Bolsa Personal de Servicios

ORDEN PRE/538/2022, de 23 de mayo, por la que se modifica la Orden PRE/864/2020, de 15 de septiembre, por la que se convoca proceso selectivo para la constitución de la bolsa de empleo temporal de la competencia funcional de Personal de Servicios de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos, y se fija una nueva fecha de corte.

Conforme a lo dispuesto en el Decreto 21/2018, de 26 de julio, por el que se regula la selección del personal funcionario interino y del personal laboral temporal de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos, se dictó la Orden PRE/864/2020, de 15 de septiembre, por la que se convoca proceso selectivo para la constitución de la bolsa de empleo temporal de la competencia funcional de personal de servicios de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos, figurando en su Anexo el baremo de méritos aplicable, en consonancia con lo dispuesto en el artículo 8 de dicho Decreto.

Mediante Orden PRE/962/2020, de 23 de septiembre, publicada en el B.O.C. y L. n.º 205, de 2 de octubre, se delega en el titular de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León la competencia para dictar los actos administrativos de constitución y ordenación de la bolsa de empleo temporal de la competencia funcional de personal de servicios de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos. Asimismo, por Orden PRE/358/2021, de 23 de marzo, se delegó la competencia para dictar los actos administrativos de gestión del llamamiento de la bolsa de empleo temporal de la competencia funcional de personal de servicios de la Administración de la Comunidad de Castilla y León en diversos órganos periféricos en función de las zonificación prevista en la convocatoria, así como la resolución de los recursos administrativos que se interpongan contra cualesquiera de aquellos actos.

En el ejercicio de la competencia delegada señalada en primer término, mediante Resolución de 10 de febrero de 2022, publicada en el B.O.C. y L. de 18 de febrero, de la Gerencia de Servicios Sociales, se aprueban y publican las relaciones definitivas de candidatos y de excluidos de la bolsa de empleo temporal de la competencia funcional de personal de servicios de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos, convocada por Orden PRE/864/2020, de 15 de septiembre.

Con posterioridad a la aprobación y publicación de la relación definitiva de candidatos de la bolsa de empleo temporal, se ha dado publicidad a la Sentencia n.º 770, de 30 de junio de 2021, de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, que ya ha adquirido firmeza, dictada en el Recurso de Apelación n.º 144/2021, seguido contra la Orden PRE/202/2020, de 18 de febrero, por la que se convoca proceso selectivo para la constitución de la bolsa de empleo de la competencia funcional de Auxiliar de Biblioteca, e indirectamente, contra el Decreto 21/2018, de 26 de julio, antes mencionado, entre cuyos pronunciamientos procede a declarar la nulidad de pleno derecho del apartado 2 del artículo 8 del citado Decreto, «en cuanto no se entiende por Administración Pública, a efectos de valorar la experiencia profesional en el mismo cuerpo, escala, especialidad o competencia funcional de la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León o en uno equivalente de otra Administración Pública, la Administración Local.»

A la vista del contenido del fallo de esta sentencia, y en consonancia con el mismo, procede modificar el baremo de méritos de la convocatoria, en el sentido de valorar como mérito en la constitución de la bolsa de empleo, los servicios prestados en la Administración Local y sus Organismos Autónomos en la misma competencia funcional objeto de la convocatoria.

De forma paralela, por parte de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, se ha comunicado que, pese al breve periodo de tiempo que ha transcurrido desde la aprobación de la relación definitiva de candidatos, la bolsa de empleo temporal de esta competencia se ha agotado en algunas zonas y se prevé su agotamiento en otras próximamente, resultando inaplazable y urgente la provisión temporal de numerosos puestos, por lo que procede establecer una nueva fecha de corte, como punto de inicio del procedimiento de reordenación de la bolsa constituida. Por ello, procede avocar competencia delegada a la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León para dictar los actos administrativos de constitución de la bolsa, conforme a lo previsto en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, únicamente y exclusivamente para fijar esta nueva fecha de corte, acumulando ambas cuestiones en el presente acto por razones de economía procesal, modificación de baremo y fijación de una nueva fecha de corte.

En base a lo expuesto, y al amparo de la competencia atribuida por el artículo 5 del Decreto 21/2018, de 26 de julio, por el que se regula la selección del personal funcionario interino y del personal laboral temporal de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos, esta Consejería de la Presidencia,

RESUELVE

Primero.– Modificar el Anexo de la Orden PRE/864/2020, de 15 de septiembre, por la que se convoca proceso selectivo para la constitución de la bolsa de empleo temporal de la competencia funcional de personal de servicios de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos.

El último párrafo del apartado d) del baremo de méritos queda redactado en los siguientes términos:

A los efectos previstos en este baremo, tienen la consideración de Administraciones Públicas la Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas, las Entidades que integran la Administración Local, así como los organismos públicos y entidades de derecho público previstos en la letra a) del apartado 2, del artículo 2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Segundo.– Avocar la competencia delegada a la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León para dictar los actos administrativos de constitución y ordenación de la bolsa de la bolsa, conforme a lo previsto en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, únicamente a los efectos de aprobar una nueva fecha de corte.

Contra el acuerdo de avocación no cabe la interposición de recurso alguno, sin perjuicio de que se pueda impugnar en la resolución del procedimiento.

Tercero.– Establecer el día 4 de julio de 2022, o si este fuera inhábil, el primer día hábil siguiente, como nueva fecha de corte de la bolsa de empleo temporal de la competencia funcional de personal de servicios de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos convocada por Orden PRE/864/2020, de 15 de septiembre.

Formarán parte de esta bolsa de empleo temporal los aspirantes que se encuentren inscritos en la aplicación informática habilitada al efecto en el portal de empleados públicos https://empleopublico.jcyl.es, a la fecha de corte fijada en el apartado anterior y conforme a los datos personales, zonas y méritos alegados a esa fecha, iniciándose el procedimiento de reordenación de la bolsa actualmente constituida.

Aquellos aspirantes que se inscriban con posterioridad a la fecha de corte que ahora se establece formarán parte de los listados de aspirantes que se tengan en cuenta para la siguiente fecha de corte.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Valladolid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, de conformidad con lo establecido en los artículos 8.2 y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Igualmente, con carácter previo y potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante la Consejería de la Presidencia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Valladolid, 23 de mayo de 2022.

El Consejero de la Presidencia,

Fdo.: Jesús Julio Carnero García

¿Cómo me inscribo en las Bolsas?

Ver Oposiciones Personal de Servicios en Academia Irigoyen

Ver publicación en BOCYL 01/06/2022