Oposición Mecánico-Conductor

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RESOLUCIÓN de 28 de enero de 2020, del Concejal Delegado de Planificación y Recursos del Ayuntamiento de Valladolid, relativa a la convocatoria para la provisión, por turno libre y mediante oposición, de 11 plazas de Mecánico-Conductor del Servicio de Extinción de Incendios, Salvamento y Protección Civil, de las que 3 corresponden a la OEP de 2018 y 8 a la OEP de 2019, de la plantilla del Ayuntamiento de Valladolid. Expte.: PER-998/2019.

«Visto el expediente PER-998/2019, relativo a la convocatoria para la provisión, mediante oposición libre, de 11 plazas de Mecánico-Conductor del Servicio de Extinción de Incendios, Salvamento y Protección Civil, de las que 3 corresponden a la Oferta de Empleo Público 2018 y 8 a la Oferta de Empleo Público 2019, en la plantilla del Ayuntamiento de Valladolid, el funcionario que suscribe propone que sea adoptada resolución del tenor literal siguiente

ANTECEDENTES Oposición Mecánico-Conductor

Primero.– Las plazas convocadas se encuentran vacantes e incluidas en las Ofertas de Empleo Público del Ayuntamiento de Valladolid para los años 2018 y 2019, así como en la Relación de Puestos de Trabajo.

Segundo.– En este procedimiento se ha dado cumplimiento al trámite de negociación con la representación de los Empleados Públicos, previsto en el Art. 37 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

FUNDAMENTOS DE DERECHO Oposición Mecánico-Conductor

Primero.– Corresponde la competencia para dictar la presente resolución a la Junta de Gobierno, en virtud de lo establecido en el artículo 127.1.h de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, habiéndose delegado dicha competencia en el Concejal Delegado de Planificación y Recursos, por Acuerdo de fecha 19 de junio de 2019.

Segundo.– La convocatoria se realiza para dar cumplimiento a lo acordado en las Ofertas de Empleo Público del Ayuntamiento de Valladolid para los años 2017 y 2018, aprobadas por la Junta de Gobierno en sus sesiones celebradas, respectivamente, los días 21 de noviembre de 2018 y 6 de noviembre de 2019.

A la vista de lo expuesto RESUELVO:

Primero.– Aprobar las bases específicas que regirán la convocatoria de pruebas selectivas para el acceso a la categoría de Mecánico-Conductor del Servicio de Extinción de Incendios, Salvamento y Protección Civil del Ayuntamiento de Valladolid, encuadrada en la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, clase Servicio de Extinción de incendios, clasificada en el Grupo C, Subgrupo C2 de titulación, de los establecidos en el artículo 76 en relación con la Disposición Transitoria Tercera del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. Dichas bases figuran como Anexo al presente Decreto.

Segundo.– Convocar, en ejecución de las Ofertas de Empleo Público del Ayuntamiento de Valladolid, correspondientes a los ejercicios 2018 y 2019, pruebas selectivas para proveer 11 plazas de la categoría de Mecánico-Conductor del Servicio de Extinción de Incendios, Salvamento y Protección Civil del Ayuntamiento de Valladolid.

Tercero.– El importe de la tasa por derechos de examen es de 6,73 euros, según lo previsto en la base séptima de las Bases generales por las que se rigen los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Valladolid para la selección de personal funcionario, aprobadas por Decreto del Concejal Delegado del Área de Hacienda, Función Pública y Promoción Económica de 7 de septiembre de 2016.

El pago de la tasa se realizará mediante sistema de autoliquidación. Para ello los interesados deberán cumplimentar el cumplimentar el formulario establecido al efecto, que se halla disponible en la sección «Empleo Público» del Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica Oficial del Ayuntamiento de Valladolid (https://www.valladolid.gob.es/es/tablon-oficial/pago-tasas-examen) imprimiendo los tres ejemplares de la autoliquidación: Contribuyente, entidad financiera colaboradora y Ayuntamiento y debiendo adjuntar éste último a la solicitud de participación en el proceso selectivo.

Estarán exentas del pago de la tasa las personas en que a la fecha publicación de la convocatoria de las pruebas selectivas en el Boletín Oficial del Estado concurra alguna de las siguientes circunstancias:

  • a) Las víctimas del terrorismo, el cónyuge y sus ascendientes o descendientes, por naturaleza o adopción. A los efectos del disfrute de esta exención, se equiparará al cónyuge a quien conviva o hubiere convivido con la víctima con análoga relación de afectividad y acredite, en tal sentido, en virtud de certificado expedido al efecto, su inscripción en el Registro de Uniones de Hecho de la Comunidad Autonómica correspondiente. Para la aplicación de esta exención, el sujeto pasivo deberá aportar certificado emitido por el órgano competente del Ministerio del Interior, en el que conste la identificación de la víctima y, en su caso, el parentesco.
  • b) Las que tengan la condición de miembros de familias numerosas conforme a lo establecido en la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas y demás normativas concordantes. Para la aplicación de esta exención el sujeto pasivo deberá aportar certificado o fotocopia compulsada del carné vigente de familia numerosa expedido por el órgano competente.
  • c) Las que tengan la condición de personas discapacitadas, considerándose como tales quienes tengan esta condición legal en grado igual o superior al 33 por 100. Para la aplicación de esta exención deberán aportar certificado o fotocopia compulsada del documentado acreditativo expedido por el órgano competente.
  • d) Las que tengan la condición de desempleadas inscritas como demandantes de empleo en los servicios públicos de empleo con una antigüedad mínima de seis meses. Para la aplicación de esta exención, deberán acreditar este hecho mediante la presentación de certificado de desempleo, emitido por el Instituto Nacional de Empleo o, en su caso, el Servicio Regional de Empleo que corresponda.
  • e) Para las mujeres víctimas de violencia de género. Para la aplicación de esta exención el sujeto pasivo deberá aportar certificado del documentado acreditativo expedido por el órgano competente.

Quienes se hallen en alguna de las situaciones anteriores, no estarán obligados a presentar autoliquidación ante la oficina liquidadora. A los efectos de justificar su exención de la obligación de pago de la tasa deberán aportar junto a su solicitud la documentación acreditativa de la causa de exención del pago de la tasa alegada.

Cuarto.– El orden en que habrán de actuar las personas aspirantes en los ejercicios que no se puedan realizar conjuntamente se iniciará alfabéticamente dando comienzo aquella cuyo primer apellido comience con la letra «Q»; en el supuesto de que no exista ninguna cuyo primer apellido comience por dicha letra, el orden de actuación se iniciará por aquellas cuyo primer apellido comience por la letra «R» y así sucesivamente, según la Resolución, de 15 de marzo de 2019, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, (B.O.E. de 18-3-2019), por la que se hace público el resultado del sorteo a que se refiere el artículo 17 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, que aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.

Quinto.– El plazo de presentación de solicitudes por parte de las personas interesadas en tomar parte en las pruebas selectivas será de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Sexto.– Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes, o bien, directamente, Recurso Contencioso Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid, de conformidad con lo establecido por el artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, contados, en ambos casos, desde el día siguiente al de la publicación del presente Decreto en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid, sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.»

Valladolid, 28 de enero de 2020.

El Concejal Delegado
de Planificación y Recursos, Decreto número 8429, de fecha 2 de diciembre de 2019 Fdo.: Pedro Herrero García

ANEXO I Oposición Mecánico-Conductor

BASES ESPECÍFICAS POR LAS QUE SE REGIRÁ LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS SELECTIVAS PARA EL ACCESO A LA CATEGORÍA DE MECÁNICO-CONDUCTOR DEL SERVICIO DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS, SALVAMENTO Y PROTECCIÓN CIVIL DEL AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

Primera.– Ámbito de Aplicación. Oposición Mecánico-Conductor

Las presentes bases serán de aplicación a las pruebas selectivas convocadas para proveer 11 plazas de Mecánico-Conductor del Servicio de Extinción de Incendios, Salvamento y Protección Civil, vacantes en la plantilla de personal del Ayuntamiento de Valladolid, de las que 3 corresponden a la Oferta de Empleo Público 2018 y 8 a la Oferta de Empleo Público 2019.

A dichas pruebas será de aplicación, asimismo, lo establecido en las Bases generales por las que se regirán los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Valladolid para la selección de personal funcionario, aprobadas por Decreto del Concejal Delegado del Área de Hacienda, Función Pública y Promoción Económica, de fecha 7 de septiembre de 2016 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid de 26 de septiembre de 2016 (B.O.P. n.º 222).

Segunda.– Características de las plazas. Oposición Mecánico-Conductor

Las plazas convocadas corresponde al Grupo C, Subgrupo C2, de los establecidos en el artículo 76 en relación con la Disposición Transitoria Tercera del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y están encuadradas en la escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, clase Servicio de Extinción de Incendios de la plantilla del Ayuntamiento de Valladolid.

Tercera.– Requisitos de los aspirantes. Oposición Mecánico-Conductor

Las personas aspirantes, además de reunir los requisitos exigidos en la base quinta de las Bases generales que rigen los procesos de selección del personal funcionario del Ayuntamiento de Valladolid, deberán reunir los siguientes:

  • a) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado u otra titulación equivalente, al finalizar el plazo de presentación de solicitudes. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.
  • b) Estar en posesión del permiso de conducción de las clases B, C+E con la habilitación vigente para conducción en emergencias de los vehículos incluidos en las clases anteriormente citadas.
  • c) Aportar, junto con la solicitud, certificado médico oficial expedido por facultativo colegiado, que acredite textualmente que «el aspirante no padece enfermedad ni defecto físico que le impida la realización de las pruebas del proceso selectivo». Dicho certificado podrá sustituirse, en su caso, por una declaración responsable de la persona interesada, mediante la que manifieste reunir las condiciones exigidas, al no padecer enfermedad ni defecto físico que lo impida, para la realización de las pruebas físicas establecidas en el Anexo V de las presentes bases, eximiendo a la Administración convocante de cualquier responsabilidad que pudiera derivarse de la realización de dichas pruebas, como consecuencia de la falsedad de los datos contenidos en su declaración. La declaración responsable se presentará conforme al modelo establecido en el Anexo de las presentes bases.
  • d) Aportar una autorización firmada para la realización de las pruebas médicas que figuran en el Anexo II de las presentes bases, que podrán incluir pruebas antidopaje.

Cuarta.– Solicitudes y plazo de presentación. Oposición Mecánico-Conductor

1. Las personas interesadas en participar en el proceso selectivo presentarán su solicitud conforme al modelo oficial que acompaña a la presente convocatoria (Anexo VII).

Dicho modelo podrá obtenerse, asimismo, en las Oficinas de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de Valladolid y, en formato electrónico, a través de internet, en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Valladolid en la sección «Impresos y solicitudes» (https://www.valladolid.gob.es/es/tramites-servicios/impresos-solicitud-tramites) así como en apartado correspondiente a la convocatoria de la sección «Empleo Público» (https://www.valladolid.gob.es/es/tablon-oficial/ayuntamiento-valladolid/empleo-publico).

2. Las solicitudes se dirigirán al Excmo. Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación y se presentarán, preferentemente, en el Registro General del Ayuntamiento de Valladolid. Sin perjuicio de lo anterior, las personas interesadas podrán presentar su solicitud de participación en los procesos selectivos en cualquiera de los lugares y formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En el caso de que se opte por presentar la solicitud ante una oficina de Correos, se hará en sobre abierto, para que la misma sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada.

3. El plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente a aquél en que aparezca publicado el extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

4. Las personas interesadas en participar en los procesos selectivos presentarán, junto con su solicitud, la documentación siguiente:

  • Justificante de haber abonado, en su caso, los derechos de examen.
  • Declaración responsable de que reúnen los requisitos generales y específicos exigidos para tomar parte en el proceso selectivo a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, incorporada en el modelo de solicitud.

Quinta.– Sistema selectivo. Oposición Mecánico-Conductor

El procedimiento de selección de los aspirantes será el de oposición y constará de las siguientes pruebas:

Primera: Pruebas físicas. Oposición Mecánico-Conductor

Segunda: Pruebas teóricas. Oposición Mecánico-Conductor

Tercera: Pruebas prácticas

Cuarta: Reconocimiento médico. Oposición Mecánico-Conductor

1. Pruebas físicas: Se ajustarán a lo especificado en el Anexo V.

2. Pruebas teóricas: Constarán de dos ejercicios, todos ellos eliminatorios, con el contenido siguiente:

  • Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de 50 preguntas que versarán sobre el contenido del grupo I de temas del Programa que figura como Anexo VI a estas bases.
  • El tiempo para la realización de este ejercicio será de 50 minutos.
  • Los cuestionarios estarán compuestos por preguntas con tres respuestas alternativas, siendo una de ellas la correcta.
  • Los cuestionarios incluirán un 10% de preguntas de reserva para posibles anulaciones. Para su desarrollo el órgano de selección ampliará el tiempo máximo para la realización de la prueba en el mismo porcentaje. Las preguntas de reserva sustituirán, en su caso, a aquellas que resultaran anuladas por el mismo orden en que figuren incluidas en el cuestionario.
  • Segundo ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de 50 preguntas que versarán sobre el contenido de los grupos II y III de temas del Programa que figura como Anexo VI a estas bases.
  • El tiempo para la realización de este ejercicio será de 50 minutos.
  • Los cuestionarios estarán compuestos por preguntas con tres respuestas alternativas, siendo una de ellas la correcta.
  • Los cuestionarios incluirán un 10% de preguntas de reserva para posibles anulaciones. Para su desarrollo el órgano de selección ampliará el tiempo máximo para la realización de la prueba en el mismo porcentaje. Las preguntas de reserva sustituirán, en su caso, a aquellas que resultaran anuladas por el mismo orden en que figuren incluidas en el cuestionario.

3. Pruebas prácticas: Consistirán en tres ejercicios, todos ellos de carácter eliminatorio, con el contenido siguiente:

  • Primer ejercicio: Consistirá en la resolución práctica de una avería en un vehículo o máquina del servicio.
  • El tiempo para la realización de esta prueba será de 10 minutos.
  • El aspirante deberá explicar al órgano de selección las acciones que haya realizado para la resolución de la avería.
  • Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de maniobras en zona cerrada.
  • Tercer ejercicio: Consistirá en una prueba de circulación.
  • Tanto las maniobras, como el itinerario de la prueba de circulación y el tiempo máximo para la realización del ejercicio serán determinados por el órgano de selección previamente al comienzo del ejercicio.

4. Reconocimiento médico: Consistirá en la superación de un reconocimiento médico para la comprobación de la aptitud de las personas aspirantes conforme a lo establecido en el Anexo III de la presente convocatoria.

Sexta.– Calificación del proceso selectivo. Oposición Mecánico-Conductor

Las calificaciones para cada una de las pruebas se otorgarán como sigue:

  • a) Pruebas físicas: Se valorará cada una de las pruebas realizadas conforme a lo establecido en el Anexo V. La calificación será de «apto» o «no apto», siendo eliminadas del proceso selectivo aquellas personas que no alcancen la calificación de «apto» en alguna de las pruebas realizadas.
  • b) Pruebas teóricas:
    • Primer ejercicio: Se calificará de 0 a 2 puntos, siendo eliminadas del proceso selectivo aquellas personas que no alcancen una puntuación mínima de 1 punto.
    • En la calificación de este ejercicio cada pregunta contestada correctamente se valorará con 0,04 puntos; la pregunta no contestada, es decir, que figuren las tres letras en blanco o con más de una opción de respuesta penalizará con 0,01 puntos y la pregunta con contestación errónea se penalizará con 0,02 puntos.
    • En caso de anulación de un número de preguntas que suponga que, incluyendo las preguntas de reserva, no se alcanza el total de 50 preguntas válidas, la puntuación de las preguntas acertadas, falladas y no contestadas se ajustará en proporción al número de preguntas válidas (excluidas las de reserva), otorgándose 2 puntos a aquellos ejercicios en que todas las preguntas hayan sido contestadas correctamente, manteniéndose la relación entre la valoración asignada a cada pregunta respondida correctamente a cada pregunta fallada o a cada pregunta en blanco o con más de una opción de respuesta marcada.
    • Segundo ejercicio: Se calificará de 0 a 2 puntos, siendo eliminadas del proceso selectivo aquellas personas que no alcancen una puntuación mínima de 1 punto.
    • En la calificación de este ejercicio cada pregunta contestada correctamente se valorará con 0,04 puntos; la pregunta no contestada, es decir, que figuren las tres letras en blanco o con más de una opción de respuesta penalizará con 0,01 puntos y la pregunta con contestación errónea se penalizará con 0,02 puntos.
    • En caso de anulación de un número de preguntas que suponga que, incluyendo las preguntas de reserva, no se alcanza el total de 50 preguntas válidas, la puntuación de las preguntas acertadas, falladas y no contestadas se ajustará en proporción al número de preguntas válidas (excluidas las de reserva), otorgándose 2 puntos a aquellos ejercicios en que todas las preguntas hayan sido contestadas correctamente, manteniéndose la relación entre la valoración asignada a cada pregunta respondida correctamente a cada pregunta fallada o a cada pregunta en blanco o con más de una opción de respuesta marcada.
    • La calificación final de las Pruebas teóricas vendrá determinada por la media aritmética de las calificaciones obtenidas en los dos ejercicios.
  • c) Pruebas prácticas:
    • Primer ejercicio: Se calificará de 0 a 2 puntos, siendo necesario alcanzar una nota de 1 punto para considerarlo superado.
    • Segundo ejercicio: Se calificará de 0 a 4 puntos, siendo necesario alcanzar una nota de 2 puntos para considerarlo superado.
    • Tercer ejercicio: Se calificará de 0 a 2 puntos, siendo necesario alcanzar una nota de 1 punto para considerarlo superado.
  • Para considerar «APTO» a un aspirante en esta prueba será imprescindible superar cada uno de los ejercicios que la componen.
  • La calificación final de las Pruebas prácticas vendrá determinada por la media aritmética de las calificaciones obtenidas en todos los ejercicios.
  • d) Reconocimiento médico: La calificación de esta prueba será de «apto» o «no apto», siendo eliminadas del proceso selectivo aquellas personas que sean calificadas como «no aptas».

5.3. Calificación definitiva del proceso selectivo. Oposición Mecánico-Conductor

La calificación definitiva del proceso de selección estará determinada, por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición.

El órgano de selección no podrá aprobar ni declarar que han superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes al de plazas convocadas.

Los posibles empates en la puntuación se dirimirán de la siguiente forma: En primer lugar se atenderá a la mejor puntuación obtenida en el segundo ejercicio de la prueba práctica y, si ésta es igual, se atenderá al primer ejercicio de la prueba práctica. De persistir el empate en todos los anteriores criterios, se atenderá a la nota media obtenida en las pruebas teóricas. Por último, en caso de empate en todos los anteriores criterios, se escogerá al aspirante de mayor edad.

Sexta.– Relación de aprobados y presentación de documentos. Oposición Mecánico-Conductor

1. Una vez terminada la calificación de los aspirantes, el Órgano de selección publicará la relación de las personas aprobadas por orden de puntuación y elevará al Excmo. Sr. Alcalde la propuesta de nombramiento como funcionarios en prácticas.

2. Si además de los propuestos para las vacantes existentes, hubiera más aspirantes que hubieran aprobado los ejercicios de la oposición, el Órgano de selección publicará un listado complementario con dichos aspirantes, por orden de puntuación, a los efectos previstos en el párrafo segundo del artículo 61, apartado 8 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

3. Los opositores propuestos presentarán en el Departamento de Gestión de Recursos Humanos, dentro del plazo de veinte días naturales contados a partir de la publicación de la Lista de aprobados, los siguientes documentos:

  • a) Fotocopia y original del DNI, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la nacionalidad en vigor.
  • b) En el caso de cónyuges, o descendientes del cónyuge, de españoles o nacionales de países miembros de la Unión Europea deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea con el que existe este vínculo, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
  • c) Fotocopia y original del permiso de conducción exigido para el acceso a las plazas convocadas.
  • d) Fotocopia y original del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado u otra titulación equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá aportar la documentación acreditativa de su homologación o convalidación.
  • e) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de funciones públicas por resolución judicial. Los nacionales de otros Estados deberán acreditar igualmente no hallarse inhabilitados o en situación equivalente ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso a la función pública.
  • f) Certificado acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el normal ejercicio de la función pública.
  • g) Declaración de no hallarse incurso en alguna de las causas de incompatibilidad previstas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Las personas aspirantes que tuvieran la condición de funcionario público estarán exentas de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar, en su lugar, certificación acreditativa de su condición y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.

4. Si dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor, las personas propuestas no presentaran su documentación o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán ser nombradas y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación en la convocatoria.

Séptima.– Curso selectivo de formación básica y nombramientos. Oposición Mecánico-Conductor

1. Las personas nombradas funcionarias en prácticas seguirán un Curso de Formación Básica, con arreglo al programa que se establezca, debiendo superar las pruebas que en el mismo se señalen.

Las que no superen dichas pruebas decaerán de su derecho a ser nombradas funcionarias de carrera.

Durante el desarrollo del curso de formación las personas admitidas devengarán las retribuciones legales establecidas como funcionarias en prácticas.

2. La calificación definitiva de las personas que hayan sido declaradas aptas en el Curso selectivo vendrá dada por la obtenida en la oposición, elevándose la relación de personas aprobadas por orden de puntuación al Excmo. Sr. Alcalde, para que formule el correspondiente nombramiento como funcionario de carrera.

3. Una vez efectuado el nombramiento, las personas nombradas deberán tomar posesión en el plazo de treinta días hábiles, a contar del siguiente al que les sea notificado el nombramiento. La falta de toma posesión en el plazo indicado, sin causa justificada, conllevará la pérdida de sus derechos en el proceso selectivo.

Octava.– Adjudicación de destinos. Oposición Mecánico-Conductor

La adjudicación de puestos de trabajo se efectuará de acuerdo con las previsiones contenidas en la Base Decimosexta de las bases generales por las que se regirán los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Valladolid para la selección de personal funcionario, aprobadas por Decreto del Concejal Delegado del Área de Hacienda, Función Pública y Promoción Económica, de fecha 7 de septiembre de 2016 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid de 26 de septiembre de 2016 (B.O.P. n.º 222).

ANEXO II Oposición Mecánico-Conductor

PRUEBAS MÉDICAS Oposición Mecánico-Conductor

CUADRO DE EXCLUSIONES CON RELACIÓN AL RECONOCIMIENTO MÉDICO

1.– Obesidad superior o delgadez inferior al 25% del peso ideal, calculado según la formula PI= 0,75 (talla en cm– 150) + 50, en aquellos aspirantes con complexión atlética se aceptará un 40% de exceso de la solución resultante de aplicar la fórmula anterior.

2.– Ojo y visión. Oposición Mecánico-Conductor

  • 2.1. Agudeza visual sin corrección inferior a 1/3 de la escala de Wecker en ambos ojos.
  • 2.2. Desprendimiento de retina.
  • 2.3. Estrabismo.
  • 2.4. Hemianopsias.
  • 2.5. Daltonismo en cualquiera de sus grados.
  • 2.6. Cualquier otro proceso patológico que, a juicio del Órgano de selección Médico, dificulte de manera importante la agudeza visual.

3.– Oído y audición. Oposición Mecánico-Conductor

  • 3.1. Agudeza auditiva que suponga una pérdida entre 1.000 y 3.000 Hertzios a 35 decibelios o de 4.000 hertzios a 45 decibelios.

4.– Aparato locomotor. Oposición Mecánico-Conductor

  • Alteraciones del aparato locomotor que limiten o dificulten el desarrollo de su trabajo, o que puedan agravarse con el desempeño del puesto de trabajo (patología ósea de extremidades, retracciones o limitaciones funcionales de causa muscular o articular, defecto de columna vertebral y otros procesos óseos, musculares y articulares).

5.– Aparato digestivo. Oposición Mecánico-Conductor

  • Cualquier proceso digestivo que dificulte el desempeño del puesto de trabajo.

6.– Aparato Cardiovascular.

  • Hipertensión arterial de cualquier causa, no debiendo sobrepasar las cifras en reposo los 139 mm/Hg en presión sistólica y los 89 mm/Hg en presión diastólica; varices o insuficiencia venosa periférica, así como, cualquier otra patología o lesión cardiovascular que pueda limitar el desempeño del puesto de trabajo.
  • A juicio de los asesores médicos se podrá repetir la prueba cuando concurran circunstancias que así lo aconsejen.

7.– Aparato respiratorio.

  • El asma bronquial, la broncopatía obstructiva, el neumotórax espontáneo (en más de una ocasión) la tuberculosis pulmonar activa y otros procesos del aparato respiratorio, que dificulten el desarrollo de su trabajo.

8.– Sistema nervioso.

  • Epilepsia, depresión, psicosis, temblor de cualquier causa, alcoholismo, toxicomanías y otros procesos patológicos que dificulten el desarrollo de su función.

9.– Piel y faneras.

  • Cicatrices que produzcan limitación funcional y otros procesos que dificulten o limiten el desarrollo de su función.

10.– Otros procesos patológicos.

  • Diabetes, enfermedades transmisibles en actividad, enfermedades inmunológicas sistémicas, intoxicaciones crónicas, hemopatías graves y cualquier otro proceso que limite o incapacite para el desarrollo de su trabajo.

ANEXO V

PRUEBAS DE APTITUD FÍSICA

a) Prueba de fuerza/resistencia tren superior. (Cuerda).

  • El aspirante agarrará con ambas manos la cuerda, por debajo de la marca existente a 2 metros del suelo, y a la señal de inicio, comenzará a trepar por la cuerda con los brazos y sin hacer presa en la cuerda con los pies o piernas, hasta alcanzar con las dos manos la marca situada en la cuerda a 5 metros del suelo, momento en el cual se detendrá el cronómetro.
  • La medición se efectúa directamente a la vista, apoyándose en las marcas previamente colocadas en la cuerda.
  • Se considerará que no es apta la realización cuando no se alcance con ambas manos la marca establecida en el tiempo establecido, cuando se pare para descansar durante el ascenso, o cuando durante el ascenso se ayude de cualquier parte del cuerpo distinta de las manos para bloquearse o impulsarse.
  • Será obligatoria la utilización del equipo de protección individual (arnés y cuerda de seguridad) que el órgano de selección, o los asesores de seguridad (en su caso) determinen para la realización de esa prueba.
  • Para considerar la realización de esta prueba como «apta» además del cumplimiento de las condiciones anteriores, se deberá realizar la misma en un tiempo inferior a los 15” para los aspirantes masculinos, y a los 18” para las aspirantes femeninas.
  • Intentos: Uno.

b) Prueba de resistencia del tren inferior (salto a pies juntos).

  • Disposición: El aspirante se colocará ante una línea de un metro de larga y de 0,05 metros de ancha, marcada en el suelo, paralela al foso de saltos y a una distancia de 0,50 metros del borde anterior del mismo.
  • Ejecución: Cuando se halle dispuesto el aspirante flexionará y extenderá rápidamente el tren inferior para, apoyando los dos pies en el suelo, proyectar el cuerpo hacia adelante y caer en el foso. Está permitido el balance sobre punta-talón del pie o la elevación de talón antes del salto.
  • Medición: Se efectuará desde la parte de la línea más alejada del foso hasta la huella del aspirante más cercana a la línea de partida sobre la arena del foso. La medición será en metros y centímetros.
  • Intentos: Pueden realizarse tres intentos, contabilizándose el mejor.
  • Invalidaciones: El salto debe realizarse con un solo impulso de los pies, contabilizándose como nulo aquél en el que una vez separados los pies del suelo, vuelvan a apoyarse de nuevo para la impulsión definitiva. Es nulo el salto que se produce por el apoyo alternativo y no simultáneo de los pies sobre el suelo. Es nulo el salto en el que el aspirante pise o rebase la línea en el momento de la impulsión.
  • Quedarán eliminados los aspirantes que no consigan superar las marcas establecidas o que realicen tres intentos nulos.
  • Marcas: Para considerar la realización de esta prueba como «apta» deberán alcanzarse, al menos, los 2,30 metros para los aspirantes masculinos, y los 2 metros para las aspirantes femeninas.

c) Prueba de agilidad/velocidad. (Test de Barrow).

  • Consistirá en la realización del circuito que se muestra en la imagen. Se permitirá realizar una única salida nula en la totalidad de este ejercicio (recorridos A y B) quedando eliminados aquellos aspirantes que realicen dos salidas nulas.

  • Posición inicial: De pie al lado del poste y tras la línea de salida.
  • Ejecución: La finalidad de la prueba es recorrer en el menor tiempo posible un circuito en forma de «ocho» delimitado por cinco postes, cuatro de ellos señalando los vértices de un rectángulo de 8,66 por 5 metros, y el quinto en el centro (ver gráfico). Los aspirantes deben completar dos vueltas al circuito, una en cada sentido (recorrido A y B, en el gráfico).
  • El intento se considerará nulo cuando el aspirante:
    • Derriba uno de los postes.
    • Coge uno de los postes para evitar que se caiga.
    • No realiza el recorrido conforme a lo establecido en el gráfico.
  • Medición del tiempo: A la señal de inicio, el aspirante comenzará a realizar el recorrido A conforme a lo establecido en el gráfico, deteniéndose el tiempo una vez concluya este recorrido. Entonces, se le concederá un máximo de 10 segundos para situarse en la salida del recorrido B, y recibirá una nueva señal de inicio para realizar el recorrido B, deteniéndose nuevamente el tiempo a la conclusión de este recorrido. Se sumará el tiempo empleado por los aspirantes en ambos recorridos (A + B), en centésimas, siendo necesario para considerarlo apto que esta suma sea inferior a 27” y 00 centésimas en los aspirantes masculinos e inferior a 30” y 00 centésimas en las aspirantes femeninas.
  • Intentos: Uno.

d) Prueba de resistencia muscular.

  • Consistirá en recorrer la distancia de 1.000 metros en un tiempo máximo de 3’25” para los aspirantes masculinos y de 3’50” para las aspirantes femeninas, arrancando de parado. El cronometraje y reglamentación de esta prueba será la habitual de las pruebas de atletismo.
  • Intentos: Uno.

ANEXO VI

PROGRAMA

Grupo I:

Tema 1. Plan de emergencias del municipio de Valladolid.

Tema 2. Conocimiento del término municipal de Valladolid: Historia.

Tema 3. Conocimiento del término municipal de Valladolid: Monumentos y edificios singulares.

Tema 4. Conocimiento del término municipal de Valladolid: Polígonos industriales, barrios y principales calles y plazas.

Tema 5. Conocimiento del término municipal de Valladolid: Red viaria y ferroviaria, itinerarios y recorridos.

Grupo II:

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Antecedentes, estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Organización territorial del Estado. El Estado de las Autonomías. Su significado.

Tema 2. La Administración local: concepto. Entidades que comprende. Principios constitucionales del Régimen Local español.

Tema 3. El Estatuto de Autonomía de Castilla y León: Organización de la Comunidad y régimen de competencias. Atribuciones de los órganos de gobierno de la Comunidad. El Procurador del Común.

Tema 4. Órganos de Gobierno municipales: El Ayuntamiento Pleno. Atribuciones. La Junta de Gobierno: composición y competencias. El Alcalde: Elección y competencias.

Tema 5. El personal al servicio de la Administración Local: Concepto y clases. Derechos, deberes e incompatibilidades. Régimen disciplinario.

Tema 6. Normativa de seguridad contraincendios. Documento Básico SI (Seguridad en caso de Incendio) del Código Técnico de la Edificación. Reglamento de seguridad contra incendios en edificios industriales. Reglamento de instalaciones de protección contra incendios.

Tema 7. Legislación sobre protección civil a nivel estatal: Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil. Ley 4/2007, de 28 de marzo, de Protección Ciudadana de Castilla y León. Real Decreto 407/1992, de 24 de abril, por el que se aprueba la Norma Básica de Protección Civil.

Tema 8. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Objeto y ámbito de la ley. El principio de igualdad en el empleo público. V Plan Municipal de Oportunidades entre Mujeres y Hombres.

Tema 9. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

Grupo III

Tema 1. Naturaleza del fuego: conceptos básicos. Tipos de combustión. Productos de la combustión.

Tema 2. Medios para la extinción de incendios: Extintores portátiles; Bocas de incendio equipadas; Columnas secas, hidrantes, mangueras y lanzas.

Tema 3. Tipos de vehículos específicos para la extinción de incendios; características, uso y mantenimiento.

Tema 4. Tipos de vehículos específicos para el rescate; en especial autoescalas y autobrazos, características, uso y mantenimiento.

Tema 5. Tipos de bombas usuales en los servicios de extinción de incendios; sus diversos mecanismos, formas de funcionamiento, mantenimiento.

Tema 6. El automóvil. Generalidades y estructura de construcción.

Tema 7. El motor. Constitución y mantenimiento.

Tema 8. Sistema de alimentación en motores de explosión y diésel.

Tema 9. Sistema de escape. Conducción económica y ecológica.

Tema 10. Sistema de lubricación y refrigeración.

Tema 11. Sistemas eléctricos del automóvil. Sistemas de encendido.

Tema 12. Sistema de transmisión.

Tema 13. Ruedas y neumáticos.

Tema 14. Sistema de dirección y suspensión y su mantenimiento.

Tema 15. Sistema de frenado. Nuevas tecnologías.

Tema 16. Elementos y maquinaria accesorios: cabrestantes, material de desatranque, generadores, motobombas, motosierras. Vehículos con tracción total.

Tema 17. El bastidor. La suspensión: muelles y amortiguadores. Averías de la suspensión.

ANEXO VIII

INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA SOLICITUD

1.– Instrucciones Generales:

  • Cumplimente el modelo oficial de solicitud contenido en el Anexo VII.
  • Recuerde que su solicitud debe firmarla y presentarla en registro (excepto si la presentación y pago se hace por correo, en cuyo caso deberá firmarla y presentarla en una Oficina de Correos en sobre abierto, a fin de que por el empleado de Correos se pueda sellar la solicitud).
  • Se le recuerda que, para que su solicitud pueda ser admitida, es imprescindible que marque la casilla relativa a la prestación del consentimiento para la incorporación y tratamiento de sus datos personales. De no hacerlo, su solicitud de participación será excluida del proceso selectivo.

2.– Datos de la Convocatoria:

  • a) Escala/Subescala/Categoría: Deberá indicar la Escala/Subescala/Categoría de las plazas objeto de la convocatoria a la que se presenta, datos que podrá encontrar en la Base segunda de la convocatoria.
  • b) Fecha de publicación de la convocatoria: Deberá indicar la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid.
  • c) Tipo de acceso: Dependiendo de cada caso deberá indicar Turno libre, Turno de discapacidad o Turno de promoción interna (según proceda).
  • d) Idioma extranjero: Sólo deberá cumplimentar esta casilla en caso de participar en procesos selectivos en los que se incluya la realización de una prueba de idiomas. En este caso, deberá indicar el idioma en el que desea realizar la prueba, «francés» o «inglés».
  • e) Discapacidad Tipo/Grado/Adaptación: En el caso de padecer algún tipo de discapacidad se especificará:
  • Tipo: Indique el tipo de discapacidad según el dictamen del órgano competente.
    • Física
    • Física/Psíquica
    • Física/Psíquica/Sensorial
    • Física/Sensorial
    • Psíquica
    • Sensorial
    • Sensorial/Psíquica
  • Grado: El que tenga reconocido, según resolución del órgano competente.
  • Adaptación: Si lo precisa cumplimente la petición concreta de las adaptaciones de tiempo y medios necesaria para la realización de los ejercicios en la que se reflejen sus necesidades específicas.
    • Eliminación de barreras arquitectónicas.
    • Mesa adaptada a la silla de ruedas.
    • Ampliación del tiempo de duración del ejercicio.
    • Aumento del tamaño de los caracteres del examen, por dificultad de visión.
    • Necesidad de intérprete, debido a sordera.
    • Sistema Braille de escritura, por invidente.
    • Otras, especificando cuáles en documento aparte.

3.– Datos personales: Se cumplimentarán los del aspirante. Tenga en cuenta que en el apartado de «Domicilio», en «Tipo Vía», deberá indicarse la que corresponde teniendo en cuenta: AV (Avenida), CL (Calle), PS (Paseo), PA (Plaza).

4.– Requisitos de titulación/competencia funcional reconocida:

  • a) País de expedición del título: Se consignará el país expedidor de la titulación académica que posea el aspirante.
  • b) Nivel académico del aspirante: Se especificará el nivel de titulación que posea (Graduado Escolar, Bachiller, Titulación Universitaria de Primer Ciclo, Titulación Universitaria de Segundo Ciclo, etc.).
  • c) Titulación oficial: Se indicará la denominación del título que posee.

5.– Requisitos profesionales (a cumplimentar únicamente por los participantes por el turno de promoción interna):

  • a) Colectivo/Relación de servicios: En «colectivo» se indicará «funcionario» y en relación de servicios «funcionario de carrera».
  • b) Grupo/Subgrupo/Escala/Subescala: Se consignarán los datos que correspondan en función de la situación personal del solicitante.
  • c) Servicios efectivos prestados: Se cumplimentará con los datos referidos a los servicios efectivos prestados en la escala/subescala desde la que se promociona.

6.– Abono de tasas:

  • a) Deberá acompañar a la solicitud el resguardo original acreditativo de haber realizado el pago de la autoliquidación de la tasa por derechos de examen en la oficina liquidadora sitas en la Plaza de Santa Ana, n.º 6, planta baja. Asimismo, deberán marcar la casilla correspondiente dentro del apartado «Documentos que se acompañan».
  • b) En el caso de disfrutar de alguna exención al pago de la tasa, deberá igualmente presentar el impreso de autoliquidación ante la oficina liquidadora, acompañando a la solicitud el resguardo original acreditativo de dicha presentación, marcando la casilla correspondiente del apartado «Documentos que se acompañan». No obstante, en este caso no será necesario que realice el pago de la tasa, sino sólo la presentación de la autoliquidación, haciendo constar en la misma la causa de exención de que disfrute.
  • A la solicitud de participación en el proceso selectivo se acompañará la documentación acreditativa de la causa de exención del pago de la tasa alegada:
  • Certificado emitido por el órgano competente del Ministerio del Interior, en el que conste la identificación de la víctima del terrorismo y, en su caso, el parentesco de la misma con el solicitante.
  • En caso de que la condición de víctima del terrorismo correspondiera a la pareja de hecho del solicitante, deberá acreditar esta condición, adjuntando a la solicitud certificado de inscripción en el Registro de Uniones de Hecho de la Comunidad Autónoma correspondiente.

ANEXO DEL DECRETO 8429 DE FECHA 2 DE DICIEMBRE DE 2019