas públicas, clasificación y actores de las políticas pública. Modelos de decisión. El ciclo de las políticas públicas.

Tema 72.– Gestión de la calidad y mejora continua de los servicios públicos. La gestión de la calidad en la Administración de Castilla y León.

Tema 73.– Las nuevas tecnologías en la gestión de las Administraciones Públicas. La Administración electrónica: El funcionamiento electrónico del sector público. Sede electrónica, sistemas de identificación y firma electrónica. Archivo electrónico.

Tema 74.– Las relaciones electrónicas entre las Administraciones Públicas. Transmisión de datos y reutilización de sistemas y aplicaciones. La interoperabilidad: concepto, límites y garantías. Esquema Nacional de Interoperabilidad y Esquema Nacional de Seguridad.

Tema 75.– Transparencia administrativa: legislación estatal básica y legislación de Castilla y León. El Código de Buen Gobierno. La protección de datos: régimen de los ficheros de titularidad pública.

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Oposiciones Administrativo Promoción Interna

Oposiciones Administrativo Promoción Interna

Oposiciones Administrativo Promoción Interna

  1. Cómo preparamos en Academia Irigoyen. Oposiciones Administrativo Promoción Interna
  2. Número y características de las plazas. Oposiciones Administrativo Promoción Interna
  3. Proceso selectivo. Oposiciones Administrativo Promoción Interna
  4. Temario. Oposiciones Administrativo Promoción Interna

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1. Cómo preparamos en Academia Irigoyen. Oposiciones Administrativo Promoción Interna.

Preparación de oposiciones presenciales y oposiciones online a la categoría de Administrativo de Castilla y León por promoción interna.

Temario  de elaboración propia, repartido e impartido en bloques por profesores especializados en cada materia.

Preparación de primer ejercicio (test temario) y segundo ejercicio (test supuestos prácticos).

La preparación completa de la oposición dura aproximadamente nueve meses impartiendo 3 horas a la semana.

2. Número y características de las plazasOposiciones Administrativo Promoción Interna.

Convocadas en año 2018, 70 plazas por el sistema de acceso por promoción interna en el Cuerpo de Gestión de la Administración de Castilla y León, 7 de las cuales se reservan para ser cubiertas por el turno de personas con discapacidad, con un grado igual o superior al 33 % o que tengan legalmente tal consideración. Los aspirantes que concurran en el turno reservado a personas con discapacidad, sólo podrán hacerlo por dicho turno. Las plazas reservadas del turno de personas con discapacidad que no sean cubiertas, serán acumuladas a las plazas del turno general. En el caso de que algún aspirante que participe en el turno de personas con discapacidad superase los ejercicios correspondientes sin obtener plaza resultando su puntuación superior a la obtenida por otros aspirantes del turno general, será incluido por su orden de puntuación en la relación de aprobados.

3. Proceso selectivo. Oposiciones Administrativo Promoción Interna.

1.– Fase de oposición. Oposiciones Administrativo Promoción Interna.

1.1. La oposición constará de los siguientes ejercicios, todos ellos de carácter eliminatorio:

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de cincuenta preguntas con respuestas múltiples, basado en el programa.

En la realización de este ejercicio se aplicarán las siguientes reglas:

  • a) Las preguntas contarán con cuatro respuestas alternativas de las que sólo una de ellas será correcta.
  • b) Los cuestionarios incluirán un 10% de preguntas de reserva para posibles anulaciones. Para su desarrollo el órgano de selección ampliará el tiempo máximo para la realización de la prueba en el mismo porcentaje.
  • c) Las contestaciones erróneas se penalizarán con un tercio del valor de la respuesta correcta. No tendrán esta consideración las preguntas no contestadas.
  • El tiempo para la realización de este ejercicio será de cuarenta minutos.

Segundo ejercicio: Consistirá en resolver tres supuestos prácticos. Respecto de cada supuesto práctico, se formularán preguntas con respuestas alternativas referidos a temas incluidos en los grupos I, II y III del programa.

El tiempo para la realización de esta parte del ejercicio, será de ciento veinte minutos.

1.2. Calificación:

Primer ejercicio: Será calificado de 0 a 40 puntos. El Tribunal determinará la puntuación necesaria para alcanzar la calificación mínima y declarar por tanto aprobado el ejercicio; esta decisión se tomará con anterioridad a la identificación de los aspirantes. Dicha puntuación se hará pública en los lugares establecidos en la base 12.

Segundo ejercicio: Se calificará de 0 a 60 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 30 puntos para superarlo.

2.– Fase de concurso. Oposiciones Administrativo Promoción Interna.

Los méritos a tener en cuenta y su valoración son los siguientes:

  • a) Antigüedad: Se valorará la antigüedad del funcionario en Cuerpos o Escalas del subgrupo C2, hasta la fecha de publicación de esta convocatoria, computándose a estos efectos los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre; se valorará a razón de 1 punto por año completo hasta un máximo de 15 puntos.
  • b) Grado personal consolidado: Se valorará el grado que el aspirante tenga reconocido antes de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitud de certificación de requisitos y méritos. El baremo de puntuación de este mérito es el siguiente:
  • Hasta el grado personal 11: 8 puntos.
  • Por cada unidad de grado que exceda del 11: 1 punto.
  • c) Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe con carácter definitivo el día de la publicación de la convocatoria como funcionario del Subgrupo C2, se otorgará la siguiente puntuación:
  • Hasta el nivel 11: 8 puntos.
  • Por cada nivel que exceda del nivel 11: 1 punto.
  • La valoración otorgada por este apartado no podrá ser modificada por futuras reclasificaciones de nivel.
  • A los funcionarios que encontrándose en comisión de servicios tengan un puesto de trabajo asignado con carácter definitivo, se les atribuirá la puntuación correspondiente a este último.
  • A los funcionarios que se encuentren en destino provisional sin poseer puesto definitivo, se les valorará el mínimo del Subgrupo.
  • A los funcionarios que se encuentren en alguna situación administrativa en la que tengan derecho a la reserva de un puesto de trabajo de nivel determinado, la valoración se referirá a dicho nivel.
  • Cuando se trate de funcionarios que ocupen puesto con carácter provisional por supresión de puesto de trabajo, cese o remoción, la valoración se referirá al puesto que ocupaban con carácter definitivo. Este extremo debe ser acreditado documentalmente por el interesado.

3.– Calificación final. Oposiciones Administrativo Promoción Interna.

La calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada una de las dos fases, oposición y concurso. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio, en el primer ejercicio y en la fase de concurso, por este orden. De persistir el empate se recurrirá a la puntuación otorgada en los méritos, por el orden en que se recogen en el punto anterior.

No obstante, en caso de empate en la puntuación final obtenida entre varios aspirantes, si uno de ellos ha participado por el turno de personas con discapacidad, éste ocupará el primer lugar de entre ellos, circunstancia que se aplicará con carácter previo a los criterios generales de prelación establecidos anteriormente.

4. Temario. Oposiciones Administrativo Promoción Interna.

GRUPO I. Oposiciones Administrativo Promoción Interna.

Tema 1.– Las fuentes del derecho administrativo: La jerarquía de las fuentes. La Constitución. La ley. Disposiciones del gobierno con valor de ley. El reglamento.

Tema 2.– El régimen jurídico del Sector Público: principios de actuación y funcionamiento. Los órganos de las Administraciones Públicas: especial referencia a los órganos colegiados. La atribución de competencias a los órganos administrativos: delegación, avocación, encomienda de gestión, delegación de firma y suplencia.

Tema 3.– El acto administrativo: concepto, elementos y clases. La motivación y la notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos. Nulidad y anulabilidad de los actos.

Tema 4.– El procedimiento administrativo común: concepto y naturaleza. Objeto y ámbito. Interesados. La actividad de la Administración.

Tema 5.– Las fases del procedimiento administrativo común: Iniciación, ordenación, instrucción y finalización.

Tema 6.– La revisión de los actos en vía administrativa. La revisión de oficio. Los recursos administrativos: objeto y clases. La jurisdicción contencioso-administrativa: concepto y naturaleza.

Tema 7.– Los contratos del Sector Público: Tipología contractual. Las partes en el contrato. El expediente de contratación. Procedimientos de adjudicación. Efectos, cumplimiento y extinción de los contratos de las Administraciones Públicas.

GRUPO II. Oposiciones Administrativo Promoción Interna.

Tema 8.– El Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público: estructura y contenido básico. La Ley de la Función Pública de Castilla y León: objeto y ámbito de aplicación. Órganos superiores en materia de Función Pública de Castilla y León.

Tema 9.– Planificación y organización de la función pública de la Administración de la Comunidad de Castilla y León: Clases de personal. Instrumentos de planificación, programación y organización. Selección y provisión. Adquisición, pérdida y rehabilitación de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Derechos y deberes. La carrera profesional. Régimen de incompatibilidades. Régimen disciplinario. El derecho de sindicación y de huelga. Representación, participación y negociación colectiva.

Tema 10.– El personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas: Régimen jurídico. El Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y Organismos Autónomos dependientes de ésta: estructura y breve referencia a su contenido.

Tema 11.– La Seguridad Social del personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León: Régimen general y Régimen Especial de derechos pasivos y mutualismo administrativo. Régimen General y Regímenes Especiales. Inscripción de empresas, afiliación, altas, bajas y variación de datos. Recaudación de cuotas.

Tema 12.– Prestaciones: la asistencia sanitaria. Incapacidad temporal. Maternidad y paternidad. Riesgo durante el embrazo y durante la lactancia. Conceptos generales de las prestaciones por incapacidad permanente, jubilación, muerte y supervivencia.

GRUPO III. Oposiciones Administrativo Promoción Interna.

Tema 13.– La Ley de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León: estructura y contenido.

Tema 14.– El presupuesto de la Comunidad de Castilla y León: principios de programación y de gestión. Contenido, estructura y elaboración de los presupuestos generales de la Comunidad. Ejecución y prórroga.

Tema 15.– Los créditos presupuestarios en la Comunidad de Castilla y León. Régimen de los créditos y modificaciones presupuestarias.

Tema 16.– La gestión del gasto: órganos competentes, fases del procedimiento y documentos contables que intervienen. Pagos: concepto y tipos. Pagos a justificar y pagos en firme. Anticipos de caja fija. Liquidación y cierre del ejercicio.

Tema 17.– Nóminas de los empleados públicos: estructura y normas de confección.

GRUPO IV. Oposiciones Administrativo Promoción Interna.

Tema 18.– Los derechos de las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas. La atención al público: asistencia en el uso de medios electrónicos a los interesados e información a los ciudadanos y usuarios. Atención a personas con discapacidad.

Tema 19.– Los servicios de información y atención al ciudadano de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. El Servicio de Atención 012. La información administrativa: general y particular. Iniciativas, reclamaciones y quejas.

Tema 20.– La Administración electrónica: Sede electrónica, sistemas de identificación y firma. Expediente electrónico y archivo electrónico único. Registro Electrónico General. Copia autentificada.

Tema 21.– Transparencia, acceso a la información pública y participación. El Código de Buen Gobierno. La protección de datos: régimen de los ficheros de titularidad pública.

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Oposiciones auxiliar de biblioteca

Convocatoria oposiciones Auxiliar de biblioteca 2016

Oposiciones auxiliar de biblioteca

 

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Oposiciones auxiliar de biblioteca

 

RESOLUCIÓN de 27 de junio de 2016, de la Viceconsejería de Función Pública y Gobierno Abierto, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso por promoción interna en la competencia funcional de Auxiliar de Biblioteca de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Con el fin de atender las necesidades de personal de esta Administración, expresadas en el Acuerdo 7/2016, de 4 de febrero, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para el año 2016, esta Viceconsejería de Función Pública y Gobierno Abierto, en virtud de las competencias atribuidas a la Consejería de la Presidencia en el artículo 7.2.k) de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, y en uso de la delegación otorgada en el artículo Primero b) de la Orden PRE/1004/2015, de 13 de noviembre, por la que se delega el ejercicio en determinadas competencias en materia de función pública («Boletín Oficial de Castilla y León» de 18 de noviembre de 2015), acuerda convocar proceso selectivo para el ingreso por promoción interna en la competencia funcional de Auxiliar de Biblioteca de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, que se desarrollará con sujeción a las siguientes:

BASES

1.– Normativa aplicable.

La realización de estas pruebas selectivas se ajustará a lo establecido en la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, en el Decreto 83/2008, de 23 de diciembre, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público, a la provisión de puestos de trabajo y a la formación en la Administración de Castilla y León y en el Convenio Colectivo para el personal laboral de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y sus Organismos Autónomos.

2.– Número y características de las plazas.

2.1. Se convoca procedimiento selectivo para cubrir 15 puestos de trabajo de la competencia funcional de Auxiliar de Biblioteca de la Administración de Castilla y León, por promoción interna, de los incluidos en el Acuerdo 7/2016, de 4 de febrero, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para el año 2016. Los puestos de trabajo a cubrir se recogen en el Anexo I.

De este número se reserva 1 puesto para el turno de personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, o que tengan tal consideración, en los términos que establece el artículo 4.2 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.

Las plazas reservadas al turno de personas con discapacidad que resulten desiertas se acumularán a las del turno de acceso general.

2.2. Los aspirantes sólo podrán participar en uno de los dos turnos.

3.– Procedimiento selectivo y calificación.

El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición, con los ejercicios, valoraciones y puntuaciones que se especifican en el Anexo II.

4.– Programa.

El programa que rige el procedimiento selectivo figura como Anexo III a esta convocatoria.

5.– Requisitos de los aspirantes.

5.1. Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

5.1.1. Nacionalidad.

Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, o nacional de algún Estado al que le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España.

También podrá participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de los Estados citados, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los del cónyuge menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

Asimismo, podrán participar los extranjeros, no incluidos en los casos anteriores, con residencia legal en España, cualquiera que sea su nacionalidad.

5.1.2. Edad.

Tener cumplidos dieciséis años de edad y, en su caso, no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

5.1.3. Titulación.

Estar en posesión del título de Bachiller (B.U.P. o Superior), Formación Profesional de Grado Superior, o equivalente (o con competencia funcional reconocida en Ordenanza Laboral o Convenio Colectivo), o estar en condiciones de obtenerlo a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite la homologación del título. Este requisito no será exigible a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.

5.1.4. Pertenencia a la plantilla de personal laboral de la Administración de Castilla y León.

Los aspirantes deberán pertenecer a la plantilla de personal laboral fijo o fijo-discontinuo al servicio de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León o de los Organismos autónomos dependientes de ésta, en situación de activo o en excedencia.

Además, deberán pertenecer a una competencia funcional integrada en los grupos IV o V de clasificación del personal laboral o bien a una competencia funcional del mismo grupo profesional, pero diferente de la que es objeto de la convocatoria.

Y haber prestado servicios efectivos como trabajador laboral fijo o fijo-discontinuo de la Administración General o de los Organismos autónomos dependientes de ésta en la competencia funcional desde la que promociona durante un período mínimo de dos años.

5.1.5. Capacidad.

Poseer la capacidad necesaria para el desempeño de las funciones correspondientes a la competencia funcional convocada.

5.1.6. Habilitación.

No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse incurso en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no hallarse inhabilitados o en situación equivalente, ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

5.1.7. Otros requisitos.

No pertenecer como trabajador laboral fijo a la competencia funcional de Auxiliar de Biblioteca en la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

5.2. Los candidatos deberán poseer los requisitos exigidos en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la formalización del contrato como trabajador laboral fijo.

6.– Acceso de personas con discapacidad.

6.1 Quienes opten a las plazas reservadas para personas con discapacidad deberán acreditar que cuentan con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento y habrán de expresarlo en el formulario de solicitud de participación en el proceso selectivo.

El grado de discapacidad deberá poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la formalización del contrato como trabajador laboral fijo. Los aspirantes deberán comunicar al órgano gestor del proceso selectivo cualquier modificación que se produzca en su grado de discapacidad durante el desarrollo del proceso selectivo. El órgano gestor resolverá de oficio la incorporación del aspirante al turno general con la puntuación conseguida hasta ese momento.

El reconocimiento de una discapacidad con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, aun cuando se hiciese con efectos retroactivos, no conllevará en ningún caso la admisión del aspirante al turno de personas con discapacidad.

6.2. Las personas que, como consecuencia de su discapacidad, presenten especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas, podrán solicitar las adaptaciones y los ajustes de tiempos y medios que precisen para la realización de las pruebas en condiciones de igualdad.

A tal efecto, los interesados deberán formular en el modelo de solicitud la petición concreta de adaptación en la que se reflejen las necesidades específicas para acceder al proceso selectivo en condiciones de igualdad.

6.3. El Tribunal resolverá lo que proceda de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 83/2008, de 23 de diciembre, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público, a la provisión de puestos de trabajo y a la formación en la Administración de Castilla y León.

7.– Ingreso de la tasa por los derechos de examen y presentación de la solicitud.

7.1. Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán cumplimentar la solicitud, siguiendo las instrucciones que se acompañan como Anexo IV, y presentarla según se establece en los apartados siguientes.

La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

7.2. El plazo de presentación de la solicitud es de veinte días naturales a partir del día siguiente al de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de Castilla y León». Las solicitudes se dirigirán a la Secretaría General de la Consejería de Cultura y Turismo, Avda. Monasterio Nuestra Señora de Prado, s/n - C.P.: 47014 - Valladolid, órgano gestor del procedimiento.

7.3. La presentación de la solicitud se realizará por cualquiera de los medios siguientes:

  • a) Telemáticamente, en el Registro Telemático de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Para ello deberá seguir los siguientes pasos:
    • 1. Cumplimentar el modelo 046 de pago telemático de la tasa por derechos de examen, al que se accede a través del enlace No deberán realizar este trámite quienes estuvieran exentos de pago.
    • 2. Realizado el pago telemático de la tasa, deberá cumplimentar el formulario «solicitud de admisión a pruebas selectivas» al que se accede desde la página web En el formulario deberá cumplimentar los trece dígitos identificativos del 046. Cumplimentado el formulario pulsará en «ENVIAR» y se generará la solicitud telemática. Seguidamente pulsará en «FIRMAR Y REGISTRAR». El trámite se dará por terminado una vez que se muestre el registro electrónico de la solicitud.
  • La presentación telemática de la solicitud conlleva necesariamente el pago telemático de la tasa por derechos de examen, salvo los casos de exención.
  • Es necesario como requisito previo para la inscripción el poseer un certificado digital de persona física válido o el DNI electrónico con los certificados activados.
  • Si la solicitud debe ir acompañada de documentación adicional, ésta deberá presentarse en los lugares previstos en el punto 4 del siguiente apartado.
  • b) Presencialmente, en soporte papel, siguiendo los siguientes pasos:
    • 1. Cumplimentar el formulario «solicitud de admisión a pruebas selectivas» a través del enlace . Una vez cumplimentados en pantalla todos los datos solicitados, al pulsar en «ENVIAR» se generará el documento de solicitud y el 046 de pago en ventanilla de la tasa por derechos de examen.
    • 2. A continuación deberá pulsar en «GRABAR» y en «IMPRIMIR» y se imprimirán dos copias de la solicitud («Ejemplar para la Administración» y «Ejemplar para el interesado»). Cada solicitud tendrá asignado un número de referencia identificativo único (no son válidas las fotocopias). Junto con el modelo de solicitud se imprimirán también tres copias del modelo 046, que utilizará para el pago de la tasa.
    • 3. Seguidamente, deberá ingresar la tasa por derechos de examen, lo que puede realizar de dos formas distintas: O bien presentando los ejemplares del modelo 046 en cualquier entidad colaboradora de las recogidas en la dirección de internet o bien presentando los ejemplares del modelo 046 en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria e ingresando la tasa en la cuenta restringida ES39-0182-5579-85-0202358969 «Cuenta restringida recaudación derechos de examen»; en este caso, deberá anotar de forma manual el número de cuenta en el citado documento de ingreso.
    • 4. Presentación de la solicitud: Una vez efectuado el ingreso de la tasa de derechos de examen, deberá firmar el formulario de solicitud y presentarlo, junto con la documentación a que se refiere el punto 7.4, en cualquiera de las Oficinas y Puntos de Información y Atención al Ciudadano de la Administración de la Comunidad de Castilla y León que se relacionan en el Anexo V, o en cualquiera de los centros oficiales a los que se refiere y en la forma que determina el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. De presentarse en las oficinas de correos, deberá hacerse en sobre abierto para que puedan ser selladas antes de ser certificadas.
  • c) Las solicitudes podrán cursarse en el extranjero mediante su presentación en las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A la solicitud deberá acompañarse el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen. El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria o mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria a la cuenta restringida ES39-0182-5579-85-0202358969 «Cuenta restringida recaudación derechos de examen».

7.4. Junto con la solicitud, deberá presentar:

  • – El formulario 046, validado por la entidad bancaria, acreditativo de haber abonado la tasa correspondiente. Los exentos del pago de la tasa lo presentarán sin validar.
  • – La documentación acreditativa de tener la condición de familia numerosa o de persona con discapacidad si no pertenece a la Comunidad de Castilla y León o, perteneciendo a ésta, no ha autorizado a su consulta.
  • – La documentación acreditativa del nivel de renta en los supuestos de exención o bonificación, salvo que se haya autorizado a su consulta mediante el modelo Anexo IX.

7.5. El importe de la tasa por derechos de examen es el establecido en la Orden EYH/28/2016, de 21 de enero («B.O.C. y L.» de 26 de enero), por la que se acuerda la publicación de las tarifas de las tasas vigentes a partir del día 1 de enero de 2016.

7.6. Están exentas del pago de la tasa por derechos de examen:

  • a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.
  • b) Los miembros de las familias numerosas que tengan reconocida tal condición, siempre que la base imponible total, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de 2014, menos el mínimo personal y familiar, del sujeto pasivo de la tasa no supere 18.900 euros en tributación individual o 31.500 en tributación conjunta.

Los aspirantes en promoción interna tienen una bonificación del 50% de la tasa por derechos de examen siempre que la base imponible total, del Impuesto de la Renta de las Personas físicas del ejercicio 2014, menos el mínimo personal y familiar, del sujeto pasivo de la tasa no supere 18.900 euros en tributación individual o 31.500 en tributación conjunta.

7.7. La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento del mismo determinará la exclusión del aspirante.

7.8. En ningún caso la presentación y pago de la tasa de los derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

8.– Tribunal.

8.1. El tribunal calificador figura como Anexo V a esta convocatoria.

8.2. El tribunal ajustará su actuación a lo dispuesto en la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en la normativa estatal básica en materia de órganos colegiados de las Administraciones Públicas, en la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y en la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León.

8.3. El tribunal actuará de acuerdo con los principios de objetividad, imparcialidad, agilidad y eficacia.

8.4. El tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

8.5. La pertenencia al tribunal es siempre a título individual, por lo que sus miembros son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración del proceso selectivo, así como del deber de sigilo profesional.

8.6. En el desarrollo del proceso selectivo corresponde al tribunal la aplicación e interpretación de estas bases, así como la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.

8.7. Si en algún momento el tribunal tuviera conocimiento de que algún aspirante no cumple alguno de los requisitos exigidos o del examen de la documentación resultara que su solicitud adolece de errores o falsedades que imposibilitaran su acceso a la competencia funcional correspondiente en los términos establecidos en la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, propondrá su exclusión al órgano gestor del proceso, comunicándole las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión.

8.8. El tribunal adoptará las medidas oportunas que permitan a los aspirantes con discapacidad, que así lo hubieran indicado en la solicitud, poder participar en las pruebas del proceso selectivo en igualdad de condiciones que el resto de participantes.

8.9. El tribunal se constituirá en el plazo máximo de 30 días a partir de su designación, previa convocatoria, efectuada por el Presidente, de los miembros titulares y suplentes.

El tribunal titular y el tribunal suplente podrán actuar de forma conjunta si las circunstancias lo requirieran, debido al número de opositores, a la extensión o tipo de las pruebas.

8.10. El Tribunal podrá solicitar al órgano gestor del proceso el nombramiento del personal colaborador o de los asesores especialistas que estime necesarios para el desarrollo de las pruebas. A éstos les serán de aplicación las mismas prohibiciones de participación y causas de abstención y recusación que a los miembros de los órganos de selección.

8.11. A efectos de comunicación y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Secretaría General de la Consejería de Cultura y Turismo, Avda. del Monasterio Nuestra Señora de Prado s/n - C.P.: 47014 - Valladolid.

9.– Desarrollo del proceso selectivo.

9.1. En el plazo máximo de dos meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, el titular del órgano gestor dictará resolución aprobatoria de las listas provisionales de admitidos y excluidos, con las causas de exclusión, indicando los lugares en los que se encuentran expuestas al público. Dicha resolución se publicará en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Los aspirantes dispondrán de 15 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución precitada, para formular alegaciones o subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o, en su caso, su no inclusión expresa, sin perjuicio de los recursos administrativos que procedan contra la resolución definitiva.

En el plazo máximo de un mes desde la finalización del plazo de subsanación y con una antelación mínima de 10 días naturales a la celebración del primer ejercicio de las pruebas selectivas se dictará resolución que aprobará las listas definitivas de admitidos y excluidos, indicando lugar, fecha y hora para el comienzo del primer ejercicio. Dicha resolución deberá publicarse en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

9.2. El orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por el primero cuyo apellido comience por la letra «K», de conformidad con lo establecido en la Resolución de 18 de febrero de 2016 de la Viceconsejería de Función Pública y Gobierno Abierto («Boletín Oficial de Castilla y León» de 24 de febrero de 2016).

9.3. Sin perjuicio de la obligación de hacer público el lugar, fecha y hora para la celebración del primer ejercicio, según dispone la base 9.1, se prevé que el inicio del proceso tenga lugar en el mes de octubre de 2016, el cual se celebrará en la localidad de Valladolid. Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un mínimo de 72 horas y un máximo de 45 días naturales.

9.4. Una vez realizado el primer ejercicio, la publicación de los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas se harán públicos por el Tribunal con 12 horas, al menos, de antelación al comienzo de este, si se trata del mismo ejercicio, o de 24 horas, si se trata de uno nuevo. Estos anuncios se harán públicos en los locales donde se haya celebrado la prueba anterior, en la sede del Tribunal, y en la página web de la Dirección General de Función Pública http://www.empleopublico.jcyl.es.

9.5. Los aspirantes podrán ser convocados para cada ejercicio en llamamiento único o en varios llamamientos, y serán excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y libremente apreciados por el tribunal.

9.6. Sin perjuicio de los recursos administrativos que procedan, los aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días naturales, desde el siguiente a la realización del correspondiente ejercicio de la fase de oposición, para plantear reclamaciones contra las preguntas formuladas. Dichas reclamaciones debidamente documentadas se dirigirán a la sede del tribunal.

El tribunal resolverá las reclamaciones con carácter previo a la corrección del correspondiente ejercicio de la fase de oposición, y hará pública su decisión en la resolución de aprobados del correspondiente ejercicio.

9.7. Concluido cada uno de los ejercicios, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida.

Finalizada la calificación del segundo ejercicio, se abrirá el plazo a que se refiere el siguiente apartado.

9.8. Los aspirantes que hayan superado el segundo y último ejercicio de la fase de oposición, dispondrán de un plazo de 15 días naturales para solicitar el certificado de los méritos que deseen les sean valorados en la fase de concurso. La acreditación de servicios prestados se realizará conforme se especifica en el Anexo II («Fase de concurso» «b) Forma de acreditación») y se presentará ante el órgano gestor del proceso.

Para solicitar el certificado de servicios prestados podrá utilizarse el modelo que figura como Anexo VI, del cual se remitirá copia al órgano gestor.

El Tribunal valorará los méritos de conformidad con el baremo establecido en el Anexo II y publicará la relación que contenga la valoración provisional de los méritos. Los aspirantes podrán efectuar alegaciones en el plazo de 10 días naturales a partir del siguiente al de su publicación, finalizado el cual el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de esta fase. Tales publicaciones se realizarán en los lugares establecidos en la base 12.

9.9. Realizada la valoración de los méritos de los aspirantes, el Tribunal resolverá sobre la calificación final mediante la suma de las dos fases del proceso selectivo en la forma establecida en el Anexo II.

9.10. Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados, aquel quedará aplazado para ellas, reanudándose a la terminación de la causa, siempre y cuando tal aplazamiento no menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables; este extremo deberá ser valorado por el tribunal. En tal caso, la realización de las pruebas pendientes deberá tener lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

9.11. El procedimiento selectivo deberá resolverse en el plazo máximo de ocho meses. Los solicitantes podrán entender desestimadas sus peticiones transcurrido el tiempo máximo establecido sin que recaiga resolución expresa.

10.– Relación de opositores que han superado el proceso selectivo y presentación de documentos.

10.1. Al finalizar el proceso selectivo, el Tribunal elaborará la relación de los aspirantes que lo han superado, con su número de Documento Nacional de Identidad, ordenados por la puntuación total obtenida, que vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la de oposición, especificando las calificaciones de cada uno de los ejercicios de la oposición y de cada uno de los méritos de fase de concurso.

El Tribunal elevará a la Consejería de la Presidencia la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo, y no podrá declarar que lo ha superado un número de aspirantes superior al de las plazas convocadas.

No obstante para asegurar la cobertura de las plazas convocadas, el órgano convocante podrá requerir al órgano de selección la relación complementaria de los aspirantes aprobados que sigan a los propuestos cuando se produzcan alguna de las siguientes circunstancias:

  • a) Que se registre la renuncia expresa o tenga lugar el fallecimiento de alguno de los aspirantes que han superado el proceso selectivo antes de la celebración del contrato o de la toma de posesión del puesto adjudicado.
  • b) Que algún aspirante que ha superado el proceso selectivo no presente la documentación exigida o del examen de ésta se deduzca que carece de los requisitos establecidos en la convocatoria.

10.2. La Viceconsejería de Función Pública y Gobierno Abierto aprobará y publicará en el «Boletín Oficial de Castilla y León» la relación de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, la oferta de puestos de trabajo y el modelo para solicitarlos.

10.3. En el plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a su publicación, los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo deberán presentar en la Dirección General de la Función Pública los siguientes documentos:

  • a) Fotocopia del DNI debidamente compulsada.
  • b) Fotocopia compulsada del título correspondiente o certificación que acredite poseer la titulación, de conformidad con la base 5.1.3.
  • c) Declaración o promesa de no hallarse inhabilitado, por sentencia firme, para el ejercicio de funciones públicas, ni de haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier Administración pública. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida el acceso a la función pública en su Estado.
  • d) Declaración o promesa de no tener la condición de personal laboral fijo de la competencia funcional de la convocatoria a la que se presentan.
  • e) Quienes tengan la condición de personas con discapacidad deberán presentar la certificación de los órganos competentes en materia de servicios sociales que acredite tal condición y la compatibilidad funcional para desempeñar las tareas que corresponden a la competencia funcional en el que se va a ingresar. La imposibilidad de acreditar la condición de discapacidad por pérdida de la misma durante el desarrollo del proceso selectivo supone la pérdida del requisito exigido para participar en el proceso selectivo por este turno de reserva y la imposibilidad de adquirir la condición de personal laboral fijo, quedando sin efecto las actuaciones realizadas, sin perjuicio de lo establecido en la base 6.1.

Los aspirantes están exentos de presentar los citados documentos cuando éstos obraren en poder de la Administración o hubieran autorizado a su consulta en el formulario de solicitud.

Ante la imposibilidad debidamente justificada de presentar los documentos señalados en los apartados a), b), c) y e) anteriores, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier prueba admisible en Derecho.

10.4. Junto a la documentación exigida en el apartado anterior, los aspirantes que han superado el proceso selectivo deberán cumplimentar el modelo de solicitud de puestos, consignándolos por orden de preferencia.

Cuando se solicite algún puesto de trabajo que implique contacto habitual con menores se deberá aportar certificado negativo expedido por el Registro Central de Delincuentes Sexuales. Alternativamente, el aspirante podrá autorizar al órgano convocante para obtener dicho certificado.

10.5. Salvo casos de fuerza mayor, quienes dentro del plazo fijado no presenten la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en las bases de la convocatoria, no podrán ser contratados como personal laboral fijo de la competencia funcional convocada, quedando sin efectos todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieren haber incurrido por falsedad de la solicitud de participación.

11.– Adjudicación de plazas y formalización del contrato.

Transcurrido el plazo de presentación de documentos a que se refiere la base anterior, la adjudicación de las plazas se efectuará, de acuerdo con las peticiones realizadas, siguiendo el orden de puntuación alcanzada, mediante Resolución que será publicada en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

En dicha Resolución se determinará el plazo en el que los interesados deberán formalizar su contrato y el de su posterior incorporación al puesto de trabajo. En el supuesto de que el puesto obtenido esté ocupado por un trabajador con contrato de duración determinada, podrá producirse la prórroga de la incorporación al puesto adjudicado hasta la finalización del período estipulado, no permitiéndose la prórroga de tal contrato en caso alguno.

No adquirirá la condición de personal laboral fijo de la competencia funcional convocada el aspirante aprobado que sin causa justificada no formalice el contrato de trabajo dentro del plazo posesorio establecido para ello.

12.– Publicidad de las actuaciones.

La información oficial relativa a las Resoluciones del Tribunal correspondientes a convocatorias de ejercicios y a calificaciones, así como cualquier otra información de carácter general de utilidad para los interesados, se facilitará en los tablones de anuncios de las Oficinas y Puntos de Información y Atención al Ciudadano (Anexo VIII) y en la página web de la Dirección General de Función Pública http://www.empleopublico.jcyl.es.

La información estará asimismo disponible en el Servicio Telefónico 012 de Información y Atención al Ciudadano; para llamadas desde fuera de la Comunidad de Castilla y León: 983 327 850.

Norma final.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Valladolid en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León», de conformidad con lo establecido en los artículos 8.2 a) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Igualmente, con carácter previo y potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante la Viceconsejería de Función Pública y Gobierno Abierto en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, según lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Valladolid, 27 de junio de 2016.

La Viceconsejera de Función Pública y Gobierno Abierto, (P.D. Orden PRE/1004/2015, de 13 de noviembre) Fdo.: Marta López de la Cuesta

ANEXO II

Descripción del proceso selectivo

El proceso de selección de los aspirantes será el concurso-oposición.

1. Fase de oposición.

1.1. Constará de los siguientes ejercicios, siendo ambos de carácter eliminatorio.

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de cincuenta preguntas con respuestas múltiples, que versarán sobre el programa que figura en el Anexo III.

El tiempo para la realización de este ejercicio será de sesenta minutos.

Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución de supuestos prácticos propuestos por el tribunal en relación con las tareas relacionadas con los contenidos de los temas del programa que figura en el Anexo III. La resolución de los supuestos se realizará a través de un cuestionario con treinta preguntas con respuestas múltiples.

El tiempo para la realización de este segundo ejercicio es de cuarenta minutos.

En la realización de estos ejercicios se aplicarán las siguientes reglas:

  • a) Las preguntas contarán con cuatro respuestas alternativas de las que sólo una de ellas será correcta.
  • b) Los cuestionarios incluirán un 10% de preguntas de reserva para posibles anulaciones. Para su desarrollo el órgano de selección ampliará el tiempo máximo para la realización de la prueba en el mismo porcentaje.
  • c) Las contestaciones erróneas se penalizarán con un tercio del valor de la respuesta correcta. No tendrán esta consideración las preguntas no contestadas.

1.2. Calificación.

Primer ejercicio. Será calificado de 0 a 8 puntos. El Tribunal determinará la puntuación necesaria para alcanzar la calificación mínima y declarar por tanto aprobado el ejercicio; esta decisión se tomará con anterioridad a la identificación de los aspirantes.

Segundo ejercicio. Se calificará de 0 a 12 puntos. El Tribunal determinará la puntuación necesaria para alcanzar la calificación mínima y declarar por tanto aprobado el ejercicio; esta decisión se tomará con anterioridad a la identificación de los aspirantes.

La calificación de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios. Para aprobar es necesario obtener un mínimo de 10 puntos en la fase de oposición.

El Tribunal Calificador podrá desarrollar y especificar los criterios de valoración y calificación de los ejercicios poniéndolo en conocimiento de los aspirantes.

2. Fase de concurso

Para garantizar el principio de igualdad, la valoración de los méritos se realizará una vez celebrada la fase de oposición y únicamente a los candidatos que la hayan superado.

Los méritos no acreditados en tiempo y forma no serán objeto de valoración en esta fase.

La fecha de referencia de méritos es la de inicio del plazo de presentación de solicitudes de participación en el proceso selectivo.

  • a) Baremo.
    • – Por pertenecer a una competencia funcional del mismo grupo: 0,10 puntos por mes, hasta un máximo de 2 puntos.
    • – Por pertenecer al grupo inmediatamente inferior: 0,05 puntos por mes, hasta un máximo de 2 puntos.
    • – Por antigüedad: 0,02 puntos por mes hasta un máximo de 5 puntos.
    • – Por títulos académicos reconocidos oficialmente, en relación directa con la categoría a la que se promociona, 1 punto por cada uno, hasta un máximo de 5 puntos.
  • b) Forma de acreditación:
    • – A instancia del interesado se acreditarán los servicios prestados o reconocidos en la Administración General de la Comunidad de Castilla y León o en sus Organismos Autónomos, mediante el certificado (Anexo VII) expedido por el órgano superior de personal de la Consejería u Organismo Autónomo, en ejemplar duplicado. Uno de los ejemplares será remitido al órgano gestor del proceso selectivo, a la mayor brevedad posible, y el otro al interesado.
    • – Los títulos académicos se acreditarán mediante fotocopia completa y debidamente compulsada del propio título o de la certificación de haber realizado todos los estudios necesarios para su obtención.

3. Calificación final.

La calificación final se obtendrá por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la de concurso, una vez prorrateadas al 85 y 15 por cien, respectivamente. Para determinar dicha cifra se utilizará la siguiente fórmula: 10 (0,85 x nota oposición/puntuación máxima oposición + 0,15 x puntos concurso/puntuación máxima concurso). Las puntuaciones se redondearán al alza en el tercer decimal.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de concurso y, de persistir el empate, a la mayor puntuación obtenida en el apartado de antigüedad.

ANEXO III

Programa

  • 1. El concepto de biblioteca. Clases de bibliotecas. El libro y las bibliotecas a lo largo de la historia.
  • 2. Bibliotecas públicas: concepto, funciones y servicios.
  • 3. Colecciones especiales: fondo antiguo, material gráfico, soportes audiovisual y electrónico. Las hemerotecas. La sección infantil. La sección local.
  • 4. Instalaciones y equipamiento de las bibliotecas.
  • 5. Preservación y conservación del fondo bibliográfico y documental.
  • 6. Desarrollo de colecciones bibliotecarias. Selección y expurgo. Sistemas de incorporación de fondos. Adquisición. Intercambio de publicaciones.
  • 7. El depósito legal. El depósito legal de publicaciones en línea.
  • 8. Proceso técnico de los fondos bibliográficos: registro, sellado, etc.
  • 9. Ordenación de los fondos y gestión de los depósitos. Recuentos.
  • 10. Principios de descripción bibliográfica. Procesos técnicos en bibliotecas. Control de publicaciones. Normalización.
  • 11. Servicios a los lectores: referencia e información bibliográfica. La alfabetización informacional. Tipos de préstamos. El préstamo interbibliotecario.
  • 12. Fuentes de información. Tipología de los recursos de información. Técnicas y herramientas de recuperación de información. Servicios de información bibliográfica y documental.
  • 13. Internet. Herramientas de descubrimiento. Su aplicación en las bibliotecas.
  • 14. Bibliografías. Principales catálogos colectivos
  • 15. Sistemas integrados de gestión bibliotecaria.
  • 16. Cooperación bibliotecaria: organismos y proyectos.
  • 17. Las actividades culturales en las bibliotecas. La extensión bibliotecaria Bibliotecas digitales y recolectores OAI-PMH.
  • 18. Agentes de la producción y difusión del libro. El mercado del libro en España.
  • 19. Las bibliotecas en España. Legislación bibliotecaria española. La organización bibliotecaria de Castilla y León. El marco normativo en Castilla y León.
  • 20. La Biblioteca de Castilla y León.

 

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RESOLUCIÓN de 11 de julio de 2016, de la Viceconsejería de Función Pública y Gobierno Abierto, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso libre en la competencia funcional de Oficial de Segunda de Oficios de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Con el fin de atender las necesidades de personal de esta Administración, expresadas en el Acuerdo 7/2016, de 4 de febrero, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para el año 2016, esta Viceconsejería de Función Pública y Gobierno Abierto, en virtud de las competencias atribuidas a la Consejería de la Presidencia en el artículo 7.2.k) de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, y en uso de la delegación otorgada en el artículo Primero b) de la Orden PRE/1004/2015, de 13 de noviembre, por la que se delega el ejercicio en determinadas competencias en materia de función pública («Boletín Oficial de Castilla y León» de 18 de noviembre de 2015), acuerda convocar proceso selectivo para el ingreso libre en la competencia funcional de Oficial de Segunda de Oficios de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, que se desarrollará con sujeción a las siguientes:

1.– Normativa aplicable. Oposiciones oficial de segunda de oficios

La realización de estas pruebas selectivas se ajustará a lo establecido en la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, en el Decreto 83/2008, de 23 de diciembre, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público, a la provisión de puestos de trabajo y a la formación en la Administración de Castilla y León y en el Convenio Colectivo para el personal laboral de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y sus Organismos Autónomos.

2.– Número y características de las plazasOposiciones oficial de segunda de oficios

Se convoca procedimiento selectivo para cubrir 5 puestos de trabajo de la competencia funcional de Oficial de Segunda de Oficios de la Administración de Castilla y León, por ingreso libre, de los incluidos en el Acuerdo 7/2016, de 4 de febrero, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para el año 2016. Los puestos de trabajo a cubrir se recogen en el Anexo I.

3.– Procedimiento selectivo y calificación. Oposiciones oficial de segunda de oficios

El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición, con los ejercicios, valoraciones y puntuaciones que se especifican en el Anexo II.

4.– ProgramaOposiciones oficial de segunda de oficios

El programa que rige el procedimiento selectivo figura como Anexo III a esta convocatoria.

5.– Requisitos de los aspirantes. Oposiciones oficial de segunda de oficios

5.1. Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

5.1.1. Nacionalidad. Oposiciones oficial de segunda de oficios

Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, o nacional de algún Estado al que le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España.

También podrá participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de los Estados citados, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los del cónyuge menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

Asimismo, podrán participar los extranjeros, no incluidos en los casos anteriores, con residencia legal en España, cualquiera que sea su nacionalidad.

5.1.2. Edad. Oposiciones oficial de segunda de oficios

Tener cumplidos dieciséis años de edad y, en su caso, no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

5.1.3. Titulación. Oposiciones oficial de segunda de oficios

Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de Grado Medio, o equivalente, o con competencia funcional reconocida en ordenanza laboral o convenio colectivo, o estar en condiciones de obtenerlo a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite la homologación del título. Este requisito no será exigible a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.

5.1.4. Capacidad. Oposiciones oficial de segunda de oficios

Poseer la capacidad necesaria para el desempeño de las funciones correspondientes a la competencia funcional convocada.

5.1.5. Habilitación. Oposiciones oficial de segunda de oficios

No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse incurso en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no hallarse inhabilitados o en situación equivalente, ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

5.1.6. Otros requisitos. Oposiciones oficial de segunda de oficios

No pertenecer como trabajador laboral fijo a la competencia funcional de Oficial de Segunda de Oficios en la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

5.2. Los candidatos deberán poseer los requisitos exigidos en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la formalización del contrato como trabajador laboral fijo.

6.– Acceso de personas con discapacidad. Oposiciones oficial de segunda de oficios

Las personas que, como consecuencia de su discapacidad, presenten especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas, podrán solicitar las adaptaciones y los ajustes de tiempos y medios que precisen para la realización de las pruebas en condiciones de igualdad.

A tal efecto, los interesados deberán formular en el modelo de solicitud la petición concreta de adaptación en la que se reflejen las necesidades específicas para acceder al proceso selectivo en condiciones de igualdad.

El Tribunal resolverá lo que proceda de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 83/2008, de 23 de diciembre, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público, a la provisión de puestos de trabajo y a la formación en la Administración de Castilla y León.

8.– Tribunal. Oposiciones oficial de segunda de oficios

8.1. El tribunal calificador figura como Anexo V a esta convocatoria. Oposiciones oficial de segunda de oficios

8.2. El tribunal ajustará su actuación a lo dispuesto en la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en la normativa estatal básica en materia de órganos colegiados de las Administraciones Públicas, en la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y en la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León.

8.3. El tribunal actuará de acuerdo con los principios de objetividad, imparcialidad, agilidad y eficacia. Oposiciones oficial de segunda de oficios

8.4. El tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos. Oposiciones oficial de segunda de oficios

8.5. La pertenencia al tribunal es siempre a título individual, por lo que sus miembros son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración del proceso selectivo, así como del deber de sigilo profesional. Oposiciones oficial de segunda de oficios

8.6. En el desarrollo del proceso selectivo corresponde al tribunal la aplicación e interpretación de estas bases, así como la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.

8.7. Si en algún momento el tribunal tuviera conocimiento de que algún aspirante no cumple alguno de los requisitos exigidos o del examen de la documentación resultara que su solicitud adolece de errores o falsedades que imposibilitaran su acceso a la competencia funcional correspondiente en los términos establecidos en la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, propondrá su exclusión al órgano gestor del proceso, comunicándole las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión.

8.8. El tribunal adoptará las medidas oportunas que permitan a los aspirantes con discapacidad, que así lo hubieran indicado en la solicitud, poder participar en las pruebas del proceso selectivo en igualdad de condiciones que el resto de participantes.

8.9. El tribunal se constituirá en el plazo máximo de 30 días a partir de su designación, previa convocatoria efectuada por el Presidente de los miembros titulares y suplentes.

El tribunal titular y el tribunal suplente podrán actuar de forma conjunta si las circunstancias lo requirieran, debido al número de opositores o a la extensión o tipo de las pruebas.

8.10. El Tribunal podrá solicitar al órgano gestor del proceso el nombramiento del personal colaborador o de los asesores especialistas que estime necesarios para el desarrollo de las pruebas. A éstos les serán de aplicación las mismas prohibiciones de participación y causas de abstención y recusación que a los miembros de los órganos de selección.

8.11. A efectos de comunicación y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Gerencia de Servicios Sociales, Calle Mieses, 26, C.P.: 47009 – Valladolid.

9.– Desarrollo del proceso selectivo. Oposiciones oficial de segunda de oficios

9.1. En el plazo máximo de dos meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, el titular del órgano gestor dictará resolución aprobatoria de las listas provisionales de admitidos y excluidos, con las causas de exclusión, indicando los lugares en los que se encuentran expuestas al público. Dicha resolución se publicará en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Los aspirantes dispondrán de 15 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución precitada, para formular alegaciones o subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o, en su caso, su no inclusión expresa, sin perjuicio de los recursos administrativos que procedan contra la resolución definitiva.

En el plazo máximo de un mes desde la finalización del plazo de subsanación y con una antelación mínima de 10 días naturales a la celebración del primer ejercicio de las pruebas selectivas se dictará resolución que aprobará las listas definitivas de admitidos y excluidos, indicando lugar, fecha y hora para el comienzo del primer ejercicio. Dicha resolución deberá publicarse en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

9.2. El orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por el primero cuyo apellido comience por la letra «K», de conformidad con lo establecido en la Resolución de 18 de febrero de 2016 de la Viceconsejería de Función Pública y Gobierno Abierto («Boletín Oficial de Castilla y León» de 24 de febrero de 2016).

9.3. Sin perjuicio de la obligación hacer público el lugar, fecha y hora para la celebración del primer ejercicio, según dispone la base 9.1, se prevé que el inicio del proceso tenga lugar en el mes de noviembre de 2016, el cual se celebrará en la localidad de Valladolid. Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un mínimo de 72 horas y un máximo de 45 días naturales.

9.4. Una vez realizado el primer ejercicio, la publicación de los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas se harán públicos por el Tribunal con 12 horas, al menos, de antelación al comienzo de éste, si se trata del mismo ejercicio, o de 24 horas, si se trata de uno nuevo. Estos anuncios se harán públicos en los locales donde se haya celebrado la prueba anterior, en la sede del Tribunal, y en la página web de la Dirección General de Función Pública http://www.empleopublico.jcyl.es.

9.5. Los aspirantes podrán ser convocados para cada ejercicio en llamamiento único o en varios llamamientos, y serán excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y libremente apreciados por el tribunal.

9.6. Sin perjuicio de los recursos administrativos que procedan, los aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días naturales, desde el siguiente a la realización del correspondiente ejercicio de la fase de oposición, para plantear reclamaciones contra las preguntas formuladas. Dichas reclamaciones debidamente documentadas se dirigirán a la sede del tribunal.

El tribunal resolverá las reclamaciones con carácter previo a la corrección del correspondiente ejercicio de la fase de oposición, y hará pública su decisión en la resolución de aprobados del correspondiente ejercicio.

9.7. Concluido cada uno de los ejercicios, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida.

Finalizada la calificación del segundo ejercicio, se abrirá el plazo a que se refiere el siguiente apartado.

9.8. Los aspirantes que hayan superado el segundo y último ejercicio de la fase de oposición, dispondrán de un plazo de 15 días naturales para presentar la documentación acreditativa de los méritos que deseen que les sean valorados en la fase de concurso. La acreditación de servicios prestados se realizará conforme se especifica en el Anexo II («2. Fase de concurso», «b) Forma de acreditación») y se presentará ante el órgano gestor del proceso.

Para solicitar el certificado de servicios prestados podrá utilizarse el modelo que figura como Anexo VI, del cual se remitirá copia al órgano gestor.

9.9. El Tribunal valorará los méritos de conformidad con el baremo establecido en el Anexo II y publicará la relación que contenga la valoración provisional de los méritos de la fase de concurso. Los aspirantes podrán efectuar alegaciones en un plazo de 10 días naturales a partir del siguiente al de su publicación, finalizado el cual el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de esta fase. Tales publicaciones se realizarán en los lugares establecidos en la base 13.

9.10. El tribunal resolverá sobre la calificación final mediante la suma de las dos fases del proceso selectivo, en la forma establecida en el Anexo II.

9.11. Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados, aquel quedará aplazado para ellas, reanudándose a la terminación de la causa, siempre y cuando tal aplazamiento no menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables; este extremo deberá ser valorado por el tribunal. En tal caso, la realización de las pruebas pendientes deberá tener lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

9.12. El procedimiento selectivo deberá resolverse en el plazo máximo de ocho meses. Los solicitantes podrán entender desestimadas sus peticiones transcurrido el tiempo máximo establecido sin que recaiga resolución expresa.

10.– Bolsa de empleo temporal. Oposiciones oficial de segunda de oficios

Los aspirantes que hayan superado algún ejercicio de este proceso selectivo entrarán a formar parte de la bolsa de empleo con carácter preferente sobre el resto de componentes de la bolsa, siempre que así lo hayan expresado en el formulario de solicitud.

La bolsa de empleo de la competencia funcional de Oficial de 2.ª de oficios de la Administración de Castilla y León se constituirá conforme a la norma que establezca el procedimiento de constitución y funcionamiento de las bolsas de empleo temporal, que esté vigente en el momento de finalización del proceso selectivo.

11.– Relación de opositores que han superado el proceso selectivo y presentación de documentos. Oposiciones oficial de segunda de oficios

11.1. Al finalizar el proceso selectivo, el tribunal elaborará la relación de los aspirantes que lo han superado, con su número de Documento Nacional de Identidad, ordenados por la puntuación total obtenida, que vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la de oposición, especificando las calificaciones de cada uno de los ejercicios de la oposición y de cada uno de cada uno de los méritos de la fase de concurso.

El tribunal elevará a la Consejería de la Presidencia la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo, y no podrá declarar que lo ha superado un número de aspirantes superior al de las plazas convocadas.

No obstante para asegurar la cobertura de las plazas convocadas, el órgano convocante podrá requerir al órgano de selección la relación complementaria de los aspirantes aprobados que sigan a los propuestos cuando se produzcan alguna de las siguientes circunstancias:

  • a) Que se registre la renuncia expresa o tenga lugar el fallecimiento de alguno de los aspirantes que han superado el proceso selectivo antes de la celebración del contrato o de la toma de posesión del puesto adjudicado.
  • b) Que algún aspirante que ha superado el proceso selectivo no presente la documentación exigida o del examen de ésta se deduzca que carece de los requisitos establecidos en la convocatoria.

11.2. La Viceconsejería de Función Pública y Gobierno Abierto aprobará y publicará en el «Boletín Oficial de Castilla y León» la relación de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, la oferta de puestos de trabajo y el modelo para solicitarlos.

11.3. En el plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a su publicación, los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo deberán presentar en la Dirección General de la Función Pública los siguientes documentos:

  • a) Fotocopia del DNI debidamente compulsada.
  • b) Fotocopia compulsada del título correspondiente o certificación que acredite poseer la titulación indicada en las bases específicas de la convocatoria. Si la titulación está expedida en el extranjero, deberá presentarse su homologación.
  • c) Declaración o promesa de no hallarse inhabilitado, por sentencia firme, para el ejercicio de funciones públicas, ni de haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier Administración pública. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida el acceso a la función pública en su Estado.
  • d) Declaración o promesa de no tener la condición de personal laboral fijo de la competencia funcional de la convocatoria a la que se presentan.

Los aspirantes están exentos de presentar los citados documentos cuando éstos obraren en poder de la Administración o hubieran autorizado a su consulta en el formulario de solicitud.

Ante la imposibilidad debidamente justificada de presentar los documentos señalados en los apartados a), b) y c) anteriores, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier prueba admisible en Derecho.

11.4. Junto a la documentación exigida en el apartado anterior, los aspirantes que han superado el proceso selectivo deberán cumplimentar el modelo de solicitud de puestos, consignándolos por orden de preferencia.

Cuando se solicite algún puesto de trabajo que implique contacto habitual con menores se deberá aportar certificado negativo expedido por el Registro Central de Delincuentes Sexuales. Alternativamente, el aspirante podrá autorizar al órgano convocante para obtener dicho certificado.

11.5. Salvo casos de fuerza mayor, quienes dentro del plazo fijado no presenten la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en las bases de la convocatoria, no podrán ser contratados como personal laboral fijo, quedando sin efectos todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieren haber incurrido por falsedad de la solicitud de participación.

12.– Adjudicación de plazas y formalización del contrato. Oposiciones oficial de segunda de oficios

Transcurrido el plazo de presentación de documentos a que se refiere la base anterior, la adjudicación de las plazas se efectuará, de acuerdo con las peticiones realizadas, siguiendo el orden de puntuación alcanzada, mediante Resolución que será publicada en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

En dicha Resolución se determinará el plazo en el que los interesados deberán formalizar su contrato y el de su posterior incorporación al puesto de trabajo. En el supuesto de que el puesto obtenido esté ocupado por un trabajador con contrato de duración determinada, podrá producirse la prórroga de la incorporación al puesto adjudicado hasta la finalización del período estipulado, no permitiéndose la prórroga de tal contrato en caso alguno.

No adquirirá la condición de personal laboral fijo de la competencia funcional convocada el aspirante aprobado que sin causa justificada no formalice el contrato de trabajo dentro del plazo posesorio establecido para ello.

13.– Publicidad de las actuaciones. Oposiciones oficial de segunda de oficios

La información oficial relativa a las Resoluciones del tribunal correspondientes a convocatorias de ejercicios y a calificaciones, así como cualquier otra información de carácter general de utilidad para los interesados, se facilitará en los tablones de anuncios de las Oficinas y Puntos de Información y Atención al Ciudadano (Anexo VIII) y en la página web de la Dirección General de Función Pública http://www.empleopublico.jcyl.es.

La información estará asimismo disponible en el Servicio Telefónico 012 de Información y Atención al Ciudadano; para llamadas desde fuera de la Comunidad de Castilla y León: 983 327 850.

Norma final. Oposiciones oficial de segunda de oficios

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León», de conformidad con lo establecido en los artículos 8.2 a) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Igualmente, con carácter previo y potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante la Viceconsejería de Función Pública y Gobierno Abierto en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, según lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Valladolid, 11 de julio de 2016.

La Viceconsejera de Función Pública y Gobierno Abierto, (P.D. Orden PRE/1004/2015, de 13 de noviembre) Fdo.: Marta López de la Cuesta

 

Descripción del proceso selectivo. Oposiciones oficial de segunda de oficios

El proceso de selección de los aspirantes será el concurso-oposición.

1.– Fase de oposiciónOposiciones oficial de segunda de oficios

Constará de dos ejercicios, siendo ambos de carácter eliminatorio.

Primer ejercicio. Consistirá en la contestación de un cuestionario de cincuenta preguntas tipo test con respuestas múltiples, relacionadas con las materias que constituyen el programa, que respetará las siguientes reglas:

  • a) Las preguntas contarán con cuatro respuestas alternativas de las que solo una de ellas será correcta.
  • b) Los cuestionarios incluirán un 10% de preguntas de reserva para posibles anulaciones. Para su realización el órgano de selección ampliará el tiempo máximo para la realización de la prueba en el mismo porcentaje.
  • c) Las contestaciones erróneas se penalizarán con un tercio del valor de la respuesta correcta. No tendrán esta consideración las preguntas no contestadas.

El tiempo para la realización de este ejercicio será de sesenta minutos.

El ejercicio se valorará de cero a diez; el Tribunal establecerá la calificación mínima para la superación del primer ejercicio a la vista de la dificultad del ejercicio propuesto y del grado de conocimientos alcanzado con referencia al exigible para el acceso a la competencia funcional; esta decisión se tomará con anterioridad a la identificación de los aspirantes.

Segundo ejercicio. Consistirá en la resolución de uno o varios supuestos teórico-prácticos propuestos por el Tribunal, relacionados con las funciones de la competencia funcional. El contenido de esta fase estará dirigido a apreciar la capacidad de los aspirantes para llevar a cabo las tareas propias de su competencia funcional.

El tiempo para realización de este ejercicio será como máximo de dos horas.

Se valorará el rigor analítico, el conocimiento teórico de las materias desarrolladas, la capacidad de síntesis, así como las conclusiones expuestas, a claridad de ideas y la corrección de la expresión escrita. Si se trata de una prueba práctica se valorara el grado de perfección y destreza en su realización y el conocimiento de las funciones a desempeñar en la competencia funcional a la que se aspira.

Este ejercicio se calificará de cero a diez, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de cinco puntos.

La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas.

El tribunal calificador establecerá los criterios de valoración y calificación de los ejercicios, poniéndolo en conocimiento de los aspirantes.

1.– Fase de concurso. Oposiciones oficial de segunda de oficios

Para garantizar el principio de igualdad, la valoración de los méritos se realizará una vez celebrada la fase de oposición y únicamente a los candidatos que la hayan superado.

Los méritos no acreditados en tiempo y forma no serán objeto de valoración en esta fase.

La fecha de referencia de méritos es la de inicio del plazo de presentación de solicitudes de participación en el proceso selectivo.

a) Baremo. Oposiciones oficial de segunda de oficios

  • – Por experiencia en puesto de trabajo de contenido funcional idéntico o similar (hasta un máximo de 7,50 puntos) valorando cada mes de servicios de la siguiente manera:
    • – 0,05 puntos por servicios prestados en la Administración y Organismos Autónomos de Castilla y León.
    • – 0,04 puntos por servicios prestados en otras Administraciones Públicas.
    • – 0,03 puntos por servicios prestados en la empresa privada.
  • – Por títulos académicos reconocidos oficialmente, de nivel igual o superior al exigido como requisito para el acceso a las pruebas selectivas y relacionados directamente con la categoría a la que se oposita, 0,25 puntos por cada uno de ellos, hasta un máximo de 0,50 puntos. No será objeto de valoración el título que se aporte como requisito de acceso.
  • – Por cursos de formación de carácter oficial, en materias relacionadas directamente con la competencia funcional a la que se oposita, siempre que su duración sea, al menos, de 25 horas, 0,25 puntos por cada uno, hasta un máximo de 2 puntos.

b) Forma de acreditación. Oposiciones oficial de segunda de oficios

  • – A instancia del interesado se acreditarán los servicios prestados o reconocidos en la Administración General de la Comunidad de Castilla y León o en sus Organismos Autónomos, mediante el certificado (Anexo VII) expedido por el órgano superior de personal de la Consejería u Organismo Autónomo, en ejemplar duplicado. Uno de los ejemplares será remitido al órgano gestor del proceso selectivo, a la mayor brevedad posible, y el otro al interesado.
  • – Los servicios prestados fuera de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León o de sus Organismos autónomos se acreditarán con el certificado de empresa, en el que consten la categoría desempeñada, sus funciones, el grupo de cotización y el Convenio colectivo aplicable, al que deberán acompañar el certificado de permanencia en alta en el grupo profesional correspondiente expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social. Dichas certificaciones deben ser originales o estar debidamente compulsadas. Estos servicios no serán objeto de valoración en el supuesto de apreciarse discordancia entre la categoría certificada por la empresa y el grupo profesional por el que se haya cotizado.
  • – Los restantes méritos se acreditarán con la fotocopia completa y debidamente compulsada de los títulos académicos o de la certificación de haber realizado todos los estudios necesarios para su obtención, así como de los certificados correspondientes a los cursos.

2.– Calificación final. Oposiciones oficial de segunda de oficios

La calificación final se obtendrá por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la de concurso, una vez prorrateadas al 85 y 15 por cien, respectivamente. Para determinar dicha cifra se utilizará la siguiente fórmula: 10 (0,85 x nota oposición/puntuación máxima oposición + 0,15 x puntos concurso/puntuación máxima concurso). Las puntuaciones se redondearán al alza en el tercer decimal.

En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición; de persistir éste, se tendrá en cuenta la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio y en el primero, por este orden. Si continuaran produciéndose empates, se acudirá para dirimirlos a la mayor puntuación obtenida en la fase de concurso de acuerdo con la siguiente prioridad: cursos de formación, títulos académicos y experiencia en el puesto de trabajo.

Programa Oposiciones oficial de segunda de oficios

Materia común. Oposiciones oficial de segunda de oficios

Tema 1.– La Constitución Española de 1978: estructura y contenido.

Tema 2.– El Estatuto de Autonomía de Castilla y León: contenido. La Ley del Gobierno y de la Administración de Castilla y León.

Tema 3.– El personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León. El Convenio Colectivo para el personal laboral de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y Organismos autónomos dependientes de ésta.

 

Materia específica. Oposiciones oficial de segunda de oficios

Tema 1.– Conocimientos básicos de las herramientas, materiales y maquinaria más utilizada en el puesto de trabajo de esta competencia funcional.

Tema 2.– Interpretación básica de planos utilizados en el puesto de trabajo de esta competencia funcional.

Tema 3.– Medidas de prevención de accidentes en el manejo de herramientas y útiles propios de su especialidad.

Tema 4.– Albañilería y pintura: nociones básicas y operaciones básicas de mantenimiento.

Tema 5.– Electricidad: nociones básicas y operaciones básicas de mantenimiento.

Tema 6.– Fontanería: nociones básicas y operaciones básicas de mantenimiento.

Tema 7.– Sistemas de calefacción y agua caliente sanitaria: nociones básicas y operaciones básicas de mantenimiento.

Tema 8.– Instalaciones de acondicionamiento de aire, de ventilación y de refrigeración: nociones básicas y operaciones básicas de mantenimiento.

Tema 9.– Carpintería: nociones básicas y operaciones básicas de mantenimiento.

Tema 10.– Seguridad y salud en las tareas de mantenimiento. Nociones básicas

Tema 11.– Prevención de riesgos laborales. Planes de emergencia y evacuación del centro. Nociones básicas.


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Oposiciones oficial de primera de oficios

RESOLUCIÓN de 11 de julio de 2016, de la Viceconsejería de Función Pública y Gobierno Abierto, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso libre en la competencia funcional de Oficial de Primera de Oficios de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Con el fin de atender las necesidades de personal de esta Administración, expresadas en el Acuerdo 7/2016, de 4 de febrero, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para el año 2016, esta Viceconsejería de Función Pública y Gobierno Abierto, en virtud de las competencias atribuidas a la Consejería de la Presidencia en el artículo 7.2.k) de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, y en uso de la delegación otorgada en el artículo Primero b) de la Orden PRE/1004/2015, de 13 de noviembre, por la que se delega el ejercicio en determinadas competencias en materia de función pública («Boletín Oficial de Castilla y León» de 18 de noviembre de 2015), acuerda convocar proceso selectivo para el ingreso libre en la competencia funcional de Oficial de Primera de Oficios de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, que se desarrollará con sujeción a las siguientes:

1.– Normativa aplicable. Oposiciones oficial de primera de oficios

La realización de estas pruebas selectivas se ajustará a lo establecido en la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, en el Decreto 83/2008, de 23 de diciembre, por el que se regula es acceso de las personas con discapacidad al empleo público, a la provisión de puestos de trabajo y a la formación en la Administración de Castilla y León y en el Convenio Colectivo para el personal laboral de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y sus Organismos Autónomos.

2.– Número y características de las plazas. Oposiciones oficial de primera de oficios

Se convoca procedimiento selectivo para cubrir 11 puestos de trabajo de la competencia funcional de Oficial de Primera de Oficios de la Administración de Castilla y León, por ingreso libre, de los incluidos en el Acuerdo 7/2016, de 4 de febrero, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para el año 2016. Los puestos de trabajo a cubrir se recogen en el Anexo I.

3.– Procedimiento selectivo y calificaciónOposiciones oficial de primera de oficios

El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición, con los ejercicios, valoraciones y puntuaciones que se especifican en el Anexo II.

4.– Programa. Oposiciones oficial de primera de oficios

El programa que rige el procedimiento selectivo figura como Anexo III a esta convocatoria.

5.– Requisitos de los aspirantesOposiciones oficial de primera de oficios

5.1. Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

5.1.1. Nacionalidad. Oposiciones oficial de primera de oficios

Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, o nacional de algún Estado al que le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España.

También podrá participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de los Estados citados, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los del cónyuge menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

Asimismo, podrán participar los extranjeros, no incluidos en los casos anteriores, con residencia legal en España, cualquiera que sea su nacionalidad.

5.1.2. Edad. Oposiciones oficial de primera de oficios

Tener cumplidos dieciséis años de edad y, en su caso, no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

5.1.3. Titulación. Oposiciones oficial de primera de oficios

Estar en posesión del título de Bachiller (B.U.P. o Superior), Formación Profesional de Grado Superior, o equivalente, o con competencia funcional reconocida en ordenanza laboral o convenio colectivo o con dos años de experiencia en la categoría de Oficial de 2.ª de Oficios en el ámbito empresarial a que se extiende el Convenio Colectivo, o estar en condiciones de obtenerlo a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite la homologación del título. Este requisito no será exigible a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.

5.1.4. Capacidad. Oposiciones oficial de primera de oficios

Poseer la capacidad necesaria para el desempeño de las funciones correspondientes a la competencia funcional convocada.

5.1.5. Habilitación. Oposiciones oficial de primera de oficios

No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse incurso en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no hallarse inhabilitados o en situación equivalente, ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

5.1.6. Otros requisitos. Oposiciones oficial de primera de oficios

No pertenecer como trabajador laboral fijo a la competencia funcional de Oficial de Primera de Oficios en la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

5.2. Los candidatos deberán poseer los requisitos exigidos en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la formalización del contrato como trabajador laboral fijo.

6.– Acceso de personas con discapacidad. Oposiciones oficial de primera de oficios

Las personas que, como consecuencia de su discapacidad, presenten especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas, podrán solicitar las adaptaciones y los ajustes de tiempos y medios que precisen para la realización de las pruebas en condiciones de igualdad.

A tal efecto, los interesados deberán formular en el modelo de solicitud la petición concreta de adaptación en la que se reflejen las necesidades específicas para acceder al proceso selectivo en condiciones de igualdad.

El Tribunal resolverá lo que proceda de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 83/2008, de 23 de diciembre, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público, a la provisión de puestos de trabajo y a la formación en la Administración de Castilla y León.

8. Tribunal. Oposiciones oficial de primera de oficios

8.1. El tribunal calificador figura como Anexo V a esta convocatoria. Oposiciones oficial de primera de oficios

8.2. El tribunal ajustará su actuación a lo dispuesto en la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en la normativa estatal básica en materia de órganos colegiados de las Administraciones Públicas, en la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y en la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León.

8.3. El tribunal actuará de acuerdo con los principios de objetividad, imparcialidad, agilidad y eficacia. Oposiciones oficial de primera de oficios

8.4. El tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento de del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos. Oposiciones oficial de primera de oficios

8.5. La pertenencia al tribunal es siempre a título individual, por lo que sus miembros son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración del proceso selectivo, así como del deber de sigilo profesional. Oposiciones oficial de primera de oficios

8.6. En el desarrollo del proceso selectivo corresponde al tribunal la aplicación e interpretación de estas bases, así como la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.Oposiciones oficial de primera de oficios

8.7. Si en algún momento el tribunal tuviera conocimiento de que algún aspirante no cumple alguno de los requisitos exigidos o del examen de la documentación resultara que su solicitud adolece de errores o falsedades que imposibilitaran su acceso a la competencia funcional correspondiente en los términos establecidos en la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, propondrá su exclusión al órgano gestor del proceso, comunicándole las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión. Oposiciones oficial de primera de oficios

8.8. El tribunal adoptará las medidas oportunas que permitan a los aspirantes con discapacidad, que así lo hubieran indicado en la solicitud, poder participar en las pruebas del proceso selectivo en igualdad de condiciones que el resto de participantes. Oposiciones oficial de primera de oficios

8.9. El tribunal se constituirá en el plazo máximo de 30 días a partir de su designación, previa convocatoria efectuada por el Presidente de los miembros titulares y suplentes. Oposiciones oficial de primera de oficios

El tribunal titular y el tribunal suplente podrán actuar de forma conjunta si las circunstancias lo requirieran, debido al número de opositores o a la extensión o tipo de las pruebas. Oposiciones oficial de primera de oficios

8.10. El Tribunal podrá solicitar al órgano gestor del proceso el nombramiento del personal colaborador o de los asesores especialistas que estime necesarios para el desarrollo de las pruebas. A éstos les serán de aplicación las mismas prohibiciones de participación y causas de abstención y recusación que a los miembros de los órganos de selección.

8.11. A efectos de comunicación y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Gerencia de Servicios, C/ Francisco Suárez, 2 bajo- C.P.: 47006 – Valladolid.

9.– Desarrollo del proceso selectivo. Oposiciones oficial de primera de oficios

9.1. En el plazo máximo de dos meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, el titular del órgano gestor dictará resolución aprobatoria de las listas provisionales de admitidos y excluidos, con las causas de exclusión, indicando los lugares en los que se encuentran expuestas al público. Dicha resolución se publicará en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Los aspirantes dispondrán de 15 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución precitada, para formular alegaciones o subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o, en su caso, su no inclusión expresa, sin perjuicio de los recursos administrativos que procedan contra la resolución definitiva.

En el plazo máximo de un mes desde la finalización del plazo de subsanación y con una antelación mínima de 10 días naturales a la celebración del primer ejercicio de las pruebas selectivas se dictará resolución que aprobará las listas definitivas de admitidos y excluidos, indicando lugar, fecha y hora para el comienzo del primer ejercicio. Dicha resolución deberá publicarse en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

9.2. El orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por el primero cuyo apellido comience por la letra «K», de conformidad con lo establecido en la Resolución de 18 de febrero de 2016 de la Viceconsejería de Función Pública y Gobierno Abierto («Boletín Oficial de Castilla y León» de 24 de febrero de 2016).

9.3. Sin perjuicio de la obligación hacer público el lugar, fecha y hora para la celebración del primer ejercicio, según dispone la base 9.1, se prevé que el inicio del proceso tenga lugar en el mes de noviembre de 2016, el cual se celebrará en la localidad de Valladolid. Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un mínimo de 72 horas y un máximo de 45 días naturales.

9.4. Una vez realizado el primer ejercicio, la publicación de los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas se harán públicos por el Tribunal con 12 horas, al menos, de antelación al comienzo de éste, si se trata del mismo ejercicio, o de 24 horas, si se trata de uno nuevo. Estos anuncios se harán públicos en los locales donde se haya celebrado la prueba anterior, en la sede del Tribunal, y en la página web de la Dirección General de Función Pública http://www.empleopublico.jcyl.es.

9.5. Los aspirantes podrán ser convocados para cada ejercicio en llamamiento único o en varios llamamientos, y serán excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y libremente apreciados por el tribunal.

9.6. Sin perjuicio de los recursos administrativos que procedan, los aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días naturales, desde el siguiente a la realización del correspondiente ejercicio de la fase de oposición, para plantear reclamaciones contra las preguntas formuladas. Dichas reclamaciones debidamente documentadas se dirigirán a la sede del tribunal.

El tribunal resolverá las reclamaciones con carácter previo a la corrección del correspondiente ejercicio de la fase de oposición, y hará pública su decisión en la resolución de aprobados del correspondiente ejercicio.

9.7. Concluido cada uno de los ejercicios, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida.

Finalizada la calificación del segundo ejercicio, se abrirá el plazo a que se refiere el siguiente apartado. Oposiciones oficial de primera de oficios

9.8. Los aspirantes que hayan superado el segundo y último ejercicio de la fase de oposición, dispondrán de un plazo de 15 días naturales para presentar la documentación acreditativa de los méritos que deseen que les sean valorados en la fase de concurso. La acreditación de servicios prestados se realizará conforme se especifica en el Anexo II («2. Fase de concurso», «b) Forma de acreditación») y se presentará ante el órgano gestor del proceso.

Para solicitar el certificado de servicios prestados podrá utilizarse el modelo que figura como Anexo VI, del cual se remitirá copia al órgano gestor. Oposiciones oficial de primera de oficios

9.9. El Tribunal valorará los méritos de conformidad con el baremo establecido en el Anexo II y publicará la relación que contenga la valoración provisional de los méritos de la fase de concurso. Los aspirantes podrán efectuar alegaciones en un plazo de 10 días naturales a partir del siguiente al de su publicación, finalizado el cual el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de esta fase. Tales publicaciones se realizarán en los lugares establecidos en la base 13.

9.10. El tribunal resolverá sobre la calificación final mediante la suma de las dos fases del proceso selectivo, en la forma establecida en el Anexo II.

9.11. Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados, aquél quedará aplazado para ellas, reanudándose a la terminación de la causa, siempre y cuando tal aplazamiento no menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables; este extremo deberá ser valorado por el tribunal. En tal caso, la realización de las pruebas pendientes deberá tener lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

9.12. El procedimiento selectivo deberá resolverse en el plazo máximo de ocho meses. Los solicitantes podrán entender desestimadas sus peticiones transcurrido el tiempo máximo establecido sin que recaiga resolución expresa.

10.– Bolsa de empleo temporal. Oposiciones oficial de primera de oficios

Los aspirantes que hayan superado algún ejercicio de este proceso selectivo entrarán a formar parte de la bolsa de empleo con carácter preferente sobre el resto de componentes de la bolsa, siempre que así lo hayan expresado en el formulario de solicitud.

La bolsa de empleo de la competencia funcional de Oficial de Primera de Oficios de la Administración de Castilla y León se constituirá conforme a la norma que establezca el procedimiento de constitución y funcionamiento de las bolsas de empleo temporal, que esté vigente en el momento de finalización del proceso selectivo.

11.– Relación de opositores que han superado el proceso selectivo y presentación de documentos. Oposiciones oficial de primera de oficios

11.1. Al finalizar el proceso selectivo, el Tribunal elaborará la relación de los aspirantes que lo han superado, con su número de Documento Nacional de Identidad, ordenados por la puntuación total obtenida, que vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la de oposición, especificando las calificaciones de cada uno de los ejercicios de la oposición y de cada uno de cada uno de los méritos de la fase de concurso.

El Tribunal elevará a la Consejería de la Presidencia la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo, y no podrá declarar que lo ha superado un número de aspirantes superior al de las plazas convocadas.

No obstante para asegurar la cobertura de las plazas convocadas, el órgano convocante podrá requerir al órgano de selección la relación complementaria de los aspirantes aprobados que sigan a los propuestos cuando se produzcan alguna de las siguientes circunstancias:

  • a) Que se registre la renuncia expresa o tenga lugar el fallecimiento de alguno de los aspirantes que han superado el proceso selectivo antes de la celebración del contrato o de la toma de posesión del puesto adjudicado.
  • b) Que algún aspirante que ha superado el proceso selectivo no presente la documentación exigida o del examen de ésta se deduzca que carece de los requisitos establecidos en la convocatoria.

11.2. La Viceconsejería de Función Pública y Gobierno Abierto aprobará y publicará en el «Boletín Oficial de Castilla y León» la relación de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, la oferta de puestos de trabajo y el modelo para solicitarlos.

11.3. En el plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a su publicación, los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo deberán presentar en la Dirección General de la Función Pública los siguientes documentos:

  • a) Fotocopia del DNI debidamente compulsada.
  • b) Fotocopia compulsada del título correspondiente o certificación que acredite poseer la titulación indicada en las bases específicas de la convocatoria. Si la titulación está expedida en el extranjero, deberá presentarse su homologación.
  • c) Declaración o promesa de no hallarse inhabilitado, por sentencia firme, para el ejercicio de funciones públicas, ni de haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier Administración pública. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida el acceso a la función pública en su Estado.
  • d) Declaración o promesa de no tener la condición de personal laboral fijo de la competencia funcional de la convocatoria a la que se presentan.

Los aspirantes a las Oposiciones oficial de primera de oficios están exentos de presentar los citados documentos cuando éstos obraren en poder de la Administración o hubieran autorizado a su consulta en el formulario de solicitud.

Ante la imposibilidad debidamente justificada de presentar los documentos señalados en los apartados a), b) y c) anteriores, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier prueba admisible en Derecho.

11.4. Junto a la documentación exigida en el apartado anterior, los aspirantes que han superado el proceso selectivo deberán cumplimentar el modelo de solicitud de puestos, consignándolos por orden de preferencia.

Cuando se solicite algún puesto de trabajo que implique contacto habitual con menores se deberá aportar certificado negativo expedido por el Registro Central de Delincuentes Sexuales. Alternativamente, el aspirante podrá autorizar al órgano convocante para obtener dicho certificado.

11.5. Salvo casos de fuerza mayor, quienes dentro del plazo fijado no presenten la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en las bases de la convocatoria, no podrán ser contratados como personal laboral fijo, quedando sin efectos todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieren haber incurrido por falsedad de la solicitud de participación.

12.– Adjudicación de plazas y formalización del contrato. Oposiciones oficial de primera de oficios

Transcurrido el plazo de presentación de documentos a que se refiere la base anterior, la adjudicación de las plazas se efectuará, de acuerdo con las peticiones realizadas, siguiendo el orden de puntuación alcanzada, mediante Resolución que será publicada en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

En dicha Resolución se determinará el plazo en el que los interesados deberán formalizar su contrato y el de su posterior incorporación al puesto de trabajo. En el supuesto de que el puesto obtenido esté ocupado por un trabajador con contrato de duración determinada, podrá producirse la prórroga de la incorporación al puesto adjudicado hasta la finalización del período estipulado, no permitiéndose la prórroga de tal contrato en caso alguno.

No adquirirá la condición de personal laboral fijo de la competencia funcional convocada el aspirante aprobado que sin causa justificada no formalice el contrato de trabajo dentro del plazo posesorio establecido para ello.

13.– Publicidad de las actuaciones. Oposiciones oficial de primera de oficios

La información oficial relativa a las Resoluciones del Tribunal correspondientes a convocatorias de ejercicios y a calificaciones, así como cualquier otra información de carácter general de utilidad para los interesados, se facilitará en los tablones de anuncios de las Oficinas y Puntos de Información y Atención al Ciudadano (Anexo VIII) y en la página web de la Dirección General de Función Pública http://www.empleopublico.jcyl.es.

La información estará asimismo disponible en el Servicio Telefónico 012 de Información y Atención al Ciudadano; para llamadas desde fuera de la Comunidad de Castilla y León: 983 327 850.

Norma final. Oposiciones oficial de primera de oficios

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León», de conformidad con lo establecido en los artículos 8.2 a) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Igualmente, con carácter previo y potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante la Viceconsejería de Función Pública y Gobierno Abierto en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, según lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Valladolid, 11 de julio de 2016.

La Viceconsejera de Función Pública y Gobierno Abierto, (P.D. Orden PRE/1004/2015, de 13 de noviembre) Fdo.: Marta López de la Cuesta

ANEXO II Oposiciones oficial de primera de oficios

Descripción del proceso selectivo Oposiciones oficial de primera de oficios

El proceso de selección de los aspirantes será el concurso-oposición. Oposiciones oficial de primera de oficios

1.– Fase de oposición. Oposiciones oficial de primera de oficios

Constará de dos ejercicios, siendo ambos de carácter eliminatorio.

Primer ejercicio. Consistirá en la contestación de un cuestionario de setenta preguntas tipo test con respuestas múltiples, relacionadas con las materias que constituyen el programa, que respetará las siguientes reglas:

  • a) Las preguntas contarán con cuatro respuestas alternativas de las que solo una de ellas será correcta.
  • b) Los cuestionarios incluirán un 20% de preguntas de reserva para posibles anulaciones. Para su realización el órgano de selección ampliará el tiempo máximo para la realización de la prueba en el mismo porcentaje.
  • c) Las contestaciones erróneas se penalizarán con un tercio del valor de la respuesta correcta. No tendrán esta consideración las preguntas no contestadas.

El tiempo para la realización de este ejercicio será de sesenta minutos. Oposiciones oficial de primera de oficios

El ejercicio se valorará de cero a diez, el Tribunal establecerá la calificación mínima para la superación del primer ejercicio a la vista de la dificultad del ejercicio propuesto y del grado de conocimientos alcanzado con referencia al exigible para el acceso a la competencia funcional, esta decisión se tomará con anterioridad a la identificación de los aspirantes.

Segundo ejercicio. Consistirá en la resolución de uno o varios supuestos teórico-prácticos propuestos por el Tribunal, relacionados con las funciones de la competencia funcional. El contenido de esta fase estará dirigido a apreciar la capacidad de los aspirantes para llevar a cabo las tareas propias de su competencia funcional.

El tiempo para realización de este ejercicio será como máximo de dos horas. Oposiciones oficial de primera de oficios

Se valorará el rigor analítico, el conocimiento teórico de las materias desarrolladas, la capacidad de síntesis, así como las conclusiones expuestas, a claridad de ideas y la corrección de la expresión escrita. Si se trata de una prueba práctica se valorara el grado de perfección y destreza en su realización y el conocimiento de las funciones a desempeñar en la competencia funcional a la que se aspira.

Este ejercicio se calificará de cero a diez, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de cinco puntos.

La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas.

El tribunal calificador establecerá los criterios de valoración y calificación de los ejercicios, poniéndolo en conocimiento de los aspirantes.

2.– Fase de concurso.

Para garantizar el principio de igualdad, la valoración de los méritos se realizará una vez celebrada la fase de oposición y únicamente a los candidatos que la hayan superado.

Los méritos no acreditados en tiempo y forma no serán objeto de valoración en esta fase.

La fecha de referencia de méritos es la de inicio del plazo de presentación de solicitudes de participación en el proceso selectivo.

a) Baremo.

  • – Por experiencia en puesto de trabajo de contenido funcional idéntico o similar (hasta un máximo de 7,50 puntos) valorando cada mes de servicios de la siguiente manera:
    • – 0,05 puntos por servicios prestados en la Administración y Organismos Autónomos de Castilla y León.
    • – 0,04 puntos por servicios prestados en otras Administraciones Públicas.
    • – 0,03 puntos por servicios prestados en la empresa privada.
  • – Por títulos académicos reconocidos oficialmente, de nivel igual o superior al exigido como requisito para el acceso a las pruebas selectivas y relacionados directamente con la categoría a la que se oposita, 0,25 puntos por cada uno de ellos, hasta un máximo de 0,50 puntos. No será objeto de valoración el título que se aporte como requisito de acceso.
  • – Por cursos de formación de carácter oficial, en materias relacionadas directamente con la competencia funcional a la que se oposita, siempre que su duración sea, al menos, de 25 horas, 0,25 puntos por cada uno, hasta un máximo de 2 puntos.

b) Forma de acreditación.

  • – A instancia del interesado se acreditarán los servicios prestados o reconocidos en la Administración General de la Comunidad de Castilla y León o en sus Organismos Autónomos, mediante el certificado (Anexo VII) expedido por el órgano superior de personal de la Consejería u Organismo Autónomo, en ejemplar duplicado. Uno de los ejemplares será remitido al órgano gestor del proceso selectivo, a la mayor brevedad posible, y el otro al interesado.
  • – Los servicios prestados fuera de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León o de sus Organismos autónomos se acreditarán con el certificado de empresa, en el que consten la categoría desempeñada, sus funciones, el grupo de cotización y el Convenio colectivo aplicable, al que deberán acompañar el certificado de permanencia en alta en el grupo profesional correspondiente expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social. Dichas certificaciones deben ser originales o estar debidamente compulsadas. Estos servicios no serán objeto de valoración en el supuesto de apreciarse discordancia entre la categoría certificada por la empresa y el grupo profesional por el que se haya cotizado.
  • – Los restantes méritos se acreditarán con la fotocopia completa y debidamente compulsada de los títulos académicos o de la certificación de haber realizado todos los estudios necesarios para su obtención, así como de los certificados correspondientes a los cursos.

3.– Calificación final.

La calificación final se obtendrá por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la de concurso, una vez prorrateadas al 85 y 15 por cien, respectivamente. Para determinar dicha cifra se utilizará la siguiente fórmula: 10 (0,85 x nota oposición/puntuación máxima oposición + 0,15 x puntos concurso/puntuación máxima concurso). Las puntuaciones se redondearán al alza en el tercer decimal.

En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición; de persistir éste, se tendrá en cuenta la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio y en el primero, por este orden. Si continuaran produciéndose empates, se acudirá para dirimirlos a la mayor puntuación obtenida en la fase de concurso de acuerdo con la siguiente prioridad: cursos de formación, títulos académicos y experiencia en el puesto de trabajo.

ANEXO III Oposiciones oficial de primera de oficios

Programa Oposiciones oficial de primera de oficios

Materia común. Oposiciones oficial de primera de oficios

Tema 1.– La Constitución Española de 1978: estructura y contenido.

Tema 2.– El Estatuto de Autonomía de Castilla y León: contenido. La Ley del Gobierno y de la Administración de Castilla y León.

Tema 3.– La Unión Europea. Las Instituciones comunitarias.

Tema 4.– El personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León. El Convenio Colectivo para el personal laboral de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y Organismos autónomos dependientes de ésta.

Materia específica. Oposiciones oficial de primera de oficios

Tema 1.– Conservación y mantenimiento general de edificios.

Tema 2.– La conservación de instalaciones. Tipos de herramientas, maquinaria y utillaje a utilizar según la tarea de mantenimiento. Mantenimiento, almacenamiento, transporte y manipulación de herramientas.

Tema 3.– Obras de fábrica. Hormigones, encofrados y armaduras. Puesta en obra y curado.

Tema 4.– Construcción de cimientos y saneamiento; obras de fábrica ordinaria, tabiquería; enfoscados, guarnecidos y enlucidos.

Tema 5.– Materiales de construcción. Cementos, cables, yesos, áridos, morteros y hormigones. Materiales de arcilla cocida y hormigón.

Tema 6.– Los trabajos de pintura. Organización del trabajo. Cálculo de áreas y mediciones. Preparación de las superficies de soporte. Tipos de pinturas. Barnizados, lacados y esmaltados. Empapelado.

Tema 7.– Los trabajos de fontanería, calefacción y climatización. Calderas: rendimientos de las calderas. Quemadores: rendimiento y control de la combustión. Instalación de calefacción y aire acondicionado: regulación, mantenimiento y funcionamiento.

Tema 8.– Instalación de agua fría. Instalación de agua caliente. Instalación de agua caliente sanitaria con paneles solares. Mantenimiento, funcionamiento y regulación de equipos.

Tema 9.– Electricidad. Fundamentos, medidas y unidades. Corriente continua y corriente alterna. Mantenimiento de instalaciones eléctricas e iluminación.

Tema 10.– Grado de electrificación de viviendas y oficinas. Líneas y elementos de la instalación. Protecciones. Instalaciones especiales. Grupos electrógenos.

Tema 11.– Ascensores. Mantenimiento. Máquinas y cuartos de máquinas. Cabina y contrapeso. Dispositivos de seguridad.

Tema 12.– Soldaduras: tipos, usos, precauciones y protecciones.

Tema 13.– Carpintería, instalaciones, mantenimiento y conservación.

Tema 14.– Instalaciones de gas. Mantenimiento y normas de seguridad.

Tema 15.– Instalaciones de gasóleo. Mantenimiento y normas de seguridad.

Tema 16.– Instalaciones de protección contra incendios. Mantenimiento y normas de seguridad.

Tema 17.– Seguridad y salud en las tareas de mantenimiento. Precauciones especiales en la utilización de herramientas, maquinaria y materiales. Medidas de protección.

Tema 18.– Prevención de riesgos laborales. Planes de emergencia y evacuación del centro.

Tema 19.– La legionelosis: mantenimiento de los edificios públicos.