Auxiliar de Enfermería: aprobados y acreditación de documentos

Auxiliar de Enfermería: aprobados y acreditación de documentos

Auxiliar de Enfermería: aspirantes aprobados, acreditación de documentos

RESOLUCIÓN de 5 de abril de 2024, de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano, por la que se aprueba y publica la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo convocado por Orden PRE/1307/2019, de 16 de diciembre, para el ingreso, por el sistema de acceso libre, en la competencia funcional de Auxiliar de Enfermería de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y se ofertan los puestos de trabajo.

Finalizado el proceso selectivo para ingreso por el sistema de acceso libre en la competencia funcional de Auxiliar de Enfermería de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, convocado por Orden PRE/1307/2019 de 16 de diciembre (Boletín Oficial de Castilla y León de 26 de diciembre de 2019), esta Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano, conforme a las nuevas categorías profesionales
contenidas en el vigente Convenio Colectivo para el personal laboral de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y Organismos dependientes de ésta (Boletín Oficial de Castilla y León de 21 de junio de 2023), en uso de la delegación otorgada en el apartado segundo b) de la Orden PRE/1367/2022, de 3 de octubre, por la que se delega el ejercicio en determinadas competencias en los órganos directivos centrales de
la Consejería de la Presidencia,

Primero. Aprobar y publicar la relación definitiva de aspirantes que han superado el proceso selectivo por el orden de puntuación obtenido, según figura en el Anexo I. La formalización del correspondiente contrato de trabajo se realizará, previa acreditación del cumplimiento de los requisitos establecidos para ello, en la categoría profesional de Técnico de Atención Directa conforme a las previsiones contenidas en la convocatoria y en el vigente Convenio Colectivo del personal laboral de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y Organismos Autónomos dependientes de ésta.

Auxiliar de Enfermería: aprobados y acreditación de documentos
Segundo. En el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Castilla y León, los aspirantes relacionados en el Anexo I deberán presentar los siguientes documentos:
a) Copia auténtica del Documento Nacional de Identidad o autorización al órgano convocante a que consulte, constate y verifique los datos relativos a
su Documento Nacional de Identidad a través del Sistema de Verificación de Datos. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán presentar
los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos señalados en la base quinta apartado a) de la convocatoria.
CV: BOCYL-D-12042024-2 Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 72 Viernes, 12 de abril de 2024 Pág. 11
b) Certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales, únicamente en caso de acceso a puestos de trabajo que impliquen un contacto habitual
con menores. En ausencia de autorización para su consulta, el interesado deberá aportar su respectiva copia auténtica conforme dispone el Art. 27 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. c) Copia Auténtica del título de Técnico en Cuidado Auxiliares de Enfermería o de Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia o equivalentes, o autorización al órgano convocante a que consulte, constate y verifique los datos relativos a titulación a través del Sistema de Verificación de Datos.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite
la homologación del título o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será exigible a los aspirantes que hubieran
obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.
d) Declaración responsable de no hallarse inhabilitado, por sentencia firme, para el ejercicio de funciones públicas, ni de haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier Administración Pública. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida el acceso a la función pública en su Estado. e) Declaración responsable de no tener la condición de personal laboral fijo de la competencia funcional de Auxiliar de Enfermería de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. f) Declaración responsable de poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la competencia funcional objeto de la convocatoria.
La presentación de esta documentación así como de la petición de puestos vacantes prevista en el apartado cuarto se efectuará telemáticamente, en el Registro Electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Para ello se cumplimentará el formulario «Petición de puestos para procesos selectivos superados» disponible a través de la página web de la Dirección General de Función Pública (https://empleopublico. jcyl.es). Cumplimentado dicho formulario y una vez validada y grabada la solicitud, para su presentación telemática se elegirá la opción de «Firmar y registrar», siguiendo los pasos que se van indicando (comprobación de la solicitud, anexado de documentos y
firma digital). El proceso terminará cuando se obtenga el Recibo de Presentación del Documento, que se podrá guardar y/o imprimir como justificante de la presentación.
Si no fuera posible la presentación de forma telemática, podrá presentarse en formato papel, cumplimentando el formulario «Petición de puestos para procesos selectivos superados» a través de la página web de la Dirección General de Función Pública (https://empleopublico.jcyl.es). Cumplimentado dicho formulario y una vez validada y
grabada la solicitud, para su presentación en formato papel se elegirá la opción «Imprimir». El formulario una vez impreso y firmado, junto con el resto de la documentación se
deberá presentar en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en materia de registro de la Administración de la Comunidad de Castilla y León o en la forma establecida en el
CV: BOCYL-D-12042024-2 Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 72 Viernes, 12 de abril de 2024 Pág. 12 artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, e irá dirigida a la Dirección General de la Función Pública (calle Santiago Alba, n.º 1, 47008 - Valladolid).

Auxiliar de Enfermería: aprobados y acreditación de documentos
Tercero. Los aspirantes que, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación exigida, o del examen de la misma se dedujera
que carece de alguno de los requisitos previstos en la convocatoria, no podrán ser contratados como personal laboral fijo, quedando sin efecto todas sus actuaciones,
sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad de la solicitud inicial.

Auxiliar de Enfermería: aprobados y acreditación de documentos
Cuarto. Los aspirantes, en función de los puestos vacantes que se relacionan en el Anexo II de la presente orden, deberán consignar los puestos por orden de preferencia,
debiendo relacionar, al menos, tantos puestos como el número de orden obtenido en la calificación final.

Quinto. Las vacantes se adjudicarán siguiendo el orden de puntuación total obtenida, siempre que reúnan los requisitos objetivos determinados para cada puesto en las
relaciones de puestos de trabajo.

Auxiliar de Enfermería: aprobados y acreditación de documentos
Sexto. Transcurrido el plazo de presentación de documentos, se efectuará la adjudicación de los puestos en función de la petición de los aspirantes y el número de
orden obtenido en el proceso selectivo. Séptimo. Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, de conformidad con lo establecido en los artículos 8.2 a) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Igualmente, con carácter previo y potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante la Viceconsejería de la de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Para más información, puedes consultar en : https://academiairigoyen.com/cuerpo-auxiliar-servicio-de-salud-sacyl/


Personal de Servicios: adjudicación de destinos

Personal de Servicios: adjudicación de destinos

Personal de Servicios: adjudicación de destinos

RESOLUCIÓN de 10 de abril de 2024, de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano, por la que se adjudican destinos a los aspirantes que han superado el proceso selectivo convocado por Orden PRE/1508/2021, de 2 de diciembre, para ingreso, por el sistema de acceso libre, en la competencia funcional de Personal de Servicios de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Personal de Servicios: adjudicación de destinos

Por Resolución de 29 de enero de 2024, de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano se adjudican destinos a los aspirantes que han superado el proceso selectivo convocado por Orden PRE/1508/2021, de 2 de diciembre, de la Consejería de Presidencia, para ingreso por el sistema de acceso libre en la competencia funcional de Personal de Servicios. En su punto segundo la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano se declaran decaídas en su derecho a ser adjudicatarias de destino a dos de las aspirantes que superaron dicho proceso selectivo, al no aportar la documentación requerida. Personal de Servicios: adjudicación de destinos
Por Resolución de 21 de febrero de 2024, de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano (Boletín Oficial de Castilla y León de 28 de febrero de 2024), y conforme a la resolución elevada por el Tribunal Calificador, se aprueba y publica la relación complementaria de aspirantes que han superado el proceso selectivo convocado por Orden PRE/1508/2021, de 2 de diciembre. En su punto primero la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano resuelve aceptar la renuncia de dos de los aspirantes que superaron dicho proceso selectivo. En su punto se declara decaída en su derecho a formalizar el contrato de trabajo a una de las aspirantes, por no haberlo hecho en el plazo establecido. Transcurrido el plazo de presentación de los documentos señalados en el punto cuarto de la citada Resolución de 21 de febrero, procede efectuar la adjudicación de destino a los aspirantes que, habiendo superado el proceso selectivo, han acreditado cumplir los requisitos exigidos en la convocatoria.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en la base undécima de la citada orden de convocatoria, esta Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano, de acuerdo a las nuevas categorías profesionales contenidas en el vigente Convenio Colectivo del personal laboral de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y Organismos Autónomos dependientes de ésta (Boletín Oficial de Castilla y León de 21 de junio de 2023), en uso de la delegación otorgada en el apartado segundo b) de la Orden PRE/1367/2022, de 3 de octubre, por la que se delega el ejercicio en determinadas competencias en los órganos directivos centrales de la Consejería de la Presidencia, CV: BOCYL-D-17042024-1
Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 75 Miércoles, 17 de abril de 2024 Pág. 10 https://bocyl.jcyl.es/boletin.do?fechaBoletin=17/04/2024

RESUELVE
Primero. Adjudicar destino en el puesto de trabajo que se indican a los aspirantes que han superado el proceso selectivo conforme al número de orden obtenido, según figura en el Anexo a la presente resolución. Personal de Servicios: adjudicación de destinos
Segundo. En el plazo de 10 días hábiles, contado a partir del siguiente a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de Castilla y León, los aspirantes relacionados en el Anexo deberán formalizar su contrato de trabajo ante el Secretario General de la Consejería o ante el órgano competente del Organismo Autónomo a que hayan sido destinados. La incorporación a los correspondientes puestos de trabajo se producirá a los 20 días hábiles contados a partir del siguiente al de publicación de esta resolución. Este plazo, no obstante, podrá prorrogarse en el caso de que el puesto obtenido esté ocupado
por un trabajador con contrato de duración determinada, hasta la finalización del período estipulado en el mismo, no permitiéndose la prórroga de tal contrato en ningún caso.
Tercero. La formalización del contrato de trabajo se realizará por escrito, estableciéndose un período de prueba de un mes de duración de trabajo efectivo,
durante el cual la admisión del trabajador se entenderá provisional. No será exigible dicho período de prueba cuando el trabajador haya desempeñado las mismas funciones en la Administración, bajo cualquier modalidad de contratación, por un período igual o superior al aquí establecido, así como cuando haya prestado servicios con la duración citada en la misma área funcional al que perteneciera, en su caso, el puesto adjudicado.
La formalización del correspondiente contrato de trabajo se realizará en la categoría profesional de Personal de Servicios, conforme a las nuevas categorías profesionales contenidas en el vigente Convenio Colectivo del personal laboral de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y Organismos Autónomos dependientes de ésta (Boletín Oficial de Castilla y León de 21 de junio de 2023). La Administración y el trabajador están obligados, respectivamente, a realizar las experiencias que constituyan el objeto de la prueba. Durante el período de prueba el trabajador tendrá los derechos y obligaciones correspondientes al puesto de trabajo que desempeñe, como si fuera de plantilla. La resolución de la relación laboral podrá
producirse a instancia de cualquiera de las partes durante su transcurso. En el caso de que la rescisión laboral parta de la Administración, esta circunstancia se comunicará al Comité Intercentros y al Comité de Empresa del Centro pertinente. Transcurrido el período de prueba el trabajador será fijo, computándose a todos los efectos este período.
El cómputo del período de prueba antes fijado se interrumpirá cuando el aspirante se encuentre en las situaciones de incapacidad temporal, maternidad, adopción o acogimiento preadoptivo y excedencia voluntaria por incompatibilidad o por el disfrute de vacaciones, permisos o licencias.
Cuarto. Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo de Valladolid en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, de conformidad con lo establecido en los artículos 8.2.a) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
CV: BOCYL-D-17042024-1 Boletín Oficial de Castilla y León
Núm. 75 Miércoles, 17 de abril de 2024 Pág. 11
Igualmente, con carácter potestativo, los interesados podrán interponer recurso de reposición ante la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al ciudadano, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Para más información puedes consultar nuestra página web: https://academiairigoyen.com/personal-de-servicios/


¿Opositar al Estado 10 razones para hacerlo

¿Opositar al Estado? 10 razones para hacerlo

¿Opositar al Estado? 10 razones para hacerlo

¿Opositar al Estado?

El Estado, en los últimos años, está presentando las mayores Ofertas de Empleo Público de su historia. Este año convocará juntas las ofertas de 2023 y 2024 lo que será la mayor macro convocatoria de la historia, con cerca de 7.000 plazas de Administrativo y 3.000 de Auxiliar.

2 Posibilidad de teletrabajar. Por lo que podrás trabajar desde tu lugar de residencia.

3 Es posible aprobar una o varias plazas y tomar posesión en el destino de mayor interés y dejar en excedencia el resto.

4 ¿Quieres prepararte para cualquier otra convocatoria? La mejor forma es prepararse para Administración General del Estado. El 70% del contenido estudiado en el Estado es coincidente con el resto de Administraciones locales y regionales.

5 La posibilidad de tomar plaza en la provincia deseada de Castilla y León se ha multiplicado en los últimos años, Las localidades de Castilla y León no son un destino solicitado por alumnos/as fuera de la región. El ratio instancias/plazas en el Estado es cinco veces menor que en las Administraciones regionales o locales.

6 Exención de tasas para personas con grado de minusvalía, familias numerosas y un largo etc.

7 La Administración General del Estado convoca de forma regular y cumpliendo mayormente los plazos establecidos. Se esperan grandes convocatorias durante al menos los 3 próximos años

8 Los ejercicios en Administración General del Estado tienen preguntas más comunes, generales y sencillas. Notas de corte más bajas que en otras Administraciones.

9 Las personas que aprueben por el turno de discapacidad y acrediten una dependencia del lugar de residencia tendrán prioridad a la hora de elegir destino.

10 Podrás acceder a las bolsas de empleo de las provincias que elijas

Consulta toda la información acerca de estas oposiciones en la página del INAP


En Academia Irigoyen preparamos grupos de inicio y repaso para la próxima convocatoria de Administración General del Estado cuyas publicaciones se esperan antes de fin de año.
Si deseas más información no dudes en contactar con nosotros a través de este email o en el 975213738. Puedes consultar más información en nuestra web www.academiairigoyen.com

7 razones para opositar a la Administración General del Estado

Conductor-a JCyL Fecha de Examen

Conductor-a JCyL Fecha de Examen

Conductor-a JCyL Fecha de Examen

RESOLUCIÓN de 25 de marzo de 2024, de la Secretaría General de la Consejería de la Presidencia, por la que se aprueba la relación definitiva de admitidos y excluidos del proceso selectivo para el ingreso, por el sistema de acceso libre, en la categoría profesional de Conductor-a de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, convocado por Resolución de 10 de octubre de 2023, de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano. Por Resolución de 8 de febrero de 2024, de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia (Boletín Oficial de Castilla y León de 16 de febrero de 2024) se aprobaron y publicaron las listas provisionales de admitidos y excluidos al proceso selectivo para ingreso, por el sistema de acceso libre, en la categoría profesional de Conductor-a de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, convocado por Resolución de 10 de octubre de 2023, de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano (Boletín Oficial de Castilla y León de 18 de octubre). Finalizado el plazo de alegaciones a las listas provisionales de admitidos y excluidos, hechas las rectificaciones oportunas y de conformidad con lo dispuesto en la base 9.2 de la citada Resolución de convocatoria, esta Secretaría General

RESUELVE Conductor-a JCyL Fecha de Examen

Primero. Aprobar las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos al citado proceso selectivo, con indicación de las causas de exclusión. Estas listas estarán disponibles en los tablones de anuncios de las oficinas de asistencia en materia de registros de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y en el Portal de Empleados Públicos de la Junta de Castilla y León (https://empleopublico.jcyl.es). La información estará asimismo disponible en el Servicio telefónico de Información y Atención al Ciudadano 012 o 983 327 850 (teléfono gratuito si se dispone de tarifa plana).

Conductor-a JCyL Fecha de Examen
Segundo. Convocar a todos los aspirantes admitidos para la realización del primer ejercicio de la fase de oposición que tendrá lugar el día 26 de mayo de 2024 a las 10:00 horas, en la Escuela Técnica Superior de Ingenieros de Telecomunicación, Universidad de Valladolid sita en el Paseo de Belén n.º 15, Campus Miguel Delibes, 47011 – Valladolid. Los opositores tendrán que acreditar su personalidad con la presentación de su D.N.I. o cualquier otro documento que les identifique fehacientemente y deberán ir provistos de bolígrafo de tinta azul o negra.

Conductor-a JCyL Fecha de Examen
Tercero. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos CV: BOCYL-D-09042024-4 http://bocyl.jcyl.es D.L.: BU 10-1979–ISSN 1989-8959 Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 69 Martes, 9 de abril de 2024 Pág. 14 meses contados desde el día siguiente a su publicación, en virtud de lo dispuesto en los artículos 10.1.a) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Igualmente, con carácter previo y potestativo, podrá interponerse contra la presente resolución, recurso de reposición ante esta Secretaría General, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, según lo dispuesto en los artículos 123 y
siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Valladolid, 25 de marzo de 2024.

Puedes consultar información en nuestra web https://academiairigoyen.com/conductor-oficial-primera/


Listados y Examen Auxiliar JCyL

Listados y Examen Auxiliar JCyL

Listados y Examen Auxiliar JCyL

RESOLUCIÓN de 19 de marzo de 2024, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se aprueba la relación definitiva de admitidos y excluidos del proceso selectivo para el ingreso, por el sistema de acceso libre, en el Cuerpo Auxiliar de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, convocado por Resolución de 3 de noviembre de 2022, de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano, y se fija la fecha para la realización del ejercicio. Por Resolución de 4 de septiembre de 2023 de la Dirección General de la Función Pública (Boletín Oficial de Castilla y León de 15 de septiembre) se aprobaron y publicaron las listas provisionales de admitidos y excluidos al proceso selectivo para el ingreso, por el sistema de acceso libre, en el Cuerpo Auxiliar de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, convocadas por Resolución de 3 de noviembre de 2022 de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano (Boletín Oficial de Castilla y León de 10 de noviembre).

Finalizado el plazo de alegaciones a las listas provisionales de admitidos y excluidos y hechas las rectificaciones oportunas, y de conformidad con lo dispuesto en la base 9.2 de la citada Resolución de convocatoria, esta Dirección General de la Función Pública RESUELVE Listados y Examen Auxiliar JCyL

Primero.– Aprobar las listas definitivas de admitidos y de excluidos al citado proceso selectivo, con indicación de las causas de exclusión. Estas listas se encuentran expuestas al público en los tablones de anuncios de las oficinas de asistencia en materia de registros de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y en el Portal de Empleados Públicos de la Junta de Castilla y León

(https://empleopublico.jcyl.es). Asimismo, la información se encuentra disponible en el Servicio telefónico de Información y Atención al Ciudadano 012 o 983 327 850 (teléfono gratuito si se dispone de tarifa plana).

Segundo.– Convocar a todos los aspirantes admitidos para la realización del ejercicio de la fase de oposición que tendrá lugar el día 13 de abril de 2024 a las 09:30 horas, en las sedes que se detallan en el Anexo. Los opositores tendrán que acreditar su identidad con la presentación de su D.N.I. o cualquier otro documento que les identifique fehacientemente y deberán ir provistos de bolígrafo de tinta azul o negra. Listados y Examen Auxiliar JCyL

Tercero.– Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, en virtud de lo dispuesto en los artículos 10.1.a) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Pág. 18 CV: BOCYL-D-26032024-6Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 61 Martes, 26 de marzo de 2024 Igualmente, con carácter previo y potestativo, podrá interponerse contra la presente Resolución, recurso de reposición ante la Dirección General de la Función Pública, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Valladolid, 19 de marzo de 2024. Listados y Examen Auxiliar JCyL

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Bolsa Empleo Ayudante Biblioteca

Bolsa Empleo Ayudante Biblioteca

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ORDEN PRE/250/2024, de 21 de marzo, por la que se convoca procedimiento para la constitución de la bolsa de empleo temporal del Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas, Escala de Ayudantes de Biblioteca, de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

El artículo 43 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, en la redacción dada por la Ley 2/2017, de 4 de julio, de Medidas Tributarias y Administrativas, establece que la selección de personal funcionario interino, a excepción del docente y sanitario que se regirá por sus normas específicas, se realizará mediante un sistema de bolsas o listas abiertas y públicas en los términos que reglamentariamente se determinen, que garantizando los principios de igualdad, mérito y capacidad y publicidad, posibiliten la necesaria agilidad, racionalidad, objetividad y transparencia en la selección.

En el mismo artículo se dispone que en la constitución de bolsas o listas abiertas se tendrá en cuenta, como mérito predominante, los ejercicios superados en los procesos selectivos convocados en desarrollo de las Ofertas de Empleo Público de la Junta de Castilla y León celebrados en los últimos cinco años, siempre y cuando tales procesos se hubieran celebrado.

Conforme a las anteriores previsiones legales, se ha dictado en su desarrollo el Decreto 21/2018, de 26 de julio, por el que se regula la selección del personal funcionario interino y del personal laboral temporal de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos.

Al amparo de la competencia establecida en el artículo 5 del Decreto 21/2018, de 26 de julio, por el que se regula la selección del personal funcionario interino y del personal laboral temporal de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos, esta Consejería de la Presidencia,

RESUELVE Bolsa Empleo Ayudante Biblioteca

Convocar procedimiento para la constitución de la bolsa de empleo temporal del Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas, Escala de Ayudantes de Biblioteca, de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, el cual se regirá por las presentes

BASES Bolsa Empleo Ayudante Biblioteca

Primera. Procedimiento de constitución. Bolsa Empleo Ayudante Biblioteca

El procedimiento de constitución consta de tres fases:

La primera fase consiste en la inscripción de los aspirantes en la aplicación informática. En su solicitud deberán alegar los méritos objeto de autobaremación y elegir la zona o zonas dónde desean trabajar.

La segunda fase consiste en determinar la relación de integrantes de la bolsa de empleo, es decir, la relación pública y ordenada de inscritos en la bolsa en la fecha de corte, de acuerdo con la puntuación autobaremada obtenida de los méritos alegados hasta dicha fecha.

La tercera fase consiste en determinar la relación de candidatos de la bolsa de empleo, es decir, de aquellos integrantes de la bolsa de empleo que, previa validación por la Administración de los méritos que aleguen, obtengan una puntuación igual o superior a la nota de corte que se establezca.

Segunda. Requisitos de los aspirantes. Bolsa Empleo Ayudante Biblioteca

2.1. Los interesados en formar parte de esta bolsa de empleo deberán reunir los siguientes requisitos:

1. Nacionalidad.

Podrán concurrir:

  • – Los españoles y los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea.
  • – El cónyuge de los españoles y de los nacionales de los Estados citados, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
  • – Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

2. Edad. Bolsa Empleo Ayudante Biblioteca

Tener cumplidos dieciséis años de edad y, en su caso, no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

3. Titulación.

Estar en posesión o en condiciones de obtener, antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, el título de Grado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Diplomado Universitario o equivalente.

Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.

4. Capacidad. Bolsa Empleo Ayudante Biblioteca

Poseer la capacidad necesaria para el desempeño de las funciones correspondientes a los puestos de trabajo a los que aspira a acceder.

5. Habilitación:

No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse incurso en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no hallarse inhabilitados o en situación equivalente, ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

2.2. Los requisitos generales previstos en esta base, así como los específicos que se determinen en las relaciones de puestos de trabajo para su desempeño, y demás condiciones que se exigen a quienes deseen formar parte de la bolsa de empleo, se deberán cumplir en el momento de la inscripción en la bolsa de empleo y mantenerse mientras permanezcan inscritos en ésta.

2.3. Los aspirantes de la bolsa de empleo habrán de acreditar el cumplimiento de los requisitos indicados en el apartado anterior en el trámite de toma de posesión del puesto de trabajo ofertado o en cualquier momento del proceso selectivo cuando sean requeridos para ello por la Administración.

2.4. No podrán ser nombrados funcionarios interinos, siendo excluidos definitivamente de los listados de integrantes y de candidatos, si en cualquier momento del proceso selectivo o en el trámite de toma de posesión se dedujera que los aspirantes carecen de alguno de los requisitos señalados en la presente base, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación.

Tercera. Inscripción, autobaremación y elección de zonas.

Para formar parte de esta bolsa de empleo temporal, los interesados deberán formalizar la inscripción, realizar la autobaremación de méritos y elegir la zona o zonas en las que desearía trabajar Para ello deberán acceder a la aplicación informática habilitada al efecto en el portal de empleados públicos https://empleopublico.jcyl.es

1. Inscripción.

La inscripción es la manifestación de voluntad de formar parte de la bolsa de empleo mediante la cumplimentación de los datos personales del aspirante. Para inscribirse en la bolsa, los aspirantes deberán consignar obligatoriamente los datos personales y los relativos al cumplimiento de los requisitos de acceso, con especial atención a las titulaciones académicas requeridas.

Además, los aspirantes deberán dejar constancia del conocimiento de idiomas, o de estar en posesión de otras titulaciones de nivel igual o superior a la requerida para el acceso a la bolsa o de cualquier otra cualificación profesional, tales como la formación no reglada, los carnés, etc., por si éstos resultasen requisito para la ocupación de algún puesto de trabajo.

2. Autobaremación de méritos.

Los aspirantes cumplimentarán el formulario correspondiente y en él alegarán inexcusablemente los méritos que poseen y de los que pretenden valerse, conforme al baremo de méritos aplicable a esta convocatoria que se recoge en el Anexo de esta orden y procederán a su autobaremación.

3. Elección de zona o zonas.

Los aspirantes podrán elegir la zona o zonas en las que desean ser llamados para acceder a un empleo temporal, debiendo elegir, al menos, una zona. La no elección de zona implicará la exclusión de la relación de integrantes de la bolsa.

Los aspirantes únicamente serán llamados para desempeñar puestos de trabajo de la zona o zonas elegidas.

La aplicación informática facilitará información a los aspirantes acerca de qué localidades comprende cada una de las zonas.

La inscripción y demás acciones podrán realizarse desde el día siguiente al de publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Cuarta. Integrantes de la bolsa de empleo. Bolsa Empleo Ayudante Biblioteca

1. Fecha de corte.

Formarán parte de la bolsa de empleo los aspirantes que se encuentren inscritos en la misma el día 30 de abril de 2024 o, si éste fuera inhábil, el primer día hábil siguiente.

2. Relación provisional y relación definitiva de integrantes y de excluidos.

Con posterioridad a la fecha de corte se aprobará la relación provisional de integrantes de la bolsa, ordenados en atención a la puntuación resultante de los méritos alegados hasta dicha fecha según su autobaremación, y, en su caso, la relación provisional de aspirantes excluidos por no cumplir alguno de los requisitos establecidos en la base segunda a la vista de los datos consignados en la solicitud por el interesado o por no haber elegido ninguna zona, con indicación de la causa de exclusión, y se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León. Los interesados dispondrán de diez días para formular alegaciones a la citada resolución. Concluido este plazo, se dictará resolución definitiva de integrantes y de aspirantes excluidos de la bolsa, con indicación de la causa concreta de exclusión.

3. En la resolución por la que se aprueba la relación definitiva de integrantes de la bolsa de empleo se indicará cuáles de ellos, en función de la puntuación autoasignada y de la nota de corte que en esta se establezca, deberán presentar la documentación acreditativa de los méritos alegados. El plazo para presentar la documentación será de diez días.

No obstante, de conformidad con lo establecido en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se acreditarán de oficio por la Administración:

  • 1º.– Los méritos alegados relativos a los ejercicios, superados o no superados, de acceso al Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas, Escala de Ayudantes de Biblioteca de la Administración de la Comunidad de Castilla y León correspondientes a procesos selectivos convocados por la Administración de la Comunidad de Castilla y León, según se describen en los apartados a) y b) del baremo de méritos del Anexo de esta orden.
  • 2º.– Los méritos alegados previstos en los apartados c) y d) del baremo recogido en el Anexo de esta orden, cuando correspondan a servicios prestados o experiencia profesional adquirida en el ámbito de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos.

Los integrantes que hayan alegado exclusivamente los méritos que se acrediten de oficio en los términos expuestos en el párrafo anterior están exentos de presentar en dicho plazo la documentación justificativa de los mismos.

El órgano gestor comprobará y, en su caso, validará los méritos que consigne el aspirante en su solicitud a la vista de la documentación aportada por el interesado o que obre en poder de esta Administración cuando se validen de oficio.

El órgano gestor podrá requerir a estos integrantes la acreditación de aquellos méritos que no le consten o sobre los que tenga cualquier duda o cuando exista discrepancia entre los méritos alegados y los datos que obren en poder de esta Administración.

Quinta. Candidatos de la bolsa de empleo.

1. Vista la documentación acreditativa de los méritos alegados por los integrantes relacionados en el apartado 3 de la base anterior, bien aportada por los interesados o bien que obre en poder de esta Administración según proceda, y previa su validación, se dictará resolución por medio de la cual se publicará la relación provisional de candidatos admitidos de la bolsa de empleo y, en su caso, la relación provisional de candidatos excluidos por no haber acreditado documentalmente en plazo los méritos alegados cuando vinieren obligados a ello o no haber obtenido la suficiente puntuación. Así mismo, se otorgará un plazo de diez días para formular alegaciones contra su contenido.

Vistas las alegaciones presentadas, se dictará resolución haciendo pública la relación definitiva de candidatos de la bolsa de empleo por orden de puntuación, así como la relación definitiva de candidatos excluidos.

En caso de igualdad en la puntuación validada por la Administración, el desempate se realizará priorizando al aspirante en función de la mayor puntuación obtenida según el orden de méritos establecido en el baremo que figura en el Anexo de la presente convocatoria.

De persistir el empate, se tendrá en cuenta la letra que conste en la resolución por la que se hace público el resultado del sorteo para determinar el orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos correspondiente a la última oferta de empleo público. A estos efectos, cuando el primer apellido esté encabezado por preposición o por preposición más artículo –«de», «del», «de la(s)»– independientemente de la forma en que sea transcrito por las personas interesadas, estos elementos se incorporarán para su alfabetización tras el nombre.

2. En la resolución por la que se apruebe la relación definitiva de candidatos de la bolsa de empleo se indicará la fecha de su puesta en funcionamiento, momento a partir del cual quedará sin efectos la relación de candidatos a la que sustituya.

3. Únicamente podrán ser llamados a desempeñar puestos de trabajo en régimen de interinidad quienes figuren en la relación de candidatos admitidos a la que se refiere el apartado anterior. No obstante, dicha relación podrá ampliarse mediante resolución que será debidamente publicada, previa acreditación de los méritos alegados, en alguna de las siguientes circunstancias:

  • a) Cuando se prevea su agotamiento y no proceda acordar una nueva fecha de corte, con quienes figurando en el listado de integrantes definitivo superen la puntuación que se establezca en la resolución de ampliación del listado de candidatos.
  • b) Cuando no hubiese candidatos para la ocupación de puestos en alguna zona, con quienes figurando en el listado de integrantes definitivo la hubieran solicitado y a falta de ellos, con quienes estando inscritos en la aplicación informática, hubiesen solicitado dicha zona.
  • c) Cuando ninguno de los candidatos reúna los requisitos exigibles para la ocupación de ciertos puestos, con quienes figurando en el listado de integrantes definitivo sí los reúnan y a falta de ellos, con quienes estén inscritos en la aplicación informática, reuniesen los mencionados requisitos.

Sexta. Orden de los llamamientos.

Cuando se produzca una oferta de puesto de trabajo se llamará al candidato que corresponda según el orden de prelación, siempre que reúna, además, los requisitos específicos que exige el puesto.

Séptima. Otras normas.

La forma de llamamiento, las situaciones de los candidatos en la bolsa y la reincorporación a la misma se regirán por lo establecido en el capítulo IV del Decreto 21/2018, de 26 de julio («B.O.C. y L.» del 30 de julio), por el que se regula la selección del personal funcionario interino y del personal laboral temporal de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos.

Octava. Recursos.

Contra la presente orden, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, de conformidad con lo establecido en los artículos 8.2 y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Igualmente, con carácter previo y potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante la Consejería de la Presidencia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Valladolid, 21 de marzo de 2024.

El Consejero de la Presidencia,

Fdo.: Luis Miguel González Gago

ANEXO I

BAREMO DE MÉRITOS

a) Por cada ejercicio eliminatorio superado en los procesos selectivos de acceso al Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas, Escala de Ayudantes de Biblioteca, de la Administración de la Comunidad de Castilla y León derivados de convocatorias publicadas en los 5 años inmediatamente anteriores a la fecha que se determine como fecha de corte, hasta un máximo de 66 puntos:

  • – Último proceso selectivo: 33 puntos.
  • – Penúltimo proceso selectivo: 25 puntos.
  • – Antepenúltimo proceso selectivo: 18 puntos.
  • – Cuarto proceso selectivo anterior: 14 puntos.
  • – Quinto proceso selectivo anterior: 10 puntos.

b) Por el ejercicio eliminatorio no superado en la última convocatoria de acceso al de Técnicos y Diplomados Especialistas, Escala de Ayudantes de Biblioteca, de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, siempre y cuando el aspirante haya obtenido una nota igual o superior al 25% de la puntuación máxima que establezca la convocatoria para dicho ejercicio: 6 puntos.

c) Por prestar servicios en la Administración de la Comunidad de Castilla y León en condición de funcionario de carrera o de personal laboral fijo en cuerpos, escalas, especialidades o en su caso categorías profesionales o especialidades distintas a la de la bolsa objeto de acceso: 0,025 puntos por mes completo, hasta un máximo de 4 puntos.

d) Por experiencia profesional en el Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas, Escala de Ayudantes de Biblioteca, de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, o equivalente de otra Administración Pública: 0,25 puntos por mes completo, hasta un máximo de 24 puntos.

A los efectos previstos en este baremo, tienen la consideración de Administraciones Públicas la Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas, las Entidades que integran la Administración Local, así como los organismos públicos y entidades de derecho público previstos en la letra a) del apartado 2, del artículo 2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

ANEXO II

BOLSA DE EMPLEO TEMPORAL CUERPO DE TÉCNICOS Y DIPLOMADOS ESPECIALISTAS, ESCALA DE AYUDANTES DE BIBLIOTECA, DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

RELACIÓN DE ZONAS Y LOCALIDADES

CÓDIGO ZONA DESCRIPCIÓN ZONA LOCALIDAD
ZAV001 ZONA ÁVILA ÁVILA
ZBU001 ZONA BURGOS BURGOS
ZLE001 ZONA LEÓN LEÓN
ZPA001 ZONA PALENCIA PALENCIA
ZSA001 ZONA SALAMANCA SALAMANCA
ZSE001 ZONA SEGOVIA SEGOVIA
ZSO001 ZONA SORIA SORIA
ZVA001 ZONA VALLADOLID VALLADOLID, ARROYO
ZZA001 ZONA ZAMORA ZAMORA

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OPOSICIONES EN VALLADOLID (DÍA 23 DE MARZO)
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RESOLUCIÓN de 1 de marzo de 2024, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se aprueba la relación definitiva de admitidos y excluidos del proceso selectivo para el ingreso, por el sistema de concurso-oposición, de los procesos de Estabilización para Administración General, convocado por Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano, en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal previsto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

Primero.– Aprobar las listas definitivas de admitidos y de excluidos al citado proceso selectivo, con indicación de las causas de exclusión. Estas listas se encuentran expuestas al público en los tablones de anuncios de las oficinas de asistencia en materia de registros de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y en el Portal de Empleados Públicos de la Junta de Castilla y León (https://empleopublico.jcyl.es). Asimismo, la información se encuentra disponible en el Servicio telefónico de Información y Atención al Ciudadano 012 o 983 327 850 (teléfono gratuito si se dispone de tarifa plana).

Segundo.– Convocar a todos los aspirantes admitidos para la realización del ejercicio de la fase de oposición que tendrá lugar el día 23 de marzo de 2024 a las 9:30 horas, en las sedes que se detallan en el Anexo.

Los opositores tendrán que acreditar su identidad con la presentación de su D.N.I. o cualquier otro documento que les identifique fehacientemente y deberán ir provistos de bolígrafo de tinta azul o negra.

Tercero.– Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, en virtud de lo dispuesto en los artículos 10.1.a) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Igualmente, con carácter previo y potestativo, podrá interponerse contra la presente Resolución, recurso de reposición ante la Dirección General de la Función Pública, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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Nota informativa Procesos de Estabilización

Nota informativa Procesos de Estabilización

Nota informativa Procesos de Estabilización

FECHA DE PUBLICACIÓN:

15 de febrero de 2024

FUENTE: Nota informativa Procesos de Estabilización

Consejería de la Presidencia

DESCRIPCIÓN:

Previsión de celebración de los ejercicios eliminatorios correspondientes a los procesos selectivos de estabilización de empleo temporal, mediante el sistema de concurso-oposición, convocados al amparo de la Ley 20/2021

La totalidad de los ejercicios eliminatorios correspondientes a los procesos selectivos de estabilización de empleo temporal, mediante el sistema de concurso-oposición, convocados al amparo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, tanto de personal funcionario como de personal laboral, en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León, se desarrollarán durante los meses de febrero, marzo y primera semana de abril de 2024. La concreta fecha de celebración de cada uno de los ejercicios será objeto de publicación en el BOCyL y en la página de empleados públicos, en el apartado correspondiente a cada uno de los procesos selectivos.

A partir del día 8 de abril se publicará en la página de empleados públicos antes mencionada las plantillas de respuestas correctas relativas a todos los ejercicios.

PREGUNTAS PARA PROCESOS SELECTIVOS DE ESTABILIZACIÓN POR CONCURSO-OPOSICIÓN

La Resolución de 16 de enero de 2023, de la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales dispone la inscripción en el Registro Central de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo y la publicación del acuerdo de la mesa general de negociación de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, por el que se determinan los programas y pruebas en los procesos selectivos de estabilización, derivados de la oferta de empleo público aprobada por Acuerdo 131/2022, de 26 de mayo, y cuyo sistema de selección es el de concurso-oposición, así como otros acuerdos complementarios.

En cumplimiento de dicho Acuerdo la Escuela de Administración Pública de Castilla y León (ECLAP) ha confeccionado una bolsa de preguntas para cada temario de cada grupo o subgrupo de los procesos selectivos de estabilización y cuyo sistema de selección es el de concurso-oposición.

Hasta el 31 de agosto de 2023 se pueden hacer alegaciones mediante correo electrónico a eclap@jcyl.es

Enlace a preguntas procesos de estabilización 


Listados provisionales Auxiliar de Carreteras JCyL

Listados provisionales Auxiliar de Carreteras JCyL

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RESOLUCIÓN de 6 de febrero de 2024, de la Secretaría General de la Consejería de Movilidad y Transformación Digital, por la que se aprueba la relación provisional de admitidos y excluidos del proceso selectivo para el ingreso, por el sistema de acceso libre, en la categoría profesional de Auxiliar de Carreteras de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, convocado por Resolución de 19 de octubre de 2023, de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, y de conformidad con lo dispuesto en la base 9.1 de la Resolución de 19 de octubre de 2023 de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso, por el sistema de acceso libre, en la categoría profesional de Auxiliar de Carreteras de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León de 2 de noviembre de 2023, esta Secretaría General

RESUELVE: Listados provisionales Auxiliar de Carreteras JCyL

Primero.– Aprobar las listas provisionales de admitidos y excluidos al citado proceso selectivo, con indicación de las causas de exclusión.

Estas listas se encuentran expuestas al público en los tablones de anuncios de las oficinas de asistencia en materia de registros de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y en el Portal de Empleados Públicos de la Junta de Castilla y León (https://empleopublico.jcyl.es). La información estará asimismo disponible en el Servicio telefónico de Información y Atención al Ciudadano 012 (para llamadas fuera de la Comunidad de Castilla y León: 983 327 850).

Los aspirantes deberán comprobar que no figuran en la relación de excluidos y, además, que sus nombres y demás datos constan correctamente detallados en la relación de admitidos.

Segundo.– Los aspirantes dispondrán de un plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León de la presente Resolución, para presentar alegaciones o subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o, en su caso, su no inclusión expresa, sin perjuicio de los recursos administrativos que procedan contra la resolución definitiva de admitidos y excluidos.

Los escritos de alegaciones o de subsanación se dirigirán a la Secretaría General de la Consejería de Movilidad y Transformación Digital, sita en calle Rigoberto Cortejoso n.º 14, 47071-Valladolid.

Tercero.– La falta de subsanación en tiempo y forma dará lugar a la exclusión definitiva del aspirante.

Cuarto.– La inclusión de aspirantes en la relación de admitidos no supone en ningún caso el reconocimiento por parte de la Administración de que los mismos reúnen los requisitos generales y particulares exigidos en la Resolución de convocatoria. La acreditación y verificación de éstos tendrá lugar únicamente para los aspirantes que superen el proceso selectivo, en la forma y momento procedimental establecidos en la base undécima de la convocatoria.

Quinto.– Las alegaciones y subsanaciones presentadas a las listas provisionales de admitidos y excluidos se resolverán en la Resolución de la Secretaria General de la Consejería de Movilidad y Transformación Digital que apruebe la relación definitiva de admitidos y excluidos e indique lugar, día y hora para la realización del primer ejercicio de la fase de oposición. Dicha Resolución se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Valladolid, 6 de febrero de 2024.

La Secretaria General,

Fdo.: Ana Álvarez-Quiñones Sanz


Listados provisionales Conductor JCyL

Listados provisionales Conductor JCyL

Listados provisionales Conductor JCyL

RESOLUCIÓN de 8 de febrero de 2024, de la Secretaría General de la Consejería de la Presidencia, por la que se aprueba la relación provisional de admitidos y excluidos del proceso selectivo para el ingreso, por el sistema de acceso libre, en la categoría profesional de Conductor-a de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, convocado por Resolución de 10 de octubre de 2023, de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, y de conformidad con lo dispuesto en la base 9.1 de la Resolución de 10 de octubre de 2023, de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso, por el sistema de acceso libre, en la categoría profesional de Conductor-a de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León de 18 de octubre de 2023, esta Secretaría General

RESUELVE Listados provisionales Conductor JCyL

Primero. Aprobar las listas provisionales de admitidos y de excluidos al citado proceso selectivo, con indicación de las causas de exclusión. Estas listas estarán disponibles en los tablones de anuncios de las oficinas de asistencia en materia de registros de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y en el Portal de Empleados Públicos de la Junta de Castilla y León (https://empleopublico.jcyl.es). La información estará asimismo disponible en el Servicio telefónico de Información y Atención al Ciudadano 012 o 983 327 850 (teléfono gratuito si se dispone de tarifa plana).

Los aspirantes deberán comprobar que no figuran en la relación de excluidos y, además, que sus nombres y demás datos constan correctamente detallados en la relación de admitidos.

Segundo. Los aspirantes dispondrán de un plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León de la presente Resolución, para presentar alegaciones o subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o en su caso, su no inclusión expresa, sin perjuicio de los recursos administrativos que procedan contra la resolución por la que se apruebe la relación definitiva de admitidos y excluidos.

Los escritos de alegaciones o de subsanación se dirigirán a la Secretaría General de la Consejería de la Presidencia, sita en Calle Santiago Alba n.º 1, 47008-Valladolid.

Tercero. La falta de subsanación en tiempo y forma dará lugar a la exclusión definitiva del aspirante.

Cuarto. La inclusión de aspirantes en la relación de admitidos no supone en ningún caso el reconocimiento por parte de la Administración de que los mismos reúnen los requisitos generales y particulares exigidos en la Resolución de convocatoria. La acreditación y verificación de éstos tendrá lugar únicamente para los aspirantes que superen el proceso selectivo, en la forma y momento procedimental establecidos en la base décima de la convocatoria.

Quinto. Las alegaciones y subsanaciones presentadas a las listas provisionales de admitidos y excluidos se resolverán en la Resolución de esta Secretaría General que apruebe la relación definitiva de admitidos y excluidos e indique lugar, día y hora para la realización del primer ejercicio de la fase de oposición. Dicha Resolución se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Valladolid, 8 de febrero de 2024.

El Secretario General,

Fdo.: Santiago Fernández Martín