Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
¨Texto extraído íntegramente y sin modificación alguna del Boletín Oficial de Castilla y León Nº 83 (Viernes, 3 de Mayo de 2019).¨
¨Imagen extraída del Norte de Castilla, 17 de Diciembre de 2018¨
RESOLUCIÓN de 1 de abril de 2019, del Concejal Delegado de Hacienda, Función Pública y Promoción Económica del Ayuntamiento de Valladolid, por la que se aprueban las bases específicas y la convocatoria de pruebas selectivas para proveer 77 plazas de la categoría de Agente de la Policía Municipal (50 en turno libre, 20 en turno de movilidad y 7 en turno de reserva para militares profesionales de tropa y marinería). Expte.: PER-288/2019. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
«Visto el expediente PER-288/2019, relativo a la convocatoria para la provisión de setenta y siete plazas de Agente de la Policía Municipal (cincuenta en turno libre, veinte en turno de movilidad y siete en turno de reserva para militares profesionales de tropa y marinería) correspondientes a la Oferta de Empleo Público 2018 y a la Oferta de Empleo Público Adicional a la anterior, vacantes en la plantilla del Ayuntamiento de Valladolid, el funcionario que suscribe propone que sea dictada resolución del tenor literal siguiente:
ANTECEDENTES Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
Primero.– Las plazas convocadas se encuentran vacantes e incluidas en la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Valladolid para el año 2018 y en la Oferta de Empleo Público Adicional a la anterior, así como en la Relación de Puestos de Trabajo.
Segundo.– Se ha dado audiencia a la Junta de Personal Funcionario para que realice las alegaciones que estimen oportunas.
FUNDAMENTOS DE DERECHO Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
Primero.– Corresponde la competencia para dictar la presente Resolución a la Junta de Gobierno, en virtud de lo establecido en el Art. 127.1.h de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, habiéndose delegado dicha competencia en el Concejal Delegado de Hacienda, Función Pública y Promoción Económica, por Acuerdo de fecha 1 de marzo de 2017.
Segundo.– La convocatoria se realiza para dar cumplimiento a lo acordado en la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Valladolid, aprobada por la Junta de Gobierno en sesión celebrada el día 22 de noviembre de 2018 y en la Oferta de Empleo Público Adicional del Ayuntamiento de Valladolid, aprobada por la Junta de Gobierno en sesión celebrada el día 26 de diciembre de 2018.
En vista de lo cual, atendidos los Antecedentes de Hecho y Fundamentos de Derecho expuestos, se propone la adopción de la siguiente RESOLUCIÓN: Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
Primero.– Aprobar las bases específicas que regirán la convocatoria de pruebas selectivas para el acceso a la categoría de Agente de la Policía Municipal, encuadrada en la Subescala de Servicios Especiales, de la Escala de Administración Especial, del Grupo C, Subgrupo C1 de titulación, de los establecidos en el artículo 76 en relación con la Disposición Transitoria Tercera del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. Dichas bases figuran como Anexo I al presente Decreto. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
Segundo.– Convocar, en ejecución de la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Valladolid, correspondiente al ejercicio 2018 y de la Oferta de Empleo Público Adicional a la anterior, pruebas selectivas para proveer 77 plazas de la categoría de Agente de la Policía Municipal, 50 en turno libre, 20 en turno de movilidad y 7 en turno de reserva para militares profesionales de tropa y marinería.
Tercero.– El importe de la tasa por derechos de examen es de 6,73 euros, según lo previsto en la base séptima de las Bases generales por las que se rigen los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Valladolid para la selección de personal funcionario, aprobadas por Decreto del Concejal Delegado del Área de Hacienda, Función Pública y Promoción Económica de 7 de septiembre de 2016.
Cuarto.– El orden de actuación de los aspirantes, en los ejercicios que no puedan realizarse conjuntamente, se iniciará alfabéticamente por aquéllos cuyo primer apellido comience por la letra «Ñ»; en el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por dicha letra, el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «O» y así sucesivamente, según la Resolución de 11 de abril de 2018, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.
Quinto.– El plazo de presentación de solicitudes de las personas interesadas en tomar parte en las pruebas selectivas será de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Sexto.– Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes, o bien, directamente, Recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid, de conformidad con lo establecido por el artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, contados, en ambos casos, desde el día siguiente al de la publicación del presente Decreto en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid, sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.»
Valladolid, 25 de abril de 2019. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
El Concejal Delegado de Hacienda, Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
Función Pública y Promoción Económica, Decreto núm. 2172, de fecha 1 de abril de 2019 Fdo.: Antonio Gato Casado
ANEXO I Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA POR LAS QUE SE REGIRÁ PARA LA PROVISIÓN DE SETENTA Y SIETE PLAZAS DE AGENTE DE LA POLICÍA MUNICIPAL (CINCUENTA EN TURNO LIBRE, VEINTE EN TURNO DE MOVILIDAD Y SIETE EN TURNO DE RESERVA PARA MILITARES PROFESIONALES DE TROPA Y MARINERÍA) DEL AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID
Base Primera.– Objeto y calendario de la convocatoria.
1.1. Es objeto de las presentes Bases la provisión de 77 plazas de Agente del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Valladolid, pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, clase Policía Municipal, clasificadas en el grupo C, subgrupo C1, de los previstos en el artículo 76 en relación con la Disposición Transitoria Tercera del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y dotadas con el sueldo, trienios, pagas extraordinarias y demás retribuciones que correspondan con arreglo a la legislación vigente.
A dichas pruebas les será de aplicación lo establecido en la Ley 9/2003, de Coordinación de Policías Locales de Castilla y León, en el Decreto 84/2005, de 10 de noviembre, por el que se aprueban las Normas Marco a las que han de ajustarse los reglamentos de policía local de la Comunidad de Castilla y León, así como en las Bases Generales por las que se regirán los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Valladolid para la selección de personal funcionario, aprobadas por Decreto del Concejal Delegado del Área de Hacienda, Función Pública y Promoción Económica, de fecha 7 de septiembre de 2016 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid de 22 de septiembre de 2016 (B.O.P. n.º 222) y en la ORDEN FYM/871/2015, de 7 de octubre, por la que se aprueba el modelo de bases para las convocatorias de pruebas de acceso a la categoría de Agente de los Cuerpos de Policías Locales de Castilla y León.
1.2. El desempeño de estas plazas será incompatible con cualquier actividad remunerada, pública o privada, quedando sometido al régimen de incompatibilidad, con los deberes y obligaciones inherentes y con el derecho al percibo de las correspondientes retribuciones complementarias. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
1.3. Las plazas se encuentran vacantes e incluidas en la Oferta Pública de Empleo, así como en la Oferta Pública de Empleo Adicional del Ayuntamiento, correspondientes al año 2018, así como en la relación de puestos de trabajo, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y promoción profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
1.4. De las plazas convocadas, 20 se reservan al turno de movilidad y podrán ser cubiertas, por el sistema de concurso-oposición, por funcionarios con categoría de Agente que pertenezcan a otros cuerpos de Policía Local de Castilla y León, conforme determina el artículo 83.1 de las Normas Marco a las que han de ajustarse los reglamentos de policía local de la Comunidad de Castilla y León, aprobadas por Decreto 84/2005, de 10 de noviembre. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
1.5. Asimismo, se reservan 7 plazas para el turno de acceso de militares profesionales de tropa y marinería y podrá ser cubierta, por el sistema de oposición, por todos aquellos aspirantes que cumplan los requisitos establecidos en la base tercera de la convocatoria, conforme al Convenio de Colaboración suscrito entre el Ministerio de Defensa y el Ayuntamiento de Valladolid, con fecha 6 de abril de 2015, en el artículo 29, apartado 4, de la Ley 9/2003, de 8 de abril, de Coordinación de Policías Locales de Castilla y León, en virtud de la nueva redacción introducida por la Ley 10/2014, de 23 de diciembre.
1.6. Las 50 plazas restantes, más las que no se cubran por los turnos de movilidad y de acceso de militares profesionales de tropa y marinería, se cubrirán mediante el sistema de oposición por los aspirantes en turno libre.
1.7. El procedimiento selectivo en sus fases de oposición o, en su caso, concurso-oposición, deberá resolverse en un plazo que no podrá exceder de ocho meses. Los solicitantes podrán entender desestimadas sus peticiones transcurrido el tiempo máximo establecido sin que recaiga resolución expresa.
Base Segunda.– Publicidad. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
1.– La resolución por la que se apruebe la convocatoria, junto con sus bases, se publicará íntegramente en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica de la Corporación, en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Boletín Oficial de Castilla y León y, en extracto, en el Boletín Oficial del Estado. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
2.– Las listas provisional y definitiva de admitidos y excluidos, la formación del órgano de selección y el lugar y fecha para la realización del primer examen, así como la lista definitiva de aspirantes que han superado el proceso selectivo se publicarán en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica de la Corporación y en el Boletín Oficial de la Provincia.
3.– La publicación de los actos y acuerdos que se dicten en desarrollo del proceso selectivo se realizará mediante su inserción en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica de la Corporación, la cual será vinculante a efectos de la convocatoria para la realización de los ejercicios que conforman el procedimiento de selección.
Base Tercera.– Requisitos de los aspirantes.
3.1. Turno libre. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
Para tomar parte en la oposición en el turno libre será necesario reunir los siguientes requisitos:
- a) Ser español. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
- b) Tener dieciocho años de edad, edad referida al día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes y no superar la edad que para la jubilación forzosa se determine en la legislación vigente en materia de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
- c) Estar en posesión de, al menos, un nivel de titulación equivalente al título de Bachiller, o al de un título de Formación Profesional de segundo grado o Formación Profesional de grado medio, o estar en condiciones de obtenerlo a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
- En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite la homologación del título.
- Este requisito no será exigible a quienes hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.
- d) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente las correspondientes funciones.
- e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñan en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
- f) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.
- g) Tener una estatura mínima de 160 centímetros las mujeres y 165 centímetros los hombres.
- h) Estar en posesión de los permisos de conducir vehículos de motor de las clases A-2 y B.
- i) Presentar declaración jurada de compromiso de portar armas y de utilizarlas en los casos previstos en la Ley.
- j) Acreditar la aptitud física, mediante la presentación de un certificado médico extendido en un impreso oficial y firmado por un colegiado en ejercicio, en el que se haga constar expresamente que el aspirante reúne las condiciones físicas y sanitarias necesarias y suficientes para la realización de los ejercicios físicos que figuren especificados en la correspondiente prueba de la fase de oposición, así como las determinaciones exigidas respecto a la talla de los aspirantes. En todo caso, este certificado médico no excluirá las comprobaciones posteriores que integran la prueba de reconocimiento médico. Dicho certificado podrá sustituirse, en su caso, por una declaración responsable de la persona interesada, mediante la que manifieste reunir las condiciones exigidas, al no padecer enfermedad ni defecto físico que lo impida, para la realización de las pruebas físicas establecidas, eximiendo a la Administración convocante de cualquier responsabilidad que pudiera derivarse de la realización de dichas pruebas, como consecuencia de la falsedad de los datos contenidos en su declaración. La declaración responsable se presentará conforme al modelo establecido en el Anexo VII de las presentes bases. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
3.2. Turno de movilidad. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
Los aspirantes en turno de movilidad deberán cumplir los siguientes requisitos:
- a) Encontrarse en situación de servicio activo, con categoría de Agente, en un Cuerpo de Policía Local en Castilla y León, con una antigüedad mínima de cinco años en el Cuerpo de procedencia.
- b) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos y no hallarse incapacitado para el ascenso por aplicación del régimen disciplinario previsto reglamentariamente.
- c) No hallarse en situación de segunda actividad.
- d) Estar en posesión de, al menos, un nivel de titulación equivalente al título de Bachiller, o al de un título de Formación Profesional de segundo grado o Formación Profesional de grado medio, o estar en condiciones de obtenerlo a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite la homologación del título.
Este requisito no será exigible a quienes hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.
3.3. Turno de reserva para el acceso de militares profesionales de tropa y marinería.
Para tomar parte en el turno de reserva para militares profesionales de tropa y marinería será necesario reunir los siguientes requisitos:
- a) Los aspirantes procedentes de tropa y marinería deberán haber cumplido cinco o más años de servicio en las Fuerzas Armadas.
- b) Que su relación profesional con las Fuerzas Armadas no se haya resuelto por la pérdida de aptitudes psicofísicas o como consecuencia de una causa penal o disciplinaria. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
- c) Reunir el resto de requisitos exigidos para el turno libre.
3.4. Todos los requisitos mencionados deberán poseerse en el momento en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, y mantenerse hasta el nombramiento como funcionario de carrera.
Base cuarta.– Solicitudes. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
4.1. La solicitud para participar en el proceso selectivo se ajustará al modelo que figura como Anexo VI de estas Bases, en el que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones que se exigen en la Base Tercera.
Dicho modelo podrá obtenerse, asimismo, en las Oficinas de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de Valladolid y, en formato electrónico, a través de internet, en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Valladolid (www.valladolid.gob.es).
4.2. Las solicitudes se dirigirán al Excmo. Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación y se presentarán, preferentemente, en el Registro General del Ayuntamiento de Valladolid. Sin perjuicio de lo anterior, las personas interesadas podrán presentar su solicitud de participación en los procesos selectivos en cualquiera de los lugares y formas previstas en el artículo 16.4 de la 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de que se opte por presentar la solicitud ante una oficina de Correos, se hará en sobre abierto, para que la misma sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada.
4.3. El plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados, en todo caso, a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
4.4. Las personas interesadas en tomar parte en el proceso selectivo prestarán su consentimiento al tratamiento de los datos de carácter personal recogidos en su solicitud, a su incorporación al correspondiente fichero de datos de carácter personal y a su publicación en Boletines Oficiales, tablones de anuncios, Sede electrónica y, en general, en cualquier medio que se utilice para la comunicación de los resultados parciales o definitivos del proceso selectivo y para la correcta preparación y ejecución de las pruebas correspondientes a dicho proceso. La falta de prestación de dicho consentimiento conllevará la inadmisión de la solicitud presentada, al estar regidos los procedimientos selectivos por el principio de publicidad.
4.5. El importe de la tasa por derechos de examen es de 6,73 euros, según lo previsto en la base séptima de las Bases generales por las que se rigen los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Valladolid para la selección de personal funcionario, aprobadas por Decreto del Concejal Delegado del Área de Hacienda, Función Pública y Promoción Económica de 7 de septiembre de 2016.
4.6. A la solicitud se acompañará: Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
- a) Copia del Documento Nacional de Identidad. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
- b) Resguardo acreditativo de haber abonado los derechos de examen.
- c) Copia de los permisos de conducir exigidos en la Base Tercera.
- d) Certificado médico o declaración responsable, a que se refiere el apartado 1.j) de la base Tercera, que acredite que el aspirante no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le impida la realización de las pruebas físicas establecidas en el Anexo II.
- e) Relación de méritos que el aspirante alegue para la fase de concurso en el caso del turno de movilidad, con el mismo orden que se cita en el Anexo V, acompañando los documentos que acrediten tales méritos. Cuando el interesado no hubiera podido obtener algún certificado por causa no imputable a él mismo, podrá aportar provisionalmente la solicitud de dicho certificado, debidamente registrada en el organismo competente. En todo caso, el certificado del mérito correspondiente deberá estar a disposición del Tribunal con anterioridad a la sesión de valoración de méritos a que se refiere la Base Novena.
- f) Para los aspirantes a turno de reserva para militares profesionales de tropa y marinería, certificación acreditativa de su antigüedad en las Fuerzas Armadas. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
Base Quinta.– Admisión y exclusión de aspirantes.
5.1. Terminado el plazo de presentación de instancias, se dictará resolución aprobando la lista provisional de admitidos y excluidos, que se hará pública en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Valladolid y en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid, concediendo un plazo de diez días hábiles a los aspirantes excluidos para reclamar y subsanar, en su caso, los defectos que motiven su exclusión. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
5.2. Transcurrido el plazo para reclamar o subsanar, en su caso, se dictará resolución aprobando la lista definitiva de admitidos o excluidos, que se hará pública en el Tablón Oficial de Anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Valladolid y en el Boletín Oficial de la Provincia. En la misma resolución se señalará el lugar, la fecha y hora de comienzo de los ejercicios y el orden de actuación de los aspirantes, así como la composición del órgano de selección.
Base Sexta.– Órgano de selección.
6.1. El Órgano de Selección del procedimiento será designado mediante Decreto del Concejal Delegado General del Área de Hacienda, Función Pública y Promoción Económica, y su composición será el objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia así como en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica de la Corporación.
6.2. El órgano de selección estarán constituido por un Presidente, un Secretario con voz y sin voto, y un mínimo de cuatro Vocales, así como sus correspondientes suplentes. Su composición se ajustará a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros y responderá al principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres, salvo que concurran razones fundadas y objetivas, debidamente motivadas, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 53 y la Disposición Adicional Primera de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, así como en el artículo 60.1 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Todos los miembros de los Tribunales deberán ser funcionarios de carrera y pertenecer a Cuerpos o Escalas para cuyo ingreso se requiera titulación de igual nivel o superior a la exigida para el acceso a las plazas convocadas. Su composición será la siguiente:
- Presidente: Un funcionario del Ayuntamiento de Valladolid.
- Vocales: Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
- Dos funcionarios del Ayuntamiento de Valladolid. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
- Dos funcionarios del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Valladolid.
- Dos miembros designados a propuesta de los órganos de representación del personal de la Corporación.
- Secretario: Será designado un funcionario del Ayuntamiento de Valladolid, que actuará con voz y sin voto.
6.3. Para la realización de las pruebas médicas, psicotécnicas y físicas se requerirán los servicios de personal especializado, que emitirá su informe con arreglo a las condiciones de la convocatoria, y a la vista de los cuales el Órgano de Selección resolverá. Asimismo podrán nombrarse asesores para aquellas materias que aquel estime necesario, que actuarán con voz pero sin voto.
Base Séptima.– Comienzo y desarrollo de los ejercicios.
7.1. El orden de actuación de los aspirantes, en los ejercicios que no puedan realizarse conjuntamente, se iniciará alfabéticamente por aquéllos cuyo primer apellido comience por la letra «Ñ»; en el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por dicha letra, el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «O» y así sucesivamente, según la Resolución de 11 de abril de 2018, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.
7.2. El orden concreto de desarrollo de las pruebas de la oposición o del concurso-oposición, en su caso, será fijado por el Tribunal en la sesión en la que se constituya. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
7.3. El día, hora y lugar de realización del primer ejercicio de la fase de oposición será anunciado al menos con diez días naturales de antelación, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón Oficial de Anuncios de la Sede Electrónica de la Corporación. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
Los anuncios de celebración del segundo y restantes ejercicios se efectuará por el Tribunal en los locales donde se haya celebrado el anterior, en el Tablón Oficial de Anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento y mediante cualesquiera otros medios que se juzgue convenientes, para facilitar su máxima divulgación, al menos con veinticuatro horas de antelación a la señalada para la iniciación de los mismos. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
7.4. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, quedando decaídos en sus derechos los aspirantes que no comparezcan a realizarlo a la hora fijada, salvo los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal, para los que podrá realizarse una convocatoria extraordinaria.
Base Octava.– Fase de oposición. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
Constará de las siguientes pruebas, todas ellas eliminatorias:
A.– Pruebas comunes para los aspirantes del turno de movilidad y del turno libre y de reserva para militares de tropa y marinería:
9.1. Prueba de aptitud física: Pruebas físicas tendentes a comprobar, entre otros aspectos, las condiciones de equilibrio, velocidad, resistencia y coordinación. Tendrá carácter eliminatorio y se ajustará a las condiciones establecidas en el Anexo I. La calificación será de «Apto» o «No apto». Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
9.2. Reconocimiento médico: Tendrá carácter eliminatorio y se ajustará a las condiciones establecidas en el Anexo III.
El reconocimiento médico se realizará por personal técnico adecuado, que podrá realizar cuantos exámenes y pruebas médicas consideren necesarias para determinar el estado de cada aspirante, incluyendo análisis de sangre y orina, pruebas radiológicas, etc. La negativa a la realización de cualquier prueba médica será motivo para la exclusión del proceso selectivo.
Se garantiza la confidencialidad de los resultados. La calificación global de la prueba será de «Apto» o «No apto».
9.3. Pruebas de aptitud psíquica: Tendrán carácter eliminatorio y consistirá en la contestación de varios cuestionarios ajustados a los requerimientos propios del puesto a desempeñar, en especial los siguientes:
- Prueba de Aptitudes: Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
- Razonamiento verbal. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
- Razonamiento abstracto. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
- Rapidez y precisión perceptiva. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
- Atención y resistencia a la fatiga. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
- Agilidad mental. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
- Memoria visual. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
- Prueba de Personalidad:
- Autocontrol. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
- Estabilidad emocional. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
- Capacidad empática y de manejo de la relación interpersonal. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policí
- Seguridad en sí mismo. Sentido de la disciplina.
- Autoridad. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
- Trabajo en equipo.
- Sociabilidad. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
- Iniciativa. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
- Objetividad. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
- Automotivación. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
Las pruebas de aptitud psíquica se realizarán por personal técnico adecuado. A propuesta de los técnicos correspondientes, el tribunal podrá acordar la ampliación de la prueba mediante entrevistas a los aspirantes, destinada a contrastar y ampliar los resultados de las pruebas psicotécnicas escritas y para determinar la adecuación del candidato al perfil profesional. La calificación será de Apto o No apto.
B.– Prueba específica para los aspirantes del turno de movilidad:
Responder durante el tiempo que determine el tribunal, a un cuestionario de al menos 20 preguntas tipo test, sobre los contenidos de los temas del grupo C relacionados en el Anexo IV. Cada pregunta deberá contener cuatro respuestas alternativas.
El ejercicio se calificará sobre 10 puntos para el total de respuestas correctas, penalizándose las respuestas erróneas con un tercio del valor de cada respuesta acertada. Las preguntas sin respuesta no penalizarán; siendo necesario obtener al menos 5 puntos para superar la prueba. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
C.– Pruebas específicas para los aspirantes del turno libre y de reserva para militares de tropa y marinería.
9.4. Prueba de conocimientos: Tendrá carácter eliminatorio y consistirá en contestar por escrito a los siguientes ejercicios:
Ejercicio Primero.– Responder durante el tiempo que determine el tribunal a un cuestionario de al menos 50 preguntas tipo test, con cuatro respuestas alternativas, sobre los contenidos de los temas relacionados en el Temario del Anexo IV; de las que al menos el 40 por 100 corresponderán a los temas del grupo A, al menos otro 40 por 100 corresponderán a los temas del grupo B y un máximo de un 20 por 100 corresponderán a los temas del grupo C.
El ejercicio se calificará sobre 10 puntos para el total de respuestas correctas, penalizándose las respuestas erróneas con un tercio del valor de cada respuesta acertada. Las preguntas sin respuesta no penalizarán.
Los aspirantes que no alcancen 5 puntos serán eliminados definitivamente de la prueba.
Ejercicio Segundo.– Desarrollar, durante un tiempo máximo de 45 minutos al planteamiento de un ejercicio práctico relacionado con los grupos A y B del Temario del Anexo IV.
El ejercicio se calificará sobre 10 puntos. La calificación global de la prueba de los aspirantes no eliminados será la media de las calificaciones de los dos ejercicios, siendo necesario obtener al menos cinco puntos para superarla.
Base Novena.– Fase de concurso para el turno de movilidad.
9.1. Una vez finalizada la fase de oposición, el Tribunal, procederá a la valoración de los méritos alegados y acreditados por los aspirantes que hayan superado dicha fase, de conformidad con los baremos establecidos en el Anexo V.
La puntuación otorgada a cada aspirante en esta fase de concurso se hará pública en el Tablón Oficial de Anuncios de la Sede Electrónica de la Corporación. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
9.2. Esta fase no tiene carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.
Base Décima.– Calificación de las fases de concurso y oposición.
10.1. Turno de movilidad:
A los aspirantes del turno de movilidad que resulten aptos en las pruebas previstas se les sumará la calificación del ejercicio de conocimientos y la valoración obtenida en la fase de concurso.
Las vacantes de este turno se adjudicarán a los aspirantes con mayor puntuación.
En el caso de empate en la puntuación, accederán a las plazas los aspirantes que tengan más puntos en los méritos preferentes del baremo. De repetirse el empate en el baremo de méritos preferentes, accederán a las plazas los aspirantes que tengan mayor antigüedad en cuerpos de policía local.
10.2. Turno libre y de reserva para militares de tropa y marinería:
Los puntos obtenidos en la prueba de conocimientos darán la calificación definitiva de la oposición.
Las vacantes de estos turnos se adjudicarán a los aspirantes con mayor puntuación.
En el caso de empate en la puntuación, se resolverá a favor de quien obtenga mayor puntuación en cada uno de los ejercicios de la prueba de conocimientos, por orden de realización. De continuar el empate, se resolverá por orden de llamamiento en la convocatoria.
Base Undécima.– Relación de aprobados y presentación de documentos.
11.1. Una vez terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará en los lugares establecidos en la Base Segunda la relación de los aspirantes aprobados por orden de puntuación y elevará al Excmo. Sr. Alcalde la propuesta de adjudicación de vacantes.
11.2. Si además de los propuestos para las vacantes existentes, hubiera más aspirantes que hubieran aprobado los ejercicios de la oposición, el Tribunal publicará un listado complementario con dichos aspirantes, por orden de puntuación, a los efectos previstos en el párrafo segundo del artículo 61, apartado 8 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
11.3. Los opositores propuestos presentarán en el Ayuntamiento, dentro del plazo de quince días naturales contados a partir de la publicación de la Lista de aprobados, los siguientes documentos:
- 1.º– Certificado negativo de antecedentes penales, expedido por órgano competente, referido a la fecha de publicación de la lista de aprobados en el Tablón de Anuncios.
- 2.º– Declaración responsable de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
- 3.º– Declaración jurada de compromiso de portar armas y utilizarlas en los casos previstos en la Ley.
- 4.º– Título de Bachiller, Título de Formación Profesional de segundo grado o Formación Profesional de grado medio o titulación equivalente que habilite para el acceso al subgrupo C1 de los previstos en el artículo 76 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. En el supuesto de invocar título equivalente al exigido, habrá de acompañarse certificado expedido por la autoridad competente en materia educativa que acredite la equivalencia.
- 5.º– Permiso de conducción de las clases A-2 y B.
11.4. Los aspirantes que opten por movilidad, presentarán, además, Certificación de servicios previos en el Ayuntamiento de origen y su baja en el mismo.
11.5. Los aspirantes que accedan por reserva para militares profesionales de tropa y marinería, presentarán Certificación de la Dirección de Personal del Ministerio de Defensa donde conste su antigüedad en los empleos en los que han prestado servicio en las Fuerzas Armadas.
11.6.– Si dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor, los opositores propuestos no presentaran su documentación o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación en la convocatoria.
Base duodécima.– Curso selectivo de formación básica y nombramientos.
12.1. Los aspirantes aprobados en el turno libre y de reserva para militares de tropa y marinería seguirán un Curso selectivo de Formación Básica, organizado por la Escuela Regional de Policía Local, como funcionarios en prácticas del Ayuntamiento, con arreglo al programa que se establezca, debiendo superar las pruebas que en el mismo se señalen.
12.2. Los aspirantes que acrediten haber realizado el Curso selectivo de Formación Básica en cualquier otra edición, estarán eximidos de realizarlo nuevamente, pudiendo ser nombrados funcionarios de carrera de manera inmediata, a cuyo efecto se tomará en consideración la calificación obtenida en el Curso realizado.
12.3. Durante el curso los aspirantes admitidos devengarán las retribuciones legales como funcionarios en prácticas, sin perjuicio de las compensaciones que puedan corresponder por gastos extraordinarios (desplazamiento, alojamiento y manutención) que conlleve su estancia en el centro de formación.
12.4. La calificación definitiva de los aspirantes en turno libre y de reserva para militares de tropa y marinería que hayan sido declarados aptos en el Curso selectivo vendrá dada por la suma de la obtenida en la oposición, y la que hayan alcanzado en el Curso selectivo de Formación Básica, elevándose la relación de aprobados por orden de puntuación al Excmo. Sr. Alcalde, para que formule el correspondiente nombramiento como funcionarios de carrera de los aspirantes seleccionados.
12.5. La calificación definitiva para los que accedan por movilidad vendrá dada por la puntuación obtenida en el concurso-oposición, elevándose la relación de aprobados por orden de puntuación, al Excmo. Sr. Alcalde, para que formule el correspondiente nombramiento.
12.6. Una vez efectuado el nombramiento, el opositor nombrado deberá tomar posesión en el plazo de treinta días hábiles, a contar del siguiente al que les sea notificado el nombramiento. La falta de toma posesión en el plazo indicado, sin causa justificada, conllevará la pérdida de los derechos del opositor en el proceso selectivo.
Base Decimotercera.– Incidencias.
El órgano de selección resolverá por mayoría de votos de los miembros presentes todas las dudas que surjan de la aplicación de las normas contenidas en las presentes bases y determinará la actuación procedente en los casos no previstos. Sus acuerdos solo podrán ser impugnados por los interesados, en los supuestos y en la forma establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Base Decimocuarta.– Recursos.
Esta convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de la misma y de la actuación del órgano de selección podrán ser impugnados por los interesados, en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
ANEXO II Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
DESARROLLO DE LAS PRUEBAS FÍSICAS
Las pruebas se realizarán siguiendo el orden que determine el tribunal calificador, con apoyo de personal especializado en la materia y de acuerdo con las siguientes reglas:
1.– Prueba de potencia del tren inferior: Salto de longitud con los pies juntos:
- a.– Disposición: El aspirante se colocará ante una línea de un metro de larga y de 0,05 metros de ancha, marcada en el suelo, paralela al foso de saltos y a una distancia de 0,50 metros del borde anterior del mismo.
- b.– Ejecución: Cuando se halle dispuesto el aspirante flexionará y extenderá rápidamente el tren inferior para, apoyando los dos pies en el suelo, proyectar el cuerpo hacia adelante y caer en el foso. Está permitido el balance sobre punta-talón del pie o la elevación de talón antes del salto.
- c.– Medición: Se efectuará desde la parte de la línea más alejada del foso hasta la huella del aspirante más cercana a la línea de partida sobre la arena del foso. La medición será en metros y centímetros.
- d.– Intentos: Pueden realizarse tres intentos, contabilizándose el mejor.
- e.– Invalidaciones: El salto debe realizarse con un solo impulso de los pies, contabilizándose como nulo aquél en el que una vez separados los pies del suelo, vuelvan a apoyarse de nuevo para la impulsión definitiva. Es nulo el salto que se produce por el apoyo alternativo y no simultáneo de los pies sobre el suelo. Es nulo el salto en el que el aspirante pise o rebase la línea en el momento de la impulsión.
- Quedarán eliminados los aspirantes que no consigan superar las marcas establecidas o que realicen tres intentos nulos.
- f.– Marcas.
f.1. Turno libre y de reserva para militares de tropa y marinería:
Mujeres: Las opositoras serán eliminadas con un salto inferior a 1,90 m.
Hombres: Los opositores serán eliminados con un salto inferior a 2,30 m.
f.2. Turno de movilidad:
Los opositores serán eliminados con saltos inferiores a los establecidos para cada categoría de edad.
SALTO DE LONGITUD (Pies juntos) | ||
---|---|---|
Edad | Mujeres | Hombres |
Menos de 33 años | 1,90 | 2,30 |
De 33 y hasta 38 años | 1,80 | 2,20 |
De 39 y hasta 44 años | 1,70 | 2,10 |
De 45 y más años | 1,60 | 2,00 |
2.– Prueba de potencia del tren delantero: Lanzamiento de balón medicinal.
- a.– Disposición: El aspirante se colocará frente a una línea marcada en el suelo, de 1 metro de larga por 0.05 metros de ancha, paralela a la zona de lanzamiento, con los pies separados y la punta de los pies a la misma distancia de dicha línea.
- b.– Ejecución: Cuando esté dispuesto el aspirante, tomará el balón medicinal con ambas manos y lanzará el mismo, sacándole desde atrás y por encima de la cabeza, enviándole lo más lejos posible. No se podrá tomar carrera pero sí realizar movimientos de balanceo con brazos y cuerpo.
- c.– Medición: Se efectuará desde la parte anterior de la línea más alejada del foso hasta la primera huella que deje el balón sobre la zona de caída. La medición será en metros y centímetros.
- d.– Intentos: Podrán realizarse tres intentos, como máximo, puntuándose el mejor.
- e.– Invalidaciones: Serán lanzamientos nulos:
- Cuando el aspirante pise o rebase la línea.
- Cuando el aspirante no tenga la punta de los pies a la misma distancia de la línea de lanzamiento.
- Cuando el aspirante haga su lanzamiento saltando, despegando totalmente cualquiera de los pies o arrastrando cualquiera de los mismos hacia atrás.
- Cuando el aspirante efectúe el lanzamiento con una sola mano.
- f.– Marcas. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
f.1. Turno libre y de reserva para militares de tropa y marinería:
Mujeres: Balón medicinal de 3 kg. Las opositoras serán eliminadas con un lanzamiento inferior a 6,25 m.
Hombres: Balón medicinal de 5 kg. Los opositores serán eliminados con un lanzamiento inferior a 6,25 m.
f.2. Turno de movilidad:
Los opositores serán eliminados con lanzamientos inferiores a los establecidos para cada categoría de edad.
LANZAMIENTO DE BALÓN MEDICINAL | ||
---|---|---|
Edad | Mujeres (balón de 3 kg.) | Hombres (balón de 5 kg.) |
Menos de 33 años | 6,25 | 6,25 |
De 33 y hasta 38 años | 5,75 | 5,75 |
De 39 y hasta 44 años | 5,25 | 5,25 |
De 45 y más años | 4,75 | 4,75 |
3.– Prueba de velocidad (Carrera de 60 metros lisos):
- a.– Disposición: El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado, pudiendo realizar la salida de pie o agachado, sin tacos de salida.
- b.– Ejecución: La propia en una carrera de velocidad, adaptada a los requisitos mínimos en cuanto a condiciones del terreno especificadas en el Reglamento de la Federación Internacional de Atletismo Aficionado (FIAA).
- c.– Medición: La toma de tiempos se realizará preferentemente mediante cronometrajes electrónicos, aunque podrá ser manual, duplicándose los cronos por cada calle, tomándose como válido, el tiempo medio de los dos medidos. Los tiempos deberán leerse en segundos y décimas de segundo. Si se utilizan cronómetros de centésimas de segundo con lectura digital, los tiempos que terminen en más de cinco en el segundo decimal, se convertirán a la próxima décima de segundo mayor.
- Los tiempos mínimos de esta prueba señalados en el apartado f se incrementarán en tres décimas, en caso de que la toma de tiempos se realice con medios electrónicos y foto finish.
- d.– Sólo se permiten un intento y dentro del mismo, una salida nula por cada corredor. A la segunda falta, el opositor será eliminado.
- e.– Invalidaciones: De acuerdo con el Reglamento de la FIAA, y siempre que se haya superado el tiempo establecido.
- f.– Marcas.
f.1. Turno libre y de reserva para militares de tropa y marinería:
Mujeres: Las opositoras serán eliminadas con un tiempo igual o superior a 10 segundos y 4 décimas (10,4”).
Hombres: Los opositores serán eliminados con un tiempo igual o superior a 8 segundos y 6 décimas (8,6”).
f.2. Turno de movilidad:
Los opositores serán eliminados con tiempos superiores a los establecidos para cada categoría de edad.
CARRERA DE VELOCIDAD (60 metros) | ||
---|---|---|
Edad | Mujeres | Hombres |
Menos de 33 años | 10,4” | 8,6” |
De 33 y hasta 38 años | 10,8” | 9,0” |
De 39 y hasta 44 años | 11,2” | 9,6” |
De 45 y más años | 11,8” | 10,0” |
4.– Prueba de resistencia muscular (carrera de 1.000 metros lisos):
- a.– Disposición: El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado para la salida, pudiendo realizarla de pie o agachado sin tacos.
- b.– Ejecución: La propia de este tipo de carreras sobre 1.000 metros, adaptada a los requisitos mínimos en cuanto a condiciones del terreno especificadas en el Reglamento de la Federación Internacional de Atletismo Aficionado (FIAA), pudiendo correr los opositores por calle libre desde el momento de la salida.
- c.– Medición: La toma de tiempos se realizará en minutos y segundos, a través de cronometrajes preferentemente electrónicos, aunque podrá ser manual, duplicándose los cronos por cada calle, tomándose como válido, el tiempo medio de los dos medidos.
- d.– Intentos: Solamente se permite un intento y, dentro del mismo, una salida nula por cada corredor. A la segunda falta, el aspirante será eliminado.
- e.– Invalidaciones: De acuerdo con el Reglamento de la FIAA.
- f.– Marcas.
f.1. Turno libre y de reserva para militares de tropa y marinería:
Mujeres: Las opositoras serán eliminadas con un tiempo superior a 4 minutos y 25 segundos (4’ 25”).
Hombres: Los opositores serán eliminados con un tiempo superior a 3 minutos y 30 segundos (3’ 30”).
f.2. Turno de movilidad:
Los opositores serán eliminados con tiempos superiores a los establecidos para cada categoría de edad.
CARRERA DE RESISTENCIA (1000 metros) | ||
---|---|---|
Edad | Mujeres | Hombres |
Menos de 33 años | 4’ 25” | 3’ 30” |
De 33 y hasta 38 años | 4’ 40” | 3’ 45” |
De 39 y hasta 44 años | 5’ 00” | 4’ 05” |
De 45 y más años | 5’ 20” | 4’ 25” |
5.– Prueba de natación (25 m estilo libre).
- a.– Disposición: Los aspirantes podrán efectuar la salida desde el borde de salida o desde dentro de la piscina. En este caso deberá tocarse claramente la pared de dicho borde de salida con una mano o pie.
- b.– Ejecución: Una vez dada la salida, por el juez de salida, los aspirantes realizarán nadando 25 metros en estilo libre, debiendo tocar claramente el borde de llegada con alguna de las manos.
- c.– Medición: Manual. Se contabilizará el tiempo invertido. La medición se realizará en segundos.
- d.– Intentos: Solamente se permite un intento y, dentro del mismo, una salida nula por cada nadador.
- e.– Invalidaciones: Se invalidará la prueba y quedará eliminado el aspirante que realice dos salidas nulas o que, aún cuando haya nadado los 25 metros, lo haya hecho sujetándose en alguna parte fija (corchera) o apoyándose en borde o suelo de la piscina y siempre que no se hayan nadado dichos 25 metros en el tiempo establecido.
- f.– Marcas.
f.1. Turno libre y de reserva para militares de tropa y marinería:
Mujeres: Las opositoras serán eliminadas con un tiempo superior a 24 segundos.
Hombres: Los opositores serán eliminados con un tiempo superior a 21 segundos.
f.2. Turno de movilidad:
Los opositores serán eliminados con tiempos superiores a los establecidos para cada categoría de edad.
Natación (25 metros estilo libre) | ||
---|---|---|
Edad | Mujeres | Hombres |
Menos de 33 años | 24” | 21” |
De 33 y hasta 38 años | 25” | 22” |
De 39 y hasta 44 años | 26” | 23” |
De 45 y más años | 27” | 24” |
ANEXO III
CUADRO DE EXCLUSIONES POR CONSIDERACIONES FÍSICAS Y MÉDICAS PARA EL INGRESO EN LOS CUERPOS DE POLICÍAS LOCALES
Para los diagnósticos establecidos en esta Base se tendrán en cuenta los criterios de las sociedades médicas de las especialidades correspondientes.
Todas estas exclusiones se garantizarán con las pruebas complementarias necesarias para el diagnóstico.
1.– Exclusiones físicas.
1.1. Estatura mínima: Hombres: 1,65 metros; mujeres: 1,60 metros.
1.2. Perímetro torácico: Diferencia entre máximo – mínimo: 4 cm o superior.
1.3. Espirometría: Mínima 3.000.
2.– Exclusiones médicas.
2.1. Generales:
- Obesidad o delgadez manifiesta que dificulten o incapaciten para el ejercicio de las funciones propias del cargo. Se evaluará a través del índice de masa corporal (IMC), que no debe ser inferior a 18,5 ni superior a 29,9, considerando el IMC como la relación resultante de dividir el peso de la persona expresado en kilos por el cuadrado de la talla expresado en metros.
- En los aspirantes que posean un IMC comprendido entre 25 y 29,9, ambos inclusive, se realizará una medición del perímetro abdominal a la altura del ombligo. Este perímetro no podrá ser superior, en ningún caso a 102 centímetros en los hombres o a 88 centímetros en las mujeres.
2.2. Enfermedades de la piel y los tejidos:
- Psoriasis.
- Eczema.
- Cicatrices que produzcan limitación funcional.
- Otros procesos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten o limiten el desarrollo de la función policial.
2.3. Enfermedades del aparato digestivo:
- Úlcera gastroduodenal.
- Cirrosis hepática.
- Hernias abdominales o inguinales.
- Pacientes gastrectomizados, colostomizados o con secuelas postquirúrgicas que produzcan trastornos funcionales.
- Enfermedad inflamatoria intestinal. (enfermedad de Crohn o colitis ulcerosa).
- Cualquier otro proceso digestivo que, a juicio de los facultativos médicos, dificulte el desempeño del puesto de trabajo.
2.4. Enfermedades del aparato cardiovascular:
- Hipertensión arterial de cualquier causa, no debiendo sobrepasar las cifras en reposo los 140 mm/Hg en presión sistólica, y los 90 mm/Hg en presión diastólica.
- Varices o insuficiencia venosa periférica.
- Cualquier otra patología o lesión cardiovascular que, a juicio de los facultativos médicos, pueda limitar el desempeño del puesto de trabajo.
2.5. Enfermedades del aparato respiratorio:
- Asma bronquial.
- Broncopatía u otra enfermedad pulmonar obstructiva crónica.
- Neumotórax espontáneo recidivante.
- Tuberculosis pulmonar activa.
- Otros procesos del aparato respiratorio que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten el desarrollo de la función policial.
2.6. Enfermedades del aparato locomotor:
- Alteraciones del aparato locomotor que limiten o dificulten el desarrollo de la función policial, o que puedan agravarse, a juicio de los facultativos médicos, con el desempeño del puesto de trabajo (patología ósea de extremidades, retracciones o limitaciones funcionales de causa muscular o particular, defectos de columna vertebral y otros procesos óseos, musculares y articulares).
2.7. Enfermedades del aparato de visión:
- Agudeza visual sin corrección inferior a los dos tercios de la visión normal en cada uno de los ojos.
- Queratotomía radial.
- Estrabismo.
- Desprendimiento de retina.
- Patología retiniana degenerativa.
- Estrabismo.
- Hemianopsias y alteraciones campimétricas.
- Discromatopsias. Daltonismo en todos sus grados.
- Cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los facultativos médicos, dificulte de manera importante la agudeza visual.
2.8. Enfermedad del aparato de la audición:
- Agudeza auditiva que suponga una pérdida entre 1.000 y 3.000 Hertzios a 35 decibelios o de 4.000 Hertzios a 45 decibelios. Asimismo. No podrá existir una pérdida auditiva en las frecuencias conversacionales igual o superior a 30 decibelios.
- Cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los facultativos médicos, dificulte de manera importante la agudeza visual.
2.9. Enfermedad de la fonación:
- Tartamudez permanente e importante.
2.10. Enfermedades del sistema nervioso y trastornos psiquiátricos:
- Epilepsia.
- Migraña.
- Depresión.
- Trastornos de la personalidad.
- Psicosis.
- Alcoholismo, toxicomanías y drogodependencias a psicofármacos o a sustancias ilegales.
- Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten el desarrollo de la función policial.
2.11. Enfermedades del aparato endocrino:
- Diabetes.
- Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten el desarrollo de la función policial.
2.12. Enfermedades infecciosas y del sistema inmunitario:
- Enfermedades transmisibles en actividad.
- Enfermedades inmunológicas sistémicas.
- Intoxicaciones crónicas.
- Hemopatías graves.
- Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten el desarrollo de la función policial.
2.13. Otros procesos patológicos:
- Cualquier otro proceso que, a juicio del Tribunal Médico, limite o incapacite para el desarrollo de su trabajo.
ANEXO IV
TEMARIO
GRUPO A
Tema 1.– El sistema constitucional español. La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido. Principios generales. La reforma de la Constitución Española. El Estado Español como Estado Social y Democrático de Derecho.
Tema 2.– Derechos y deberes fundamentales. Derechos y Libertades. Garantías de las libertades y derechos fundamentales. Los principios rectores de la política social y económica. El Tribunal Constitucional. El Defensor del Pueblo.
Tema 3.– Organización política del Estado español. Clase y forma de Estado. La Corona. Las Cortes Generales: Estructura y competencia. Procedimiento de elaboración de las leyes.
Tema 4.– Organización política del Estado español. El poder ejecutivo. El Gobierno y la Administración. El Poder Judicial. Organización judicial española. El Ministerio Fiscal.
Tema 5.– La Organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Las Administraciones Locales.
Tema 6.– La Comunidad Autónoma de Castilla y León. Instituciones: las Cortes de Castilla y León, el Presidente y la Junta de Castilla y León. El Estatuto de Autonomía. Idea general de las competencias de la Comunidad Autónoma.
Tema 7.– La Administración Pública. Derecho Administrativo general. Concepto. Fuentes del Derecho Administrativo: enumeración y clasificación. La jerarquía normativa. Los reglamentos.
Tema 8.– El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos.
Tema 9.– El procedimiento administrativo: principios informadores. Los interesados. Las fases del procedimiento administrativo: iniciación, ordenación, instrucción y terminación. Dimensión temporal del procedimiento.
Tema 10.– Referencia a los procedimientos especiales. Especialidades del procedimiento administrativo local. La revisión de los actos administrativos: de oficio. Recursos administrativos.
Tema 11.– La función pública en general. El Estatuto del empleado público. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios. Situaciones administrativas.
Tema 12.– Los funcionarios de las entidades locales. Organización de la función pública local. Los grupos de funcionarios de la Administración Especial y General de las entidades locales.
Tema 13.– La responsabilidad de la Administración. Fundamentos y clases. La responsabilidad de los funcionarios.
Tema 14.– La Administración Local. Principios constitucionales y regulación jurídica. Entidades que comprende. La provincia: concepto, elementos y competencias. El Municipio: concepto y elementos. El término municipal. La población: especial referencia al empadronamiento.
Tema 15.– Los órganos de gobierno de los municipios. El Ayuntamiento Pleno. La Junta de Gobierno Local. El Alcalde. Los Concejales. Otros órganos administrativos.
Tema 16.– Funcionamiento y competencias municipales. Los servicios públicos locales y sus formas de gestión. Las formas de actividad de las Entidades Locales. La intervención administrativa en la actividad privada; estudio especial de las licencias municipales. Ordenanzas. Reglamentos y Bandos. Clases, procedimiento de elaboración y aprobación.
Tema 17.– Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Clases y competencias. Disposiciones estatuarias comunes.
Tema 18.– Los Cuerpos de Policía Local. Su participación en la seguridad pública. Funciones como Policía Administrativa, de Seguridad y Policía Judicial. Coordinación con otros Cuerpos Policiales. Las Juntas Locales de Seguridad.
Tema 19.– Las competencias de tráfico de la Policía Local. La Policía Local como policía de proximidad y asistencial.
Tema 20.– Los Cuerpos de Policía Local. Organización y estructura. Estatuto personal: La Ley 9/2003 de Coordinación de las Policías Locales de Castilla y León y su desarrollo.
Tema 21.– Los Cuerpos de Policía Local. Derechos y deberes. Sistema de responsabilidad penal, civil y administrativa. Régimen disciplinario.
Tema 22.– Función y deontología policial. Los principios básicos de actuación. Códigos deontológicos para personas encargadas de hacer cumplir la Ley.
GRUPO B
Tema 1.– El procedimiento penal. Principios que lo rigen y clases. Clases y competencias de los Juzgados y Tribunales.
Tema 2.– La Policía Judicial. Concepto y funciones. El atestado policial en la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Concepto y estructura.
Tema 3.– Detención. Concepto, clases y supuestos. Plazos de detención. Obligaciones del funcionario que efectúa una detención. Contenido de la asistencia letrada. Derechos del detenido. Responsabilidades penales en que puede incurrir el funcionario que efectúa una detención. El procedimiento de Habeas Corpus.
Tema 4.– El Código Penal. Las infracciones penales. Personas criminalmente responsables. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.
Tema 5.– Las penas, sus clases. Las medidas de seguridad. La responsabilidad civil derivada de los delitos.
Tema 6.– El homicidio y sus formas. Las lesiones.
Tema 7.– Delitos contra la libertad. Las torturas y otros delitos contra la integridad moral. Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales.
Tema 8.– Delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad. Delitos contra el honor y contra las relaciones familiares.
Tema 9.– Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico. Delitos contra los derechos de los trabajadores.
Tema 10.– Delitos contra la seguridad colectiva. Los incendios. Delitos contra la salud pública. Delitos contra la seguridad Vial.
Tema 11.– Delitos cometidos por los funcionarios contra las garantías constitucionales.
Tema 12.– Los delitos de imprudencia con especial relación a los cometidos con vehículos de motor.
Tema 13.– La protección de la seguridad ciudadana: Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo.
Tema 14.– La protección civil en España y en Castilla y León. Normas reguladoras.
Tema 15.– Normativa básica sobre el tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Competencias de las Administraciones del Estado y de los Municipios.
Tema 16.– Normas generales de circulación. Circulación de vehículos: velocidad, prioridad de paso, cambio de dirección, cambio de sentido y marcha atrás, adelantamientos, paradas y estacionamientos.
Tema 17.– Cruce de pasos a nivel y puentes levadizos. Utilización del alumbrado. Advertencias de los conductores.
Tema 18.– Señalización: normas generales. Prioridad, formato e idioma de las señales. Clases de señales.
Tema 19.– Autorizaciones administrativas. Autorizaciones para conducir. Autorizaciones relativas a los vehículos.
Tema 20.– Infracciones y sanciones. Medidas cautelares. Procedimiento sancionador en materia de tráfico.
Tema 21.– El estacionamiento regulado de vehículos. Las Ordenanzas O.R.A.
GRUPO C
TEMAS ESPECÍFICOS DEL MUNICIPIO DE VALLADOLID.
Tema 1.– Historia y cultura del Municipio de Valladolid.
Tema 2.– Geografía física y económica del Municipio de Valladolid.
Tema 3.– Callejero del Municipio.
Tema 4.– Reglamento orgánico del Ayuntamiento de Valladolid.
Tema 5.– Reglamento de limpieza, recogida y eliminación de residuos sólidos urbanos.
Tema 6.– Reglamento de venta fuera de establecimientos comerciales permanentes.
Tema 7.– Reglamento de tráfico, aparcamiento, circulación y seguridad vial: artículos del 1 al 56.
Tema 8.– Reglamento de tráfico, aparcamiento, circulación y seguridad vial: artículos del 57 al final.
Tema 9.– Ordenanza municipal de protección del medio urbano.
Tema 10.– El Plan de Igualdad de oportunidades para el personal del Ayuntamiento de Valladolid y de las Fundaciones Municipales. Objetivos generales, actuaciones y acciones. Protocolo de actuación del Ayuntamiento de Valladolid y de las Fundaciones Municipales en casos de acoso sexual y/o sexista.
ANEXO V
BAREMO DE MÉRITOS PARA LOS ASPIRANTES DEL TURNO DE MOVILIDAD
A) MÉRITOS PREFERENTES:
1.– Recompensas:
Su reconocimiento exige la concesión reglamentaria por parte de la Corporación, de la Comunidad Autónoma o del Ministerio del Interior. No se valorarán las recompensas o felicitaciones relacionadas con el tiempo de servicios. La puntuación máxima por este apartado será de 2 puntos:
TIPO DE RECOMPENSA | PUNT. UNITARIA | PUNT. MÁXIMA |
---|---|---|
Felicitaciones (Alcalde, Pleno, Comisión) | 0’25 | 0’50 |
Mérito Policial | 0’50 | 0,50 |
Mérito de la Ciudad | 1 | 1 |
Mérito Policial de Castilla y León-Oro individual | 1 | 1 |
Mérito Policial de Castilla y León-Plata individual | 0’75 | 0,75 |
Mérito Policial de Castilla y León-Oro colectiva | 0’10 | 0,10 |
Mérito Policial de Castilla y León-Plata colectiva | 0’075 | 0,075 |
2.– Conocimientos profesionales:
Se valorará en este apartado el estar en posesión de títulos, diplomas o certificados de conocimientos de relevancia para la profesión policial, tales como Criminología, Atestados, Educación vial, Técnica policial, aptitud para el ascenso, etc. Se excluye el Curso Selectivo de formación básica para ingreso en cuerpos de policía local.
Los títulos, diplomas o certificados deberán estar expedidos dentro de los cinco años inmediatamente anteriores a la convocatoria, por entidades públicas (Universidades públicas o privadas homologadas, Ministerios, Policía Nacional, Guardia Civil, Comunidades Autónomas o Entidades Locales) y deberán hacer constar el número de horas o créditos (equivalente cada uno a 10 horas lectivas), la existencia y superación de pruebas de evaluación y el programa general de materias impartidas.
La puntuación máxima en este apartado será de 2 puntos, adecuándose a la siguiente tabla:
DURACIÓN | PUNTUACIÓN |
---|---|
más de 60 créditos o 600 horas | 1,5 |
más de 20 créditos o 200 horas | 1 |
entre 101 y 200 horas | 0,75 |
entre 61 y 100 horas | 0,50 |
entre 31 y 60 horas | 0,25 |
entre 20 y 30 horas | 0,10 |
3.– Servicios prestados a la Administración:
Se valorarán los servicios prestados en cualquier Administración Pública, tanto como funcionario, personal laboral, interino o eventual. No se computará el tiempo del Servicio Militar Obligatorio. Se acreditarán mediante certificación de servicios expedida por la Administración de que se trate. La puntuación máxima será de 2 puntos, de acuerdo con la siguiente tabla:
CLASE DE SERVICIOS | PUNTOS POR MES DE SERVICIO |
---|---|
En fuerzas y cuerpos de seguridad | 0,02 |
Otros servicios en Administraciones Públicas relacionados con la profesión policial | 0,01 |
4.– Servicios de Protección Civil:
Se valorarán los servicios de voluntariado de Protección Civil, a razón de 0,01 punto por cada 100 horas de servicio, certificadas por el responsable del Servicio de Protección Civil de la localidad en que hayan sido prestadas. La puntuación máxima será de 1 punto.
B) MÉRITOS NO PREFERENTES.
5.– Idiomas:
Se valorará el conocimiento de idiomas extranjeros, mediante acreditación de centros reconocidos oficialmente o Escuelas Oficiales de Idiomas, según Real Decreto 1629/2006 (B.O.E. de 4 de enero de 2007). La puntuación máxima será de 2 puntos, de acuerdo con la siguiente tabla:
NIVEL DEL MARCO COMÚN DE REFERENCIA EUROPEA PARA LENGUAS | PUNTOS POR IDIOMA |
---|---|
B1 intermedio | 0,25 |
B2 intermedio | 0,50 |
C1 usuario competente | 0,75 |
C2 usuario competente | 1,00 |
6.– Socorrismo:
Se valorará estar en posesión de algún título, diploma, certificado o equivalente, expedido o renovado dentro de los cinco años inmediatamente anteriores a la convocatoria, por autoridad competente de cualquier organismo, institución de carácter oficial o legalmente reconocida al efecto, federación deportiva, etc. que certifique y garantice los conocimientos en materia de Salvamento, Socorrismo, Primeros Auxilios, Socorrismo Acuático, etc. Deberán acreditarse mediante licencias, diplomas, etc. de acuerdo con la siguiente tabla. La puntuación máxima en este apartado será de 0,25 puntos.
DIPLOMA O CERTIFICADO | PUNTOS |
---|---|
Primeros auxilios | 0,10 |
Primeros auxilios y soporte vital básico | 0,15 |
Socorrista acuático | 0,10 |
7.– Defensa Personal:
Se valorará estar en posesión de conocimientos en materia de Artes Marciales, amparadas por el Consejo Superior de Deportes, y se valorará mediante la documentación que acredite estar en posesión del Cinturón que corresponda. No se valorarán cinturones obtenidos hace más de diez años, salvo que se acredite su renovación o vigencia. La puntuación máxima será de 1 punto, valorándose solamente el de mayor categoría dentro de cada disciplina.
CINTURÓN | PUNTOS |
---|---|
Cinturón naranja o verde | 0,10 |
Cinturón Azul o Marrón | 0,20 |
Cinturón Negro | 0,45 |
8.– Titulación académica:
Se valorará estar en posesión de una titulación superior a la exigida para la convocatoria. La puntuación máxima será de dos puntos. En la misma rama de estudios solamente se valorará la titulación superior de las obtenidas.
ESTUDIOS | CIENCIAS SOCIALES O JURÍDICAS | OTRAS RAMAS |
---|---|---|
Estudios de primer ciclo (diplomado, maestro, arquitecto técnico o ingeniero técnico) | 0,50 | 0,30 |
Grado | 0,60 | 0,40 |
Estudios de segundo ciclo (licenciado, arquitecto o ingeniero) | 0,70 | 0,50 |
Licenciatura de segundo ciclo (cuando se acredite una licenciatura anterior) | 0,20 | 0,10 |
Máster | 0,70 | 0,50 |
Doctorado | 0,90 | 0,70 |