Administrativo Diputación de Soria
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RESÚMEN CONVOCATORIA PLAZA ADMINISTRATIVO DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SORIA
SECRETARÍA GENERAL
APROBACIÓN BASES CONVOCATORIA ADMINISTRATIVO
Por esta Vicepresidencia se ha dictado el Decreto nº 570 de fecha 13/02/2020 por el que se aprueban las bases de la convocatoria para la provisión en propiedad de una plaza de administrativo perteneciente a la plantilla de funcionarios de la Excma. Diputación Provincial de Soria y constitución de Bolsa de Empleo, incluida en la Oferta de Empleo Público de personal funcionario y personal laboral de 2018, mediante acuerdo de la Junta de Gobierno de fecha 6-11-2018, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia nº 131 de 16-11-2018, encontrándose entre las vacantes incluidas en dicha oferta de empleo de personal funcionario, una plaza de Administración General, Grupo C, Subgrupo C1, categoría administrativo.
- Requisitos de los/as aspirantes:
- Tener la nacionalidad española, o poseer la nacionalidad de cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea, sin perjuicio de lo establecido en el art. 57 del real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el TREBEP.
- Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
- Estar en posesión o en condiciones de obtener a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, el título de: Bachiller LOE, Bachiller LOGSE, Bachillerato Unificado Polivalente, Bachiller superior o tener aprobadas las pruebas de acceso a la Universidad para mayores de 25 años.
- En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.
- No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerdo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral en el que hubiese ido separado/a o inhabilitado/a.
- Plazo de presentación de instancias:
El plazo de presentación de instancias será de quince días hábiles, iniciándose el primer día hábil siguiente al de la publicación de extracto de la convocatoria en el Boletín oficial del Estado.
Para participar en el presente proceso selectivo se deberá presentar únicamente la instancia en cualquiera de las formas previstas en las presentes Bases junto con la justificación del abono de los derechos de examen.
- Procedimiento selectivo.
El procedimiento selectivo será el de concurso-oposición:
Por razones de eficacia administrativa, se altera el orden de celebración de las fases del procedimiento selectivo, realizándose en primer lugar la fase de oposición y los/las aspirantes que hayan superado la fase de oposición se les sumará la puntuación obtenida en la baremación de los méritos que hayan acreditado en la fase de concurso.
- A) Fase de oposición Administrativo Diputación de Soria
Primer ejercicio: Estará formado por las dos partes, ambas obligatorias y eliminatorias, y que se realizarán conjuntamente.
- Primera parte: consistirá en contestar por escrito un cuestionario de un máximo de 50 preguntas basado en las materias que figuran en el programa de estas normas específicas; podrán preverse 5 preguntas adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 50 anteriores.
- Segunda parte: consistirá en contestar por escrito cuatro supuestos de carácter práctico relacionado con materias de los bloques II, III, IV y V del programa. Los supuestos prácticos se desglosarán en 5 preguntas.
El tiempo máximo de realización de este ejercicio será de noventa minutos.
El cuestionario de ambas partes estará compuesto por preguntas con respuestas alternativas, de las cuales sólo una de ellas es correcta. Para su realización, los aspirantes deberán señalar en la hoja de examen las opciones de respuesta que estimen válidas de acuerdo con las instrucciones que se faciliten.
Segundo ejercicio: consistirá en un ejercicio de carácter práctico, realizado en una sola sesión, siguiendo las instrucciones facilitadas, en el que se utilizará el office 2010 Professional Plus actualizado al Service Pack 2 (sP2).
Se valorarán en este ejercicio los conocimientos y habilidades en las funciones y utilidades del procesador de textos (con un peso relativo del 50%) y de la hoja de cálculo (con un peso relativo del 50%).
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cuarenta y cinco minutos. Se facilitarán a los aspirantes los medios técnicos necesarios para su realización, si bien en el procesador de textos Word se encuentran desactivadas todas las opciones de autocorrección, autoformato y corrección ortográfica, y los métodos abreviados de teclado asociados.
Calificación de los ejercicios.
- Primer ejercicio: se calificará de 0 a 90 puntos de acuerdo con lo siguiente:
- Primera parte: cada respuesta correcta se valorará en 1 punto, penalizándose las incorrectas con 0,5 puntos. las respuestas en blanco no penalizan. Será necesario obtener una calificación mínima de 25 puntos para superarla, sobre un máximo de 50 puntos.
- Segunda parte: cada respuesta correcta se valorará en 2 puntos, penalizándose las incorrectas en 1,00 punto. Las respuestas en blanco no penalizan. Será necesario obtener una calificación mínima de 20 puntos para superarla, sobre un máximo de 40 puntos.
- Segundo ejercicio: se calificará de 0 a 50 puntos, y será necesario obtener una calificación mínima de 25 puntos para superarlo.
La calificación final de los aspirantes vendrá determinada por la suma de las calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.
En el supuesto de que dos o más aspirantes obtuvieran la misma calificación total, se deshará el empate atendiendo a la mayor calificación obtenida en el primer ejercicio y, en el segundo ejercicio, por este orden, y de persistir el empate, se atenderá a la calificación obtenida en la segunda parte del primer ejercicio, y en la primera parte, por este orden.
- B) Fase de concurso Administrativo Diputación de Soria
Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición deberán presentar los documentos acreditativos de los méritos a valorar en la fase de concurso, en original o fotocopias simples que se compulsarán como se establece en la base novena, en el plazo de cinco días hábiles a contar desde la fecha del anuncio por el que se publiquen las calificaciones de la fase de oposición.
La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar el ejercicio de la fase de oposición. Simplemente, los puntos obtenidos en esta fase se sumarán a los puntos obtenidos en la fase de oposición, y solo a aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición.
Se valorarán los servicios prestados en cualquier administración Pública en puestos de administrativo Grupo C, subgrupo C1, técnico medio subgrupo A2, o técnico de administración General subgrupo A1, en todo caso, de la Escala de administración General, subescala técnica, de Gestión o administrativa.
Se valorará el desempeño de puestos en régimen laboral o funcionario, como funcionario/a de carrera, funcionario/a interino/a, laboral fijo/a y laboral temporal.
La puntuación máxima a alcanzar en este apartado no podrá ser superior a 20 puntos, asignándose 2 puntos por cada año de servicio. Los períodos de tiempo inferiores al año se valorarán con 1 punto, siempre que superen los seis meses. No se considerarán tiempos de servicio por períodos inferiores a los seis meses.
La experiencia deberá acreditarse mediante Certificado Oficial Expedido por la Administración correspondiente, en el que expresamente deberá constar, puesto de trabajo desempeñado, grupo de clasificación conforme al TREBEP, régimen jurídico (funcionario/laboral).
Al certificado se unirá un informe de la vida laboral expedido por la tesorería General de la seguridad social.
La calificación final del concurso-oposición se obtendrá sumando a la nota obtenida en la fase de oposición la puntuación obtenida en la fase de concurso.
En caso de empate en la puntuación final y definitiva obtenida por los/las aspirantes y para dirimir dicho empate, se estará a lo siguiente: se tendrá en cuenta la mayor puntuación obtenida por el aspirante en el primer ejercicio de la fase de oposición y en segundo lugar la mayor calificación obtenida en el segundo ejercicio. De persistir el empate se aplicará el orden de actuación de los aspirantes publicado mediante Resolución de 15 de marzo de 2019, de la Secretaría de Estado de Función Pública. (BOE 18-03-2019).