Conductor-a JCyL Fecha de Examen

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Conductor-a JCyL Fecha de Examen

RESOLUCIÓN de 25 de marzo de 2024, de la Secretaría General de la Consejería de la Presidencia, por la que se aprueba la relación definitiva de admitidos y excluidos del proceso selectivo para el ingreso, por el sistema de acceso libre, en la categoría profesional de Conductor-a de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, convocado por Resolución de 10 de octubre de 2023, de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano. Por Resolución de 8 de febrero de 2024, de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia (Boletín Oficial de Castilla y León de 16 de febrero de 2024) se aprobaron y publicaron las listas provisionales de admitidos y excluidos al proceso selectivo para ingreso, por el sistema de acceso libre, en la categoría profesional de Conductor-a de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, convocado por Resolución de 10 de octubre de 2023, de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano (Boletín Oficial de Castilla y León de 18 de octubre). Finalizado el plazo de alegaciones a las listas provisionales de admitidos y excluidos, hechas las rectificaciones oportunas y de conformidad con lo dispuesto en la base 9.2 de la citada Resolución de convocatoria, esta Secretaría General

RESUELVE Conductor-a JCyL Fecha de Examen

Primero. Aprobar las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos al citado proceso selectivo, con indicación de las causas de exclusión. Estas listas estarán disponibles en los tablones de anuncios de las oficinas de asistencia en materia de registros de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y en el Portal de Empleados Públicos de la Junta de Castilla y León (https://empleopublico.jcyl.es). La información estará asimismo disponible en el Servicio telefónico de Información y Atención al Ciudadano 012 o 983 327 850 (teléfono gratuito si se dispone de tarifa plana).

Conductor-a JCyL Fecha de Examen
Segundo. Convocar a todos los aspirantes admitidos para la realización del primer ejercicio de la fase de oposición que tendrá lugar el día 26 de mayo de 2024 a las 10:00 horas, en la Escuela Técnica Superior de Ingenieros de Telecomunicación, Universidad de Valladolid sita en el Paseo de Belén n.º 15, Campus Miguel Delibes, 47011 – Valladolid. Los opositores tendrán que acreditar su personalidad con la presentación de su D.N.I. o cualquier otro documento que les identifique fehacientemente y deberán ir provistos de bolígrafo de tinta azul o negra.

Conductor-a JCyL Fecha de Examen
Tercero. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos CV: BOCYL-D-09042024-4 http://bocyl.jcyl.es D.L.: BU 10-1979–ISSN 1989-8959 Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 69 Martes, 9 de abril de 2024 Pág. 14 meses contados desde el día siguiente a su publicación, en virtud de lo dispuesto en los artículos 10.1.a) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Igualmente, con carácter previo y potestativo, podrá interponerse contra la presente resolución, recurso de reposición ante esta Secretaría General, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, según lo dispuesto en los artículos 123 y
siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Valladolid, 25 de marzo de 2024.

Puedes consultar información en nuestra web https://academiairigoyen.com/conductor-oficial-primera/


Listados y Examen Auxiliar JCyL

Listados y Examen Auxiliar JCyL

Listados y Examen Auxiliar JCyL

RESOLUCIÓN de 19 de marzo de 2024, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se aprueba la relación definitiva de admitidos y excluidos del proceso selectivo para el ingreso, por el sistema de acceso libre, en el Cuerpo Auxiliar de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, convocado por Resolución de 3 de noviembre de 2022, de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano, y se fija la fecha para la realización del ejercicio. Por Resolución de 4 de septiembre de 2023 de la Dirección General de la Función Pública (Boletín Oficial de Castilla y León de 15 de septiembre) se aprobaron y publicaron las listas provisionales de admitidos y excluidos al proceso selectivo para el ingreso, por el sistema de acceso libre, en el Cuerpo Auxiliar de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, convocadas por Resolución de 3 de noviembre de 2022 de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano (Boletín Oficial de Castilla y León de 10 de noviembre).

Finalizado el plazo de alegaciones a las listas provisionales de admitidos y excluidos y hechas las rectificaciones oportunas, y de conformidad con lo dispuesto en la base 9.2 de la citada Resolución de convocatoria, esta Dirección General de la Función Pública RESUELVE Listados y Examen Auxiliar JCyL

Primero.– Aprobar las listas definitivas de admitidos y de excluidos al citado proceso selectivo, con indicación de las causas de exclusión. Estas listas se encuentran expuestas al público en los tablones de anuncios de las oficinas de asistencia en materia de registros de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y en el Portal de Empleados Públicos de la Junta de Castilla y León

(https://empleopublico.jcyl.es). Asimismo, la información se encuentra disponible en el Servicio telefónico de Información y Atención al Ciudadano 012 o 983 327 850 (teléfono gratuito si se dispone de tarifa plana).

Segundo.– Convocar a todos los aspirantes admitidos para la realización del ejercicio de la fase de oposición que tendrá lugar el día 13 de abril de 2024 a las 09:30 horas, en las sedes que se detallan en el Anexo. Los opositores tendrán que acreditar su identidad con la presentación de su D.N.I. o cualquier otro documento que les identifique fehacientemente y deberán ir provistos de bolígrafo de tinta azul o negra. Listados y Examen Auxiliar JCyL

Tercero.– Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, en virtud de lo dispuesto en los artículos 10.1.a) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Pág. 18 CV: BOCYL-D-26032024-6Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 61 Martes, 26 de marzo de 2024 Igualmente, con carácter previo y potestativo, podrá interponerse contra la presente Resolución, recurso de reposición ante la Dirección General de la Función Pública, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Valladolid, 19 de marzo de 2024. Listados y Examen Auxiliar JCyL

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Bolsa Empleo Ayudante Biblioteca

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ORDEN PRE/250/2024, de 21 de marzo, por la que se convoca procedimiento para la constitución de la bolsa de empleo temporal del Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas, Escala de Ayudantes de Biblioteca, de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

El artículo 43 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, en la redacción dada por la Ley 2/2017, de 4 de julio, de Medidas Tributarias y Administrativas, establece que la selección de personal funcionario interino, a excepción del docente y sanitario que se regirá por sus normas específicas, se realizará mediante un sistema de bolsas o listas abiertas y públicas en los términos que reglamentariamente se determinen, que garantizando los principios de igualdad, mérito y capacidad y publicidad, posibiliten la necesaria agilidad, racionalidad, objetividad y transparencia en la selección.

En el mismo artículo se dispone que en la constitución de bolsas o listas abiertas se tendrá en cuenta, como mérito predominante, los ejercicios superados en los procesos selectivos convocados en desarrollo de las Ofertas de Empleo Público de la Junta de Castilla y León celebrados en los últimos cinco años, siempre y cuando tales procesos se hubieran celebrado.

Conforme a las anteriores previsiones legales, se ha dictado en su desarrollo el Decreto 21/2018, de 26 de julio, por el que se regula la selección del personal funcionario interino y del personal laboral temporal de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos.

Al amparo de la competencia establecida en el artículo 5 del Decreto 21/2018, de 26 de julio, por el que se regula la selección del personal funcionario interino y del personal laboral temporal de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos, esta Consejería de la Presidencia,

RESUELVE Bolsa Empleo Ayudante Biblioteca

Convocar procedimiento para la constitución de la bolsa de empleo temporal del Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas, Escala de Ayudantes de Biblioteca, de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, el cual se regirá por las presentes

BASES Bolsa Empleo Ayudante Biblioteca

Primera. Procedimiento de constitución. Bolsa Empleo Ayudante Biblioteca

El procedimiento de constitución consta de tres fases:

La primera fase consiste en la inscripción de los aspirantes en la aplicación informática. En su solicitud deberán alegar los méritos objeto de autobaremación y elegir la zona o zonas dónde desean trabajar.

La segunda fase consiste en determinar la relación de integrantes de la bolsa de empleo, es decir, la relación pública y ordenada de inscritos en la bolsa en la fecha de corte, de acuerdo con la puntuación autobaremada obtenida de los méritos alegados hasta dicha fecha.

La tercera fase consiste en determinar la relación de candidatos de la bolsa de empleo, es decir, de aquellos integrantes de la bolsa de empleo que, previa validación por la Administración de los méritos que aleguen, obtengan una puntuación igual o superior a la nota de corte que se establezca.

Segunda. Requisitos de los aspirantes. Bolsa Empleo Ayudante Biblioteca

2.1. Los interesados en formar parte de esta bolsa de empleo deberán reunir los siguientes requisitos:

1. Nacionalidad.

Podrán concurrir:

  • – Los españoles y los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea.
  • – El cónyuge de los españoles y de los nacionales de los Estados citados, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
  • – Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

2. Edad. Bolsa Empleo Ayudante Biblioteca

Tener cumplidos dieciséis años de edad y, en su caso, no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

3. Titulación.

Estar en posesión o en condiciones de obtener, antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, el título de Grado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Diplomado Universitario o equivalente.

Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.

4. Capacidad. Bolsa Empleo Ayudante Biblioteca

Poseer la capacidad necesaria para el desempeño de las funciones correspondientes a los puestos de trabajo a los que aspira a acceder.

5. Habilitación:

No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse incurso en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no hallarse inhabilitados o en situación equivalente, ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

2.2. Los requisitos generales previstos en esta base, así como los específicos que se determinen en las relaciones de puestos de trabajo para su desempeño, y demás condiciones que se exigen a quienes deseen formar parte de la bolsa de empleo, se deberán cumplir en el momento de la inscripción en la bolsa de empleo y mantenerse mientras permanezcan inscritos en ésta.

2.3. Los aspirantes de la bolsa de empleo habrán de acreditar el cumplimiento de los requisitos indicados en el apartado anterior en el trámite de toma de posesión del puesto de trabajo ofertado o en cualquier momento del proceso selectivo cuando sean requeridos para ello por la Administración.

2.4. No podrán ser nombrados funcionarios interinos, siendo excluidos definitivamente de los listados de integrantes y de candidatos, si en cualquier momento del proceso selectivo o en el trámite de toma de posesión se dedujera que los aspirantes carecen de alguno de los requisitos señalados en la presente base, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación.

Tercera. Inscripción, autobaremación y elección de zonas.

Para formar parte de esta bolsa de empleo temporal, los interesados deberán formalizar la inscripción, realizar la autobaremación de méritos y elegir la zona o zonas en las que desearía trabajar Para ello deberán acceder a la aplicación informática habilitada al efecto en el portal de empleados públicos https://empleopublico.jcyl.es

1. Inscripción.

La inscripción es la manifestación de voluntad de formar parte de la bolsa de empleo mediante la cumplimentación de los datos personales del aspirante. Para inscribirse en la bolsa, los aspirantes deberán consignar obligatoriamente los datos personales y los relativos al cumplimiento de los requisitos de acceso, con especial atención a las titulaciones académicas requeridas.

Además, los aspirantes deberán dejar constancia del conocimiento de idiomas, o de estar en posesión de otras titulaciones de nivel igual o superior a la requerida para el acceso a la bolsa o de cualquier otra cualificación profesional, tales como la formación no reglada, los carnés, etc., por si éstos resultasen requisito para la ocupación de algún puesto de trabajo.

2. Autobaremación de méritos.

Los aspirantes cumplimentarán el formulario correspondiente y en él alegarán inexcusablemente los méritos que poseen y de los que pretenden valerse, conforme al baremo de méritos aplicable a esta convocatoria que se recoge en el Anexo de esta orden y procederán a su autobaremación.

3. Elección de zona o zonas.

Los aspirantes podrán elegir la zona o zonas en las que desean ser llamados para acceder a un empleo temporal, debiendo elegir, al menos, una zona. La no elección de zona implicará la exclusión de la relación de integrantes de la bolsa.

Los aspirantes únicamente serán llamados para desempeñar puestos de trabajo de la zona o zonas elegidas.

La aplicación informática facilitará información a los aspirantes acerca de qué localidades comprende cada una de las zonas.

La inscripción y demás acciones podrán realizarse desde el día siguiente al de publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Cuarta. Integrantes de la bolsa de empleo. Bolsa Empleo Ayudante Biblioteca

1. Fecha de corte.

Formarán parte de la bolsa de empleo los aspirantes que se encuentren inscritos en la misma el día 30 de abril de 2024 o, si éste fuera inhábil, el primer día hábil siguiente.

2. Relación provisional y relación definitiva de integrantes y de excluidos.

Con posterioridad a la fecha de corte se aprobará la relación provisional de integrantes de la bolsa, ordenados en atención a la puntuación resultante de los méritos alegados hasta dicha fecha según su autobaremación, y, en su caso, la relación provisional de aspirantes excluidos por no cumplir alguno de los requisitos establecidos en la base segunda a la vista de los datos consignados en la solicitud por el interesado o por no haber elegido ninguna zona, con indicación de la causa de exclusión, y se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León. Los interesados dispondrán de diez días para formular alegaciones a la citada resolución. Concluido este plazo, se dictará resolución definitiva de integrantes y de aspirantes excluidos de la bolsa, con indicación de la causa concreta de exclusión.

3. En la resolución por la que se aprueba la relación definitiva de integrantes de la bolsa de empleo se indicará cuáles de ellos, en función de la puntuación autoasignada y de la nota de corte que en esta se establezca, deberán presentar la documentación acreditativa de los méritos alegados. El plazo para presentar la documentación será de diez días.

No obstante, de conformidad con lo establecido en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se acreditarán de oficio por la Administración:

  • 1º.– Los méritos alegados relativos a los ejercicios, superados o no superados, de acceso al Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas, Escala de Ayudantes de Biblioteca de la Administración de la Comunidad de Castilla y León correspondientes a procesos selectivos convocados por la Administración de la Comunidad de Castilla y León, según se describen en los apartados a) y b) del baremo de méritos del Anexo de esta orden.
  • 2º.– Los méritos alegados previstos en los apartados c) y d) del baremo recogido en el Anexo de esta orden, cuando correspondan a servicios prestados o experiencia profesional adquirida en el ámbito de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos.

Los integrantes que hayan alegado exclusivamente los méritos que se acrediten de oficio en los términos expuestos en el párrafo anterior están exentos de presentar en dicho plazo la documentación justificativa de los mismos.

El órgano gestor comprobará y, en su caso, validará los méritos que consigne el aspirante en su solicitud a la vista de la documentación aportada por el interesado o que obre en poder de esta Administración cuando se validen de oficio.

El órgano gestor podrá requerir a estos integrantes la acreditación de aquellos méritos que no le consten o sobre los que tenga cualquier duda o cuando exista discrepancia entre los méritos alegados y los datos que obren en poder de esta Administración.

Quinta. Candidatos de la bolsa de empleo.

1. Vista la documentación acreditativa de los méritos alegados por los integrantes relacionados en el apartado 3 de la base anterior, bien aportada por los interesados o bien que obre en poder de esta Administración según proceda, y previa su validación, se dictará resolución por medio de la cual se publicará la relación provisional de candidatos admitidos de la bolsa de empleo y, en su caso, la relación provisional de candidatos excluidos por no haber acreditado documentalmente en plazo los méritos alegados cuando vinieren obligados a ello o no haber obtenido la suficiente puntuación. Así mismo, se otorgará un plazo de diez días para formular alegaciones contra su contenido.

Vistas las alegaciones presentadas, se dictará resolución haciendo pública la relación definitiva de candidatos de la bolsa de empleo por orden de puntuación, así como la relación definitiva de candidatos excluidos.

En caso de igualdad en la puntuación validada por la Administración, el desempate se realizará priorizando al aspirante en función de la mayor puntuación obtenida según el orden de méritos establecido en el baremo que figura en el Anexo de la presente convocatoria.

De persistir el empate, se tendrá en cuenta la letra que conste en la resolución por la que se hace público el resultado del sorteo para determinar el orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos correspondiente a la última oferta de empleo público. A estos efectos, cuando el primer apellido esté encabezado por preposición o por preposición más artículo –«de», «del», «de la(s)»– independientemente de la forma en que sea transcrito por las personas interesadas, estos elementos se incorporarán para su alfabetización tras el nombre.

2. En la resolución por la que se apruebe la relación definitiva de candidatos de la bolsa de empleo se indicará la fecha de su puesta en funcionamiento, momento a partir del cual quedará sin efectos la relación de candidatos a la que sustituya.

3. Únicamente podrán ser llamados a desempeñar puestos de trabajo en régimen de interinidad quienes figuren en la relación de candidatos admitidos a la que se refiere el apartado anterior. No obstante, dicha relación podrá ampliarse mediante resolución que será debidamente publicada, previa acreditación de los méritos alegados, en alguna de las siguientes circunstancias:

  • a) Cuando se prevea su agotamiento y no proceda acordar una nueva fecha de corte, con quienes figurando en el listado de integrantes definitivo superen la puntuación que se establezca en la resolución de ampliación del listado de candidatos.
  • b) Cuando no hubiese candidatos para la ocupación de puestos en alguna zona, con quienes figurando en el listado de integrantes definitivo la hubieran solicitado y a falta de ellos, con quienes estando inscritos en la aplicación informática, hubiesen solicitado dicha zona.
  • c) Cuando ninguno de los candidatos reúna los requisitos exigibles para la ocupación de ciertos puestos, con quienes figurando en el listado de integrantes definitivo sí los reúnan y a falta de ellos, con quienes estén inscritos en la aplicación informática, reuniesen los mencionados requisitos.

Sexta. Orden de los llamamientos.

Cuando se produzca una oferta de puesto de trabajo se llamará al candidato que corresponda según el orden de prelación, siempre que reúna, además, los requisitos específicos que exige el puesto.

Séptima. Otras normas.

La forma de llamamiento, las situaciones de los candidatos en la bolsa y la reincorporación a la misma se regirán por lo establecido en el capítulo IV del Decreto 21/2018, de 26 de julio («B.O.C. y L.» del 30 de julio), por el que se regula la selección del personal funcionario interino y del personal laboral temporal de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos.

Octava. Recursos.

Contra la presente orden, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, de conformidad con lo establecido en los artículos 8.2 y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Igualmente, con carácter previo y potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante la Consejería de la Presidencia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Valladolid, 21 de marzo de 2024.

El Consejero de la Presidencia,

Fdo.: Luis Miguel González Gago

ANEXO I

BAREMO DE MÉRITOS

a) Por cada ejercicio eliminatorio superado en los procesos selectivos de acceso al Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas, Escala de Ayudantes de Biblioteca, de la Administración de la Comunidad de Castilla y León derivados de convocatorias publicadas en los 5 años inmediatamente anteriores a la fecha que se determine como fecha de corte, hasta un máximo de 66 puntos:

  • – Último proceso selectivo: 33 puntos.
  • – Penúltimo proceso selectivo: 25 puntos.
  • – Antepenúltimo proceso selectivo: 18 puntos.
  • – Cuarto proceso selectivo anterior: 14 puntos.
  • – Quinto proceso selectivo anterior: 10 puntos.

b) Por el ejercicio eliminatorio no superado en la última convocatoria de acceso al de Técnicos y Diplomados Especialistas, Escala de Ayudantes de Biblioteca, de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, siempre y cuando el aspirante haya obtenido una nota igual o superior al 25% de la puntuación máxima que establezca la convocatoria para dicho ejercicio: 6 puntos.

c) Por prestar servicios en la Administración de la Comunidad de Castilla y León en condición de funcionario de carrera o de personal laboral fijo en cuerpos, escalas, especialidades o en su caso categorías profesionales o especialidades distintas a la de la bolsa objeto de acceso: 0,025 puntos por mes completo, hasta un máximo de 4 puntos.

d) Por experiencia profesional en el Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas, Escala de Ayudantes de Biblioteca, de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, o equivalente de otra Administración Pública: 0,25 puntos por mes completo, hasta un máximo de 24 puntos.

A los efectos previstos en este baremo, tienen la consideración de Administraciones Públicas la Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas, las Entidades que integran la Administración Local, así como los organismos públicos y entidades de derecho público previstos en la letra a) del apartado 2, del artículo 2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

ANEXO II

BOLSA DE EMPLEO TEMPORAL CUERPO DE TÉCNICOS Y DIPLOMADOS ESPECIALISTAS, ESCALA DE AYUDANTES DE BIBLIOTECA, DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

RELACIÓN DE ZONAS Y LOCALIDADES

CÓDIGO ZONA DESCRIPCIÓN ZONA LOCALIDAD
ZAV001 ZONA ÁVILA ÁVILA
ZBU001 ZONA BURGOS BURGOS
ZLE001 ZONA LEÓN LEÓN
ZPA001 ZONA PALENCIA PALENCIA
ZSA001 ZONA SALAMANCA SALAMANCA
ZSE001 ZONA SEGOVIA SEGOVIA
ZSO001 ZONA SORIA SORIA
ZVA001 ZONA VALLADOLID VALLADOLID, ARROYO
ZZA001 ZONA ZAMORA ZAMORA

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OPOSICIONES EN VALLADOLID (DÍA 23 DE MARZO)
SALIDA A LAS 05:30 DESDE “EL RINCÓN DE BÉCQUER” (SORIA)
INFORMACION EN:
VIAJES ECOCOLOR 975 22 28 00
PRECIO 32€

RESOLUCIÓN de 1 de marzo de 2024, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se aprueba la relación definitiva de admitidos y excluidos del proceso selectivo para el ingreso, por el sistema de concurso-oposición, de los procesos de Estabilización para Administración General, convocado por Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano, en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal previsto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

Primero.– Aprobar las listas definitivas de admitidos y de excluidos al citado proceso selectivo, con indicación de las causas de exclusión. Estas listas se encuentran expuestas al público en los tablones de anuncios de las oficinas de asistencia en materia de registros de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y en el Portal de Empleados Públicos de la Junta de Castilla y León (https://empleopublico.jcyl.es). Asimismo, la información se encuentra disponible en el Servicio telefónico de Información y Atención al Ciudadano 012 o 983 327 850 (teléfono gratuito si se dispone de tarifa plana).

Segundo.– Convocar a todos los aspirantes admitidos para la realización del ejercicio de la fase de oposición que tendrá lugar el día 23 de marzo de 2024 a las 9:30 horas, en las sedes que se detallan en el Anexo.

Los opositores tendrán que acreditar su identidad con la presentación de su D.N.I. o cualquier otro documento que les identifique fehacientemente y deberán ir provistos de bolígrafo de tinta azul o negra.

Tercero.– Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, en virtud de lo dispuesto en los artículos 10.1.a) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Igualmente, con carácter previo y potestativo, podrá interponerse contra la presente Resolución, recurso de reposición ante la Dirección General de la Función Pública, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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Nota informativa Procesos de Estabilización

Nota informativa Procesos de Estabilización

Nota informativa Procesos de Estabilización

FECHA DE PUBLICACIÓN:

15 de febrero de 2024

FUENTE: Nota informativa Procesos de Estabilización

Consejería de la Presidencia

DESCRIPCIÓN:

Previsión de celebración de los ejercicios eliminatorios correspondientes a los procesos selectivos de estabilización de empleo temporal, mediante el sistema de concurso-oposición, convocados al amparo de la Ley 20/2021

La totalidad de los ejercicios eliminatorios correspondientes a los procesos selectivos de estabilización de empleo temporal, mediante el sistema de concurso-oposición, convocados al amparo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, tanto de personal funcionario como de personal laboral, en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León, se desarrollarán durante los meses de febrero, marzo y primera semana de abril de 2024. La concreta fecha de celebración de cada uno de los ejercicios será objeto de publicación en el BOCyL y en la página de empleados públicos, en el apartado correspondiente a cada uno de los procesos selectivos.

A partir del día 8 de abril se publicará en la página de empleados públicos antes mencionada las plantillas de respuestas correctas relativas a todos los ejercicios.

PREGUNTAS PARA PROCESOS SELECTIVOS DE ESTABILIZACIÓN POR CONCURSO-OPOSICIÓN

La Resolución de 16 de enero de 2023, de la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales dispone la inscripción en el Registro Central de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo y la publicación del acuerdo de la mesa general de negociación de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, por el que se determinan los programas y pruebas en los procesos selectivos de estabilización, derivados de la oferta de empleo público aprobada por Acuerdo 131/2022, de 26 de mayo, y cuyo sistema de selección es el de concurso-oposición, así como otros acuerdos complementarios.

En cumplimiento de dicho Acuerdo la Escuela de Administración Pública de Castilla y León (ECLAP) ha confeccionado una bolsa de preguntas para cada temario de cada grupo o subgrupo de los procesos selectivos de estabilización y cuyo sistema de selección es el de concurso-oposición.

Hasta el 31 de agosto de 2023 se pueden hacer alegaciones mediante correo electrónico a eclap@jcyl.es

Enlace a preguntas procesos de estabilización 


Listados provisionales Auxiliar de Carreteras JCyL

Listados provisionales Auxiliar de Carreteras JCyL

Listados provisionales Auxiliar de Carreteras JCyL

RESOLUCIÓN de 6 de febrero de 2024, de la Secretaría General de la Consejería de Movilidad y Transformación Digital, por la que se aprueba la relación provisional de admitidos y excluidos del proceso selectivo para el ingreso, por el sistema de acceso libre, en la categoría profesional de Auxiliar de Carreteras de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, convocado por Resolución de 19 de octubre de 2023, de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, y de conformidad con lo dispuesto en la base 9.1 de la Resolución de 19 de octubre de 2023 de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso, por el sistema de acceso libre, en la categoría profesional de Auxiliar de Carreteras de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León de 2 de noviembre de 2023, esta Secretaría General

RESUELVE: Listados provisionales Auxiliar de Carreteras JCyL

Primero.– Aprobar las listas provisionales de admitidos y excluidos al citado proceso selectivo, con indicación de las causas de exclusión.

Estas listas se encuentran expuestas al público en los tablones de anuncios de las oficinas de asistencia en materia de registros de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y en el Portal de Empleados Públicos de la Junta de Castilla y León (https://empleopublico.jcyl.es). La información estará asimismo disponible en el Servicio telefónico de Información y Atención al Ciudadano 012 (para llamadas fuera de la Comunidad de Castilla y León: 983 327 850).

Los aspirantes deberán comprobar que no figuran en la relación de excluidos y, además, que sus nombres y demás datos constan correctamente detallados en la relación de admitidos.

Segundo.– Los aspirantes dispondrán de un plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León de la presente Resolución, para presentar alegaciones o subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o, en su caso, su no inclusión expresa, sin perjuicio de los recursos administrativos que procedan contra la resolución definitiva de admitidos y excluidos.

Los escritos de alegaciones o de subsanación se dirigirán a la Secretaría General de la Consejería de Movilidad y Transformación Digital, sita en calle Rigoberto Cortejoso n.º 14, 47071-Valladolid.

Tercero.– La falta de subsanación en tiempo y forma dará lugar a la exclusión definitiva del aspirante.

Cuarto.– La inclusión de aspirantes en la relación de admitidos no supone en ningún caso el reconocimiento por parte de la Administración de que los mismos reúnen los requisitos generales y particulares exigidos en la Resolución de convocatoria. La acreditación y verificación de éstos tendrá lugar únicamente para los aspirantes que superen el proceso selectivo, en la forma y momento procedimental establecidos en la base undécima de la convocatoria.

Quinto.– Las alegaciones y subsanaciones presentadas a las listas provisionales de admitidos y excluidos se resolverán en la Resolución de la Secretaria General de la Consejería de Movilidad y Transformación Digital que apruebe la relación definitiva de admitidos y excluidos e indique lugar, día y hora para la realización del primer ejercicio de la fase de oposición. Dicha Resolución se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Valladolid, 6 de febrero de 2024.

La Secretaria General,

Fdo.: Ana Álvarez-Quiñones Sanz


Listados provisionales Conductor JCyL

Listados provisionales Conductor JCyL

Listados provisionales Conductor JCyL

RESOLUCIÓN de 8 de febrero de 2024, de la Secretaría General de la Consejería de la Presidencia, por la que se aprueba la relación provisional de admitidos y excluidos del proceso selectivo para el ingreso, por el sistema de acceso libre, en la categoría profesional de Conductor-a de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, convocado por Resolución de 10 de octubre de 2023, de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, y de conformidad con lo dispuesto en la base 9.1 de la Resolución de 10 de octubre de 2023, de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso, por el sistema de acceso libre, en la categoría profesional de Conductor-a de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León de 18 de octubre de 2023, esta Secretaría General

RESUELVE Listados provisionales Conductor JCyL

Primero. Aprobar las listas provisionales de admitidos y de excluidos al citado proceso selectivo, con indicación de las causas de exclusión. Estas listas estarán disponibles en los tablones de anuncios de las oficinas de asistencia en materia de registros de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y en el Portal de Empleados Públicos de la Junta de Castilla y León (https://empleopublico.jcyl.es). La información estará asimismo disponible en el Servicio telefónico de Información y Atención al Ciudadano 012 o 983 327 850 (teléfono gratuito si se dispone de tarifa plana).

Los aspirantes deberán comprobar que no figuran en la relación de excluidos y, además, que sus nombres y demás datos constan correctamente detallados en la relación de admitidos.

Segundo. Los aspirantes dispondrán de un plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León de la presente Resolución, para presentar alegaciones o subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o en su caso, su no inclusión expresa, sin perjuicio de los recursos administrativos que procedan contra la resolución por la que se apruebe la relación definitiva de admitidos y excluidos.

Los escritos de alegaciones o de subsanación se dirigirán a la Secretaría General de la Consejería de la Presidencia, sita en Calle Santiago Alba n.º 1, 47008-Valladolid.

Tercero. La falta de subsanación en tiempo y forma dará lugar a la exclusión definitiva del aspirante.

Cuarto. La inclusión de aspirantes en la relación de admitidos no supone en ningún caso el reconocimiento por parte de la Administración de que los mismos reúnen los requisitos generales y particulares exigidos en la Resolución de convocatoria. La acreditación y verificación de éstos tendrá lugar únicamente para los aspirantes que superen el proceso selectivo, en la forma y momento procedimental establecidos en la base décima de la convocatoria.

Quinto. Las alegaciones y subsanaciones presentadas a las listas provisionales de admitidos y excluidos se resolverán en la Resolución de esta Secretaría General que apruebe la relación definitiva de admitidos y excluidos e indique lugar, día y hora para la realización del primer ejercicio de la fase de oposición. Dicha Resolución se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Valladolid, 8 de febrero de 2024.

El Secretario General,

Fdo.: Santiago Fernández Martín


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Curso Programación Oposiciones Secundaria

Curso Programación Oposiciones Secundaria

CURSO DE PREPARACIÓN DE OPOSICIONES DE SECUNDARIA Y BACHILLERATO: PROGRAMACIÓN Y DESARROLLO DE SITUACIONES DE APRENDIZAJE (NUEVOS CURRÍCULOS LOMLOE)

Formador:  Marcos Vicente Maurel

Duración y Horario: 8 Jueves de 16.30 a 20.00 horas (Inicio jueves 1/02/2024 y fin jueves 21/03/2024)

Modalidad: Presencial y/o Online (Clases en directo y diferido)

Fecha máxima para matricularse: Lunes 29 de enero de 2024

Precio curso completo en pago único: 240 euros

Número mínimo de alumnos/as: 8

Descripción: El curso se compone de 3 bloques de 10 horas: análisis de la LOMLOE (nuevo paradigma), programar por competencias y elaboración de situaciones de aprendizaje. La formación se sitúa en los requerimientos legislativos y pedagógicos de la nueva ley.

Objetivos: Planificar, organizar y diseñar una programación didáctica LOMLOE.

Conocer las herramientas pedagógicas y didácticas para la elaboración de la programación, desde los aspectos legales y administrativas hasta los aspectos organizativos: objetivos, competencias, saberes, metodología, actividades de Enseñanza-Aprendizaje, Situaciones de Aprendizaje, evaluación, etc.

Diseñar ejemplos concretos de situaciones de aprendizaje vinculadas a los contenidos curriculares para cualquier curso de la ESO y del Bachillerato.

Metodología: Presentación del formador de los elementos básicos de una programación didáctica.

Prácticas en pequeño grupo para consolidar los conocimientos teóricos y elaborar las distintas partes de la programación didáctica: objetivos, perfil de salida, saberes, evaluación, atención a la diversidad, TIC, igualdad, agenda 2030, etc.

Elaboración de situaciones de aprendizajes adaptadas a los diferentes currículos.

Resolución de dudas.

Para más información y matriculación contactar con:

info@academiairigoyen.com

975213738

www.academiairigoyen.com

Enlace a información descargable en PDF

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OEP 2023 Ayuntamiento de Soria

OEP 2023 Ayuntamiento de Soria

OEP 2023 Ayuntamiento de Soria

OFERTA de empleo público del Excmo. Ayuntamiento de Soria para el año 2023

Examinada la Plantilla de Personal y la correspondiente Relación de Puestos de Trabajo, figuran vacantes y dotadas presupuestariamente las plazas que se señalarán a continuación.

Visto que la propuesta de Empleo Público para el año 2.023 ha sido sometida a la negociación en Mesa General de Negociación y dación de cuenta a la Comisión Paritaria con fecha 12 de Diciembre de 2023 y visto el Dictamen emitido por unanimidad de la Comisión Informativa Permanente de Gobernanza de fecha 14 de diciembre de 2023.

La Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria celebrada el día quince de diciembre de dos mil veintitrés, acordó aprobar la siguiente Oferta de Empleo Público Municipal correspondiente a las plazas con consignación presupuestaria que a continuación se relacionan para el año 2023, en cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y el artículo 20. Uno de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales para el año 2023.

PERSONAL FUNCIONARIO OEP 2023 Ayuntamiento de Soria

  • Grupo según art.76 RDL 5/2015: A1 (Anterior A de la Ley 30/1984): Clasificación: Escala de Administración Especial; Servicios Especiales, Subescala Técnica; Clase INGENIERO CAMINOS, CANALES Y PUERTOS; Número de vacantes 1. Denominación de la plaza: TÉCNICO SUPERIOR.-
  • Grupo según art.76 RDL 5/2015: A1 (Anterior A de la Ley 30/1984): Clasificación: Escala de Administración Especial; Servicios Especiales, Subescala Técnica; Clase ARQUITECTO; Número de vacantes 1. Denominación de la plaza: TÉCNICO SUPERIOR.
  • Grupo según art.76 RDL 5/2015: C1 (Anterior D de la Ley 30/1984): Clasificación: Escala de Administración General; Subescala Administrativa; Número de vacantes 2. Denominación de la Plaza: ADMINISTRATIVO.-
  • Grupo según art.76 RDL 5/2015: C2 (Anterior D de la Ley 30/1984): Clasificación: Escala de Administración Especial; Subescala Servicios Especiales; Número de vacantes 1. Denominación de la plaza: OFICIAL FONTANERO.
  • Grupo según art.76 RDL 5/2015: C2 (Anterior D de la Ley 30/1984): Clasificación: Escala de Administración Especial; Subescala Servicios Especiales; Número de vacantes 1. Denominación de la plaza: OFICIAL ELECTRICISTA. PERSONAL LABORAL- Nivel de titulación: Certificado de Escolaridad o equivalente (Grupo V). Denominación de la plaza: Portero de Centro. Número de plazas: 1.- Nivel de titulación: Bachiller, FP 2 o equivalente (Grupo III). Denominación de la plaza: Ayudante deportivo. Número de plazas: 1.- Nivel de titulación: Bachiller, FP 2 o equivalente (Grupo III). Denominación de la plaza: Coordinador cultural. Número de plazas: 1.

PERSONAL LABORAL-

Nivel de titulación: Certificado de Escolaridad o equivalente (Grupo V). Denominación de la plaza: Portero de Centro. Número de plazas: 1.-

Nivel de titulación: Bachiller, FP 2 o equivalente (Grupo III). Denominación de la plaza: Ayudante deportivo. Número de plazas: 1.-

Nivel de titulación: Bachiller, FP 2 o equivalente (Grupo III). Denominación de la plaza: Coordinador cultural. Número de plazas: 1.

A) En las Convocatorias de las pruebas selectivas correspondientes de la presente Oferta de Empleo Público, se incluirá en las plazas que sea posible, un cupo no inferior al siete por ciento de las vacantes, para ser cubiertas entre personas con discapacidad, considerando como tales las definidas en el artículo 4.1 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.

B) La presente Oferta de Empleo Público se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León y en el Boletín Oficial de la Provincia de Soria

Soria, 15 de diciembre de 2023. – El Alcalde, Carlos Martínez Mínguez

Acceda a la Oferta de Empleo Público en formato PDF (Descarga)

Acceda a la publicación completa en BOE del 20 de diciembre de 2023


Oferta Empleo Público JCyL 2023

Oferta Empleo Público JCyL 2023

Oferta Empleo Público JCyL 2023

Oferta Empleo Público JCyL 2023

ACUERDO 98/2023, de 7 de diciembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueba la oferta de empleo público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para el año 2023.

El artículo 20 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León y el artículo 26 del Estatuto Jurídico del Personal Estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León, aprobado por Ley 2/2007, de 7 de marzo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, disponen que las necesidades de recursos humanos con asignación presupuestaria que no puedan ser cubiertas con los efectivos de personal existentes, serán objeto de oferta de empleo público cuya periodicidad será anual.

Por su parte, la Ley 3/2022, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2023, dispone en su artículo 13 que a lo largo del ejercicio 2023 en el sector público autonómico, con la negociación que en cada caso corresponda y siempre respetando las disponibilidades presupuestarias del capítulo I de los correspondientes presupuestos de gastos, únicamente se podrá proceder a la incorporación de nuevo personal dentro de los límites y condiciones que establezca la normativa básica estatal para dicho ejercicio.

La Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, de carácter básico, que en su artículo 20.Uno.1 establece que la incorporación de personal de nuevo ingreso con una relación indefinida en el sector público, a excepción de los órganos contemplados en el apartado Uno.e) del artículo anterior, se regulará por los criterios señalados en este artículo, sujetándose a las tasas de reposición de efectivos que allí figuran.

La citada ley de Presupuestos establece en su artículo 20.Tres el procedimiento de cálculo de las tasas de reposición de efectivos, a efectos de aplicar el porcentaje máximo en cada caso, no computando a efectos del límite máximo de dicha tasa el personal que se incorpore en ejecución de ofertas de empleo público de ejercicios anteriores, las plazas que se convoquen por promoción interna y las plazas correspondientes al personal declarado indefinido no fijo por sentencia judicial. En este mismo sentido, conforme dispone la letra h) del número 4 del citado precepto, las plazas de personal de los servicios de prevención y extinción de incendios que, estando dotadas presupuestariamente, sean necesarias para dar cumplimiento a las previsiones legales o reglamentarias sobre la prestación de dichos servicios, su creación, organización y estructura, no computarán para la tasa de reposición y, por tanto, no se tendrán en cuenta para su cálculo.

De acuerdo con estas previsiones la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y sus Organismos Autónomos tendrán una tasa de reposición del 120 por ciento en los siguientes sectores y ámbitos de actuación:

1. La consejería con competencias educativas para el desarrollo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en relación con la determinación del número de plazas para el acceso a los cuerpos de funcionarios docentes.

2. La consejería con competencias sanitarias respecto de las plazas de hospitales y centros de salud del Servicio de Salud de Castilla y León.

3. Las consejerías con competencias de control y lucha contra el fraude fiscal, laboral, de subvenciones públicas, y del control de la asignación eficiente de los recursos públicos.

4. Las consejerías con competencias en asesoramiento jurídico y en la gestión de los recursos públicos.

5. La consejería competente en prevención y extinción de incendios.

6. La consejería con competencias en la asistencia directa a los usuarios de los servicios sociales.

7. Las consejerías con competencias en gestión de prestaciones y políticas activas en materia de empleo.

8. Las consejerías y entes con competencias respecto del personal de atención a los ciudadanos en los servicios públicos.

En el resto de los sectores de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y sus Organismos Autónomos, la tasa de reposición será del 110 por ciento.

Asimismo, y según lo dispuesto en el artículo 20.Cuatro.1 de la 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, la tasa de reposición de uno o varios sectores o colectivos prioritarios se podrá acumular en otros sectores o colectivos prioritarios, entendiendo por tales a los enumerados en su artículo 20.Dos.3. Igualmente, la tasa de reposición de los sectores no prioritarios podrá acumularse en los sectores prioritarios.

Finalmente, el artículo 70.3 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, establece que la oferta de empleo público podrá contener medidas derivadas de la planificación de recursos humanos. En este sentido merece especial mención la promoción interna que dicho texto refundido configura como una de las medidas de planificación de recursos humanos que tiene como objetivo contribuir a la consecución de la eficacia en la prestación de los servicios y que debe ser facilitada por la Administración como vía para la adquisición de las correspondientes competencias y como requisito necesario para la progresión en la carrera profesional desde niveles inferiores a los superiores.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de la Presidencia, visto el informe del Consejo de la Función Pública y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión de 7 de diciembre de 2023, adopta el siguiente

ACUERDO Oferta Empleo Público JCyL 2023

Primero.– Aprobar la oferta de empleo público. Oferta Empleo Público JCyL 2023

1. Se aprueba la oferta de empleo público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para el año 2023 en los términos que se establecen en este acuerdo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, el artículo 26 de la Ley 2/2007, de 7 de marzo, del Estatuto Jurídico del Personal Estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León, el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y el artículo 20 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.

2. En aplicación de lo establecido en el apartado Dos del artículo 20 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 y de conformidad con lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 70 del texto refundido de la Ley del Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la convocatoria de las plazas objeto de esta oferta de empleo público deberá publicarse en el correspondiente Boletín Oficial dentro del plazo improrrogable de tres años a contar desde la fecha de su publicación.

Segundo.– Cuantificación de la Oferta de Empleo Público. Oferta Empleo Público JCyL 2023

1. La presente oferta de empleo público incluye, para su provisión, las necesidades de recursos humanos que, contando con asignación presupuestaria no pueden ser cubiertas con los efectivos de personal existentes, de acuerdo con los criterios y según la composición que se detallan en el articulado y en los anexos del presente acuerdo.

2. La distribución es la siguiente:

  • a) 582 plazas de cuerpos y escalas de funcionarios no docentes incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León (Anexo I de la presente).
  • b) 727 plazas de cuerpos de funcionarios docentes no universitario (Anexo II).
  • c) 497 plazas de personal laboral incluido en el ámbito de aplicación de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, y del Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y Organismos autónomos dependientes de ésta (Anexo III).
  • d) 870 plazas de personal estatuario de instituciones sanitarias (Anexo IV).

Tercero.– Personas con discapacidad. Oferta Empleo Público JCyL 2023

1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 4 del Decreto 24/2022, de 16 de junio, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público, a la provisión de puestos de trabajo y a la formación en la Administración de Castilla y León, en los procesos selectivos derivados de la presente oferta de empleo público para ingreso en los cuerpos y escalas de funcionarios y acceso a las competencias funcionales y especialidades de personal laboral fijo, para procedimientos selectivos de promoción interna y para el ingreso en las categorías y especialidades de personal estatutario, se reservará el diez por ciento del total de las plazas autorizadas para el acceso de personas con discapacidad.

Del cupo total de plazas reservadas al acceso de personas con discapacidad a que se refiere el apartado primero, al menos el 2 por ciento de las plazas ofertadas lo serán para ser cubiertas por personas que acrediten discapacidad intelectual.

A su vez, del cupo total de plazas reservadas al acceso de personas con discapacidad a que se refiere el apartado primero, el 8 por ciento se destinará, una parte o el total, para las personas con discapacidad que presentan especiales dificultades para el acceso al mercado ordinario de trabajo, mediante su convocatoria por el sistema previsto en el artículo 6.

2. Además, según lo dispuesto en los artículos 5.2 y 6 del Decreto 24/2022, de 16 de junio, podrán efectuarse convocatorias específicas para personas con discapacidad que presenten especiales dificultades para el acceso al mercado ordinario de trabajo.

3. Tal como establece el artículo 5.1 del Decreto 24/2022, de 16 de junio, las plazas reservadas para el turno de personas con discapacidad que no sean cubiertas, podrán acumularse a las plazas convocadas para el turno libre al estar sujeta la presente oferta a los límites de la tasa de reposición de efectivos fijados por la normativa estatal básica.

4. La distribución de la reserva global por cuerpos y escalas de funcionarios, categorías profesionales de personal laboral se efectuará en las respectivas convocatorias de procesos selectivos.

5. Las plazas reservadas para personas con discapacidad podrán convocarse conjuntamente con las plazas ordinarias o mediante convocatoria independiente. Los órganos de selección podrán requerir informe y colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral, sanitaria o de cualquier otro órgano competente en la materia, con el fin de asegurar que las personas con discapacidad realicen las pruebas selectivas en condiciones de igualdad con el resto de los aspirantes.

Cuarto.– Víctimas del terrorismo. Oferta Empleo Público JCyL 2023

De conformidad con lo establecido en la Ley 4/2017, de 26 de septiembre, de Reconocimiento y Atención a las Víctimas del Terrorismo en Castilla y León, las personas que tengan acreditada tal condición estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen en todos los procesos selectivos que se deriven de la presente oferta.

Quinto.– Personal laboral. Oferta Empleo Público JCyL 2023

Las pruebas selectivas correspondientes a las plazas de personal laboral que figuran en el Anexo III habrán de referirse a puestos que, conforme al artículo 14.2 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, puedan ser desempeñados por personal laboral y se sujetarán a lo establecido en los preceptos del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público que les resulten de aplicación así como a lo que al respecto disponen la citada Ley de Función Pública de Castilla y León, y, en lo que no contravenga dichas normas, a lo establecido en el Convenio Colectivo de aplicación.

Sexto.– Promoción interna. Oferta Empleo Público JCyL 2023

1. Se ofertan, para el acceso por el turno de promoción interna, 145 plazas de personal funcionario no docente (Anexo V) y 149 plazas de personal laboral (Anexo VI).

2. En ningún caso las plazas no cubiertas por el turno de promoción interna podrán ser objeto de convocatoria por el turno libre.

3. Las convocatorias podrán establecer que los aspirantes que superen todas las pruebas de la fase de oposición, pero no resulten aprobados en el proceso selectivo, quedarán exentos de la realización de las pruebas en la siguiente convocatoria y por una sola vez, siempre que ésta sea análoga en el contenido y en la forma de calificación, sin perjuicio de su derecho a optar por su repetición en cuyo caso se estará a la calificación obtenida en esta última convocatoria.

4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 71.2 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, podrá participar en la promoción interna del Cuerpo Auxiliar de la Administración de la Comunidad de Castilla y León el personal laboral fijo de la Administración Autonómica y de sus Organismos Autónomos que ostente la categoría profesional de personal subalterno.

Dicho personal deberá acreditar la prestación de servicios efectivos como trabajador laboral fijo en la categoría profesional de personal subalterno de esta Administración durante un periodo mínimo de dos años y cumplir los requisitos de titulación exigidos para el acceso al Cuerpo Auxiliar.

5. El personal laboral fijo que a la entrada en vigor de la Ley 7/2007, de 12 de abril, estuviera desempeñando funciones de personal funcionario, o pasara a desempeñarlas en virtud de pruebas de selección o promoción convocadas antes de dicha fecha, podrá participar en los procesos selectivos de promoción interna convocados por el sistema de concurso-oposición, de forma independiente o conjunta con los procesos selectivos de libre concurrencia, en aquellos Cuerpos y Escalas a los que figuren adscritos las funciones o los puestos que desempeñe, siempre que posea la titulación necesaria y reúna los restantes requisitos exigidos, valorándose a estos efectos como mérito los servicios efectivos prestados como personal laboral fijo y las pruebas selectivas superadas para acceder a esta condición, tal como dispone la Disposición Transitoria Segunda del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Séptimo.– Criterios generales de discriminación positiva.

1. De acuerdo con el artículo 61 del Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, los procesos selectivos tendrán carácter abierto y garantizarán la libre concurrencia, sin perjuicio de lo establecido para la promoción interna y de las medidas de discriminación positiva previstas en el citado texto refundido.

2. En aquellos procesos selectivos en los que existan pruebas físicas, éstas, establecerán baremos diferentes para mujeres y hombres, cuando la naturaleza de las pruebas lo requiera o exista alguna justificación legítima y proporcionada del diferente trato. Todo ello, en el marco de lo establecido en el artículo 5 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

3. Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados, aquel quedará aplazado para ellas, reanudándose a la terminación de la causa, siempre y cuando tal aplazamiento no menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables; este extremo deberá ser valorado por el tribunal. En tal caso, la realización de las pruebas pendientes deberá tener lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

Octavo.– Régimen jurídico de las convocatorias.

1. Las convocatorias de las pruebas selectivas para el acceso a los cuerpos y escalas de funcionarios no docentes se ajustarán a lo dispuesto en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, en sus normas de desarrollo y en el resto de normativa que sea de aplicación. Los procedimientos selectivos de personal laboral fijo para el acceso a las categorías profesionales y especialidades se ajustarán, además de lo dispuesto en las normas anteriores, a lo establecido en el Convenio Colectivo de aplicación a la fecha de su convocatoria.

2. Las convocatorias de las pruebas selectivas para el acceso a los cuerpos docentes se ajustarán a lo dispuesto en La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y en el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la Disposición Transitoria decimoséptima de la citada Ley. En lo no previsto en las normas anteriores se estará a lo establecido en la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León y normas de desarrollo.

3. Los procedimientos selectivos para el acceso a las categorías y especialidades de personal estatuario de instituciones sanitarias se ajustarán a lo dispuesto en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, en la Ley 2/2007, de 7 de marzo del Estatuto Jurídico del personal estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León, y en el Decreto 8/2011, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Selección y determinadas formas de provisión de plazas y puestos de trabajo de personal estatutario en centros e instituciones sanitarias dependientes de la Gerencia Regional de Salud. En lo no previsto en las normas anteriores se estará a lo establecido en la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León y normas de desarrollo.

Noveno.– Convocatorias y órgano competente.

1. De conformidad con lo dispuesto en el Art. 7.2.k) de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, corresponde a la Consejería de la Presidencia la convocatoria de las pruebas de selección de personal a propuesta de las correspondientes Consejerías, salvo las relativas a los cuerpos docentes no universitarios, que corresponde al titular de la Consejería de Educación.

2. Corresponde a la Consejería de Sanidad la convocatoria de las pruebas de selección de personal estatutario, en aplicación del artículo 6.2.i de la Ley 2/2007, de 7 de marzo, del Estatuto Jurídico del Personal Estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León.

Décimo.– Convocatorias pendientes de los procesos selectivos derivados de las ofertas de empleo público para el año 2021 y 2022.

Las plazas de las ofertas de empleo público para los años 2021 y 2022 que no se hubieran convocado, podrán acumularse en la convocatoria de las plazas incluidas en la presente Oferta para el acceso al mismo cuerpo y escala y especialidad, y en su caso, categoría profesional.

Undécimo.– Encomienda de gestión de los procesos selectivos.

Por razones de eficacia, podrá encomendarse la gestión material de las pruebas selectivas derivadas de esta oferta de empleo público a otra consejería u organismo autónomo en los términos previstos en el artículo 48 bis de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y la Administración de Castilla y León.

La encomienda de gestión no supondrá, en ningún caso cesión de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio. Las indemnizaciones por razón del servicio, así como los gastos derivados de la gestión material de las pruebas objeto de encomienda correrán a cargo de la consejería u organismo que tenga encomendada la gestión.

Duodécimo.– Información de los procesos selectivos.

La información relativa a las convocatorias de las pruebas y al desarrollo de los procesos selectivos derivados de la presente Oferta de empleo público se incluirá en la web institucional de la Junta de Castilla y León, Portal de Empleados Públicos, https://www.empleopublico.jcyl.es/ y también estará disponible en el a través del Servicio telefónico de Información y Atención al Ciudadano 012 o 983 327 850 (teléfono gratuito si se dispone de tarifa plana), así como en las oficinas de asistencia en materia de registros de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Asimismo, se podrá acceder a la información en relación con los procesos selectivos de personal docente y estatutario en las páginas web https://www.educa.jcyl.es/ y https://www.saludcastillayleon.es/ respectivamente.

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Junta de Castilla y León, según lo establecido en los artículos 123.1 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de Valladolid, Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses, en virtud de lo establecido en la Ley 29/1988, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Valladolid, 7 de diciembre de 2023.

El Presidente de la Junta de Castilla y León,

Fdo.: Alfonso Fernández Mañueco

El Consejero de la Presidencia,

Fdo.: Luis Miguel González Gago

ANEXO I

FUNCIONARIOS NO DOCENTES

TURNO LIBRE

CUERPOS DE FUNCIONARIOS DE ADMINISTRACIÓN GENERAL N.º PLAZAS
Grupo/Subgrupo A1
C. Superior de la Administración de Castilla y León 12
Grupo/Subgrupo A2
C. de Gestión de la Administración de Castilla y León 20
Grupo/Subgrupo C1
C. Administrativo de la Administración de Castilla y León 92
Grupo/Subgrupo C2
C. Auxiliar de la Administración de Castilla y León 180
TOTAL CUERPOS GENERALES 304
CUERPOS Y ESCALAS DE FUNCIONARIOS DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL N.º PLAZAS
C. de Letrados de la Administración de Castilla y León 4
C. Ingenieros Superiores (Agrónomos) 4
C. Ingenieros Superiores (Caminos, Canales y Puertos) 4
C. Ingenieros Superiores (Industriales) 3
C. Ingenieros Superiores (Telecomunicaciones) 4
C. de Arquitectos 4
C.F.S. Escala Bibliotecarios 3
C.F.S. (Psicólogos) 3
TOTAL GRUPO A1 29
C. Ingenieros Técnicos (Industriales) 4
C. Ingenieros Técnicos (Obras Públicas) 3
C. Arquitectos Técnicos y Aparejadores. 6
C. Ingenieros Técnicos (Forestales) 50

 

C. Ingenieros Técnicos (Agrícolas) 14
C.T.D.E. Escala Ayudantes de Biblioteca 3
C.T.D.E. (Asistentes Sociales) 18
Técnico Diplomados Especialistas Escala Ayudante Archivos 3
TOTAL GRUPO A2 101
GRUPO C1
C.A.F. Esc. Agente Medioambiental 40
TOTAL GRUPO C1 40
TOTAL CUERPOS ESPECIALES 170
CUERPOS Y ESCALAS DE FUNCIONARIOS DE LA ADMINISTRACIÓN SANITARIA N.º PLAZAS
Grupo/Subgrupo A1
C.F.S. Sanitaria (Médicos) 8
C.F.S. Sanitaria (Farmacéuticos) 18
C.F.S. Sanitaria (Veterinarios) 55
C.F.S.E. Sanitaria (Médicos Especialista en Medicina del Trabajo o Empresa) 3
Grupo/Subgrupo A2
C.T.U.P.C. E. Sanitaria (A.T.S. o D.U.E.) 24
TOTAL CUERPOS DE ADMINISTRACIÓN SANITARIA 108
TOTAL PLAZAS CUERPOS Y ESCALAS DE FUNCIONARIOS 582

ANEXO II

FUNCIONARIO DOCENTE NO UNIVERSITARIO

TURNO LIBRE

CUERPO DE MAESTROS 301
RESTO DE CUERPOS 426
TOTAL: 727

 

ANEXO III

PERSONAL LABORAL

TURNO LIBRE

GRUPO / Categoría profesional PLAZAS
Grupo I
Periodista 3
Médico General 4
Total Grupo I 7
Grupo II
Técnico de Gestión Informática 4
Fisioterapeuta 6
Enfermero/a 12
Total Grupo II 22
Grupo III
Técnico-a de Soporte Informático 6
Encargado-a 9
Celador de Medio Ambiente 30
Auxiliar de Biblioteca 20
Ayudante Técnico Educativo 10
Operador-a de Centro de Mando 29
Conductor-a (antes Oficial 1ª conductor) 20
Técnico de Atención Directa (antes Cuidador Técnico de Servicios Asistenciales y Auxiliar de Enfermería) 47
Técnico de Apoyo al Menor 35
Técnico en Farmacia 3
Total Grupo III 209
Grupo IV
Auxiliar de Carreteras 14
Telefonista 10
Oficiales de Segunda Oficios 6
Ayudante de Cocina 8
Vigilante de Incendios (antes Escucha de incendios del operativo de prevención y extinción contra incendios forestales) 50
Personal de Servicios 120
Personal Subalterno 11
Peón de Montes y Extinción (antes Escucha de incendios del operativo de prevención y extinción contra incendios forestales) 40
Total Grupo IV 259
TOTAL PERSONAL LABORAL 497

 

ANEXO IV

PERSONAL ESTATUTARIO

TURNO LIBRE

Categoría/Especialidad N.º Plazas
Medicina Familiar y Comunitaria 200
Urgencias y Emergencias 10
Celador 70
Auxiliar Administrativo 30
Oficial Mantenimiento- Electromecánico 40
T.C. Auxiliares de Enfermería 150
Técnico en Farmacia 5
T. Especialista de Informática 10
T.S. Documentación Sanitaria 11
Titulado de Grado Medio (Arquitecto Técnico) 2
Trabajador Social 5
Enfermero/a 300
Enfermero/a especialista en Pediatrita 10
Enfermero/a especialista en Salud Mental 15
Enfermero/a especialista en Enfermería del Trabajo 4
Odontólogo 8
TOTAL 870

 

ANEXO V

FUNCIONARIOS NO DOCENTES

PROMOCIÓN INTERNA

CUERPOS DE FUNCIONARIOS DE ADMINISTRACIÓN GENERAL N.º PLAZAS
Grupo/Subgrupo A1
C. Superior de la Administración de Castilla y León 10
Grupo/Subgrupo A2
C. de Gestión de la Administración de Castilla y León 15
Grupo/Subgrupo C1
C. Administrativo de la Administración de Castilla y León 50
Grupo/Subgrupo C2
C. Auxiliar de la Administración de Castilla y León 40
TOTAL 115
CUERPOS Y ESCALAS DE FUNCIONARIOS DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL N.º PLAZAS
Grupo/Subgrupo A1
C. Ingenieros Superiores (Agrónomos) 4
C. Ingenieros Superiores (Canales, Caminos y Puertos) 4
C. Ingenieros Superiores (Industriales) 4
C. Ingenieros Superiores (Minas) 4
C.F.S. Archiveros 4
Total Grupo A1 20
Grupo/Subgrupo A2
Cuerpo Ingenieros Técnicos (Forestales) 10
Total Grupo A2 10
TOTAL 30

 

TOTAL PLAZAS CUERPOS Y ESCALAS FUNCIONARIOS 145

ANEXO VI

PERSONAL LABORAL

PROMOCIÓN INTERNA

GRUPO N.º PLAZAS
Grupo II 38
Grupo III 111
TOTAL 149

 

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