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¨Texto extraído íntegramente y sin modificación alguna del Boletín Oficial de Castilla y León Nº 69 (Martes, 9 de Abril de 2019).¨

ACUERDO de 1 de abril de 2019, de la Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de Segovia, por el que se aprueba la convocatoria para la provisión, por el sistema de oposición libre, de diez plazas de Auxiliar de Administración General. Expte.: 2019/02/PSPM.

BASES  Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia

(Aprobadas por la Junta de Gobierno en sesión de 1 de abril de 2019).

PRIMERA.– OBJETO DE LA CONVOCATORIA.

1.1.– Es objeto de la presente convocatoria, la provisión en propiedad, como personal funcionario de carrera, mediante el procedimiento de oposición libre, de diez plazas de Auxiliar de Administración General, incluidas en la Oferta de Empleo de la Corporación para el año 2018.

1.2.– Las plazas objeto de esta Convocatoria podrán ser incrementadas, en su caso, con las vacantes que pudieran producirse por cualquier causa, por Resolución de la Presidencia de la Corporación hasta la terminación del expediente de esta Convocatoria, y en todo caso, antes del comienzo de los ejercicios de selección.

SEGUNDA.– CARACTERÍSTICAS DE LAS PLAZAS.

2.1.– Las plazas convocadas están dotadas económicamente con las retribuciones básicas correspondientes al Subgrupo C2 de los establecidos en el Art. 76 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre y con las retribuciones complementarias acordadas por la Corporación para los correspondientes puestos de trabajo.

2.2.– Los/as aspirantes que resulten nombrados/as para ocupar las plazas convocadas quedarán sometidos/as al régimen de incompatibilidades previsto en la Ley 53/1984 de 26 de Diciembre.

2.3.– Los/as aspirantes nombrados/as podrán ser adscritos inicialmente a cualquiera de las Dependencias Administrativas de la Corporación (Palacio Provincial, Palacio de las Monas, Casa del Sello) o cualesquiera otras ubicadas en los distintos Centros, Dependencias y Servicios, tanto de Segovia Capital como de la Provincia de Segovia, en función de las vacantes existentes en el momento del nombramiento, sin perjuicio de que posteriormente puedan optar a otros puestos de la misma categoría profesional y especialidad, en su caso, se creen o queden vacantes en otros Centros o Dependencias de la Diputación.

2.4.– Las jornadas de trabajo de los/as aspirantes que resulten nombrados/as se sujetarán a los requisitos establecidos en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, normas de desarrollo del mismo y Pacto de Personal Funcionario de la Diputación de Segovia.

2.5.– Las funciones a realizar por este puesto de trabajo, son las que figuran en la descripción del mismo aprobada por el Pleno de la Corporación Provincial con fecha 28 de noviembre de 2013, así como las que en su caso se incorporen en las modificaciones a dicha descripción que puedan aprobarse.

TERCERA.– REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR LOS ASPIRANTES.

3.1.– Para ser admitido a la realización de estas pruebas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

  • a) Ser español/a o cumplir lo establecido en el artículo 57 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre en lo relativo al acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.
  • b) Tener cumplidos los 16 años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa en los términos establecidos en el artículo 56.1.c) del citado Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
  • c) Estar en posesión del Título académico oficial de Graduado/a en Educación Secundaria Obligatoria, Graduado Escolar, o cualquier título equivalente a los anteriores, o en condiciones de obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
  • En el caso de invocar un título equivalente al exigido o titulación obtenida en el Extranjero, el aspirante deberá presentar el correspondiente certificado de equivalencia, expedido por el Órgano estatal o Autonómico competente en materia de Educación. Dicha equivalencia deberá referirse, tanto al rango como a la especialidad exigida.
  • d) Poseer la capacidad funcional correspondiente a las funciones a desempeñar.
  • e) No hallarse incurso en causa de incapacidad para ser nombrado funcionario de carrera, ni haber sido separado mediante expediente disciplinario del Servicio de la Administración del Estado, Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse incapacitado para el ejercicio de funciones públicas.
  • f) Carecer de antecedentes por los delitos previstos en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero de de protección jurídica del menor, de modificación del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil (no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos).
  • g) Comprometerse a prestar juramento o promesa exigidos para la toma de posesión del cargo.

3.2.– Todos los requisitos anteriores deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, y estar en posesión de los mismos hasta la fecha de nombramiento.

3.3.– DERECHOS DE EXAMEN:  Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia

3.3.1.– Los aspirantes deberán abonar la cantidad de 8,00 euros en concepto de tasa por derechos de examen, al amparo de lo establecido en la Ordenanza Fiscal reguladora de la referida tasa, aprobada por el Pleno de esta Corporación en sesión de 29 de mayo de 2009 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Segovia de 22 de julio de 2009.

3.3.2.– Para el abono del importe de la tasa, los aspirantes deberán practicar autoliquidación, en el impreso habilitado al efecto que se les facilitará en el Servicio de Personal y Régimen Interior de la Diputación y realizar su ingreso, a través de cualquier entidad bancaria autorizada, mediante transferencia bancaria a la Entidad BANKIA, en la cuenta: n.º ES61/2038/7597/54/6000045289. El ingreso deberá efectuarse antes de presentar la correspondiente solicitud de admisión a pruebas selectivas. A la instancia deberá acompañarse copia de la autoliquidación debidamente ingresada y sellada por la Entidad bancaria correspondiente, o en su defecto, copia del recibo de ingreso.

3.3.3.– El importe de la tasa de derechos de examen, únicamente será devuelto cuando, por causas no imputables al interesado, la actividad técnica y administrativa conducente a la selección del personal para provisión de la plaza convocada no se realice. En su consecuencia, no procederá la devolución del importe de la tasa en los supuestos de exclusión del aspirante de las pruebas selectivas por causas imputables al interesado o en el supuesto de que el aspirante no se presente a la práctica de los ejercicios.

3.3.4.– No obstante, y de conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Ordenanza reguladora de la Tasa por Derechos de Examen de esta Corporación, estarán exentos del pago de la tasa quienes acrediten las siguientes circunstancias:

  • a) Las personas que figuren como demandantes de empleo, con una antigüedad mínima de dos meses, referida a la fecha de publicación del extracto de esta Convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.  Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia
  • El aspirante deberá acreditar esta circunstancia mediante la presentación, junto con la instancia de admisión a las pruebas selectivas, del correspondiente certificado de desempleo expedido por el Instituto Nacional de Empleo o Servicio Público de Empleo de la respectiva Comunidad Autónoma.
  • b) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Esta circunstancia se acreditará mediante la presentación, junto con la instancia de admisión a las pruebas selectivas, del certificado de discapacidad expedido por el Organismo estatal o autonómico competente.

3.3.5.– Por otra parte, y de conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ordenanza reguladora de la Tasa por Derechos de Examen de esta Corporación, tendrán una bonificación del 50% los aspirantes que acrediten su condición de familia numerosa de carácter especial, y de un 30% los que acrediten su condición de familia numerosa de carácter general, debiendo aportar los correspondientes documentos acreditativos junto con la instancia de solicitud de admisión a las pruebas selectivas.

3.3.6.– La falta de pago de la tasa sin acreditar la correspondiente causa de exención de pago determinará la inadmisión del aspirante a las pruebas selectivas.

CUARTA.– PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.  Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia

4.1.– FORMA.  Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia

Las instancias solicitando tomar parte en esta Convocatoria se dirigirán al Ilmo. Sr. Presidente de la Corporación, y deberán formularse en el modelo oficial que a tal efecto se facilitará en el Servicio de Personal y Régimen Interior haciéndose constar por el aspirante que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en la Base Tercera de esta Convocatoria.

4.2.– LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN.  Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia

Dichas solicitudes se presentarán dentro del plazo de veinte días naturales contados desde el día siguiente a la publicación del extracto de esta Convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, en cualquiera de los siguientes lugares:  Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia

  • a) En el Registro General de la propia Diputación de Segovia, ubicado en las dependencias centrales del Palacio Provincial (C/ San Agustín n.º 23.– 40001.– SEGOVIA).
  • b) En cualquiera de los lugares y formas que se determina en el o en los Registros de las Entidades a que hace referencia el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

4.3.– DOCUMENTACIÓN A ACOMPAÑAR, JUNTO CON LA SOLICITUD.

A las solicitudes se acompañará:  Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia

  • a) Fotocopia del Título académico de acceso.  Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia
  • b) Fotocopia del DNI.  Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia
  • c) Impreso de autoliquidación de la tasa por derechos de examen y copia del recibo de ingreso en la forma que se determina en la Base Tercera, y/o en su caso documentos acreditativos de reunir una de las causas de exención de pago o bonificación de la tasa.

QUINTA.– ADMISIÓN DE ASPIRANTES.  Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia

5.1.– Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Sr. Presidente de la Corporación aprobará, mediante Decreto, la lista de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de la causa de exclusión.  Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia

5.2.– En dicha Resolución se determinará el lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios, la composición nominal del tribunal Calificador y el orden de actuación de los aspirantes, de lo cual se dará publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia de Segovia.

5.3.– Los aspirantes excluidos podrán interponer el Recurso administrativo de Reposición ante la Presidencia de la Corporación, con carácter potestativo en el plazo máximo de un mes a contar desde la recepción de la notificación de su exclusión, o bien el Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso – administrativo de Segovia, en el plazo máximo de dos meses, a partir de la recepción de la notificación de su exclusión. Asimismo, se concederá un plazo de diez días para subsanación de errores, en su caso, en los términos previstos en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

SEXTA.– TRIBUNAL CALIFICADOR.  Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia

6.1.– COMPOSICIÓN.  Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia

La composición del Tribunal Calificador que juzgará las pruebas selectivas objeto de esta Convocatoria, estará integrada de la siguiente forma:

Presidente/a.– Un/a Jefe de Dependencia, Servicio o Sección designado por la Presidencia.

Vocales:  Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia

  • Un vocal designado a propuesta de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
  • Dos funcionarios de carrera de la Corporación designados por la Presidencia.

Secretaria/o.– La Secretaria General de la Corporación o funcionario/a en quien delegue.

6.2.– DESIGNACIÓN DE SUPLENTES Y ASESORES ESPECIALISTAS, Y ASISTENCIA DE COLABORADORES TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS.

Podrán designarse suplentes en sustitución de los titulares que integren el referido Tribunal. Asimismo, el Presidente de la Corporación podrá designar si lo estima oportuno o conveniente algún Asesor Especialista para todas o alguna de las pruebas. Por otra parte, el Tribunal podrá recabar cuando lo estime oportuno la asistencia de funcionarios o trabajadores de la Corporación para actuar como colaboradores técnicos o administrativos del Tribunal durante el proceso selectivo.

6.3.– PUBLICACIÓN DE LA COMPOSICIÓN NOMINAL.

La composición nominal del Tribunal Calificador que juzgue las pruebas selectivas será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, simultáneamente con el anuncio en que se haga pública la lista de admitidos y excluidos.  Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia

6.4.– ABSTENCIÓN Y RECUSACIÓN.

Los miembros del Tribunal Calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Presidencia, cuando concurran en ellos alguna de las causas previstas en el Art. 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a esta Convocatoria. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran en ellos alguna de estas circunstancias en los términos previstos en el artículo 24 de la misma ley 40/2015.

6.5.– FORMA DE CONSTITUCIÓN Y FACULTADES DEL TRIBUNAL.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de la mitad de sus integrantes, ya sean titulares o suplentes, y estará facultado para resolver las cuestiones que pudieran suscitarse durante el desarrollo de la Convocatoria, y adoptar los acuerdos necesarios para el buen orden de la misma, en todo lo no previsto en estas Bases.

SÉPTIMA.– PROCESO DE SELECCIÓN.  Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia

7.1.1.– El proceso de selección constará de tres ejercicios, de carácter eliminatorio y obligatorio para todos los aspirantes:

Primer ejercicio.– Consistirá en contestar por escrito, durante el tiempo máximo que se determine por el Tribunal, a un cuestionario de cuarenta preguntas tipo test, con respuestas alternativas, siendo una sola de ellas la correcta, relacionadas con los temas que integran las cinco partes del Programa de la Convocatoria. El Tribunal podrá proponer, además, hasta un máximo de cuatro preguntas adicionales de reserva en previsión de posibles anulaciones.

Segundo ejercicio.– Consistirá en contestar por escrito, durante el tiempo máximo que se determine por el Tribunal, a un cuestionario de veinte preguntas abiertas, relacionadas con los temas que integran las partes segunda, tercera y cuarta de la Convocatoria.

Tercer ejercicio.– Informática.– Constará de dos partes:

Parte 1.ª– Consistirá en la copia, con un ordenador personal (P.C.), durante el tiempo máximo que se determine por el Tribunal, de un texto facilitado por el Tribunal, utilizando el programa de tratamiento de Textos MS-WORD – 2007 o superior. En esta parte, se valorará la velocidad, la limpieza, corrección, presentación y exactitud de lo copiado y se penalizará la comisión de faltas de ortografía o faltas mecanográficas.  Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia

Parte 2.ª– Consistirá en demostrar a través de un ordenador, durante el tiempo máximo que se determine por el Tribunal, el conocimiento acerca del Sistema Operativo Windows 7 o superior, así como en el manejo del paquete ofimático Office 2007 o superior, de Microsoft (procesador de Textos MS Word y hoja de cálculo MS Excel, y/o a nivel básico la base de datos MS Access), ateniéndose al supuesto o supuestos que determine el Tribunal. En esta parte se valorarán los conocimientos y habilidades en las funciones y utilidades del sistema operativo y de los programas integrantes del paquete informático Office.

Se facilitarán a los aspirantes los medios técnicos y materiales necesarios para la realización de este ejercicio, si bien se desactivarán las funciones correspondientes a la detección de faltas mecanográficas y corrección automática de textos.

En el desarrollo y calificación de los ejercicios, se garantizará el anonimato de los aspirantes siempre que sea posible, facultándose expresamente al Tribunal Calificador para apreciar dicha posibilidad, en función del tipo de ejercicio de que se trate.

7.1.2.– Calificación de los ejercicios.  Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia

Todos los ejercicios tendrán carácter eliminatorio y obligatorio para todos los aspirantes.

El primer ejercicio se puntuará de 0 a 10 puntos, efectuándose la calificación de la siguiente manera:

  • a) Cada pregunta correctamente contestada se calificará con 0,25 puntos. Cada pregunta incorrectamente contestada se calificará con 0,10 puntos. Cada pregunta sin contestar (en blanco) se calificará con 0,00 puntos.  Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia
  • b) A continuación, el Tribunal fijará en el primer ejercicio una nota de corte, en función del número de aspirantes presentados y del número de aspirantes que el Tribunal considere que deben superar el mismo, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen dicha nota de corte. Dicha nota de corte se determinará antes de la identificación nominal de los/as aspirantes una vez calificado el ejercicio de forma anónima.
  • c) Serán eliminados los/as aspirantes que no alcancen la nota de corte previamente determinada por el Tribunal.

El segundo ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

El tercer ejercicio, de informática, se puntuará de 0 a 15 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen en el conjunto de las dos partes del ejercicio un mínimo de 7,50 puntos. La puntuación de la parte primera del ejercicio se ponderará a razón de un 40% y la de la parte segunda a razón de un 60%. Se faculta al Tribunal para establecer los criterios objetivos adicionales de calificación que considere necesarios, los cuales se facilitarán a los aspirantes con carácter previo al comienzo del ejercicio.

En el segundo y tercer ejercicio, las calificaciones se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del Tribunal Calificador, y dividiendo el total obtenido entre el número de asistentes de aquél, siendo el cociente la calificación definitiva.

Las calificaciones de cada ejercicio serán hechas públicas en el mismo día en que se otorguen y expuestas en el Tablón de Edictos y en la página Web de la Corporación y en los lugares donde se realicen las pruebas.  Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia

OCTAVA.– CALIFICACIÓN TOTAL Y DEFINITIVA DE LOS ASPIRANTES.

8.1.– La calificación total y definitiva de los aspirantes vendrá dada por la suma de las puntuaciones obtenidas en el conjunto de los tres ejercicios de la oposición por los aspirantes que superen la totalidad de los mismos.  Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia

8.2.– En caso de empate entre dos o más aspirantes, el Tribunal podrá llevar a efecto una o más pruebas complementarias sobre los ejercicios que componen la Oposición.

NOVENA.– PROGRAMA QUE HA DE REGIR EN LA CONVOCATORIA.

El programa sobre el que versarán los ejercicios de la Oposición es el que figura en el Anexo de esta Convocatoria.

DÉCIMA.– COMIENZO Y DESARROLLO DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS.

10.1.– COMIENZO.  Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia

Los ejercicios se celebrarán una vez transcurridos, al menos dos meses desde la fecha en que aparezca publicado el anuncio extractado de esta Convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

10.2.– PUBLICACIÓN DE LA FECHA, HORA Y LUGAR DE CELEBRACIÓN.

La fecha, lugar y hora de celebración de las pruebas será hecha pública en el Boletín Oficial de esta Provincia al mismo tiempo en que se publique la Lista de Admitidos y Excluidos.

10.3.– LLAMAMIENTO DE LOS ASPIRANTES.

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, salvo casos de fuerza mayor debidamente justificados y apreciados libremente por el Tribunal.

10.4.– ORDEN DE ACTUACIÓN DE LOS ASPIRANTES.

El orden de actuación de los aspirantes en aquellos ejercicios que, en su caso, no se realicen conjuntamente se iniciará con aquél cuya inicial del primer apellido se corresponda con la Letra «G», según el resultado del sorteo celebrado el día 30 de enero de 2018.

10.5.– PUBLICACIÓN DE CALIFICACIONES Y ANUNCIOS SOBRE CELEBRACIÓN DE LOS SUCESIVOS EJERCICIOS.

Una vez comenzadas las pruebas selectivas no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de la celebración de las restantes pruebas en el Boletín Oficial de la Provincia. No obstante, estos anuncios deberán hacerse públicos por el Tribunal en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores y en el Tablón de Edictos de la Corporación, con una antelación de, al menos, 24 horas a la celebración del siguiente ejercicio, junto con las calificaciones obtenidas por los aspirantes que hubieran superado el ejercicio anterior. Desde la total conclusión de un ejercicio hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.

UNDÉCIMA.– RELACIÓN DE APROBADOS Y PROPUESTA DE NOMBRAMIENTO.

Finalizada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará en el Tablón de Edictos y en la Página Web de Corporación la correspondiente propuesta de nombramiento, en favor de los aspirantes que, habiendo superado los tres ejercicios de la Oposición, hubieran obtenido las mayores puntuaciones totales, no pudiendo rebasar el número de aspirantes propuestos al número de plazas convocadas, elevándose dicha propuesta al Sr. Presidente de la Corporación a efectos de nombramiento de los aspirantes.

DUODÉCIMA.– PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS.

12.1.– Los aspirantes propuestos presentarán en el Servicio de Personal y Régimen Interior de la Diputación de Segovia, dentro del plazo de 20 días naturales, contados desde la publicación de la propuesta de nombramiento a que se refiere la Base anterior, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la Convocatoria, que a continuación se expresan:  Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia

  • a) Certificación de Acta de Nacimiento expedida por el Registro Civil correspondiente.
  • b) Declaración complementaria de conducta ciudadana, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 68/1980 de 1 de diciembre.
  • c) Certificación negativa del Registro General de Delincuentes Sexuales acreditativo de cumplir el requisito exigido en el apartado 3.1.f) de la Base Tercera de la Convocatoria, o declaración responsable acompañada de autorización expresa a la Diputación de Segovia para recabar dicha certificación.
  • d) Certificado médico acreditativo expedido por el Servicio Territorial de Sanidad y Bienestar Social, acreditativo de poseer la capacidad funcional correspondiente a las funciones a desarrollar, sin perjuicio del reconocimiento médico previo y complementario que en su caso deba realizar en los Servicios Médicos correspondientes.
  • e) Declaración jurada o responsable de no hallarse incurso en causa de incapacidad, ni haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio del Estado, Administración Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
  • f) Declaración jurada o responsable de no desempeñar ningún puesto del sector público o actividad privada incompatible según el Art. 1 de la Ley 53/1984 de 26 de diciembre.

12.2.– Los aspirantes propuestos que, en su caso, tuvieran ya la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación del Ministerio, Corporación Local u Organismo Público de que dependan, acreditando su condición de funcionario, y cuantas circunstancias consten en su expediente personal.

12.3.– Si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, alguno de los aspirantes propuestos no presentase su documentación no podrá ser nombrado y se anularán todas sus actuaciones, sin perjuicio de las exigencias de responsabilidad en que hubiesen podido incurrir por falsedad en la instancia presentada solicitando tomar parte en la Convocatoria. En este caso, el Tribunal formulará propuesta adicional a favor de quien o quienes les sigan en el orden de puntuación, siempre que haya superado las pruebas exigidas.

DECIMOTERCERA.– TOMA DE POSESIÓN.

13.1.– Una vez aprobada la propuesta de nombramiento, los interesados deberán tomar posesión de sus cargos, en el plazo de 30 días hábiles, contados desde el siguiente al que sea notificado el nombramiento.  Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia

13.2.– Si no tomasen posesión dentro del plazo señalado o de la prórroga concedida en su caso, quedarán en situación de cesantes, con pérdida de todos los derechos derivados de la Convocatoria y del subsiguiente nombramiento conferido.

DECIMOCUARTA.– IMPUGNACIÓN DE LA CONVOCATORIA.

14.1.– La Convocatoria y sus Bases, y cuantos actos administrativos se deriven de éste y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en las formas establecidas en la Legislación vigente en materia de Procedimiento Administrativo Común.

14.2.– El sólo hecho de presentar instancia solicitando tomar parte en las pruebas constituye sometimiento expreso de los aspirantes a las Bases de la Convocatoria que tienen consideración de Ley reguladora de la misma.  Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia

DECIMOQUINTA.– LEGISLACIÓN SUPLETORIA.

Esta Convocatoria se regirá, en lo no previsto en estas Bases, por lo dispuesto en la Ley reguladora de las Bases de Régimen Local de 2 de abril de 1985, Real Decreto Legislativo 781/1986 de 18 de abril aprobatorio del Texto Refundido de las Disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, Reglamento de Funcionarios de Administración Local en lo que no se oponga o contradiga a aquélla, Ley 30/1984 de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública en aquellos preceptos que continúen vigentes, Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, Ley 7/2005 de 24 de mayo de la Función Pública de Castilla y León, Real Decreto 896/1991 de 7 de junio, y demás disposiciones concordantes. Será asimismo de aplicación supletoria el Reglamento General de Ingreso del Personal y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo.

Segovia, 2 de abril de 2019.  Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia

La Secretaria General,   Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia
Fdo.: M.ª Lourdes Merino Ibáñez

ANEXO  Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia

PROGRAMA DE LA CONVOCATORIA  Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia Auxiliar Administrativo Segovia

OPOSICIÓN LIBRE PARA PROVISIÓN DE DIEZ PLAZAS DE AUXILIAR DE ADMINISTRACIÓN GENERAL.

Parte Primera.– CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA Y ORGANIZACIÓN DEL ESTADO.

Tema 1.– La Constitución Española de 1978. Principios Generales. Estructura. Órganos e Instituciones Constitucionales.

Tema 2.– Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Garantías, protección y suspensión de dichos derechos. El Defensor del pueblo. El Procurador del Común de Castilla y León.

Tema 3.– La Corona. El Poder Legislativo.

Tema 4.– El Gobierno y la Administración del Estado. Órganos superiores de la Administración Central del Estado. Órganos consultivos. La Administración periférica del Estado.

Tema 5.– El Poder judicial. Regulación constitucional de la Justicia. Organización judicial española.

Tema 6.– Organización territorial del Estado. Los Estatutos de autonomía: su significado. Régimen de competencias.

Tema 7.– El Estatuto de Autonomía de Castilla y León. Estructura y contenido. La Junta de Castilla y León. Atribuciones de los Órganos de Gobierno de la Comunidad.

Tema 8.– La Unión Europea: Su significado. Instituciones comunitarias. Fuentes del Derecho Comunitario Europeo.

Parte Segunda.– DERECHO ADMINISTRATIVO GENERAL.

Tema 9.– La Administración Pública en el Ordenamiento Español. Clases de Administraciones Públicas. Principios de actuación de las Administraciones Públicas. El principio de legalidad. Fuentes del Derecho Público.

Tema 10.– Participación y colaboración de los ciudadanos en las funciones administrativas. Derechos de las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas Comparecencia de las personas. Acceso a archivos y registros.

Tema 11.– El acto administrativo. Requisitos, validez y eficacia. Actos nulos y anulables. Convalidación y revisión de actos. Conversión de actos viciados. Conservación de actos y trámites. La revocación de actos administrativos y rectificación de errores materiales o de hecho.

Tema 12.– Principios generales de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Interesados en el procedimiento. Representación e identificación de interesados. Términos y plazos. Registro de documentos. Validez y eficacia de documentos y copias.

Tema 13.– El procedimiento administrativo común. Regulación legal. Principios generales. Fases. Formas de terminación del Procedimiento. Trámites de audiencia e información pública. Ejecución del acto administrativo. Obligación de resolver: responsabilidad del funcionario. El silencio administrativo.

Tema 14.– Los recursos administrativos: concepto y clases. El Recurso de reposición. El Recurso de Alzada. El Recurso extraordinario de revisión. El Recurso contencioso-administrativo.

Tema 15.– Protección de datos de carácter personal en la Administración Pública. Normativa reguladora. Principios de protección de datos. Derechos y deberes en materia de protección de datos personales. Ficheros de titularidad pública.

Tema 16.– La Administración Electrónica y las nuevas tecnologías en la Administración Pública. Sede Electrónica y Portal de Internet. Sistemas de identificación. Relaciones electrónicas entre Administraciones Públicas. El acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

Parte Tercera.– ADMINISTRACIÓN LOCAL.

Tema 17.– El Régimen Local español. Principios constitucionales y regulación jurídica. Clases de Entes Locales.

Tema 18.– La Provincia en el Régimen Local español. Organización provincial. Competencias. Órganos de Gobierno Provinciales: Elección y atribuciones.

Tema 19.– El Municipio. El término municipal. La Población. El empadronamiento. Organización municipal. Competencias.

Tema 20.– Ordenanzas y reglamentos de las Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación. El Reglamento Orgánico.

Tema 21.– La Función Pública Local y su Organización. Regulación Legal. El Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre y la Ley 7/2005 de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León: Estructura y ámbitos de aplicación. Las Escalas de funcionarios que integran la Administración Local: funciones de cada una de ellas.

Tema 22.– Derechos y deberes de los funcionarios Públicos. Régimen de vacaciones, licencias y permisos de los funcionarios públicos: regulación legal aplicable. Sistema retributivo. Incompatibilidades. Situaciones Administrativas de los funcionarios de carrera. Régimen disciplinario.

Tema 23.– El personal laboral al servicio de las Entidades Locales. El Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre: estructura y ámbito de aplicación. Derechos y deberes laborales básicos. Modalidades de contratos de trabajo. Contratos de duración determinada.

Tema 24.– Los bienes de las Entidades Locales. Bienes de dominio público. Bienes patrimoniales. La Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas de 2003: contenido y preceptos básicos de aplicación general a las Corporaciones Locales. Enajenación y cesión de bienes patrimoniales.

Tema 25.– Los contratos administrativos en la esfera local. La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: estructura y ámbito de aplicación. Principios generales y requisitos de los contratos. Órganos de contratación en las Corporaciones Locales. Requisitos para contratar con la Administración. Elementos de los contratos. El expediente de contratación. La selección del contratista. Clases de contratos administrativos.

Tema 26.– La Cooperación Económica del Estado a las inversiones locales. Normativa vigente. El Fondo de Cooperación Local de la Junta de Castilla y León.

Tema 27.– La actividad de fomento en la esfera local. La 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones: Disposiciones comunes a las subvenciones públicas. Requisitos para el otorgamiento de subvenciones. Obligaciones de los beneficiarios. Bases reguladoras para la concesión de subvenciones. Procedimiento de concesión. Justificación de las subvenciones públicas. Comprobación de subvenciones.

Tema 28.– La Ley 16/2010 de Servicios Sociales de Castilla y León: Finalidad y objetivos del sistema de servicios sociales. Las prestaciones del sistema de servicios sociales de responsabilidad pública. Organización territorial y funcional del sistema de servicios sociales.

Tema 29.– La Ley 39/2006 de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de Dependencia: Prestaciones y servicios de promoción de la autonomía personal y atención a la dependencia. Grados de dependencia y su valoración. Reconocimiento del derecho.

Tema 30.– Definición y características del servicio de ayuda a domicilio. Contenido de la prestación.

Tema 31.– Peculiaridades del procedimiento administrativo local. El expediente administrativo. Informes. Desglose de documentos Comunicaciones y notificaciones. Notificaciones en papel y notificaciones a través de medios electrónicos.

Tema 32.– Funcionamiento de los órganos colegiados locales. Convocatoria y orden del día. Actas y certificados de acuerdos.

Tema 33.– Documentación administrativa. Concepto de documento. Registro y archivo. Funciones del registro y del Archivo. Clases de Archivo. Especial referencia al archivo de gestión.

Tema 34.– Análisis documental: documentos oficiales. Formación del expediente. Documentos de apoyo informativo. Criterios de ordenación del Archivo. El Archivo como fuente de información: servicio de archivo.

Tema 35.– Nociones y Principios básicos en materia de prevención de riesgos laborales. Normativa básica reguladora. Derechos y deberes de los trabajadores en materia de prevención de riesgos. Riesgos derivados de la utilización de pantallas de visualización: el Real Decreto 488/1997 de 14 de abril.

Parte Cuarta.– HACIENDA PÚBLICA Y DERECHO TRIBUTARIO.

Tema 36.– El sistema tributario español. Imposición directa e indirecta. Las Haciendas Locales. Clasificación de los ingresos. Ordenanzas fiscales: contenido y procedimiento de aprobación.

Tema 37.– El presupuesto de las Entidades Locales. Estructura y procedimiento de elaboración y aprobación. Desarrollo, ejecución y liquidación del Presupuesto.

Tema 38.– El gasto público local. La gestión del presupuesto de gastos. Fases. Control y fiscalización del gasto.

Parte Quinta.– TEORÍA INFORMÁTICA.

Tema 39.– Informática básica. Principales componentes de un ordenador.

Tema 40.– Sistemas operativos: especial referencia a Windows. El explorador de Windows. Gestión de carpetas y archivos.

Tema 41.– Procesadores de texto: Word. Principales funciones y utilidades. Hojas de cálculo: Excel. Principales funciones y utilidades. Bases de datos: Access. Principales funciones y utilidades.

Tema 42.– La red internet: Conceptos elementales sobre protocolos y servicios en Internet. Navegación, favoritos, historial, búsqueda. Los menús de Internet Explorer y sus funciones.

Tema 43.– Nociones básicas de seguridad informática.

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