Oposiciones Policía Local Ponferrada Oposiciones Policía Local Ponferrada

RESOLUCIÓN de 25 de marzo de 2019, de la Alcaldía del Ayuntamiento de Ponferrada (León), por la que se aprueba la convocatoria, bases y programa para la provisión en propiedad, mediante oposición libre, de veintidós plazas de Agentes de la Policía Local, correspondiente a la oferta parcial de empleo público de 2019.

«CONVOCATORIA, BASES Y PROGRAMA PARA LA COBERTURA EN PROPIEDAD, MEDIANTE OPOSICIÓN LIBRE DE 22 PLAZAS DE AGENTES DE LA POLICÍA LOCAL, (16 en turno libre y 6 en turno de movilidad) VACANTES EN LA PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DEL AYUNTAMIENTO DE PONFERRADA (León).

Base Primera.– Objeto y calendario de la convocatoria.

1.1. Es objeto de la convocatoria la provisión de (22) veintidós plazas de la categoría de Agente del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Ponferrada (León), pertenecientes a la Escala de Administración Especial; Subescala, Servicios Especiales; clase: Policía Local, clasificadas en el grupo C, subgrupo C1, de los previstos en el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y dotadas con el sueldo, trienios, pagas extraordinarias y demás retribuciones que correspondan con arreglo a la legislación vigente.

1.2. El desempeño de estas plazas será incompatible con cualquier actividad remunerada, pública o privada, quedando sometido al régimen de incompatibilidad, con los deberes y obligaciones inherentes y con el derecho al percibo de las correspondientes retribuciones complementarias.

1.3. Las plazas se encuentran vacantes e incluidas en la Oferta Pública de Empleo de 2018 y Adicional del Ayuntamiento para el ejercicio 2018, así como en la plantilla, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado. Podrá ampliarse el número de plazas de la convocatoria con las vacantes que se produzcan en cada cuerpo de policía local antes de la finalización de la oposición.

1.4. De las plazas convocadas, seis (6) se reservan al turno de movilidad y podrán ser cubiertas, por sistema de concurso-oposición, por funcionarios con categoría de Agente, que pertenezcan a otros cuerpos de Policía Local, conforme determina el artículo 83.1 de las Normas Marco a las que han de ajustarse los Reglamentos de Policía Local de la Comunidad de Castilla y León, aprobadas por Decreto 84/2005, de 10 de noviembre.

1.5. El resto de plazas, más las que no se cubran en turno de movilidad, se cubrirán mediante oposición libre.

1.6. El procedimiento selectivo, deberá resolverse en un plazo que no podrá exceder de ocho meses desde el inicio de las mismas. Los solicitantes podrán entender desestimadas sus peticiones transcurrido el tiempo máximo establecido sin que recaiga resolución expresa.

Base Segunda.– Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para tomar parte en la oposición, turno libre, será necesario reunir los siguientes requisitos:

Ser español. Oposiciones Policía Local Ponferrada Oposiciones Policía Local Ponferrada

Tener dieciocho años de edad, referida al día en que finalice el plazo de presentación de instancias y no superar la edad que para la jubilación forzosa se determine en la legislación vigente en materia de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Oposiciones Policía Local Ponferrada Oposiciones Policía Local Ponferrada

Estar en posesión o en condiciones de obtener la titulación de Bachiller, Formación Profesional de Segundo Grado o título equivalente que permita el acceso al grupo C, subgrupo C1, (Título de Bachiller o Técnico, según TREBEP) de los previstos en el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. En el supuesto de invocar título equivalente al exigido, habrá de acompañarse certificado expedido por la autoridad competente en materia educativa, que acredite la equivalencia. Oposiciones Policía Local Ponferrada Oposiciones Policía Local Ponferrada

Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente las correspondientes funciones.

No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatuarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para Empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.

Tener una estatura mínima de 165 centímetros los hombres y 160 centímetros las mujeres.

Acreditar la aptitud física mediante presentación de un certificado médico extendido en un impreso oficial y firmado por un colegiado en ejercicio, en el que se haga constar expresamente que el/la aspirante reúne las condiciones físicas y sanitarias necesarias y suficientes para la realización de los ejercicios físicos que figuren especificados en la correspondiente prueba de la fase de oposición, así como las determinaciones exigidas respecto a la talla de los/as aspirantes. En todo caso, este certificado médico no excluirá las comprobaciones posteriores que integran la prueba de reconocimiento médico.

Estar en posesión o en condiciones de obtener los permisos de conducir vehículos de motor de las clases: A-2 y B.

Presentar declaración jurada de compromiso de portar armas y de utilizarlas en los casos previstos en la Ley.

2.2. Los aspirantes en turno de movilidad deberán cumplir los siguientes requisitos:

Encontrarse en situación de servicio activo, con categoría de Agente, en un Cuerpo de Policía Local en Castilla y León, con antigüedad mínima de cinco años en el Cuerpo de procedencia.

Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos y no hallarse incapacitado para el ascenso por aplicación del Régimen Disciplinario previsto reglamentariamente.

No hallarse en situación de segunda actividad, ni en condiciones de poder acceder voluntariamente a la misma por razón de edad. Oposiciones Policía Local Ponferrada Oposiciones Policía Local Ponferrada

Estar en posesión de la titulación de Bachiller, Formación Profesional de Segundo Grado o título equivalente que permita el acceso al grupo C, subgrupo C1, (Título de Bachiller o Técnico, según TREBEP) de los previstos en el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. En el supuesto de invocar título equivalente al exigido, habrá de acompañarse certificado expedido por la autoridad competente en materia educativa, que acredite la equivalencia.

Estar en posesión de los permisos de conducir vehículos de motor de las clases: A-2 y B.

2.3. Todos los requisitos mencionados deberán poseerse el momento en que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el nombramiento como funcionario de carrera. Y cuando se trate de requisitos de capacidad para el desempeño de las funciones públicas también éstos deberán preservarse a lo largo de la carrera profesional. Oposiciones Policía Local Ponferrada Oposiciones Policía Local Ponferrada

Base Tercera.– Solicitudes. Oposiciones Policía Local Ponferrada Oposiciones Policía Local Ponferrada

3.1. La solicitud para participar en el proceso selectivo se ajustará al modelo que figura en el ANEXO I.

3.2. Los solicitantes harán constar la opción por el turno libre, por el turno de movilidad, siendo excluidas las solicitudes en que opten por ambos o por ninguno.

3.3. Las solicitudes se dirigirán a la Alcaldía-Presidencia de la Corporación, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al que aparezca el último de los anuncios de la convocatoria, que se publicará íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Boletín Oficial de Castilla y León, y en extracto en el Boletín Oficial del Estado. Se presentarán en la forma prevista en el artículo 16.4) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

3.4. Tasas.– Los derechos de examen, se fijan en la cantidad de 10 euros. Serán satisfechos en la Tesorería de Fondos Municipales, bien en metálico o a través de giro postal o telegráfico, a la siguiente dirección: Ayuntamiento de Ponferrada. Tesorería. Oposición libre plazas de Agentes de la Policía Local, o por el turno de movilidad. No procederá su devolución en ningún caso. La falta de pago, del pago incompleto o de la falta de justificación del pago de la tasa en el plazo de presentación de solicitudes, será causa de exclusión del aspirante, salvo que proceda a su subsanación, en el plazo que se otorgue al efecto, con la aprobación provisional de admitidos y excluidos y las causas de exclusión. Oposiciones Policía Local Ponferrada Oposiciones Policía Local Ponferrada

En ningún caso, la mera acreditación del pago de esta tasa supondrá la sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la instancia solicitando tomar parte en el proceso. No obstante, previa solicitud de la persona interesada, procederá la devolución de la tasa que hubiere satisfecho cuando no se presente la solicitud o se constate abono de mayor cuantía a la exigida en las presentes bases. La exclusión definitiva del proceso selectivo o la no presentación a la realización de alguno de los ejercicios en que consiste la oposición no dará lugar a la devolución de la tasa satisfecha. Oposiciones Policía Local Ponferrada Oposiciones Policía Local Ponferrada

3.5. A la solicitud se acompañará:

3.5.1. Documentación de carácter general:

Copia del Documento Nacional de Identidad.

Resguardo acreditativo de haber abonado la tasa en concepto de derechos de examen.

Certificado médico a que se refiere la base segunda, apartado 1.h) que acredite la talla del/la aspirante y que no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le impida la realización de las pruebas físicas establecidas en estas bases. Oposiciones Policía Local Ponferrada Oposiciones Policía Local Ponferrada

Los/as aspirantes que opten al turno de movilidad, aportarán además una relación de méritos que el/la aspirante alegue para la fase de concurso, por el mismo orden que se cita en las bases (17.ª) decimoséptima, acompañando los documentos que acrediten tales méritos (originales o copias debidamente compulsadas). Cuando el interesado/a no hubiera podido obtener algún certificado por causa no imputable a él mismo, podrá aportar provisionalmente la solicitud del mismo, debidamente registrada de entrada en el organismo competente. En todo caso, el certificado del mérito correspondiente deberá estar a disposición del Tribunal en su primera sesión.

3.5.2. Documentación de carácter específico:

No se exige documentación específica.

Base Cuarta.– Admisión y exclusión de aspirantes.

4.1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Ponferrada dictará resolución, aprobando la lista provisional de admitidos y excluidos, que se hará pública en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, página web del municipal y Boletín Oficial de la Provincia de León, concediendo plazo de diez días hábiles a los/as aspirantes excluidos para reclamar y subsanar, en su caso, los defectos que han motivado su exclusión. En la misma resolución se señalará lugar, fecha y hora de comienzo de los ejercicios y el orden de actuación de los/as aspirantes.

4.2. Transcurrido el plazo para reclamar o subsanar, en su caso, sin que hubiera reclamaciones contra la lista provisional, se entenderá elevada a definitiva sin necesidad de nueva publicación. En otro caso, se abrirá un nuevo plazo de diez días hábiles para la resolución de las reclamaciones y aprobación por la Alcaldía de la lista definitiva de admitidos y excluidos, que se hará pública en el tablón de edictos de la Casa Consistorial, página web del Municipal y Boletín Oficial de la Provincia de León.

4.3. Contra dicha resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 10.1 a) y 14.2 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. Igualmente, con carácter previo y potestativo, se podrá interponer recurso de reposición ante la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, según lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Base Quinta.– Tribunal.

5.1. El Tribunal calificador de la oposición y del concurso-oposición para el turno de movilidad, será designado por el órgano competente del Ayuntamiento y estará compuesto por un número impar de miembros con voto, nunca inferior a cinco, entre los que deberá figurar un Presidente/a y cuatro vocales y en su composición se procurará, de ser ello posible, a la paridad entre hombres y mujeres. Se designará, además, un Secretario/a, funcionario/a público, que actuará con voz y sin voto. Al menos uno de sus miembros deberá ser a propuesta de la Dirección General competente en materia de Policías Locales.

Todos los miembros del Tribunal deberán tener titulación equivalente o superior a las plazas objeto de la convocatoria; si fuesen policías locales, deberán ostentar una categoría equivalente o superior a la de plazas objeto de la convocatoria. En ningún caso el Tribunal podrá estar formado mayoritariamente por funcionarios que desempeñen en el mismo Cuerpo de Policía una plaza igual a la que sea objeto de la convocatoria.

Estará formado por los siguientes miembros:

Tribunal Titular: Oposiciones Policía Local Ponferrada Oposiciones Policía Local Ponferrada

Presidente/a: Oposiciones Policía Local Ponferrada Oposiciones Policía Local Ponferrada

Un funcionario/a designado por la Alcaldía.

Secretario/a: Oposiciones Policía Local Ponferrada Oposiciones Policía Local Ponferrada

Un funcionario/a de carrera del Ayuntamiento.

Vocales: Oposiciones Policía Local Ponferrada Oposiciones Policía Local Ponferrada

Un representante designado por la Agencia de Protección Civil de la Junta de Castilla y León.

Tres funcionarios/as designados/as por la Alcaldía Presidencia.

5.2. La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de los respectivos suplentes y se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, así como en el Tablón de Anuncios y página Web municipal.

5.3. Previa convocatoria por el/la presidente/a, se constituirá el Tribunal, no pudiendo constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos la mitad de los miembros, titulares o suplentes indistintamente, y en todo caso con la presencia del presidente/a y secretario/a o personas que les sustituyan.

5.4. Para las pruebas médicas, psicotécnicas y físicas, el Tribunal requerirá los servicios de personal especializado, que emitirá su informe con arreglo a las condiciones de la convocatoria, y a la vista de los cuales el Tribunal resolverá. Asimismo podrán nombrarse asesores del Tribunal para aquellas materias que estime necesario, que actuarán con voz pero sin voto, los cuales deberán limitarse al ejercicio de su especialidad técnica.

5.5. A los efectos de comunicación y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Ayuntamiento de Ponferrada. Plaza Ayuntamiento, 1 C.P. 24401 Ponferrada (León).

5.6. El Tribunal resolverá todas las dudas que surjan de la aplicación de las normas contenidas en estas bases, y determinará la actuación procedente en los casos no previstos en ellas, en los momentos del procedimiento indicados en las presentes bases.

Los acuerdos del Tribunal, sólo podrán ser impugnados por los interesados en los supuestos y en la forma establecida en la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El Tribunal continuará constituido hasta tanto se resuelvan las reclamaciones planteadas o las dudas que pueda suscitar el procedimiento selectivo.

5.7. Abstención.– Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o en el artículo 13.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

5.8. Recusación. Las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando juzguen que concurren en ellos alguna o varias de las circunstancias señaladas en la precedente base 5.7), siguiéndose para ello el procedimiento establecido en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público. Oposiciones Policía Local Ponferrada Oposiciones Policía Local Ponferrada

5.9. Revisión de las resoluciones del Tribunal Calificador. Las resoluciones del Tribunal Calificador vinculan a la Administración municipal aunque ésta, en su caso, pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en los artículos 106 y siguientes de la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en cuyo caso habrán de practicarse de nuevo las pruebas o trámites afectados por las irregularidades.

Base sexta.– Fase de concurso.

6.1. Una vez constituido el Tribunal, procederá a la valoración de los méritos alegados y acreditados por los/as aspirantes del turno de movilidad, de conformidad con los baremos establecidos en la base decimoséptima.

6.2. La puntuación otorgada a cada aspirante en esta fase de concurso se hará pública en el tablón de anuncios de la Corporación y página web municipal antes de la realización del primer ejercicio de la fase de oposición.

6.3. Esta fase no tiene carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición. Oposiciones Policía Local Ponferrada Oposiciones Policía Local Ponferrada

Base Séptima.– Comienzo y desarrollo de los ejercicios.

7.1. Orden de actuación de los/as aspirantes. El Orden de actuación de los/as aspirantes, en aquellos ejercicios que no puedan realizarse conjuntamente, se iniciará por la letra «Ñ», atendiendo a estos efectos a la ordenación alfabética resultante del listado de aspirantes admitidos, según lo establecido en la Resolución de 11 de abril de 2018, de la Secretaría de Administraciones Públicas (B.O.E., de 14 de abril), por la que se hace público el resultado del sorteo a que se refiere el artículo 17 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.

7.2. En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «Ñ», el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «O», y así sucesivamente.

7.3. El día, hora y lugar de realización del primer ejercicio de la fase de oposición será anunciado al menos con diez días naturales de antelación, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de León, Tablón de Anuncios y página web del Ayuntamiento. Una vez comenzadas las pruebas selectivas no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de las restantes pruebas en el Boletín Oficial de la Provincia, por lo que los anuncios de celebración del segundo y restantes ejercicios se efectuarán por el Tribunal en la sede del mismo, página web municipal y Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, al menos con veinticuatro horas de antelación a la señalada para la iniciación de los mismos.

7.4. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, quedando decaídos en sus derechos los aspirantes que no comparezcan a realizarlo a la hora fijada, salvo los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal, para los que podrá realizarse una convocatoria extraordinaria.

Base Octava.– Fase de oposición.

8.1. Pruebas a realizar. Constará de las siguientes pruebas, todas ellas eliminatorias, con el orden de realización siguiente: Oposiciones Policía Local Ponferrada Oposiciones Policía Local Ponferrada

  • 1.ª– Prueba de aptitud física. (Turno libre y turno de movilidad).
  • 2.ª– Prueba de conocimiento: Cuestionario tipo test. (Turno libre y turno de movilidad).
  • 3.ª– Prueba de conocimiento: Supuesto práctico. (Turno libre).
  • 4.ª– Prueba de aptitud psíquica. (Turno libre y turno de movilidad).
  • 5.ª– Reconocimiento médico. (Turno libre y turno de movilidad).

8.2. Pruebas comunes para los aspirantes del turno de movilidad y del turno libre.

1.– Aptitud física: Pruebas físicas tendentes a comprobar, entre otros aspectos, las condiciones de equilibrio, velocidad, resistencia y coordinación. Tendrá carácter eliminatorio y se ajustará a las condiciones establecidas en la Base decimocuarta. La calificación será de «Apto» o «No apto».

2.– Reconocimiento médico: Tendrá carácter eliminatorio y se ajustará a las condiciones establecidas en la Base decimoquinta. Oposiciones Policía Local Ponferrada Oposiciones Policía Local Ponferrada

El reconocimiento médico se realizará por personal técnico cualificado, que podrá realizar cuantos exámenes y pruebas médicas consideren necesarias para determinar el estado de cada aspirante, incluyendo análisis de sangre y orina, pruebas radiológicas, etc. La negativa a la realización de cualquier prueba médica será motivo para la exclusión del proceso selectivo.

Se garantiza la confidencialidad de los resultados. El resultado de la prueba será de Apto o No apto.

3.– Aptitud psíquica: Estas pruebas tendrán carácter eliminatorio y consistirán en la contestación de varios cuestionarios ajustados a los requerimientos propios del puesto da desempeñar, en especial las siguientes:

Prueba de aptitudes mentales:

  • Razonamiento verbal. Oposiciones Policía Local Ponferrada Oposiciones Policía Local Ponferrada
  • Razonamiento abstracto. Oposiciones Policía Local Ponferrada Oposiciones Policía Local Ponferrada
  • Rapidez y precisión perceptiva.
  • Atención y resistencia a la fatiga.
  • Agilidad mental. Oposiciones Policía Local Ponferrada Oposiciones Policía Local Ponferrada
  • Memoria visual. Oposiciones Policía Local Ponferrada Oposiciones Policía Local Ponferrada

Prueba de personalidad:

  • Autocontrol. Oposiciones Policía Local Ponferrada Oposiciones Policía Local Ponferrada
  • Estabilidad emocional. Oposiciones Policía Local Ponferrada Oposiciones Policía Local Ponferrada
  • Capacidad empática y de manejo de la relación interpersonal.
  • Seguridad en sí mismo. Sentido de la disciplina.
  • Autoridad. Oposiciones Policía Local Ponferrada Oposiciones Policía Local Ponferrada
  • Trabajo en equipo Oposiciones Policía Local Ponferrada Oposiciones Policía Local Ponferrada
  • Sociabilidad. Oposiciones Policía Local Ponferrada Oposiciones Policía Local Ponferrada
  • Iniciativa. Oposiciones Policía Local Ponferrada Oposiciones Policía Local Ponferrada
  • Objetividad Oposiciones Policía Local Ponferrada Oposiciones Policía Local Ponferrada
  • Automotivación.  Oposiciones Policía Local Ponferrada Oposiciones Policía Local Ponferrada

Las pruebas de aptitud psíquica se realizarán por personal técnico cualificado. Si el Tribunal lo estima pertinente, podrá acordar la celebración de entrevistas a todos o a algunos de los aspirantes, destinadas a contrastar y ampliar los resultados de las psicotécnicas escritas y para determinar la adecuación del candidato al perfil profesional. El resultado será de Apto o No opto.

8.3. Pruebas específicas para los aspirantes del turno de movilidad.

Primero.– Responder durante un tiempo de treinta y cinco minutos a un Cuestionario de 20 preguntas tipo test, sobre los contenidos de los temas del grupo C relacionados en la Base Decimosexta.

El ejercicio se calificará sobre 10 puntos.

El Tribunal podrá incluir preguntas de reserva en el número que considere, a contestar dentro de los 20 minutos señalados como período máximo para realizar la prueba.

Cada pregunta deberá contener cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas acertada, considerando ésta como la más correcta en los casos que hubiere varias ciertas, que se puntuará con 0,50 puntos, penalizándose las respuestas erróneas o consideradas menos correctas con -0,166 puntos y con 0 puntos las preguntas sin respuesta.

Las respuestas de las preguntas de reserva se valorarán con idénticos criterios y sólo serán tenidas en cuenta en el caso de anulación de alguna o algunas de las anteriores, según su orden de numeración.

Los aspirantes que no alcancen 5 puntos serán eliminados definitivamente de la prueba.

8.4. Pruebas específicas para los aspirantes de turno libre:

Prueba de conocimientos: Tendrá carácter eliminatorio y consistirá en contestar por escrito a los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio.– Consistirá en responder por escrito, durante el tiempo máximo de 50 minutos a un cuestionario de 50 preguntas tipo test, sobre los contenidos de los temas relacionados en el Temario de la Base Decimosexta; de las que al menos el 40 por ciento, corresponderán a los temas del grupo A; al menos otro 40 por ciento, corresponderán a los temas del grupo B y un máximo de 10 preguntas a los temas del grupo C.

El ejercicio se calificará sobre 10 puntos.

El Tribunal podrá incluir preguntas de reserva en el número que considere, de cualquiera de los tres bloques, a contestar dentro de los 50 minutos señalados como período máximo para realizar la prueba.

Cada pregunta deberá contener cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas acertada, considerando ésta como la más correcta en los casos que hubiere varias ciertas, que se puntuará con 0,2 puntos, penalizándose las respuestas erróneas o consideradas menos correctas con -0,066 puntos y con 0 puntos las preguntas sin respuesta.

Las respuestas de las preguntas de reserva se valorarán con idénticos criterios y sólo serán tenidas en cuenta en el caso de anulación de alguna o algunas de las anteriores, según su orden de numeración.

Los aspirantes que no alcancen 5 puntos serán eliminados definitivamente de la prueba.

Segundo Ejercicio.– Consistirá en desarrollar por escrito, durante un tiempo máximo de 45 minutos al planteamiento de un ejercicio práctico relacionado con los grupos A y B del temario de la Base decimosexta. Si el Tribunal lo considera conveniente, podrá acordar la lectura de este ejercicio en sesión pública. Finalizada la lectura el Tribunal podrá dialogar con el opositor durante un período máximo de ocho minutos sobre cuestiones relacionadas con los supuestos desarrollados.

Cada miembro del Tribunal con derecho a voto otorgará una puntuación comprendida entre cero y diez. Las calificaciones se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del Tribunal y dividiendo el total por el número de asistentes al mismo, siendo el cociente la calificación definitiva. En el caso de que las calificaciones otorgadas por los miembros del Tribunal, en el ejercicio de un opositor, arrojen una diferencia igual o superior a tres puntos, se eliminará la nota más baja y más alta; computándose el resto de puntuaciones, aunque se siga dando la misma circunstancia.

El ejercicio se calificará sobre 10 puntos. Los aspirantes que no alcancen 5 puntos serán eliminados definitivamente de la prueba. Oposiciones Policía Local Ponferrada Oposiciones Policía Local Ponferrada

La calificación global de la prueba de conocimientos los aspirantes no eliminados será la media de las calificaciones de los dos ejercicios.

Base Novena.– Calificación de las fases de concurso y oposición.

Turno de movilidad:

A los aspirantes del turno de movilidad que resulten aptos en las pruebas previstas, se les sumará la calificación del ejercicio de conocimientos y la valoración obtenida en la fase de concurso.

Las vacantes de este turno se adjudicarán a los aspirantes con mayor puntuación.

En el caso de empate en la puntuación, accederá a la plaza el aspirante que tenga más puntos en los méritos preferentes del baremo. De repetirse el empate en el baremo de méritos preferentes, accederán a las plazas los aspirantes que tengan mayor puntuación en la prueba de conocimientos. De continuar el empate, se resolverá por orden de llamamiento en la convocatoria.

Turno libre: Oposiciones Policía Local Ponferrada Oposiciones Policía Local Ponferrada

La calificación de cada aspirante será la calificación global obtenida en la prueba de conocimientos.

Las vacantes de este turno se adjudicarán a los aspirantes con mayor puntuación.

En el caso de empate en la puntuación, se resolverá a favor de quien obtenga mayor puntuación en el ejercicio tipo test de la prueba de conocimientos. De continuar el empate, se resolverá por orden de llamamiento en la convocatoria.

Base Décima.– Relación de aprobados y presentación de documentos.

10.1. Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y página Web municipal, la relación de los/as aspirantes aprobados, por orden de puntuación, no pudiendo rebasar los propuestos el número de vacantes convocadas y elevará a la Alcaldía la propuesta de adjudicación de vacantes, a favor de los/as aspirantes que reúnan los requisitos para ser nombrados como funcionarios/as en prácticas, los/as aspirantes en turno libre y como funcionario de carrera del Ayuntamiento, el/la aspirante por el turno de movilidad.

10.2. Si además de los propuestos para las vacantes existentes, hubiera más aspirantes que hubieran aprobado los ejercicios de la oposición, el Tribunal publicará un listado complementario con dichos aspirantes, por orden de puntuación, a los efectos previstos en el párrafo segundo del artículo 61, apartado 8 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

10.3. Los opositores propuestos presentarán en el Ayuntamiento, dentro del plazo de los veinte días naturales, contados a partir de la publicación de la lista de aprobados en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, los siguientes documentos: Oposiciones Policía Local Ponferrada Oposiciones Policía Local Ponferrada

  • 1.º– Certificado negativo de antecedentes penales, expedido por el Registro de Penados y Rebeldes, referido a la fecha de la publicación de la lista de aprobados en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
  • 2.º– Declaración responsable de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública.
  • 3.º– Declaración jurada comprensiva del compromiso de portar armas y utilizarlas en los casos previstos en la Ley. Oposiciones Policía Local Ponferrada Oposiciones Policía Local Ponferrada
  • 4.º– Título de Bachiller, Formación Profesional Superior o título equivalente, que permita el acceso al Grupo C, Subgrupo C1, de los previstos en el artículo 76 del R.D.L. 5/2015, de 30 de octubre, del Estatuto Básico del Empleado Público.
  • 5.º– Copia de los permisos de conducir exigidos en la base segunda (A-2 y B).

10.4. Los aspirantes que opten por turno de movilidad, presentarán además certificación de servicios previos en el Ayuntamiento de origen y su baja en el mismo.

10.5. Si dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor, los/as aspirantes propuestos no presentaran su documentación o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación en la convocatoria.

Base Undécima.– Curso selectivo de formación básica y nombramientos.

11.1. Los aspirantes aprobados en el turno libre seguirán un Curso selectivo de Formación Básica, organizado por la Escuela Regional de Policía Local, como funcionarios en prácticas del Ayuntamiento, con arreglo al programa que se establezca, debiendo superar las pruebas que en el mismo se señalen.

11.2. Los aspirantes que acrediten haber realizado el Curso selectivo de Formación Básica en cualquier otra edición, estarán eximidos de realizarlo nuevamente, pudiendo ser nombrados funcionarios de carrera de manera inmediata, a cuyo efecto se tomará en consideración la calificación obtenida en el Curso realizado.

11.3. Durante el curso los aspirantes admitidos devengarán las retribuciones legales como funcionarios en prácticas, sin perjuicio de las compensaciones que puedan corresponder por gastos extraordinarios (desplazamiento, alojamiento y manutención) que conlleve su estancia en el centro de formación, con cargo al Ayuntamiento.

11.4. La calificación definitiva de los aspirantes en turno libre vendrá dada por la suma de la obtenida en la oposición y la que hayan alcanzado en el Curso selectivo de Formación Básica, elevándose la relación de aprobados por orden de puntuación a la Alcaldía del Ayuntamiento, para que formule el correspondiente nombramiento como funcionarios de carrera.

11.5. La calificación definitiva, para los aspirantes que accedan por turno de movilidad, vendrá dada por la puntuación obtenida en el concurso-oposición, elevándose la relación de aprobados por orden de puntuación, a la Alcaldía del Ayuntamiento, para que formule el correspondiente nombramiento.

11.6. Una vez efectuado el nombramiento, el opositor nombrado deberá tomar posesión en el plazo de treinta días hábiles, a contar del siguiente al que les sea notificado el nombramiento. Aquél que no tome posesión en el plazo indicado, sin causa justificada, decaerá en todos sus derechos.

Base Duodécima.– Incidencias.

El Tribunal queda autorizado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la oposición, en todo lo no previsto en estas bases.

Serán de aplicación general las normas contenidas en el Reglamento de Funcionarios de Administración Local, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, (B.O.E. 10-4-95) que aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado, Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local, y demás legislación vigente.

Base Decimotercera.– Recursos.

La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, interponiendo directamente recurso Contencioso Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de León, en un plazo de DOS MESES, contados a partir del siguiente al de la última publicación, ya sea en el B.O.P. o B.O.C. y L, o potestativamente, Recurso de Reposición ante el mismo órgano que dictó la resolución, en el plazo de UN MES, contados desde el día siguiente al de la última publicación en los citados boletines oficiales. (Art. 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Base Decimocuarta.– Desarrollo de las pruebas físicas.

Las pruebas se realizarán siguiendo el orden que determine el Tribunal calificador, con apoyo de personal especializado en la materia.

Durante la celebración de esta prueba, el Tribunal, de forma aleatoria, podrá exigir a los aspirantes que se sometan a las pruebas antidopaje precisas conducentes a comprobar si se han consumido estupefacientes o sustancias psicotrópicas u otras análogas, si presentare niveles superiores a los establecidos como máximos admisibles por el Consejo Superior de Deportes u otros organismos competente, será declarado «No Apto» y eliminado del proceso. En el caso de que el control de un resultado positivo, el aspirante podrá solicitar la realización inmediata de un contraanálisis de sus muestras. Si el resultado confirma el positivo, el Tribunal de selección calificará al aspirante como «No Apto».

La negativa de los/as aspirantes a someterse a este tipo de pruebas, determinará igualmente su declaración de «No Apto» y eliminación del proceso.

En el caso de que alguno/a de los/as aspirantes esté recibiendo, por prescripción facultativa, alguna de las sustancias prohibidas y no exista ninguna otra alternativa terapéutica, el médico que haya prescrito esa sustancia deberá elaborar un informe en el que se integrará o adjuntará sus historia clínica, antecedentes, síntomas principales, diagnóstico de la enfermedad, tratamiento y dosis prescritas, pruebas complementarias y sus fechas y recetas médicas. Este informe tendrá una validez de tres meses desde la fecha de su formulación y deberá el/la aspirante aportarlo en el caso de ser seleccionado para realizar el control de dopaje, identificando en ese mismo momento el medicamento tomado. En ningún caso se admitirá la aportación del informe o indicación del fármaco en fecha posterior a la de realización del control antidopaje con resultado positivo.

14.1. Prueba de POTENCIA DEL TREN INFERIOR: Salto de longitud.

  • a.– Disposición: El/la aspirante se colocará ante una línea de 1 metro de larga y de 0,05 metros de ancha, marcada en el suelo, paralela al foso de saltos y a una distancia de 0,50 metros del borde anterior del mismo.
  • b.– Ejecución: Cuando se halle dispuesto, el/la aspirante flexionará y extenderá rápidamente el tren inferior para, apoyando los dos pies en el suelo, proyectar el cuerpo hacia adelante y caer en el foso. Está permitido el balance sobre punta-talón del pie o la elevación de talón antes del salto.
  • c.– Medición: Se efectuará desde la parte de la línea más alejada del foso hasta la huella del aspirante más cercana a la línea de partida sobre la arena del foso. La medición será en metros y centímetros.
  • d.– Intentos: Pueden realizarse tres intentos, contabilizándose el mejor.
  • e.– Invalidaciones: El salto debe realizarse con un solo impulso de los pies, contabilizándose como nulo aquél en el que, una vez separados los pies del suelo, vuelvan a apoyarse de nuevo para la impulsión definitiva. Es nulo el salto que se produce por el apoyo alternativo y no simultáneo de los pies sobre el suelo. Es nulo el salto en el que el aspirante pise o rebase la línea en el momento de la impulsión.
  • Quedarán eliminados los/as aspirantes que no consigan superar las marcas establecidas o que realicen tres intentos nulos.
  • f.– Marcas. Oposiciones Policía Local Ponferrada Oposiciones Policía Local Ponferrada
  • f.1. TURNO LIBRE:
  • Mujeres: Las opositoras serán eliminadas con un salto inferior a 1,90 m.
  • Hombres: Los opositores serán eliminados con un salto inferior a 2,30 m.
  • f.2. TURNO DE MOVILIDAD:
  • Los opositores serán eliminados con saltos inferiores a los establecidos para cada categoría de edad.
ALTOS DE LONGITUD (Pies juntos)
EDAD MUJERES HOMBRES
Menos de 33 años 1,90 2,30
De 33 y hasta 38 años 1,80 2,20
De 39 y hasta 44 años 1,70 2,10
De 45 y más años 1,60 2,00

14.2. Prueba de POTENCIA DEL TREN SUPERIOR: Lanzamiento de balón medicinal.

  • a.– Disposición: El/la aspirante se colocará frente a una línea marcada en el suelo, de 1 metro de larga y de 0,05 metros de ancha, marcada en el suelo, paralela a la zona de lanzamiento, con los pies separados y la punta de los pies a la misma distancia de dicha línea.
  • b.– Ejecución: Cuando esté dispuesto, el/la aspirante tomará el balón medicinal con ambas manos y lanzará el mismo, sacándole desde atrás y por encima de la cabeza, enviándole lo más lejos posible. No se podrá tomar carrera pero sí realizar movimientos de balanceo con brazos y cuerpo.
  • c.– Medición: Se efectuará desde la parte de la línea más alejada de la zona de lanzamiento hasta la primera huella que deje el balón sobre la zona de caída. La medición será en metros y centímetros.
  • d.– Intentos: Pueden realizarse tres intentos, puntuándose el mejor.
  • e.– Invalidaciones: Se considerarán lanzamientos nulos aquellos en los que el/la aspirante pise o rebase la línea, o cuando no tenga la punta de los pies a la misma distancia de la línea de lanzamiento, o cuando haga su lanzamiento saltando, despegando totalmente cualquiera de los pies o arrastrando cualquiera de los mismos hacia atrás o cuando el/la aspirante efectúe el lanzamiento con una sola mano.
  • f.– Marcas.
  • f.1. TURNO LIBRE:
  • Mujeres: Balón medicinal de 3 kg. Las opositoras serán eliminadas con un lanzamiento inferior a 6,25 m.
  • Hombres: Balón medicinal de 5 kg. Los opositores serán eliminados con un lanzamiento inferior a 6,25 m.
  • f.2. TURNO DE MOVILIDAD:
  • Los opositores serán eliminados con lanzamientos inferiores a los establecidos para cada categoría de edad.
LANZAMIENTO DE BALÓN MEDICINAL
EDAD MUJERES HOMBRES
Menos de 33 años 6,25 6,25
De 33 y hasta 38 años 5,75 5,75
De 39 y hasta 44 años 5,25 5,25
De 45 y más años 4,75 4,75

14.3. Prueba de VELOCIDAD (Carrera de 60 metros lisos):

  • a.– Disposición: El/la aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado, pudiendo realizar la salida de pie o agachado, sin tacos de salida.
  • b.– Ejecución: La propia en una carrera de velocidad, adaptada a los requisitos mínimos en cuanto a condiciones del terreno especificadas en el Reglamento de la Federación Internacional de Atletismo Aficionado (FIAA).
  • c.– Medición: La toma de tiempos se realizará preferentemente mediante cronometrajes electrónicos, aunque podrá ser manual, duplicándose los cronos por cada calle, tomándose como válido, el tiempo medio de los dos medidos. Los tiempos deberán leerse en segundos y décimas de segundo. Si se utilizan cronómetros de centésimas de segundo con lectura digital, los tiempos que terminen en más de cinco en el segundo decimal, se convertirán a la próxima décima de segundo mayor.
  • Los tiempos mínimos de esta prueba, señalados en el apartado (f.), se incrementarán en tres décimas, en caso de que la toma de tiempos se realice con medios electrónicos y foto finish.
  • d.– Intentos: Solamente se permite un intento y dentro del mismo, una salida nula por cada corredor. A la segunda falta, el aspirante será eliminado.
  • e.– Invalidaciones: De acuerdo con el Reglamento de la FIAA y siempre que se haya superado el tiempo establecido.
  • f.– Marcas.
  • f.1. TURNO LIBRE:
  • Mujeres: Las opositoras serán eliminadas con un tiempo superior a 10 segundos y 4 décimas (10,4”).
  • Hombres: Los opositores serán eliminados con un tiempo superior a 8 segundos y 6 décimas (8,6”).
  • f.2– TURNO DE MOVILIDAD:
  • Los opositores serán eliminados con tiempos superiores a los establecidos para cada categoría de edad.
CARRERA DE VELOCIDAD (60 metros)
EDAD MUJERES HOMBRES
Menos de 33 años 10,4” 8,6”
De 33 y hasta 38 años 10,8” 9,0”
De 39 y hasta 44 años 11,2” 9,6”
De 45 y más años 11,8” 10,0”

14.4. Prueba de RESISTENCIA MUSCULAR (carrera de 1.000 metros lisos):

  • a.– Disposición: El/la aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado para la salida, pudiendo realizarla de pie o agachado sin tacos.
  • b.– Ejecución: La propia de este tipo de carreras sobre 1.000 metros, adaptada a los requisitos mínimos en cuanto a condiciones del terreno especificadas en el Reglamento de la Federación Internacional de Atletismo Aficionado (FIAA), pudiendo correr los/as opositores/as por calle libre desde el momento de la salida.
  • c.– Medición: La toma de tiempos se realizará en minutos y segundos, a través de cronometrajes preferentemente electrónicos, aunque podrá ser manual, duplicándose los cronos por cada calle, tomándose como válido, el tiempo medio de los dos medidos.
  • d.– Intentos: Solamente se permite un intento y dentro del mismo, una salida nula por cada corredor. A la segunda falta, el aspirante será eliminado.
  • e.– Invalidaciones: Cuando un mismo corredor realice dos salidas falsas o por excederse del tiempo establecido.
  • f.– Marcas.
  • f.1. TURNO LIBRE:
  • Mujeres: Las opositoras serán eliminadas con un tiempo superior a 4 minutos y 25 segundos (4’ 25”).
  • Hombres: Los opositores serán eliminados con un tiempo superior a 3 minutos y 30 segundos (3’ 30”).
  • f.2. TURNO DE MOVILIDAD: Los/as opositores/as serán eliminados/as con tiempos superiores a los establecidos para cada categoría de edad.
CARRERA DE RESISTENCIA (1.000 metros)
EDAD MUJERES HOMBRES
Menos de 33 años 4’25” 3’30”
De 33 y hasta 38 años 4’40” 3’45”
De 39 y hasta 44 años 5’00” 4’05”
De 45 y más años 5’20” 4’25”

14.5. Prueba de NATACIÓN (25 metros estilo libre).

  • a.– Disposición: Los/as aspirantes podrán efectuar la salida desde el borde de salida o desde dentro de la piscina. En este caso deberá tocarse claramente la pared de dicho borde de salida con una mano o pie.
  • b.– Ejecución: Una vez dada la salida, por el juez de salida, los aspirantes realizarán nadando 25 metros en estilo libre, debiendo tocar claramente el borde de llegada con alguna de las manos.
  • c.– Medición: Manual. Se contabilizará el tiempo invertido. La medición se realizará en segundos.
  • d.– Intentos: Solamente se permite un intento y dentro del mismo, una salida nula por cada nadador.
  • e.– Invalidaciones: Se invalidará la prueba y quedará eliminado el aspirante que realice dos salidas nulas o que, aún cuando haya nadado los 25 metros, lo haya hecho sujetándose en alguna parte fija (corchera) o apoyándose en borde o suelo de la piscina y siempre que no se hayan nadado dichos 25 metros en el tiempo establecido.
  • f.– Marcas.
  • f.1. TURNO LIBRE:
  • Mujeres: Las opositoras serán eliminadas con un tiempo superior a 24 segundos.
  • Hombres: Los opositores serán eliminados con un tiempo superior a 21 segundos.
  • f.2. TURNO DE MOVILIDAD:
  • Los/as opositores/as serán eliminados/as con tiempos superiores a los establecidos para cada tramo de edad.
NATACIÓN (25 metros estilo libre)
EDAD MUJERES HOMBRES
Menos de 33 años 24” 21”
De 33 y hasta 38 años 25” 22”
De 39 y hasta 44 años 26” 23”
De 45 y más años 27” 24”

Base Decimoquinta.– Cuadro de exclusiones por consideraciones físicas y médicas para el ingreso en los cuerpos de Policías Locales.

Para los diagnósticos establecidos en esta Base se tendrán en cuenta los criterios de las sociedades médicas de las especialidades correspondientes.

Todas estas exclusiones se garantizarán con las pruebas complementarias necesarias para el diagnóstico.

15.1. Exclusiones físicas.

  • Estatura mínima: Hombres: 1,65 metros y 1,60 metros las mujeres.
  • Perímetro torácico: Diferencia entre máximo – mínimo: 4 cm o superior.
  • Espirometría: Mínima 3.000.

15.2. Exclusiones médicas.

15.2.1. Generales:

  • Obesidad o delgadez manifiestas que dificulten o incapaciten para el ejercicio de las funciones propias del cargo. Se evaluará a través del Índice de Masa Corporal (IMC) que no debe ser inferior a 18,5 ni superior a 29,9, considerando el IMC como la relación resultante de dividir el peso de la persona expresado en kilos por el cuadrado de la talla expresado en metros.
  • En los aspirantes que posean un IMC comprendido entre 25 y 29,9 ambos inclusive, se realizará una medición del perímetro abdominal a la altura del ombligo. Este perímetro no será superior en ningún caso a 102 centímetros en los hombres o a 88 centímetros en las mujeres.

15.2.2. Enfermedades de la piel y los tejidos:

  • Eczema.
  • Cicatrices que produzcan limitación funcional.
  • Otros procesos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten o limiten el desarrollo de la función policial.

15.2.3. Enfermedades del aparato digestivo:

  • Úlcera gastroduodenal.
  • Cirrosis hepática.
  • Hernias abdominales o inguinales.
  • Pacientes gastrectomizados, colostomizados o con secuelas postquirúrgicas que produzcan trastornos funcionales.
  • Enfermedad inflamatoria intestinal (enfemedad de Crhon o colitis ulcerosa).
  • Cualquier otro proceso digestivo que, a juicio de los facultativos médicos dificulte el desempeño del puesto de trabajo.

15.2.4. Enfermedades del aparato cardiovascular:

  • Hipertensión arterial de cualquier causa, no debiendo sobrepasar las cifras en reposo los 140 mm/Hg de presión sistólica, y los 90 mm/Hg de presión diastólica.
  • Varices o insuficiencia venosa periférica.
  • Cualquier otra patología o lesión cardiovascular que, a juicio de los facultativos médicos, puedan limitar el desempeño del puesto de trabajo.

15.2.5. Enfermedades del aparato respiratorio:

  • Asma bronquial.
  • Brocopatía u otra enfermedad pulmonar obstructiva crónica.
  • Neumotórax espontáneo recidivante.
  • Tuberculosis pulmonar activa.
  • Otros procesos del aparato respiratorio que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten el desarrollo de la función policial.

15.2.6. Enfermedades del aparato locomotor:

  • Alteraciones del aparato locomotor que limiten o dificulten el desarrollo de la función policial, o que puedan agravarse, a juicio de los facultativos médicos, con el desempeño del puesto de trabajo: Patología ósea de extremidades, retracciones o limitaciones funcionales de causa muscular o articular, defecto de columna vertebral y otros procesos óseos, musculares y articulares.

15.2.7. Enfermedad del aparato de visión:

  • Agudeza visual sin corrección inferior a los dos tercios de la visión normal en cada uno de los ojos.
  • Queratotomía radial.
  • Estrabismo.
  • Desprendimiento de retina.
  • Patología retiniana degenerativa.
  • Hemianopsias y alteraciones campimétricas.
  • Discromatopsias. Daltonismo en todos su grados.
  • Cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los facultativos médicos, dificulte de manera importante la agudeza visual.

15.2.8. Enfermedad del aparato de la audición:

  • Agudeza auditiva que suponga una pérdida entre 1.000 y 3.000 Hertzios a 35 decibelios o de 4.000 Hertzios a 45 decibelios. Asimismo no podrá existir una pérdida auditiva en las frecuencias conversacionales igual o superior a 30 decibelios.
  • Cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los facultativos médicos, dificulte de manera importante la agudeza auditiva.

Enfermedad de la fonación:

  • Tartamudez permanente e importante.

Enfermedades del sistema nervioso y trastornos psiquiátricos:

  • Epilepsia. Oposiciones Policía Local Ponferrada Oposiciones Policía Local Ponferrada
  • Migraña. Oposiciones Policía Local Ponferrada Oposiciones Policía Local Ponferrada
  • Depresión. Oposiciones Policía Local Ponferrada Oposiciones Policía Local Ponferrada
  • Trastorno de la personalidad.
  • Psicosis. Oposiciones Policía Local Ponferrada Oposiciones Policía Local Ponferrada
  • Alcoholismo, toxicomanías y drogodependencias a psicofármacos o a sustancias ilegales.
  • Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten el desarrollo de la función policial. Oposiciones Policía Local Ponferrada Oposiciones Policía Local Ponferrada

Enfermedades del aparato endocrino:

  • Procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten o limiten el desarrollo de la función policial. Oposiciones Policía Local Ponferrada Oposiciones Policía Local Ponferrada

Enfermedades infecciosas y del sistema inmunitario:

  • Enfermedades transmisibles en actividad.
  • Enfermedades inmunológicas sistémicas.
  • Intoxicaciones crónicas.
  • Hemopatías graves. Oposiciones Policía Local Ponferrada Oposiciones Policía Local Ponferrada
  • Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, limite o incapacite para el desarrollo de la función policial.

Otros procesos patológicos:

  • Cualquier enfermedad, síndrome o proceso patológico que, a juicio de los facultativos médicos, limite o incapacite al aspirante para el ejercicio de la función policial.

Base Decimosexta.– Temario de la prueba de conocimientos.

TEMARIO: Oposiciones Policía Local Ponferrada Oposiciones Policía Local Ponferrada

GRUPO A: Oposiciones Policía Local Ponferrada Oposiciones Policía Local Ponferrada

Tema 1.– El sistema constitucional español. La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido. Principios generales. La reforma de la Constitución Española. El Estado español como Estado Social y Democrático de Derecho.

Tema 2.– Derechos y deberes fundamentales. Derechos y Libertades. Garantías de las libertades y derechos fundamentales. Los principios rectores de la política social y económica. El Tribunal Constitucional. El Defensor del Pueblo. Oposiciones Policía Local Ponferrada Oposiciones Policía Local Ponferrada

Tema 3.– Organización política del Estado español. Clase y forma de Estado. La Corona. Las Cortes Generales: Estructura y competencias. Procedimiento de elaboración de las leyes.

Tema 4.– Organización política del Estado español. El poder ejecutivo. El Gobierno y la Administración. El Poder Judicial. Organización judicial española. El Ministerio Fiscal.

Tema 5.– La Organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Las administraciones locales.

Tema 6.– La Comunidad Autónoma de Castilla y León. Instituciones: las Cortes de Castilla y León, el Presidente y la Junta de Castilla y León. El Estatuto de Autonomía. Idea general de las competencias de la Comunidad Autónoma.

Tema 7.– La administración pública. Derecho administrativo general. Concepto. Fuentes del derecho administrativo: enumeración y clasificación. La jerarquía normativa. Los reglamentos.

Tema 8.– El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos.

Tema 9.– El procedimiento administrativo: principios informadores. Los interesados. Las fases del procedimiento administrativo: iniciación, ordenación, instrucción y terminación. Dimensión temporal del procedimiento.

Tema 10.– Referencia a los procedimientos especiales. Especialidades del procedimiento administrativo local. La revisión de los actos administrativos: de oficio. Recursos administrativos.

Tema 11.– La función pública en general. El Estatuto del empleado público. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios. Situaciones Administrativas.

Tema 12.– Los funcionarios de las entidades locales. Organización de la función pública local. Los grupos de funcionarios de la Administración Especial y General de las entidades locales.

Tema 13.– La responsabilidad de la Administración. Fundamentos y clases. La responsabilidad de los funcionarios.

Tema 14.– La Administración Local. Principios constitucionales y regulación jurídica. Entidades que comprende. El Municipio: concepto y elementos. El término municipal. La población: especial referencia al empadronamiento.

Tema 15.– La organización del Municipio. El Ayuntamiento. El Alcalde. Los Concejales. El pleno. La Comisión de Gobierno Local. Otros órganos administrativos.

Tema 16.– Funcionamiento y competencias municipales. Los servicios públicos locales y sus formas de gestión. Las formas de actividad de las Entidades Locales. La intervención administrativa en la actividad privada; estudio especial de las licencias municipales. Ordenanzas. Reglamentos y Bandos. Clases, procedimiento de elaboración y aprobación.

Tema 17.– Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Clases y competencias. Disposiciones estatuarias comunes.

Tema 18.– Los Cuerpos de Policía Local. Su participación en la seguridad pública. Funciones como Policía Administrativa, de Seguridad y Policía Judicial. Coordinación con otros Cuerpos Policiales. Las Juntas Locales de Seguridad.

Tema 19.– Las competencias de tráfico de la Policía Local. La Policía Local como policía de proximidad y asistencial.

Tema 20.– Los Cuerpos de Policía Local. Organización y estructura. Estatuto personal: La Ley 9/2003 de Coordinación de las Policías Locales de Castilla y León y su desarrollo.

Tema 21.– Los Cuerpos de Policía Local. Derechos y deberes. Sistema de responsabilidad, penal, civil y administrativa. Régimen disciplinario.

Tema 22.– Función y deontología policial. Los principios básicos de actuación. Códigos deontológicos para personas encargadas de hacer cumplir la Ley.

GRUPO B: Oposiciones Policía Local Ponferrada Oposiciones Policía Local Ponferrada

Tema 1.– El procedimiento penal. Principios que lo rigen y clases. Clases y competencias de los Juzgados y Tribunales. Oposiciones Policía Local Ponferrada Oposiciones Policía Local Ponferrada

Tema 2.– La Policía Judicial. Concepto y funciones. El atestado policial en la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Concepto y estructura.

Tema 3.– La detención. Concepto, clases y supuestos. Plazos de detención. Obligaciones del funcionario que efectúa una detención. Contenido de la asistencia letrada. Derechos del detenido. Responsabilidades penales en las que puede incurrir el funcionario que efectúa una detención. El procedimiento de «Habeas Corpus».

Tema 4.– El Código Penal. Las infracciones penales. Personas criminalmente responsables. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.

Tema 5.– Las penas y sus clases. Las medidas de seguridad. La responsabilidad civil derivada de los delitos.

Tema 6.– El homicidio y sus formas. Las lesiones.

Tema 7.– Delitos contra la libertad. Las torturas y otros delitos contra la integridad moral. Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales.

Tema 8.– Delitos contra la intimidad. El derecho a la propia imagen y la inviolabilidad. Delitos contra el honor y contra las relaciones familiares.

Tema 9.– Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico. Delitos contra los derechos de los trabajadores.

Tema 10.– Delitos contra la seguridad colectiva. Los incendios. Delitos contra la salud pública. Delitos contra la seguridad vial. Oposiciones Policía Local Ponferrada Oposiciones Policía Local Ponferrada

Tema 11.– Delitos cometidos por los funcionarios contra las garantías constitucionales.

Tema 12.– Los delitos de imprudencia con especial relación a los cometidos con vehículos de motor.

Tema 13.– La protección de la seguridad ciudadana: Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo.

Tema 14.– La protección civil en España y en Castilla y León. Normas reguladoras.

Tema 15.– Normativa básica sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Competencias de las Administraciones del Estado y de los Municipios.

Tema 16.– Normas generales de circulación. Circulación de vehículos: velocidad, prioridad de paso, cambio de dirección, cambio de sentido y marcha atrás, adelantamientos, paradas y estacionamientos.

Tema 17.– Cruce de pasos a nivel y puentes levadizos. Utilización del alumbrado. Advertencias de los conductores.

Tema 18.– Señalización: normas generales. Prioridad, formato e idioma de las señales. Clases de señales.

Tema 19.– Autorizaciones administrativas. Autorizaciones para conducir. Autorizaciones relativas a los vehículos.

Tema 20.– Infracciones y sanciones. Medidas cautelares. Procedimiento sancionador en materia de tráfico.

Tema 21.– El estacionamiento regulado de Vehículos. Las Ordenanzas O.R.A.

GRUPO C: Oposiciones Policía Local Ponferrada Oposiciones Policía Local Ponferrada

–Temas específicos del Municipio–

Tema 1.– Historia y cultura del Municipio de Ponferrada.

Tema 2.– Características geográficas y socio-económicas del Municipio de Ponferrada.

Tema 3.– Callejero del Municipio de Ponferrada.

Tema 4.– Ordenanza Municipal de Prevención de Alcohol y Tabaco en el término Municipal de Ponferrada. Normativa sobre prevención de Alcohol y Tabaco.

Tema 5.– Ordenanza Municipal Reguladora de la utilización privativa o aprovechamientos especiales constituidos por la ocupación de terrenos de uso público con terrazas de Hostelería con finalidad lucrativa y Ordenanza Reguladora de la Tasa por ocupación de terrenos de uso público con terrazas, mesas y sillas con finalidad lucrativa.

Tema 6.– Ordenanza Reguladora del acceso de vehículos a través de aceras y las reservas de estacionamiento.

Tema 7.– Ordenanza Reguladora de la ORA y Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por estacionamiento de vehículos en zona de aparcamiento limitado (O.R.A.).

Base decimoséptima.– Baremo para acceso por movilidad.

MÉRITOS Oposiciones Policía Local Ponferrada Oposiciones Policía Local Ponferrada

1.– Conocimientos profesionales: Se valorará en este apartado el estar en posesión de títulos, diplomas o certificados de conocimientos de relevancia para la profesión policial, tales como Criminología, Atestados, Educación vial, Técnica policial, Aptitud para el ascenso, etc. Se excluye el Curso selectivo de formación básica para ingreso en cuerpos de policía local.

Los títulos, diplomas o certificados deberán estar expedidos dentro de los cinco años inmediatamente anteriores a la convocatoria, por entidades públicas (Universidades, Ministerios, Policía Nacional, Guardia Civil, Comunidades Autónomas o Entidades Locales) y deberán hacer constar el número de horas o créditos (equivalente cada uno a 10 horas lectivas), la existencia y superación de pruebas de evaluación y el programa general de materias impartidas.

Excepcionalmente, a criterio razonado del Tribunal, podrán valorarse títulos o certificados expedidos por entidades no públicas de ámbito nacional, cuando por su contenido y destinatarios se estime su suficiente calidad. La puntuación máxima en este apartado será de 2 puntos, adecuándose a la siguiente tabla:

DURACIÓN PUNTUACIÓN
Más de 60 créditos o 600 horas 1,50
Más de 20 créditos o 200 horas 1,00
Entre 101 y 200 horas 0,75
Entre 61 y 100 horas 0,50
Entre 31 y 60 horas 0,25
Entre 20 y 30 horas 0,10

2.– Servicios prestados a la Administración: Se valorarán los servicios prestados en cualquier Administración Pública, tanto como funcionario, personal laboral o interino. No se computará el tiempo del Servicio Militar Obligatorio. Tampoco se valorarán los cinco años de servicios requeridos para participar en el proceso por este turno de movilidad. Se acreditarán mediante certificación de servicios expedida por la Administración de que se trate. La puntuación máxima será de 2 puntos, de acuerdo con la siguiente tabla.

CLASE DE SERVICIOS PUNTOS POR MES DE SERVICIO
En Cuerpos y Fuerzas de Seguridad 0,02
Resto de servicios en la Administración Pública 0,01

3.– Servicios de Protección Civil: Se valorarán los servicios de voluntariado de Protección Civil, a razón de 0,01 punto por cada cien horas de servicio, certificadas por el responsable del Servicio de Protección Civil de la localidad en que hayan sido prestadas. La puntuación máxima será de 1 punto.

4.– Idiomas: Se valorará el conocimiento de un idioma extranjero, mediante acreditación de centros reconocidos oficialmente o Escuelas Oficiales de Idiomas, según R.D. 1629/2006 (B.O.E. de 4 de enero de 2007). La puntuación máxima será de 2 puntos, de acuerdo con la siguiente tabla.

NIVEL DEL MARCO COMÚN DE REFERENCIA EUROPEA PARA LENGUAS PUNTOS POR IDIOMA
B1 Intermedio 0,25 puntos
B2 Intermedio 0,50 puntos
C1 Usuario competente 0,75 puntos
C2 Usuario competente 1,00 puntos

5.– Socorrismo: Se valorará estar en posesión de distintos Títulos o Certificados expedidos dentro de los cinco años inmediatamente anteriores a la convocatoria, en materia de Salvamento, Socorrismo, Primeros Auxilios, Socorrismo Acuático, etc., Deberán acreditarse mediante licencias, diplomas, etc, expedidos por la Federación correspondiente u organismo oficial. Se considerarán válidos, a estos efectos, los expedidos por Cruz Roja Española. La puntuación máxima en este apartado será de 0,25 puntos.

DIPLOMA O CERTIFICADO PUNTOS
Por cada diploma de primeros auxilios 0,10
Por cada diploma de primeros auxilios y soporte vital básico 0,15
Socorrista acuático 0,10

6.– Defensa Personal: Se valorará estar en posesión de conocimientos en materias de Artes Marciales, amparadas por el Consejo Superior de Deportes, y se valorará mediante la documentación que acredite estar en posesión del Cinturón que corresponda. No se valorarán cinturones obtenidos hace más de diez años, salvo que se acredite su renovación o vigencia. La puntuación máxima será de 1 punto, valorándose solamente el de mayor categoría dentro de cada disciplina. Oposiciones Policía Local Ponferrada Oposiciones Policía Local Ponferrada

CINTURÓN Puntos
Cinturón naranja o verde 0,10
Cinturón Azul o Marrón 0,20
Cinturón Negro 0,45

7.– Titulación Académica: Se valorará estar en posesión de una titulación oficial superior a la exigida para la convocatoria. La puntuación máxima será de dos puntos. En la misma rama de estudios, solamente se valorará la titulación superior de las obtenidas.

ESTUDIOS CIENCIAS SOCIALES O JURÍDICAS OTRAS RAMAS
Estudios de primer ciclo (diplomado, maestro, arquitecto técnico o ingeniero técnico) 0,50 0.30
Grado 0,60 0,40
Estudios de primer y segundo ciclo (Licenciado, arquitecto o ingeniero) 0,70 0,50
Licenciatura de segundo ciclo (cuando se acredite una licenciatura anterior) 0,20 0,10
Máster (con título oficial) 0,70 0,50
Doctorado 0,90 0,70

8.– Recompensas: Su reconocimiento exige la concesión reglamentaria por parte de la Corporación, de la Comunidad Autónoma o del Ministerio del Interior. No se valorarán las recompensas o felicitaciones relacionadas con el tiempo de servicios. La puntuación máxima por este apartado será de 2 puntos:

TIPO DE RECOMPENSA Puntuación unitaria Puntuación máxima
Felicitaciones (Alcalde, Pleno, Comisión) 0,25 0,50
Mérito Policial de Castilla y León. Oro individual 1,00 1,00
Mérito Policial de Castilla y León. Plata individual 0,75 0,75
Mérito Policial de Castilla y León. Oro colectiva 0,10 0,10
Mérito Policial de Castilla y León. Plata colectiva 0,075 0,075

Ponferrada, 25 de marzo de 2019.

La Alcaldesa,
Fdo.: Gloria Fernández Merayo

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