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Curso Programación Oposiciones Secundaria

Curso Programación Oposiciones Secundaria

CURSO DE PREPARACIÓN DE OPOSICIONES DE SECUNDARIA Y BACHILLERATO: PROGRAMACIÓN Y DESARROLLO DE SITUACIONES DE APRENDIZAJE (NUEVOS CURRÍCULOS LOMLOE)

Formador:  Marcos Vicente Maurel

Duración y Horario: 8 Jueves de 16.30 a 20.00 horas (Inicio jueves 1/02/2024 y fin jueves 21/03/2024)

Modalidad: Presencial y/o Online (Clases en directo y diferido)

Fecha máxima para matricularse: Lunes 29 de enero de 2024

Precio curso completo en pago único: 240 euros

Número mínimo de alumnos/as: 8

Descripción: El curso se compone de 3 bloques de 10 horas: análisis de la LOMLOE (nuevo paradigma), programar por competencias y elaboración de situaciones de aprendizaje. La formación se sitúa en los requerimientos legislativos y pedagógicos de la nueva ley.

Objetivos: Planificar, organizar y diseñar una programación didáctica LOMLOE.

Conocer las herramientas pedagógicas y didácticas para la elaboración de la programación, desde los aspectos legales y administrativas hasta los aspectos organizativos: objetivos, competencias, saberes, metodología, actividades de Enseñanza-Aprendizaje, Situaciones de Aprendizaje, evaluación, etc.

Diseñar ejemplos concretos de situaciones de aprendizaje vinculadas a los contenidos curriculares para cualquier curso de la ESO y del Bachillerato.

Metodología: Presentación del formador de los elementos básicos de una programación didáctica.

Prácticas en pequeño grupo para consolidar los conocimientos teóricos y elaborar las distintas partes de la programación didáctica: objetivos, perfil de salida, saberes, evaluación, atención a la diversidad, TIC, igualdad, agenda 2030, etc.

Elaboración de situaciones de aprendizajes adaptadas a los diferentes currículos.

Resolución de dudas.

Para más información y matriculación contactar con:

info@academiairigoyen.com

975213738

www.academiairigoyen.com

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OEP 2023 Ayuntamiento de Soria

OEP 2023 Ayuntamiento de Soria

OEP 2023 Ayuntamiento de Soria

OFERTA de empleo público del Excmo. Ayuntamiento de Soria para el año 2023

Examinada la Plantilla de Personal y la correspondiente Relación de Puestos de Trabajo, figuran vacantes y dotadas presupuestariamente las plazas que se señalarán a continuación.

Visto que la propuesta de Empleo Público para el año 2.023 ha sido sometida a la negociación en Mesa General de Negociación y dación de cuenta a la Comisión Paritaria con fecha 12 de Diciembre de 2023 y visto el Dictamen emitido por unanimidad de la Comisión Informativa Permanente de Gobernanza de fecha 14 de diciembre de 2023.

La Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria celebrada el día quince de diciembre de dos mil veintitrés, acordó aprobar la siguiente Oferta de Empleo Público Municipal correspondiente a las plazas con consignación presupuestaria que a continuación se relacionan para el año 2023, en cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y el artículo 20. Uno de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales para el año 2023.

PERSONAL FUNCIONARIO OEP 2023 Ayuntamiento de Soria

  • Grupo según art.76 RDL 5/2015: A1 (Anterior A de la Ley 30/1984): Clasificación: Escala de Administración Especial; Servicios Especiales, Subescala Técnica; Clase INGENIERO CAMINOS, CANALES Y PUERTOS; Número de vacantes 1. Denominación de la plaza: TÉCNICO SUPERIOR.-
  • Grupo según art.76 RDL 5/2015: A1 (Anterior A de la Ley 30/1984): Clasificación: Escala de Administración Especial; Servicios Especiales, Subescala Técnica; Clase ARQUITECTO; Número de vacantes 1. Denominación de la plaza: TÉCNICO SUPERIOR.
  • Grupo según art.76 RDL 5/2015: C1 (Anterior D de la Ley 30/1984): Clasificación: Escala de Administración General; Subescala Administrativa; Número de vacantes 2. Denominación de la Plaza: ADMINISTRATIVO.-
  • Grupo según art.76 RDL 5/2015: C2 (Anterior D de la Ley 30/1984): Clasificación: Escala de Administración Especial; Subescala Servicios Especiales; Número de vacantes 1. Denominación de la plaza: OFICIAL FONTANERO.
  • Grupo según art.76 RDL 5/2015: C2 (Anterior D de la Ley 30/1984): Clasificación: Escala de Administración Especial; Subescala Servicios Especiales; Número de vacantes 1. Denominación de la plaza: OFICIAL ELECTRICISTA. PERSONAL LABORAL- Nivel de titulación: Certificado de Escolaridad o equivalente (Grupo V). Denominación de la plaza: Portero de Centro. Número de plazas: 1.- Nivel de titulación: Bachiller, FP 2 o equivalente (Grupo III). Denominación de la plaza: Ayudante deportivo. Número de plazas: 1.- Nivel de titulación: Bachiller, FP 2 o equivalente (Grupo III). Denominación de la plaza: Coordinador cultural. Número de plazas: 1.

PERSONAL LABORAL-

Nivel de titulación: Certificado de Escolaridad o equivalente (Grupo V). Denominación de la plaza: Portero de Centro. Número de plazas: 1.-

Nivel de titulación: Bachiller, FP 2 o equivalente (Grupo III). Denominación de la plaza: Ayudante deportivo. Número de plazas: 1.-

Nivel de titulación: Bachiller, FP 2 o equivalente (Grupo III). Denominación de la plaza: Coordinador cultural. Número de plazas: 1.

A) En las Convocatorias de las pruebas selectivas correspondientes de la presente Oferta de Empleo Público, se incluirá en las plazas que sea posible, un cupo no inferior al siete por ciento de las vacantes, para ser cubiertas entre personas con discapacidad, considerando como tales las definidas en el artículo 4.1 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.

B) La presente Oferta de Empleo Público se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León y en el Boletín Oficial de la Provincia de Soria

Soria, 15 de diciembre de 2023. – El Alcalde, Carlos Martínez Mínguez

Acceda a la Oferta de Empleo Público en formato PDF (Descarga)

Acceda a la publicación completa en BOE del 20 de diciembre de 2023


Oferta Empleo Público JCyL 2023

Oferta Empleo Público JCyL 2023

Oferta Empleo Público JCyL 2023

Oferta Empleo Público JCyL 2023

ACUERDO 98/2023, de 7 de diciembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueba la oferta de empleo público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para el año 2023.

El artículo 20 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León y el artículo 26 del Estatuto Jurídico del Personal Estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León, aprobado por Ley 2/2007, de 7 de marzo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, disponen que las necesidades de recursos humanos con asignación presupuestaria que no puedan ser cubiertas con los efectivos de personal existentes, serán objeto de oferta de empleo público cuya periodicidad será anual.

Por su parte, la Ley 3/2022, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2023, dispone en su artículo 13 que a lo largo del ejercicio 2023 en el sector público autonómico, con la negociación que en cada caso corresponda y siempre respetando las disponibilidades presupuestarias del capítulo I de los correspondientes presupuestos de gastos, únicamente se podrá proceder a la incorporación de nuevo personal dentro de los límites y condiciones que establezca la normativa básica estatal para dicho ejercicio.

La Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, de carácter básico, que en su artículo 20.Uno.1 establece que la incorporación de personal de nuevo ingreso con una relación indefinida en el sector público, a excepción de los órganos contemplados en el apartado Uno.e) del artículo anterior, se regulará por los criterios señalados en este artículo, sujetándose a las tasas de reposición de efectivos que allí figuran.

La citada ley de Presupuestos establece en su artículo 20.Tres el procedimiento de cálculo de las tasas de reposición de efectivos, a efectos de aplicar el porcentaje máximo en cada caso, no computando a efectos del límite máximo de dicha tasa el personal que se incorpore en ejecución de ofertas de empleo público de ejercicios anteriores, las plazas que se convoquen por promoción interna y las plazas correspondientes al personal declarado indefinido no fijo por sentencia judicial. En este mismo sentido, conforme dispone la letra h) del número 4 del citado precepto, las plazas de personal de los servicios de prevención y extinción de incendios que, estando dotadas presupuestariamente, sean necesarias para dar cumplimiento a las previsiones legales o reglamentarias sobre la prestación de dichos servicios, su creación, organización y estructura, no computarán para la tasa de reposición y, por tanto, no se tendrán en cuenta para su cálculo.

De acuerdo con estas previsiones la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y sus Organismos Autónomos tendrán una tasa de reposición del 120 por ciento en los siguientes sectores y ámbitos de actuación:

1. La consejería con competencias educativas para el desarrollo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en relación con la determinación del número de plazas para el acceso a los cuerpos de funcionarios docentes.

2. La consejería con competencias sanitarias respecto de las plazas de hospitales y centros de salud del Servicio de Salud de Castilla y León.

3. Las consejerías con competencias de control y lucha contra el fraude fiscal, laboral, de subvenciones públicas, y del control de la asignación eficiente de los recursos públicos.

4. Las consejerías con competencias en asesoramiento jurídico y en la gestión de los recursos públicos.

5. La consejería competente en prevención y extinción de incendios.

6. La consejería con competencias en la asistencia directa a los usuarios de los servicios sociales.

7. Las consejerías con competencias en gestión de prestaciones y políticas activas en materia de empleo.

8. Las consejerías y entes con competencias respecto del personal de atención a los ciudadanos en los servicios públicos.

En el resto de los sectores de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y sus Organismos Autónomos, la tasa de reposición será del 110 por ciento.

Asimismo, y según lo dispuesto en el artículo 20.Cuatro.1 de la 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, la tasa de reposición de uno o varios sectores o colectivos prioritarios se podrá acumular en otros sectores o colectivos prioritarios, entendiendo por tales a los enumerados en su artículo 20.Dos.3. Igualmente, la tasa de reposición de los sectores no prioritarios podrá acumularse en los sectores prioritarios.

Finalmente, el artículo 70.3 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, establece que la oferta de empleo público podrá contener medidas derivadas de la planificación de recursos humanos. En este sentido merece especial mención la promoción interna que dicho texto refundido configura como una de las medidas de planificación de recursos humanos que tiene como objetivo contribuir a la consecución de la eficacia en la prestación de los servicios y que debe ser facilitada por la Administración como vía para la adquisición de las correspondientes competencias y como requisito necesario para la progresión en la carrera profesional desde niveles inferiores a los superiores.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de la Presidencia, visto el informe del Consejo de la Función Pública y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión de 7 de diciembre de 2023, adopta el siguiente

ACUERDO Oferta Empleo Público JCyL 2023

Primero.– Aprobar la oferta de empleo público. Oferta Empleo Público JCyL 2023

1. Se aprueba la oferta de empleo público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para el año 2023 en los términos que se establecen en este acuerdo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, el artículo 26 de la Ley 2/2007, de 7 de marzo, del Estatuto Jurídico del Personal Estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León, el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y el artículo 20 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.

2. En aplicación de lo establecido en el apartado Dos del artículo 20 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 y de conformidad con lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 70 del texto refundido de la Ley del Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la convocatoria de las plazas objeto de esta oferta de empleo público deberá publicarse en el correspondiente Boletín Oficial dentro del plazo improrrogable de tres años a contar desde la fecha de su publicación.

Segundo.– Cuantificación de la Oferta de Empleo Público. Oferta Empleo Público JCyL 2023

1. La presente oferta de empleo público incluye, para su provisión, las necesidades de recursos humanos que, contando con asignación presupuestaria no pueden ser cubiertas con los efectivos de personal existentes, de acuerdo con los criterios y según la composición que se detallan en el articulado y en los anexos del presente acuerdo.

2. La distribución es la siguiente:

  • a) 582 plazas de cuerpos y escalas de funcionarios no docentes incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León (Anexo I de la presente).
  • b) 727 plazas de cuerpos de funcionarios docentes no universitario (Anexo II).
  • c) 497 plazas de personal laboral incluido en el ámbito de aplicación de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, y del Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y Organismos autónomos dependientes de ésta (Anexo III).
  • d) 870 plazas de personal estatuario de instituciones sanitarias (Anexo IV).

Tercero.– Personas con discapacidad. Oferta Empleo Público JCyL 2023

1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 4 del Decreto 24/2022, de 16 de junio, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público, a la provisión de puestos de trabajo y a la formación en la Administración de Castilla y León, en los procesos selectivos derivados de la presente oferta de empleo público para ingreso en los cuerpos y escalas de funcionarios y acceso a las competencias funcionales y especialidades de personal laboral fijo, para procedimientos selectivos de promoción interna y para el ingreso en las categorías y especialidades de personal estatutario, se reservará el diez por ciento del total de las plazas autorizadas para el acceso de personas con discapacidad.

Del cupo total de plazas reservadas al acceso de personas con discapacidad a que se refiere el apartado primero, al menos el 2 por ciento de las plazas ofertadas lo serán para ser cubiertas por personas que acrediten discapacidad intelectual.

A su vez, del cupo total de plazas reservadas al acceso de personas con discapacidad a que se refiere el apartado primero, el 8 por ciento se destinará, una parte o el total, para las personas con discapacidad que presentan especiales dificultades para el acceso al mercado ordinario de trabajo, mediante su convocatoria por el sistema previsto en el artículo 6.

2. Además, según lo dispuesto en los artículos 5.2 y 6 del Decreto 24/2022, de 16 de junio, podrán efectuarse convocatorias específicas para personas con discapacidad que presenten especiales dificultades para el acceso al mercado ordinario de trabajo.

3. Tal como establece el artículo 5.1 del Decreto 24/2022, de 16 de junio, las plazas reservadas para el turno de personas con discapacidad que no sean cubiertas, podrán acumularse a las plazas convocadas para el turno libre al estar sujeta la presente oferta a los límites de la tasa de reposición de efectivos fijados por la normativa estatal básica.

4. La distribución de la reserva global por cuerpos y escalas de funcionarios, categorías profesionales de personal laboral se efectuará en las respectivas convocatorias de procesos selectivos.

5. Las plazas reservadas para personas con discapacidad podrán convocarse conjuntamente con las plazas ordinarias o mediante convocatoria independiente. Los órganos de selección podrán requerir informe y colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral, sanitaria o de cualquier otro órgano competente en la materia, con el fin de asegurar que las personas con discapacidad realicen las pruebas selectivas en condiciones de igualdad con el resto de los aspirantes.

Cuarto.– Víctimas del terrorismo. Oferta Empleo Público JCyL 2023

De conformidad con lo establecido en la Ley 4/2017, de 26 de septiembre, de Reconocimiento y Atención a las Víctimas del Terrorismo en Castilla y León, las personas que tengan acreditada tal condición estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen en todos los procesos selectivos que se deriven de la presente oferta.

Quinto.– Personal laboral. Oferta Empleo Público JCyL 2023

Las pruebas selectivas correspondientes a las plazas de personal laboral que figuran en el Anexo III habrán de referirse a puestos que, conforme al artículo 14.2 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, puedan ser desempeñados por personal laboral y se sujetarán a lo establecido en los preceptos del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público que les resulten de aplicación así como a lo que al respecto disponen la citada Ley de Función Pública de Castilla y León, y, en lo que no contravenga dichas normas, a lo establecido en el Convenio Colectivo de aplicación.

Sexto.– Promoción interna. Oferta Empleo Público JCyL 2023

1. Se ofertan, para el acceso por el turno de promoción interna, 145 plazas de personal funcionario no docente (Anexo V) y 149 plazas de personal laboral (Anexo VI).

2. En ningún caso las plazas no cubiertas por el turno de promoción interna podrán ser objeto de convocatoria por el turno libre.

3. Las convocatorias podrán establecer que los aspirantes que superen todas las pruebas de la fase de oposición, pero no resulten aprobados en el proceso selectivo, quedarán exentos de la realización de las pruebas en la siguiente convocatoria y por una sola vez, siempre que ésta sea análoga en el contenido y en la forma de calificación, sin perjuicio de su derecho a optar por su repetición en cuyo caso se estará a la calificación obtenida en esta última convocatoria.

4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 71.2 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, podrá participar en la promoción interna del Cuerpo Auxiliar de la Administración de la Comunidad de Castilla y León el personal laboral fijo de la Administración Autonómica y de sus Organismos Autónomos que ostente la categoría profesional de personal subalterno.

Dicho personal deberá acreditar la prestación de servicios efectivos como trabajador laboral fijo en la categoría profesional de personal subalterno de esta Administración durante un periodo mínimo de dos años y cumplir los requisitos de titulación exigidos para el acceso al Cuerpo Auxiliar.

5. El personal laboral fijo que a la entrada en vigor de la Ley 7/2007, de 12 de abril, estuviera desempeñando funciones de personal funcionario, o pasara a desempeñarlas en virtud de pruebas de selección o promoción convocadas antes de dicha fecha, podrá participar en los procesos selectivos de promoción interna convocados por el sistema de concurso-oposición, de forma independiente o conjunta con los procesos selectivos de libre concurrencia, en aquellos Cuerpos y Escalas a los que figuren adscritos las funciones o los puestos que desempeñe, siempre que posea la titulación necesaria y reúna los restantes requisitos exigidos, valorándose a estos efectos como mérito los servicios efectivos prestados como personal laboral fijo y las pruebas selectivas superadas para acceder a esta condición, tal como dispone la Disposición Transitoria Segunda del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Séptimo.– Criterios generales de discriminación positiva.

1. De acuerdo con el artículo 61 del Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, los procesos selectivos tendrán carácter abierto y garantizarán la libre concurrencia, sin perjuicio de lo establecido para la promoción interna y de las medidas de discriminación positiva previstas en el citado texto refundido.

2. En aquellos procesos selectivos en los que existan pruebas físicas, éstas, establecerán baremos diferentes para mujeres y hombres, cuando la naturaleza de las pruebas lo requiera o exista alguna justificación legítima y proporcionada del diferente trato. Todo ello, en el marco de lo establecido en el artículo 5 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

3. Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados, aquel quedará aplazado para ellas, reanudándose a la terminación de la causa, siempre y cuando tal aplazamiento no menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables; este extremo deberá ser valorado por el tribunal. En tal caso, la realización de las pruebas pendientes deberá tener lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

Octavo.– Régimen jurídico de las convocatorias.

1. Las convocatorias de las pruebas selectivas para el acceso a los cuerpos y escalas de funcionarios no docentes se ajustarán a lo dispuesto en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, en sus normas de desarrollo y en el resto de normativa que sea de aplicación. Los procedimientos selectivos de personal laboral fijo para el acceso a las categorías profesionales y especialidades se ajustarán, además de lo dispuesto en las normas anteriores, a lo establecido en el Convenio Colectivo de aplicación a la fecha de su convocatoria.

2. Las convocatorias de las pruebas selectivas para el acceso a los cuerpos docentes se ajustarán a lo dispuesto en La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y en el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la Disposición Transitoria decimoséptima de la citada Ley. En lo no previsto en las normas anteriores se estará a lo establecido en la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León y normas de desarrollo.

3. Los procedimientos selectivos para el acceso a las categorías y especialidades de personal estatuario de instituciones sanitarias se ajustarán a lo dispuesto en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, en la Ley 2/2007, de 7 de marzo del Estatuto Jurídico del personal estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León, y en el Decreto 8/2011, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Selección y determinadas formas de provisión de plazas y puestos de trabajo de personal estatutario en centros e instituciones sanitarias dependientes de la Gerencia Regional de Salud. En lo no previsto en las normas anteriores se estará a lo establecido en la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León y normas de desarrollo.

Noveno.– Convocatorias y órgano competente.

1. De conformidad con lo dispuesto en el Art. 7.2.k) de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, corresponde a la Consejería de la Presidencia la convocatoria de las pruebas de selección de personal a propuesta de las correspondientes Consejerías, salvo las relativas a los cuerpos docentes no universitarios, que corresponde al titular de la Consejería de Educación.

2. Corresponde a la Consejería de Sanidad la convocatoria de las pruebas de selección de personal estatutario, en aplicación del artículo 6.2.i de la Ley 2/2007, de 7 de marzo, del Estatuto Jurídico del Personal Estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León.

Décimo.– Convocatorias pendientes de los procesos selectivos derivados de las ofertas de empleo público para el año 2021 y 2022.

Las plazas de las ofertas de empleo público para los años 2021 y 2022 que no se hubieran convocado, podrán acumularse en la convocatoria de las plazas incluidas en la presente Oferta para el acceso al mismo cuerpo y escala y especialidad, y en su caso, categoría profesional.

Undécimo.– Encomienda de gestión de los procesos selectivos.

Por razones de eficacia, podrá encomendarse la gestión material de las pruebas selectivas derivadas de esta oferta de empleo público a otra consejería u organismo autónomo en los términos previstos en el artículo 48 bis de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y la Administración de Castilla y León.

La encomienda de gestión no supondrá, en ningún caso cesión de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio. Las indemnizaciones por razón del servicio, así como los gastos derivados de la gestión material de las pruebas objeto de encomienda correrán a cargo de la consejería u organismo que tenga encomendada la gestión.

Duodécimo.– Información de los procesos selectivos.

La información relativa a las convocatorias de las pruebas y al desarrollo de los procesos selectivos derivados de la presente Oferta de empleo público se incluirá en la web institucional de la Junta de Castilla y León, Portal de Empleados Públicos, https://www.empleopublico.jcyl.es/ y también estará disponible en el a través del Servicio telefónico de Información y Atención al Ciudadano 012 o 983 327 850 (teléfono gratuito si se dispone de tarifa plana), así como en las oficinas de asistencia en materia de registros de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Asimismo, se podrá acceder a la información en relación con los procesos selectivos de personal docente y estatutario en las páginas web https://www.educa.jcyl.es/ y https://www.saludcastillayleon.es/ respectivamente.

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Junta de Castilla y León, según lo establecido en los artículos 123.1 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de Valladolid, Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses, en virtud de lo establecido en la Ley 29/1988, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Valladolid, 7 de diciembre de 2023.

El Presidente de la Junta de Castilla y León,

Fdo.: Alfonso Fernández Mañueco

El Consejero de la Presidencia,

Fdo.: Luis Miguel González Gago

ANEXO I

FUNCIONARIOS NO DOCENTES

TURNO LIBRE

CUERPOS DE FUNCIONARIOS DE ADMINISTRACIÓN GENERAL N.º PLAZAS
Grupo/Subgrupo A1
C. Superior de la Administración de Castilla y León 12
Grupo/Subgrupo A2
C. de Gestión de la Administración de Castilla y León 20
Grupo/Subgrupo C1
C. Administrativo de la Administración de Castilla y León 92
Grupo/Subgrupo C2
C. Auxiliar de la Administración de Castilla y León 180
TOTAL CUERPOS GENERALES 304
CUERPOS Y ESCALAS DE FUNCIONARIOS DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL N.º PLAZAS
C. de Letrados de la Administración de Castilla y León 4
C. Ingenieros Superiores (Agrónomos) 4
C. Ingenieros Superiores (Caminos, Canales y Puertos) 4
C. Ingenieros Superiores (Industriales) 3
C. Ingenieros Superiores (Telecomunicaciones) 4
C. de Arquitectos 4
C.F.S. Escala Bibliotecarios 3
C.F.S. (Psicólogos) 3
TOTAL GRUPO A1 29
C. Ingenieros Técnicos (Industriales) 4
C. Ingenieros Técnicos (Obras Públicas) 3
C. Arquitectos Técnicos y Aparejadores. 6
C. Ingenieros Técnicos (Forestales) 50

 

C. Ingenieros Técnicos (Agrícolas) 14
C.T.D.E. Escala Ayudantes de Biblioteca 3
C.T.D.E. (Asistentes Sociales) 18
Técnico Diplomados Especialistas Escala Ayudante Archivos 3
TOTAL GRUPO A2 101
GRUPO C1
C.A.F. Esc. Agente Medioambiental 40
TOTAL GRUPO C1 40
TOTAL CUERPOS ESPECIALES 170
CUERPOS Y ESCALAS DE FUNCIONARIOS DE LA ADMINISTRACIÓN SANITARIA N.º PLAZAS
Grupo/Subgrupo A1
C.F.S. Sanitaria (Médicos) 8
C.F.S. Sanitaria (Farmacéuticos) 18
C.F.S. Sanitaria (Veterinarios) 55
C.F.S.E. Sanitaria (Médicos Especialista en Medicina del Trabajo o Empresa) 3
Grupo/Subgrupo A2
C.T.U.P.C. E. Sanitaria (A.T.S. o D.U.E.) 24
TOTAL CUERPOS DE ADMINISTRACIÓN SANITARIA 108
TOTAL PLAZAS CUERPOS Y ESCALAS DE FUNCIONARIOS 582

ANEXO II

FUNCIONARIO DOCENTE NO UNIVERSITARIO

TURNO LIBRE

CUERPO DE MAESTROS 301
RESTO DE CUERPOS 426
TOTAL: 727

 

ANEXO III

PERSONAL LABORAL

TURNO LIBRE

GRUPO / Categoría profesional PLAZAS
Grupo I
Periodista 3
Médico General 4
Total Grupo I 7
Grupo II
Técnico de Gestión Informática 4
Fisioterapeuta 6
Enfermero/a 12
Total Grupo II 22
Grupo III
Técnico-a de Soporte Informático 6
Encargado-a 9
Celador de Medio Ambiente 30
Auxiliar de Biblioteca 20
Ayudante Técnico Educativo 10
Operador-a de Centro de Mando 29
Conductor-a (antes Oficial 1ª conductor) 20
Técnico de Atención Directa (antes Cuidador Técnico de Servicios Asistenciales y Auxiliar de Enfermería) 47
Técnico de Apoyo al Menor 35
Técnico en Farmacia 3
Total Grupo III 209
Grupo IV
Auxiliar de Carreteras 14
Telefonista 10
Oficiales de Segunda Oficios 6
Ayudante de Cocina 8
Vigilante de Incendios (antes Escucha de incendios del operativo de prevención y extinción contra incendios forestales) 50
Personal de Servicios 120
Personal Subalterno 11
Peón de Montes y Extinción (antes Escucha de incendios del operativo de prevención y extinción contra incendios forestales) 40
Total Grupo IV 259
TOTAL PERSONAL LABORAL 497

 

ANEXO IV

PERSONAL ESTATUTARIO

TURNO LIBRE

Categoría/Especialidad N.º Plazas
Medicina Familiar y Comunitaria 200
Urgencias y Emergencias 10
Celador 70
Auxiliar Administrativo 30
Oficial Mantenimiento- Electromecánico 40
T.C. Auxiliares de Enfermería 150
Técnico en Farmacia 5
T. Especialista de Informática 10
T.S. Documentación Sanitaria 11
Titulado de Grado Medio (Arquitecto Técnico) 2
Trabajador Social 5
Enfermero/a 300
Enfermero/a especialista en Pediatrita 10
Enfermero/a especialista en Salud Mental 15
Enfermero/a especialista en Enfermería del Trabajo 4
Odontólogo 8
TOTAL 870

 

ANEXO V

FUNCIONARIOS NO DOCENTES

PROMOCIÓN INTERNA

CUERPOS DE FUNCIONARIOS DE ADMINISTRACIÓN GENERAL N.º PLAZAS
Grupo/Subgrupo A1
C. Superior de la Administración de Castilla y León 10
Grupo/Subgrupo A2
C. de Gestión de la Administración de Castilla y León 15
Grupo/Subgrupo C1
C. Administrativo de la Administración de Castilla y León 50
Grupo/Subgrupo C2
C. Auxiliar de la Administración de Castilla y León 40
TOTAL 115
CUERPOS Y ESCALAS DE FUNCIONARIOS DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL N.º PLAZAS
Grupo/Subgrupo A1
C. Ingenieros Superiores (Agrónomos) 4
C. Ingenieros Superiores (Canales, Caminos y Puertos) 4
C. Ingenieros Superiores (Industriales) 4
C. Ingenieros Superiores (Minas) 4
C.F.S. Archiveros 4
Total Grupo A1 20
Grupo/Subgrupo A2
Cuerpo Ingenieros Técnicos (Forestales) 10
Total Grupo A2 10
TOTAL 30

 

TOTAL PLAZAS CUERPOS Y ESCALAS FUNCIONARIOS 145

ANEXO VI

PERSONAL LABORAL

PROMOCIÓN INTERNA

GRUPO N.º PLAZAS
Grupo II 38
Grupo III 111
TOTAL 149

 

Consulta publicación Oferta Empleo Público Junta de Castilla y León 2023 en BOCYL

Consulta publicación Oferta Empleo Público Junta de Castilla y León 2023 en PDF


Oposiciones Técnico de Atención Directa Junta de Castilla y León. Convocatoria 2023

Oposiciones Técnico de Atención Directa Junta de Castilla y León. Convocatoria 2023

Oposiciones Técnico de Atención Directa Junta de Castilla y León. Convocatoria 2023

Oposiciones Técnico de Atención Directa Junta de Castilla y León. Convocatoria 2023

RESOLUCIÓN de 31 de octubre de 2023, de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso, por el sistema de acceso libre, en la categoría profesional de Técnico de Atención Directa de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

El Acuerdo 97/2020, de 10 de diciembre, de la Junta de Castilla y León, por el que aprueba la oferta de empleo público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para el año 2020, incluye en su Anexo III 60 plazas correspondientes a la competencia funcional de Auxiliar de Enfermería.

El pasado día 21 de junio de 2023 entró en vigor el nuevo Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y Organismos Autónomos dependientes de esta, en cuyo sistema de clasificación profesional se reordenan las categorías profesionales de Auxiliar de Enfermería y de Cuidador Técnico de Servicios Asistenciales, con la creación de la categoría profesional de Técnico de Atención Directa.

La disposición transitoria séptima del convenio colectivo dispone que, el ingreso de nuevo personal una vez se produzca su entrada en vigor en el caso de categorías profesionales objeto de reordenación, modificación o integración, se realizará en la categoría profesional resultante en dicho convenio colectivo, por lo que la presente convocatoria ha de ir referida a la categoría profesional de Técnico de atención directa.

Por lo tanto, con el fin de atender las necesidades de personal de esta Administración expresadas en el Acuerdo 97/2020, de 10 de diciembre, de la Junta de Castilla y León, por el que aprueba la oferta de empleo público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para el año 2020, esta Consejería, en ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 7.2 k de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, y en uso de la delegación otorgada en el apartado segundo b) de la Orden PRE/1367/2022, de 3 de octubre, por la que se delega el ejercicio en determinadas competencias en los órganos directivos centrales de la Consejería de la Presidencia,

RESUELVE Oposiciones Técnico de Atención Directa Junta de Castilla y León. Convocatoria 2023

Convocar proceso selectivo para el ingreso, por el sistema de acceso libre, en la categoría profesional de Técnico de atención directa de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, que se regirá por las presentes

BASES Oposiciones Técnico de Atención Directa Junta de Castilla y León. Convocatoria 2023

Primera. Normativa aplicable. Oposiciones Técnico de Atención Directa Junta de Castilla y León. Convocatoria 2023

El proceso selectivo se ajustará a lo establecido en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, en el Decreto 67/1999, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal y de provisión de puestos de trabajo de los funcionarios de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en el Decreto 24/2022, de 16 de junio, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público, a la provisión de puestos de trabajo y a la formación en la Administración de Castilla y León, en el Convenio Colectivo para el personal laboral de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y Organismos Autónomos dependientes de ésta y demás normas que resulten de general y pertinente aplicación.

La presente convocatoria cumple el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres en el acceso al empleo público, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Segunda. Número y características de las plazas. Oposiciones Técnico de Atención Directa Junta de Castilla y León. Convocatoria 2023

2.1. Se convoca proceso selectivo para cubrir 60 plazas por el sistema de acceso libre de la categoría profesional de Técnico de atención directa de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, 8 de las cuales se reservan para ser cubiertas por el turno de personas con discapacidad, que tengan reconocido un grado igual o superior al 33%.

2.2. Los aspirantes que concurran en el turno reservado a personas con discapacidad sólo podrán hacerlo por dicho turno.

2.3. Las plazas reservadas del turno de personas con discapacidad no cubiertas se acumularás a las plazas del turno general.

2.4. En el caso de que algún aspirante que participe en el turno de personas con discapacidad superase el ejercicio sin obtener plaza resultando su puntuación superior a la obtenida por otros aspirantes del turno general, será incluido por su orden de puntuación en la relación de aprobados.

Tercera. Proceso selectivo y calificación. Oposiciones Técnico de Atención Directa Junta de Castilla y León. Convocatoria 2023

3.1. El proceso selectivo se realizará mediante concurso-oposición, con las fases, ejercicio, valoraciones y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.

3.2. El ejercicio del proceso selectivo deberá ampararse en la normativa vigente en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Cuarta. Programa. Oposiciones Técnico de Atención Directa Junta de Castilla y León. Convocatoria 2023

El programa que rige el proceso selectivo figura como Anexo II a esta convocatoria.

Quinta. Requisitos de los aspirantes. Oposiciones Técnico de Atención Directa Junta de Castilla y León. Convocatoria 2023

Quienes aspiren a ingresar en la categoría profesional de Técnico de atención directa de la Administración de la Comunidad de Castilla y León deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la formalización del contrato como trabajador laboral fijo, los siguientes requisitos de participación:

a) Nacionalidad. Oposiciones Técnico de Atención Directa Junta de Castilla y León. Convocatoria 2023

  • 1. Tener la nacionalidad española.
  • 2. Ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea.
  • 3. Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
  • 4. Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
  • 5. Los extranjeros que no estando incluidos en los párrafos anteriores se encuentren con residencia legal en España.

b) Edad. Tener cumplidos dieciséis años de edad.

c) Titulación. Estar en posesión o en condiciones de obtener, antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, del Título de Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia o el titulo equivalente de Técnico de Atención Socio-sanitaria, o bien, del Título de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería, o los títulos equivalentes a este segundo de Técnico Auxiliar Clínica, Técnico Auxiliar Psiquiatría y Técnico Auxiliar de Enfermería, o en su caso, cualquier otro título que se publique con los mismos efectos profesionales.

Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.

d) Capacidad. Poseer la capacidad necesaria para el desempeño de las funciones correspondientes a la categoría profesional a la que aspira a acceder.

e) Habilitación. No haber sido separado mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse incurso en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado, ni pertenecer a la misma categoría profesional a la que se presenta.

En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

En cualquier momento del procedimiento el órgano gestor del proceso selectivo podrá solicitar a los aspirantes la documentación justificativa que acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos en la presente convocatoria.

Sexta. Acceso de personas con discapacidad.

6.1. Las personas que, como consecuencia de su discapacidad, presenten especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas, podrán solicitar las adaptaciones y los ajustes de tiempos y medios que precisen para la realización de las pruebas en condiciones de igualdad. A tal efecto, los interesados deberán formular en el modelo de solicitud la petición concreta, adjuntando el dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad que acredite la necesidad de las adaptaciones solicitadas. El Tribunal resolverá lo que en cada caso proceda de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 24/2022, de 16 de junio, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público, a la provisión de puestos de trabajo y a la formación en la Administración de Castilla y León, notificando personalmente a los interesados su decisión con antelación a la realización de las pruebas, y, debidamente anonimizadas, serán objeto de publicidad en la forma prevista en la base duodécima.

6.2. Quienes concurran al proceso selectivo objeto de la presente convocatoria por el turno reservado a personas con discapacidad, deberán poseer el grado de discapacidad que le permita acceder a dicho turno el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlo hasta el momento de la toma de posesión.

Los aspirantes por este turno deberán comunicar al órgano gestor del proceso selectivo cualquier modificación en su grado de discapacidad que se produzca durante el desarrollo del proceso selectivo. El órgano gestor resolverá de oficio la incorporación del aspirante, en su caso, al turno general con la puntuación conseguida hasta ese momento.

El reconocimiento de una discapacidad con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, aun cuando se hiciese con efectos retroactivos, no conllevará en ningún caso la admisión del aspirante al turno reservado a personas con discapacidad.

Séptima. Ingreso de la tasa por la participación en las pruebas selección para acceder a la condición de personal al servicio de la Administración de la Comunidad y presentación de la solicitud.

7.1. Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán cumplimentar la solicitud, siguiendo las instrucciones que se acompañan como anexo III, y presentarla según se establece en los apartados siguientes.

La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

7.2. El plazo de presentación de la solicitud es de veinte días hábiles a partir del día siguiente al de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León. Las solicitudes se dirigirán a la Gerencia de Servicios Sociales, C/ Francisco Suárez, 2 bajo- C.P.: 47006 - Valladolid, órgano gestor de los diferentes procedimientos selectivos de la presente convocatoria.

7.3. La presentación de la solicitud se realizará por cualquiera de los medios siguientes, y preferentemente por vía telemática:

a) Telemáticamente, en el Registro Telemático de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

La presentación telemática de la solicitud conlleva necesariamente el pago telemático de la tasa por derechos de examen, salvo los casos de exención.

Es necesario como requisito previo para la inscripción el poseer un certificado digital de persona física válido o el DNI electrónico con los certificados activados.

Para presentar telemáticamente la solicitud, se deberán seguir los siguientes pasos:

  • 1. Cumplimentar el modelo 046 de pago telemático de la tasa por derechos de examen, y realizar el pago, a través del enlace https://www.tributos.jcyl.es/web/jcyl/Tributos/es/Plantilla100/1284270174781/_/_/_. No deberán realizar este trámite quienes estuvieran exentos de pago.
  • 2. Realizado el pago telemático de la tasa, deberá cumplimentar el formulario «solicitud de admisión a pruebas selectivas» al que se accede desde la página web https://empleopublico.jcyl.es.es. Cumplimentado el formulario, en el que deberá consignarse el código alfanumérico identificativo del modelo 046, se elegirá la opción «Grabar, firmar y registrar» y se seguirán los pasos que se van indicando (comprobación de la solicitud, anexado de la documentación prevista en la base 7.4 y firma digital). El proceso terminará cuando se obtenga el Recibo de Presentación del Documento, que se podrá guardar y/o imprimir como justificante de presentación.
  • b) Presencialmente, en soporte papel, siguiendo los siguientes pasos:
    • 1. Cumplimentar on line el modelo 046 de pago de la tasa por derechos de examen y realizar el pago, de alguna de las siguientes formas:
      • a) De forma telemática, con certificado digital o DNI electrónico, a través del enlace https://www.tributos.jcyl.es/web/jcyl/Tributos/es/Plantilla100/1284270174781/_/_/_.
      • b) Con tarjeta de débito o crédito de cualquier entidad financiera con TPV virtual, a través del mismo enlace.
      • c) Imprimir el modelo 046 cumplimentado y efectuar el pago presencial mediante ingreso a través de alguna de las entidades colaboradoras relacionadas en el enlace https://tributos.jcyl.es/web/es/modelo-pago-tasas-precios/entidades-financieras-pago-ventanilla.html
    • No deberán realizar este trámite quienes estuvieran exentos de pago.
    • 2. Cumplimentar el formulario «solicitud de admisión a pruebas selectivas» a través del enlace https://empleopublico.jcyl.es. Cumplimentado el formulario, en el que deberá consignarse el código alfanumérico identificativo del modelo 046, se elegirá la opción «Grabar y generar PDF». El documento se puede guardar y se debe imprimir y firmar para presentarlo dentro del plazo establecido y junto con los documentos a que se refiere el punto 7.4, en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registros de la Administración de la Comunidad de Castilla y León que se relacionan en el siguiente enlace

https://www.jcyl.es/web/jcyl/Portada/es/Plantilla100DirectorioPortada/1248366924958/1279887997704/1144425291523/DirectorioPadre

  • Igualmente podrá presentarlo en cualquiera de los centros oficiales a los que se refiere y en la forma que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. De presentarse en oficinas de correos, deberá hacerse en sobre abierto para que puedan ser selladas antes de ser certificadas.
    • 3. Cada solicitud tendrá asignado un número de referencia identificativo único (no son válidas las fotocopias).
  • c) Las solicitudes podrán cursarse en el extranjero mediante su presentación en las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A la solicitud deberá acompañarse el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen.

7.4. Junto con la solicitud deberá presentar:

  • – El modelo 046 (ejemplar para la Administración), validado por la entidad bancaria, acreditativo de haber abonado la tasa correspondiente, o el justificante si se ha abonado la tasa telemáticamente o mediante tarjeta.
  • – La documentación acreditativa, en su caso, de tener la condición de familia numerosa o de persona con discapacidad si no pertenece a la Comunidad de Castilla y León o, perteneciendo a ésta, no ha autorizado a su consulta.
  • – La documentación acreditativa del nivel de renta en el supuesto de exención que lo exija, salvo que se haya autorizado a su consulta.
  • – La documentación acreditativa de la condición de víctima del terrorismo, en su caso.

7.5. Están exentas del pago de la tasa por derechos de examen:

  • a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.
  • b) Los miembros de las familias numerosas que tengan reconocida tal condición, siempre que la base imponible total, menos el mínimo personal y familiar, del sujeto pasivo de la tasa no supere 18.900 euros en tributación individual o 31.500 en tributación conjunta, en el ejercicio 2022.
  • c) Las víctimas del terrorismo, que tengan acreditado tal condición de conformidad con lo establecido en la Ley 4/2017, de 26 de septiembre, de Reconocimiento y Atención a las Víctimas del Terrorismo en Castilla y León.

7.6. El importe de la tasa por derechos de examen es de 9,05 €, de acuerdo con lo establecido en la Orden EYH/548/2023, de 25 de abril, por la que se acuerda la publicación de las tarifas de las tasas vigentes a partir del día 7 de marzo de 2023.

7.7. La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento del mismo determinará la exclusión del aspirante.

7.8. En ningún caso la presentación y pago de la tasa de los derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

Octava. Tribunal.

8.1. El Tribunal calificador, titular y suplente, se nombrarán con posterioridad y estarán constituidos por presidente, secretario y tres vocales.

8.2. El Tribunal ajustará su actuación a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, y en el Reglamento General de ingreso del personal y de provisión de puestos de trabajo de los funcionarios al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, aprobado por Decreto 67/1999, de 15 de abril, en todo lo que no contradiga a las anteriores normas.

8.3. El Tribunal actuará con autonomía y de acuerdo con los principios de objetividad, imparcialidad y profesionalidad de sus miembros. Podrá solicitar al órgano gestor del proceso el nombramiento del personal colaborador o asesor que estime necesario para el desarrollo de las pruebas, a los que serán de aplicación las mismas prohibiciones de participación y causas de abstención y recusación que a los miembros del Tribunal.

8.4. En su actuación velará por el cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos y adoptará las medidas que resulten más adecuadas para evitar discriminación. Así mismo adoptará las medidas oportunas que permitan a los aspirantes con discapacidad que así lo hubieran indicado en la solicitud, poder participar en igualdad de condiciones que el resto de los participantes.

8.5. Corresponde al Tribunal la aplicación de las presentes bases, así como la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir, adoptando las decisiones motivadas que estime pertinentes. En particular, si en algún momento tuviera conocimiento de que algún aspirante no cumple alguno de los requisitos exigidos, o del examen de la documentación resultara que la solicitud adolece de errores o falsedades que imposibilitaran su acceso a la categoría profesional objeto de convocatoria, el Tribunal previa audiencia del interesado, propondrá al órgano gestor su exclusión, comunicándole las inexactitudes detectadas.

8.6. Con sujeción a los criterios de valoración previstos en el Anexo I de las presentes bases, podrá el tribunal acordar y desarrollar los parámetros que estime oportunos para la calificación del ejercicio, haciéndolos públicos con anterioridad a su realización.

8.7. El Tribunal se constituirá en el plazo máximo de un mes a partir de la publicación de la relación provisional de admitidos y excluidos, previa convocatoria del presidente a los miembros del tribunal titular y suplente. Ambos tribunales podrán actuar de forma conjunta.

8.8. A efectos de comunicación y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Gerencia de Servicios Sociales, C/ Francisco Suárez, 2 bajo- C.P.: 47006 – Valladolid.

Novena. Desarrollo del proceso selectivo.

9.1. En el plazo máximo de tres meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, el órgano gestor del proceso dictará resolución por la que se aprueba la relación provisional de admitidos y excluidos, con indicación del turno general o reservado a personas con discapacidad en el que participan y de las causas de exclusión, indicando los lugares en los que se encuentra expuesta al público. Dicha resolución se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León.

9.2. Los aspirantes dispondrán de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación, para formular alegaciones o subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o en su caso, su no inclusión expresa, sin perjuicio de los recursos administrativos que procedan contra la resolución por la que se apruebe la relación definitiva de admitidos y excluidos.

Finalizado el plazo de alegaciones, el órgano gestor dictará resolución por la que se aprueba la relación definitiva de admitidos y excluidos del proceso selectivo, indicando lugar, fecha y hora para el comienzo del ejercicio. Dicha resolución se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León.

9.3. El desarrollo del ejercicio tendrá lugar en la localidad de Valladolid.

La fecha de celebración del ejercicio puede coincidir con las fechas de celebración de ejercicios de otros procesos selectivos.

9.4. El orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por el primer aspirante cuyo apellido comience por la letra «Z», de conformidad con lo establecido en la Resolución de 3 de febrero de 2023, de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano, por la que se hace público el resultado del sorteo para determinar el orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos (Boletín Oficial de Castilla y León de 7 de febrero de 2023). A estos efectos, cuando el primer apellido esté encabezado por preposición o por preposición más artículo –«de», «del», «de la(s)»– independientemente de la forma en que sea transcrito por las personas interesadas, estos elementos se incorporarán para su alfabetización en minúscula tras el nombre.

9.5. Los aspirantes serán convocados al ejercicio en llamamiento único siendo excluidos quienes no comparezcan, sin perjuicio de lo dispuesto en la base 9.8.

9.6. En caso de que la realización del ejercicio de la oposición no pueda ser simultánea para los turnos general y reservado a personas con discapacidad, se realizará primero el correspondiente al turno reservado a personas con discapacidad. De igual forma, se valorarán en primer lugar las pruebas realizadas por los aspirantes de dicho turno y a continuación las del turno general.

9.7. Concluido el ejercicio de la fase de oposición, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes que los han superado, con indicación de la puntuación obtenida, separando los turnos de acceso general y reservado a personas con discapacidad.

Tras la celebración del ejercicio de la fase de oposición, cuyas dos partes consisten en cuestionarios de preguntas con respuestas múltiples, y antes de hacer pública la relación de aspirantes que lo hayan superado, el Tribunal hará pública la plantilla de respuestas correctas, concediendo a los interesados un plazo de cinco días hábiles para plantear reclamaciones. El Tribunal resolverá las reclamaciones con carácter previo a la corrección del ejercicio y hará pública su decisión en la resolución por la que se declaren los aspirantes que han aprobado el ejercicio. Esta plantilla no será recurrible de forma independiente a la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

Asimismo el Tribunal hará pública, en listado independiente, la relación de calificaciones obtenidas por los aspirantes que, habiendo concurrido a la realización del ejercicio, no lo hubieran superado. En dicha relación, la identificación de los aspirantes se efectuará, exclusivamente, mediante la indicación de los dígitos de su documento nacional de identidad que ocupen las posiciones cuarta, quinta, sexta y séptima.

9.8. Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados, aquel quedará aplazado para ella, reanudándose a la terminación de la causa, siempre y cuando tal aplazamiento no menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables; este extremo deberá ser valorado por el Tribunal. En tal caso, la realización de las pruebas pendientes deberá tener lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el respectivo proceso selectivo.

9.9. Finalizada la fase de oposición del proceso selectivo, el Tribunal hará pública la relación de los aspirantes que la hayan superado, abriéndose un plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente a que se haga pública dicha relación para presentar ante el órgano gestor del proceso selectivo la documentación acreditativa de los méritos que deseen que les sean valorados en la fase de concurso, así como copia de la solicitud de certificado de servicios prestados (Anexo IV).

La acreditación de servicios prestados se realizará conforme se especifica en el Anexo I («2. Fase de concurso», «b) Forma de acreditación»).

Para solicitar el certificado de servicios prestados deberá utilizarse el modelo que figura como Anexo IV.

9.10. El Tribunal valorará los méritos de conformidad con el baremo establecido en el Anexo II y publicará la relación que contenga la valoración provisional de los méritos de la fase de concurso. Los aspirantes podrán efectuar alegaciones en un plazo de 10 días hábiles a partir del siguiente al de su publicación, finalizado el cual el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de esta fase.

9.11. Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal hará pública la relación única de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, ordenados por la puntuación total obtenida, con independencia del turno por el que hayan participado. La puntuación total vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la de concurso, en la forma establecida en el Anexo II, especificando las calificaciones de cada uno de las dos partes del ejercicio de la oposición y la valoración cada uno de los méritos de la fase de concurso.

9.12. Desde la publicación de la resolución aprobatoria de la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos hasta la publicación del acuerdo del tribunal declarativo de los aspirantes que han superado el proceso selectivo no deberán transcurrir más de ocho meses. Los solicitantes podrán entender desestimadas sus peticiones transcurrido el tiempo máximo establecido sin que recaiga resolución expresa.

Décima. Relación de opositores que han superado el proceso selectivo y presentación de documentos.

10.1. El Tribunal elevará a la Consejería de la Presidencia la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo, y no podrá declarar que lo ha superado un número de aspirantes superior al de las plazas convocadas.

No obstante para asegurar la cobertura de las plazas convocadas, el órgano convocante requerirá al órgano de selección la relación complementaria de los aspirantes aprobados que sigan a los que lo han superado cuando se produzca alguna de las siguientes circunstancias:

  • a) Que se registre la renuncia o tenga lugar el fallecimiento de alguno de los aspirantes que han superado el proceso selectivo antes de la adquisición de la condición de personal laboral fijo.
  • b) Que algún aspirante que ha superado el proceso selectivo no cumpla los requisitos previstos para adquirir la condición de personal laboral fijo, antes de la firma del contrato, o una vez firmado el contrato no llegara a formalizarse con la incorporación del trabajador-a el día previsto.

10.2. La Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano aprobará y publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo, la oferta de puestos de trabajo y el modelo para solicitarlos.

10.3. En el plazo de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación a que se refiere el apartado anterior, los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo deberán presentar en la Dirección General de la Función Pública los siguientes documentos:

  • a) D.N.I., titulación y acreditación del grado de discapacidad, en su caso, salvo que se haya autorizado a su consulta.
  • b) Certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales, únicamente en caso de acceso a puestos de trabajo que impliquen un contacto habitual con menores. En ausencia de autorización para su consulta, el interesado deberá aportar su respectiva copia auténtica conforme dispone el Art. 27 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • c) Declaración responsable de no hallarse inhabilitado, por sentencia firme, para el ejercicio de funciones públicas, ni de haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier Administración Pública. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida el acceso a la función pública en su Estado.
  • d) Declaración responsable de no tener la condición de personal laboral fijo de la categoría profesional objeto de la convocatoria.
  • e) Declaración responsable de poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la categoría profesional objeto de la convocatoria.

Ante la imposibilidad debidamente justificada de presentar alguno de los documentos señalados en los apartados anteriores, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier prueba admisible en Derecho.

10.4. La solicitud de puestos junto con la documentación referida en el apartado anterior se efectuará telemáticamente, en el Registro Electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Para ello se utilizará el formulario «petición de puestos para procesos selectivos superados» disponible a través de la página web de la Dirección General de Función Pública https://empleopublico.jcyl.es

10.5. Salvo casos de fuerza mayor, quienes dentro del plazo fijado no hayan autorizado a la Administración para la consulta de los datos personales establecidos en el apartado a) y b) o no presenten la documentación requerida, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en las bases de la convocatoria, no podrán ser contratados como personal laboral fijo, quedando sin efectos todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación.

Undécima. Adjudicación de plazas y formalización del contrato.

11.1. Transcurrido el plazo de presentación de documentos, la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano aprobará y publicará resolución por la que se adjudican las plazas interesadas conforme al orden de puntuación alcanzado, indicándose el plazo en el que los interesados deberán formalizar el contrato y el de su posterior incorporación al puesto de trabajo. Dicha resolución será publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León.

No adquirirá la condición de personal laboral fijo de la categoría profesional convocada el aspirante aprobado que sin causa justificada no formalice el contrato de trabajo dentro del plazo establecido para ello.

11.2. De acuerdo con lo previsto en el Convenio Colectivo el periodo de prueba será de un mes.

11.3. Si el puesto de trabajo adjudicado no fuese adecuado para su desempeño por la persona con discapacidad a la que se haya adjudicado, procederá realizar las adaptaciones necesarias de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 24/2022, de 16 de junio, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público, a la provisión de puestos de trabajo y a la formación en la Administración de Castilla y León.

Duodécima. Publicidad de las actuaciones.

La información oficial relativa a las Resoluciones del Tribunal correspondientes a las convocatorias del ejercicio y a calificaciones, así como cualquier otra información de carácter general de utilidad para los interesados se facilitará en los tablones de anuncios de las oficinas de asistencia en materia de registros de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y en el Portal de Empleados Públicos de la Junta de Castilla y León (https://empleopublico.jcyl.es.es). La información estará asimismo disponible en el Servicio telefónico de Información y Atención al Ciudadano 012 ó 983 327 850 (teléfono gratuito si se dispone de tarifa plana).

Norma final.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, según lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, demanda ante los Juzgados de lo social de Valladolid en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.4 a) en relación con el artículo 6.2.b) y en el artículo 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social.

Valladolid, 31 de octubre de 2023.

El Viceconsejero de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano,P.S. (Orden PRE/1232/2023, de 26 de octubre)El Viceconsejero de Relaciones Institucionales y Administración Local,

Fdo.: José Miguel de Elías Hernández

ANEXO I

Descripción del proceso selectivo

El proceso de selección de los aspirantes será el concurso-oposición.

1. Fase de oposición.

La oposición constará de un ejercicio con las dos partes que a continuación se indican, ambas obligatorias y eliminatorias, y que se realizarán en una única sesión.

La valoración máxima de esta fase será de veinte (20) puntos.

1.1. Primera parte: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de ochenta (80) preguntas con respuestas múltiples, basado en el programa del Anexo III.

Además, los cuestionarios incluirán ocho (8) preguntas de reserva para el supuesto de posibles anulaciones. En el supuesto de que las preguntas de reserva llegasen a agotarse, las posibles preguntas anuladas por encima de las de reserva se tendrán por no puestas, debiendo revisar el Tribunal los coeficientes de puntuación, y adaptándolo al nuevo número de preguntas correctas.

Segunda parte: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de veinte (20) preguntas con respuestas múltiples, formuladas sobre dos supuestos de carácter teórico práctico propuestos por el Tribunal, dirigidos a apreciar la capacidad de los aspirantes para llevar a cabo las tareas relacionadas con las materias específicas del programa que figura como Anexo III.

Además, los cuestionarios incluirán dos (2) preguntas de reserva para posibles anulaciones, una por cada uno de los supuestos planteados. En el supuesto de que las preguntas de reserva llegasen a agotarse, las posibles preguntas anuladas por encima de las de reserva se tendrán por no puestas, debiendo revisar el Tribunal los coeficientes de puntuación, y adaptándolo al nuevo número de preguntas correctas.

En la realización de las dos partes de este ejercicio se aplicarán las siguientes reglas:

  • a) Todas las preguntas tendrán el mismo valor en cada una de las partes del ejercicio.
  • b) Las preguntas contarán con cuatro respuestas alternativas de las que solo una de ellas será correcta.
  • c) Las contestaciones erróneas se penalizarán con un cuarto del valor de la respuesta correcta.
  • d) Las preguntas no contestadas ni puntúan ni restan.

El tiempo para la realización de este ejercicio será de ciento diez (110) minutos.

La primera parte del ejercicio se calificará de cero (0) a diez (10) puntos y la calificación necesaria para superarla será de cinco (5) puntos.

La segunda parte del ejercicio se calificará de cero (0) a diez (10) puntos y la calificación necesaria para superarla será de cinco (5) puntos.

La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en ambas partes del ejercicio.

El Tribunal Calificador no podrá declarar en ningún caso que ha superado la fase de oposición un número de aspirantes que supongan más de un 200% de las plazas objeto de convocatoria para cada uno de los turnos, salvo empates en el marginal.

2. Fase de concurso.

Esta fase de concurso se valorará con un máximo de diez (10) puntos.

La valoración de los méritos se realizará una vez celebrada la fase de oposición y únicamente a los candidatos que la hayan superado.

Los méritos no acreditados en tiempo y forma no serán objeto de valoración.

La fecha de referencia de méritos es la de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en el proceso selectivo.

a) Baremo.

1. Por experiencia en puesto de trabajo de contenido funcional igual o equivalente al especificado en el Convenio Colectivo vigente para el personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, hasta un máximo de 9 puntos, valorando cada mes de servicios de la siguiente manera:

  • – 0,05 puntos por servicios prestados en la Administración y Organismos autónomos de Castilla y León.
  • – 0,02 puntos por servicios prestados en otras Administraciones Públicas.

2. Por títulos académicos reconocidos oficialmente, de nivel igual o superior a los exigidos como requisito para el acceso a las pruebas selectivas y relacionados directamente con la categoría profesional a la que se oposita, 0,50 puntos por cada uno de ellos, hasta un máximo de 1 puntos. No será objeto de valoración el título que se aporte como requisito de acceso.

b) Forma de acreditación.

A instancia del interesado se acreditarán los servicios prestados o reconocidos en la Administración General de la Comunidad de Castilla y León o en sus Organismos autónomos, mediante el certificado (Anexo V) expedido por el órgano superior de personal de la Consejería u Organismo Autónomo, en ejemplar duplicado. Uno de los ejemplares será remitido al órgano gestor del proceso selectivo en el plazo de 15 días desde que fue solicitado, y el otro al interesado.

Los servicios prestados fuera de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León o de sus Organismos autónomos se acreditarán con el certificado expedido por el órgano competente de dicha Administración, en el que consten la categoría desempeñada, sus funciones, el grupo de cotización y el Convenio colectivo aplicable, al que deberán acompañar el certificado de permanencia en alta en el grupo profesional correspondiente expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social. Dichas certificaciones deben ser originales o estar debidamente compulsadas. Estos servicios no serán objeto de valoración en el supuesto de apreciarse discordancia entre la categoría certificada por la empresa y el grupo profesional por el que se haya cotizado.

3. Calificación final.

La calificación del proceso selectivo se obtendrá por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la de concurso, una vez prorrateadas al 85 y 15 por cien, respectivamente. Para determinar dicha cifra se utilizará la siguiente fórmula: 10 (0,85 x nota oposición/ puntuación máxima oposición + 0,15 x puntos concurso/puntuación máxima concurso).

Las puntuaciones se redondearán al alza en el tercer decimal.

Para superar el proceso selectivo el opositor deberá haber aprobado ambas partes del ejercicio, obligatorias y eliminatorias, de la fase de oposición y encontrarse, una vez aplicada la formula descrita anteriormente, por orden de puntuación dentro del número máximo de plazas.

En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición; de persistir éste, se tendrá en cuenta la mayor puntuación obtenida en la segunda parte y en la primera parte del ejercicio por este orden. Si continuaran produciéndose empates, se acudirá para deshacerlo a la mayor puntuación obtenida en la fase de concurso de acuerdo con la siguiente prioridad: experiencia en el puesto de trabajo y títulos académicos. Finalmente, de persistir el empate se aplicará el orden de actuación de los aspirantes publicado mediante Resolución de 3 de febrero de 2023, de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano, por la que se hace público el resultado del sorteo para determinar el orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos.

No obstante, en caso de empate en la puntuación final obtenida entre varios aspirantes, si uno de ellos ha participado por el turno de personas con discapacidad, éste ocupará el primer lugar de entre ellos, circunstancia que se aplicará con carácter previo a los criterios generales de prelación establecidos anteriormente.

ANEXO II

Programa

MATERIAS COMUNES

Tema 1.– El Estatuto de Autonomía de Castilla y León: estructura. Contenido de los títulos: preliminar, II y V.

Tema 2.– La organización de la Administración de la Comunidad de Castilla y León: Las consejerías y delegaciones territoriales de la Junta de Castilla y León. Los organismos autónomos.

Tema 3.– El TREBEP: Clases de personal. Derechos y deberes esenciales de los empleados públicos La Constitución Española: estructura. Contenido de los títulos: preliminar, I, IV y VIII.

Tema 4.– La Ley de la Función Pública de Castilla y león: estructura. Órganos superiores en materia de función pública. Clases de Personal. Selección.

Tema 5.– Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y Organismos Autónomos dependientes de ésta.

Tema 6.– Conceptos básicos sobre seguridad y salud en el puesto de trabajo. Conceptos básicos sobre igualdad, discapacidad y contra la violencia de género.

MATERIAS ESPECÍFICAS

Tema 1.– La Ley 16/2010, de 20 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla y León. El Sistema de Servicios Sociales de Castilla y León. Las prestaciones del sistema de servicios sociales de responsabilidad pública: Concepto, clasificación y clases. El catálogo de servicios sociales de Castilla y León. La Historia Social única. Ley 2/1995, de 6, por la que se crea la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León.

Tema 2.– Ley 39/2006, de 14 de diciembre de Promoción de la Autonomía Personal y atención a las personas en situación de dependencia: Las prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia en Castilla y León. Grados y Niveles de Dependencia. Acreditación y calidad de los centros y servicios del Sistema para la autonomía y atención a la dependencia. Ley Gerencia de Servicios Sociales.

Tema 3.– Buenas prácticas en prevención de riesgos biológicos: Precauciones estándar. Precauciones específicas basadas en el mecanismo de transmisión. Equipos de Protección Individual y ropa de trabajo. Procedimientos seguros de higiene personal y en la manipulación de objetos cortopunzantes. Limpieza, desinfección y esterilización de instrumentales y superficies. Procedimientos de trabajo seguros en la manipulación de residuos. Actuación en caso de Accidente biológico.

Tema 4.– Manipulación de alimentos. Principales toxiinfecciones alimentarias. Causas y prevención de las toxiinfecciones alimentarias. Buenas prácticas en manipulación de alimentos. Limpieza e higiene de las instalaciones y de los manipuladores de alimentos. Planes generales de higiene.

Tema 5.– Características de las personas en situación de dependencia y/o discapacidad. El envejecimiento. Cambios bio-psico-sociales en el envejecimiento. Valoración geriátrica integral. Escalas de valoración física, cognitiva, afectiva, funcional y social. Las actividades de la vida diaria: básicas, instrumentales y avanzadas.

Tema 6.– Principales Síndromes geriátricos. Prevención de los síndromes geriátricos. Prevención de la dependencia. El envejecimiento activo.

Tema 7.– Características de las personas en situación de dependencia y/o discapacidad. Discapacidades: Concepto, clasificación y etiologías más frecuentes. Valoración y reconocimiento de la discapacidad. Derechos de las personas con discapacidad.

Tema 8.– Principios de ética profesional. Principios éticos en la intervención social. El código deontológico. Buenas prácticas en centros de atención a la dependencia. El principio de no maleficencia, el principio de justicia, el principio de autonomía, el principio de beneficencia. Las actitudes y valores del profesional de atención a personas dependientes y/o con discapacidad.

Tema 9.– El derecho a la dignidad en la persona dependiente y/o con discapacidad. El maltrato en la persona dependiente y/o con discapacidad. Prevención y detección del maltrato. Protocolo de actuación ante un caso de posible de maltrato.

Tema 10.– El equipo interdisciplinar: Concepto y funciones. Las competencias profesionales de los Técnicos de atención directa en centros de atención a personas en situación de dependencia y/o con discapacidad. El trabajo en equipo.

Tema 11.– La atención centrada en la persona. El profesional de referencia. Historia de vida y proyecto de vida. Actividades significativas de la vida cotidiana. Plan individual de apoyos. Eliminación de contenciones y/o sujeciones físicas y químicas. Calidad de vida, apoyo y autodeterminación en las personas con dependencia y/o discapacidad. Las unidades de convivencia. La familia como parte de la atención centrada en la persona.

Tema 12.– Programas de intervención en centros de atención a personas dependientes y con discapacidad.

Tema 13.– Planificación de la intervención en personas en situación de dependencia. Ejecución de la intervención. Protocolos, registros. Planificación y gestión de la documentación utilizada en los centros. Confidencialidad en el manejo de la información personal y médica. El secreto profesional.

Tema 14.– Higiene y aseo de la persona dependiente. Principios anatomo-fisiológicos del órgano cutáneo. Principios anatomo-fisiológicos del sistema excretor. Patologías más frecuentes. Técnicas de aseo e higiene personal. Prevención y tratamiento de úlceras por presión. Cambios posturales. Cuidados al usuario incontinente y ostomizado. Atención al usuario con sonda vesical y urostomía. Técnicas de recogida de eliminaciones. Cuidado de la imagen personal en la persona dependiente. Atención en el vestido. Mantenimiento del orden y condiciones higiénicas de la habitación. Técnicas de realización de camas. Ayudas técnicas.

Tema 15.– Administración de alimentos en la persona dependiente. Principios anatomofisológicos del sistema digestivo y endocrino. Patologías relacionadas. Dietas y menús en centros de atención a personas dependientes. Alergias e intolerancias alimentarias. Apoyo y ayudas técnicas para la ingesta. Alimentación por vía oral. Alimentación por Sonda nasogástrica y gastrostomía. La disfagia. Prevención de riesgo de broncoaspiración en usuarios con problemas neurológicos.

Tema 16.– Movilidad funcional, traslado y deambulación en personas dependientes. Principios anatomofisológicos de sostén y movimiento del cuerpo humano. Biomecánica de las articulaciones. Patologías relacionadas. Principios de mecánica corporal. Técnicas de movilización, traslado y deambulación. Ayudas técnicas. Movilización con grúas. Prevención de caídas. Sujeciones y/o contenciones. Tipos. Indicaciones. Efectos secundarios. Medidas alternativas a la contención.

Tema 17.– Principios anatomofisiológicos y enfermedades más frecuentes en el sistema cardiovascular y respiratorio. Toma de constantes vitales. Temperatura, frecuencia respiratoria, presión arterial, frecuencia cardiaca, saturación de oxígeno. Técnicas de medición. Registro gráfico de las constantes vitales. Balance hídrico.

Tema 18.– Enfermedades mentales, trastornos emocionales, enfermedades neurodegenerativas y trastornos del neurodesarrollo más frecuentes. La demencia, la enfermedad de Alzheimer, depresión, trastorno bipolar, párkinson , trastorno paranoide, la esquizofrenia, el autismo….

Tema 19.– Administración de medicamentos. Vías de administración de medicamentos. Precauciones en la administración. Condiciones de almacenamiento y conservación. Técnicas de aerosolterapia y oxigenoterapia. Tratamientos locales y métodos de administración frío-calor.

Tema 20.– Atención en el final de la vida. Cuidados paliativos. Cuidados post mortem.

Tema 21.– Primeros auxilios en situaciones de urgencia en centros de atención a la dependencia y discapacidad. Reanimación cardiopulmonar. Soporte vital básico. Desfibrilador semiautómatico externo. Obstrucción de vías aéreas por atragantamiento. Hemorragias externas. Quemaduras. Congelaciones. Intoxicaciones. Picaduras y mordeduras. Traumatismos. Vendajes e inmovilizaciones.

Tema 22.– Apoyo emocional y social en personas con dependencia y/o discapacidad. Adaptación a la institución. Factores favorecedores y dificultades en la adaptación. Apoyo y estrategias de intervención. La relación social en personas dependientes y/o con discapacidad. Habilidades sociales. Técnicas para favorecer la relación social. Aplicación de nuevas tecnologías. El ambiente como elemento favorecedor de la autonomía y la relación social.

Tema 23.– Apoyo cognitivo. Procesos cognitivos. La motivación y el aprendizaje. Mantenimiento y entrenamiento de las funciones cognitivas. Apoyo en terapias y estrategias básicas de intervención (orientación a la realidad, reminiscencia, entrenamiento de la memoria, atención, razonamiento y, orientación espacial, temporal y personal) Las nuevas tecnologías en entrenamiento cognitivo. La conducta. Técnicas, apoyo, procedimientos y estrategias de intervención en modificación de conductas. Dinámicas de grupo. Técnicas de resolución de conflictos. Intervención en situaciones de crisis.

Tema 24.– Apoyo a la comunicación. El proceso de comunicación. Barreras en la comunicación. Elementos facilitadores de la comunicación: la escucha activa, la empatía, las habilidades asertivas. Técnicas básicas de comunicación no verbal. Principales trastornos de la comunicación y el lenguaje. Sistemas de comunicación alternativos y aumentativos (SCAA). Ayudas técnicas para la comunicación alternativa y aumentativa.


Listados y Fecha de examen Cuerpo de Gestión JCyL

Listados y Fecha de examen Cuerpo de Gestión JCyL

Listados y Fecha de examen Cuerpo de Gestión JCyL

Listados y Fecha de examen Cuerpo de Gestión JCyL

RESOLUCIÓN de 7 de noviembre de 2023, de la Dirección General de la Función Pública de la Consejería de la Presidencia, por la que se aprueba la relación definitiva de admitidos y excluidos del proceso selectivo para ingreso, por el sistema de acceso libre, en el Cuerpo de Gestión de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, convocado por Resolución de 3 de noviembre de 2022 de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano.

Primero.– Aprobar las listas definitivas de admitidos y de excluidos al citado proceso selectivo, con indicación de las causas de exclusión. Estas listas se encuentran expuestas al público en los tablones de anuncios de las oficinas de asistencia en materia de registros de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y en el Portal de Empleados Públicos de la Junta de Castilla y León (https://empleopublico.jcyl.es). Asimismo, la información se encuentra disponible en el Servicio telefónico de Información y Atención al Ciudadano 012 o 983 327 850 (teléfono gratuito si se dispone de tarifa plana).

Segundo.– Convocar a todos los aspirantes admitidos para la realización del ejercicio de la fase de oposición que tendrá lugar el día 25 de noviembre de 2023 a las 9:00 horas, en las sedes que se detallan en el Anexo. Los opositores tendrán que acreditar su identidad con la presentación de su D.N.I. o cualquier otro documento que les identifique fehacientemente y deberán ir provistos de bolígrafo de tinta azul o negra.

Tercero.– Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, en virtud de lo dispuesto en los artículos 10.1.a) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Igualmente, con carácter previo y potestativo, podrá interponerse contra la presente Resolución, recurso de reposición ante la Dirección General de la Función Pública, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Ver oposiciones al Cuerpo de Gestión en Academia Irigoyen

Listados y Fecha de examen Cuerpo de Gestión JCyL


Listados y fecha de examen Auxiliar Administrativo SACYL

Listados y fecha de examen Auxiliar Administrativo SACYL

Listados y fecha de examen Auxiliar Administrativo SACYL

Listados y fecha de examen Auxiliar Administrativo SACYL

RESOLUCIÓN de 30 de octubre de 2023, de la Gerencia de Salud de Área de Burgos, por la que se aprueban las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos y se fija la fecha de realización del ejercicio de la fase de oposición del proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría de Auxiliar Administrativo/a del Servicio de Salud de Castilla y León, convocado por Orden SAN/1812/2022, de 30 de noviembre.

De conformidad con lo establecido en la Base 6.3 de la Orden SAN/1812/2022, de 30 de noviembre (B.O.C. y L. n.º 244 de 21 de diciembre), por la que se convoca proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría de Auxiliar Administrativo/a del Servicio de Salud de Castilla y León, por el sistema de Concurso Oposición, esta Gerencia de Salud de Área,

RESUELVE:

Primero.– Aprobar las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos al citado proceso selectivo, recogidos en los anexos I y II respectivamente, indicando en su caso las causas de exclusión.

Estas listas definitivas se encuentran expuestas en las Gerencias de Salud de Área, Gerencias de Asistencia Sanitaria, Gerencias de Atención Primaria y Gerencias de Atención Especializada de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León. Asimismo, podrán consultarse en el Portal de Salud de la Junta de Castilla y León (www.saludcastillayleon.es) y a través del teléfono de información 012.

Segundo.– Convocar para el llamamiento único a los aspirantes admitidos para la realización del ejercicio de la fase de oposición el día 3 de diciembre de 2023, a las 09:30 horas, en los siguientes centros en la ciudad de Burgos:

UNIVERSIDAD DE BURGOS CENTROS REALIZACIÓN DE LA PRUEBA TURNO DE INGRESO LIBRE Y TURNO DISCAPACIDAD (SIN ADAPTACIONES)
Escuela Politécnica Superior Campus Milanera Calle Villadiego, s/n 09001-Burgos
Facultad de Educación Calle de Villadiego, n.º 1 09001-Burgos
Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales Plaza de la Infanta Dª. Elena, s/n 09001-Burgos
Facultad de Derecho Hospital del Rey, s/n 09001-Burgos
Facultad de Ciencias Plaza Misael Bañuelos s/n 09001-Burgos
Facultad de Ciencias de la Salud Paseo de los Comendadores, s/n (Hospital Militar) 09001-Burgos

 

UNIVERSIDAD DE BURGOS CENTROS REALIZACIÓN DE LA PRUEBA DISCAPACIDAD CON ADAPTACIONES
Escuela Politécnica Superior Campus Milanera Aulas C1-C2 y C06 Calle Villadiego, s/n 09001-Burgos

En el listado definitivo de aspirantes admitidos se señala la facultad y el aula que corresponde a cada opositor.

Tercero.– Los aspirantes deberán acreditar su personalidad con la presentación de su DNI, pasaporte oficial o carnet de conducir. Todos los aspirantes deberán ir provistos de bolígrafo de tinta azul o negra.

Cuarto.– Aprobar la relación de adaptaciones concedidas y denegadas, presentadas por los opositores con discapacidad. Estas listas definitivas, Anexo III y IV, se encuentran expuestas al público en las Gerencias de Salud de Área, Gerencias de Asistencia Sanitaria, Gerencias de Atención Primaria y Gerencias de Atención Especializada de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León. Asimismo, podrán consultarse en el Portal de Salud de la Junta de Castilla y León (www.saludcastillayleon.es) y a través del teléfono de información 012.

Quinto.– Contra la presente resolución, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Sanidad, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación según lo dispuesto en los artículos 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Burgos, 30 de octubre de 2023.

La Gerente de Salud de Área de Burgos,

Fdo.: Marta Puente García

Ver oposiciones Auxiliar Administrativo SACYL en Academia Irigoyen


Auxiliar Administrativo Universidad de Valladolid Convocatoria 2023

Auxiliar Administrativo Universidad de Valladolid Convocatoria 2023

Auxiliar Administrativo Universidad de Valladolid Convocatoria 2023

Auxiliar Administrativo Universidad de Valladolid Convocatoria 2023

RESOLUCIÓN de 19 de octubre de 2023, del Rectorado de la Universidad de Valladolid, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso en la Escala de Auxiliares Administrativos de la Universidad de Valladolid, mediante concurso-oposición.

Por resolución de 11 de noviembre de 2020 del Rectorado de esta Universidad, fue publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León (día 18) la oferta de empleo público del personal laboral y funcionario técnico, de gestión y de administración y servicios de la Universidad de Valladolid, aprobada por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 5 de noviembre de 2020. Entre las plazas aprobadas por esta oferta de empleo, a fin de ser cubiertas mediante personal funcionario de nuevo ingreso, figuran 7 correspondientes a la Escala de Auxiliares Administrativos de la Universidad de Valladolid, subgrupo C2.

Igualmente, fue objeto de aprobación por el citado órgano de gobierno, mediante Acuerdo de 6 de julio de 2021, la oferta de empleo público del año 2021 (hecha pública mediante resolución del Rectorado de 23 de agosto de 2021 en el B.O.C. y L. del día 30). Entre las plazas aprobadas por esta oferta de empleo figuran 8 correspondientes a la Escala de Auxiliares Administrativos de la Universidad de Valladolid.

Por último, mediante resolución de 2 de diciembre de 2022 del Rectorado, fue publicada la oferta de empleo público del año 2022 (B.O.C. y L. de 13 de diciembre), aprobada por Acuerdos del Consejo de Gobierno de 28 de octubre y 2 de diciembre de 2022. Entre las plazas aprobadas por esta oferta de empleo figuran 6 correspondientes a la Escala de Auxiliares Administrativos de la Universidad de Valladolid.

La convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad jurídica, establecido en el artículo 14 de la Constitución Española, por lo que se refiere al acceso al empleo, a tenor de lo establecido en la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación, y en cuanto a la igualdad de trato entre mujeres y hombres, conforme con la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

En su virtud, este Rectorado, a fin de atender las necesidades de personal y en ejecución de las citadas ofertas de empleo, según lo dispuesto en el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre –en adelante TREBEP–, en uso de las atribuciones que tiene conferidas por el artículo 88 g) de los Estatutos de la Universidad de Valladolid, aprobados por Acuerdo 111/2020, de 30 de diciembre, de la Junta de Castilla y León –en adelante EEUVA–, en relación con el artículo 3.2.j) de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario –en adelante LOSU–, resuelve convocar proceso selectivo para el ingreso en la Escala de Auxiliares Administrativos de la Universidad de Valladolid, mediante el sistema de concurso-oposición, con sujeción a las siguientes bases de la convocatoria.

–BASES DE LA CONVOCATORIA– Auxiliar Administrativo Universidad de Valladolid Convocatoria 2023

1.– Normas Generales. Auxiliar Administrativo Universidad de Valladolid Convocatoria 2023

1.1.– Se convoca proceso selectivo a fin de cubrir, mediante concurso-oposición, 21 plazas pertenecientes a la Escala de Auxiliares Administrativos de la Universidad de Valladolid, Subgrupo C2, dotadas presupuestariamente y que en la actualidad se hallan vacantes, de acuerdo con la siguiente distribución:

  • a) 17 plazas para el turno de acceso libre.
  • b) 4 plazas para el turno de acceso para personas con discapacidad, considerándose como tales las definidas en el apartado 2 del artículo 4 del texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre –en adelante LGDPDIS–.
  • No obstante, en consideración con el artículo 5.1, del Decreto 24/2022, de 16 de junio, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público, a la provisión de puestos de trabajo y a la formación en la Administración de Castilla y León –en adelante DDISCYL–, las plazas convocadas para el turno de discapacidad, si no fueran cubiertas, serán ofertadas al turno de acceso libre.

1.2.– A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables la LOSU; el TREBEP; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León; los EEUVA; el Decreto 67/1999, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal y de Provisión de puestos de trabajo de los Funcionarios al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León; así como lo dispuesto en las presentes bases. Igualmente, y con carácter supletorio, resultará de aplicación el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios civiles de la Administración General del Estado.

1.3.– En el ámbito de este procedimiento el concepto de Administración Pública será el establecido en el artículo 2.1 del TREBEP.

1.4.– Todas las publicaciones que se deriven de esta convocatoria cumplirán con lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales –en adelante LOPDP–.

1.5.– Las personas que obtengan los puestos de trabajo correspondientes a las plazas convocadas deberán cumplir las obligaciones inherentes al puesto de trabajo al que han accedido, con especial referencia al régimen de jornada y horario. La jornada de trabajo será la fijada con carácter general para la Universidad de Valladolid, y el horario en que ésta se desarrollará será el establecido en el Centro, Departamento o Servicio en el que se ubica cada puesto de trabajo, con sujeción a lo establecido en la normativa vigente y en la Relación de Puestos de Trabajo.

1.6.– El desempeño de los puestos correspondientes a las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al servicio de las Administraciones Públicas y su normativa de desarrollo.

1.7.– Con carácter previo a la realización de las pruebas, las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar el conocimiento del castellano mediante la realización de una prueba, en la que se comprobará que poseen el nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita en esta lengua exigido para la obtención del Diploma de Español como Lengua Extranjera, nivel B2 o C2, establecido en el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, actualmente vigente, que regula los Diplomas de Español como Lengua Extranjera. La prueba se calificará de apto/a o no apto/a, siendo necesaria la valoración de apto/a para pasar a realizar las pruebas de la fase de oposición.

Están eximidos/as de la realización de esta prueba quienes presenten con la solicitud copia electrónica del Diploma de Español como Lengua Extranjera, nivel B2 o C2, establecido por el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, actualmente vigente, o del Certificado de aptitud de español para extranjeros expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas o Título de Licenciado en Filología Hispánica o Románica u otros Títulos homologados, así como los/as aspirantes de nacionalidad distinta a la española en cuyos países sea el castellano lengua oficial o co-oficial, o que hayan obtenido en España un título universitario. Asimismo, estarán eximidas de realizar la citada prueba aquellas personas aspirantes que acrediten haber superado dicha prueba en los últimos cinco años al amparo de otras convocatorias para el ingreso en la Administración Pública.

1.8.– Quienes soliciten participar por el cupo de reserva de personas con discapacidad, únicamente podrán presentarse por este cupo. La contravención de esta norma determinará la exclusión de la persona aspirante que no la hubiese observado.

2.– Requisitos de las personas candidatas. Auxiliar Administrativo Universidad de Valladolid Convocatoria 2023

Para ser admitidas al presente proceso selectivo, las personas aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionario/a de carrera, los siguientes requisitos de participación:

2.1.– Nacionalidad: Auxiliar Administrativo Universidad de Valladolid Convocatoria 2023

2.1.1.– Tener la nacionalidad española.

2.1.2.– También podrán participar: Auxiliar Administrativo Universidad de Valladolid Convocatoria 2023

  • a) Los/as nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.
  • b) El/la cónyuge de los/as españoles/as y de los/as nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separados/as de derecho, y sus descendientes y los/as de su cónyuge siempre que no estén separados/as de derecho, sean menores de 21 años o mayores de dicha edad dependientes.
  • c) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores/as.

2.2.– Edad: Tener cumplidos dieciséis años y, en su caso, no exceder de la edad máxima de jubilación.

2.3.– Titulación: Estar en posesión de, al menos, un nivel de titulación equivalente al Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, Título de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.

En su caso, para acreditar la posesión de un título universitario oficial, se tendrá en consideración lo establecido en el artículo 14.2 del Real Decreto 1002/2010, de 5 de agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales.

2.4.– Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de las plazas convocadas y no padecer enfermedad ni defecto físico que impida el ejercicio de éstas. Quienes tengan la condición de personas con discapacidad reconocida por el órgano competente deberán acreditar la compatibilidad de sus limitaciones en la actividad con las funciones de las plazas a las que aspiran.

2.5.– Habilitación: No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de personal funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido dictada su separación o inhabilitación. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

2.6.– No pertenecer como personal funcionario de carrera a la misma Escala de las plazas ofertadas en esta convocatoria.

3.– Solicitudes y plazo de presentación. Auxiliar Administrativo Universidad de Valladolid Convocatoria 2023

3.1.– Las solicitudes de participación se dirigirán al Sr. Rector de la Universidad de Valladolid, y podrán ser presentadas en el plazo de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente a aquel en que aparezca publicada la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

La presentación de la solicitud con incumplimiento de los requisitos de tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona solicitante.

A estos efectos deberá tenerse en cuenta la Resolución Rectoral de la Universidad de Valladolid, que pueda declarar periodos inhábiles a efectos del cómputo de plazos para las convocatorias y resoluciones de los procesos selectivos y de provisión de puestos de trabajo del personal técnico, de gestión y de administración y servicios, convocadas por esta Universidad.

3.2.– La solicitud estará disponible en la sede electrónica de la UVa (https://sede.uva.es) accediendo a ella según lo indicado en el siguiente apartado.

3.3.– De conformidad con el artículo 2 del Reglamento del sistema de registro de la UVa, hecho público mediante Resolución del Rectorado de 28 de mayo de 2020 (B.O.C. y L. de 8 de junio), las solicitudes de participación serán registradas por el Registro Electrónico General de la UVa.

Obligatoriamente, la presentación de estas solicitudes se efectuará electrónicamente a través de la sede electrónica de la UVa (https://sede.uva.es), siguiendo los siguientes pasos:

1.– Elegir la sección «Carpeta Ciudadana».

2.– Desde esta sección elegir una de las cuatro formas de acceso para llegar a la solicitud:

  • – Certificado digital o DNI electrónico.
  • – Usuario y contraseña (solo miembros de la comunidad universitaria).
  • – Sistema Clave PIN / Permanente.
  • – RUS (Registro Unificado de Solicitantes).

3.– Una vez se haya accedido, se continuará pulsando en «Iniciar Trámite».

4.– Iniciar el procedimiento pulsando en «Pruebas selectivas de Personal de Administración y Servicios funcionario y laboral [personal técnico, de gestión y de administración y servicios]».

Una vez iniciado un expediente de solicitud por cualesquiera de los medios indicados anteriormente sin haber finalizado su tramitación, podrá continuar en él accediendo a la Sede Electrónica de la Universidad de Valladolid–Carpeta ciudadana (oficina virtual)–Trámites pendientes.

Este procedimiento conlleva el registro electrónico de la solicitud, y además le permite:

  • • Cumplimentar en línea el formulario de alegación de méritos para la Fase de Concurso.
  • (no será necesario presentar en este momento los documentos acreditativos de los méritos alegados, los cuales se presentarán de conformidad con lo indicado en la base 5.2.1).
  • • Cumplimentar en línea el modelo oficial de solicitud.
  • • Anexar la documentación requerida a la solicitud.
  • • El pago electrónico de la tarifa para la participación en el proceso selectivo, mediante tarjeta bancaria.

3.4.– Deberán tenerse en cuenta las siguientes instrucciones generales para la cumplimentación de la solicitud:

1.– CONVOCATORIA

  • • Indique el tipo de convocatoria: marcar recuadro «Concurso-oposición».
  • • Denominación de la plaza/Cuerpo/Escala. Elegir en el desplegable «Escala de Auxiliares Administrativos de la UVa».
  • • Turno de acceso. Indique el turno por el que participa con la letra «L» para el turno libre y con «D» para el turno de acceso para personas con discapacidad.
  • • Discapacidad (casilla de verificación). Marcar por aquellos/as participantes que tengan la condición de personas con discapacidad. En caso afirmativo, adaptación que se solicita y motivo de la misma. Indicar según el caso y reseñar, asimismo la Comunidad Autónoma responsable del reconocimiento de la discapacidad.
  • • Datos a consignar según la convocatoria.
  • – Recuadro A: Indique la administración competente responsable de la expedición del título acreditativo de familia numerosa, la categoría de la misma (general o especial) y el número de identificación del título.
  • – Recuadro B: Si tiene reconocida la condición de «víctima del terrorismo», indicar «VT».
  • – Recuadro C: Si posee la condición de discapacitado/a por causa de ser pensionista de la Seguridad Social con reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, o pensionista de clases pasivas con reconocimiento de una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad, indicar, según el caso, «DIS SS» o «DIS CP», respectivamente.

3.5.– El Servicio de Gestión de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios solicitará la verificación de la condición de discapacidad de las personas aspirantes presentadas al proceso selectivo y, en caso positivo, solicitará informe técnico a la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León o a los órganos competentes en materia de Servicios Sociales sobre la necesidad o no de la adaptación solicitada por las personas aspirantes admitidas para la realización de la prueba selectiva.

3.6.– Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del/de la interesado/a.

3.7.– Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido en la base 3.1 para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.

3.8.– El pago se realizará exclusivamente de forma electrónica, a través de la Sede Electrónica de la Universidad de Valladolid, según el procedimiento establecido en la base 3.3. De conformidad con lo establecido en el Presupuesto de la Universidad de Valladolid (Resolución Rectoral de 16 de marzo de 2023, por la que se acuerda la publicación de su Presupuesto para el ejercicio económico 2023, B.O.C. y L. núm. 56 de 22 de marzo de 2023), los derechos de examen serán de 20 euros.

En ningún caso el abono de los derechos de examen supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud según lo expresado en la presente base. La omisión del pago de los derechos de examen dentro del plazo de presentación de solicitudes determinará la exclusión de la persona aspirante. No obstante, podrá subsanarse el pago incompleto de dicha tasa o la falta de acreditación de su exención total o parcial.

No procederá la devolución de los derechos de examen en el supuesto de inasistencia a los ejercicios.

De conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León, no procederá devolución alguna de la Tasa por derechos de examen en los supuestos de exclusión definitiva de las pruebas selectivas por causa imputable al/a la interesado/a.

Las personas aspirantes, en los términos establecidos en el apartado 2 del artículo 4 del texto refundido de la LGPDIS, con discapacidad igual o superior al 33 por ciento, estarán exentas de dicho pago.

Las víctimas del terrorismo, que tengan reconocida tal condición de conformidad con lo establecido en la Ley 4/2017, de 26 de septiembre, de Reconocimiento y Atención a las Víctimas del Terrorismo en Castilla y León, estarán exentas de dicho pago. La condición de víctima del terrorismo se alegará en el campo «recuadro B».

Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre de protección de la Familia Numerosa, tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de la tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de la categoría general. La condición de familia numerosa se alegará en el campo «recuadro A» de la solicitud de participación, indicándose la administración competente responsable de la expedición del título acreditativo, la categoría de la misma (general o especial) y el número de identificación del título.

3.9.– De la presentación de las solicitudes de participación en el presente proceso de selección que efectúen las personas aspirantes, se deducirá que éstas reúnen los requisitos de participación establecidos en la base 2. Al final del proceso, las personas aspirantes seleccionadas aportarán la documentación acreditativa de estos requisitos, tal y como se señala en la base 10.

3.10.– Aquellas personas aspirantes que deseen pertenecer a la Bolsa de Empleo para la selección de personal con carácter temporal, a fin de cubrir aquellas ofertas de trabajo con tareas similares a las propias de la Escala de Auxiliares Administrativos de la Universidad de Valladolid y que, en su caso, ,puedan ser incluidas en ellas, una vez finalizado el proceso selectivo, deberán hacer constar expresamente en los recuadros de la solicitud habilitados para ello, los Campus universitarios a los que se opta, correspondientes a los destinos de los puestos de trabajo que con carácter temporal pudiesen serles ofertados. En el caso de no cumplimentar estas casillas se entenderá que la persona aspirante opta a la Bolsa de Empleo de todos los Campus. Estas bolsas se constituirán y tendrán efectos de conformidad con la regulación vigente que establezca el Reglamento de Creación y Gestión de Bolsas de Empleo para el nombramiento de funcionarios/as interinos/as en las diferentes escalas y especialidades, así como, en su caso, para la contratación de personal laboral temporal de determinados grupos, categorías y especialidades de la Universidad de Valladolid.

Códigos a cumplimentar en la solicitud, correspondientes a los campus de las ofertas de empleo a las que se opta:

Campus Código
Valladolid VA
Palencia PA
Segovia SG
Soria SO

 

No pertenecer a la Bolsa de Empleo NB

La relación de personas aspirantes incluidas en la correspondiente Bolsa de Empleo se hará pública una vez finalizado el proceso selectivo. Las personas aspirantes figurarán relacionadas por orden de prelación, identificadas según lo previsto por la LOPDP y con la referencia de los campus seleccionados que son de su interés.

3.11.– A la solicitud se acompañará la siguiente documentación:

  • a) Las personas aspirantes extranjeras a que hace referencia la base 2.1.2, de la presente convocatoria deberá presentar copia del documento acreditativo de su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y dependencia del nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo cuando esta circunstancia proceda. Asimismo, en el supuesto de aquellas personas aspirantes que participen por su condición de cónyuge, deberán presentar declaración jurada o promesa de éste/a de que no está separada de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que la persona aspirante vive a sus expensas o está a su cargo. Los documentos que así lo precisen deberán presentarse traducidos al español, de conformidad con la base 10.5.
  • Las personas aspirantes no residentes en España incluidas en el apartado c) referido en la base 2.1.2 deberán acompañar a su solicitud documento que acredite las condiciones que se alegan.
  • b) Las personas aspirantes que en la instancia de participación no autoricen a la Universidad de Valladolid a consultar datos con otras administraciones, a fin de verificar sus datos de identidad y, en su caso, la condición de discapacidad, víctima del terrorismo y familia numerosa, tendrán que presentar junto a la solicitud, copia del D.N.I. o equivalente documento acreditativo de identidad y copia de la correspondiente documentación acreditativa del reconocimiento de estas condiciones anteriormente señaladas, sin perjuicio de que al final del proceso selectivo pudiera serle requerido para su definitiva verificación esta documentación original o autenticada.
  • c) Formulario de alegación de méritos para la Fase de Concurso, al que se tendrá acceso una vez iniciado el trámite de presentación de solicitudes a través de la sede electrónica de la UVa, según lo indicado en la base 3.3.

3.12.– Para el caso de presentación de subsanaciones o mejora de la solicitud, dentro del plazo establecido en la base 3.1, deberá formalizarse mediante modelo de «Solicitud General» accesible desde la sede electrónica de la UVa (https://sede.uva.es, sección «Registro electrónico»).

4.– Admisión de Aspirantes. Auxiliar Administrativo Universidad de Valladolid Convocatoria 2023

4.1.– Finalizado el plazo de presentación de instancias, en el plazo máximo de tres meses, el Sr. Rector de la Universidad dictará Resolución en virtud de la cual se declararán aprobadas las Listas Provisionales de aspirantes Admitidos/as y Excluidos/as al proceso selectivo por cada turno de acceso. En esta Resolución, que será publicada en el B.O.C. y L., figurarán las personas aspirantes excluidas con indicación expresa de la causa de exclusión. Las listas certificadas completas de las personas aspirantes admitidas y excluidas serán publicadas en el Tablón Electrónico de Anuncios de la Sede Electrónica de la Universidad de Valladolid. En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, de posibilitar su subsanación en tiempo y forma, las personas aspirantes deberán comprobar fehacientemente no sólo que no figuran recogidas en la relación de excluidos/as sino, además, que sus nombres figuran en la pertinente relación de admitidos/as.

4.2.– Las personas aspirantes excluidas dispondrán de un plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución mencionada en la base 4.1 en el B.O.C. y L., para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión o su omisión de las relaciones de admitidos/as y excluidos/as. Las listas certificadas completas de las personas aspirantes admitidas y excluidas serán publicadas en el Tablón Electrónico de Anuncios de la Sede Electrónica de la Universidad de Valladolid. Las personas aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidas en la relación de admitidos/as, serán definitivamente excluidas del proceso selectivo.

La presentación de estas solicitudes de subsanación se efectuará del modo previsto en la base 3.3, teniéndose en cuenta que habrá de cumplimentarse el modelo de «Solicitud General» accesible desde la sede electrónica de la UVa (https://sede.uva.es, sección «Registro electrónico»).

Finalizado el plazo para la presentación de las solicitudes de subsanación, el Sr. Rector dictará resolución que eleve a definitivas las listas de personas aspirantes admitidas y excluidas.

En dicha resolución figurará la fecha y lugar de celebración del primer ejercicio de la Fase de Oposición y este acto pondrá fin a la vía administrativa y, consiguientemente, las personas aspirantes definitivamente excluidas podrán interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación en el B.O.C. y L. de la citada Resolución, ante el Juzgado competente de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid.

Potestativamente, podrán interponer recurso de reposición ante el Rectorado de la Universidad, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación. En este caso, no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo antes mencionado hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del de reposición.

4.3.– En las listas de personas aspirantes admitidas y excluidas a las que se hace mención en la presente base, figurarán las personas aspirantes identificadas según lo previsto por la LOPDP. En el caso de las personas aspirantes excluidas, además, se indicará la causa o motivo de exclusión.

4.4.– En todo caso, tanto las resoluciones que se dicten relativas a este proceso selectivo, así como los acuerdos del Tribunal, de conformidad con el Reglamento de la Universidad de Valladolid por el que se implantan los medios electrónicos que facilitan el acceso de los ciudadanos/as a los servicios públicos de la Universidad y se crean la Sede Electrónica y el Registro Electrónico en la Universidad de Valladolid, se publicarán en el Tablón Electrónico de Anuncios de la Sede Electrónica de la Universidad de Valladolid (Tablón de anuncios/PAS [PTGAS]). No obstante, cuando estas resoluciones sean publicadas en el B.O.C. y L., tendrán efectividad en función de la publicación en este medio.

Asimismo, a efectos informativos y con el objeto de ampliar la difusión del presente concurso-oposición, la convocatoria, las resoluciones por las que se aprueban las listas de personas admitidas y excluidas, los acuerdos públicos del Tribunal y las resoluciones de los distintos órganos de la Universidad en relación con el proceso selectivo, se incluirán dentro de la página Web de la Universidad de Valladolid: www.uva.es (en sección «LA UVA», «Empleo (Trabaja en la UVa)»).

5.– Procedimiento de Selección. Auxiliar Administrativo Universidad de Valladolid Convocatoria 2023

El sistema de selección de las personas aspirantes será el de concurso-oposición.

5.1.– Fase de Oposición: Estará constituida por dos ejercicios, siendo eliminatorio cada uno de ellos. Las características y su valoración están reflejadas en el Anexo I de la presente convocatoria.

5.2.– Fase de Concurso: Tan solo participarán en esta Fase aquellos/as aspirantes que hayan superado la Fase de Oposición. En ningún caso, los puntos obtenidos en esta Fase podrán ser computados para superar las pruebas que se hayan realizado en la Fase de Oposición.

Los criterios para la valoración de méritos, así como la documentación a presentar, figuran en el Anexo I de la presente Resolución.

5.2.1.– Para que el Tribunal pueda valorar los méritos ya alegados por los aspirantes mediante el formulario presentado junto con la solicitud de participación, deberán ser acreditados por estos, mediante justificación documental, bajo copia auténtica, salvo aquellos que obren en poder de la UVa. A estos efectos, en el Acuerdo del Órgano Calificador por el que se hace pública la relación de aspirantes que han superado la fase de oposición, se otorgará un plazo improrrogable de diez días hábiles contados a partir del siguiente a su publicación, a fin de proceder a su presentación. Esta documentación deberá ir acompañada del modelo de solicitud, debidamente cumplimentado, que figurará en la publicación del citado acuerdo. y que servirá como identificativo de la documentación que cada aspirante entrega.

Su presentación tendrá lugar en las oficinas de asistencia en materia de registro de la UVa o en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en adelante –LPACAP–.

5.2.2.– No podrán ser valorados los méritos alegados que no estén justificados por las correspondientes acreditaciones bajo copia auténtica, salvo aquellos que obren en poder de la UVa.

5.2.3.– Para la valoración de los méritos alegados, el Tribunal tomará para su cómputo como fecha límite la de finalización del plazo de presentación de las solicitudes de participación en el presente proceso de selección.

5.3.– Criterios generales de discriminación positiva:

Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de los ejercicios que hubieran quedado aplazados, no pudiendo demorarse estos de manera que se menoscabe el derecho del resto de aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el órgano de selección, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

6.– Hojas de respuestas y corrección. Auxiliar Administrativo Universidad de Valladolid Convocatoria 2023

En los impresos para la realización de pruebas escritas del proceso selectivo que no hayan de ser leídos ante Tribunales, sino corregidos directamente por éstos, no podrá constar ningún dato de identificación personal de las personas aspirantes en la parte de la hoja normalizada de examen que haya de ser corregida por los mismos. En el caso de advertirse algún dato identificativo durante el proceso de corrección de los ejercicios, quedará invalidado el ejercicio realizado por la persona aspirante.

7.– Tribunal Calificador. Auxiliar Administrativo Universidad de Valladolid Convocatoria 2023

7.1.– El Tribunal Calificador de las presentes pruebas selectivas estará formado por los miembros que figuran en el Anexo III de estas bases y los mismos son nombrados en virtud de lo dispuesto en el artículo 201.4 de los EEUVA, con sujeción a lo dispuesto en el Art. 60 del TREBEP.

7.2.– En caso de empate, el voto del/de la Presidente/a tendrá carácter dirimente. El Sr. Rector, a propuesta del Tribunal efectuada por su Presidente/a, podrá designar, en su caso, asesores/as especialistas. Dichos asesores/as se limitarán a informar respecto de las pruebas. Igualmente, y cuando así lo aconsejen las circunstancias del proceso selectivo, podrá ser nombrado personal colaborador para el desarrollo de las pruebas, que actuará bajo la dirección del Tribunal Calificador.

7.3.– El Tribunal podrá contar en la confección de las pruebas con la colaboración de empresas especializadas o Técnicos/as cualificados/as, cuando por razón del número de personas aspirantes presentadas a las pruebas o por otras circunstancias resulte aconsejable.

7.4.– Los miembros del Tribunal y, en su caso, el personal colaborador o los/as asesores/as especialistas, tendrán derecho a la percepción de las indemnizaciones que correspondan por asistencia, de acuerdo con el capítulo V del Decreto 252/1993, de 21 de octubre, de la Junta de Castilla y León, sobre indemnizaciones por razón del servicio. A estos efectos, el Tribunal tendrá la categoría segunda.

7.5.– Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Sr. Rector de la Universidad de Valladolid, cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubieren realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso, relacionadas con la Escala de referencia, en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. El/la Presidente/a solicitará de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias de abstención o recusación, así como de no haber realizado tareas de preparación de aspirantes en los cinco años anteriores.

Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

7.6.– El Tribunal se constituirá previa convocatoria efectuada por el/la presidente/a a los miembros titulares y, en caso de ausencia, suplentes.

7.7.– A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mitad, al menos, de sus miembros, titulares o suplentes y, en todo caso, la del Secretario/a y Presidente/a (titulares o suplentes).

7.8.– El Tribunal titular y el Tribunal suplente podrán actuar de forma conjunta si las circunstancias lo requieran, debido al número de opositores/as o a la extensión o tipo de las pruebas.

7.9.– En relación con las personas con discapacidad que mediante la instancia de participación soliciten alguna adaptación para la realización de la prueba, el Tribunal realizará las adaptaciones posibles en tiempo y medios que sean consideradas necesarias. A tal efecto, se podrá requerir informe y, en su caso, colaboración de los órganos competentes en materia de Servicios Sociales.

Si en cualquier momento del presente proceso selectivo, se suscitaran dudas respecto de la capacidad de una persona aspirante con discapacidad para el desempeño de las funciones atribuidas a esta escala objeto de esta convocatoria, el Tribunal Calificador podrá recabar el correspondiente dictamen de los órganos competentes. En este supuesto, hasta tanto no se emita el dictamen, la persona aspirante podrá participar condicionalmente en el proceso selectivo, quedando en suspenso la resolución definitiva sobre la admisión o exclusión del proceso, hasta la recepción del dictamen.

7.10.– A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Gerencia de la Universidad de Valladolid (Casa del Estudiante, Calle Real de Burgos, s/n, 47011–Valladolid, Tlf. 983-184708, correo electrónico: consultaspas@uva.es). El Tribunal dispondrá que en esa sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

7.11.– El Tribunal no podrá proponer el acceso a la condición de funcionario/a de un número superior de aprobados/as al de plazas convocadas.

7.12.– Durante todo el proceso selectivo, el Tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como la actuación que proceda en los casos no previstos. En todo momento, su actuación se ajustará a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas –en adelante LPACAP– y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

7.13.– Contra las resoluciones y actos de trámite del Tribunal que decidan directa o indirectamente el fondo del asunto, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos, los/as interesados/as podrán interponer recurso de alzada ante el Rectorado de la Universidad en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación o, en su caso, publicación, de acuerdo con lo establecido en la LPACAP.

7.14.– El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre géneros.

7.15.– En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de los requisitos de participación exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia, propondrá su exclusión al Sr. Rector dando traslado, asimismo, de las inexactitudes o falsedades formuladas por la persona aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas a los efectos procedentes.

La Resolución de exclusión de la persona aspirante, que en su caso proceda, pondrá fin a la vía administrativa, y, consiguientemente, el/la interesado/a podrá formular en el plazo de dos meses recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado competente de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid. Potestativamente, podrá interponerse recurso de reposición ante el Rectorado de la Universidad de Valladolid, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación. En este caso, no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo, antes mencionado, hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del de reposición.

8.– Calendario y Desarrollo de los ejercicios. Auxiliar Administrativo Universidad de Valladolid Convocatoria 2023

8.1.– El orden de actuación de las personas aspirantes se iniciará por el primero cuyo apellido comience por la letra «Z», y se continuará sucesivamente por orden alfabético, de conformidad con lo establecido en la Resolución de 3 de febrero de 2023, de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano, por la que se hace público el resultado del sorteo para determinar el orden de actuación de las personas aspirantes en los procesos selectivos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos (B.O.C. y L. de 7).

8.2.– En cualquier momento las personas aspirantes podrán ser requeridas por los miembros del Tribunal para que acrediten su personalidad.

8.3.– Las personas aspirantes serán convocadas, para la realización de cada ejercicio, en único llamamiento, debiendo ir provistos del DNI o acreditación equivalente, siendo excluidas de la Oposición quienes no comparezcan.

8.4.– El lugar, fecha y hora de celebración del primer ejercicio serán publicados en el Boletín Oficial de Castilla y León, en la misma resolución por la que se elevan a definitivas las Listas Provisionales de personas aspirantes Admitidas y Excluidas a la que se refiere la base 4.2, párrafo tercero. Desde la total conclusión de un ejercicio hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.

8.5.– El anuncio de celebración del siguiente ejercicio de la Fase de Oposición no será objeto de publicación en el B.O.C. y L. y se efectuará a través del correspondiente Acuerdo del Tribunal al hacer pública la relación de aprobados/as del ejercicio anterior, con un plazo mínimo de setenta y dos horas al inicio del mismo. La publicación se efectuará en el lugar señalado en la base 4.4.

Las fechas de celebración de alguno de los ejercicios pueden coincidir con las fechas de celebración de ejercicios de otros procesos selectivos.

8.6.– Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de cuatro días hábiles, desde el siguiente a la publicación por parte del Tribunal de las soluciones a las preguntas que formen parte del correspondiente ejercicio de la fase de oposición, para presentar reclamaciones contra el contenido del ejercicio planteado o las soluciones propuestas. Dichas reclamaciones deberán dirigirse, debidamente documentadas, a la sede del Tribunal. Examinadas las posibles reclamaciones, el Tribunal procederá a corregir el ejercicio. El Tribunal indicará, en su caso, en el correspondiente Acuerdo indicado en la base 9.1 por el que se declara la relación de aspirantes que han superado el ejercicio, con sus correspondientes calificaciones teniendo en cuenta las reclamaciones planteadas a las preguntas, soluciones o contenidos anulados o modificados por el Tribunal.

La publicación referida en el párrafo anterior se efectuará en los lugares establecidos en la base 4.4.

La presentación de las reclamaciones referidas en este apartado deberá realizarse mediante modelo de «Solicitud General» accesible desde la sede electrónica de la UVa (https://sede.uva.es, sección «Registro electrónico»).

8.7.– El procedimiento selectivo deberá resolverse en el plazo máximo de ocho meses a partir del día siguiente de la fecha de publicación en el B.O.C. y L. de la resolución a la que hace referencia la base 4.2 y hasta la el día de publicación en ese mismo diario oficial de la Resolución del Rectorado por la que se hace pública la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo. Las personas solicitantes podrán entender desestimadas sus peticiones transcurrido el tiempo máximo establecido sin que recaiga resolución expresa.

9.– Listas de aprobados/as y valoración final. Auxiliar Administrativo Universidad de Valladolid Convocatoria 2023

9.1.– La relación de aspirantes, por cada turno de acceso, que hayan superado cada uno de los ejercicios de la Fase de Oposición, se hará pública en el lugar referido en la base 4.4 de la convocatoria. Las personas aspirantes que no se hallen incluidas en la relación correspondiente tendrán la consideración de no aptas a todos los efectos, siendo eliminadas del proceso selectivo.

9.2.– Finalizada la Fase de Oposición, el Tribunal hará pública en los lugares señalados en la base 4.4 la lista, por cada turno de acceso, con las personas aspirantes que han superado esta Fase, por el orden de puntuación total obtenida en la misma (suma de los diferentes ejercicios). ). En esta lista, y según lo previsto en la base 5.2.1, se recordará a las personas aspirantes que hayan superado esta Fase que, en el plazo improrrogable de diez días hábiles deberán presentar los documentos acreditativos de todos los méritos para su valoración por parte del Tribunal.

9.3.– Igualmente, una vez finalizada la Fase de Concurso, el Tribunal hará pública en los lugares indicados en la base 4.4 la relación, por cada turno de acceso, con la valoración provisional de méritos obtenida en esta Fase por las personas aspirantes que superaron la Fase de Oposición, con indicación expresa de la calificación total y la obtenida en cada uno de los méritos objeto de valoración. Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de cuatro días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes, sin perjuicio de los recursos administrativos que procedan contra la valoración definitiva. Finalizado dicho plazo el Órgano de Selección publicará la relación con la valoración definitiva de la Fase de Concurso.

9.4.– El Tribunal hará pública en los lugares señalados en la base 4.4, una única lista con las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo para el acceso a las plazas convocadas de la Escala de Auxiliares Administrativos de la UVa. En esta lista las personas aspirantes aparecerán ordenadas por la puntuación total obtenida en el proceso selectivo (Fase de Oposición más Fase de Concurso) y, asimismo, figurarán las puntuaciones totales obtenidas en cada Fase. En esta lista no podrá figurar un número mayor de personas que el de plazas ofertadas, siendo de aplicación lo previsto en labase 7.11.

Asimismo, será de aplicación el artículo 10 del DDISCYL, por el cual se establece que: «En las convocatorias ordinarias con turno para personas con discapacidad, los aspirantes que por este turno superasen los ejercicios correspondientes sin obtener plaza, resultando su puntuación superior a la obtenida por otros aspirantes del turno libre, serán incluidos por su orden de puntuación en la relación de aprobados».

La motivación de la mencionada lista, en cuanto acto administrativo emanado de la discrecionalidad técnica del Tribunal, y que pone fin al proceso selectivo, estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.

9.5.– En caso de igualdad en la puntuación total, una vez sumadas la Fase de Concurso y Oposición, se dará prioridad a la persona aspirante que mayor puntuación hubiera obtenido en la Fase de Oposición; en caso de persistir la igualdad, a la persona aspirante con mayor puntuación en el segundo ejercicio. Si tras aplicar estos criterios no se hubiera dirimido el empate, se dará prioridad a aquella persona aspirante con mayor puntuación en el primer ejercicio y de mantenerse el empate, se tendrá en cuenta la valoración del mérito de la Fase de Concurso que aparece enunciado en primer lugar, y así sucesivamente de persistir la igualdad. Agotadas todas estas reglas, el empate se resolverá, alfabéticamente, de manera ascedente por el orden de la letra indicada en la base 8.1 de este convocatoria.

9.6.– Finalmente, el/la Presidente/a del Tribunal elevará al Sr. Rector la correspondiente propuesta de nombramiento como funcionarios/as de carrera a favor de las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo. El Rectorado hará pública en el Boletín Oficial de Castilla y León esta relación de aspirantes aprobados/as con el orden obtenido en el concurso-oposición.

9.7.– De conformidad con la base 7.13, cada una de las listas elaboradas por los Tribunales podrá ser objeto de recurso de alzada ante el Sr. Rector en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación de las correspondientes listas, de acuerdo con lo establecido en la LPACAP.

9.8.– En todas estas listas de aspirantes a las que se hace mención en la presente base, figurarán las personas aspirantes identificadas según lo previsto en la LOPDP.

10.– Presentación de documentos y Nombramiento de Funcionarios y Funcionarias de Carrera.

10.1.– Las personas aspirantes que superen las presentes pruebas selectivas, para su nombramiento como funcionarios y funcionarias de carrera, presentarán en las oficinas de asistencia en materia de registro de la UVa o en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la LPACAP, dentro de los veinte días hábiles desde el siguiente al que se haga pública en el B.O.C. y L., la resolución a que hace referencia la base 9.6 de la presente convocatoria, copia auténtica de los siguientes documentos, salvo que estos ya se encuentren en poder de la UVa:

  • a) Copia auténtica del DNI del aspirante o documento que acredite la nacionalidad. Están exentos los/as españoles/as y los/as nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea que autoricen en su solicitud la comprobación de los datos de identificación personal en el sistema de verificación de datos de identidad. Para los/as nacionales de otros Estados que, de conformidad con la base 2.1.2, puedan acceder a las plazas convocadas, deberán aportar original y copia de la documentación que presentaron con su instancia de participación según se señalaba en la base 3.11.
  • b) Para el caso de no haber autorizado en la instancia de participación la consulta de sus datos con otras administraciones y para aquellos casos en los que se haya de acreditar el requisito de titulación mediante un documento distinto a un título oficial, se deberá presentar copia auténtica del documento acreditativo, título académico o certificación del pago de los derechos de expedición del título, según el caso. Asimismo, y en el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá aportar la documentación que acredite su homologación o reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.
  • c) Declaración jurada o promesa de no hallarse en ninguna de las circunstancias establecidas en la base 2.5, según modelo que figura como Anexo IV a la presente Resolución.
  • d) Certificado acreditativo de no padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas que le imposibiliten para el ejercicio de las funciones correspondientes a la Escala de Auxiliares Administrativos de la Universidad de Valladolid. Este certificado habrá de ser expedido por el/la Facultativo/a de Medicina General que oficialmente le corresponda. En caso de que no esté acogido a ningún régimen de la Seguridad Social, será expedido por los Servicios Provinciales del Ministerio competente u organismos correspondientes de las comunidades autónomas.
  • e) Las personas aspirantes que tengan la condición de discapacitadas deberán presentar certificación de los órganos competentes en materia de servicios sociales, que acredite tal condición y su compatibilidad para el desempeño de las tareas y funciones de las plazas a las que han sido seleccionadas.

Su presentación tendrá lugar mediante escrito dirigido al Sr. Rector de la Universidad de Valladolid (Rectorado, Palacio de Santa Cruz, Pza. del Colegio de Santa Cruz, 8, CP 47002, Valladolid) al que habrá de adjuntarse la documentación correspondiente referida anteriormente justificativa del cumplimiento de los requisitos para el nombramiento como funcionario/a de carrera mediante copia auténtica de la misma.

10.2.– Quienes dentro del plazo fijado no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser nombrados/as funcionarios/as de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

10.3.– La adjudicación de destinos se realizará por el orden de puntuación obtenida según lo establecido en la base 9.6 y a la vista de las peticiones efectuadas por las personas aspirantes. Esta petición de destinos será realizada por las personas aspirantes aprobadas previa oferta de plazas vacantes por la Gerencia de la Universidad.

10.4.– Una vez cumplidos los requisitos establecidos en la presente base y efectuada la elección de destino por parte de las personas aspirantes, el Sr. Rector de la Universidad de Valladolid dictará Resolución, en virtud de la cual nombrará funcionarios y funcionarias de carrera a las personas aspirantes seleccionadas con indicación expresa de los destinos adjudicados. La Toma de Posesión de las personas aspirantes aprobadas será efectuada en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación de su nombramiento en el B.O.C. y L.

10.5.– Todos los documentos que no estén redactados en lengua castellana, deberán acompañarse, necesariamente, de la correspondiente traducción oficial que podrá realizarse en cualquiera de los siguientes organismos:

  • • En la representación diplomática o consular de España en el extranjero.
  • • En la representación diplomática o consular del país del que proceden los documentos en España.
  • • Por traductor/a jurado/a debidamente inscrito/a y autorizado/a en España.

11.– Norma Final. Auxiliar Administrativo Universidad de Valladolid Convocatoria 2023

11.1.– Las personas aspirantes por el hecho de participar en las presentes pruebas selectivas, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal se halla facultado para resolver las dudas que se presenten en todo lo no previsto en las bases así como para la adopción de los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas.

11.2.– Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer Recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente de su publicación, ante el Juzgado competente de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid (artículos 8.2 y 13 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa). Potestativamente, podrá interponerse recurso de reposición ante el Rectorado de la Universidad de Valladolid, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución, en este caso, no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo, antes mencionado, hasta que sea resuelto expresamente, o se haya producido la desestimación presunta del de reposición. Asimismo, cuantos actos se deriven de esta convocatoria podrán ser impugnados de acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Valladolid, 19 de octubre de 2023.

El Rector,

Fdo.: Antonio Largo Cabrerizo

ANEXO I Auxiliar Administrativo Universidad de Valladolid Convocatoria 2023

–FASE DE OPOSICIÓN– Auxiliar Administrativo Universidad de Valladolid Convocatoria 2023

Primer ejercicio teórico: Auxiliar Administrativo Universidad de Valladolid Convocatoria 2023

Consistirá en contestar por escrito un cuestionario integrado por un máximo de 100 preguntas de tipo test (con opción a cuatro respuestas, siendo solo una de ellas correcta) relacionadas con el temario establecido en el Anexo II de la presente Resolución. El ejercicio estará dirigido a apreciar la idoneidad de las personas aspirantes para el desempeño de las tareas y funciones propias de la Escala de Auxiliares Administrativos de la Universidad de Valladolid. El tiempo máximo que podrá otorgar el Tribunal para la realización del ejercicio será de 90 minutos.

Para la obtención de la relación de aspirantes que superen la prueba se aplicarán los siguientes criterios:

  • 1º La puntuación directa del ejercicio se calcula conforme a la fórmula siguiente (siendo «A» el número de aciertos y «E» el de errores): A – [E/3]. Las preguntas no contestadas y las respuestas anuladas por el interesado no penalizarán.
  • 2º El ejercicio se calificará sobre un máximo de 40 puntos. Serán considerados aptos/as los/as opositores que hubiesen obtenido las mejores puntuaciones directas hasta un número máximo de 350 y cuando su puntuación directa alcanzada sea igual o superior al 50% de la puntuación directa máxima obtenible del ejercicio.
  • En el supuesto de que en la última puntuación directa se produzca un empate en un grupo de aspirantes y que en número supere el máximo de aspirantes señalados en el apartado anterior, se incluirán, hasta alcanzar dicho máximo, a aquellas personas aspirantes que tengan menor número de preguntas erróneas.
  • 3º Los/as opositores que acierten el número máximo de preguntas válidas obtendrán una calificación de 40 puntos; los/as opositores que aprueben con la nota de corte (aquella obtenida por el/la último/a opositor/a considerado apto/a según el criterio anterior) obtendrá una calificación de 20 puntos y el resto de aprobados/as tendrá una calificación distribuida proporcionalmente entre 20 y 40 puntos en relación con el número de aciertos obtenido (una vez practicada la correspondiente penalización por las respuestas erróneas).

Los cuestionarios incluirán un 10% de preguntas adicionales de reserva a fin de sustituir correlativamente, según el orden en el que se presenten las preguntas anuladas en el ejercicio.

Segundo ejercicio teórico-práctico: Auxiliar Administrativo Universidad de Valladolid Convocatoria 2023

Consistirá en la realización de un máximo de dos supuestos teórico-prácticos relacionados con el temario establecido en el Anexo II de esta convocatoria y las funciones de la Escala de Auxiliares Administrativos de la Universidad de Valladolid.

Dicho ejercicio contendrá un máximo de 20 preguntas por supuesto teórico-práctico con respuestas múltiples, siendo solo una de ellas correcta. Todos los supuestos contendrán el mismo número de preguntas. El tiempo máximo que podrá otorgar el Tribunal para la realización del ejercicio será de 90 minutos.

Cada uno de los supuestos teórico-prácticos incluirán un 10% de preguntas adicionales de reserva a fin de sustituir correlativamente las preguntas anuladas, con aquellas de reserva correspondientes de cada uno de los supuestos.

Para la obtención de las puntuaciones del ejercicio se aplicarán los siguientes criterios:

  • 1º La puntuación directa del ejercicio se calcula conforme a la fórmula siguiente (siendo «A» el número de aciertos y «E» el de errores): A – [E/3]. Las preguntas no contestadas y las respuestas anuladas por el interesado no penalizarán.
  • 2º El ejercicio se calificará sobre un máximo de 40 puntos. Serán considerados aptos/as los/as opositores que hubiesen obtenido las mejores puntuaciones directas hasta un número máximo de 52 y cuando su puntuación directa alcanzada sea igual o superior al 50% de la puntuación directa máxima obtenible del ejercicio.
  • En el supuesto de que en la última puntuación directa se produzca un empate en un grupo de aspirantes y que en número supere el máximo de aspirantes señalados en el apartado anterior, se incluirán, hasta alcanzar dicho máximo, a aquellos/as aspirantes que tengan menor número de preguntas erróneas.
  • 3º Los/as opositores/as que acierten el número máximo de preguntas válidas obtendrán una calificación de 40 puntos; los/as opositores que aprueben con la nota de corte (aquella obtenida por el último/a opositor/a considerado/a apto/a según el criterio anterior) obtendrá una calificación de 20 puntos y el resto de aprobados/as tendrá una calificación distribuida proporcionalmente entre 20 y 40 puntos en relación con el número de aciertos obtenido (una vez practicada la correspondiente penalización por las respuestas erróneas).

–FASE DE CONCURSO– Auxiliar Administrativo Universidad de Valladolid Convocatoria 2023

La puntuación máxima que se puede obtener por la valoración de los méritos recogidos en este baremo es de 20 puntos. Se valorarán los méritos siguientes:

1.– Servicios efectivos: Hasta un máximo de 10 puntos, dentro de los últimos 20 años.

1.1.– Por servicios efectivos prestados como personal funcionario dentro de la Escala de Auxiliares Administrativos de la Universidad de Valladolid, a 0,002 puntos por cada día.

A estos efectos, se computarán los servicios efectivos prestados como personal laboral en la Universidad de Valladolid en puestos de trabajo desempeñados correspondiente a la categoría de Oficial de Administración.

Documentación a presentar por los/as aspirantes seleccionados/as (base 10.1):

No será necesario presentar la documentación que obre en poder de la UVa.

1.2.– Por servicios efectivos prestados como personal funcionario en escalas con funciones iguales o equivalentes a las de la Escala de Auxiliares Administrativos en otras universidades públicas, a 0,0013 puntos por cada día.

A estos efectos se computarán los servicios efectivos prestados como personal laboral en puestos de trabajo desempeñados de régimen laboral del Convenio Colectivo del Personal Laboral de Administración y Servicios de las Universidades Públicas de Castilla y León, correspondiente a la categoría de Oficial de Administración.

1.3.– Por servicios efectivos prestados como personal funcionario en otras administraciones públicas, entendidas estas según lo previsto en el artículo 2.1 del TREBEP, en cuerpos o escalas de personal funcionario de otras Administraciones Públicas, con funciones iguales o equivalentes a las de la Escala de Auxiliares Administrativos de la Universidad de Valladolid (identificables con las de los respectivos Cuerpos/Escalas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, previstas en el artículo 31.1 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, y conforme al artículo 2.3 de dicha norma legal), a 0,001 puntos por cada día.

Documentación a presentar por los/as aspirantes seleccionados/as (base 10.1):

En referencia a los dos apartados anteriores (1.2 y 1.3), certificación de la respectiva Unidad de Personal, en la que se acreditarán los extremos referentes a tipo de nombramiento o contrato, porcentaje de la jornada (en caso de tiempo parcial), fecha inicio y fin de cada uno de ellos, subgrupo, cuerpo o escala o, en su caso, categoría profesional de los puestos desempeñados. Asimismo, deberá presentarse informe de «vida laboral» expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social.

2.– Superación de ejercicios de pruebas selectivas: Hasta un máximo de 5 puntos, dentro de los últimos 10 años (referidos a fecha fin de presentación de solicitudes de participación al proceso selectivo).

Por cada ejercicio eliminatorio superado en los procesos selectivos de acceso a la Escala de Auxiliares Administrativos de la Universidad de Valladolid, se valorará a razón de 0,5 puntos por ejercicio superado en procesos selectivos de la UVa.

En otras universidades públicas: 0,2 puntos.

Documentación a presentar por los/as aspirantes seleccionados/as (base 10.1):

No será necesario presentar la documentación que obre en poder de la UVa.

El resto de las administraciones señaladas, mediante el correspondiente certificado.

3.– Títulos académicos: Hasta un máximo de 5 puntos.

Por la posesión, hasta el último día del plazo de presentación de solicitudes, de titulación académica superior a la exigida para el acceso a las plazas convocadas. Solo se valorará una única titulación distinta de la alegada para el acceso al proceso selectivo, siendo la de mayor nivel académico de entre las que se presenten por el/la aspirante de acuerdo con el baremo que se indica a continuación:

  • • Título de doctor (Nivel 4 de MECES): 5 puntos.
  • • Título de máster oficial (Nivel 3 de MECES). Incluye Título de Máster universitario, Título de Máster en enseñanzas Artísticas y Título de Graduado de al menos 300 créditos ECTS que comprenda al menos 60 créditos ECTS de Nivel de Máster, que haya obtenido este nivel de cualificación mediante resolución del Consejo de Universidades. Asimismo, se incluyen los anteriores títulos universitarios de Segundo Ciclo (Licenciados Universitarios, Arquitectos e Ingenieros Superiores u oficialmente equivalente). 4 puntos.
  • • Título universitario de grado (Nivel 2 de MECES). Incluye Título de Graduado, título Universitario de Primer Ciclo (Diplomados Universitarios, Arquitectos e Ingenieros Técnicos u oficialmente equivalente) y Título Superior de las Enseñanzas Artísticas Superiores. 3 puntos.
  • • Titulado en Ciclo de Formación Profesional de Grado superior (Nivel 1 MECES). Técnico Superior de Formación Profesional, Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño, Técnico Deportivo Superior. 2 puntos.
  • • Título de Bachiller o titulado de Ciclo de Formación Profesional de Grado Medio: 1 punto.

Para determinar la puntuación se tendrá en cuenta el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES) regulado en el Real Decreto 1027/2011, de 15 de julio; así como el Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre, por el que se establecen las condiciones y los procedimientos de homologación, de declaración de equivalencia y de convalidación de enseñanzas universitarias de sistemas educativos extranjeros y por el que se regula el procedimiento para establecer la correspondencia al nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior de los títulos universitarios oficiales pertenecientes a ordenaciones académicas anteriores.

La titulación que se aporte como exigida para el acceso a esta convocatoria no será objeto de valoración.

Documentación a presentar por los/as aspirantes seleccionados/as (base 10.1):

Las titulaciones académicas, tanto la exigida para el acceso como la alegada para méritos, deberán acreditarse mediante copia auténtica del correspondiente título. Para acreditar la posesión de un título universitario oficial se tendrán en consideración lo establecido en el artículo 14.2 del Real Decreto 1002/2010, de 5 de agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales. Si se ha autorizado la consulta de sus datos mediante la solicitud de participación, no será necesaria su acreditación.

4.– Presentación de la documentación acreditativa:

La presentación de la documentación referida en este Anexo se efectuará de conformidad con lo indicado en la base 5.2.1.

No será necesario presentar aquellos documentos justificativos de los méritos que ya han sido alegados y que obren en poder de la UVa.

ANEXO II

TEMARIO Auxiliar Administrativo Universidad de Valladolid Convocatoria 2023

BLOQUE I: NORMATIVA GENERAL Auxiliar Administrativo Universidad de Valladolid Convocatoria 2023

Tema 1. La Constitución Española (I): estructura y contenido. Los principios constitucionales y valores superiores. Derechos y deberes fundamentales: su garantía y suspensión.

Tema 2. La Constitución Española (II): Título IV: Del Gobierno y la Administración. Título VIII: La organización territorial del Estado español. Las Comunidades Autónomas: fundamento constitucional, estatutos de autonomía y proceso de constitución. Distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas.

Tema 3. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales: Título I (Disposiciones generales), Título II (Principios de protección de datos) y Título III (Derechos de las personas).

Tema 4. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. La Ley 3/2015, de 4 marzo, de transparencia y participación ciudadana de Castilla y León. El Acuerdo de 29 de octubre de 2015, del Consejo de Gobierno de la Universidad de Valladolid, por el que se desarrolla en el ámbito de la Universidad de Valladolid, a efectos organizativos, la normativa estatal y autonómica en materia de derecho de acceso a la información pública y reutilización de la misma.

Tema 5. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales: conceptos básicos; principios de la acción preventiva; derechos y obligaciones de los trabajadores; órganos de prevención; conceptos básicos sobre seguridad, higiene, ergonomía y vigilancia de la salud; accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Tema 6. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: Objeto y ámbito; el principio de igualdad y la tutela contra la discriminación; políticas públicas para la igualdad; el derecho al trabajo en igualdad de oportunidades; criterios de actuación de las Administraciones Públicas y el principio de presencia equilibrada; medidas de igualdad en el empleo y disposiciones organizativas.

BLOQUE II: DERECHO ADMINISTRATIVO Y RÉGIMEN DEL SECTOR PÚBLICO

Tema 7. La Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Disposiciones generales; De los interesados en el procedimiento; de la actividad de las administraciones públicas: normas generales de actuación. Términos y plazos.

Tema 8. La Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: De los actos administrativos: requisitos; eficacia; Nulidad y anulabilidad.

Tema 9. La Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: De las disposiciones sobre el procedimiento administrativo común: garantías, iniciación, ordenación, instrucción, y finalización del procedimiento. De la tramitación simplificada del procedimiento administrativo común. Ejecución.

Tema 10. La Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: De la revisión de los actos en vía administrativa: Revisión de oficio. Recursos administrativos.

Tema 11. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: Título Preliminar.

BLOQUE III: GESTIÓN DE PERSONAL

Tema 12. El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Tema 13. Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León.

Tema 14. Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores: Título I, de la relación individual del trabajo (Capítulo I, Capítulo II –Sección primera y segunda–, Capítulo III–Sección primera, tercera y cuarta).

Tema 15. El personal técnico, de gestión y de administración y servicios en la Universidad de Valladolid: Régimen jurídico. El personal docente e investigador en la Universidad de Valladolid: Régimen jurídico.

BLOQUE IV: GESTIÓN UNIVERSITARIA Auxiliar Administrativo Universidad de Valladolid Convocatoria 2023

Tema 16. Los Estatutos de la Universidad de Valladolid.

Tema 17. Sistema normativo aplicable a las Universidades. La Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario: de las funciones del sistema universitario y autonomía de las universidades (Título I). De la creación y reconocimiento de las universidades y calidad del sistema universitario (Título II). Del Estudiantado del Sistema Universitario (Título VIII). Del Régimen específico de las universidades públicas (Título IX).

Tema 18. La Ley de Universidades de Castilla y León: objeto y principios de la Ley (Título preliminar), de la coordinación de las Universidades (Título I), de la creación y reconocimiento de Universidades, centros universitarios y enseñanzas (Título II) y del Consejo Social (Título III).

Tema 19. Código ético de la Universidad de Valladolid (Acuerdo del Consejo de Gobierno de 22 de julio de 2022).

Tema 20. Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.

Tema 21. Normativa de matrícula y de devolución de precios públicos de la Universidad de Valladolid.

Tema 22. Ley 3/2022, de 24 de febrero, de convivencia universitaria. Normas de Convivencia de la Universidad De Valladolid (Aprobado por el Consejo de Gobierno en sesión de 27 de abril de 2023).

BLOQUE V: GESTIÓN ECONÓMICA-FINANCIERA Auxiliar Administrativo Universidad de Valladolid Convocatoria 2023

Tema 23. Régimen económico de la Universidad de Valladolid: Normas presupuestarias y estructura del presupuesto de la Universidad de Valladolid.

BLOQUE VI: INFORMÁTICA Auxiliar Administrativo Universidad de Valladolid Convocatoria 2023

Tema 24. Principales funciones y utilidades de los Procesadores de texto y Hojas de cálculo: Word y Excel (Microsoft 365). Outlook 365: Principales utilidades: Correo, calendario, contactos y tareas. Principales funciones y utilidades de la aplicación Teams.

ANEXO III Auxiliar Administrativo Universidad de Valladolid Convocatoria 2023

–TRIBUNAL CALIFICADOR– Auxiliar Administrativo Universidad de Valladolid Convocatoria 2023

ESCALA DE AUXILIARES ADMINISTRATIVOS DE LA UVa

TRIBUNAL TITULAR

Presidente Don Mariano Gredilla Fontaneda

Secretario Don José Ramón Canet Ortigosa

Vocal Doña Sagrario Parrado Pinacho

Vocal Doña Amelia Domínguez Pérez

Vocal Don Álvaro Velasco Martínez

Vocal Don Miguel Martínez Santos

Vocal Doña María Fabiola Fiz Martín

TRIBUNAL SUPLENTE

Presidente Don Francisco Javier Zaloña Saldaña

Secretaria Doña María Belén Treviño Gómez

Vocal Doña María Trinidad Cabeza Rubio

Vocal Doña María Del Carmen Rodríguez Marcos

Vocal Doña María Dolores Riveiro Maneiro

Vocal Don Pedro Vielba Sanabria

Vocal Don José Luis Tascón Peña

ANEXO IV

Don/ña…………................................................................................................................., con domicilio en ..............................................................................................................., y documento nacional de identidad número/ NIE ..................................................., declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario de carrera de la Escala de Auxiliares Administrativos de la Universidad de Valladolid no hallarse en ninguna de las situaciones señaladas en el artículo 56.d. del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, el cual indica como requisito de acceso a la Función Pública el deber de:

«No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público».

MARCAR SI ES NACIONAL MARCAR SI NO ES NACIONAL

En …………………….., a …….. de ……………….. de 202 …..

(Firma)

SR. RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID.

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Auxiliar de Carreteras Convocatoria 2023

Auxiliar de Carreteras Convocatoria 2023

Auxiliar de Carreteras Convocatoria 2023

RESOLUCIÓN de 19 de octubre de 2023, de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso, por el sistema de acceso libre, en la categoría profesional de Auxiliar de Carreteras de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Con el fin de atender las necesidades de personal de esta Administración expresadas en el Acuerdo 97/2020, de 10 de diciembre, de la Junta de Castilla y León, por el que aprueba la oferta de empleo público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para el año 2020, esta Consejería, en ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 7.2 k de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, y en uso de la delegación otorgada en el apartado segundo b) de la Orden PRE/1367/2022, de 3 de octubre, por la que se delega el ejercicio en determinadas competencias en los órganos directivos centrales de la Consejería de la Presidencia,

RESUELVE Auxiliar de Carreteras Convocatoria 2023

Convocar proceso selectivo para el ingreso, por el sistema de acceso libre, en la categoría profesional de Auxiliar de carreteras de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, que se regirá por las presentes

BASES Auxiliar de Carreteras Convocatoria 2023

Primera. Normativa aplicable. Auxiliar de Carreteras Convocatoria 2023

El proceso selectivo se ajustará a lo establecido en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, en el Decreto 67/1999, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal y de provisión de puestos de trabajo de los funcionarios de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en el Decreto 24/2022, de 16 de junio, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público, a la provisión de puestos de trabajo y a la formación en la Administración de Castilla y León, en el Convenio Colectivo para el personal laboral de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y Organismos Autónomos dependientes de ésta y demás normas que resulten de general y pertinente aplicación.

La presente convocatoria cumple el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres en el acceso al empleo público, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Segunda. Número y características de las plazas. Auxiliar de Carreteras Convocatoria 2023

Se convoca proceso selectivo para cubrir 7 plazas por el sistema de acceso libre de la categoría profesional de Auxiliar de carreteras de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Tercera. Proceso selectivo y calificación. Auxiliar de Carreteras Convocatoria 2023

3.1. El proceso selectivo se realizará mediante concurso-oposición, con las fases, ejercicio, valoraciones y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.

3.2. El ejercicio del proceso selectivo deberán ampararse en la normativa vigente en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Cuarta. Programa. Auxiliar de Carreteras Convocatoria 2023

El programa que rige el proceso selectivo figura como Anexo II a esta convocatoria.

Quinta. Requisitos de los aspirantes. Auxiliar de Carreteras Convocatoria 2023

Quienes aspiren a ingresar en la categoría profesional de Auxiliar de carreteras de la Administración de la Comunidad de Castilla y León deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la formalización del contrato como trabajador laboral fijo, los siguientes requisitos de participación:

  • a) Nacionalidad.
    • 1. Tener la nacionalidad española.
    • 2. Ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea.
    • 3. Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
    • 4. Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
    • 5. Los extranjeros que no estando incluidos en los párrafos anteriores se encuentren con residencia legal en España.
  • b) Edad. Tener cumplidos dieciséis años de edad.
  • c) Titulación. Estar en posesión o en condiciones de obtener, antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente de acuerdo con la normativa vigente en materia de educación/ o titulación equivalente acordada por la autoridad competente en materia de educación o formación profesional de Grado Básico, o en su caso, haber superado el periodo de prueba en esta Administración en la categoría profesional correspondiente con anterioridad a la entrada en vigor del vigente convenio colectivo, siempre que no contravenga lo exigido en una norma o acuerdo de obligado cumplimiento.
  • Asimismo se deberá poseerse el permiso de conducir clase B.
  • Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.
  • d) Capacidad. Poseer la capacidad necesaria para el desempeño de las funciones correspondientes a la categoría profesional a la que aspira a acceder.
  • e) Habilitación. No haber sido separado mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse incurso en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado, ni pertenecer a la misma categoría profesional a la que se presenta.
  • En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

En cualquier momento del procedimiento el órgano gestor del proceso selectivo podrá solicitar a los aspirantes la documentación justificativa que acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos en la presente convocatoria.

Sexta. Acceso de personas con discapacidad. Auxiliar de Carreteras Convocatoria 2023

Las personas que, como consecuencia de su discapacidad, presenten especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas, podrán solicitar las adaptaciones y los ajustes de tiempos y medios que precisen para la realización de las pruebas en condiciones de igualdad. A tal efecto, los interesados deberán formular en el modelo de solicitud la petición concreta, adjuntando el dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad que acredite la necesidad de las adaptaciones solicitadas. El Tribunal resolverá lo que en cada caso proceda de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 24/2022, de 16 de junio, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público, a la provisión de puestos de trabajo y a la formación en la Administración de Castilla y León, notificando personalmente a los interesados su decisión con antelación a la realización de las pruebas, y, debidamente anonimizadas, serán objeto de publicidad en la forma prevista en la base duodécima.

Séptima. Ingreso de la tasa por la participación en las pruebas selección para acceder a la condición de personal al servicio de la Administración de la Comunidad y presentación de la solicitud.

7.1. Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán cumplimentar la solicitud, siguiendo las instrucciones que se acompañan como anexo III, y presentarla según se establece en los apartados siguientes.

La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

7.2. El plazo de presentación de la solicitud es de veinte días hábiles a partir del día siguiente al de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León. Secretaría General de la Consejería de Movilidad y Transformación Digital, C/ Rigoberto Cortejoso n.º 14, C.P. 47014, Valladolid, órgano gestor del procedimiento.

7.3 La presentación de la solicitud se realizará por cualquiera de los medios siguientes, y preferentemente por vía telemática:

  • a) Telemáticamente, en el Registro Telemático de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

La presentación telemática de la solicitud conlleva necesariamente el pago telemático de la tasa por derechos de examen, salvo los casos de exención.

Es necesario como requisito previo para la inscripción el poseer un certificado digital de persona física válido o el DNI electrónico con los certificados activados.

Para presentar telemáticamente la solicitud, se deberán seguir los siguientes pasos:

  • 1. Cumplimentar el modelo 046 de pago telemático de la tasa por derechos de examen, y realizar el pago, a través del enlace https://www.tributos.jcyl.es/web/jcyl/Tributos/es/Plantilla100/1284270174781/_/_/_. No deberán realizar este trámite quienes estuvieran exentos de pago.
  • 2. Realizado el pago telemático de la tasa, deberá cumplimentar el formulario «solicitud de admisión a pruebas selectivas» al que se accede desde la página web https://empleopublico.jcyl.es.es. Cumplimentado el formulario, en el que deberá consignarse el código alfanumérico identificativo del modelo 046, se elegirá la opción «Grabar, firmar y registrar» y se seguirán los pasos que se van indicando (comprobación de la solicitud, anexado de la documentación prevista en la base 7.4 y firma digital). El proceso terminará cuando se obtenga el Recibo de Presentación del Documento, que se podrá guardar y/o imprimir como justificante de presentación.
  • b) Presencialmente, en soporte papel, siguiendo los siguientes pasos:
    • 1. Cumplimentar on line el modelo 046 de pago de la tasa por derechos de examen y realizar el pago, de alguna de las siguientes formas:
      • a) De forma telemática, con certificado digital o DNI electrónico, a través del enlace https://www.tributos.jcyl.es/web/jcyl/Tributos/es/Plantilla100/1284270174781/_/_/_.
      • b) Con tarjeta de débito o crédito de cualquier entidad financiera con TPV virtual, a través del mismo enlace.
      • c) Imprimir el modelo 046 cumplimentado y efectuar el pago presencial mediante ingreso a través de alguna de las entidades colaboradoras relacionadas en el enlace https://tributos.jcyl.es/web/es/modelo-pago-tasas-precios/entidades-financieras-pago-ventanilla.html
    • No deberán realizar este trámite quienes estuvieran exentos de pago.
    • 2. Cumplimentar el formulario «solicitud de admisión a pruebas selectivas» a través del enlace https://empleopublico.jcyl.es.es. Cumplimentado el formulario, en el que deberá consignarse el código alfanumérico identificativo del modelo 046, se elegirá la opción «Grabar y generar PDF». El documento se puede guardar y se debe imprimir y firmar para presentarlo dentro del plazo establecido y junto con los documentos a que se refiere el punto 7.4, en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registros de la Administración de la Comunidad de Castilla y León que se relacionan en el siguiente enlace

https://www.jcyl.es/web/jcyl/Portada/es/Plantilla100DirectorioPortada/1248366924958/1279887997704/1144425291523/DirectorioPadre

  • Igualmente podrá presentarlo en cualquiera de los centros oficiales a los que se refiere y en la forma que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. De presentarse en oficinas de correos, deberá hacerse en sobre abierto para que puedan ser selladas antes de ser certificadas.
    • 3. Cada solicitud tendrá asignado un número de referencia identificativo único (no son válidas las fotocopias).
  • c) Las solicitudes podrán cursarse en el extranjero mediante su presentación en las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A la solicitud deberá acompañarse el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen.

7.4. Junto con la solicitud deberá presentar:

  • – El modelo 046 (ejemplar para la Administración), validado por la entidad bancaria, acreditativo de haber abonado la tasa correspondiente, o el justificante si se ha abonado la tasa telemáticamente o mediante tarjeta.
  • – La documentación acreditativa, en su caso, de tener la condición de familia numerosa o de persona con discapacidad si no pertenece a la Comunidad de Castilla y León o, perteneciendo a ésta, no ha autorizado a su consulta.
  • – La documentación acreditativa del nivel de renta en el supuesto de exención que lo exija, salvo que se haya autorizado a su consulta.
  • – La documentación acreditativa de la condición de víctima del terrorismo, en su caso.

7.5. Están exentas del pago de la tasa por derechos de examen:

  • a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.
  • b) Los miembros de las familias numerosas que tengan reconocida tal condición, siempre que la base imponible total, menos el mínimo personal y familiar, del sujeto pasivo de la tasa no supere 18.900 euros en tributación individual o 31.500 en tributación conjunta, en el ejercicio 2022.
  • c) Las víctimas del terrorismo, que tengan acreditado tal condición de conformidad con lo establecido en la Ley 4/2017, de 26 de septiembre, de Reconocimiento y Atención a las Víctimas del Terrorismo en Castilla y León

7.6. El importe de la tasa por derechos de examen es de 9,05 €, de acuerdo con lo establecido en la Orden EYH/548/2023, de 25 de abril, por la que se acuerda la publicación de las tarifas de las tasas vigentes a partir del día 7 de marzo de 2023.

7.7. La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento del mismo determinará la exclusión del aspirante.

7.8. En ningún caso la presentación y pago de la tasa de los derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

Octava. Tribunal. Auxiliar de Carreteras Convocatoria 2023

8.1. El Tribunal calificador es el que figura en el Anexo V a esta convocatoria.

8.2. El Tribunal ajustará su actuación a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, y en el Reglamento General de ingreso del personal y de provisión de puestos de trabajo de los funcionarios al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, aprobado por Decreto 67/1999, de 15 de abril, en todo lo que no contradiga a las anteriores normas.

8.3. El Tribunal actuará con autonomía y de acuerdo con los principios de objetividad, imparcialidad y profesionalidad de sus miembros. Podrá solicitar al órgano gestor del proceso el nombramiento del personal colaborador o asesor que estime necesario para el desarrollo de las pruebas, a los que serán de aplicación las mismas prohibiciones de participación y causas de abstención y recusación que a los miembros del Tribunal.

8.4. En su actuación velará por el cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos y adoptará las medidas que resulten más adecuadas para evitar discriminación. Así mismo adoptará las medidas oportunas que permitan a los aspirantes con discapacidad que así lo hubieran indicado en la solicitud, poder participar en igualdad de condiciones que el resto de participantes.

8.5. Corresponde al Tribunal la aplicación de las presentes bases, así como la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir, adoptando las decisiones motivadas que estime pertinentes. En particular, si en algún momento tuviera conocimiento de que algún aspirante no cumple alguno de los requisitos exigidos, o del examen de la documentación resultara que la solicitud adolece de errores o falsedades que imposibilitaran su acceso a la categoría profesional objeto de convocatoria, el Tribunal previa audiencia del interesado, propondrá al órgano gestor su exclusión, comunicándole las inexactitudes detectadas.

8.6. Con sujeción a los criterios de valoración previstos en el Anexo I de las presentes bases, podrá el tribunal acordar y desarrollar los parámetros que estime oportunos para la calificación del ejercicio, haciéndolos públicos con anterioridad a su realización.

8.7. El Tribunal se constituirá en el plazo máximo de un mes a partir de la publicación de la relación provisional de admitidos y excluidos, previa convocatoria del Presidente a los miembros del tribunal titular y suplente. Ambos tribunales podrán actuar de forma conjunta.

8.8. A efectos de comunicación y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Secretaría General de la Consejería de Movilidad y Transformación Digital, C/ Rigoberto Cortejoso n.º 14, C.P. 47014, Valladolid.

Novena. Desarrollo del proceso selectivo. Auxiliar de Carreteras Convocatoria 2023

9.1. En el plazo máximo de tres meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, el órgano gestor del proceso dictará resolución por la que se aprueba la relación provisional de admitidos y excluidos, con indicación del turno general o reservado a personas con discapacidad en el que participan y de las causas de exclusión, indicando los lugares en los que se encuentra expuesta al público. Dicha resolución se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León.

9.2. Los aspirantes dispondrán de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación, para formular alegaciones o subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o en su caso, su no inclusión expresa, sin perjuicio de los recursos administrativos que procedan contra la resolución por la que se apruebe la relación definitiva de admitidos y excluidos.

Finalizado el plazo de alegaciones, el órgano gestor dictará resolución por la que se aprueba la relación definitiva de admitidos y excluidos del proceso selectivo, indicando lugar, fecha y hora para el comienzo del ejercicio. Dicha resolución se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León.

9.3. El desarrollo del ejercicio tendrá lugar en la localidad de Valladolid.

La fecha de celebración del ejercicio puede coincidir con las fechas de celebración de ejercicios de otros procesos selectivos.

9.4. El orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por el primer aspirante cuyo apellido comience por la letra «Z», de conformidad con lo establecido en la Resolución de 3 de febrero de 2023, de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano, por la que se hace público el resultado del sorteo para determinar el orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos (Boletín Oficial de Castilla y León de 7 de febrero de 2023). A estos efectos, cuando el primer apellido esté encabezado por preposición o por preposición más artículo –«de», «del», «de la(s)»– independientemente de la forma en que sea transcrito por las personas interesadas, estos elementos se incorporarán para su alfabetización en minúscula tras el nombre.

9.5. Los aspirantes serán convocados al ejercicio en llamamiento único siendo excluidos quienes no comparezcan, sin perjuicio de lo dispuesto en la base 9.7.

9.6. Concluido el ejercicio de la fase de oposición, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes que lo han superado, con indicación de la puntuación obtenida

Tras la celebración del ejercicio consistente en un cuestionario de preguntas con respuestas múltiples, antes de hacer pública la relación de aspirantes que lo hayan superado, el Tribunal hará pública la plantilla de respuestas correctas, concediendo a los interesados un plazo de cinco días hábiles para plantear reclamaciones. El Tribunal resolverá las reclamaciones con carácter previo a la corrección del ejercicio y hará pública su decisión en la resolución por la que se declaren los aspirantes que han aprobado el ejercicio. Esta plantilla no será recurrible de forma independiente a la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

Asimismo el Tribunal hará pública, en listado independiente, la relación de calificaciones obtenidas por los aspirantes que, habiendo concurrido a la realización del ejercicio, no lo hubieran superado. En dicha relación, la identificación de los aspirantes se efectuará, exclusivamente, mediante la indicación de los dígitos de su documento nacional de identidad que ocupen las posiciones cuarta, quinta, sexta y séptima.

9.7. Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados, aquel quedará aplazado para ella, reanudándose a la terminación de la causa, siempre y cuando tal aplazamiento no menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables; este extremo deberá ser valorado por el Tribunal. En tal caso, la realización de las pruebas pendientes deberá tener lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el respectivo proceso selectivo.

9.8. Finalizada la fase de oposición del proceso selectivo, el Tribunal hará pública la relación de los aspirantes que la hayan superado, abriéndose un plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente a que se haga pública dicha relación para presentar ante el órgano gestor del proceso selectivo la documentación acreditativa de los méritos que deseen que les sean valorados en la fase de concurso, así como copia de la solicitud de certificado de servicios prestados (Anexo V).

La acreditación de servicios prestados se realizará conforme se especifica en el Anexo I («2. Fase de concurso», «b) Forma de acreditación»).

Para solicitar el certificado de servicios prestados deberá utilizarse el modelo que figura como Anexo V.

9.9. El Tribunal valorará los méritos de conformidad con el baremo establecido en el Anexo II y publicará la relación que contenga la valoración provisional de los méritos de la fase de concurso. Los aspirantes podrán efectuar alegaciones en un plazo de 10 días hábiles a partir del siguiente al de su publicación, finalizado el cual el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de esta fase.

9.10. Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, ordenados por la puntuación total obtenida. La puntuación total vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la de concurso, en la forma establecida en el Anexo II, especificando las calificaciones de cada una de las dos partes del ejercicio de la fase de oposición y la valoración cada uno de los méritos de la fase de concurso.

9.11. Desde la publicación de la resolución aprobatoria de la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos hasta la publicación del acuerdo del tribunal declarativo de los aspirantes que han superado el proceso selectivo no deberán transcurrir más de ocho meses. Los solicitantes podrán entender desestimadas sus peticiones transcurrido el tiempo máximo establecido sin que recaiga resolución expresa.

Décima. Relación de opositores que han superado el proceso selectivo y presentación de documentos. Auxiliar de Carreteras Convocatoria 2023

10.1. El Tribunal elevará a la Consejería de la Presidencia la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo, y no podrá declarar que lo ha superado un número de aspirantes superior al de las plazas convocadas.

No obstante, para asegurar la cobertura de las plazas convocadas, el órgano convocante requerirá al órgano de selección la relación complementaria de los aspirantes aprobados que sigan a los que lo han superado cuando se produzca alguna de las siguientes circunstancias:

  • a) Que se registre la renuncia o tenga lugar el fallecimiento de alguno de los aspirantes que han superado el proceso selectivo antes de la adquisición de la condición de personal laboral fijo.
  • b) Que algún aspirante que ha superado el proceso selectivo no cumpla los requisitos previstos para adquirir la condición de personal laboral fijo, antes de la firma del contrato, o una vez firmado el contrato no llegara a formalizarse con la incorporación del trabajador-a el día previsto.

10.2. La Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano aprobará y publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo, la oferta de puestos de trabajo y el modelo para solicitarlos.

10.3. En el plazo de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación a que se refiere el apartado anterior, los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo deberán presentar en la Dirección General de la Función Pública los siguientes documentos:

  • a) D.N.I., titulación y acreditación del grado de discapacidad, en su caso, salvo que se haya autorizado a su consulta.
  • b) Certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales, únicamente en caso de acceso a puestos de trabajo que impliquen un contacto habitual con menores. En ausencia de autorización para su consulta, el interesado deberá aportar su respectiva copia auténtica conforme dispone el Art. 27 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • c) Declaración responsable de no hallarse inhabilitado, por sentencia firme, para el ejercicio de funciones públicas, ni de haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier Administración Pública. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida el acceso a la función pública en su Estado.
  • d) Declaración responsable de no tener la condición de personal laboral fijo de la categoría profesional objeto de la convocatoria.
  • e) Declaración responsable de poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la categoría profesional objeto de la convocatoria.

Ante la imposibilidad debidamente justificada de presentar alguno de los documentos señalados en los apartados anteriores, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier prueba admisible en Derecho.

10.4. La solicitud de puestos junto con la documentación referida en el apartado anterior se efectuará telemáticamente, en el Registro Electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Para ello se utilizará el formulario «petición de puestos para procesos selectivos superados» disponible a través de la página web de la Dirección General de Función Pública https://empleopublico.jcyl.es

10.5. Salvo casos de fuerza mayor, quienes dentro del plazo fijado no hayan autorizado a la Administración para la consulta de los datos personales establecidos en el apartado a) y b) o no presenten la documentación requerida, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en las bases de la convocatoria, no podrán ser contratados como personal laboral fijo, quedando sin efectos todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación.

Undécima. Adjudicación de plazas y formalización del contrato. Auxiliar de Carreteras Convocatoria 2023

11.1. Transcurrido el plazo de presentación de documentos, la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano aprobará y publicará resolución por la que se adjudican las plazas interesadas conforme al orden de puntuación alcanzado, indicándose el plazo en el que los interesados deberán formalizar el contrato y el de su posterior incorporación al puesto de trabajo. Dicha resolución será publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León.

No adquirirá la condición de personal laboral fijo de la categoría profesional convocada el aspirante aprobado que sin causa justificada no formalice el contrato de trabajo dentro del plazo establecido para ello.

11.2. De acuerdo con lo previsto en el Convenio Colectivo el periodo de prueba será de un mes.

11.3. Si el puesto de trabajo adjudicado no fuese adecuado para su desempeño por la persona con discapacidad a la que se haya adjudicado, procederá realizar las adaptaciones necesarias de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 24/2022, de 16 de junio, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público, a la provisión de puestos de trabajo y a la formación en la Administración de Castilla y León.

Duodécima. Publicidad de las actuaciones. Auxiliar de Carreteras Convocatoria 2023

La información oficial relativa a las Resoluciones del Tribunal correspondientes a las convocatorias del ejercicio y a calificaciones, así como cualquier otra información de carácter general de utilidad para los interesados se facilitará en los tablones de anuncios de las oficinas de asistencia en materia de registros de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y en el Portal de Empleados Públicos de la Junta de Castilla y León (https://empleopublico.jcyl.es.es). La información estará asimismo disponible en el Servicio telefónico de Información y Atención al Ciudadano 012 ó 983 327 850 (teléfono gratuito si se dispone de tarifa plana).

Norma final. Auxiliar de Carreteras Convocatoria 2023

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, según lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, demanda ante los Juzgados de lo social de Valladolid en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.4 a) en relación con el artículo 6.2.b) y en el artículo 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social.

Valladolid, 19 de octubre de 2023.

El Viceconsejero de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano,(P.D. Orden PRE/1367/2022, de 3 de octubre)

Fdo.: Indalecio Escudero Parrilla

ANEXO I Auxiliar de Carreteras Convocatoria 2023

Descripción del proceso selectivo Auxiliar de Carreteras Convocatoria 2023

El proceso de selección de los aspirantes será el concurso-oposición.

1. Fase de oposición. Auxiliar de Carreteras Convocatoria 2023

La oposición constará de un ejercicio con las dos partes que a continuación se indican, ambas obligatorias y eliminatorias, y que se realizarán en una única sesión.

La valoración máxima de esta fase será de veinte (20) puntos.

1.1. Primera parte: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de setenta (70) preguntas con respuestas múltiples sobre las materias que figuran en el programa. De éstas diecinueve (19) preguntas se referirán a las materias comunes y cincuenta y uno (51) a las materias específicas.

Los cuestionarios incluirán siete preguntas de reserva para posibles anulaciones, de tal forma que dos (2) preguntas se referirán a las materias comunes y cinco (5) a las materias específicas. En el supuesto de que las preguntas de reserva llegasen a agotarse, las posibles preguntas anuladas por encima de las de reserva se tendrán por no puestas, debiendo revisar el Tribunal los coeficientes de puntuación, y adaptándolo al nuevo número de preguntas correctas.

1.2. Segunda parte: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de treinta (30) preguntas con respuestas múltiples, formuladas sobre uno o varios supuestos de carácter teórico práctico propuestos por el Tribunal, dirigidos a apreciar la capacidad de los aspirantes para llevar a cabo las tareas relacionadas con las materias específicas del programa que figura como Anexo II.

Además, los cuestionarios incluirán tres (3) preguntas de reserva para posibles anulaciones, una por cada uno de los supuestos planteados. En el supuesto de que las preguntas de reserva llegasen a agotarse, las posibles preguntas anuladas por encima de las de reserva se tendrán por no puestas, debiendo revisar el Tribunal los coeficientes de puntuación, y adaptándolo al nuevo número de preguntas correctas.

En la realización de las dos partes de este ejercicio se aplicarán las siguientes reglas:

  • a) Todas las preguntas tendrán el mismo valor en cada una de las partes del ejercicio.
  • b) Las preguntas contarán con cuatro respuestas alternativas de las que solo una de ellas será correcta.
  • c) Las contestaciones erróneas se penalizarán con un cuarto del valor de la respuesta correcta.
  • d) Las preguntas no contestadas ni puntúan ni restan.

El tiempo para la realización de este ejercicio será de ciento diez (110) minutos.

La primera parte del ejercicio se calificará de cero (0) a diez (10) puntos.

El Tribunal establecerá la calificación mínima para la superación de la primera parte del ejercicio en, al menos, el 60% de la puntuación resultante de la media de las 10 puntuaciones más altas obtenidas por los aspirantes, considerando a estos efectos una nota por cada aspirante aunque la misma se repita. Esta decisión se tomará con anterioridad a la identificación de los aspirantes.

No obstante lo anterior, el Tribunal Calificador no podrá declarar en ningún caso que ha superado esta parte del ejercicio un número de aspirantes que suponga más del 400% de las plazas objeto de convocatoria para cada uno de los turnos, salvo empates en el marginal.

La segunda parte del ejercicio se calificará de cero (0) a diez (10) puntos y para superarla será necesario obtener un mínimo de cinco (5) puntos.

La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en ambas partes del ejercicio.

El Tribunal Calificador no podrá declarar en ningún caso que ha superado la fase de oposición un número de aspirantes que supongan más de un 250% de las plazas objeto de convocatoria para cada uno de los turnos, salvo empates en el marginal.

2. Fase de concurso. Auxiliar de Carreteras Convocatoria 2023

Esta fase de concurso se valorará con un máximo de diez (10) puntos.

La valoración de los méritos se realizará una vez celebrada la fase de oposición y únicamente a los candidatos que la hayan superado.

Los méritos no acreditados en tiempo y forma no serán objeto de valoración.

La fecha de referencia de méritos es la de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en el proceso selectivo.

a) Baremo.

1. Por experiencia en puesto de trabajo de contenido funcional igual o equivalente al especificado en el Convenio Colectivo vigente para el personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, hasta un máximo de 9 puntos, valorando cada mes de servicios de la siguiente manera:

  • – 0,05 puntos por servicios prestados en la Administración y Organismos autónomos de Castilla y León.
  • – 0,02 puntos por servicios prestados en otras Administraciones Públicas.

2. Por títulos académicos reconocidos oficialmente, de nivel igual o superior a los exigidos como requisito para el acceso a las pruebas selectivas y relacionados directamente con la competencia funcional y, en su caso, especialidad y/o especialidad a la que se oposita, 0,50 puntos por cada uno de ellos, hasta un máximo de 1 puntos. No será objeto de valoración el título que se aporte como requisito de acceso.

b) Forma de acreditación.

A instancia del interesado se acreditarán los servicios prestados o reconocidos en la Administración General de la Comunidad de Castilla y León o en sus Organismos autónomos, mediante el certificado (Anexo VI) expedido por el órgano superior de personal de la Consejería u Organismo Autónomo, en ejemplar duplicado. Uno de los ejemplares será remitido al órgano gestor del proceso selectivo en el plazo de 15 días desde que fue solicitado, y el otro al interesado.

Los servicios prestados fuera de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León o de sus Organismos autónomos se acreditarán con el certificado expedido por el órgano competente de dicha Administración, en el que consten la categoría desempeñada, sus funciones, el grupo de cotización y el Convenio colectivo aplicable, al que deberán acompañar el certificado de permanencia en alta en el grupo profesional correspondiente expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social. Dichas certificaciones deben ser originales o estar debidamente compulsadas. Estos servicios no serán objeto de valoración en el supuesto de apreciarse discordancia entre la categoría certificada por la empresa y el grupo profesional por el que se haya cotizado.

3. Calificación final. Auxiliar de Carreteras Convocatoria 2023

La calificación del proceso selectivo se obtendrá por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la de concurso, una vez prorrateadas al 85 y 15 por cien, respectivamente. Para determinar dicha cifra se utilizará la siguiente fórmula: 10 (0,85 x nota oposición/ puntuación máxima oposición + 0,15 x puntos concurso/puntuación máxima concurso).

Las puntuaciones se redondearán al alza en el tercer decimal.

Para superar el proceso selectivo el opositor deberá haber aprobado las dos partes del ejercicio de la fase de oposición y encontrarse, una vez aplicada la formula descrita anteriormente, por orden de puntuación dentro del número máximo de plazas.

En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición; de persistir éste, se tendrá en cuenta la mayor puntuación obtenida en el segundo y primer ejercicio, por este orden. Si continuaran produciéndose empates, se acudirá para deshacerlo a la mayor puntuación obtenida en la fase de concurso de acuerdo con la siguiente prioridad: experiencia en puesto de trabajo y títulos académicos. Finalmente, de persistir el empate se aplicará el orden de actuación de los aspirantes publicado mediante Resolución de 3 de febrero de 2023, de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano, por la que se hace público el resultado del sorteo para determinar el orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos.

ANEXO II Auxiliar de Carreteras Convocatoria 2023

Programa Auxiliar de Carreteras Convocatoria 2023

MATERIAS COMUNES Auxiliar de Carreteras Convocatoria 2023

Tema 1.– La Constitución Española: estructura. Contenidos de los títulos: preliminar y I. El Estatuto de Autonomía de Castilla y León: estructura. Contenidos de los títulos: preliminar y II.

Tema 2.– La organización de la Administración de la Comunidad de Castilla y León: Las Consejerías y Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León. Los Organismos Autónomos.

Tema 3.– El Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP): Clases de personal. Derechos y deberes esenciales de los empleados públicos. Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y Organismos Autónomos dependientes de esta.

Tema 4.– Conceptos básicos sobre seguridad y salud en el puesto de trabajo. Conceptos básicos sobre igualdad, discapacidad y contra la violencia de género.

MATERIAS ESPECÍFICAS

Tema 1.– La carretera: clasificación. Definición de las partes fundamentales.

Tema 2.– La Ley de Carreteras de Castilla y León. El Reglamento de Carreteras de Castilla y León. Zonas de protección de la carretera. Línea de límite de edificación. Elementos funcionales de la carretera.

Tema 3.– Matemáticas básicas. Áreas: triángulos, cuadriláteros, polígonos regulares, círculos, sector y segmentos circulares. Volúmenes: prismas, pirámides, conos, cilindros y esferas.

Tema 4.– Escalas: numéricas y gráficas. Interpretación de planos y mapas de nivel básico. Croquis, confección y acotado.

Tema 5.– Geometría de la carretera: perfil transversal, perfil longitudinal, rasante. Secciones tipo, sus partes.

Tema 6.– Materiales más comunes en la construcción y conservación de carreteras. Áridos: clasificación. Denominaciones más usuales. Características. Su empleo. Conglomerantes: características. Su empleo. Aglomerantes: características. Su empleo. El hormigón. Definición. Precauciones generales en su fabricación, transporte y puesta en obra y curado. Mezclas bituminosas: clases. Características. Precauciones generales en su fabricación, transporte, puesta en obra y curado.

Tema 7.– Movimiento de tierras. El desmonte, el terraplén y el pedraplén. Conocimientos básicos sobre la ejecución. Equipos de maquinaria.

Tema 8.– Obras de fábrica. Conocimiento de sus distintas clases. Partes de las mismas.

Tema 9.– Conocimiento básico de señalización horizontal y vertical. Señalización básica de obra.

Tema 10.– Vialidad invernal en Castilla y León, maquinaria, fundentes, tratamientos. Plan de vialidad invernal.

Tema 11.– Tráfico en las carreteras de la red regional de Castilla y León, aforos.

ANEXO III

Instrucciones para cumplimentar la solicitud

INSTRUCCIONES GENERALES:

Recuerde que previamente a cumplimentar la solicitud debe abonar el importe de la tasa a través del modelo 046, el cual deberá presentar junto a la solicitud de participación.

Cumplimente el modelo oficial de solicitud a través del enlace:

https://empleopublico.jcyl.es.es

Recuerde que su solicitud debe firmarla y presentarla preferentemente por vía telemática en el Registro Telemático de la Administración de la Comunidad de Castilla y León con certificado digital/DNI electrónico.

CONVOCATORIA:

Convocatoria: seleccionar Auxiliar de carreteras - Libre 2020.

Fecha de publicación: este campo se rellenará automáticamente una vez que conste la información del apartado anterior con la fecha de publicación de la Orden de convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Tipo de acceso: seleccionar turno libre.

Provincia de examen: seleccionar Valladolid.

Idioma: estará activo en su caso.

Grado de discapacidad: si procede se cumplimentará con el grado que tenga reconocido.

Adaptación: Si lo precisa seleccione la petición concreta de las adaptaciones de tiempo y medios necesaria para la realización de los ejercicios en la que se reflejen sus necesidades específicas.

Eliminación de barreras arquitectónicas.

Ampliación del tiempo de duración del ejercicio.

Aumento del tamaño de los caracteres del examen, por dificultad de visión.

Necesidad de intérprete, debido a sordera.

Sistema Braille de escritura, por invidente.

Mesa adaptada a la silla de ruedas.

Otras. Adjuntar documentación.

En el caso de que haya cumplimentado «Otras» especifique cuáles en documento aparte.

ABONO DE TASAS:

Exención/Bonificación de tasas:

Señale si se encuentra exento del abono de la tasa y la causa (discapacidad u otras, o familia numerosa) o si tiene derecho a la bonificación (promoción interna). Recuerde que para tener derecho a la exención por familia numerosa o bonificación por promoción interna tiene que cumplir los requisitos de nivel de renta del sujeto pasivo de la tasa de acuerdo con la convocatoria y la normativa aplicable.

Código del modelo 046:

Se cumplimentará con los datos del código alfanumérico del mismo una vez realizado el pago de la tasa.

Importe de la tasa:

Se cumplimentará automáticamente.

Observación: en el caso de exención de la tasa por familia numerosa o de bonificación por participar por promoción interna, el participante deberá otorgar al órgano gestor la autorización para recabar los datos tributarios del nivel de renta del sujeto pasivo de la tasa del IRPF del ejercicio 2022 y, en su caso, cumplimentar el apartado correspondiente al número del título de familia numerosa y la fecha de caducidad del mismo. En el supuesto de no hacerlo, deberá presentar necesariamente la documentación acreditativa.

DATOS PERSONALES:

Se cumplimentará con los datos personales del aspirante.

DOMICILIO:

Se cumplimentará con los datos de domicilio del aspirante.

Si el domicilio radica fuera de España podrá detallar la dirección completa en el apartado Vía pública/Dirección.

REQUISITOS DE TITULACIÓN:

País título: se consignará el país expedidor de la titulación académica exigida en la convocatoria.

Poseo el título exigido en la convocatoria: tiene que cumplimentar este campo y seleccionar el nivel de titulación o título concreto, según el caso, exigido en la convocatoria.

Poseo otro título (especificar): en este campo puede indicar la denominación del título que posee (en el caso de que se exija un nivel de estudios) o la de otro título que tenga.

REQUISITOS PROFESIONALES (SOLO TURNO DE PROMOCIÓN INTERNA):

Estará activo en su caso.

CONSENTIMIENTO:

Consentimiento al centro gestor para acceder a las bases de datos de las Administraciones, con garantía de confidencialidad, y a los exclusivos efectos de facilitar la verificación de los datos personales: (identificación personal – nivel de renta–titulación – discapacidad–familia numerosa). En el caso de NO CONSENTIR debe señalar la casilla que figura antes de la firma, lo que supone que deberá necesariamente aportar copia de la documentación indicada en la convocatoria. Las personas que tengan reconocida la condición de discapacidad o familia numerosa fuera de la Comunidad de Castilla y León deben aportar la documentación acreditativa.

La Administración en cualquier momento podrá efectuar las verificaciones que considere necesarias en relación con la documentación aportada.

ANEXO IV

TRIBUNAL

TITULAR

Presidente: Carlos Martín Martínez. Cuerpo de Ingenieros Técnicos (Obras Públicas) de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Secretaria: Maria Victoria García Sanz. Titulado de Grado Medio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Vocal: Belén González González. Cuerpo de Ingenieros Superiores (Caminos, Canales y Puertos) de la de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Vocal: Caridad Fernández Martín. Cuerpo de Ingenieros Técnicos (Obras Públicas) de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Vocal: José Taboada García. Encargado de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

SUPLENTE

Presidente: Julio González Arias. Cuerpo de Ingenieros Técnicos (Obras Públicas) de la Administración de la Comunidad Castilla y León.

Secretaria: Rosa María Martin Oyagüe. Cuerpo Técnico de la Comunidad de Castilla la Mancha.

Vocal: Pablo Antonio Medina Castrillo. Practico de Topografía de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Vocal: María Isabel Hidalgo García. Cuerpo Superior de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Vocal: José Contreras Lorido. Técnico Auxiliar de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Acceda a la oposición de Auxiliar de Carreteras en Academia Irigoyen 


Publicación notas procesos selectivos AGE 2023

Publicación notas procesos selectivos AGE 2023

Publicación notas procesos selectivos AGE 2023

NOTA DE LA COMISIÓN PERMANENTE DE SELECCIÓN

Cronograma orientativo de los procesos selectivos para el ingreso, el acceso y para la estabilización de empleo temporal en Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado, convocados mediante Resolución de 20 de enero de 2023, de la Secretaria de Estado de Función Pública (BOE 27-1-2023)

Con los objetivos de fomentar la máxima transparencia en estos procesos selectivos, y de facilitar un mejor y más eficaz desarrollo de los mismos, la Comisión Permanente de Selección ha resuelto informar sobre los siguientes plazos:
- Celebración de ejercicios convocatoria ordinaria: 16 y 17 de septiembre de 2023.
- Publicación de plantillas provisionales: 19 de septiembre de 2023.
- Celebración de ejercicios convocatoria extraordinaria: 2 y 3 de noviembre de 2023.
- Publicación de plantillas definitivas y listados de aspirantes que han superado los ejercicios únicos del Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado, Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado y Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado, y los primeros ejercicios del Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado y del Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del Estado: a partir del 5 de diciembre de 2023.

A medida que esta Comisión disponga de información que permita precisar nuevos plazos actualizará esta información.

Cualquier otra información relevante sobre estos procesos selectivos se hará pública a través de
esta sede electrónica.

Ver NOTA DE LA COMISIÓN PERMANENTE DE SELECCIÓN.CRONOGRAMA.2.1

Enlace a página web INAP Pruebas Selectivas

Publicación notas procesos selectivos AGE 2023


Cómo solicitar Certificado Electrónico

Cómo solicitar Certificado Electrónico

Cómo solicitar Certificado Electrónico

¿Quieres saber cómo solicitar el Certificado Electrónico? ¿Quieres inscribirte en las oposiciones y necesitas el Certificado Electrónico?

En el siguiente video tutorial grabado por nuestra profesora experta te explicamos cómo hacerlo:

https://www.youtube.com/watch?v=TfK6cvnXjic

Cómo solicitar Certificado Electrónico
Cómo solicitar Certificado Electrónico

 

1. Configuración previa

Antes de comenzar con el proceso de solicitud de su Certificado, deberá asegurarse de que su equipo tiene instalado el software necesario para la generación de claves. CONFIGURADOR FNMT-RCM

Por favor, lea y siga atentamente las siguientes instrucciones para evitar posibles errores durante el proceso de obtención de su certificado:

Recordatorios imprescindibles:

  • No formatear el ordenador, entre el proceso de solicitud y el de descarga del certificado.
  • Se debe realizar todo el proceso de obtención desde el mismo equipo y mismo usuario.
  • Es importante leer atentamente la Declaración de Prácticas de Certificación previamente a la solicitud del certificado. En ella se encuentran las condiciones bajo las cuales se prestan los servicios de certificación.

Navegadores compatibles

Última versión de cualquiera de los siguientes navegadores:

  • Mozilla Firefox
  • Google Chrome
  • Microsoft EDGE
  • Opera
  • Safari

Software necesario para la solicitud del certificado

CONFIGURADOR FNMT-RCM

La Fábrica Nacional de Moneda y Timbre ha desarrollado esta aplicación para solicitar las claves necesarias en la obtención de un certificado digital. Puede ser ejecutada en cualquier navegador y sistema Operativo.

Una vez descargado e instalado el software no es necesario hacer nada, este se ejecutará cuando el navegador lo requiera.

Área de Descarga de Configurador FNM

https://www.sede.fnmt.gob.es/certificados/persona-fisica/obtener-certificado-software/configuracion-previa

INSTRUCCIONES:

  • - Recuerde que para evitar problemas en la solicitud y descarga de su certificado es necesario haber configurado correctamente su navegador. En nuestra sede electrónica encontrará el software de configuración automática.
  • - El nº del documento de identificación (NIF / NIE) deberá tener una longitud de 9 caracteres. Rellene con ceros a la izquierda si es necesario
  • - Asegúrese de que el correo electrónico asociado a su certificado es correcto, ya que a través de éste se enviarán todas las notificaciones sobre el ciclo de vida de su certificado.

condiciones de expedición del certificado

IMPORTANTE: Con la emisión de su nuevo certificado FNMT de Persona Física el solicitante autoriza a la FNMT-RCM a revocar y dejar sin efecto cualquier certificado del mismo tipo que la FNMT-RCM le haya emitido con carácter previo e idénticos nombre, apellidos y NIF.

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