Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
Texto extraído íntegramente y sin modificación alguna del Boletín Oficial de Castilla y León Nº 90 (Martes, 14 de Mayo de 2019).¨
CUERDO de 25 de abril de 2019, de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Ávila, por el que se aprueban la convocatoria y las bases reguladoras del procedimiento para la provisión de 8 plazas de Agente de Policía Local (6 mediante oposición libre y 2 –turno de movilidad– mediante concurso oposición libre), vacantes en la plantilla de personal funcionario e incluida en la oferta de empleo público del Ayuntamiento de Ávila del ejercicio 2018.
La Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Avila, por delegación del Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente (Resolución de fecha 30 de junio de 2015), ha acordado en su sesión de fecha 25 de abril del corriente la aprobación de la convocatoria pública de acceso para cubrir en propiedad ocho plazas de Agente de Policía Local vacantes en la Plantilla de Personal Funcionario de esta Corporación, e incluidas en la Oferta de Empleo Público del ejercicio 2018 con arreglo a las siguientes:
BASES Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
Primera.– Objeto y calendario de la convocatoria. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
1.1. Es objeto de la convocatoria la provisión de ocho plazas de la categoría de Agente del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Ávila, pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, clase: Policía Local, clasificadas en el grupo C, subgrupo C1, de los previstos en el artículo 76 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre) y dotadas con el sueldo, trienios, pagas extraordinarias y demás retribuciones que correspondan con arreglo a la legislación vigente.
1.2. El desempeño de estas plazas será incompatible con cualquier actividad remunerada, pública o privada, quedando sometido al régimen de incompatibilidad, con los deberes y obligaciones inherentes y con derecho al percibo de las correspondientes retribuciones complementarias.
1.3. Las plazas se encuentran vacantes e incluidas en la oferta pública de empleo del Ayuntamiento, así como en la relación de puestos de trabajo, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado.
1.4. De las plazas convocadas, dos se reservan al turno de movilidad y podrán ser cubiertas por funcionarios de la misma categoría que pertenezcan a otra plantilla de policía local de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, que se cubrirán mediante concurso-oposición libre.
1.5. El resto de plazas, más las que no se cubran en turno de movilidad, se cubrirán mediante oposición libre.
1.6. El procedimiento selectivo, en sus fases de concurso y oposición, deberá resolverse en un plazo que no podrá exceder de ocho meses. Los solicitantes podrán entender desestimadas sus peticiones transcurrido el tiempo máximo establecido sin que recaiga resolución expresa.
Segunda.– Requisitos de los aspirantes. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
2.1. Para tomar parte en el concurso-oposición en turno libre, será necesario reunir los siguientes requisitos:
- a) Ser español. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
- b) Tener dieciocho años de edad, referida al día en que finalice el plazo de presentación de instancias y no superar la edad que para la jubilación forzosa se determine en la legislación vigente en materia de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
- c) Estar en posesión o en condiciones de obtener la titulación de Bachiller, Formación Profesional Superior, o título equivalente que permita el acceso al grupo C, subgrupo C1, de los previstos en el artículo 76 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre). En el supuesto de invocar título equivalente al exigido, habrá de acompañarse certificado expedido por la autoridad competente en materia educativa, que acredite la equivalencia.
- d) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente las correspondientes funciones.
- e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
- f) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
- g) Tener una estatura mínima de 165 centímetros los hombres y 160 centímetros las mujeres.
- h) Estar en posesión de los permisos de conducir vehículos de motor de las clases A-2 y B.
- i) Presentar declaración jurada de compromiso de portar armas y de utilizarlas en los casos previstos en la ley.
2.2. No existe reserva de plazas para militares profesionales.
2.3. Los aspirantes en turno de movilidad deberán cumplir, además, los siguientes requisitos:
- a) Encontrarse en situación de servicio activo, con categoría de Agente, en un cuerpo de policía local en Castilla y León, con antigüedad mínima de cinco años en el cuerpo de procedencia.
- b) No hallarse en situación de segunda actividad. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
2.4. Todos los requisitos mencionados deberán poseerse en el momento en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
Tercera.– Solicitudes. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
3.1. La solicitud para participar en el proceso selectivo se ajustará al modelo que figura en el Anexo correspondiente. Este modelo de solicitud de participación en pruebas selectivas de Policía Local se puede descargar en el pdf que figura al pie del siguiente enlace:
http://bocyl.jcyl.es/boletines/2016/05/23/pdf/BOCYL-D-23052016-6.pdf Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
3.2. Los solicitantes harán constar la opción por el turno libre o por el de movilidad, siendo excluidas las solicitudes en que opten por ambos o por ninguno.
3.3. Las solicitudes se dirigirán al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Ávila, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al que aparezca el último de los anuncios de la convocatoria, que se publicará íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Boletín Oficial de Castilla y León, y en extracto en el Boletín Oficial del Estado. Se presentarán en la forma prevista en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3.4. De acuerdo con la Ordenanza municipal vigente, los derechos de examen se fijan en la 12,50 €.
Así mismo y de acuerdo con la citada Ordenanza municipal, no se exigirá el pago de los derechos a aquellas personas que acrediten ser demandantes de empleo, a cuyo efecto deberán aportar certificación expedida por la Oficina de Empleo correspondiente de encontrarse en situación de desempleo desde la fecha de la convocatoria –entendiéndose como tal la de la aprobación de la misma por el órgano municipal correspondiente– hasta la fecha de presentación de la solicitud, así como Informe de la vida Laboral a los efectos de justificar no encontrarse en situación de alta en ninguno de los regímenes de la Seguridad Social, tanto de trabajadores por cuenta propia como por cuenta ajena.
Los derechos de examen deberán ingresarse en la cuenta corriente abierta a nombre de «Excelentísimo Ayuntamiento de Ávila. Cuenta restringida cobro derechos de examen» con el número IBAN ES32-2038-7725-20-6400007773 en la Entidad BANKIA, Oficina Principal, con domicilio en la Plaza de Santa Teresa n.º 10 de esta Ciudad.
En la instancia deberá necesariamente acreditarse el ingreso de los derechos de examen, bien con el sello de la Entidad anteriormente citada en cada uno de los ejemplares de aquélla, bien con el resguardo de la transferencia realizada a la cuenta expresada. Conforme la Ordenanza Municipal vigente, si no se hiciesen efectivos los derechos de examen, el solicitante no podrá ser admitido a la convocatoria y se archivará su instancia sin más trámite.
Los derechos de examen abonados sólo podrán ser devueltos en el supuesto de que el solicitante no haya sido admitido a la convocatoria por falta de los requisitos exigidos para tomar parte en la misma. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
No se entenderán como defectos subsanables en la solicitud la ausencia de abono de los derechos de examen en la forma prevista, ni de la acreditación documental del derecho a la exención de su pago. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
3.5. A la solicitud se acompañará: Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
3.5.1. Documentación de carácter general: Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
- a) Copia del Documento nacional de identidad. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
- b) Resguardo acreditativo de haber abonado la tasa en concepto de derechos de examen.
- c) Copia de los permisos de conducir exigidos en la Base segunda. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
- d) Los aspirantes en TURNO DE MOVILIDAD deberán presentar además la relación de méritos que el aspirante alegue para la fase de concurso, con el mismo orden que se cita en las Bases decimoséptima y decimoctava, acompañando los documentos que los acrediten. Cuando el interesado no hubiera podido obtener algún certificado por causa no imputable a él mismo, podrá aportar provisionalmente la solicitud de dichos certificados, debidamente registrada de entrada en el organismo competente. En todo caso, el certificado del mérito correspondiente deberá estar a disposición del tribunal con anterioridad a la sesión de valoración de méritos a que se refiere la Base octava.
3.5.2. Documentación de carácter específico. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
Justificación de exención de abono de derechos de examen, mediante certificación expedida por la Oficina de Empleo correspondiente de encontrarse en situación de desempleo desde la fecha de la convocatoria –entendiéndose como tal la de la aprobación de la misma por el órgano municipal correspondiente– hasta la fecha de presentación de la solicitud, así como informe de la Vida Laboral a los efectos de justificar no encontrarse en situación de alta en ninguno de los regímenes de la Seguridad Social.
Cuarta.– Admisión y exclusión de aspirantes. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
4.1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano municipal competente dictará resolución, aprobando la lista provisional de admitidos y excluidos, que se hará pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, Boletín Oficial de la Provincia y en sede electrónica: avila.es, en los términos que se determine, concediendo un plazo de diez días hábiles a los aspirantes excluidos para reclamar y subsanar, en su caso, los defectos que han motivado su exclusión.
4.2. Transcurrido el plazo para reclamar o subsanar, en su caso, el órgano municipal correspondiente dictará resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos, que se hará pública en el tablón de edictos de la Casa Consistorial y Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica anteriormente señalada.
4.3. Contra dicha resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de Lo Contencioso-Administrativo, con sede en Ávila, en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 10.1 a) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Igualmente, con carácter previo y potestativo, se podrá interponer recurso de reposición ante el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, según lo dispuesto en los artículos 112 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Quinta.– Tribunal calificador. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
5.1. Composición. El Tribunal Calificador estará constituido en la siguiente forma:
Presidente: Un funcionario de carrera. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
Vocales: Un funcionario de carrera de la Junta de Castilla y León, nombrado a propuesta de la Dirección General competente en materia de Policías Locales.
Tres funcionarios de carrera designados por la Corporación. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
Secretario: El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue, que actuará con voz pero sin voto.
Todos los miembros del Tribunal, deberán poseer la misma titulación o superior a la exigida para acceder a las plazas convocadas.
Cada miembro del Tribunal tendrá un suplente. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
La designación de los miembros del Tribunal y de los suplentes se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia, así como en el Tablón de Edictos de la Corporación.
5.2. Previa convocatoria por el presidente, se constituirá el tribunal en el plazo máximo de 30 días a partir de su nombramiento. El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos la mitad de los miembros, titulares o suplentes indistintamente, y en todo caso con la presencia del presidente y secretario o personas que les sustituyan.
5.3. Para las pruebas médicas, psicotécnicas y físicas, el tribunal requerirá los servicios de personal especializado, que emitirá su informe con arreglo a las condiciones de la convocatoria, y a la vista de los cuales el tribunal resolverá. Asimismo podrán nombrarse asesores del tribunal para aquellas materias que estime necesario, que actuarán con voz pero sin voto.
5.4. A efectos de comunicación y demás incidencias, el tribunal tendrá su sede en la Casa Consistorial del Ayuntamiento de Ávila.
Sexta.– Comienzo y desarrollo de los ejercicios.
6.1. Orden de actuación de los aspirantes. Se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «D», de conformidad a la Resolución de 4 de febrero de 2019 de la Viceconsejería de Función Pública y Gobierno Abierto, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración del Estado.
6.2. El día, hora y lugar de realización del primer ejercicio de la fase de oposición será anunciado al menos con diez días naturales de antelación, mediante anuncio en la sede electrónica: www.avila.es, en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento junto con la lista provisional (o definitiva, en su caso). Los anuncios de celebración del segundo y restantes ejercicios se efectuarán por el tribunal en la sede del mismo, al menos con veinticuatro horas de antelación a la señalada para la iniciación de los mismos.
6.3. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, quedando decaídos en sus derechos los aspirantes que no comparezcan a realizarlo a la hora fijada, salvo los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el tribunal, para los que podrá realizarse una convocatoria extraordinaria.
Séptima.– Fase de oposición. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
Constará de varias pruebas y un reconocimiento médico, todos ellos eliminatorios:
7.1. Prueba de aptitud física: Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
Pruebas físicas tendentes a comprobar, entre otros aspectos, las condiciones de equilibrio, velocidad, resistencia y coordinación. Tendrá carácter eliminatorio y se ajustará a las condiciones establecidas en la Base Decimocuarta. La calificación será de «Apto» o «No apto».
7.2. Prueba de conocimientos. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
7.2.1. Prueba de conocimientos para los aspirantes del turno libre: Tendrá carácter eliminatorio y consistirá en contestar por escrito a los siguientes ejercicios:
Ejercicio Primero.– Consistirá en responder por escrito, durante el tiempo que determine el tribunal, a un cuestionario de al menos 50 preguntas tipo test, con cuatro respuestas alternativas, sobre los contenidos de los temas relacionados en el Temario de la Base decimosexta; de las que el 40 por 100 corresponderán a los temas del grupo A, otro 40 por 100 corresponderán a los temas del grupo B y un 20% al grupo C. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
El ejercicio se calificará sobre 10 puntos para el total de respuestas correctas, penalizándose las respuestas erróneas con un tercio del valor de cada respuesta acertada. Las preguntas sin respuesta no penalizarán. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
Los aspirantes que no alcancen 5 puntos serán eliminados definitivamente de la prueba.
Ejercicio Segundo.– Consistirá en responder por escrito, durante un tiempo máximo de 45 minutos al planteamiento de un ejercicio práctico relacionado con los temas de los grupos A y B, del temario de la Base decimosexta. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
El ejercicio se calificará sobre 10 puntos. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
La calificación global de la prueba de los aspirantes no eliminados será la media de las calificaciones de los dos ejercicios, siendo necesario obtener al menos 5 puntos para superarla.
7.2.2. Prueba de conocimientos para los aspirantes a las plazas del turno de movilidad: Tendrá carácter eliminatorio y consistirá en contestar por escrito al siguiente ejercicio:
Responder durante el tiempo que determine el tribunal, a un cuestionario de al menos 20 preguntas tipo test, sobre los contenidos de los temas del grupo C relacionados en la Base decimosexta. Cada pregunta deberá contener cuatro respuestas alternativas.
El ejercicio se calificará sobre 10 puntos para el total de respuestas correctas, penalizándose las respuestas erróneas con un tercio del valor de cada respuesta acertada.
Las preguntas sin respuesta no penalizarán; siendo necesario obtener al menos 5 puntos para superar la prueba.
7.3. Pruebas de aptitud psíquica: Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
Tendrán carácter eliminatorio y consistirán en la contestación de varios cuestionarios ajustados a los requerimientos propios del puesto a desempeñar, en especial las siguientes:
- Prueba de aptitudes. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
-
- Razonamiento verbal. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
- Razonamiento abstracto. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
- Rapidez y precisión perceptiva. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
- Atención y resistencia a la fatiga. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
- Agilidad mental. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
- Memoria visual. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
- Prueba de personalidad: Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
-
- Autocontrol. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
- Estabilidad emocional Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
- Capacidad empática y de manejo de la relación interpersonal. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
- Seguridad en sí mismo. Sentido de la disciplina. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
- Autoridad. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
- Trabajo en equipo. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
- Sociabilidad. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
- Iniciativa. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
- Objetividad. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
- Automotivación. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
Si el Tribunal lo estima pertinente, a propuesta de los técnicos correspondientes, podrá acordarse la celebración de entrevista a alguno/s de los aspirantes.
La calificación de esta prueba será apto y no apto.
Las pruebas de aptitud psíquica se realizarán por personal técnico cualificado. Si el tribunal lo estima pertinente, podrá acordar la celebración de entrevistas a todos o a algunos de los aspirantes, destinadas a contrastar y ampliar los resultados de las pruebas psicotécnicas escritas y para determinar la adecuación del candidato al perfil profesional. El resultado será de «Apto» o «No apto».
7.4. Reconocimiento médico: Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
Tendrá carácter eliminatorio y se ajustará a las consideraciones establecidas en la Base decimoquinta.
El reconocimiento médico se realizará por personal técnico cualificado, que podrá realizar cuantos exámenes y pruebas médicas considere necesarias para determinar el estado de cada aspirante, incluyendo análisis de sangre y orina, pruebas radiológicas, etc. La negativa a la realización de cualquier prueba médica será motivo para la exclusión del proceso selectivo.
Se garantiza la confidencialidad de los resultados. El resultado de la prueba será de «Apto» o «No apto».
Octava.– Fase de concurso. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
Una vez finalizada la fase de oposición, el tribunal procederá a la valoración de los méritos alegados y acreditados por los aspirantes en turno de movilidad, de conformidad con el baremo establecido en las Bases Decimoséptima. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
La puntuación otorgada a cada aspirante en esta fase de concurso se hará pública en el tablón de anuncios de la sede del tribunal.
Esta fase no tiene carácter eliminatorio. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
Novena.– Calificación de las fases de concurso y oposición.
9.1. Turno de movilidad. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
A los aspirantes del turno de movilidad que resulten aptos en las pruebas previstas, se les sumará la calificación del ejercicio de conocimientos a la valoración obtenida en la fase de concurso.
Las vacantes de este turno se adjudicarán a los aspirantes con mayor puntuación. En el caso de empate en la puntuación, accederán a las plazas los aspirantes que tengan más puntos en los méritos preferentes del baremo. De repetirse el empate en el baremo de méritos preferentes, accederán a las plazas los aspirantes que tengan mayor antigüedad.
9.2. Turno libre. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
9.2.1. La calificación definitiva en la Oposición vendrá determinada por la puntuación obtenida en las pruebas de conocimientos, adjudicándose las vacantes a los aspirantes con mayor puntuación. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
9.2.2. En el caso de empate en la puntuación, se adjudicará la plaza al aspirante que obtenga mayor puntuación, por orden de realización.
Décima.– Relación de aprobados y presentación de documentos.
10.1. Terminada la calificación de los aspirantes, el tribunal publicará en los lugares establecidos en la base cuarta, la relación de los aspirantes aprobados, por orden de puntuación, y elevará al Alcalde del Ayuntamiento la propuesta de adjudicación de vacantes, que no podrá rebasar el número de vacantes existentes.
10.2. Si además de los propuestos para las vacantes existentes, hubiera más aspirantes que hubieran aprobado los ejercicios de la oposición, el Tribunal publicará un listado complementario con dichos aspirantes, por orden de puntuación, a los efectos previstos en el párrafo segundo del artículo 61, apartado 8 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre). Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
10.3. Los opositores propuestos presentarán en el Ayuntamiento, dentro del plazo de quince días naturales, contados a partir de la publicación de la lista de aprobados en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, los siguientes documentos: Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
- 1.º– Certificado negativo de antecedentes penales, expedido por el Registro de penados y rebeldes, referido a la fecha de la publicación de la lista de aprobados en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
- 2.º– Declaración responsable de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las comunidades autónomas o a las entidades locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública.
- 3.º– Declaración jurada de compromiso de portar armas y utilizarlas en los casos previstos en la ley.
- 4.º– Título de bachiller, formación profesional superior o título equivalente que permita el acceso al Grupo C, subgrupo C1, de los previstos en el artículo 76 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre).
- 5.º– Permisos de conducir vehículos a motor de las clases A-2 y B.
10.4. Los aspirantes que opten por turno de movilidad presentarán además certificación de servicios previos en el Ayuntamiento de origen y su baja en el mismo.
10.5. Si dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor, los opositores propuestos no presentaran su documentación o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación en la convocatoria.
Undécima.– Curso selectivo de formación básica y nombramientos.
11.1. Los aspirantes aprobados en el turno libre seguirán un curso selectivo de formación básica, organizado por la Dirección General competente en materia de coordinación de policías locales, como funcionarios en prácticas de los ayuntamientos, con arreglo al programa que se establezca, debiendo superar las pruebas que en el mismo se señalen.
11.2. Los aspirantes que acrediten haber realizado el curso selectivo de formación básica en cualquier otra edición, estarán eximidos de realizarlo nuevamente, pudiendo ser nombrados funcionarios de carrera de manera inmediata. Asimismo, podrán ser eximidos del curso selectivo aquellos aspirantes que acrediten formación similar obtenida en otras comunidades autónomas, cuando así sea expresamente reconocido por resolución del Director General competente en materia de coordinación de policías locales.
11.3. Durante el curso los aspirantes admitidos devengarán las retribuciones legales como funcionarios en prácticas, sin perjuicio de las compensaciones que puedan corresponder por gastos extraordinarios (desplazamiento, alojamiento y manutención) que conlleve su estancia en el centro de formación, con cargo al Ayuntamiento.
11.4. La calificación definitiva de los aspirantes en turno libre que hayan sido declarados aptos en el curso selectivo, vendrá dada por la suma de la obtenida en la oposición y la que hayan alcanzado en el curso selectivo de formación básica, elevándose la relación de aprobados por orden de puntuación al órgano municipal correspondiente, para tramitar los nombramientos como funcionarios de carrera de los aspirantes seleccionados.
11.5. La calificación definitiva, para los aspirantes que accedan por turno de movilidad, vendrá dada por la puntuación obtenida en el concurso-oposición, elevándose la relación de aprobados por orden de puntuación, al órgano municipal correspondiente para tramitar el nombramiento como funcionarios de carrera de los aspirantes seleccionados.
11.6. Una vez efectuado el nombramiento, el opositor nombrado deberá tomar posesión en el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el siguiente al que le sea notificado el nombramiento. La falta de toma de posesión en el plazo indicado, sin causa justificada, conllevará la pérdida de los derechos del opositor en el proceso selectivo.
Duodécima.– Incidencias.
El tribunal queda autorizado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del procedimiento en todo lo no previsto en estas bases.
Serán de aplicación general las normas contenidas en el Reglamento de funcionarios de Administración Local, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, que aprueba el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado, Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de administración local, y demás legislación vigente.
Decimotercera.– Recursos.
La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta y de la actuación del tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Decimocuarta.– Desarrollo De Las Pruebas Físicas.
Contenido: Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
- 1.– Prueba de potencia del tren inferior. Salto de longitud con los pies juntos.
- 2.– Prueba de potencia del tren superior. Lanzamiento de Balón Medicinal.
- 3.– Prueba de velocidad. Carrera de 60 metros lisos.
- 4.– Prueba de resistencia muscular. Carrera de 1.000 metros lisos.
- 5.– Natación, 25 metros estilo libre.
CUADRO DE MARCAS DE LAS PRUEBAS FÍSICAS
TURNO LIBRE
MARCA | ||
PRUEBA | HOMBRES | MUJERES |
Potencia tren inferior. Salto de Longitud | 2,30 m | 1,90 m |
Potencia tren superior. Balón medicinal | (Balón de 5 Kg) 6,25 m | (Balón de 3 Kg) 6,25 m |
Velocidad (60 m) | 8”6 | 10”4 |
Resistencia (1000 m) | 3’30” | 4’25” |
Natación (25 m) | 21” | 24” |
TURNO DE MOVILIDAD
HOMBRES | EDAD/MARCA | |||
PRUEBA | Menos de 33 | De 33 a 38 | De 39 a 44 | 45 en adlte. |
Potencia tren inferior. Salto de Longitud | 2,30 m | 2,20 m | 2,10 m | 2,00 m |
Potencia tren superior. Balón medicinal | 6,25 m | 5,75 m | 5,25 m | 4,75 m |
Velocidad (60 m) | 8”6 | 9” | 9”6 | 10” |
Resistencia (1000 m) | 3’30” | 3’45” | 4’05” | 4’25” |
Natación (25 m) | 21” | 22” | 23” | 24” |
MUJERES | EDAD/MARCA | |||
PRUEBA | Menos de 33 | De 33 a 38 | De 39 a 44 | 45 en adlte. |
Potencia tren inferior. Salto de Longitud | 1,90 m | 1,80 m | 1,70 m | 1,60 m |
Potencia tren superior. Balón medicinal | 6,25 m | 5,75 m | 5,25 m | 4,75 m |
Velocidad (60 m) | 10”4 | 10”8 | 11”2 | 11”8 |
Resistencia (1000 m) | 4’25” | 4’40” | 5’00” | 5’20” |
Natación (25 m) | 24” | 25” | 26” | 27” |
DESARROLLO DE LAS PRUEBAS FÍSICAS.
Las pruebas se realizarán siguiendo el orden que determine el tribunal, con apoyo de personal especializado en la materia y de acuerdo con las siguientes reglas:
1.– PRUEBA DE POTENCIA DEL TREN INFERIOR. SALTO DE LONGITUD.
Disposición: El aspirante se colocará ante una línea de 1 metro de larga y de 0,05 metros de ancha, marcada en el suelo, paralela al foso de saltos y a una distancia de 0,50 metros del borde anterior del mismo.
Ejecución: Cuando se halle dispuesto, el aspirante flexionará y extenderá rápidamente el tren inferior para, apoyando los dos pies en el suelo, proyectar el cuerpo hacia adelante y caer en el foso. Está permitido el balance sobre punta-talón del pie o la elevación de talón antes del salto.
Medición: Se efectuará desde la parte de la línea más alejada del foso hasta la huella del aspirante más cercana a la línea de partida sobre la arena del foso. La medición será en metros y centímetros.
Intentos: Pueden realizarse tres intentos, contabilizándose el mejor.
Invalidaciones: El salto debe realizarse con un solo impulso de los pies, contabilizándose como nulo aquél en el que, una vez separados los pies del suelo, vuelvan a apoyarse de nuevo para la impulsión definitiva.
Es nulo el salto que se produce por el apoyo alternativo y no simultáneo de los pies sobre el suelo.
Es nulo el salto en el que el aspirante pise o rebase la línea en el momento de la impulsión.
Quedarán eliminados los aspirantes que no consigan igualar o superar las marcas establecidas o que realicen tres intentos nulos.
Distancia mínima:
En turno libre, hombres: 2,30 metros; mujeres: 1,90 metros.
En turno de movilidad, según cuadro de marcas establecido para cada categoría de edad.
2.– PRUEBA DE POTENCIA DEL TREN SUPERIOR. LANZAMIENTO DE BALÓN MEDICINAL.
Consistirá en lanzar por el aspirante un balón medicinal, sostenido con ambas manos, y con un peso de 5 kg, si se trata de un hombre, y de 3 kg, si se trata de una mujer.
Disposición: El aspirante se colocará frente a una línea marcada en el suelo, de 1 metro de larga por 0,05 metros de ancha, paralela a la zona de lanzamiento, con los pies separados y la punta de los pies a la misma distancia de dicha línea.
Ejecución: Cuando esté dispuesto, el aspirante tomará el balón medicinal con ambas manos y lanzará el mismo, sacándole desde atrás y por encima de la cabeza, enviándole lo más lejos posible. No se podrá tomar carrera pero sí realizar movimientos de balanceo con brazos y cuerpo.
Medición: Se efectuará desde la parte de la línea más alejada de la zona de lanzamiento hasta la primera huella que deje el balón sobre la zona de caída. La medición será en metros y centímetros.
Intentos: Pueden realizarse tres intentos, contabilizándose el mejor.
Invalidaciones: Se considerarán lanzamientos nulos aquellos en los que el aspirante pise o rebase la línea, o cuando no tenga la punta de los pies a la misma distancia de la línea de lanzamiento, o cuando haga su lanzamiento saltando, despegando totalmente cualquiera de los pies o arrastrando cualquiera de los mismos hacia atrás o cuando el aspirante efectúe el lanzamiento con una sola mano.
Distancia mínima:
En turno libre, 6,25 m.
En turno de movilidad, según cuadro de marcas establecido para cada categoría de edad.
3.– CARRERA DE VELOCIDAD DE 60 METROS.
Disposición: El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado para la salida, pudiendo realizarla de pie o agachado, sin tacos.
Ejecución: La propia en una carrera de velocidad, adaptada a los requisitos mínimos en cuanto a condiciones del terreno especificadas en el Reglamento de la Federación.
Internacional de Atletismo Aficionado (FIAA).
Medición: Será manual, con un cronómetro que se pondrá en funcionamiento a la señal de comienzo de la prueba y se detendrá cuando el aspirante traspase la línea de llegada.
(duplicándose/tomándose el más desfavorable).
Intentos: Solamente se permite un intento y dentro del mismo, una salida nula por cada corredor. A la segunda salida nula, el aspirante será eliminado.
Invalidaciones: De acuerdo con el Reglamento de la FIAA, y siempre que se supere el tiempo establecido.
Tiempo máximo:
En turno libre, hombres: 8”6; mujeres: 10”4.
En turno de movilidad, según cuadro de marcas establecido para cada categoría de edad.
4.– CARRERA DE RESISTENCIA MUSCULAR DE 1.000 METROS LISOS.
Disposición: El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado para la salida, pudiendo realizarla de pie o agachado sin tacos.
Ejecución: La propia de este tipo de carreras.
Medición: Será manual, con un cronómetro que se pondrá en funcionamiento a la señal de comienzo de la prueba y se detendrá cuando el aspirante traspase la línea de llegada.
Intentos: Solamente se permite un intento y dentro del mismo, una salida nula por cada corredor. A la segunda salida nula, el aspirante será eliminado.
Invalidaciones: De acuerdo con el Reglamento de la FIAA y siempre que se exceda del tiempo establecido.
Tiempo máximo:
En turno libre, hombres: 3 minutos y treinta segundos (3’30”); mujeres: cuatro minutos y 25 segundos (4’25”).
En turno de movilidad, según cuadro de marcas establecido para cada categoría de edad.
5.– NATACIÓN. 25 METROS ESTILO LIBRE.
Disposición: Los aspirantes podrán efectuar la salida tanto desde el borde desde el que se da la salida como desde dentro de la piscina, en cuyo caso habrá de tocar claramente la pared de dicho borde de salida con una mano o pie.
Ejecución: Una vez dada la salida por el juez de salida, los aspirantes realizarán nadando 25 metros en estilo libre, debiendo tocar claramente el borde de llegada con alguna de las manos.
Medición: Se contabilizará el tiempo invertido.
Intentos: Un solo intento y, dentro del mismo, una salida nula por cada nadador.
Invalidaciones: Se invalidará la prueba y quedará eliminado el aspirante que realice dos salidas nulas o que, aún cuando haya nadado los 25 metros, lo haya hecho sujetándose en alguna parte fija (corchera) o apoyándose en el borde o suelo de la piscina, y siempre que no se hayan nadado dichos metros en el tiempo establecido. En lo no previsto en el presente, se estará a lo dispuesto el Reglamento de la Federación Española de Natación.
Tiempo máximo:
En turno libre, hombres: 21 segundos (21”); mujeres: 24 segundos (24”).
En turno de movilidad, según cuadro de marcas establecido para cada categoría de edad.
Decimoquinta.– Cuadro de exclusiones por consideraciones físicas y médicas para el ingreso en los cuerpos de policías locales.
15.1. Exclusiones físicas. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
15.1.1. Estatura mínima: 1,65 metros los hombres y 1,60 metros las mujeres. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
15.1.2. Perímetro torácico: Diferencia entre máximo – mínimo: 4 cm. o superior. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
15.1.3. Espirometría: Mínima 3.000.Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
15.2. Exclusiones médicas. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
15.2.1. Generales: Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
- Obesidad o delgadez manifiestas que dificulten o incapaciten para el ejercicio de las funciones propias del cargo. Se evaluará a través del Índice de Masa Corporal (IMC) que no debe ser inferior a 18,5 ni superior a 29,9, considerando el IMC como la relación resultante de dividir el peso de la persona expresado en kilos por el cuadrado de la talla expresado en metros.
- En los aspirantes que posean un IMC comprendido entre 25 y 29,9, ambos inclusive, se realizará una medición del perímetro abdominal a la altura del ombligo. Este perímetro no será superior en ningún caso a 102 centímetros en los hombres o a 88 centímetros en las mujeres.
15.2.2. Enfermedades de la piel y los tejidos:
- Psoriasis. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
- Eczema. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
- Cicatrices que produzcan limitación funcional. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
- Otros procesos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten o limiten el desarrollo la función policial.
15.2.3. Enfermedades del aparato digestivo:
- Úlcera gastroduodenal. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
- Cirrosis hepática. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
- Hernias abdominales o inguinales. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
- Pacientes gastrectomizados, colostomizados o con secuelas postquirúrgicas que produzcan trastornos funcionales.
- Enfermedad inflamatoria intestinal (enfermedad de Crohn o colitis ulcerosa).
- Cualquier otro proceso digestivo que a juicio de los facultativos médicos dificulte el desempeño del puesto de trabajo.
15.2.4. Enfermedades del aparato cardiovascular:
- Hipertensión arterial, no debiendo sobrepasar en reposo los 140 mm/Hg de presión sistólica, y los 90 mm/Hg de presión diastólica.
- Varices o insuficiencia venosa periférica.
- Cualquier otra patología o lesión cardiovascular que, a juicio de los facultativos médicos, puedan limitar el desempeño del puesto de trabajo.
15.2.5. Enfermedades del aparato respiratorio:
- Asma bronquial. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
- Broncopatía u otra enfermedad pulmonar obstructiva crónica.
- Neumotórax espontáneo recidivante.
- Tuberculosis pulmonar activa.
- Otros procesos del aparato respiratorio que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten el desarrollo de la función policial.
15.2.6. Enfermedades del aparato locomotor:
- Alteraciones del aparato locomotor que limiten o dificulten el desarrollo de la función policial, o que puedan agravarse, a juicio de los facultativos médicos, con el desempeño del puesto de trabajo: Patología ósea de extremidades, retracciones o limitaciones funcionales de causa muscular o articular, defectos de columna vertebral y otros procesos óseos, musculares y articulares.
15.2.7. Enfermedades del aparato de visión:
- Agudeza visual sin corrección inferior a los dos tercios de la visión normal en cada uno de los ojos.
- Queratotomía radial.
- Estrabismo. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
- Desprendimiento de retina.
- Patología retiniana degenerativa.
- Hemianopsias y alteraciones campimétricas.
- Discromatopsias. Daltonismo en todos sus grados.
- Cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los facultativos médicos, dificulte de manera importante la agudeza visual.
15.2.8. Enfermedad del aparato de la audición:
- Agudeza auditiva que suponga una pérdida entre 1.000 y 3.000 hertzios a 35 decibelios o de 4.000 hertzios a 45 decibelios. Asimismo no podrá existir una pérdida auditiva en las frecuencias conversacionales igual o superior a 30 decibelios.
- Cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los facultativos médicos, dificulte de manera importante la agudeza auditiva.
15.2.9. Enfermedad de la fonación:
- Tartamudez permanente e importante.
15.2.10. Enfermedades del sistema nervioso y trastornos psiquiátricos:
- Epilepsia. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
- Migraña. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
- Depresión. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
- Trastornos de la personalidad. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
- Psicosis. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
- Alcoholismo, toxicomanías y drogodependencias a psicofármacos o a sustancias ilegales.
- Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten el desarrollo de la función policial.
15.2.11. Enfermedades del aparato endocrino:
- Diabetes.
- Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten o limiten el desarrollo de la función policial.
15.2.12. Enfermedades infecciosas y del sistema inmunitario:
- Enfermedades transmisibles en actividad.
- Enfermedades inmunológicas sistémicas.
- Intoxicaciones crónicas.
- Hemopatías graves.
- Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten o limiten el desarrollo de la función policial.
15.2.13. Otros procesos patológicos:
- Cualquier enfermedad, síndrome o proceso patológico que, a juicio de los facultativos médicos, limite o incapacite al aspirante para el ejercicio de la función policial.
Decimosexta.– Temario de la prueba de conocimientos.
TEMARIO
GRUPO A
Tema 1.– El sistema constitucional español. La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido. Principios generales. La reforma de la Constitución Española. El Estado español como Estado Social y Democrático de Derecho.
Tema 2.– Derechos y deberes fundamentales. Derechos y Libertades. Garantías de las libertades y derechos fundamentales. Los principios rectores de la política social y económica. El Tribunal Constitucional. El Defensor del Pueblo.
Tema 3.– Organización política del Estado español. Clase y forma de Estado. La Corona. Las Cortes Generales: Estructura y competencias. Procedimiento de elaboración de las leyes.
Tema 4.– Organización política del Estado español. El poder ejecutivo. El Gobierno y la Administración. El Poder Judicial. Organización judicial española. El Ministerio Fiscal.
Tema 5.– La Organización territorial del Estado. Las comunidades autónomas. Las administraciones locales.
Tema 6.– La Comunidad Autónoma de Castilla y León. Instituciones: las Cortes de Castilla y León, el Presidente y la Junta de Castilla y León. El Estatuto de Autonomía. Idea general de las competencias de la Comunidad Autónoma.
Tema 7.– La administración pública. Derecho administrativo general. Concepto. Fuentes del derecho administrativo: enumeración y clasificación. La jerarquía normativa. Los reglamentos.
Tema 8.– El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos.
Tema 9.– El procedimiento administrativo: principios informadores. Los interesados. Las fases del procedimiento administrativo: iniciación, ordenación, instrucción y terminación. Dimensión temporal del procedimiento.
Tema 10.– Referencia a los procedimientos especiales. Especialidades del procedimiento administrativo local. La revisión de los actos administrativos: de oficio. Recursos administrativos.
Tema 11.– La función pública en general. El Estatuto del empleado público. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios. Situaciones administrativas.
Tema 12.– Los funcionarios de las entidades locales. Organización de la función pública local. Los grupos de funcionarios de la Administración Especial y General de las entidades locales.
Tema 13.– La responsabilidad de la Administración. Fundamentos y clases. La responsabilidad de los funcionarios.
Tema 14.– La Administración Local. Principios constitucionales y regulación jurídica. Entidades que comprende. La provincia: concepto, elementos y competencias. El Municipio: concepto y elementos. El término municipal. La población: especial referencia al empadronamiento.
Tema 15.– La organización del municipio: El ayuntamiento. El alcalde. Los concejales. El pleno. La comisión de gobierno Local. Otros órganos administrativos.
Tema 16.– Funcionamiento y competencias municipales. Los servicios públicos locales y sus formas de gestión. Las formas de actividad de las Entidades Locales. La intervención administrativa en la actividad privada; estudio especial de las licencias municipales. Ordenanzas. Reglamentos y Bandos: Clases, procedimiento de elaboración y aprobación.
Tema 17.– Las fuerzas y cuerpos de seguridad. Clases y competencias. Disposiciones estatuarias comunes.
Tema 18.– Los cuerpos de policía local. Su participación en la seguridad pública. Funciones como policía administrativa, de seguridad y policía judicial. Coordinación con otros cuerpos policiales. Las juntas locales de seguridad.
Tema 19.– Las competencias de tráfico de la policía local. La policía local como policía de proximidad y asistencial.
Tema 20.– Los cuerpos de policía local. Organización y estructura. Estatuto personal: La Ley 9/2003 de coordinación de policías locales de Castilla y León y su desarrollo.
Tema 21.– Los cuerpos de policía local. Derechos y deberes. Sistema de responsabilidad, penal civil y administrativa. Régimen disciplinario.
Tema 22.– Función y deontología policial. Los principios básicos de actuación. Códigos deontológicos para personas encargadas de hacer cumplir la Ley.
GRUPO B
Tema 1.– El procedimiento penal. Principios que lo rigen y clases. Clases y competencias de los Juzgados y tribunales.
Tema 2.– La Policía Judicial. Concepto y funciones. El atestado policial en la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Concepto y estructura.
Tema 3.– Detención: concepto, clases y supuestos. Plazos de detención. Obligaciones del funcionario que efectúa una detención. Contenido de la asistencia letrada. Derecho del detenido. Responsabilidades penales en las que puede incurrir el funcionario que efectúa una detención. El procedimiento de «Habeas Corpus».
Tema 4.– El Código Penal. Las infracciones penales. Personas criminalmente responsables. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.
Tema 5.– Las penas y sus clases. Las medidas de seguridad. La responsabilidad civil derivada de los delitos.
Tema 6.– El homicidio y sus formas. Las lesiones.
Tema 7.– Delitos contra la libertad. Las torturas y otros delitos contra la integridad moral. Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales.
Tema 8.– Delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad. Delitos contra el honor y contra las relaciones familiares.
Tema 9.– Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico. Delitos contra los derechos de los trabajadores.
Tema 10.– Delitos contra la seguridad colectiva. Los incendios. Delitos contra la salud pública. Delitos contra la seguridad vial.
Tema 11.– Delitos cometidos por los funcionarios contra las garantías constitucionales.
Tema 12.– Los delitos de imprudencia con especial relación a los cometidos con vehículos de motor.
Tema 13.– La protección de la seguridad ciudadana: Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo.
Tema 14.– La protección civil en España y en Castilla y León. Normas reguladoras.
Tema 15.– Normativa básica sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Competencias de las Administraciones del Estado y de los Municipios.
Tema 16.– Normas generales de circulación. Circulación de vehículos: velocidad, prioridad de paso, cambio de dirección, cambio de sentido y marcha atrás, adelantamientos, paradas y estacionamientos.
Tema 17.– Cruce de pasos a nivel y puentes levadizos. Utilización del alumbrado. Advertencias de los conductores.
Tema 18.– Señalización: normas generales. Prioridad, formato e idioma de las señales. Clases de señales.
Tema 19.– Autorizaciones administrativas. Autorizaciones para conducir. Autorizaciones relativas a los vehículos.
Tema 20.– Infracciones y sanciones. Medidas cautelares. Procedimiento sancionador en materia de tráfico.
Tema 21.– El estacionamiento regulado de vehículos. Las Ordenanzas O.R.A.
GRUPO C
TEMAS ESPECÍFICOS
Tema 1.– Historia del Municipio de Ávila.
Tema 2.– Patrimonio Histórico y Artístico del Municipio de Ávila.
Tema 3.– Callejero del Municipio de Ávila.
Tema 4.– Ordenanza reguladora de la Ocupación de la Vía Pública.
Tema 5.– Ordenanza de Circulación del término municipal de Ávila.
Tema 6.– Ordenanzas de Convivencia Ciudadana y en materia de drogodependencias del Municipio de Ávila.
Tema 7.– Ordenanza de Animales de Compañía del Ayuntamiento de Ávila.
Tema 8.– Ordenanza de Ruidos y Vibraciones. Ordenanza sobre protección del medio ambiente contra la emisión de humos.
Decimoséptima.– Baremo de méritos para los aspirantes del turno de movilidad.
17.1. MÉRITOS PREFERENTES:
1.– Recompensas:
Su reconocimiento exige la concesión reglamentaria por parte del ayuntamiento, de la Comunidad Autónoma o del Ministerio del Interior. No se valorarán las recompensas o felicitaciones relacionadas con el tiempo de servicios. La puntuación máxima por este apartado será de 2 puntos. La valoración de distinciones o recompensas no incluidas en el cuadro siguiente, serán valoradas por el tribunal motivadamente y siguiendo criterios de analogía con las Medallas al mérito policial de Castilla y León:
TIPO | Punt. Unitaria | Punt. Máxima |
Felicitaciones (Alcalde, Pleno, Comisión) | 0,25 | 0,50 |
Mérito Policial de Castilla y León-Oro individual | 1,00 | 1,00 |
Mérito Policial de Castilla y León-Plata individual | 0,75 | 0,75 |
Mérito Policial de Castilla y León-Oro colectiva | 0,10 | 0,10 |
Mérito Policial de Castilla y León-Plata colectiva | 0,075 | 0,075 |
2.– Conocimientos profesionales:
Se valorará en este apartado el estar en posesión de títulos, diplomas o certificados de conocimientos de relevancia para la profesión policial, tales como criminología, atestados, educación vial, técnica policial, aptitud para el ascenso, etc. Se excluye el Curso de Formación Básica para ingreso en cuerpos de policía local.
Los títulos, diplomas o certificados deberán estar expedidos dentro de los cinco años inmediatamente anteriores a la convocatoria, por entidades públicas (universidades públicas o privadas homologadas, ministerios, Policía Nacional, Guardia Civil, comunidades autónomas o entidades locales) y deberán hacer constar el número de horas o créditos (equivalente cada uno a 10 horas lectivas), la existencia y superación de pruebas de evaluación y el programa general de materias impartidas.
La puntuación máxima en este apartado será de 2 puntos, adecuándose a la siguiente tabla:
DURACIÓN | Puntuación |
Más de 60 créditos o 600 horas | 1,50 |
Más de 20 créditos o 200 horas | 1,00 |
Entre 101 y 200 horas | 0,75 |
Entre 61 y 100 horas | 0,50 |
Entre 31 y 60 horas | 0,25 |
Entre 20 y 30 horas | 0,10 |
3.– Servicios prestados a las administraciones públicas:
Se valorarán los servicios prestados en cualquier administración pública, tanto como funcionario, personal laboral, interino o eventual. Se acreditarán mediante certificación de servicios expedida por la administración de que se trate.
La puntuación máxima será de 2 puntos, de acuerdo con la siguiente tabla:
CLASE DE SERVICIOS | Puntuación por mes |
En fuerzas y Cuerpos de Seguridad | 0,02 |
Otros servicios en Administraciones Públicas relacionados con la profesión policial | 0,01 |
4.– Servicios de protección civil:
Se valorarán los servicios de voluntariado de protección civil, a razón de 0,01 punto por cada 100 horas de servicio, certificadas por el responsable municipal del servicio de protección civil de la localidad en que hayan sido prestadas. La puntuación máxima será de 1 punto.
17.2. MÉRITOS NO PREFERENTES:
5.– Idiomas:
Se valorará el conocimiento de idiomas extranjeros, mediante acreditación de escuelas oficiales de idiomas, centros reconocidos oficialmente u homologado, según R.D. 1629/2006. La puntuación máxima será de 2 puntos, de acuerdo con la siguiente tabla:
NIVEL MARCO COMÚN DE REFERENCIA EUROPEA PARA LENGUAS | Puntos por idioma |
---|---|
B1 intermedio | 0,25 |
B2 intermedio | 0,50 |
C1 usuario competente | 0,75 |
C2 usuario competente | 1,00 |
6.– Socorrismo:
Se valorará estar en posesión de algún título, diploma, certificado o equivalente, expedido o renovado dentro de los cinco años inmediatamente anteriores a la convocatoria, por autoridad competente de cualquier organismo, institución de carácter oficial o legalmente reconocida al efecto, federación deportiva, etc., que certifique y garantice los conocimientos en materia de salvamento, socorrismo, primeros auxilios, socorrismo acuático, etc., de acuerdo con la siguiente tabla. La puntuación máxima en este apartado será de 0,25 puntos.
DIPLOMA O CERTIFICADO | Puntos |
---|---|
Primeros Auxilios | 0,10 |
Primeros Auxilios y soporte vital básico | 0,15 |
Socorrista acuático | 0,10 |
7.– Defensa Personal:
Se valorará estar en posesión de conocimientos en materias de Artes Marciales, amparadas por el Consejo Superior de Deportes, y se valorará mediante la documentación que acredite estar en posesión del cinturón que corresponda. No se valorarán cinturones obtenidos hace más de diez años, salvo que se acredite su renovación o vigencia. La puntuación máxima será de 1 punto, valorándose solamente el de mayor categoría dentro de cada disciplina:
CINTURÓN | Puntos |
---|---|
Naranja o verde | 0,10 |
Azul o marrón | 0,20 |
Negro | 0,45 |
8.– Titulación académica:
Se valorará estar en posesión de titulación superior a la exigida en la convocatoria. La puntuación máxima será de dos puntos. En la misma rama de estudios, solamente se valorará la titulación superior de las obtenidas.
ESTUDIOS | CC. Sociales o Jurídicas | Otras ramas |
---|---|---|
Estudios de primer ciclo (Diplomado, maestro arquitecto técnico o ingeniero técnico) | 0,50 | 0,30 |
Grado | 0,60 | 0,40 |
Estudios de primer y segundo ciclo (licenciado, arquitecto, ingeniero) | 0,70 | 0,50 |
Licenciatura de segundo ciclo (cuando se acredite una licenciatura anterior) | 0,20 | 0,10 |
Máster | 0,70 | 0,50 |
Doctorado | 0,90 | 0,70 |
Ávila, 25 de abril de 2019.
El Tte. Alcalde Delegado,
(Res. 30/05/18) Fdo.: Óscar Arroyo Terrón
DILIGENCIA: Para hacer constar que las transcritas Bases y sus Anexos fueron aprobadas por la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento (P.D./Res. 30/06/15), en sesión celebrada el día 25 de abril de 2019.
Ávila, 25 de abril de 2019.
El Oficial Mayor, Fdo.: Fco. Javier Sánchez Rodríguez