En el siguiente post explicamos las condiciones y requisitos para superar las oposiciones Guardia Civil.

1. CÓMO PREPARAMOS EN ACADEMIA IRIGOYEN :

Las clases de preparación de oposiciones Guardia Civil comienzan en septiembre y finalizan en junio.

Preparamos toda la materia del temario, psicotécnicos, ortografía e inglés, así como la entrevista personal. Cada bloque es impartido por profesor/ra especializado en la materia.

Posibilidad de preparar oposiciones Guardia Civil de forma presencial y online.

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2. NÚMERO DE PLAZAS CONVOCATORIA:

1.1 En virtud del artículo 1 del Real Decreto 213/2019, de 29 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 79, de 2 de abril), por el que se aprueba la oferta de empleo público del Cuerpo de la Guardia Civil para el año 2019, se convocan pruebas selectivas para el ingreso por acceso directo por el sistema de concurso-oposición, en los centros docentes de formación de la Guardia Civil para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias de dicho Cuerpo para cubrir dos mil doscientas diez (2.210) plazas distribuidas de la siguiente forma:

a) Ochocientas ochenta y cuatro (884) plazas para militares profesionales de tropa y marinería de las Fuerzas Armadas que lleven como mínimo cinco años de servicios efectivos como tales y que no hayan finalizado su compromiso con las Fuerzas Armadas, en la fecha que finalice el plazo de admisión de instancias.

b) Ciento setenta y cinco (175) plazas para los alumnos del Colegio de Guardias Jóvenes.

c) Mil ciento cincuenta y una (1.151) plazas libres.

1.2 Las plazas reservadas para militares profesionales de tropa y marinería y alumnos del Colegio de Guardias Jóvenes, mencionadas en los párrafos anteriores, que no sean cubiertas por cualquier motivo, se acumularán al cupo de plazas libres.

Enlace a página oficial de la Guardia Civil

3. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES A GUARDIA CIVIL:

2.1 Los aspirantes deberán reunir, en la fecha que finalice el plazo de admisión de instancias y mantener durante el proceso selectivo y los periodos de formación, los siguientes requisitos:

2.1.1 Poseer la nacionalidad española.

2.1.2 No estar privado de los derechos civiles.

2.1.3 Carecer de antecedentes penales.

2.1.4 No hallarse incurso en algún procedimiento judicial por delito doloso como procesado, investigado judicialmente o acusado con declaración de apertura de juicio oral correspondiente.

2.1.5 No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.

2.1.6 Tener cumplidos dieciocho (18) años en el año 2019. A estos efectos se entiende que reúne dicha condición el aspirante que cumpla 18 años durante el año 2019, aunque su incorporación a la escala quedará supeditada a tener cumplida esa edad.

2.1.7 No superar durante el año 2019 la edad de cuarenta (40) años, entendiéndose por ello no haber cumplido, ni cumplir durante el año 2019 la edad de 41 años.

2.1.8 Poseer la aptitud psicofísica necesaria para cursar los respectivos planes de estudios, que será acreditada mediante la superación del reconocimiento y las pruebas que se determinen en esta convocatoria.

2.1.9 Cumplir alguno de los requisitos siguientes, exigidos en el Sistema Educativo Español para acceder a las enseñanzas conducentes a ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Medio:

a) Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o de un nivel académico superior.

b) Haber superado los módulos obligatorios de un programa de cualificación profesional inicial.

c) Haber superado el curso de formación específico para el acceso a ciclos de grado medio en centros públicos o privados autorizados por la Administración educativa.

d) Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio o de grado superior, o la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.

e) Estar en posesión de alguna de las titulaciones contempladas en el artículo 18 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.

2.1.10 No haber causado baja en un centro docente por las razones establecidas en los párrafos c) y d) del artículo 71.2, de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar o en los párrafos d) y e), del artículo 48.1, de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre.

2.1.11 No haber causado baja en un centro docente de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil, por no superar, dentro de los plazos fijados, las pruebas y materias previstas en los planes de estudios correspondientes.

2.1.12 No haberse resuelto su compromiso como militar de tropa y marinería como consecuencia de un expediente de insuficiencia de facultades profesionales, por imposición de sanción disciplinaria extraordinaria de separación de servicio por aplicación de la Ley Orgánica 8/1998, de 2 de diciembre, o por la imposición de sanción disciplinaria de resolución de compromiso, en aplicación de la Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas.

2.1.13 Adquirir el compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas, conforme a los principios básicos de actuación de congruencia, oportunidad y proporcionalidad en la utilización de los medios a su alcance, que se prestará a través de declaración del solicitante.

2.1.14 Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B.

2.1.15 Carecer de tatuajes que contengan expresiones o imágenes contrarias a los valores constitucionales, autoridades o virtudes militares, que supongan desdoro para el uniforme, que puedan atentar contra la disciplina o la imagen de la Guardia Civil en cualquiera de sus formas, que reflejen motivos obscenos o inciten a discriminaciones de tipo sexual, racial, étnico o religioso. Asimismo, tampoco se permiten los tatuajes, argollas, espigas e inserciones, automutilaciones o similares que puedan ser visibles vistiendo las diferentes modalidades de los uniformes de uso general del Cuerpo de la Guardia Civil conforme a la Orden General n.º 12, de 28 de diciembre de 2009, Uniformidad en el Cuerpo de la Guardia Civil («Boletín Oficial de la Guardia Civil» n.º 1, de 12 de enero de 2010).

2.2 Comprobación de requisitos: Si desde la publicación de la lista definitiva de admitidos a las pruebas hasta la fecha de publicación del nombramiento de alumnos se tuviera conocimiento de que cualquiera de los participantes en el proceso selectivo no reúne, o pierde alguno de los requisitos establecidos en la presente convocatoria, el Tribunal de Selección acordará su exclusión mediante resolución motivada y anulará todas sus actuaciones, perdiendo los derechos o expectativas derivadas de su condición inicial de aspirante.

Si el conocimiento tuviese lugar a partir de la fecha de la publicación de dicho nombramiento o durante el periodo de formación, el Jefe de la Jefatura de Enseñanza, previo trámite de audiencia, acordará su exclusión de la citada relación y, en su caso, su baja como alumno.

2.3 Los interesados deberán autorizar o denegar expresamente, haciéndolo constar en el apartado correspondiente de su inscripción telemática para que la Jefatura de Enseñanza solicite de oficio, del Ministerio del Interior (Sistema de Verificación de Datos de Identidad, Dirección General de Tráfico y Dirección General de Apoyo a las Victimas de Terrorismo), del Ministerio de Justicia (Registro Central de Penados), del Ministerio de Política Territorial y Función Pública, del Ministerio de Educación y Formación Profesional, del Ministerio de Hacienda, del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social (Servicio Público de Empleo Estatal) y, en su caso, del Ministerio de Defensa, las verificaciones y certificaciones al respecto, pudiendo ser comprobados tales extremos desde el momento de su participación en el proceso selectivo hasta la finalización de los periodos de formación, por ser requisitos que deben reunir los aspirantes para participar en los procesos selectivos, conforme a los artículos 18, 19, 20 y 21 del Reglamento de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil.

4. PROCESO SELECTIVO ASPIRANTES A GUARDIA CIVIL:

5.1 La fase de concurso consistirá en la valoración de los méritos del admitido a las pruebas, justificados de acuerdo con el Apéndice I de este Anexo.

5.2 La fase de oposición se ajustará al régimen establecido en la Orden de 9 de abril de 1996, según lo dispuesto en la Disposición transitoria primera de la Orden PCI/155/2019, de 19 de febrero, y lo previsto en el Reglamento de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil y constará de las siguientes pruebas:

a) Ortografía.

b) Conocimientos.

c) Lengua extranjera.

d) Psicotécnica.

e) Aptitud psicofísica, que a su vez se dividirá en:

Prueba de aptitud física.

Entrevista personal.

Reconocimiento médico.

5.3 Salvo que lo determine el Tribunal de Selección, en ningún caso, se permitirá el uso de diccionarios, libros, apuntes, calculadoras o cualquier otro tipo de ayudas. Además, está prohibida la entrada en el aula de examen y en las de entrevistas personales con teléfonos móviles o con cualquier dispositivo que permita la grabación, reproducción, transmisión o recepción de datos, imágenes o sonidos.

El incumplimiento de estas normas llevará consigo la exclusión del aspirante del proceso de selección y la pérdida de los derechos de examen.

5.4 El lugar, fecha y hora de presentación a las pruebas se anunciará por el Tribunal de Selección por los medios expresados en la base 4.11.

5. DESARROLLO DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS A GUARDIA CIVIL.

6.1 Las pruebas selectivas se desarrollarán en el orden que determine el Tribunal de Selección, con las particularidades que seguidamente se detallan.

6.1.1 Prueba de ortografía: Consistirá en la realización de un ejercicio con diez frases numeradas del uno al diez, en las que se han subrayado cuatro palabras en cada frase con las letras A, B, C y D, debiendo señalar las palabras que presenten una falta ortográfica.

Se considera respuesta errónea, tanto dejar de marcar una palabra con falta de ortografía como marcar una que es correcta.

El tiempo para esta prueba será de diez (10) minutos.

6.1.2 Prueba de conocimientos: Consistirá en la contestación a un cuestionario de cien (100) preguntas tipo test, extraídas de los temas que figuran en el Apéndice «A» del Anexo a la Orden de 9 de abril de 1996; además se contestarán las cinco (5) preguntas de reserva que figuran en el cuestionario. El tiempo para la realización de esta prueba será de una hora y treinta y cinco (1 h 35 min.) minutos.

Las preguntas de reserva, solamente, serán valoradas en el caso de que el Tribunal de Selección anule alguna de las anteriores y siguiendo el orden establecido en el cuestionario.

6.1.3 Prueba de lengua extranjera: Consistirá en la contestación a un cuestionario de veinte (20) preguntas sobre el idioma inglés con un nivel compatible con los contenidos contemplados para la ESO en el Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria y del Bachillerato («BOE» núm. 3, de 3 de enero de 2015). Además contestarán una (1) pregunta de reserva que figura en el cuestionario. El tiempo para realizar esta prueba será de veintiún (21) minutos.

La pregunta de reserva, solamente, será valorada en el caso de que el Tribunal de Selección anule alguna de las anteriores.

Para estas pruebas irán provistos de bolígrafo de tinta de color negro.

6.1.4 Prueba psicotécnica: Consistirá en la evaluación de la capacidad de los aspirantes para adecuarse a las exigencias derivadas, tanto del periodo académico como alumno de un centro de formación, como de su futura adaptación al desempeño profesional. Constará de dos partes:

a) Aptitudes intelectuales: Se evaluarán mediante la aplicación de tests de inteligencia general y/o escalas específicas que evalúen la capacidad de aprendizaje, análisis, razonamiento y potencial cognitivo.

b) Perfil de personalidad: Se evaluarán mediante tests que exploren las características de personalidad, actitudinales y motivacionales.

Los resultados de la prueba psicotécnica aplicada serán tenidos en cuenta para determinar la adecuación del candidato al perfil profesional de la Guardia Civil.

Para la realización de la prueba psicotécnica se podrá utilizar lápiz además de bolígrafo de tinta de color negro.

6.1.5 Prueba de aptitud física: Consistirá en la realización de los ejercicios físicos descritos en el Apéndice II de esta Convocatoria, donde se determinan las marcas mínimas a superar en cada uno de ellos. El Tribunal de Selección podrá determinar el orden de ejecución de los ejercicios pudiéndose realizar varios de ellos simultáneamente; en este caso deberá estar presente en cada uno de ellos, al menos, un miembro del Tribunal de Selección.

6.1.6 Entrevista personal: Destinada a contrastar y ampliar los resultados de la prueba psicotécnica.

El Jefe de la Jefatura de Enseñanza establecerá, previamente, los criterios que se seguirán para valorar que el aspirante posee en grado suficiente, las competencias y cualidades necesarias para el buen desempeño de los cometidos y responsabilidades que le puedan ser encomendadas tras su incorporación a la Escala de Cabos y Guardias.

La idoneidad para el desempeño de estos cometidos y responsabilidades se acredita con la valoración, en grado adecuado, de las competencias y cualidades siguientes:

I. Adecuación a normas y valores institucionales.

II. Responsabilidad/madurez.

III. Motivación.

IV. Autocontrol.

V. Habilidades sociales y de comunicación.

VI. Adaptación.

6.1.7 Reconocimiento médico: Se aplicará el cuadro médico de exclusiones del Anexo I de la Orden PCI/155/2019, de 19 de febrero, por la que se aprueban las normas por las que han de regirse los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil, según lo dispuesto en su Disposición transitoria primera.

6.1.8 Los aspirantes serán convocados para cada prueba en único llamamiento. La no presentación del aspirante a una prueba o ejercicio en el momento que el Presidente del Tribunal de Selección declare el inicio del mismo, supondrá la eliminación del proceso de selección, sea cual fuere la causa que al respecto pueda alegarse, salvo en lo establecido en el artículo 63.1 del Reglamento de ordenación de la enseñanza de la Guardia Civil. No obstante, en el caso de que existiera más de un día para cada prueba, el Tribunal de Selección podrá autorizar el cambio de día o tanda a los aspirantes que lo soliciten por causas justificadas antes del inicio de las mismas.

Una vez el admitido a las pruebas selectivas tome parte en la primera, junto con los convocados para ese día, deberá efectuar, sucesivamente y en el orden en que se haya establecido la totalidad de las mismas para esa fecha, y si por cualquier circunstancia no continuara realizando alguna de ellas o no lograse superarla, será excluido del proceso selectivo.

No obstante, cuando por problemas técnicos u otra causa de fuerza mayor, no pueda determinarse de manera fehaciente el resultado de cualquiera de las pruebas, el Tribunal de Selección conforme a la base 4.5, dispondrá la repetición de la prueba en concreto por todos los afectados, tras dejar transcurrir, en el caso de que se trate de ejercicios físicos, un tiempo suficiente para permitir la recuperación del aspirante.

6.2 Las aspirantes admitidas al proceso de selección para el acceso a la enseñanza de formación de la Escala de Cabos y Guardias, que acrediten ante el Presidente del Tribunal de Selección mediante informe médico oficial que se encuentren en alguna de las situaciones establecidas en el apartado 1 del artículo 63 del Reglamento de ordenación de la enseñanza de la Guardia Civil, realizarán las pruebas físicas conforme a lo estipulado en el artículo 64.1 de la citada norma. La fecha alternativa para realizar dichas pruebas será fijada por el Tribunal de Selección para un día de la semana previa a su incorporación a la Academia de Guardias de la Guardia Civil.

6.3 En aquellas pruebas que lo requieran, el orden de actuación de los aspirantes se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «Q», siguiendo los demás el orden alfabético iniciado con la citada letra, conforme a la Resolución de 15 de marzo de 2019, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado («Boletín Oficial del Estado» número 66, de 18 de marzo de 2019»).

En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «Q», el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «R», y así sucesivamente.

6.4 En cualquier momento, los admitidos a las pruebas podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal de Selección, colaboradores y auxiliares, para que acrediten su identidad, a cuyo fin irán provistos del documento nacional de identidad o cualquier otro documento legal que lo sustituya. La no acreditación documental de la identidad del aspirante llevará consigo su exclusión del proceso selectivo.

6. CALIFICACIONES GUARDIA CIVIL.

7.1 La fase de concurso calificada conforme al Apéndice I tendrá una valoración entre cero (0) y cuarenta (40) puntos.

7.2 Para garantizar los principios de confidencialidad e igualdad, las pruebas de ortografía, conocimientos, lengua extranjera y psicotécnica se corregirán y calificarán mediante un sistema que impida la identificación personal de los admitidos a las pruebas.

7.3 La prueba de ortografía se evaluará como «apto» o «no apto». Serán declarados «no aptos» aquellos admitidos a las pruebas que tengan once (11) o más respuestas erróneas y quedarán excluidos del proceso selectivo.

7.4 En las pruebas de conocimientos y de lengua extranjera, cada pregunta acertada se valorará a razón de un punto. Las preguntas contestadas incorrectamente tienen penalización. No se considerará incorrecta la pregunta no contestada.

Para obtener la calificación del ejercicio de conocimientos y de lengua extranjera se aplicará la fórmula:

P = A – [E / (n –1)]

Donde:

P = número de puntos obtenido.

A = número de aciertos.

E = número de errores.

n = número de opciones de respuesta a cada pregunta.

Cada pregunta tiene una única respuesta válida. En el caso de que el aspirante considere correctas varias opciones, deberá señalar la más completa.

La prueba de conocimientos se calificará de cero (0) a cien (100) puntos; para superarla será necesario alcanzar una puntuación mínima de cincuenta (50) puntos, siendo declarados «no aptos» quienes no alcancen dicha puntuación mínima, que quedarán apartados del proceso selectivo.

7.5 La prueba de lengua extranjera se valorará de cero (0) a veinte (20) puntos; para superarla será necesario alcanzar una puntuación mínima de ocho (8) puntos, siendo declarados «no aptos» quienes no alcancen dicha puntuación mínima, que quedarán excluidos del proceso selectivo.

7.6 La prueba psicotécnica se valorará de cero (0) a quince (15) puntos, de acuerdo con las puntuaciones obtenidas en los test aplicados según la base 6.1.4.a) tal como se detalla a continuación. Las preguntas contestadas incorrectamente tienen penalización. No se considerará errónea la pregunta no contestada.

La puntuación directa en esta prueba se obtendrá aplicando la siguiente fórmula:

Pd = [15 / T] * [A – [E / (n – 1)]]

Donde:

Pd = Puntuación directa de la prueba psicotécnica.

T= Total de preguntas que tiene el cuestionario.

A = Número de preguntas correctamente contestadas (Aciertos).

E = Número de preguntas incorrectamente contestadas (Errores).

n = Número de alternativas de cada pregunta (4).

A partir de la puntuación directa se calculará la puntuación en la prueba psicotécnica conforme a la siguiente fórmula:

Pps = 15 * [(Pd – m) / (Pdmax – m)]

Donde:

Pps= Puntuación de la prueba psicotécnica.

Pd= Puntuación directa de la prueba.

m= Umbral mínimo de puntuación directa. Se fijará a partir del percentil 25 (Pc 25), considerando que este valor será aquel que deje por debajo de sí al 25 % de la muestra total de aspirantes que realizan la prueba.

Pdmax= Puntuación directa máxima. La alcanzada en la ejecución de la prueba, por el/los aspirante/s que mejor resultado haya/n obtenido.

Si del resultado de la aplicación de la fórmula anterior se obtuvieran valores negativos serán convertidos a «0».

7.7 Para aquellos aspirantes que superen las pruebas de ortografía, conocimientos y lengua extranjera, la calificación de la fase de oposición será la resultante de sumar las puntuaciones obtenidas en las pruebas de conocimientos, lengua extranjera y psicotécnica.

7.8 La puntuación final de las pruebas selectivas será la resultante de sumar las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la fase de oposición. Una vez obtenida la calificación final, y ordenados de mayor a menor puntuación en cada modalidad de ingreso, pasarán a realizar las pruebas de aptitud psicofísica en un número de ellos que sea suficiente, a juicio del Tribunal de Selección, para cubrir la totalidad de las plazas ofertadas.

7.9 Los casos de igualdad en la calificación se resolverán siguiendo el siguiente orden de prelación:

a) El que obtenga mayor puntuación en la prueba de conocimientos.

b) El que obtenga mayor puntuación en la prueba de lengua extranjera.

c) El que obtenga mayor puntuación en la prueba psicotécnica.

d) El de mayor edad.

7.10 La petición de revisión de la calificación otorgada en las pruebas de ortografía, conocimientos, lengua extranjera y psicotécnica, podrá realizarse por los medios establecidos en la base 4.10, en el plazo de tres (3) días hábiles, contados a partir de la publicación de las calificaciones en la dirección de Internet a que se hace referencia en la base 4.11.

7. CALIFICACIONES PRUEBAS APTITUD PSICOFÍSICA:

8.1 Prueba de aptitud física:

a) Para la realización de los ejercicios de la prueba de aptitud física, los admitidos a las pruebas irán provistos de atuendo deportivo acorde con el tipo de ejercicios a realizar. Antes del inicio de la misma entregarán al Tribunal de Selección Certificado Médico Oficial expedido dentro de los veinte (20) días anteriores en el que se haga constar expresamente «que el aspirante se encuentra capacitado físicamente para la realización de la prueba de aptitud física consistente en los ejercicios de: velocidad (carrera de 50 metros); resistencia muscular (carrera de 1000 metros); fuerza extensora de brazos y natación (50 metros) sin que ello suponga un riesgo para su salud», cuyos modelos se publican como Apéndices III y IV del presente Anexo, o bien la ficha médica válida que establece la Instrucción Técnica número 01/2015, de 19 de febrero de 2015, de la Inspección General de Sanidad de la Defensa, sobre «Reconocimientos médicos para la realización de pruebas físicas». Si esta última se ha realizado con más de 20 días antes de las pruebas, deberá ir acompañada de una declaración en ese momento, donde se especifique que no ha padecido ningún proceso patológico desde la realización del reconocimiento.

La no presentación de cualquiera de los documentos citados en los términos expuestos supondrá la exclusión del aspirante del proceso selectivo.

b) La calificación de los ejercicios físicos será de «apto» o «no apto». Se calificarán como «no apto» aquellos que no logren superar todos los ejercicios físicos descritos en el Apéndice II. Los calificados «no apto» serán excluidos del proceso selectivo en el momento de no superar alguno de ellos. Los resultados se expondrán en el lugar donde se hayan realizado dichos ejercicios y en la dirección de Internet a que se hace referencia en la base 4.11.

c) La petición de revisión de la calificación otorgada en la prueba de aptitud física habrá de realizarse mediante solicitud dirigida al Presidente del Tribunal de Selección en el plazo que determine la Resolución por la que se publique dicha calificación.

8.2 Entrevista personal.

a) Consistirá en la recogida de información a través del diálogo y los «tests» que consideren pertinentes los entrevistadores. Seguirá un desarrollo semiestructurado.

b) Para la realización de las entrevistas, y dependiente del Presidente del Tribunal de Selección, se constituirá un órgano de apoyo asesor especialista compuesto por titulados en psicología y por Oficiales o Suboficiales de la Guardia Civil.

En la entrevista a cada aspirante debe estar presente, al menos, un psicólogo.

c) Los miembros del órgano de apoyo que realicen la prueba de entrevista emitirán una propuesta motivada e individualizada de calificación al Tribunal de Selección, quien calificará la Prueba de Entrevista Personal como «apto» o «no apto provisional».

d) La calificación de «no apto provisional» podrá ser revisada a instancia del interesado, mediante solicitud dirigida al Presidente del Tribunal de Selección en el plazo que determine la Resolución por la que se publique dicha calificación.

e) Para la realización de las revisiones de las calificaciones se constituirán Juntas de Revisión, dependientes del Presidente del Tribunal de Selección y compuestas por titulados en psicología. En estas, tras estudiar la documentación generada en las entrevistas personales y oír a los interesados, se emitirán propuestas motivadas e individualizadas para su calificación definitiva por el Tribunal.

f) Los aspirantes calificados como «no apto provisional» que no soliciten la revisión en el plazo señalado y aquellos que, tras la revisión practicada, vean confirmada dicha calificación, serán definitivamente declarados como «no apto» por el Tribunal de Selección, y excluidos del proceso selectivo.

g) Las calificaciones de la entrevista personal serán expuestas en el lugar en el que se realice la entrevista y en la dirección de Internet a que se hace referencia en la base 4.11.

8. PRUEBAS FÍSICAS GUARDIA CIVIL.

Las pruebas físicas para oposiciones Guardia Civil se realizarán en el orden que, en cada momento, determine el Tribunal de Selección.

1. Prueba de velocidad: Carrera de 50 metros en pista con salida en pie. Deberá cubrirse dicha distancia en tiempo no superior a 8,30 segundos para hombres y a 9,40 segundos para mujeres. Se permitirán dos intentos espaciados para permitir la recuperación del ejecutante.

2. Prueba de resistencia muscular: Carrera de 1.000 metros en pista. La salida se realizará en pie desde una línea curva por carril libre, situándose los aspirantes detrás de la línea uno al lado del otro. Dicha distancia se cubrirá en tiempo no superior a 4 minutos 10 segundos para hombres y a 4 minutos 50 segundos para mujeres. Un único intento.

3. Prueba extensora de brazos: Se realizará situándose el ejecutante en posición de decúbito prono. Colocará las palmas de las manos en la posición más cómoda manteniendo los brazos perpendiculares al suelo y a la anchura de los hombros. Desde esa posición realizará una extensión de brazos completa comenzando el ejercicio desde esa posición. Se contabilizará como efectuada una extensión cuando se toque con la barbilla en el suelo y se vuelva a la posición de partida, manteniendo en todo momento cabeza, hombros, espalda y piernas en prolongación. No será válida la extensión de los brazos que no sea simultánea o en la que se apoye en el suelo parte del cuerpo distinta de la barbilla, punta de los pies y manos. El número de extensiones que se realicen no será inferior a dieciocho para hombres y a catorce para mujeres.

Durante el ejercicio se permite un descanso, en cualquier momento, siempre que éste se realice en posición de tierra inclinada hacia delante. La zona de contacto de la barbilla podrá almohadillarse con un grosor no superior a seis centímetros.

Se permitirán dos intentos espaciados para permitir la recuperación del ejecutante.

4. Prueba de natación: Recorrido de 50 metros en piscina. Situado el ejecutante en pie, al borde de la piscina, se lanzará al agua y efectuará el recorrido con estilo libre y sin apoyo en un tiempo no superior a 70 segundos para hombres y a 75 segundos para mujeres. Un único intento.

Prueba

Marca hombres

Marca mujeres

Velocidad 50 m.

8,30 seg.

9,40 seg.

Resistencia 1000 m.

4 min. 10 seg.

4 min. 50 seg.

Extensora de brazos

18 extensiones.

14 extensiones.

Natación 50 m.

70 seg.

75 seg.