Más plazas más oportunidades

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El curso 2024/2025 será el mayor de la historia en cuanto número de plazas en convocatorias de Estado y Junta de Castilla y León. En el si9guiente artículo contamos todas las oposiciones, fechas previstas de convocatoria y exámenes y preparaciones que llevaremos a cabo durante este curso. Seguiremos trabajando día a día para poder ofrecer nuevas preparaciones allá dónde haya oportunidades.
Oposición-Preparación Nº Plazas (TL) Fecha convocatoria Fecha examen Inicio preparación
Auxiliar AGE (C2) Inicio 2.450 10 de julio de 2024 Previsto 14/12/2024 Mayo de 2024
Auxiliar AGE (C2) Repasos 2023
Auxiliar AGE (C2) desde JCyL Septiembre de 2024
Administrativo AGE (C1) Inicio 5.440 Mayo de 2024
Administrativo AGE (C1) Repasos 2023
Administrativo AGE (C1) desde JCyL Septiembre de 2024
Agente de la Hacienda Pública 800 Prevista fin de 2024 Previsto primavera 2025 2ª quincena Septiembre 2024
Auxiliar JCyL (C2) Inicio 380 Prevista Otoño 2024 Previsto primavera/otoño 2025 Octubre de 2024
Auxiliar JCyL (C2) Avanzado Enero de 2025
Administrativo JCyL (C1) Inicio 345 Prevista Otoño 2024 Previsto primavera/otoño 2025 Octubre de 2024
Administrativo JCyL (C1) Avanzado Enero de 2025
Administrativo JCyL Promoción Interna 230 Prevista Otoño 2024 Previsto primavera/otoño 2025 2ª quincena Septiembre 2024
Corporaciones Locales (C1 y C2) Varios Varios Varios 2ª quincena Septiembre 2024
Cuerpo de Gestión JCyL (A2) Avanzado 90 Prevista Otoño 2024 Previsto primavera/otoño 2025 Octubre de 2024
Cuerpo Superior JCyL (A1)  57 Prevista Otoño 2024 Previsto primavera/otoño 2025 Septiembre de 2024
Profesorado Secundaria Lengua y Lit. Pend. OEP 24 y 25 2026 Junio y julio de 2026 Septiembre de 2024
Magisterio Infantil Varias OEP y Esp. 2025 Junio y julio de 2025 Septiembre de 2024
Magisterio Primaria 
Magisterio Educación Física
Magisterio Inglés
Auxiliar de Biblioteca JCyL (III) Inicio 24 Prevista Otoño 2024 Previsto primavera/otoño 2025 Octubre de 2024
Auxiliar de Biblioteca JCyL (III) Avanzado
Ayudante Técnico Educativo JCyL (III) 40 Pendiente anterior Pendiente anterior
Conductor JCyL (III) Inicio 34 Prevista Otoño 2024 Previsto primavera/otoño 2025 Octubre de 2024
Conductor JCyL (III) Avanzado
Téc. Sup. Educ. Infantil JCyL (III) Inicio 14 Prevista Otoño 2024 Previsto primavera/otoño 2025 Octubre de 2024
Téc. Sup. Educ. Infantil JCyL (III) Avanzado
Auxiliar de Carreteras JCyL (IV) Inicio 32 Prevista Otoño 2024 Previsto primavera/otoño 2025 Octubre de 2024
Auxiliar de Carreteras JCyL (IV) Avanzado
Personal de servicios JCyL (IV) Inicio 461 Prevista Otoño 2024 Previsto primavera/otoño 2025 Octubre de 2024
Personal de servicios JCyL (IV) Avanzado
Auxiliar Administrativo SACyL 30 2025 Enero de 2025
TCAE SACyL 150 2025 Enero de 2025
Celador SACYL 70 2025 Enero de 2025
Para saber más, consulte las siguientes páginas:
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AUXILIAR DE BIBLIOTECA (P.I): Fecha y lugar de examen

AUXILIAR DE BIBLIOTECA (P.I): Fecha y lugar de examen

AUXILIAR DE BIBLIOTECA (P.I): Fecha y lugar de examen.

AUXILIAR DE BIBLIOTECA (P.I): Fecha y lugar de examen.

RESOLUCIÓN de 1 de agosto de 2024, de la Secretaría General de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueba la relación definitiva de admitidos y excluidos del proceso selectivo para el ingreso, por el sistema de acceso por promoción interna, en la categoría profesional de Auxiliar de Biblioteca de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y se fija la fecha para la realización del ejercicio.

Por Resolución de 17 de mayo de 2024, de la Secretaría General de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte (Boletín Oficial de Castilla y León de 24 de mayo), se aprobaron y publicaron las listas provisionales de admitidos y excluidos en relación a la Resolución de 30 de enero de 2024 de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso, por el sistema de promoción interna, en la categoría profesional de Auxiliar de Biblioteca de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (Boletín Oficial de Castilla y León de 7 de febrero).

Finalizado el plazo de alegaciones a las listas provisionales de admitidos y excluidos y hechas las rectificaciones oportunas, y de conformidad con lo dispuesto en la base 9.2 de la citada Resolución, esta Secretaría General

RESUELVE:

Primero.– Aprobar la relación definitiva de admitidos y excluidos al citado proceso selectivo, con indicación de las causas de exclusión. Las listas se encuentran expuestas al público en las Oficinas y Puntos de Información de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y en el Portal de Empleados Públicos de la Junta de Castilla y León (https://empleopublico.jcyl.es). La información estará asimismo disponible en el Servicio Telefónico 012 de Información y Atención al Ciudadano (para llamadas desde fuera de la Comunidad de Castilla y León: 983 327850).

Segundo.– Convocar a los aspirantes admitidos para la realización del ejercicio de la fase de oposición que tendrá lugar el domingo, 29 de septiembre del 2024 a las 10:30 horas en la Sala de lectura de la Biblioteca de Castilla y León, sita en la Plaza de la Trinidad, n.º 2.– 47003.– Valladolid.

Tercero.– Los opositores tendrán que acreditar su personalidad con la presentación de su D.N.I. o cualquier otro documento que les identifique fehacientemente y deberán ir provistos de bolígrafo de tinta azul o negra indistintamente.

Cuarto.– Contra la presente Resolución, que agota a la vía administrativa, los interesados podrán interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, según lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, demanda ante los Juzgados de lo Social de Valladolid en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.4 a) en relación con el artículo 6.2 b) y en el artículo 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social.

Valladolid, 1 de agosto de 2024.

El Secretario General,

Fdo.: Carlos Fajardo Casajús

http://bocyl.jcyl.es         

Puedes consultar la oposición en nuestra página: https://academiairigoyen.com/auxiliar-de-biblioteca/

 


DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEGOVIA. Técnico/a Superior en Educación Infantil

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEGOVIA. Técnico/a Superior en Educación Infantil.

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEGOVIA. ACUERDO de 28 de mayo de 2024, de la Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de Segovia, por el que se aprueban las bases y la convocatoria para la provisión como personal funcionario de carrera, mediante el sistema de oposición por turno libre, de 4 plazas de Técnico/a Superior en Educación Infantil. Expte.: 9804/2024.

BASES

(Aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno de 28 de mayo de 2024).

Primera.– Objeto de la convocatoria.

  • – Es objeto de la presente convocatoria, la provisión en propiedad, como personal funcionario de carrera, mediante el procedimiento de oposición libre, de cuatro plazas de Técnico/a Superior en Educación Infantil, incluidas en la Oferta de Empleo Público para 2023.
  • – Las plazas objeto de esta Convocatoria podrán ser incrementadas, en su caso, con las vacantes que pudieran producirse por cualquier causa, por Resolución de la Presidencia de la Corporación hasta la terminación del expediente de esta Convocatoria, y en todo caso, antes del comienzo de los ejercicios de selección.

Segunda.– Características de las plazas.

  • – Las plazas convocadas están dotadas económicamente con las retribuciones básicas correspondientes al Subgrupo C1 de los establecidos en el Art. 76 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre y con las retribuciones complementarias acordadas por la Corporación para los correspondientes puestos de trabajo.
  • – Las personas aspirantes que resulten nombradas para ocupar las plazas convocadas quedarán sometidas al régimen de incompatibilidades previsto en la Ley 53/1984 de 26 de diciembre.
  • – Las personas aspirantes nombradas serán adscritas a los puestos de trabajo de Auxiliar – Educador/a del Centro Juan Pablo II.
  • – Las jornadas de trabajo de las personas aspirantes nombradas que resulten nombrados se sujetarán a los requisitos establecidos en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de Octubre, normas de desarrollo del mismo y Pacto de Personal Funcionario de la Diputación de Segovia.
  • – Las funciones a realizar por las personas aspirantes que resulten nombrados son las correspondientes al puesto de trabajo de Auxiliar de Atención a Personas Dependientes, las cuales figuran en la descripción del mismo aprobada por el Pleno de la Corporación Provincial con fecha 28 de noviembre de 2013, así como las que en su caso se incorporen en las modificaciones a dicha descripción que puedan aprobarse, siendo las siguientes:
    • Realiza su intervención dentro del marco del Sistema de gestión de calidad por procesos implantado en el Centro Juan Pablo II.
    • Participa en el Equipo Interdisciplinar del
    • Comparte con el resto de la plantilla del centro la responsabilidad de proporcionar a los menores una atención integral de calidad, que garantice el respeto de sus derechos en un ambiente confortable y adecuado a sus necesidades.
    • Interviene, junto con el resto del Equipo y dentro del área de su competencia, en la cobertura de las necesidades de los/as menores dentro de los siguientes ámbitos:
      1. Autonomía personal y salud
      2. Educación y formación.
      3. Juego infantil y su metodología.
      4. Expresión y comunicación.
      5. Desarrollo socio-
      6. Convivencia y habilidades
      7. Relaciones familiares y con el
      8. Cuidados básicos/autocuidado: alimentación, higiene, imagen, personal, ropa,
      9. Cuidado de las pertenencias y del entorno: habitación, material educativo y de juego, espacios comunes, etc.
    • Realiza, como personal de atención directa, una atenta observación de cada menor, comunicando al educador/a y/o técnico/a en educación infantil de referencia aquella información que sea relevante.
    • Prepara y/o acompaña a los/as menores en sus traslados o salidas, gestiones, compras, consultas, excursiones y cualesquiera otra de análoga categoría.
    • Colabora y participa, en el ámbito de sus competencias, en la elaboración y ejecución del PII de cada menor y en las actuaciones de atención previstas en el mismo, así como lo referente a las AVD.
    • Elabora y ejecuta proyectos específicos en función de las necesidades de los/as menores y de las actividades del centro o programa
    • Elabora y cumplimenta todos los documentos que se consideren oportunos de acuerdo a sus funciones. Registra la información relevante de cada menor (visitas, llamadas, asuntos médicos, etc.)
    • Se responsabiliza, como profesional de referencia de las funciones encomendadas con respecto a los/as menores que le sean asignados/as, previstas en los diferentes procesos de atención individualizada del centro.
    • Se coordina, bajo la supervisión del/la coordinador/a de Equipo y dentro de su área de competencia, con profesionales de otras instituciones.
    • Colabora en la elaboración y ejecución del programa educativo del centro bajo la supervisión de la Coordinador/a y/o educador/a y en coordinación con el resto del Equipo Educativo.
    • Colabora en la evaluación del Proyecto Educativo y del Plan Anual del centro, elaborando propuestas de mejora.
    • Participa en la elaboración de los protocolos y procedimientos relacionados con el área de su competencia.
    • Realiza cualesquiera otras funciones análogas que pudieran establecerse por sus responsables directos.
    • Proporciona atenciones en un ambiente protector, cálido emocionalmente, y basado en el establecimiento de relaciones afectivas positivas.
    • Realizar además todas aquellas tareas análogas y complementarias que le sean encomendadas por su superior relacionadas con la misión del puesto, o que resulten necesarias por razones del servicio, particularmente aquellas que se deriven de los conocimientos o experiencias exigidos en las pruebas de asignación al puesto, o los adquiridos en cursos de perfeccionamiento en los que haya participado en razón de su puesto de trabajo, y las que sean necesarias y puedan establecerse por acuerdo de la Corporación u orden del Presidente, Diputado del Área o Servicio o Jefe del Servicio o Dependencia
    • Las personas aspirantes que resulten nombradas desempeñarán sus funciones a jornada completa, dentro de la jornada de trabajo establecida en esta Corporación, y podrán prestar sus servicios, según necesidades, de lunes a domingo, con los descansos legalmente establecidos, y en horario de mañana, tarde y noche, según cuadrante, con sujeción a las normas establecidas en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de Octubre, normas de desarrollo del mismo y Pacto de Personal Funcionario de la Diputación de Segovia.

Tercera.– Requisitos que deben reunir las personas aspirantes.

  • – Para ser admitido a la realización de estas pruebas, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
  1. Poseer la nacionalidad española o cumplir lo establecido en el artículo 57 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre en lo relativo al acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.
  2. Tener cumplidos los 18 años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa en los términos establecidos en el artículo 56.1.c) del citado Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
  3. Estar en posesión del cualquiera de los Títulos Académicos Oficiales siguientes de Formación Profesional de Grado Superior – FP2:
    • Técnico/a de Grado Superior en Educación Infantil, perteneciente a la Rama de Servicios Socioculturales y a la Comunidad, establecido en el Real Decreto 1394/2007 de 29 de octubre y normas dictadas en desarrollo del mismo.
    • Técnico/a de Grado Superior en Educación Infantil, perteneciente a la Rama de Servicios Socioculturales y a la Comunidad, establecido en el Real Decreto 2059/1995 de 22 de diciembre.
    • Técnico/a Especialista en Educador Infantil, perteneciente a la Rama de Servicios a la Comunidad, de la Ley 14/1970 de 4 de agosto.
    • Técnico/a Especialista en Jardines de Infancia, perteneciente a la Rama de Servicios a la Comunidad, de la Ley 14/1970 de 4 de agosto.

En el caso de invocar un título equivalente al exigido o titulación obtenida en el Extranjero, el aspirante deberá presentar el correspondiente certificado de equivalencia, expedido por el Órgano estatal o Autonómico competente en materia de Educación. Dicha equivalencia deberá referirse, tanto al rango como a la especialidad exigida.

La posesión del certificado de profesionalidad, en alguna de las ramas o especialidades indicadas no habilita por sí sola para acceder a la Convocatoria, si no se está en posesión además de la titulación académica correspondiente.

  1. Estar en posesión del permiso de conducción
  2. Poseer la capacidad funcional correspondiente a las funciones a desempeñar.
  3. No hallarse incurso en causa de incapacidad para ser nombrado personal funcionario de carrera, ni haber sido separado mediante expediente disciplinario del Servicio de la Administración del Estado, Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse incapacitado para el ejercicio de funciones públicas.
  4. Carecer de antecedentes por los delitos previstos en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero de protección jurídica del menor, de modificación del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil (no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos).
  5. Comprometerse a prestar juramento o promesa exigidos para la toma de posesión del cargo.
  6. Estar en posesión de la formación en materia de manipulación de alimentos, debidamente actualizada en la fecha en que comience a trabajar.
  7. Todos los requisitos anteriores deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, y estar en posesión de los mismos hasta la fecha de nombramiento, salvo lo relativo el requisito del apartado h) que se referirá a la fecha en que comience a trabajar.
  • – DERECHOS DE EXAMEN:
    • – Las personas aspirantes deberán abonar la cantidad de 15 euros en concepto de tasa por derechos de examen, al amparo de lo establecido en la Ordenanza Fiscal reguladora de la referida tasa, aprobada definitivamente por el Pleno de esta Corporación en sesión de 27 de febrero de 2020 (B.O.P. Segovia 4 de marzo de 2020).
    • – Para el abono del importe de la tasa, las personas aspirantes deberán practicar autoliquidación, en el impreso habilitado al efecto que se podrá descargar de la página Web de la Corporación y realizar su ingreso, a través de cualquier entidad bancaria autorizada, mediante transferencia bancaria a la Entidad CAIXABANK en la cuenta número El ingreso deberá efectuarse antes de presentar la correspondiente solicitud de admisión a pruebas selectivas. A la instancia deberá acompañarse copia de la autoliquidación debidamente ingresada y sellada por la Entidad bancaria correspondiente, o en su defecto, copia del recibo de ingreso.
    • – El importe de la tasa de derechos de examen, únicamente será devuelto cuando, por causas no imputables al interesado, la actividad técnica y administrativa conducente a la selección del personal para provisión de la plaza convocada no se En su consecuencia, no procederá la devolución del importe de la tasa en los supuestos de exclusión del aspirante de las pruebas selectivas por causas imputables al interesado o en el supuesto de que el aspirante no se presente a la práctica de los ejercicios.
    • – No obstante, y de conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Ordenanza reguladora de la Tasa por Derechos de Examen de esta Corporación, estarán exentos del pago de la tasa quienes acrediten las siguientes circunstancias:
  1. Las personas que figuren como demandantes de empleo, con una antigüedad mínima de seis meses, referida a la fecha de publicación del extracto de esta Convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

La persona aspirante deberá acreditar esta circunstancia mediante la presentación, junto con la instancia de admisión a las pruebas selectivas, del correspondiente certificado de desempleo expedido por el Instituto Nacional de Empleo o Servicio Público de Empleo de la respectiva Comunidad Autónoma.

  1. Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Esta circunstancia se acreditará mediante la presentación, junto con la instancia de admisión a las pruebas selectivas, del certificado de discapacidad expedido por el Organismo estatal o autonómico competente.
    • – Por otra parte, y de conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ordenanza reguladora de la Tasa por Derechos de Examen de esta Corporación, tendrán una bonificación del 50% las personas aspirantes que acrediten su condición de familia numerosa de carácter especial, y de un 30% los que acrediten su condición de familia numerosa de carácter general, debiendo aportar los correspondientes documentos acreditativos junto con la instancia de solicitud de admisión a las pruebas selectivas.
    • La falta de pago de la tasa sin acreditar la correspondiente causa de exención de pago determinará la inadmisión del aspirante a las pruebas selectivas.

Cuarta.– Presentación de solicitudes.

  • – Forma

Las instancias solicitando tomar parte en esta Convocatoria se dirigirán al Ilmo. Sr. Presidente de la Corporación, y deberán ajustarse al modelo oficial que a tal efecto podrán obtener en la página Web de la Diputación o en el Servicio de Personal y Régimen Interior, haciéndose constar por la persona aspirante que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en la Base Tercera de esta Convocatoria.

  • – Lugar y plazo de presentación

Dichas solicitudes se presentarán dentro del plazo de veinte días naturales contados desde el día siguiente a la publicación del extracto de esta Convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro General de la Diputación de Segovia, preferentemente a través de la Sede Electrónica de la Diputación por quienes reúnan los requisitos técnicos para acceder a dicha Sede, o subsidiariamente de manera presencial en la propia Sede del Registro (Palacio Provincial, C/ San Agustín, 23 de Segovia), o bien en los Registros de las Entidades a que hace referencia el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

  • – Documentación a acompañar, junto con la solicitud:

A las solicitudes se acompañará:

  1. Fotocopia del Título académico de
  2. Fotocopia del DNI actualizado
  3. Fotocopia del permiso de conducir
  4. Impreso de autoliquidación de la tasa por derechos de examen y copia del recibo de ingreso y/o en su caso documentos acreditativos de reunir una de las causas de exención de pago o bonificación de la tasa, conforme determina la Base Tercera de esta Convocatoria.

Quinta.– Admisión de aspirantes.

  • – Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Sr. Presidente de la Corporación aprobará, mediante Decreto, la lista de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de la causa de exclusión.
  • – En dicha Resolución se determinará el lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios, la composición nominal del tribunal Calificador y el orden de actuación de las personas aspirantes de lo cual se dará publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia de
  • – Las personas aspirantes excluidas podrán interponer el Recurso administrativo de Reposición ante la Presidencia de la Corporación, con carácter potestativo en el plazo máximo de un mes a contar desde la recepción de la notificación de su exclusión, o bien el Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso – administrativo de Segovia, en el plazo máximo de dos meses, a partir de la publicación de la lista de admitidos y excluidos en el Boletín Oficial de la Provincia de Segovia. Asimismo, se concederá un plazo de diez días para subsanación de errores, en su caso, en los términos previstos en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sexta.– Tribunal Calificador.

  • – Composición

La composición del Tribunal Calificador que juzgará las pruebas selectivas objeto de esta Convocatoria, estará integrada de la siguiente forma:

Presidencia.– La Jefa del Servicio de Acción Social.

Vocales:

  • Un/a vocal designado a propuesta de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
  • Dos personas con la condición de personal funcionario de carrera de la Corporación designadas por la Presidencia.

 

Secretaría.– La Secretaria General de la Corporación.

  • – Designación de suplentes y asesores especialistas, y asistencia de colaboradores/as técnicos/as y administrativos/as.

 

Podrán designarse suplentes en sustitución de los titulares que integren el referido Tribunal. Asimismo, el Presidente de la Corporación podrá designar si lo estima oportuno o conveniente algún Asesor/a Especialista para todas o alguna de las pruebas. Por otra parte, el Tribunal podrá recabar cuando lo estime oportuno la asistencia de personal funcionario o laboral de la Corporación para actuar como colaboradores/as técnicos/as o administrativos/as del Tribunal durante el proceso selectivo.

  • – Publicación de la composición nominal

La composición nominal del Tribunal Calificador que juzgue las pruebas selectivas será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, simultáneamente con el anuncio en que se haga pública la lista de admitidos y excluidos.

  • – Abstención y recusación

 

Los miembros del Tribunal Calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Presidencia, cuando concurran en ellos alguna de las causas previstas en el Art. 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a esta Convocatoria. Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran en ellos alguna de estas circunstancias en los términos previstos en el artículo 24 de la misma ley 40/2015.

  • – Forma de constitución y facultades del tribunal

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de la mitad de sus integrantes, ya sean titulares o suplentes, y estará facultado para resolver las cuestiones que pudieran suscitarse durante el desarrollo de la Convocatoria, y adoptar los acuerdos necesarios para el buen orden de la misma, en todo lo no previsto en estas Bases.

Séptima.– Proceso de selección.

  • – La selección, mediante el sistema de oposición, consistirá en la realización de tres ejercicios, de carácter eliminatorio y obligatorio para todas las personas aspirantes:

Primer ejercicio.– Consistirá en contestar por escrito, durante el tiempo máximo que se determine por el Tribunal, a un cuestionario de cuarenta preguntas tipo test, con respuestas alternativas, siendo una sola de ellas la correcta, relacionadas con los temas que integran las dos partes del Programa de la Convocatoria. El Tribunal podrá proponer además, hasta un máximo de cuatro preguntas adicionales de reserva en previsión de posibles anulaciones.

Segundo ejercicio:

Consistirá en desarrollar por escrito, durante el tiempo máximo que se determine por el Tribunal, entre tres y seis preguntas cortas abiertas de carácter general relacionadas con la Parte Segunda (materias específicas) que guardarán relación con los procedimientos, tareas y funciones de las plazas objeto de la convocatoria según el programa de la misma.

Además, podrán ser objeto de lectura pública ante el Tribunal, quien podrá establecer un diálogo con la persona aspirante solicitando aclaraciones sobre las preguntas desarrolladas, si lo estima oportuno, para la comprobación de los citados aspectos evaluables.

Se valorará la demostración de los conocimientos solicitados según el temario y la adecuación de la respuesta a la pregunta en cada caso, considerando que los procedimientos y tareas se refieren al modelo de atención en un centro residencial de la Diputación de Segovia.

Tercer ejercicio:

Consistirá en la realización, durante el tiempo máximo que se determine por el Tribunal, de uno o varios ejercicios teórico-prácticos o pruebas prácticas relacionados con las funciones a desempeñar.

Se podrá requerir tanto la lectura de los ejercicios como aclaraciones sobre el contenido de dicha prueba y se establecerá un diálogo con la persona aspirante sobre el contenido de dicha prueba.

En este ejercicio se valorará fundamentalmente la capacidad de raciocinio, la corrección en el análisis de los problemas que se plantean, la sistemática en el planteamiento, la argumentación y formulación de conclusiones y el conocimiento y adecuada interpretación de la normativa aplicable y de las funciones propias del puesto de trabajo, así como la correcta aplicación de los conocimientos teóricos a la resolución de los problemas prácticos planteados y la calidad de la redacción y de la exposición en el marco del modelo de atención en los centros residenciales de la Diputación de Segovia.

En el desarrollo y calificación de los ejercicios, se garantizará el anonimato de las personas aspirantes siempre que sea posible, facultándose expresamente al Tribunal Calificador para apreciar dicha posibilidad, en función del tipo de ejercicio del que se trate.

7.1.2.– Calificación de los ejercicios

Todos los ejercicios tendrán carácter eliminatorio y obligatorio para todos todas las personas aspirantes.

El primer ejercicio se puntuará de 0 a 10 puntos, efectuándose la calificación de la siguiente manera:

  1. Cada pregunta correctamente contestada se calificará con 0,25 puntos. Cada pregunta incorrectamente contestada se penalizará con 0,10 puntos. Cada pregunta sin contestar (en blanco) se calificará con 0,00 puntos.
  2. Se considerará que han aprobado el primer ejercicio, pasando a la realización del segundo ejercicio, las 25 personas aspirantes con las mayores puntuaciones, las cuales no podrán ser inferiores a 4 puntos, en cuyo caso, pasarán únicamente aquellas personas aspirantes cuya calificación sea de 4 o más puntos. Dicha determinación se realizará antes de la identificación nominal de las personas aspirantes una vez calificado el ejercicio de forma anónima. En el supuesto que se encuentren varias personas aspirantes con la misma calificación que la del n.º 25, también pasarán a formar parte de la relación de aprobadas (aspirante n.º 25 y empatados).

El segundo y el tercer ejercicio se calificarán de 0 a 10 puntos, siendo eliminadas las personas aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

En el segundo ejercicio, cada pregunta tendrá el mismo valor máximo.

En el tercer ejercicio, el Tribunal adoptará los criterios objetivos de puntuación que estime convenientes para la calificación del ejercicio, los cuáles se pondrán en conocimiento de las personas aspirantes con carácter previo al inicio del mismo.

En el segundo y tercer ejercicio, las calificaciones se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del Tribunal Calificador, y dividiendo el total obtenido entre el número de asistentes de aquél, siendo el cociente la calificación definitiva.

Las calificaciones obtenidas por las personas aspirantes aprobadas en los distintos ejercicios serán hechas públicas en el Tablón de Edictos y en la Página Web de la Diputación de Segovia, junto con la fecha de celebración del siguiente ejercicio. Las calificaciones obtenidas por las personas aspirantes no aprobadas se facilitarán individualmente a los interesados/as que las soliciten.

Octava.– Calificación total y definitiva de las personas aspirantes.

  • – La calificación total y definitiva de las personas aspirantes vendrá dada por la puntuación resultante de sumar las puntuaciones obtenidas en el conjunto de los tres ejercicios de la oposición por las personas aspirantes que superen la totalidad de los mismos.
  • – En caso de empate entre dos o más aspirantes, el Tribunal podrá llevar a efecto una o más pruebas complementarias sobre los ejercicios que componen la Oposición.

Novena.– Programa que ha de regir en la convocatoria.

El programa sobre el que versarán los ejercicios de la Fase de Oposición es el que figura en el Anexo de esta Convocatoria.

Décima.– Comienzo y desarrollo de las pruebas selectivas.

  • – Comienzo

Los ejercicios se celebrarán una vez transcurridos, al menos dos meses desde la fecha en que aparezca publicado el anuncio extractado de esta Convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

  • – Publicación de la fecha, hora y lugar de celebración

La fecha, lugar y hora de celebración de las pruebas será hecha pública en el Boletín Oficial de esta Provincia al mismo tiempo en que se publique la Lista de Admitidos y Excluidos.

  • – Llamamiento de las personas aspirantes

Las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio en llamamiento único, salvo casos de fuerza mayor debidamente justificados y apreciados libremente por el Tribunal.

  • – Orden de actuación de las personas aspirantes

El orden de actuación de las personas aspirantes en aquellos ejercicios que, en su caso, no se realicen conjuntamente por todas las personas aspirantes al mismo tiempo, se iniciará con aquél cuya inicial del primer apellido se corresponda con la Letra «R», según el resultado del sorteo celebrado el día 20 de febrero de 2023 (B.O.P. de Segovia de 1 de marzo de 2023).

  • – Publicación de calificaciones y anuncios sobre celebración de los sucesivos ejercicios

Una vez comenzadas las pruebas selectivas no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de la celebración de las restantes pruebas en el Boletín Oficial de la Provincia. No obstante, estos anuncios deberán hacerse públicos por el Tribunal en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores y en el Tablón de Edictos de la Corporación, con una antelación de, al menos, 24 horas a la celebración del siguiente ejercicio, junto con las calificaciones obtenidas por las personas aspirantes que hubieran superado el ejercicio anterior. Desde la total conclusión de un ejercicio hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.

Undécima.– Relación de personas aspirantes aprobadas y propuesta de nombramiento.

11.– Finalizada la calificación de las personas aspirantes, el Tribunal publicará en el Tablón de Edictos y en la Página Web de Corporación la correspondiente propuesta de nombramiento, en favor de las personas aspirantes que, habiendo superado los tres ejercicios de la Oposición, hubieran obtenido las mayores puntuaciones totales, no pudiendo rebasar el número de aspirantes propuestos/as al número de plazas convocadas, elevándose dicha propuesta al Sr. Presidente de la Corporación a efectos de nombramiento de las personas aspirantes.

11.2.– No obstante, para asegurar la cobertura de la plaza convocada, el órgano convocante podrá requerir al órgano de selección la relación complementaria de personas aspirantes que hayan aprobado los tres ejercicios, que sigan en el orden de puntuación total a la persona aspirante propuesta cuando se produzca alguna de las siguientes circunstancias:

  1. Que se registre la renuncia o tenga lugar el fallecimiento de la persona aspirante propuesta que ha superado el proceso selectivo, antes de la formalización de la toma de posesión.
  2. Que la persona aspirante propuesta que ha superado el proceso selectivo no presente la documentación exigida o del examen de ésta se deduzca que carece de los requisitos establecidos en la convocatoria.

Duodécima.– Presentación de documentos.

  • – Las personas aspirantes propuestas presentarán en el Servicio de Personal y Régimen Interior de la Diputación de Segovia, dentro del plazo de 20 días naturales, contados desde la publicación de la propuesta de nombramiento a que se refiere la Base anterior, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la Convocatoria, que a continuación se expresan:
  1. Certificación de Acta de Nacimiento expedida por el Registro Civil
  2. Declaración complementaria de conducta ciudadana, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 68/1980 de 1 de diciembre.
  3. Certificación negativa del Registro General de Delincuentes Sexuales acreditativo de cumplir el requisito exigido en el apartado 3.1.f) de la Base Tercera de la Convocatoria, o declaración responsable acompañada de autorización expresa a la Diputación de Segovia para recabar dicha certificación.
  4. Certificado médico acreditativo expedido por el Servicio Territorial de Sanidad y Bienestar Social, acreditativo de poseer la capacidad funcional correspondiente a las funciones a desarrollar, sin perjuicio del reconocimiento médico previo y complementario que en su caso deba realizar en los Servicios Médicos
  5. Declaración jurada o responsable de no hallarse incurso en causa de incapacidad, ni haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio del Estado, Administración Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
  6. Declaración jurada o responsable de no desempeñar ningún puesto del sector público o actividad privada incompatible según el 1 de la Ley 53/1984 de 26 de diciembre.
  • – Las personas aspirantes propuestas que, en su caso, tuvieran ya la condición de personal funcionario de carrera o laboral fijo de la Administración Pública estarán exentas de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación del Ministerio, Corporación Local u Organismo Público de que dependan, acreditando su condición de funcionario, y cuantas circunstancias consten en su expediente personal.
  • – Si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, alguna de las personas aspirantes propuestas no presentase su documentación no podrá ser nombrada y se anularán todas sus actuaciones, sin perjuicio de las exigencias de responsabilidad en que hubiesen podido incurrir por falsedad en la instancia presentada solicitando tomar parte en la En este caso, el Tribunal formulará propuesta adicional a favor de quien o quienes les sigan en el orden de puntuación, siempre que haya superado las pruebas exigidas, en base a lo previsto en la Base Undécima, Párrafo 2º.

 

Decimotercera.– Toma de posesión.

  • – Una vez aprobada la propuesta de nombramiento, las personas aspirantes nombradas deberán tomar posesión de sus cargos, en el plazo de 30 días hábiles, contados desde el siguiente al que sea notificado el nombramiento.
  • – Si no tomasen posesión dentro del plazo señalado o de la prórroga concedida en su caso, quedarán en situación de cesantes, con pérdida de todos los derechos derivados de la Convocatoria y del subsiguiente nombramiento conferido.

Decimocuarta.– Impugnación de la convocatoria.

  • – La Convocatoria y sus Bases, y cuantos actos administrativos se deriven de éste y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por las personas interesadas en los casos y en las formas establecidas en la Legislación vigente en materia de Procedimiento Administrativo Común.
  • – El sólo hecho de presentar instancia solicitando tomar parte en las pruebas constituye sometimiento expreso de las personas aspirantes a las Bases de la Convocatoria que tienen consideración de Ley reguladora de la misma.

Decimoquinta.– Legislación supletoria.

Esta Convocatoria se regirá, en lo no previsto en estas Bases, por lo dispuesto en la Ley reguladora de las Bases de Régimen Local de 2 de abril de 1985, Real Decreto Legislativo 781/1986 de 18 de Abril aprobatorio del Texto Refundido de las Disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, Reglamento de Funcionarios de Administración Local en lo que no se oponga o contradiga a aquélla, Ley 30/1984 de 2 de Agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública en aquellos preceptos que continúen vigentes, Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, Ley 7/2005 de 24 de Mayo de la Función Pública de Castilla y León, Real Decreto 896/1991 de 7 de Junio, y demás disposiciones concordantes. Será asimismo de aplicación supletoria el Reglamento General de Ingreso del Personal y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo.

Segovia, 29 de mayo de 2024.

La Secretaria General,

Fdo.: M.ª Lourdes Merino Ibáñez

ANEXO

PROGRAMA DE LA CONVOCATORIA

OPOSICIÓN LIBRE PARA PROVISIÓN DE CUATRO PLAZAS DE TÉCNICO/A SUPERIOR EN EDUCACIÓN INFANTIL.

PARTE 1.– MATERIAS COMUNES.

Tema 1.– La Constitución Española de 1978. Principios Generales. Derechos y deberes fundamentales de los españoles: Garantías y protección. El Defensor del pueblo. El Procurador del Común de Castilla y León.

Tema 2.– La organización territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía: su significado. Régimen de competencias. El Estatuto de Autonomía de Castilla y León. Atribuciones de los Órganos de Gobierno de la Comunidad.

Tema 3.– El Régimen Local Español. Principios constitucionales y regulación jurídica. Clases de Entes Locales. La Provincia en el Régimen Local Español. Organización Provincial. Competencias de las Diputaciones Provinciales de régimen común. Los Órganos de Gobierno Provinciales: composición, elección y atribuciones.

Tema 4.– La Función Pública Local y su Organización. Regulación Legal. El Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre y La Ley 7/2005 de 24 de mayo de la Función Pública de Castilla y León: Estructura y ámbitos de aplicación. Las Escalas de funcionarios que integran la Administración Local: funciones de cada una de ellas.

Tema 5.– Derechos y deberes de los funcionarios Públicos. Régimen de vacaciones, licencias y permisos de los funcionarios públicos: regulación legal aplicable. Sistema retributivo. Incompatibilidades. Situaciones Administrativas de los funcionarios de carrera. Régimen disciplinario.

Tema 6.– La salud en la Constitución Española de 1978. La Ley 14/1986 de 25 de abril, General de Sanidad: Fundamentos generales. La Ley 8/2010, de 30 de agosto, de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León.

Tema 7.– La Ley de Prevención de Riesgos Laborales: Obligaciones de los trabajadores en materia de prevención de riesgos laborales. Principios de mecánica corporal y procedimientos de movilización en la prevención de riesgos laborales.

«El cuidado del cuidador».

Tema 8.– Ley 16/2010 de 20 de diciembre de SS.SS. de Castilla y León. Disposiciones generales; Prestaciones del sistema de SS.SS. de responsabilidad pública; Organización territorial y funcional del sistema de SS.SS. de responsabilidad pública.

PARTE 2.– MATERIAS ESPECÍFICAS.

Tema 9.– La Planificación Local en materia de asuntos sociales en la Diputación de Segovia: La estrategia de innovación 2020-2025. 

Tema 10.– Organización funcional y territorial de los Servicios Sociales en la Diputación de Segovia. Los Centros Residenciales de la Diputación de Segovia: Características y finalidad, objetivos, población destinataria, servicios que prestan y requisitos de acceso.

Tema 11.– Ley 14/2002, de 25 de julio, de promoción, atención y protección a la infancia en Castilla y León. Disposiciones generales. De la acción de protección.

Tema 12.– Decreto 131/2003, de 13 de noviembre, por el que se regula la acción de protección de los menores de edad en situación de riesgo o desamparo y los procedimientos para la adopción y ejecución de las medidas y actuaciones para llevarlas a cabo. Disposiciones generales, la acción de protección, y las normas generales relativas al régimen y aplicación de las distintas medidas de protección y actuaciones con efectos protectores.

Tema 13.– Decreto 54/2005, de 7 de julio, regula el régimen de organización y funcionamiento de centros específicos destinados a la atención residencial de menores con medidas o actuaciones de protección.

Tema 14.– Manual de la Buena Práctica para la atención residencial a la Infancia y Adolescencia: Estándares de calidad para la atención a los niños y adolescentes en dispositivos residenciales: «Principios de la Atención Residencial» y «Áreas de atención residencial».

Tema 15.– Necesidades en la infancia y en la adolescencia. Factores de protección y de riesgo. (Félix López Sánchez). (Guía 3: Procedimiento de actuación de las corporaciones locales respecto de menores en situación de desprotección. Junta de Castilla y León.).

Tema 16.– Necesidades de los/as menores en los centros. Necesidades derivadas de la separación y del maltrato. Posibles autores: Jesús Fuertes Zurita. Félix López. Jesús Palacios.

Tema 17.– Desarrollo evolutivo. Etapas del desarrollo (motor, cognitivo y socioemocional) de los 0 a los 12 años. Posibles autores: Juan Antonio García Madruga, Jesús Palacios.

Tema 18.– Teoría del apego. José Luis Gonzalo Marrodán.

Tema 19.– Maltrato infantil: tipología e indicadores (Guía 1: Detección y notificación ante situaciones de desamparo y de riesgo en la infancia. Junta de Castilla y León). (Guía 2: Investigación y evaluación ante situaciones de desprotección en la Infancia. Junta de Castilla y León).

Tema 20.– Efectos del maltrato en el desarrollo. Guía Ver para proteger. UNICEF. Capítulos 4.1 y 4.2.

Tema 21.– Manual: Acompañando las heridas del alma. Trauma en la infancia y adolescencia. Capítulos 1 y 2.

Tema 22.– Violencia de género: concepto y modelos explicativos; tipos de maltrato y consecuencias en la mujer; estrategias del maltratador. (Guía Práctica clínica. Atención en salud mental con mujeres maltratadas por su pareja. Servicio Murciano de Salud y Cuaderno 1 contra la violencia de género. Ayuntamiento de Salamanca).

Tema 23.– Violencia de género: los hijos e hijas. Consecuencias del maltrato; roles que asumen; pautas de intervención. Guía de intervención con menores víctimas de violencia de género, Instituto canario de igualdad.

Tema 24.– Disciplina positiva. «Afecto, límites y consciencia. La disciplina positiva en los programas de aldeas infantiles SOS».

Tema 25.– La crianza terapéutica. (Pero a tu lado. De la Parentalidad positiva a la crianza terapéutica. Íñigo Martínez de Mandojana Valle: Desenredando conceptos. La sincronía relacional. La presencia útil. El camino hacia la resiliencia).

Tema 26. – La afectividad consciente como competencia profesional en los SS.SS. (La afectividad consciente como competencia organizacional en aldeas infantiles SOS, América Latina y el Caribe).

Tema 27.– El juego como herramienta terapéutica. Funciones del juego. Características  del  juego.  Intervención  mediante  el  juego.  (Montse  Lapastora y Noelia Mata).

Tema 28.– Funcionamiento cerebral. (Educar en el vínculo. Rafael Guerrero). Tema 29.– Regulación emocional. (Educar en el vínculo. Rafael Guerrero.

Tema 30.– La necesidad de organizadores externos. Neuropsicología del abandono y del maltrato infantil. (Rosa María Fernández García: Cap. 11).

Tema 31.– Acogimiento residencial de menores: los centros como entornos seguros y protectores. (La promoción de entornos seguros y protectores en Aldeas Infantiles SOS América Latina y el Caribe: Definiendo un entorno seguro y protector. Niveles de un entorno seguro y protector).

Tema 32.– Acogimiento residencial de menores: la observación profesional de menores. Indicadores del maltrato y del trauma. ¿Qué y cuándo observar? (Guía: Tejer una red para sanar las heridas del alma gestión de caso con abordaje de trauma en la infancia y adolescencia. Aldeas Infantiles SOS América Latina y el Caribe: La aplicación de la gestión de caso en trauma: áreas, procesos e indicadores).

Tema 33.– Acogimiento residencial de menores: las unidades de convivencia.

Tema 34.– Acogimiento residencial de menores: la intervención con la historia de vida. El proyecto de vida.

Tema 35.– Acogimiento residencial de menores: la figura del profesional de referencia.

Tema 36.– Acogimiento residencial de menores: la intervención en crisis. Manejo de conflictos e intervención ante conductas caracterizadas por la falta de control y de violencia. (Guía: «Afecto, límites y consciencia. La disciplina positiva en los programas de aldeas infantiles SOS»).

Tema 37.– Acogimiento residencial de menores: educación sexual De 0 A 12 años. Guía Educación sexual de niños y niñas de 6 a 12 años. Guía para madres, padres y profesorado de Educación Primaria. Ministerio de Educación y Ciencia: educar con lo que somos; hablar sobre sexualidad; los sentimientos amorosos; la violencia sexual y los límites de la sexualidad.

Tema 38.– Acogimiento residencial de menores: Modelo de atención centrada en la persona.

Tema 39.– Acogimiento residencial de menores: el Proyecto de Intervención Individualizado. Objeto, características, contenido, metodología, personas que intervienen.

Tema 40.– Primeros auxilios en la infancia. Criterios de urgencia y prioridad. Signos de urgencia vital. Actuaciones ante asfixias, traumatismos, quemaduras, hemorragias, pérdidas de conciencia. Técnicas de soporte vital básico. Prevención de accidentes.

 

http://bocyl.jcyl.es  

https://academiairigoyen.com/wp-content/uploads/2024/08/BOCYL-D-05062024-24.pdf

También puedes consultar nuestra página web: https://academiairigoyen.com/tecnico-superior-educacion-infantil/


Oposiciones 2024-2025 Récord Campaña Asegura tu futuro

Adaptación temario JuntaCyL a Estado

Adaptación temario JuntaCyL a Estado

Estimado opositor/ra,

La Administración General del Estado con fecha 10 de julio de 2024 publica la mayor convocatoria de la historia con un récord de plazas en la Administración Pública (puede consultar los puntos destacados, pichando en este enlace) correspondiente a las ofertas de empleo de público:  Oferta de Empleo Público de 2024 y Oferta de Empleo 2023 .

Importante: Consulte aquí el cronograma orientativo de plazos publicado por el INAP

Preparación: La preparación consiste en impartir y adaptar temarios, explicaciones y clases para opositores que han preparado o preparan oposiciones al Cuerpo Administrativo y Auxiliar de Junta de Castilla y León (U otras Administraciones) y que pretenden optimizar el tiempo que resta hasta examen (diciembre 2024) viendo exclusivamente los temas nuevos del Estado.

*Adjuntamos documentos con los temas a impartir de forma parcial (color naranja) y total (color rojo) y su coincidencia entre Auxiliar y Administrativo. 

Correspondencia entre Auxiliar Junta y Estado

Correspondencia entre Administrativo Junta y Estado

Correspondencia entre Auxiliar y Administrativo

La preparación dará comienzo la primera semana de septiembre de 2024. Duración hasta examen (fecha prevista 14 de diciembre de 2024). No existe compromiso de permanencia.

Metodología: Semanalmente tendremos 2 sesiones lectivas en directo: 

  • Cuerpo Auxiliar               (Martes de 17 a 19 y Miércoles de 17 a 18 horas) 
  • Cuerpo Administrativo    (Martes de 17 a 19 y Miércoles de 17 a 19 horas) 

A esta clase en directo se podrá asistir presencialmente, conexión online en directo y ver posteriormente en diferido, cuándo, dónde y las veces que se desee. Esta clase en directo tendrá un enfoque práctico y dinámico. Previamente y unos días antes, subiremos a la plataforma el material de trabajo de esa clase: temas, test, supuestos, etc acompañado de vídeos explicativos del preparador explicando el contenido de los temas y materia legislativa, para que el alumno/a pueda trabajar el tema de forma previa a la clase en directo.

Aula virtual: Desde el inicio los alumnos tendrán habilitada el mejor aula virtual en la que dispondrán de material en PDF (descargable e imprimible), vídeos explicativos de apoyo de los temas y leyes más importantes, test para poder hacer autocorregibles con generador de test y simulacros y el resto de herramientas: como foro, calendario, etc.

   (ENLACE VÍDEO):  Disfrutarás del mejor Aula Virtual de oposiciones de Castilla y León

Preparador y alumnos: Preparador funcionario de carrera del Cuerpo Administrativo y de Gestión Civil. El seguimiento a los alumnos/as se hará de forma individualizada con apoyo continuo. Antes del inicio mandaremos instrucciones y credenciales para el acceso al aula virtual

Condiciones económicas:  Matrícula gratuita. Mensualidad:

  • Cuerpo Auxiliar: 79 euros
  • Cuerpo Administrativo: 89 euros.

 

¿Opositar al Estado? 10 razones para hacerlo (Consulta nuestro artículo)

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DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID 

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID 

ACUERDO de 31 de mayo de 2024, de la Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de Valladolid, relativo a las bases y la convocatoria del proceso selectivo para cubrir como personal funcionario de carrera, mediante el sistema de concurso-oposición, 20 plazas de Administrativo/a de Administración General. Expte.: 2178/24.

Carmen Lucas Lucas, Secretaria General de esta Diputación Provincial, CERTIFICO: Que según consta en el borrador del acta correspondiente, pendiente de aprobación en la siguiente sesión y a reserva de los términos que resulten de la aprobación de la misma, la Junta de Gobierno en la sesión citada adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

BASES Y CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN DE PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA EN VEINTE PLAZAS DE ADMINISTRATIVO/A DE ADMINISTRACIÓN GENERAL EN VARIAS ÁREAS DE LA DIPUTACIÓN, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN.

Se da cuenta del asunto en la forma establecida en el artículo 62.2 del Reglamento Orgánico y se produce debate, que abre el Sr. de Fuentes Francos, Portavoz del Grupo VOX, quien pregunta si se ha tenido en consideración que con el actual proceso de implementación de la Administración Electrónica no será necesario tanto personal administrativo, a lo que le responde el Sr. Alonso Monge, Diputado delegado del Área de Hacienda, Personal y Régimen Interno que el proceso selectivo se abre porque es absolutamente necesario abordar la cobertura de esas plazas de Administrativo.

Finalizado el debate, la Presidencia somete el asunto a votación ordinaria y, elaborada la convocatoria de selección para ingreso de personal funcionario de carrera en 20 plazas de Administrativo/a de Administración General en varias Áreas de esta Diputación, pertenecientes a las Ofertas de Empleo Público de 2022 y 2024.

Remitido el proyecto a la Junta de Personal y a las Secciones Sindicales con representación en la misma, de conformidad con el artículo 10.4 del Acuerdo de Funcionarios actualmente en vigor, sin que se hayan efectuado alegaciones.

Vistos los preceptos normativos que resultan de aplicación, especialmente la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local; la Ley 30/84, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; el Real Decreto 896/91, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local, la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de Función Pública de Castilla y León y el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, así como el Acuerdo de Funcionarios en vigor.

Visto el informe del Servicio de Personal y la propuesta del Diputado Delegado del Área de Hacienda, Personal y Régimen Interno, en ejercicio de las facultades delegadas en el decreto de la Presidencia n.º 3.828, dictado el 10 de julio de 2023, de conformidad con el dictamen de la Comisión de Hacienda, Personal y Régimen Interno, por mayoría de siete votos a favor (Grupo Popular y Portavoz del Grupo TLP), una abstención (Portavoz del Grupo Socialista) y un voto en contra (Portavoz del Grupo VOX), la Junta de Gobierno ACUERDA:

Aprobar las Bases de la convocatoria para ingreso de personal funcionario de carrera en 20 plazas de Administrativo/a de Administración General en varias Áreas de esta Diputación, pertenecientes a las Ofertas de Empleo Público de 2022 y 2024, (folios 26 a 42 ambos inclusive del expediente).

(Referencia: Expediente: 2.178/24. Acuerdo n.º 82/24). Y para que así conste, firmo la presente en

Valladolid, 5 de junio de 2024.

Certifico: La Secretaria General,

Fdo.: Carmen Lucas Lucas

CÚMPLASE LO ACORDADO.

El Presidente de la Diputación,

Fdo.: Conrado Íscar Ordóñez

BASES POR LAS QUE HABRÁ DE REGIRSE LA CONVOCATORIA PARA SELECCIÓN DE PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA EN VEINTE PLAZAS DE ADMINISTRATIVO/A DE ADMINISTRACIÓN GENERAL VACANTES EN LA PLANTILLA DE ESTA DIPUTACIÓN

Primera: Objeto.

Es objeto de esta convocatoria la selección para ingreso de personal funcionario en las plazas de esta Diputación Provincial que figuran en el título de estas Bases Generales, mediante el sistema de selección que se indica en el Anexo I.

Las plazas pertenecen a la escala, subescala o clase que se indican en el Anexo I y están dotadas con los haberes correspondientes al Grupo y, en su caso, Subgrupo, que igualmente se especifica.

La convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid, en el Boletín Oficial de Castilla y León, en el Tablón de Anuncios y en la página web de la Diputación y, en extracto, en el Boletín Oficial del Estado.

Se convocan un total de veinte plazas, de las cuales dos se reservan para el turno de discapacidad.

Segunda: Requisitos de las personas aspirantes.

  1. Requisitos del turno

Para ser admitidas a la realización de las pruebas selectivas, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

  1. Tener la nacionalidad española o la de uno de los Estados miembros de la Unión Europea, o de otros Estados para los que se permita el acceso según la legislación vigente.
  2. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las
  3. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa establecida por Ley para el acceso al empleo público.
  4. No haber sido separada mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de personal funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separada o En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitada o en situación equivalente ni haber sido sometida a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
  5. Estar en posesión del título exigido y que se especifica en el Anexo I de esta convocatoria. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación por el ministerio competente en materia de educación.

 

  1. Los demás que se especifican en el Anexo I en virtud de la especialidad de las plazas o del sistema selectivo.
  1. Requisitos del turno de

Las personas aspirantes que concurran por el turno de discapacidad, además de los requisitos de quienes concurran por el turno libre, deberán acreditar asimismo un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.

Las personas aspirantes únicamente podrán participar en uno de los turnos, lo que se deberá señalar en la instancia de participación. En caso de no señalarse turno alguno, se entenderá que se opta por el turno libre. Las personas que soliciten participar en el turno de discapacidad habrán de acreditar esta circunstancia mediante documentación que a tal efecto sea expedida por la administración pública correspondiente, la cual se adjuntará a la solicitud de participación. Asimismo, deberán indicar en el momento de formalizar la solicitud si precisan de alguna adaptación para la realización de cualquiera de los ejercicios del proceso selectivo. En el supuesto de que las plazas reservadas para el turno de personas con discapacidad no se cubran, se acumularán a las ofertadas en el turno libre.

Las personas con discapacidad serán admitidas a las pruebas selectivas en igualdad de condiciones que el resto de las personas aspirantes, siempre que sus limitaciones sean compatibles con el apartado b) del primer punto de esta Base.

Todos los requisitos anteriores deberán poseerse en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes y gozar de ellos durante el procedimiento de selección, hasta el momento del nombramiento.

Tercera: Forma y plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes (cuyo modelo se adjunta como Anexo IV) para participar en el procedimiento selectivo, en las que las personas aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda (y, en su caso, en el Anexo I) y que se comprometen a prestar juramento o promesa en la forma legalmente establecida, se dirigirán al Sr. Presidente de la Diputación y se presentarán en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente a aquél en que aparezca publicado el anuncio de la convocatoria en extracto en el Boletín Oficial del Estado. Se presentarán preferentemente de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la Diputación (https://www.sede.diputaciondevalladolid.es/tramites-disponibles/EMPUFC/)

Junto con la solicitud presentada conforme al modelo oficial, deberá aportarse el DNI o, en su defecto, cualquier documento oficial que acredite la identidad del solicitante, así como el título académico exigido en el Anexo I de la convocatoria o, en su defecto, resguardo del pago de derechos del mismo.

Si la mencionada documentación fuese aportada mediante fotocopia, por parte de la Diputación Provincial podrá ser requerida, en su caso, la documentación original a efectos de comprobación de su autenticidad.

También podrán presentarse las solicitudes en el Registro General de la Diputación, y asimismo conforme dispone el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante, Ley 39/15).

Las solicitudes que se remitan a través de las oficinas de Correos deberán presentarse en sobre abierto para ser fechadas y selladas en la oficina de Correos correspondiente antes de su envío.

Los derechos de examen, cuya cuantía se fija en el Anexo I, serán satisfechos por las personas interesadas en la C/C n.º IBAN: ES52-2103-4300-7500-3203-9294, de la Entidad «Unicaja», mediante cualquier medio del que quede constancia del ingreso, en el que figuren los datos de la persona aspirante y el proceso selectivo al que concurre y que se unirá a la solicitud.

En ningún caso la mera presentación y pago de los derechos de examen supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

La falta de abono de los derechos de examen determinará la exclusión de la persona aspirante.

Cuarta: Admisión de aspirantes.

Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación dictará resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas. Dicha resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en la página web de la Diputación, concediéndose un plazo de diez días hábiles a los efectos previstos en el artículo 68 de la Ley 39/2015.

Transcurrido dicho plazo, no se admitirá ningún tipo de reclamación o rectificación, salvo los casos previstos en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015.

La resolución de la Presidencia en la que se aprueba la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, se publicará en la forma indicada para la lista provisional. La publicación de dicha resolución será determinante en el cómputo de los plazos a efectos de interposición de recurso.

Quinta: Tribunal.

De acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente, el Tribunal Calificador será nombrado por resolución del Presidente de la Corporación, y estará compuesto del siguiente modo:

Presidente/a: Un funcionario de carrera de la Diputación Provincial de Valladolid. Vocales:

  • Un funcionario de carrera designado a propuesta de la Junta de Castilla y León.
  • Tres funcionarios de carrera de la Diputación Provincial de Valladolid. De éstos, al menos uno de ellos podrá ser elegido de entre los componentes de la lista de personal creada al efecto para la composición de las comisiones y/o tribunales de selección.

Secretario/a: Un funcionario de carrera de la Diputación Provincial de Valladolid, que actuará con voz, pero sin voto.

El Tribunal quedará integrado, además, por los suplentes que correspondan, que habrán de designarse simultáneamente con los titulares. Deberán poseer todos ellos un nivel de titulación o especialización igual o superior al exigido para el ingreso en el cuerpo o escala de que se trate. En la composición del Tribunal se tenderá, en la medida de lo posible, a la paridad entre hombres y mujeres.

Cada Grupo Político Provincial y la Junta de Personal de la Diputación podrán proponer el nombramiento de una persona cada uno de ellos, titular y suplente, que podrá asistir, como observadora, a las sesiones del Tribunal.

La modificación del Tribunal, en caso de que fuese necesaria, se efectuará por resolución motivada del Presidente de la Corporación.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes indistintamente, y estará facultado para resolver cualquier duda o incidente que pudiera surgir durante el desarrollo de las pruebas y para tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de las mismas.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de especialistas, para todas o algunas de las pruebas. Dichas personas se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas en base, exclusivamente, a las cuales, colaborarán con el órgano de selección y actuarán con voz, pero sin voto.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurra alguno de los motivos previstos en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (en adelante, ley 40/15) y podrán ser recusados por las personas aspirantes de conformidad con lo regulado en el artículo 24 de la Ley 40/15.

A los efectos de asistencia, los miembros del Tribunal estarán integrados en la categoría correspondiente al grupo y, en su caso, subgrupo de titulación que se señala en el Anexo I.

Sexta: Desarrollo de la oposición.

El calendario para la realización de las pruebas será el que determine el Tribunal una vez constituido, no pudiendo exceder el plazo para la resolución del procedimiento selectivo de 8 meses.

Diez días antes, como mínimo, del comienzo de la fase de oposición, se anunciará en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Tablón de Anuncios y en la página web de la Diputación el día, hora y lugar en que se celebrará el primer ejercicio de la misma.

Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y un máximo de 45 días naturales.

El orden de actuación de las personas aspirantes en los ejercicios que no puedan realizarse conjuntamente, se iniciará alfabéticamente por aquellas personas cuyo primer apellido comience por la letra «W», según la Resolución de 27 de julio de 2023 (B.O.E. de 29 de julio de 2023), de la Secretaría de Estado de Función Pública por la que se hace público el sorteo a que se refiere el artículo 17 del R.D. 364/95 de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso del Personal al servicio de la Administración del Estado.

Las personas opositoras serán convocadas para cada ejercicio en llamamiento único. La no presentación de una persona aspirante a cualquiera de los ejercicios obligatorios en el momento de ser llamada determinará automáticamente el decaimiento de su derecho a participar en el mismo ejercicio y en los sucesivos, quedando excluida, en consecuencia, del proceso selectivo, salvo casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados libremente por el Tribunal, o que se prevea de otro modo en cualquiera de los Anexos.

Una vez comenzadas las pruebas selectivas, no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas en el Boletín Oficial de la Provincia. Estos anuncios deberán hacerse públicos por el Tribunal en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores, así como en el Tablón de Anuncios y en la página web de la Diputación.

Séptima: Calificación de los ejercicios.

Los ejercicios de la oposición se calificarán según lo previsto en el Anexo II, con las puntuaciones y requisitos debidamente explicitados para cada uno de los ejercicios y sus respectivas partes en dicho Anexo.

Las calificaciones de las personas aspirantes que hubiesen superado cada ejercicio se harán públicas y serán expuestas en el tablón de anuncios y en la página web de la Diputación y en el edificio o local en que se haya celebrado la prueba.

En el caso de ejercicios tipo Test, en el plazo de cinco días hábiles desde la publicación de las respuestas correctas, las personas interesadas podrán plantear las reclamaciones que estimen oportunas en relación con una o más preguntas o pruebas de las que formen parte del ejercicio que corresponda.

El Tribunal resolverá las reclamaciones con carácter previo a la corrección del correspondiente ejercicio de la fase de oposición, y hará pública su decisión en la resolución de aprobados del ejercicio.

Octava: Fase de concurso.

Concluida la fase de oposición, el Tribunal valorará los méritos acreditados por las personas aspirantes que hubieran superado, al menos, un ejercicio de la misma, conforme al baremo establecido en el Anexo I. La documentación acreditativa habrá de aportarse en el plazo que a tal efecto disponga el Tribunal Calificador, lo que se hará público en el tablón de anuncios y en la página web de la Corporación. La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio.

A los efectos de valoración, se precisa expresamente que no serán valorados los méritos que no sean debidamente acreditados en el plazo habilitado al efecto por las personas solicitantes. No obstante, el Tribunal podrá solicitar las aclaraciones o subsanaciones que considere necesarias, en relación a los méritos aportados o invocados, a los solos efectos de su valoración. En cualquier caso, la valoración de los méritos tendrá como límite el último día de plazo de presentación de instancias, por lo que no se tendrán en cuenta los méritos obtenidos o acreditados con posterioridad a dicho día.

En el plazo de cinco días hábiles desde la publicación del resultado de esta fase, las personas interesadas podrán plantear las reclamaciones que estimen oportunas en relación con la puntuación otorgada en la misma. Dichas reclamaciones serán resueltas por el Sr. Presidente de la Corporación, mediante resolución motivada, previa propuesta del Tribunal Calificador.

Resuelta esta fase, se publicará en el tablón de anuncios y en la página web de la Diputación el resultado de la misma, con la puntuación obtenida por cada una de las personas aspirantes.

Novena: Puntuación definitiva y propuesta de nombramiento.

Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal hará pública, en el Tablón de Anuncios, en la página web de la Corporación y en el lugar de celebración del último ejercicio, la puntuación de las personas aspirantes que hubieran superado todos los ejercicios de la fase de oposición, sumada a la fase de concurso, así como la propuesta de nombramiento a favor de las personas que hubieran obtenido la mayor puntuación de acuerdo con la distribución y cantidad de plazas que se especifica en el Anexo I.

En caso de empate entre dos o más aspirantes en la puntuación final del proceso selectivo, se aplicarán los siguientes criterios para establecer el orden de prelación:

  1. Mayor puntuación obtenida en la fase de oposición.
  2. Si aun persistiera el empate, tendrá prioridad quien haya obtenido una puntuación mayor en el primer ejercicio de la fase de oposición.
  3. Si aun persistiera el empate, el orden se establecerá alfabéticamente empezando por la letra especificada en la Base Sexta.
  4. Si aún persistiera el empate se resolverá mediante

En el caso de que ninguna persona aspirante hubiera superado la totalidad de los ejercicios, el Tribunal declarará desierto el procedimiento selectivo.

Décima: Bolsa de funcionarios interinos.

Tras la finalización de los ejercicios de la oposición, el Tribunal confeccionará la correspondiente lista que contendrá la relación ordenada de personas aspirantes que, habiendo superado al menos un ejercicio completo de la fase de oposición, no hayan obtenido plaza, tal y como se detalla en el párrafo siguiente. Dicha lista se elaborará a los efectos de constitución de una bolsa de empleo que será utilizada para llamamientos como funcionarios interinos.

En dicha bolsa tendrán preferencia los aspirantes que habiendo superado todos los ejercicios de la fase de oposición no hayan obtenido plaza, por el orden de puntuación obtenida. Después de éstos tendrán preferencia los que hayan aprobado mayor número de ejercicios, estableciéndose el orden entre los que tengan el mismo número de ejercicios aprobados por la puntuación final derivada de la suma de la puntuación de todos los ejercicios.

Cuando el proceso selectivo sea el de concurso-oposición la puntuación final será la resultante en cada caso de la suma de la fase de oposición y la de concurso. En cualquier caso, para formar parte de la bolsa de empleo será condición indispensable haber superado, al menos, un ejercicio de la fase de oposición.

De producirse un empate en el número de ejercicios aprobados y en la puntuación de todos los ejercicios, así como en la fase de concurso, en su caso, el orden se establecerá alfabéticamente empezando por la letra del sorteo a que se refiere la Base Sexta. Si aún persistiera el empate se resolverá mediante sorteo. 

Undécima: Presentación de documentos y nombramiento.

Las personas aspirantes propuestas aportarán ante la Diputación, en el Registro General, dentro del plazo de veinte días naturales desde que se haga pública la relación de personas aprobadas a que se refiere la base novena, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria y no presentados junto con la solicitud de participación, que son los siguientes:

1º) Certificado médico acreditativo de poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas expedido por los servicios médicos que designe la Diputación.

2º) Declaración jurada de cumplimiento de lo previsto en la letra d) del primer párrafo de la Base Segunda.

3º) Declaración jurada de no encontrarse incursa en causa de incapacidad específica conforme a la normativa vigente.

Si dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor, las personas propuestas no presentaran la documentación exigida o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base segunda, no podrán ser nombradas y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad.

Cumplidos los requisitos precedentes, el Presidente de la Diputación efectuará el nombramiento de las personas aspirantes propuestas, quienes deberán tomar posesión en el plazo de treinta días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación del nombramiento. Si no tomasen posesión en el plazo indicado, sin causa justificada, no adquirirán la condición de personal funcionario, perdiendo todos los derechos derivados de las pruebas selectivas y del subsiguiente nombramiento. En este caso, el Tribunal Calificador propondrá el nombramiento de tantas personas adicionales como resulten necesarias, atendiendo al orden de puntuación final del proceso selectivo, sin superar en ningún caso el número de plazas convocadas.

La adjudicación de puestos de trabajo se efectuará de acuerdo con las peticiones de las personas aspirantes entre los puestos ofertados, según el orden obtenido en el proceso selectivo, sin perjuicio de lo dispuesto en el Anexo I.

Duodécima: Recursos.

La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, así como de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadas por las personas interesadas, en los casos y forma establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Decimotercera: Normativa Supletoria.

En todo lo no previsto en estas Bases, se estará a lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; en el Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local; en la Ley 30/84, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; en el Real Decreto 896/91, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local, en la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de Función Pública de Castilla y León y en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 88.3 de la Ley 39/15, contra este acto resolutorio procede recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Valladolid, en el plazo de dos meses, computándose tales plazos a partir del día siguiente al de la notificación o publicación procedentes, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.

En coherencia con el valor de la igualdad de género asumido por la Diputación Provincial de Valladolid, todas las denominaciones que en esta resolución se efectúan en género masculino, cuando no hayan sido sustituidos por términos genéricos, se entenderán hechas indistintamente en género femenino.

 

ANEXO I

Oferta de Empleo: 2022 y 2024.

Denominación de las plazas: Administrativo/a de Administración General.

Número de plazas: 20, correspondiente en la plantilla presupuestaria a los códigos siguientes:

 

0065005 0065039
0065010 0065040
0065011 0065042
0065018 0065053
0065022 0065055
0065023 0065061
0065024 0065063
0065025 0065065
0065029 0065066
0065031 0065067

 

Grupo: C.

Subgrupo: C1.

Escala: Administración General. Subescala: Administrativa.

Sistema de selección: Concurso-Oposición Libre. Requisitos específicos: Bachiller o Técnico.

Los códigos mencionados anteriormente podrían verse alterados como consecuencia del procedimiento de movilidad interna que se lleve a cabo entre el personal funcionario de carrera de la Diputación Provincial, con carácter previo a la toma de posesión por quienes superen el proceso selectivo. En este caso, una vez finalizado dicho procedimiento, se hará público con antelación los nuevos códigos de los puestos ofertados, así como las Áreas o Servicios en los que dichos puestos se encuentran situados.

De las mencionadas plazas, 2 se reservan para el turno de discapacidad.

Derechos de examen: 9 euros. De acuerdo a lo establecido en el Art. 4 de la Ordenanza Fiscal reguladora de las tasas por derechos de examen, se aplicará una reducción del 50% de la tarifa a personas en situación de desempleo y a aquéllas que acrediten un grado de minusvalía igual o superior al 33%. Esta reducción no será acumulativa en el caso de personas que se encuentren simultáneamente en ambas situaciones, computándose por lo tanto solamente una de ellas.

Asimismo, y de conformidad con lo establecido en el Art. 6, dicha situación de desempleo habrá de acreditarse por cualquiera de los siguientes medios:

  • Adjuntando certificado de encontrarse inscrito como demandante de empleo dentro del plazo de presentación de la correspondiente solicitud para participar en las pruebas selectivas, expedido por la oficina de empleo correspondiente.
  • Aportando tarjeta o documento que acredite la inscripción como demandante de empleo dentro del plazo de presentación de la correspondiente solicitud. En este segundo caso, éste deberá ir acompañado de informe de vida laboral o documento oficial equivalente, debidamente actualizado.

Asimismo, y de acuerdo con lo establecido en la ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección a las Familias Numerosas, se establece una bonificación del 100% de la tasa a los miembros de las familias numerosas de categoría especial y del 50% para los de categoría general, sin que esta reducción sea acumulativa a las anteriores. Este extremo se acreditará adjuntando a la solicitud para participar en las pruebas selectivas fotocopia del título de familia numerosa expedido por la Administración correspondiente, en el que conste la vigencia del mismo. 

FASE DE OPOSICIÓN

Los ejercicios de la oposición serán dos, ambos de carácter obligatorio y eliminatorio, para todos los aspirantes.

Primer Ejercicio: El primer ejercicio constará de dos partes: parte A y parte B, de carácter eliminatorio y de realización obligatoria. Con el fin de optimizar el desarrollo del ejercicio, la realización de las partes A y B del primer ejercicio se celebrarán en la misma fecha y lugar. Será necesario haber superado ambas partes del ejercicio para superar el mismo.

  • Parte Consistirá en contestar por escrito, en el tiempo máximo que determine el Tribunal, a un cuestionario tipo test, con cuatro respuestas alternativas, de un máximo de 50 preguntas con cuatro respuestas alternativas sobre las materias comprendidas en los Bloques I a III del Programa (Organización del Estado y de la Administración Pública, Derecho Administrativo y Régimen Local), en el tiempo máximo que determine el Tribunal, siendo solo una de las respuestas la correcta.

La puntuación obtenida en la Parte A supondrá el 70% de la nota final del ejercicio.

  • Parte Consistirá en contestar por escrito, en el tiempo máximo que determine el Tribunal, a un cuestionario tipo test, con cuatro respuestas alternativas, de un máximo de 20 preguntas, en relación con el contenido del Bloque IV del Programa recogido en el Anexo III de estas bases (Organización de las Oficinas Públicas y Ofimática), siendo solo una de las respuestas la correcta.

La puntuación obtenida en la parte B supondrá el 30% de la nota final del ejercicio.

Los cuestionarios incluirán un 10% de preguntas de reserva de cada una de las partes para posibles anulaciones. Las preguntas de reserva sustituirán, en su caso, a aquellas que resultaran anuladas de cada parte, por el mismo orden en que figuren incluidas en el cuestionario.

Las dos partes de este ejercicio se calificarán de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no obtengan la puntuación mínima de 5 puntos en cada una de las partes, siendo necesario asimismo haber superado la parte A para proceder a la corrección de la parte B.

En la realización de las dos partes de este ejercicio las contestaciones erróneas se penalizarán con un tercio del valor de la respuesta correcta. No tendrán esta consideración las preguntas no contestadas que, en consecuencia, tendrán valor cero.

Para superar este ejercicio será necesario cumplir las dos siguientes condiciones:

  1. Obtener un mínimo de cinco puntos en cada una de las dos
  2. Encontrarse entre los ciento cincuenta opositores con mejor nota en el ejercicio o entre los que tengan igual nota que el que se encuentre en el lugar centésimo quincuagésimo.

La corrección del ejercicio se efectuará a través de un sistema que garantice el anonimato y dicha prueba se contestará a través de formato autocopiativo.

La nota final del ejercicio vendrá determinada de acuerdo a la siguiente fórmula:

NF = 0,7 • NA + 0,3 • NB

Donde

NF = Nota final

NA = Nota obtenidad en la parte A NB = Nota obtenida en la parte B

Segundo Ejercicio: Consistirá en la resolución, en el tiempo máximo que determine el Tribunal, de uno o varios supuestos prácticos relacionados con el contenido del programa, propuestos por el Tribunal inmediatamente antes del comienzo de la prueba.

En este ejercicio se valorará, fundamentalmente, la demostración por parte de las personas aspirantes de la aplicación de sus conocimientos teóricos a situaciones prácticas propuestas por el Tribunal relacionadas con las funciones, competencias o tareas a desempeñar en el puesto de trabajo de Administrativo/a de Administración General.

Asimismo, el Tribunal podrá decidir la lectura pública del ejercicio, si lo estima conveniente, pudiendo en su caso abrir un diálogo con la persona aspirante sobre aspectos relacionados con el ejercicio por un tiempo máximo de diez minutos. En caso de que el Tribunal no optase por la lectura pública del ejercicio, el sistema de corrección garantizará en todo caso el anonimato de las personas aspirantes.

Este ejercicio se puntuará con un máximo de 10 puntos, siendo necesarios al menos 5 puntos para la superación del mismo. En caso de ser varios los supuestos a resolver, el Tribunal determinará la puntuación máxima que otorgará a cada uno.

 

FASE DE CONCURSO

Baremo de fase de concurso:

Por servicios prestados en la Administración Pública como Administrativo de Administración General: 0,15 puntos por mes hasta un máximo de 6 puntos, acumulándose todos los períodos y despreciándose la fracción final resultante inferior al mes.

Acreditación: Los citados méritos se acreditarán mediante certificación expedida por la Administración correspondiente, en la que figure el tiempo trabajado y el puesto de trabajo ocupado.

PROGRAMA

BLOQUE I: ORGANIZACIÓN DEL ESTADO Y DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Tema 1.– La Constitución española de 1978. Estructura y contenido. Principios generales. El modelo económico de la Constitución. Reforma Constitucional. El Tribunal Constitucional.

Tema 2.– Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Garantía y Protección de los mismos. El Defensor del Pueblo. La Corona. Funciones constitucionales del Rey.

Tema 3.–. El poder legislativo: las Cortes Generales. Composición, atribuciones y funcionamiento. Procedimiento de elaboración de leyes. El Gobierno. Designación, duración y responsabilidad del Gobierno. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales.

Tema 4.– El Poder Judicial. El principio de unidad jurisdiccional. El Consejo General del Poder Judicial. La organización judicial española. El Ministerio Fiscal.

Tema 5.– La Administración General del Estado. La Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público. La estructura departamental y sus órganos superiores. Órganos consultivos. Los órganos de la Administración General del Estado de carácter territorial

Tema 6.– La Organización Territorial del Estado. La Administración Autonómica: principios informadores y organización. Los Estatutos de Autonomía. Referencia al Estatuto de Autonomía de Castilla y León.

Tema 7.– La organización de la Unión Europea: antecedentes y evolución histórica. Instituciones: El Consejo. El Parlamento Europeo. La Comisión. El Tribunal de Justicia. Otras instituciones. Derecho Comunitario.

BLOQUE II: DERECHO ADMINISTRATIVO

Tema 8.– Principios de actuación de la Administración Pública: eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación. Sometimiento de la Administración a la ley y al derecho. Fuentes del Derecho Público. La ley: sus clases. El reglamento. Otras fuentes del Derecho Administrativo.

Tema 9.– La Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Contenido esencial. Principios y ámbito de aplicación. Los Interesados. La Capacidad de Obrar. El Registro Electrónico.

Tema 10.– El administrado. Concepto y clases. Colaboración y participación de los ciudadanos en funciones administrativas. El principio de audiencia del interesado. Derechos de los ciudadanos.

Tema 11.– El acto administrativo: concepto y clases. Elementos del acto administrativo. Requisitos. La motivación y la forma. Eficacia y validez de los actos administrativos. La notificación. Nulidad y anulabilidad. Ejecución de los actos.

 

 

Tema 12.– El Procedimiento Administrativo (I). Concepto y naturaleza. Garantías.

Iniciación, ordenación, instrucción.

Tema 13.– El Procedimiento Administrativo (II). Terminación del procedimiento. Obligación de resolver. Contenido de la resolución expresa. El silencio administrativo. El desistimiento y la renuncia. La caducidad. La tramitación simplificada del procedimiento.

Tema 14.– La revisión de los actos administrativos. La revisión de oficio. Los recursos administrativos.

Tema 15.– La jurisdicción contencioso-administrativa: idea general del proceso.

Tema 16.– Los Contratos del Sector Público. Requisitos de los contratos. El Órgano de contratación. El empresario: Aptitud para contratar.

Tema 17.– Clases de contratos del Sector Público. Procedimientos de adjudicación de los contratos. Ejecución y modificación. Extinción del contrato.

Tema 18.– La Expropiación Forzosa: concepto y elementos. Procedimiento general de expropiación: fases.

Tema 19.– La responsabilidad patrimonial de la Administración Pública. La responsabilidad de las autoridades y del personal. Responsabilidad de la administración por actos de sus concesionarios y contratistas.

Tema 20.– El acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. Derechos de los ciudadanos. Régimen jurídico de la administración electrónica. La gestión electrónica de los procedimientos.

Tema 21.– Aspectos generales de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Objeto y ámbito de la ley. El principio de igualdad en el empleo público.

Tema 22.– Aspectos generales de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal y garantía de los derechos digitales. Objeto y régimen jurídico. La Agencia Española de protección de datos.

Tema 23.– Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. El Consejo de Transparencia y buen gobierno. El portal de Transparencia. Regulación del derecho de acceso a la información pública. La organización, gestión y control de la transparencia en el ámbito local.

Tema 24.– La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.

Obligaciones de las empresas y de los trabajadores; responsabilidades y sanciones.

BLOQUE III: RÉGIMEN LOCAL

Tema 25.– El Régimen Local Español. Principios constitucionales y regulación jurídica. El municipio: concepto. El término municipal. La población. El empadronamiento. Consideración especial del vecino. Organización y competencias de las Entidades Locales.

Tema 26.– La provincia en el régimen local: concepto, elementos, organización provincial. Estudio de los órganos de gobierno provinciales. Competencias.

Tema 27.– Relaciones de las Entidades Locales con las restantes Administraciones Territoriales. La autonomía local. La Tutela Financiera.

Tema 28.– Ordenanzas y reglamentos de las entidades locales. Procedimiento de elaboración y aprobación.

Tema 29.– Funcionamiento de los órganos colegiados locales. Convocatoria y orden del día. Requisitos de constitución. Votaciones. Actas y certificados de acuerdos.

Tema 30.– La función pública local. Clases de funcionarios. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Selección y provisión de puestos de trabajo. Situaciones administrativas. El personal laboral. El personal eventual.

Tema 31.– Derechos y deberes de los funcionarios públicos locales. Derechos Retributivos. Vacaciones, permisos y licencias. El Código Ético. Régimen disciplinario. Seguridad Social del personal al servicio de las Entidades Locales.

Tema 32.– Los bienes de los entes locales. Régimen de utilización de los bienes de dominio público. Los bienes patrimoniales.

Tema 33.– Formas de actividad de los Entes Locales. La intervención administrativa local en la actividad privada. Las licencias. El servicio público en la esfera local. Los modos de gestión de los servicios públicos. La gestión directa. La gestión indirecta.

Tema 34.– Haciendas Locales: su concepto y regulación. Clasificación de los ingresos. Las ordenanzas fiscales.

Tema 35.– El presupuesto de las Entidades Locales: contenido, aprobación, ejecución y liquidación. El gasto público local.

Tema 36.– Legislación sobre régimen del suelo y ordenación urbana: sus principios inspiradores. Competencias urbanísticas. Instrumentos de planeamiento.

BLOQUE IV: ORGANIZACIÓN DE LAS OFICINAS PÚBLICAS Y OFIMÁTICA

Tema 37.– El concepto de documento. Análisis documental: documentos oficiales. Formación del expediente. El registro de documentos: funciones. Conceptos de presentación, recepción, entrada y salida de documentos.

Tema 38.– Formas de presentación de documentos. La utilización de las TIC’s para la presentación de documentos: la presentación telemática.

Tema 39.– El archivo de los documentos administrativos. Clases de archivo y criterios de ordenación. El acceso a los documentos administrativos: sus limitaciones y formas de acceso.

Tema 40.– Informática básica: conceptos fundamentales sobre el hardware y el software. Sistemas de almacenamiento de datos. Sistemas operativos. Nociones básicas de seguridad informática.

Tema 41.– Introducción al sistema operativo: el entorno Windows. Fundamentos. Trabajo en el entorno gráfico de Windows: ventanas, iconos, menús contextuales, cuadros de diálogo. El escritorio y sus elementos. El menú inicio.

Tema 42.– El explorador de Windows. Gestión de carpetas y archivos. Operaciones de búsqueda. Herramientas «Este equipo» y «Acceso rápido». Accesorios. Herramientas del sistema.

Tema 43.– Procesadores de texto: Word. Principales funciones y utilidades. Creación y estructuración del documento. Gestión, grabación, recuperación e impresión de ficheros. Personalización del entorno de trabajo.

Tema 44.– Hojas de cálculo: Excel. Principales funciones y utilidades. Libros, hojas y celdas. Configuración. Introducción y edición de datos. Fórmulas y funciones. Gráficos. Gestión de datos. Personalización del entorno de trabajo.

Tema 45.– Correo electrónico: Outlook. Conceptos elementales y funcionamiento. El entorno de trabajo. Enviar, recibir, responder y reenviar mensajes. Creación de mensajes. Reglas de mensaje. Libreta de direcciones.

Tema 46.– La Red Internet: origen, evolución y estado actual. Conceptos elementales sobre protocolos y servicios en Internet. Funcionalidades básicas de los navegadores web.

DENOMINACIÓN DE LA/S PLAZA/S CONVOCADA/S:

 

1.- DATOS PERSONALES
N.I.F./D.N.I. PRIMER APELLIDO SEGUNDO APELLIDO NOMBRE
 

FECHA DE NACIMIENTO

SEXO LOCALIDAD DE NACIMIENTO PROVINCIA DE NACIMIENTO
VARÓN MUJER

OTROS

DÍA MES AÑO
NACIONALIDAD
D O M I C I L I O
CALLE O PLAZA/ DISTRITO POSTAL LOCALIDAD PROVINCIA
 

TELÉFONO/S:

1.- 2.- 3.-
2.- CONVOCATORIA Y FORMA DE ACCESO
PUBLICACIÓN EN "BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA"  

 

CONCURSO                                                                                             CONCURSO-OPOSICIÓN                                                  OPOSICIÓN

 

 

PROMOCIÓN INTERNA                                                         ACCESO POR TURNO DE DISCAPACIDAD QUE SE ACREDITA CON CERTIFICACIÓN

ADJUNTA

DÍA MES AÑO
3.- TÍTULO ACADÉMICO OFICIAL EXIGIDO EN LA CONVOCATORIA
TÍTULO CENTRO DE EXPEDICIÓN
4.- MÉRITOS QUE SE ALEGAN A EFECTOS DE CONCURSO
_

_

_

_

5.- DOCUMENTOS QUE SE ACOMPAÑAN A ESTA INSTANCIA
- JUSTIFICANTE DEL PAGO DE LA TASA POR DERECHOS DE EXAMEN A FAVOR DE LA DIPUTACIÓN DE VALLADOLID:

* DOCUMENTO DE INGRESO EN LA CUENTA DE UNICAJA NÚMERO: ES52-2103-4300-7500-3203-9294

 

El/la abajo firmante solicita ser admitido/a a las pruebas a que se refiere la presente instancia y, en su caso, formar parte de la bolsa de trabajo y DECLARA que son ciertos los datos consignados en ella y que reúne las condiciones exigidas en la base 2ª de la convocatoria, comprometiéndose a prestar juramento o promesa a que hace referencia el R.D. 707/79, de 5 de abril.

En                                                                              , a                                    de                                                                            de 20

 

(FIRMA) 

ILMO. SR. PRESIDENTE DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID

A continuación se le indica la información básica sobre el tratamiento de sus datos personales. Puede consultar la información adicional sobre protección de datos y el 'Registro de Actividades de Tratamiento' en nuestra Página web: https://www.sede.diputaciondevalladolid.es/aviso-legal.

  • Responsable del Tratamiento: Diputación Provincial de Valladolid (a través del Área de Hacienda, Personal y Promoción).
  • Base jurídica: Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento, cumplimiento de una obligación legal recogida en el Estatuto Básico del Empleado Público y en el Reglamento de Selección de Diputación de Valladolid y en el consentimiento del interesado. El interesado da explícitamente su consentimiento para el tratamiento de sus datos personales exclusivamente con la finalidad indicada.
  • Finalidad: Selección de personal y/o tramitación de
  • Destinatarios: Entidades y organismos dependientes de Diputación que necesitan contratar en base a lista de

El ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, olvido, limitación del tratamiento, o portabilidad podrá ejercerse poniéndose en contacto con nosotros a través del buzón de correo electrónico dpd@dipvalladolid.es indicando la siguiente información:

  • Fotocopia del DNI (por las dos caras) del titular de los datos que ejercita su
  • Tipo de derecho que desea
  • Tratamiento asociado (‘Selección de Personal’).

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Tema

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Examen oficial

Supuesto práctico

Programa

Temario — Materias Generales
MATERIAS GENERALES

ORGANIZACIÓN DEL ESTADO Y DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

1.- La Constitución Española de 1978: estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión. El Tribunal Constitucional. El Defensor del Pueblo. Reforma de la Constitución.

2.- La Jefatura del Estado. La Corona: funciones constitucionales del Rey. Sucesión y regencia.

3.- Las Cortes Generales: composición, atribuciones y funcionamiento del Congreso de los Diputados y del Senado.

4.- El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial. El Tribunal Supremo. La organización judicial española.

5.- El Gobierno y la Administración. El Presidente del Gobierno. El Consejo de Ministros. Designación, causas de cese y responsabilidad del Gobierno. Las funciones del Gobierno. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales.

6.- La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

7.- La Administración General del Estado. Órganos centrales. Órganos superiores y directivos. Órganos territoriales. La Administración del Estado en el Exterior.

8.- La Organización territorial del Estado: las Comunidades Autónomas. Constitución y distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas. Estatutos de Autonomía. Especial referencia a la Comunidad de Castilla y León: instituciones de Gobierno y competencias en el Estatuto.

9.- La organización de la Unión Europea. El Consejo Europeo, el Consejo, el Parlamento Europeo, la Comisión Europea y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

DERECHO ADMINISTRATIVO

1.- Las fuentes del derecho administrativo. La jerarquía de las fuentes. La ley. Las disposiciones del Ejecutivo con fuerza de ley: decreto-ley y decreto legislativo. El reglamento: concepto, clases y límites. Otras fuentes del derecho administrativo.

2.- La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (I). Disposiciones generales. Objeto y ámbito de aplicación. Interesado en el procedimiento administrativo y representación. Derechos de las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas. Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas. Registros. Archivo de documentos. Fases del procedimiento administrativo común. Formas de terminación del procedimiento. Trámites de audiencia y de información pública. Términos y plazos.

3.- La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (II). El acto administrativo. Concepto. Elementos. Clases. Requisitos: motivación y forma. La eficacia y validez de los actos administrativos. La notificación: contenido, plazo y práctica. La notificación defectuosa. La publicación. La demora y retroactividad de la eficacia.

4.- La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Objeto, ámbito de aplicación y principios generales. Órganos administrativos. Competencia: delegación y avocación, encomienda de gestión, delegación de firma y suplencia. Órganos colegiados: funcionamiento. Abstención y recusación.

5.- La potestad sancionadora de la Administración: principios y procedimiento. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas: principios y procedimiento. Responsabilidad de autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas.

6.- Los contratos del Sector Público: Tipología contractual. Las partes en el contrato. El expediente de contratación. Procedimientos de adjudicación. Efectos, cumplimiento y extinción de los contratos de las Administraciones Públicas. Órganos competentes en materia de contratación en la Administración de Castilla y León.

7.- La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones: Disposiciones generales procedimientos de concesión y gestión de subvenciones. Del reintegro de subvenciones.

8.- La Expropiación Forzosa: concepto y elementos. Procedimiento general de expropiación: fases.

9.- El personal al servicio de las Administraciones públicas: concepto y clases. Acceso al empleo público y provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas de los funcionarios. Las incompatibilidades. Régimen disciplinario.

ORGANIZACIÓN DE LAS OFICINAS PÚBLICAS

1.- Atención al público. Atención de personas con discapacidad. Los servicios de información administrativa. Información general y particular al ciudadano. Iniciativas. Reclamaciones. Quejas. Peticiones.

2.- Concepto de documento, registro y archivo. Funciones del registro y del archivo. Clases de archivo y criterios de ordenación.

3.- La Administración electrónica. El Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos: El derecho y obligación de relacionarse con la Administración por medios electrónicos. Punto de acceso general electrónico y sedes electrónicas. Procedimiento administrativo por medios electrónicos. Firma, registros, comunicaciones y notificaciones electrónicas. El archivo por medios electrónicos.

4.- La protección de datos personales y su régimen Jurídico: principios, derechos, responsable y encargado del tratamiento, delegado y autoridades de protección de datos. Derechos digitales.

5.- La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Objeto y ámbito de la ley.

6.- Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. El Consejo de Transparencia y buen gobierno. El portal de Transparencia. Regulación del derecho de acceso a la información pública. La organización, gestión y control de la transparencia en el ámbito local.

7.- La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Obligaciones de las empresas y de los trabajadores; responsabilidades y sanciones.

RÉGIMEN LOCAL

DERECHO ADMINISTRATIVO LOCAL. ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y COMPETENCIAS

1.- Régimen local español. Principios constitucionales y regulación jurídica. El principio de autonomía local: significado, contenido y límites.

2.- Las fuentes del derecho local. Regulación básica del Estado y normativa de la Comunidad Autónoma de Castilla y León en materia de régimen local. La potestad reglamentaria de las entidades locales: reglamentos y ordenanzas. Procedimiento de elaboración. Los Bandos.

3.- El municipio: concepto y elementos. El término municipal: el problema de la planta municipal. Alteraciones de términos municipales. Legislación básica y autonómica. La población municipal. El padrón de habitantes. El estatuto de los vecinos. Derechos de los extranjeros. El concejo abierto. Otros regímenes especiales.

4.- La organización municipal. Órganos necesarios: Alcalde, Tenientes de Alcalde, Pleno y Junta de Gobierno Local. Órganos complementarios: Comisiones Informativas y otros órganos. Estatuto de los miembros electivos de las corporaciones locales. Los grupos políticos y los concejales no adscritos. La participación vecinal en la gestión municipal. Especialidades del régimen orgánico-funcional en los municipios de gran población.

5.- Las competencias municipales: sistema de determinación. Competencias propias, delegadas y competencias distintas de las propias. La sostenibilidad financiera de la hacienda local como presupuesto del ejercicio de las competencias.

6.- La provincia en el régimen local: concepto, elementos, organización provincial. Estudio de los órganos de gobierno provinciales. Competencias. Regímenes especiales.

7.- Otros regímenes especiales. El concejo abierto. Régimen de organización de los municipios de gran población. Otras entidades locales. Entidades locales de ámbito inferior al municipio. Las comarcas. Las Mancomunidades de municipios. Las Áreas Metropolitanas.

8.- Régimen de sesiones y acuerdos de los órganos de gobierno local. Actas, certificaciones, comunicaciones, notificaciones y publicación de los acuerdos.

9.- El sistema electoral local. Causas de inelegibilidad e incompatibilidad. Elección de los concejales y alcaldes. Elección de los diputados Provinciales y del Presidente de la diputación. La moción de censura y la cuestión de confianza en el ámbito local. El Estatuto de los miembros electivos de las corporaciones locales.

10.- Singularidades del procedimiento administrativo de las entidades locales. Impugnación de los actos y acuerdos locales y ejercicio de acciones. Recursos administrativos y jurisdiccionales contra los actos locales. La sustitución y disolución de corporaciones locales.

11.- Los bienes de las Entidades locales: clasificación. Alteración de la calificación jurídica. Adquisición, enajenación y cesión. Prerrogativas de las Entidades locales respecto a sus bienes. Uso y aprovechamiento de los bienes de dominio público y comunales. Régimen de utilización de los bienes patrimoniales.

12.- Peculiaridades de la contratación administrativa en la esfera local.

13.- El personal al servicio de las Entidades locales: clases de personal al servicio de las Entidades locales. Adquisición pérdida de la condición de funcionario. El sistema de derechos y deberes en el Estatuto Básico del Empleado Público. Régimen jurídico del personal de las Entidades Locales: Derechos y deberes. Régimen disciplinario. Situaciones administrativas. Incompatibilidades. El personal laboral.

14.- Régimen Jurídico de los funcionarios de habilitación con carácter nacional.

15.- Ordenación del territorio y Urbanismo. Legislación sobre régimen del suelo y ordenación urbana: Sus principios inspiradores. Competencia urbanística municipal: Ordenación, gestión, ejecución y disciplina urbanística. Tipos de instrumentos de planeamiento en Castilla y León.

16.- Formas de actividad de los Entes Locales. La intervención administrativa local en la actividad privada. Las licencias. El servicio público en la esfera local. Los modos de gestión de los servicios públicos. La gestión directa. La gestión indirecta.

HACIENDAS LOCALES Y GESTIÓN FINANCIERA

17.- Recursos de las haciendas locales: Tributos locales. La potestad reglamentaria de las Entidades locales en materia tributaria: contenido de las ordenanzas fiscales, tramitación y régimen de impugnación de los actos de imposición y ordenación de tributos. El establecimiento de recursos no tributarios.

18.- La gestión y liquidación de recursos locales. La revisión en vía administrativa de los actos de gestión dictados en materia de Haciendas locales. La devolución de ingresos indebidos.

19.- Imposición municipal. Impuesto sobre Bienes inmuebles. Impuesto sobre actividades Económicas.

20.- Impuesto sobre el incremento de Valor de los terrenos de naturaleza Urbana. Impuesto sobre construcciones y obras. Impuesto sobre Vehículos de tracción mecánica. Tasas y contribuciones especiales. Régimen Jurídico. Precios Públicos.

21.- El Presupuesto general de las Entidades locales: estructura presupuestaria. Elaboración y aprobación. Las Bases de ejecución del Presupuesto. Estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera en la Constitución y normativa de desarrollo. Principios generales. La ejecución del presupuesto de gastos e ingresos: sus fases. Los pagos a justificar. Los anticipos de caja fija. Los gastos de carácter plurianual. La liquidación del presupuesto.

22.- Fines de la Contabilidad Pública Local. Estado de cuentas anuales. El control de la actividad económico financiera de la Entidades Locales. El control de la actividad económico-financiera de las Entidades Locales y sus entes dependientes. El control externo: El Tribunal de Cuentas y los Órganos de control externo de la Comunidad Autónoma de Castilla y León. Las funciones fiscalizadora y jurisdiccional. El control interno en las Entidades del Sector Público Local. La Tesorería de la Entidades Locales: Régimen Jurídico y funciones.


CONVOCATORIA AYUNTAMIENTO DE SORIA

CONVOCATORIA AYUNTAMIENTO DE SORIA

CONVOCATORIA AYUNTAMIENTO DE SORIA

CONVOCATORIA AYUNTAMIENTO DE SORIA. En el artículo se detallan las tres plazas disponibles para el Ayuntamiento de Soria, describiendo las responsabilidades y requisitos de cada puesto.

El plazo para echar instancias se abrirá a partir del día siguiente de su publicación en el BOE (Pendiente de publicación)

A continuación adjuntamos los tres plazas convocadas y su correspondiente enlace.

 - Oficial Conductor de Alcaldía : Pulse en el siguiente enlace

-  Oficial Albañil y Servicios Funerarios : Pulse en el siguiente enlace

- Oficial Espacio Escénico : Pulse en el siguiente enlace

 


Oposiciones al Cuerpo Superior

Oposiciones al Cuerpo Superior

Oposiciones al Cuerpo Superior

¿QUÉ ES EL CUERPO SUPERIOR DE CASTILLA Y LEÓN?

El Cuerpo Superior de la Administración de Castilla y León es un Cuerpo integrado por personas con conocimientos amplios dentro de la Administración que desarrolla actividades multidisciplinares abarcando tanto ámbitos presupuestarios, de suministros, contrataciones, recursos humanos, procedimientos…

Realiza funciones de estudio y propuesta de carácter administrativo de nivel superior, y la gerencia y dirección de las diferentes políticas gestionadas por la Administración autonómica.

Se trata de un Subgrupo A1 y, por lo tanto, como requisito académico es indispensable ser titulado en Grado, Título de Licenciado Universitario, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.

¿POR QUÉ OPOSITAR AL CUERPO SUPERIOR DE LA ADMINISTRACIÓN DE CASTILLA Y LEÓN? VENTAJAS DE OPOSITAR AL CUERPO SUPERIOR DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN.

  • Se trata de un Cuerpo del Subgrupo A1, por lo que accederás directamente a la cúspide funcionarial de la Administración desempeñando puestos de responsabilidad.
  • Nos encontramos en un momento inmejorable debido a que en los próximos años se jubilarán más del 50% de funcionarios por lo que las ofertas de empleo público serán elevadas.
  • Una vez en el Cuerpo hay una gran posibilidad de movilidad entre los distintos puestos disponibles.
  • El proceso selectivo consta de tres exámenes frente a otros Cuerpos A1 en el que fácilmente hay que hacer 4 o 5 exámenes.
  • Esta oposición te permitirá permanecer en Castilla y León donde la calidad de vida es mucho mayor que en otras ciudades más grandes como Madrid y donde los sueldos cunden más.
  • El grueso de los puestos de trabajo son en capitales de provincia por lo que se evitaría el tener que desplazarse en largos trayectos.
  • Jornada laboral flexible de 35 horas semanales.
  • Posibilidad de teletrabajar hasta 4 días previa autorización del órgano competente ( se está dando un gran impulso al teletrabajo en la Administración autonómica).
  • Preparar el Cuerpo Superior te permitirá presentarte a otras oposiciones tanto estatales como autonómicas con posibilidades reales de aprobar. Son numerosos los casos de personas que preparando Cuerpo Superior sacan más plazas.

OTRAS PREGUNTAS FRENCUENTES

  • ¿ Cuáles son las retribuciones en el Cuerpo Superior de la Administración de la Comunidad de Castilla y León?

Las retribuciones iniciales pueden partir de los 45.000 euros pero suben considerablemente con los trienios y la carrera administrativa recientemente implantada.

Con pocos años de desempeño se pueden alcanzar fácilmente los 3.000 euros netos al mes.

  • ¿ Cuánto tiempo se tarda en preparar las oposiciones al Cuerpo Superior?

Con una buena organización y disciplina es posible estar preparado en 1,5-2 años.

¿CÚAL ES LA MEJOR ACADEMIA PARA PREPARAR EL CUERPO SUPERIOR DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN?

Academia Irigoyen es la mejor academia para preparar el Cuerpo Superior (A1) de la Junta de Castilla y León. La preparación se realizará dos días en semana: un día para la preparación de temas y test y otro día para cante obligatorio, que podrá ser individual o grupal. A medida que avance la preparación entregaremos a los alumnos los temas, test, supuestos prácticos y resto de material necesario (gratuito con la mensualidad). Las clases se realizan en sesión de tarde pudiendo ser online, con conexión en directo y en diferido, para verlas a partir del día siguiente. Además en algunos casos y en función de la localidad de residencia, podremos realizar algunas sesiones presenciales.

Pinche aquí, para conocer nuestra preparación en el Cuerpo Superior

En Academia Irigoyen desde el inicio los alumnos tendrán habilitada el mejor aula virtual en la que dispondrán de material en PDF (descargable e imprimible), vídeos explicativos de apoyo de los temas y leyes más importantes, test para poder hacer autocorregibles con generador de test y simulacros y el resto de herramientas: como foro, calendario, etc.

Pinche aquí, para conocer nuestra Aula Virtual (Enlace)

Los preparadores son funcionarios de carrera del Cuerpo Superior de la Junta de Castilla y León aprobados en última convocatoria con el mejor expediente académico. El seguimiento por parte de los preparadores a los alumnos se hará de forma individualizada, con apoyo continuo. No existe matrícula ni compromiso de permanencia.

¿DÓNDE PUEDO OBTENER MÁS INFORMACIÓN ACERCA DEL CUERPO SUPERIOR DE LA JUNTA?

En la página web de la Junta de Castilla y León podrás obtener más información acerca del último proceso selectivo:  https://empleopublico.jcyl.es/web/jcyl/EmpleoPublico/es/Plantilla100Detalle/1277227614255/Convocatoria/1285218852913/Empleo


AGE 2024 Convocatorias OEPs 2023 y 2024

Convocatorias AGE 2024: Puntos importantes

Convocatorias AGE 2024: Puntos importantes

Convocatorias AGE 2024: Puntos importantes

Plazos y tiempos según convocatoria.

  • Todos los primeros ejercicios, o ejercicios únicos, de los procesos selectivos incluidos en la presente convocatoria se celebrarán el mismo día y a la misma hora.
  • Las convocatorias deberán ejecutarse en el plazo máximo de dos años desde su publicación, y las respectivas fases de oposición en un año, salvo causa justificada.
  • Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la persona titular de la Dirección del Instituto Nacional de Administración Pública (en adelante INAP) dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, por la que se declaran aprobadas las listas de personas admitidas y excluidas, sin perjuicio de que por razones acreditadas pueda excepcionalmente acordarse la ampliación de dicho plazo por un mes

Cronograma orientativo publicado en INAP.

Con los objetivos de fomentar la máxima transparencia en estos procesos selectivos, y de facilitar un mejor y más eficaz desarrollo de los mismos, la Comisión Permanente de Selección ha resuelto informar sobre los plazos que se han previsto como posible cronograma de la fase de oposición de estos procesos.

Se trata, en todo caso, de plazos orientativos manejados como objetivo a alcanzar, respecto de los que esta Comisión no puede adquirir compromisos de cumplimiento.

A medida que esta Comisión disponga de información que permita precisar o modificar estos plazos actualizará esta información.

Según lo dicho, se estima la conclusión de la fase de oposición del conjunto de los procesos convocados, en el mes de mayo de 2025.

  • Publicación de listados provisionales de admitidos y excluidos: primera quincena de octubre de 2024.
  • Publicación de listados definitivos y convocatoria de exámenes: segunda quincena de noviembre de 2024.
  • Celebración de ejercicios: 14 de diciembre de 2024.
  • Publicación de las plantillas: 17 de diciembre de 2024.
  • Publicación de resultados del primer ejercicio de los procesos correspondientes a los Cuerpos de Gestión de la Administración Civil del Estado y de Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del Estado: a partir del mes de febrero de 2025.
  • Publicación de resultados del ejercicio único de los procesos correspondientes al resto de Cuerpos convocados en esta convocatoria: a partir del mes de marzo de 2025.
  • Publicación de resultados del segundo ejercicio de los procesos correspondientes a los Cuerpos de Gestión de la Administración Civil del Estado y del Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del Estado: a partir del mes de abril de 2025.

Número de plazas.

Cuerpo/Escala Total plazas Sistema General Cupo reserva personas con discapacidad Anexos
Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado (ingreso libre). 2.450 2.259 191 I
Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado (promoción interna). 2.033 1.149 884 II
Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado (ingreso libre). 5.440 5.080 360 III
Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado (promoción interna). 10.409 9.797 612 IV
Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado (ingreso libre). 1.879 1.712 167 V
Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado (promoción interna). 600 564 36 VI
Cuerpo Gestión de la Administración Civil del Estado (ingreso libre). 2.754 2.549 205 VII
Cuerpo Gestión de la Administración Civil del Estado (promoción interna). 4.329 4.060 269 VIII
Cuerpo Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del Estado (ingreso libre). 995 937 58 IX
Cuerpo Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del Estado (promoción interna). 800 754 46 X
 Total. 31.689 28.861 2.828

 

Instancias.

  • Plazo de presentación de instancias desde el 11 de julio hasta el 7 de agosto.
  • La inscripción se cumplimentará y se presentará por vía electrónica en el modelo 790 de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen, según las siguientes instrucciones: Las personas interesadas realizarán su inscripción on-line a través de la aplicación de Inscripción en Pruebas Selectivas (IPS) del Punto de Acceso General (https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias).

Información.

A lo largo del proceso selectivo, y conforme a lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, toda la información relacionada con los diferentes aspectos de su desarrollo se publicará en la sede electrónica del Instituto Nacional de Administración Pública (https://sede.inap.gob.es/) y en la página web del Punto de Acceso General (http://administracion.gob.es). Teléfono de atención al ciudadano de la Administración General del Estado 060.

Bolsa de empleo.

La Comisión Permanente de Selección, en función de lo dispuesto en la base 10.1, elaborará listas de candidatos en los cuerpos convocados por la presente resolución, en función de la provincia del domicilio que los candidatos indiquen en la solicitud de participación en los procesos selectivos. No obstante, posteriormente, los candidatos que lo deseen podrán optar por un ámbito provincial distinto, atendiendo a las instrucciones establecidas al efecto. En estas listas se integrarán aquellas personas candidatas que hayan obtenido la calificación que la Comisión Permanente de Selección considere suficiente.

Consulte la convocatoria completa en el siguiente enlace (página web BOE)

Descargue la convocatoria completa en el siguiente enlace (PDF)


Oposiciones 2024-2025 Récord Campaña Asegura tu futuro

Oposiciones 2024-2025 Récord Campaña Asegura tu futuro

Oposiciones 2024-2025 Récord Campaña Asegura tu futuro

Estimado opositor/ra,
Este curso 2024/2025 batirá un récord histórico de plazas convocadas, tanto en el Estado y su Administración General como en la Junta de Castilla y León. Las grandes macro convocatorias de plazas famosamente conocidas de los años 70' y 80' volverán en esta década.
Oposiciones 2024-2025 Récord Campaña Asegura tu futuro
Oposiciones 2024-2025 Récord Campaña Asegura tu futuro

 

Por un lado, El gobierno ha lanzado la Oferta de Empleo Público de 2024 que bate un récord histórico: 40.146 plazas (publicado en BOE con fecha 3 de julio de 2024) a las que sumaremos en convocatoria (prevista para después del verano) las plazas de la Oferta de Empleo 2023 y realización de exámenes en 2025. Estamos ante la mayor macro convocatoria de plazas de la AGE con 5.440 plazas de Administrativo y 2.450 de Auxiliar, por turno libre, con un único ejercicio y sólo oposición.
Plazas acumuladas Estado 2023 y 2024
Plazas acumuladas Estado 2023 y 2024

https://academiairigoyen.com/opositar-al-estado-10-razones-para-hacerlo/

Por otro lado, según las noticias que nos llegan de las reuniones en las mesas de negociación, la Consejería de Función Pública de la Junta de Castilla y León tiene intención de convocar antes del final del año 2024 las ofertas pendientes de acumuladas de los años 20212022 y 2023. Estas convocatorias acumulan un gran número de plazas y serán una gran oportunidad para el año 2025. Además, antes de fin de año saldrá publicada la Oferta de 2024.

A continuación detallamos las ofertas acumuladas de los cuerpos o escalas más importantes, tanto en personal funcionario como en personal laboral:
  • Cuerpo Superior (A1) (turno libre): 57 plazas
  • Cuerpo Gestión (A2) (turno libre): 90 plazas
  • Cuerpo Administrativo (C1) (turno libre): 345 plazas
  • Cuerpo Administrativo (C1) (promoción interna): 230 plazas
  • Cuerpo Auxiliar Administrativo (C2) (turno libre): 380 plazas
  • Cuerpo Auxiliar Administrativo (C2) (promoción interna): 178 plazas
  • Educador de Discapacitados (II) (turno libre): 23 plazas
  • Auxiliar de Biblioteca (III) (turno libre): 24 plazas
  • Técnico Superior de Educación Infantil (III) (turno libre): 14 plazas
  • Ayudante Técnico Educativo (III) (turno libre): 40 plazas
  • Técnico de Atención Directa (III) (turno libre): 192 plazas
  • Técnico de Apoyo al menor (III) (turno libre): 35 plazas
  • Conductor (III) (turno libre): 34 plazas
  • Ayudante de Cocina (IV) (turno libre): 8 plazas
  • Auxiliar de carreteras (IV) (turno libre): 32 plazas
  • Ayudante de Cocina (IV) (turno libre): 8 plazas
  • Peón de montes (IV) (turno libre): 80 plazas
  • Vigilante de incendios (IV) (turno libre): 50 plazas
  • Personal de servicios (IV) (turno libre): 461 plazas

En Academia Irigoyen disponemos de preparaciones para las oposiciones. En grupos de nivel inicial y avanzado. Clases presenciales y online en los horarios a continuación establecidos. Con posibilidad de asistir presencialmente, conectarse en directo y también ver la clase en diferido, cuándo, dónde y las veces que se desee. Además, adicionalmente a estas clases en directo, los alumnos/as dispondrán de vídeos explicativos del temario, temas, test, supuestos prácticos y resto de material. Todo el material es PDF imprimible y descargable, con herramienta de test online y su generador de test, que también podrán ser descargados e impresos.

Para más información contacta con nosotros en el 975213738 o en el email: info@academiairigoyen.com