Policía Local Segovia 2020
AYUNTAMIENTO DE SEGOVIA Policía Local Segovia 2020
RESOLUCIÓN de 8 de octubre de 2020, de la Alcaldía del Ayuntamiento de Segovia, por la que se aprueban las bases y la convocatoria para la provisión de 7 plazas de la categoría de Agente del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Segovia.
BASES PARA LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS DE ACCESO PARA CUBRIR SIETE PLAZAS DE LA CATEGORÍA DE AGENTE DEL CUERPO DE POLÍCIA LOCAL EN EL AYUNTAMIENTO DE SEGOVIA, MÁS LAS VACANTES QUE PUEDAN PRODUCIRSE Policía Local Segovia 2020
Base primera.– Objeto y calendario de la convocatoria. Policía Local Segovia 2020
1.1. Es objeto de la convocatoria la provisión de siete plazas, más las que se produzcan hasta el momento de finalización de la convocatoria, de la categoría de Agente del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Segovia, pertenecientes a la escala de administración especial, subescala de servicios especiales, clase: policía local, clasificadas en el grupo C, subgrupo C1, de los previstos en el artículo 76 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre) y dotadas con el sueldo, trienios, pagas extraordinarias y demás retribuciones que correspondan con arreglo a la legislación vigente.
1.2. El desempeño de estas plazas será incompatible con cualquier actividad remunerada, pública o privada, quedando sometido al régimen de incompatibilidad, con los deberes y obligaciones inherentes y con derecho al percibo de las correspondientes retribuciones complementarias.
1.3. Las plazas se encuentran vacantes e incluidas en las ofertas pública de empleo del Ayuntamiento (2020), así como en la relación de puestos de trabajo, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado.
1.4. De las plazas convocadas, el 25% se reservan al turno de movilidad y podrá ser cubiertas por funcionarios en servicio activo, de la misma categoría, que pertenezcan a otra plantilla de policía local de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
1.5. El resto de plazas, más las que no se cubran en turno de movilidad, se cubrirán mediante oposición libre.
1.6. Dentro de las plazas convocadas al turno libre, se reservan el 20 % a militares profesionales de tropa y marinería, de acuerdo con el convenio firmado entre el Ministerio de Defensa y el Ayuntamiento de Segovia.
1.7. El procedimiento selectivo, en su fase de oposición, deberá resolverse en un plazo que no podrá exceder de ocho meses. Los solicitantes podrán entender desestimadas sus peticiones transcurrido el tiempo máximo establecido sin que recaiga resolución expresa.
Base segunda.– Requisitos de los aspirantes. Policía Local Segovia 2020
2.1. Para tomar parte en la oposición, en turno libre, será necesario reunir los siguientes requisitos:
- a) Ser español.
- b) Tener dieciocho años de edad, referida al día en que finalice el plazo de presentación de instancias y no superar la edad que para la jubilación forzosa se determine en la legislación vigente en materia de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
- c) Estar en posesión o en condiciones de obtener la titulación de bachiller, Técnico, o título equivalente que permita el acceso al grupo C, subgrupo C1, de los previstos en el artículo 76 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre). En el supuesto de invocar título equivalente al exigido, habrá de acompañarse certificado expedido por la autoridad competente en materia educativa, que acredite la equivalencia.
- d) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente las correspondientes funciones.
- e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
- f) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.
- g) Tener una estatura mínima de 165 centímetros los hombres y 160 centímetros las mujeres.
- h) Estar en posesión de los permisos de conducir vehículos de motor de las clases A-2 y B.
- i) Presentar declaración jurada de compromiso de portar armas y de utilizarlas en los casos previstos en la ley.
2.2. Se reservan, un 20% de las plazas del turno libre, para militares profesionales que, cumplan los siguientes requisitos:
- a) Acreditar su condición de militar profesional de tropa o marinería.
- b) Acreditar un tiempo mínimo de servicios prestados, como militares de tropa o marinería, superior a cinco años.
- c) Cumplir el resto de requisitos del turno libre.
2.3. Los aspirantes en turno de movilidad deberán cumplir, además, los siguientes requisitos:
- a) Encontrarse en situación de servicio activo, con categoría de Agente, en un cuerpo de policía local en Castilla y León, con antigüedad mínima de cinco años en el cuerpo de procedencia.
- b) No hallarse en situación de segunda actividad.
2.4. Todos los requisitos mencionados deberán poseerse en el momento en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
Base tercera.– Solicitudes. Policía Local Segovia 2020
3.1. La solicitud para participar en el proceso selectivo se ajustará al modelo que figura en la base decimoséptima. Este modelo de solicitud de participación en pruebas selectivas de Policía Local se puede descargar en el pdf que figura al pie del siguiente enlace: http://bocyl.jcyl.es/html/2016/05/23/html/BOCYL-D-23052016-6.do
3.2. Los solicitantes harán constar la opción por el turno libre, por el turno libre con reserva de plazas para militares profesionales, o por el de movilidad, siendo excluidas las solicitudes en que opten por más de una o por ninguna. Policía Local Segovia 2020
3.3. Las solicitudes se dirigirán al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Segovia, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al que aparezca el último de los anuncios de la convocatoria, que se publicará íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Boletín Oficial de Castilla y León, y en extracto en el Boletín Oficial del Estado. Se presentarán en la forma prevista en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común.
3.4. Tasas.
El importe de los derechos de examen para el ejercicio 2020 asciende a 29,00 €.
El pago de los derechos de examen se realizará mediante autoliquidación, cuya emisión se podrá solicitar en las oficinas de gestión tributaria del Ayuntamiento (Teléfono de cita previa 921469100, oficina de atención al público sita en C/ Tomasa de la Iglesia s/n del Barrio de San José de Segovia, segova.atencionciudadana.es) o en el correo electrónico gestiontributaria@segovia.es.
Las personas pertenecientes a familias que ostenten la condición legal de Familia Numerosa, conforme a lo establecido en la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas, tendrán derecho a una reducción de la cuota de la tasa en los siguientes porcentajes:
- a) Familias Numerosas de categoría especial: Del 100 por 100.
- b) Familias Numerosas de categoría general: Del 50 por 100.
Estarán exentos del pago de la tasa por inscripción en pruebas selectivas las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de convocatoria. Será requisito para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación, o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
En ningún caso la presentación y pago de la tasa de los derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma de la solicitud.
Los citados derechos sólo serán devueltos a quienes no fueren admitidos a las pruebas de selección, por falta de alguno de los requisitos exigidos para tomar parte en las mismas, o aquellos que manifiesten su «desistimiento» por escrito con anterioridad a la publicación de las listas de admitidos y excluidos a las pruebas selectivas.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento del mismo determinará la exclusión del aspirante, se concederá en listas provisionalmente de admitidos y excluidos diez días para subsanar.
3.5. A la solicitud se acompañará:
3.5.1. Documentación de carácter general:
- a) Copia del Documento nacional de identidad.
- b) Resguardo acreditativo de haber abonado la tasa en concepto de derechos de examen.
- c) Copia de los permisos de conducir exigidos en la Base segunda.
3.5.2. Documentación de carácter específico.
Justificación de reducción de la cuota de la tasa por familiar numerosa:
Los interesados deberán acreditar dicha condición previamente a formalizar la solicitud de inscripción mediante la presentación del título de Familia Numerosa y aquella otra documentación que se estime necesaria al efecto.
Justificación para la exención del pago de la tasa: Policía Local Segovia 2020
- a) Certificado del ECYL en el que consten los extremos anteriormente señalados:
-
- Que figure como demandante de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria.
- No haber rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales.
- b) Justificante de períodos de alta a la Seguridad Social expedidos por la Tesorería General de la Seguridad Social («vida laboral»), en los términos que se indican:
- La prestación de servicios en empresas privadas se acreditarán mediante el oportuno contrato de trabajo e informe de vida laboral solicitado por el propio interesado a la Tesorería General de la Seguridad Social, existiendo un teléfono a tal efecto: 901502050.
- Se podrá descargar desde la página web sede.seg-social.es, en su caso (cuando se tiene certificado digital o móvil notificado a la Tesorería).
- La prestación del trabajo a tiempo parcial será valorada proporcionalmente a la jornada realizada.
- Tanto la justificación de servicios prestados en la Administración como en empresas privadas, ha de acreditar suficientemente el contenido en tareas del puesto desempeñado, en otro caso se acompañará de cualquier otra que permita esta acreditación.
- c) Declaración responsable de no tener ingresos superiores al Salario Mínimo Interprofesional cuya cuantía para el ejercicio 2020 asciende a 980,00 €/mes, conforme al Real Decreto 231/2020, de 4 de febrero
Base cuarta.– Admisión y exclusión de aspirantes. Policía Local Segovia 2020
4.1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento dictará resolución, aprobando la lista provisional de admitidos y excluidos, que se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia y sede electrónica: https://sede.segovia.es, en los términos que se determine, concediendo un plazo de diez días hábiles a los aspirantes excluidos para reclamar y subsanar, en su caso, los defectos que han motivado su exclusión.
4.2. Transcurrido el plazo para reclamar o subsanar, en su caso, el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento dictará resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos, que se hará pública en el tablón de edictos de la Casa Consistorial y Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica anteriormente señalada.
4.3. Contra dicha resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 10.1 a) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Igualmente, con carácter previo y potestativo, se podrá interponer recurso de reposición ante el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, según lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.
Base quinta.– Tribunal. Policía Local Segovia 2020
5.1. El tribunal calificador del concurso-oposición, estará formado por las siguientes personas:
Tribunal titular:
Presidente: Intendente Jefe de la Policía Local N.I.P. 6000
Vocal 1.º: Inspector del Área Régimen Interno N.I.P. 6056
Vocal 2.º: Un funcionario del Ayto. de Segovia D. José Ignacio Navarro Olivera
Vocal 3.º: Subinspector de Policía Local de Segovia N.I.P. 6009
Vocal 4.º: Funcionario de la Junta de Castilla y León nombrado por la Dirección General
Secretario: Funcionario del Ayto. de Segovia D. Alfredo Toledo Vita
Tribunal suplente:
Presidente: Subinspector de la Policía Local de Segovia N.I.P. 6010
Vocal 1.º: Subinspector de la Policía Local de Segovia N.I.P. 6052
Vocal 2.º: Un funcionario del Ayto. de Segovia D.ª África Vallejo Aguila-Real
Vocal 3.º: Oficial de la Policía Local de Segovia N.I.P. 6011
Vocal 4.º: Funcionario de la Junta de Castilla y León nombrado por la Dirección General
Secretario: Funcionario del Ayto. de Segovia D. Jesús María Gómez Sanz
Asimismo, participará como «observador» persona designada por la Junta de Personal:
Titular: N.I.P. 6106
Suplente: N.I.P. 6101
5.2. Previa convocatoria por el Presidente, se constituirá el tribunal en el plazo máximo de 30 días a partir de su nombramiento. El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos la mitad de los miembros, titulares o suplentes indistintamente, y en todo caso con la presencia del presidente y secretario o personas que les sustituyan.
5.3. Para las pruebas médicas, psicotécnicas y físicas, el tribunal requerirá los servicios de personal especializado, que emitirá su informe con arreglo a las condiciones de la convocatoria, y a la vista de los cuales el tribunal resolverá. Asimismo podrán nombrarse asesores del tribunal para aquellas materias que estime necesario, que actuarán con voz pero sin voto.
5.4. A efectos de comunicación y demás incidencias, el tribunal tendrá su sede en la Casa Consistorial del Ayuntamiento de Segovia, sito en Plaza Mayor n.º 1 – 40001 Segovia.
Base sexta.– Comienzo y desarrollo de los ejercicios. Policía Local Segovia 2020
6.1. Orden de actuación de los aspirantes.
Se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «B», de conformidad a la Resolución de 21 de julio de 2020 de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración del Estado, B.O.E. 201 de 24 de julio de 2020.
6.2. El día, hora y lugar de realización del primer ejercicio de la fase de oposición será anunciado al menos con diez días naturales de antelación, mediante anuncio en la sede electrónica: https://sede.segovia.es y en el Boletín Oficial de la Provincia junto con la lista provisional (o definitiva, en su caso). Los anuncios de celebración del segundo y restantes ejercicios se efectuarán por el tribunal en la sede del mismo, al menos con veinticuatro horas de antelación a la señalada para la iniciación de los mismos.
6.3. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, quedando decaídos en sus derechos los aspirantes que no comparezcan a realizarlo a la hora fijada, salvo los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el tribunal, para los que podrá realizarse una convocatoria extraordinaria.
Base séptima.– Fase de oposición.
Constará de varias pruebas y un reconocimiento médico, todos ellos eliminatorios:
7.1. Prueba de aptitud física.
Pruebas físicas tendentes a comprobar, entre otros aspectos, las condiciones de equilibrio, velocidad, resistencia y coordinación. Tendrá carácter eliminatorio y se ajustará a las condiciones establecidas en la Base decimocuarta. La calificación será de «Apto» o «No apto».
7.2. Prueba de conocimientos. Policía Local Segovia 2020
7.2.1. Prueba de conocimientos para los aspirantes del turno libre: Tendrá carácter eliminatorio y consistirá en contestar por escrito a los siguientes ejercicios:
Ejercicio Primero.– Consistirá en responder por escrito, durante el tiempo que determine el tribunal, a un cuestionario de al menos 50 preguntas tipo test, con cuatro respuestas alternativas, sobre los contenidos de los temas relacionados en el Temario de la Base decimosexta; de las que el 40 por 100 corresponderán a los temas del grupo A, otro 40 por 100 corresponderán a los temas del grupo B y un 20% al grupo C.
El ejercicio se calificará sobre 10 puntos para el total de respuestas correctas, penalizándose las respuestas erróneas con un tercio del valor de cada respuesta acertada. Las preguntas sin respuesta no penalizarán.
Los aspirantes que no alcancen 5 puntos serán eliminados definitivamente de la prueba.
Ejercicio Segundo.– Consistirá en responder por escrito, durante un tiempo máximo de 45 minutos al planteamiento de un ejercicio práctico relacionado con los temas de los grupos A y B, del temario de la Base decimosexta.
El ejercicio se calificará sobre 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen 5 puntos.
La calificación global de la prueba de los aspirantes no eliminados será la media de las calificaciones de los dos ejercicios.
7.2.2. Prueba de conocimientos para los aspirantes a las plazas del turno de movilidad.
Tendrá carácter eliminatorio y consistirá en contestar por escrito al siguiente ejercicio:
Responder durante el tiempo que determine el tribunal, a un cuestionario de al menos 20 preguntas tipo test, sobre los contenidos de los temas del grupo C relacionados en la Base decimosexta. Cada pregunta deberá contener cuatro respuestas alternativas.
El ejercicio se calificará sobre 10 puntos para el total de respuestas correctas, penalizándose las respuestas erróneas con un tercio del valor de cada respuesta acertada. Las preguntas sin respuesta no penalizarán; siendo necesario obtener al menos 5 puntos para superar la prueba.
7.3. Pruebas de aptitud psíquica. Policía Local Segovia 2020
Tendrán carácter eliminatorio y consistirán en la contestación de varios cuestionarios ajustados a los requerimientos propios del puesto a desempeñar, en especial las siguientes:
- Prueba de aptitudes:
- Razonamiento verbal.
- Razonamiento abstracto.
- Rapidez y precisión perceptiva.
- Atención y resistencia a la fatiga.
- Agilidad mental.
- Memoria visual.
- Prueba de personalidad:
- Autocontrol.
- Estabilidad emocional.
- Capacidad empática y de manejo de la relación interpersonal.
- Seguridad en sí mismo. Sentido de la disciplina.
- Autoridad.
- Trabajo en equipo.
- Sociabilidad.
- Iniciativa.
- Objetividad.
- Automotivación.
Las pruebas de aptitud psíquica se realizarán por personal técnico cualificado. El resultado será de «Apto» o «No apto».
7.4. Reconocimiento médico.
Tendrá carácter eliminatorio y se ajustará a las consideraciones establecidas en la Base decimoquinta.
El reconocimiento médico se realizará por personal técnico cualificado, que podrá realizar cuantos exámenes y pruebas médicas considere necesarias para determinar el estado de cada aspirante, incluyendo análisis de sangre y orina, pruebas radiológicas, etc. La negativa a la realización de cualquier prueba médica será motivo para la exclusión del proceso selectivo.
Se garantiza la confidencialidad de los resultados. El resultado de la prueba será de «Apto» o «No apto».
Base octava.– Fase de concurso.
Teniendo en cuenta que la presente convocatoria se ha realizado por el procedimiento de oposición, no tiene fase de concurso.
Base novena.– Calificación de la oposición.
9.1. Turno de movilidad.
9.1.1. A los aspirantes del turno de movilidad que resulten aptos en las pruebas previstas, serán propuestos, para cubrir las plazas convocadas, por orden de mayor puntuación.
9.1.2. En el caso de empate en la puntuación, accederán a las plazas los aspirantes que tengan mayor antigüedad como Agentes de Policía Local (más días de servicio activo como Agentes de Policía Local).
9.1.3. Las plazas no cubiertas por este turno, se sumarán a las del turno libre.
9.2. Turno libre, con reserva de plaza para militares profesionales.
9.2.1. Por este turno se cubrirán hasta el 20% de las vacantes del turno libre (que incluyen las vacantes convocadas para el turno libre, más las no cubiertas por el turno de movilidad).
9.2.2. Las vacantes de este turno, se adjudicarán a los opositores que hayan obtenido mayor puntuación.
9.2.2. En el caso de empate en la puntuación, se adjudicará la plaza al opositor que tenga mayor puntuación, en el ejercicio de test, de la prueba de conocimientos.
9.2.3. De persistir el empate, se adjudicará la plaza al opositor de mayor empleo y antigüedad como militar profesional.
9.3. Turno libre.
9.3.1. Por este turno se cubrirán las vacantes no cubiertas por los dos turnos anteriores.
9.3.2. Las vacantes de este turno se adjudicarán a los aspirantes que hayan obtenido la mayor puntuación.
9.3.3. En el caso de empate en la puntuación, se adjudicará la plaza al aspirante que tenga mayor puntuación en el ejercicio de test de la prueba de conocimientos.
Base décima.– Relación de aprobados y presentación de documentos.
10.1. Terminada la calificación de los aspirantes, el tribunal publicará en los lugares establecidos en la base cuarta, la relación de los aspirantes aprobados, por orden de puntuación, y elevará al Alcalde del Ayuntamiento la propuesta de adjudicación de vacantes, que no podrá rebasar el número de vacantes existentes.
10.2. Si además de los propuestos para las vacantes existentes, hubiera más aspirantes que hubieran aprobado los ejercicios de la oposición, el Tribunal publicará un listado complementario con dichos aspirantes, por orden de puntuación, a los efectos previstos en el párrafo segundo del artículo 61, apartado 8 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre).
10.3. Los opositores propuestos presentarán en el Ayuntamiento, dentro del plazo de quince días naturales, contados a partir de la publicación de la lista de aprobados en sede electrónica del Ayuntamiento, los siguientes documentos:
- 1.º– Certificado negativo de antecedentes penales, expedido por el Registro de penados y rebeldes, referido a la fecha de la publicación de la lista de aprobados en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
- 2.º– Declaración responsable de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las comunidades autónomas o a las entidades locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública.
- 3.º– Declaración jurada de compromiso de portar armas y utilizarlas en los casos previstos en la ley.
- 4.º– Título de bachiller, Técnico o título equivalente que permita el acceso al Grupo C, subgrupo C1, de los previstos en el artículo 76 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre).
- 5.º– Permisos de conducir vehículos a motor de las clases A-2 y B.
10.4. Los aspirantes que opten por turno de movilidad presentarán además certificación de servicios previos en el Ayuntamiento de origen y su baja en el mismo.
10.5. Si dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor, los opositores propuestos no presentaran su documentación o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación en la convocatoria.
10.6. Acreditación de militar profesional.
Base undécima.– Curso selectivo de formación básica y nombramientos. Policía Local Segovia 2020
11.1. Los aspirantes aprobados en el turno libre y del turno libre con reserva de plaza para militares profesionales, seguirán un curso selectivo de formación básica, organizado por la Dirección General competente en materia de coordinación de policías locales, como funcionarios en prácticas de los ayuntamientos, con arreglo al programa que se establezca, debiendo superar las pruebas que en el mismo se señalen.
11.2. Los aspirantes que acrediten haber realizado el curso selectivo de formación básica en cualquier otra edición, estarán eximidos de realizarlo nuevamente, pudiendo ser nombrados funcionarios de carrera de manera inmediata. Asimismo, podrán ser eximidos del curso selectivo aquellos aspirantes que acrediten formación similar obtenida en otras comunidades autónomas, cuando así sea expresamente reconocido por resolución del Director General competente en materia de coordinación de policías locales de Castilla y León.
11.3. Durante el curso los aspirantes admitidos devengarán las retribuciones legales como funcionarios en prácticas, sin perjuicio de las compensaciones que puedan corresponder por gastos extraordinarios (desplazamiento, alojamiento y manutención) que conlleve su estancia en el centro de formación, con cargo al Ayuntamiento.
11.4. La calificación definitiva de los aspirantes en turno libre y del turno libre con reserva de plaza para militares profesionales, que hayan sido declarados aptos en el curso selectivo, vendrá dada por la suma de la obtenida en la oposición y la que hayan alcanzado en el curso selectivo de formación básica, elevándose la relación de aprobados por orden de puntuación al Alcalde del Ayuntamiento, para tramitar los nombramientos como funcionarios de carrera de los aspirantes seleccionados.
11.5. La calificación definitiva, para los aspirantes que accedan por turno de movilidad, vendrá dada por la puntuación obtenida en la oposición, elevándose la relación de aprobados por orden de puntuación, al Alcalde del Ayuntamiento para tramitar el nombramiento como funcionarios de carrera de los aspirantes seleccionados.
11.6. Una vez efectuado el nombramiento, el opositor nombrado deberá tomar posesión en el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el siguiente al que le sea notificado el nombramiento. La falta de toma de posesión en el plazo indicado, sin causa justificada, conllevará la pérdida de los derechos del opositor en el proceso selectivo.
Base duodécima.– Incidencias. Policía Local Segovia 2020
El tribunal queda autorizado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la oposición en todo lo no previsto en estas bases.
Serán de aplicación general las normas contenidas en el Reglamento de funcionarios de Administración Local, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, que aprueba el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado, Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de administración local, y demás legislación vigente.
Base decimotercera.– Recursos.
La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta y de la actuación del tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común.
Base decimocuarta.– Desarrollo de las pruebas físicas.
Las pruebas se realizarán, siguiendo el orden que determine el tribunal, con apoyo de personal especializado en la materia y de acuerdo con las siguientes reglas:
14.1. Prueba de potencia del tren inferior. Salto de longitud con los pies juntos.
- a.– Disposición: El aspirante se colocará ante una línea de 1 metro de larga y de 0,05 metros de ancha, marcada en el suelo, paralela al foso de saltos y a una distancia de 0,50 metros del borde anterior del mismo.
- b.– Ejecución: Cuando se halle dispuesto, el aspirante flexionará y extenderá rápidamente el tren inferior para, apoyando los dos pies juntos en el suelo, proyectar el cuerpo hacia adelante y caer en el foso. Está permitido el balance sobre punta-talón del pie o la elevación de talón antes del salto.
- c.– Medición: Se efectuará desde la parte de la línea más alejada del foso hasta la huella del aspirante más cercana a la línea de partida sobre la arena del foso. La medición será en metros y centímetros.
- d.– Intentos: Pueden realizarse tres intentos, contabilizándose el mejor.
- e.– Invalidaciones: El salto debe realizarse con un solo impulso con los pies juntos, contabilizándose como nulo aquél en el que, una vez separados los pies del suelo, vuelvan a apoyarse de nuevo para la impulsión definitiva. Es nulo el salto que se produce por el apoyo alternativo y no simultáneo de los pies sobre el suelo. Es nulo el salto en el que el aspirante pise o rebase la línea en el momento de la impulsión. Es nulo el salto que se realice sin los pies juntos en la zona de impulsión.
- Quedarán eliminados los aspirantes que no consigan superar las marcas establecidas o que realicen tres intentos nulos.
- f.– Marcas.
- f.1. TURNO LIBRE y TURNO LIBRE PARA MILITARES PROFESIONALES:
- Mujeres: Las opositoras serán eliminadas con un salto inferior a 1,90 m.
- Hombres: Los opositores serán eliminados con un salto inferior a 2,30 m.
- f.2. TURNO DE MOVILIDAD: Los opositores serán eliminados con saltos inferiores a los establecidos para cada categoría de edad.
SALTO DE LONGITUD (Pies juntos) | ||
---|---|---|
Edad | Mujeres | Hombres |
Menos de 33 años | 1,90 | 2,30 |
De 33 y hasta 38 años | 1,80 | 2,20 |
De 39 y hasta 44 años | 1,70 | 2,10 |
De 45 y más años | 1,60 | 2,00 |
4.2. Prueba de potencia del tren superior. Lanzamiento de balón medicinal.
- a.– Disposición: El aspirante se colocará frente a una línea marcada en el suelo, de 1 metro de larga por 0,05 metros de ancha, paralela a la zona de lanzamiento, con los pies separados y la punta de los pies a la misma distancia de dicha línea.
- b.– Ejecución: Cuando esté dispuesto, el aspirante tomará el balón medicinal con ambas manos y lanzará el mismo, sacándole desde atrás y por encima de la cabeza, enviándole lo más lejos posible. No se podrá tomar carrera pero sí realizar movimientos de balanceo con brazos y cuerpo.
- c.– Medición: Se efectuará desde la parte de la línea más alejada de la zona de lanzamiento hasta la primera huella que deje el balón sobre la zona de caída. La medición será en metros y centímetros.
- d.– Intentos: Pueden realizarse tres intentos, contabilizándose el mejor.
- e.– Invalidaciones: Se considerarán lanzamientos nulos aquellos en los que el aspirante pise o rebase la línea, o cuando no tenga la punta de los pies a la misma distancia de la línea de lanzamiento, o cuando haga su lanzamiento saltando, despegando totalmente cualquiera de los pies o arrastrando cualquiera de los mismos hacia atrás o cuando el aspirante efectúe el lanzamiento con una sola mano.
- f.– Marcas.
- f.1. TURNO LIBRE y TURNO LIBRE PARA MILITARES PROFESIONALES:
- Mujeres: Balón medicinal de 3 kg. Las opositoras serán eliminadas con un lanzamiento inferior a 6,25 m.
- Hombres: Balón medicinal de 5 kg. Los opositores serán eliminados con un lanzamiento inferior a 6,25 m.
- f.2. TURNO DE MOVILIDAD: Los opositores serán eliminados con lanzamientos inferiores a los establecidos para cada categoría de edad.
LANZAMIENTO DE BALÓN MEDICINAL | ||
---|---|---|
Edad | Mujeres (balón de 3 kg) | Hombres (balón de 5 kg) |
Menos de 33 años | 6,25 | 6,25 |
De 33 y hasta 38 años | 5,75 | 5,75 |
De 39 y hasta 44 años | 5,25 | 5,25 |
De 45 y más años | 4,75 | 4,75 |
14.3. Prueba de velocidad. Carrera de 60 metros lisos.
- a.– Disposición: El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado, pudiendo realizar la salida de pie o agachado, sin tacos de salida.
- b.– Ejecución: La propia en una carrera de velocidad, adaptada a los requisitos mínimos en cuanto a condiciones del terreno especificadas en el Reglamento de la Federación Internacional de Atletismo Aficionado (FIAA).
- c.– Medición: La toma de tiempos se realizará preferentemente mediante cronometrajes electrónicos, aunque podrá ser manual, duplicándose los cronos por cada calle, tomándose como válido, el tiempo medio de los dos medidos. Los tiempos deberán leerse en segundos y décimas de segundo. Si se utilizan cronómetros de centésimas de segundo con lectura digital, los tiempos que terminen en más de cinco en el segundo decimal, se convertirán a la próxima décima de segundo mayor.
- Los tiempos mínimos de esta prueba, señalados en el apartado «f», se incrementarán en tres décimas, en caso de que la toma de tiempos se realice con medios electrónicos y foto finish.
- d.– Intentos: Solamente se permite un intento y dentro del mismo, una salida nula por cada corredor. A la segunda falta, el aspirante será eliminado.
- e.– Invalidaciones: De acuerdo con el Reglamento de la FIAA.
- f.– Marcas.
- f.1. TURNO LIBRE y TURNO LIBRE PARA MILITARES PROFESIONALES:
- Mujeres: Las opositoras serán eliminadas con un tiempo superior a 10 segundos y 4 décimas (10,4”).
- Hombres: Los opositores serán eliminados con un tiempo superior a 8 segundos y 6 décimas (8,6”).
- f.2. TURNO DE MOVILIDAD: Los opositores serán eliminados con tiempos superiores a los establecidos para cada categoría de edad.
CARRERA DE VELOCIDAD (60 metros) | ||
---|---|---|
Edad | Mujeres | Hombres |
Menos de 33 años | 10,4” | 8,6” |
De 33 y hasta 38 años | 10,8” | 9,0” |
De 39 y hasta 44 años | 11,2” | 9,6” |
De 45 y más años | 11,8” | 10,0” |
14.4. Prueba de resistencia muscular. Carrera de 1.000 metros lisos.
- a.– Disposición: El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado para la salida, pudiendo realizarla de pie o agachado sin tacos.
- b.– Ejecución: La propia de este tipo de carreras sobre 1.000 metros, adaptada a los requisitos mínimos en cuanto a condiciones del terreno especificadas en el Reglamento de la Federación Internacional de Atletismo Aficionado (FIAA), pudiendo correr los opositores por calle libre desde el momento de la salida.
- c.– Medición: La toma de tiempos se realizará en minutos y segundos, a través de cronometrajes preferentemente electrónicos, aunque podrá ser manual, duplicándose los cronos por cada calle, tomándose como válido, el tiempo medio de los dos medidos.
- d.– Intentos: Solamente se permite un intento y dentro del mismo, una salida nula por cada corredor. A la segunda falta, el aspirante será eliminado.
- e.– Invalidaciones: De acuerdo con el Reglamento de la FIAA.
- f.– Marcas.
- f.1. TURNO LIBRE y TURNO LIBRE PARA MILITARES PROFESIONALES :
- Mujeres: Las opositoras serán eliminadas con un tiempo superior a 4 minutos y 25 segundos (4’ 25”).
- Hombres: Los opositores serán eliminados con un tiempo superior a 3 minutos y 30 segundos (3’ 30”).
- f.2. TURNO DE MOVILIDAD: Los opositores serán eliminados con tiempos superiores a los establecidos para cada categoría de edad.
CARRERA DE RESISTENCIA (1.000 metros) | ||
---|---|---|
Edad | Mujeres | Hombres |
Menos de 33 años | 4’ 25” | 3’ 30” |
De 33 y hasta 38 años | 4’ 40” | 3’ 45” |
De 39 y hasta 44 años | 5’ 00” | 4’ 05” |
De 45 y más años | 5’ 20” | 4’ 25” |
14.5. Prueba de natación (25 metros estilo libre).
- a.– Disposición: Los aspirantes podrán efectuar la salida desde el borde de salida o desde dentro de la piscina. En este caso deberá tocarse claramente la pared de dicho borde de salida con una mano o pie.
- b.– Ejecución: Una vez dada la salida, por el juez de salida, los aspirantes realizarán nadando 25 metros en estilo libre, debiendo tocar claramente el borde de llegada con alguna de las manos.
- c.– Medición: Manual. Se contabilizará el tiempo invertido. La medición se realizará en segundos.
- d.– Intentos: Solamente se permite un intento y dentro del mismo, una salida nula por cada nadador.
- e.– Invalidaciones: Se invalidará la prueba y quedará eliminado el aspirante que realice dos salidas nulas o que, aun cuando haya nadado los 25 metros, lo haya hecho sujetándose en alguna parte fija (corchera) o apoyándose en borde o suelo de la piscina y siempre que no se hayan nadado dichos 25 metros en el tiempo establecido.
- f.– Marcas.
- f.1. TURNO LIBRE y TURNO LIBRE PARA MILITARES PROFESIONALES:
- Mujeres: Las opositoras serán eliminadas con un tiempo superior a 24 segundos.
- Hombres: Los opositores serán eliminados con un tiempo superior a 21 segundos.
- f.2. TURNO DE MOVILIDAD: Los opositores serán eliminados con tiempos superiores a los establecidos para cada tramo de edad.
NATACIÓN (25 metros estilo libre) | ||
---|---|---|
Edad | Mujeres | Hombres |
Menos de 33 años | 24” | 21” |
De 33 y hasta 38 años | 25” | 22” |
De 39 y hasta 44 años | 26” | 23” |
De 45 y más años | 27” | 24” |
Base decimoquinta.– Cuadro de exclusiones por consideraciones físicas y médicas para el ingreso en los cuerpos de policías Locales. Policía Local Segovia 2020
Para los diagnósticos establecidos en esta Base se tendrán en cuenta los criterios de las sociedades médicas de las especialidades correspondientes.
Todas estas exclusiones se garantizarán con las pruebas complementarias necesarias para el diagnóstico.
15.1. Exclusiones físicas.
15.1.1. Estatura mínima: 1,65 metros los hombres y 1,60 metros las mujeres.
15.1.2. Perímetro torácico: Diferencia entre máximo – mínimo: 4 cm o superior.
15.1.3. Espirometría: Mínima 3.000.
15.2. Exclusiones médicas.
15.2.1. Generales:
- Obesidad o delgadez manifiestas que dificulten o incapaciten para el ejercicio de las funciones propias del cargo. Se evaluará a través del Índice de Masa Corporal (IMC) que no debe ser inferior a 18,5 ni superior a 29,9, considerando el IMC como la relación resultante de dividir el peso de la persona expresado en kilos por el cuadrado de la talla expresado en metros.
- En los aspirantes que posean un IMC comprendido entre 25 y 29,9, ambos inclusive, se realizará una medición del perímetro abdominal a la altura del ombligo. Este perímetro no será superior en ningún caso a 102 centímetros en los hombres o a 88 centímetros en las mujeres.
15.2.2. Enfermedades de la piel y los tejidos:
- Psoriasis.
- Eczema.
- Cicatrices que produzcan limitación funcional.
- Otros procesos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten o limiten el desarrollo la función policial.
15.2.3. Enfermedades del aparato digestivo:
- Úlcera gastroduodenal.
- Cirrosis hepática.
- Hernias abdominales o inguinales.
- Pacientes gastrectomizados, colostomizados o con secuelas postquirúrgicas que produzcan trastornos funcionales.
- Enfermedad inflamatoria intestinal (enfermedad de Crhon o colitis ulcerosa).
- Cualquier otro proceso digestivo que a juicio de los facultativos médicos dificulte el desempeño del puesto de trabajo.
15.2.4. Enfermedades del aparato cardiovascular:
- Hipertensión arterial, no debiendo sobrepasar en reposo los 140 mm/Hg de presión sistólica, y los 90 mm/Hg de presión diastólica.
- Varices o insuficiencia venosa periférica.
- Cualquier otra patología o lesión cardiovascular que, a juicio de los facultativos médicos, puedan limitar el desempeño del puesto de trabajo.
15.2.5. Enfermedades del aparato respiratorio:
- Asma bronquial.
- Broncopatía u otra enfermedad pulmonar obstructiva crónica.
- Neumotórax espontáneo recidivante.
- Tuberculosis pulmonar activa.
- Otros procesos del aparato respiratorio que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten el desarrollo de la función policial.
15.2.6. Enfermedades del aparato locomotor:
- Alteraciones del aparato locomotor que limiten o dificulten el desarrollo de la función policial, o que puedan agravarse, a juicio de los facultativos médicos, con el desempeño del puesto de trabajo: Patología ósea de extremidades, retracciones o limitaciones funcionales de causa muscular o articular, defectos de columna vertebral y otros procesos óseos, musculares y articulares.
15.2.7. Enfermedades del aparato de visión:
- Agudeza visual sin corrección inferior a los dos tercios de la visión normal en cada uno de los ojos.
- Queratotomía radial.
- Estrabismo.
- Desprendimiento de retina.
- Patología retiniana degenerativa.
- Hemianopsias y alteraciones campimétricas.
- Discromatopsias. Daltonismo en todos sus grados.
- Cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los facultativos médicos, dificulte de manera importante la agudeza visual.
15.2.8. Enfermedad del aparato de la audición:
- Agudeza auditiva que suponga una pérdida entre 1.000 y 3.000 hertzios a 35 decibelios o de 4.000 hertzios a 45 decibelios. Asimismo no podrá existir una pérdida auditiva en las frecuencias conversacionales igual o superior a 30 decibelios.
- Cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los facultativos médicos, dificulte de manera importante la agudeza auditiva.
15.2.9. Enfermedad de la fonación:
- Tartamudez permanente e importante.
15.2.10. Enfermedades del sistema nervioso y trastornos psiquiátricos:
- Epilepsia.
- Migraña.
- Depresión.
- Trastornos de la personalidad.
- Psicosis.
- Alcoholismo, toxicomanías y drogodependencias a psicofármacos o a sustancias ilegales.
- Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten el desarrollo de la función policial.
15.2.11. Enfermedades del aparato endocrino:
- Diabetes.
- Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten o limiten el desarrollo de la función policial.
15.2.12. Enfermedades infecciosas y del sistema inmunitario:
- Enfermedades transmisibles en actividad.
- Enfermedades inmunológicas sistémicas.
- Intoxicaciones crónicas.
- Hemopatías graves.
- Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten o limiten el desarrollo de la función policial.
15.2.13. Otros procesos patológicos:
- Cualquier enfermedad, síndrome o proceso patológico que, a juicio de los facultativos médicos, limite o incapacite al aspirante para el ejercicio de la función policial.
Base decimosexta.– Temario de la prueba de conocimientos. Policía Local Segovia 2020
TEMARIO. Policía Local Segovia 2020
GRUPO A. Policía Local Segovia 2020
Tema 1.– El sistema constitucional español. La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido. Principios generales. La reforma de la Constitución Española. El Estado español como Estado Social y Democrático de Derecho.
Tema 2.– Derechos y deberes fundamentales. Derechos y Libertades. Garantías de las libertades y derechos fundamentales. Los principios rectores de la política social y económica. El Tribunal Constitucional. El Defensor del Pueblo.
Tema 3.– Organización política del Estado español. Clase y forma de Estado. La Corona. Las Cortes Generales: Estructura y competencias. Procedimiento de elaboración de las leyes.
Tema 4.– Organización política del Estado español. El poder ejecutivo. El Gobierno y la Administración. El Poder Judicial. Organización judicial española. El Ministerio Fiscal.
Tema 5.– La Organización territorial del Estado. Las comunidades autónomas. Las administraciones locales.
Tema 6.– La Comunidad Autónoma de Castilla y León. Instituciones: las Cortes de Castilla y León, el Presidente y la Junta de Castilla y León. El Estatuto de Autonomía. Idea general de las competencias de la Comunidad Autónoma.
Tema 7.– La administración pública. Derecho administrativo general. Concepto. Fuentes del derecho administrativo: enumeración y clasificación. La jerarquía normativa. Los reglamentos.
Tema 8.– El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos.
Tema 9.– El procedimiento administrativo: principios informadores. Los interesados. Las fases del procedimiento administrativo: iniciación, ordenación, instrucción y terminación. Dimensión temporal del procedimiento.
Tema 10.– Referencia a los procedimientos especiales. Especialidades del procedimiento administrativo local. La revisión de los actos administrativos: de oficio. Recursos administrativos.
Tema 11.– La función pública en general. El Estatuto del empleado público. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios. Situaciones administrativas.
Tema 12.– Los funcionarios de las entidades locales. Organización de la función pública local. Los grupos de funcionarios de la Administración Especial y General de las entidades locales.
Tema 13.– La responsabilidad de la Administración. Fundamentos y clases. La responsabilidad de los funcionarios.
Tema 14.– La Administración Local. Principios constitucionales y regulación jurídica. Entidades que comprende. La provincia: concepto, elementos y competencias. El Municipio: concepto y elementos. El término municipal. La población: especial referencia al empadronamiento.
Tema 15.– La organización del municipio: El ayuntamiento. El alcalde. Los concejales. El pleno. La comisión de gobierno Local. Otros órganos administrativos.
Tema 16.– Funcionamiento y competencias municipales. Los servicios públicos locales y sus formas de gestión. Las formas de actividad de las Entidades Locales. La intervención administrativa en la actividad privada; estudio especial de las licencias municipales. Ordenanzas. Reglamentos y Bandos: Clases, procedimiento de elaboración y aprobación.
Tema 17.– Las fuerzas y cuerpos de seguridad. Clases y competencias. Disposiciones estatuarias comunes.
Tema 18.– Los cuerpos de policía local. Su participación en la seguridad pública. Funciones como policía administrativa, de seguridad y policía judicial. Coordinación con otros cuerpos policiales. Las juntas locales de seguridad.
Tema 19.– Las competencias de tráfico de la policía local. La policía local como policía de proximidad y asistencial.
Tema 20.– Los cuerpos de policía local. Organización y estructura. Estatuto personal: La Ley 9/2003 de coordinación de policías locales de Castilla y León y su desarrollo.
Tema 21.– Los cuerpos de policía local. Derechos y deberes. Sistema de responsabilidad, penal civil y administrativa. Régimen disciplinario.
Tema 22.– Función y deontología policial. Los principios básicos de actuación. Códigos deontológicos para personas encargadas de hacer cumplir la Ley.
GRUPO B.
Tema 1.– El procedimiento penal. Principios que lo rigen y clases. Clases y competencias de los Juzgados y tribunales.
Tema 2.– La Policía Judicial. Concepto y funciones. El atestado policial en la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Concepto y estructura.
Tema 3.– Detención: concepto, clases y supuestos. Plazos de detención. Obligaciones del funcionario que efectúa una detención. Contenido de la asistencia letrada. Derecho del detenido. Responsabilidades penales en las que puede incurrir el funcionario que efectúa una detención. El procedimiento de «Habeas Corpus».
Tema 4.– El Código Penal. Las infracciones penales. Personas criminalmente responsables. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.
Tema 5.– Las penas y sus clases. Las medidas de seguridad. La responsabilidad civil derivada de los delitos.
Tema 6.– El homicidio y sus formas. Las lesiones.
Tema 7.– Delitos contra la libertad. Las torturas y otros delitos contra la integridad moral. Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales.
Tema 8.– Delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad. Delitos contra el honor y contra las relaciones familiares.
Tema 9.– Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico. Delitos contra los derechos de los trabajadores.
Tema 10.– Delitos contra la seguridad colectiva. Los incendios. Delitos contra la salud pública. Delitos contra la seguridad vial.
Tema 11.– Delitos cometidos por los funcionarios contra las garantías constitucionales.
Tema 12.– Los delitos de imprudencia con especial relación a los cometidos con vehículos de motor.
Tema 13.– La protección de la seguridad ciudadana: Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo.
Tema 14.– La protección civil en España y en Castilla y León. Normas reguladoras.
Tema 15.– Normativa básica sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Competencias de las Administraciones del Estado y de los Municipios.
Tema 16.– Normas generales de circulación. Circulación de vehículos: velocidad, prioridad de paso, cambio de dirección, cambio de sentido y marcha atrás, adelantamientos, paradas y estacionamientos.
Tema 17.– Cruce de pasos a nivel y puentes levadizos. Utilización del alumbrado. Advertencias de los conductores.
Tema 18.– Señalización: normas generales. Prioridad, formato e idioma de las señales. Clases de señales.
Tema 19.– Autorizaciones administrativas. Autorizaciones para conducir. Autorizaciones relativas a los vehículos.
Tema 20.– Infracciones y sanciones. Medidas cautelares. Procedimiento sancionador en materia de tráfico.
Tema 21.– El estacionamiento regulado de vehículos. Las Ordenanzas O.R.A.
GRUPO C.
TEMAS ESPECÍFICOS.
Tema 01: Historia y Callejero del Municipio de Segovia.
Tema 02: Patrimonio Histórico y Artístico del Municipio de Segovia.
Tema 03: Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Segovia.
Tema 04: Organización de la Policía Local de Segovia.
Tema 05: Normativa en vigor sobre de Ruidos y Vibraciones.
Tema 06: Normativa municipal sobre Ocupación de Vía Pública con Terrazas.
Tema 07: Ordenanza de Circulación del Municipio de Segovia.
Tema 08: Ordenanza de Convivencia Ciudadana del Municipio de Segovia.
Tema 09: Normativa municipal en vigor sobre Prevención de Alcoholismo y Tabaquismo.
Tema 10: Normativa municipal en vigor sobre Parques y Jardines.
Base decimoséptima.– Modelo de solicitud.
Este modelo de solicitud de participación en pruebas selectivas de Policía Local se puede descargar en el pdf que figura al pie del siguiente enlace y se encuentra publicado en la sede electrónica https://sede.segovia.es/:
http://bocyl.jcyl.es/html/2016/05/23/html/BOCYL-D-23052016-6.do
Lo que se hace público para general conocimiento.
Segovia, 13 de octubre de 2020.
La Alcaldesa,
Fdo.: Clara I. Luquero Nicolás