Administrativo promoción interna Diputación de Segovia
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ACUERDO de 14 de abril de 2021, de la Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de Segovia, por el que se aprueba la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición por promoción interna, de 19 plazas de Administrativo/a de Administración General. Expte.: 2021/PER-08/8.
BASES Administrativo promoción interna Diputación de Segovia
(Aprobadas por la Junta de Gobierno en sesión de 14 de abril de 2021)
PRIMERA.– OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Administrativo promoción interna Diputación de Segovia
Es objeto de la presente convocatoria, la provisión en propiedad, como personal funcionario de carrera, mediante el procedimiento de concurso - oposición por promoción interna, de diecinueve plazas de Administrativo de Administración General, dos de la cuales se encuentran incluidas en la Oferta de Empleo de la Corporación para el año 2019, ocho en la Oferta de Empleo Público de la Corporación para 2020 y las nueve restantes en la Oferta de Empleo Público de la Corporación para el año 2021.
SEGUNDA.– CARACTERÍSTICAS DE LAS PLAZAS. Administrativo promoción interna Diputación de Segovia
2.1. Las plazas convocadas están dotadas económicamente con las retribuciones básicas correspondientes al Subgrupo C1 de los establecidos en el Art. 76 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre y con las retribuciones complementarias acordadas por la Corporación para estos puestos de trabajo.
2.2. Los/as aspirantes que resulten nombrados/as para ocupar las plazas convocadas quedarán sometidos al régimen de incompatibilidades previsto en la Ley 53/1984 de 26 de diciembre.
2.3. Los/as aspirantes que resulten nombrados/as continuarán prestando servicios, en principio, en los mismos Servicios, Centros o Dependencias donde se hallan actualmente destinados, sin perjuicio de que, posteriormente puedan optar a otros puestos de trabajo de la misma Subescala, en su caso, se creen o quedan vacantes en otros Centros, Dependencias o Servicios de la Corporación, mediante los procedimientos habituales de concurso de méritos, libre designación o adscripción temporal.
2.4. Las funciones a realizar por este puesto de trabajo, son las que figuran en la descripción del mismo aprobada por el Pleno de la Corporación Provincial con fecha 28 de noviembre de 2013, así como las que en su caso se incorporen en las modificaciones a dicha descripción que puedan aprobarse.
TERCERA.– REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR LOS ASPIRANTES. Administrativo promoción interna Diputación de Segovia
3.1. Para ser admitido a la realización de estas pruebas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
- a) Ser funcionario/a de carrera de la Diputación y contar con al menos, dos años de servicios en propiedad dentro de la Subescala Auxiliar de Administración General.
- b) Estar en posesión del Título académico oficial de Bachiller, Técnico/a o Equivalente.
- No obstante, podrán participar en la Convocatoria aquellos funcionarios de la Corporación que, sin estar en posesión de la titulación mínima de Bachiller, Técnico o equivalente cuenten con al menos, diez años de servicio en propiedad, dentro de Subescala Auxiliar de Administración General.
- En el caso de invocar un título equivalente al exigido o titulación obtenida en el Extranjero, el aspirante deberá presentar el correspondiente certificado de equivalencia, expedido por el Órgano estatal o Autonómico competente en materia de Educación. Dicha equivalencia deberá referirse, tanto al rango como a la especialidad exigida.
- c) Poseer la capacidad funcional correspondiente a las funciones a desempeñar.
- d) No hallarse incurso en causa de incapacidad para ser nombrado funcionario de carrera, ni haber sido separado mediante expediente disciplinario del Servicio de la Administración del Estado, Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse incapacitado para el ejercicio de funciones públicas.
- e) Comprometerse a prestar juramento o promesa exigidos para la toma de posesión del cargo.
3.2. Todos los requisitos anteriores deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, y estar en posesión de los mismos hasta la fecha de nombramiento.
3.3. Derechos de examen.
3.3.1. Los aspirantes deberán abonar la cantidad de 15,00 euros en concepto de tasa por derechos de examen, al amparo de lo establecido en la Ordenanza Fiscal reguladora de la referida tasa, aprobada definitivamente por el Pleno de esta Corporación en sesión de 27 de febrero de 2020 (B.O.P. Segovia 4 de marzo de 2020).
3.3.2. Para el abono del importe de la tasa, los aspirantes deberán practicar autoliquidación, en el impreso habilitado al efecto que se les facilitará en el Servicio de Personal y Régimen Interior de la Diputación y realizar su ingreso, a través de cualquier entidad bancaria autorizada, mediante transferencia bancaria a la Entidad BANKIA, en la cuenta: N.º ES61/2038/7597/54/6000045289. El ingreso deberá efectuarse antes de presentar la correspondiente solicitud de admisión a pruebas selectivas. A la instancia deberá acompañarse copia de la autoliquidación debidamente ingresada y sellada por la Entidad bancaria correspondiente, o en su defecto, copia del recibo de ingreso.
3.3.3. El importe de la tasa de derechos de examen, únicamente será devuelto cuando, por causas no imputables al interesado, la actividad técnica y administrativa conducente a la selección del personal para provisión de la plaza convocada no se realice. En su consecuencia, no procederá la devolución del importe de la tasa en los supuestos de exclusión del aspirante de las pruebas selectivas por causas imputables al interesado o en el supuesto de que el aspirante no se presente a la práctica de los ejercicios.
3.3.4. No obstante, y de conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Ordenanza reguladora de la Tasa por Derechos de Examen de esta Corporación, estarán exentos del pago de las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Esta circunstancia se acreditará mediante la presentación, junto con la instancia de admisión a las pruebas selectivas, del certificado de discapacidad expedido por el Organismo estatal o autonómico competente.
3.3.5. Por otra parte, y de conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ordenanza reguladora de la Tasa por Derechos de Examen de esta Corporación, tendrán una bonificación del 50% los aspirantes que acrediten su condición de familia numerosa de carácter especial, y de un 30% los que acrediten su condición de familia numerosa de carácter general, debiendo aportar los correspondientes documentos acreditativos junto con la instancia de solicitud de admisión a las pruebas selectivas.
3.3.6. La falta de pago de la tasa sin acreditar la correspondiente causa de exención de pago determinará la inadmisión del aspirante a las pruebas selectivas.
CUARTA.– PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. Administrativo promoción interna Diputación de Segovia
4.1. Forma.
Las instancias solicitando tomar parte en esta Convocatoria se dirigirán al Ilmo. Sr. Presidente de la Corporación, y deberán formularse en el modelo oficial que a tal efecto se facilitará en el Servicio de Personal y Régimen Interior haciéndose constar por el aspirante que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en la Base Tercera de esta Convocatoria.
4.2. Lugar y plazo de presentación.
Dichas solicitudes se presentarán dentro del plazo de veinte días naturales contados desde el día siguiente a la publicación del extracto de esta Convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro General de la Diputación de Segovia, ubicado en las dependencias centrales del Palacio Provincial (C/ San Agustín n.º 23.– 40001.– SEGOVIA), o en los Registros de las Entidades a que hace referencia el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
4.3. Documentación a acompañar, junto con la solicitud.
A las solicitudes se acompañará:
- a) Fotocopia del Título académico exigido, salvo que dicho título obre en el expediente personal del interesado.
- b) Impreso de autoliquidación de la tasa por derechos de examen y copia del recibo de ingreso en la forma que se determina en la Base Tercera, y/o en su caso documentos acreditativos de reunir una de las causas de exención de pago o bonificación de la tasa.
- c) Justificación documental de los méritos que se aleguen para su valoración en la Fase de Concurso, en la forma que determina la Base Séptima de esta Convocatoria.
QUINTA.– ADMISIÓN DE ASPIRANTES. Administrativo promoción interna Diputación de Segovia
5.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Sr. Presidente de la Corporación aprobará, mediante Decreto, la lista de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de la causa de exclusión.
5.2. En dicha Resolución se determinará el lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios, la composición nominal del tribunal Calificador y el orden de actuación de los aspirantes, de lo cual se dará publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia de Segovia.
5.3. Los aspirantes excluidos podrán interponer el Recurso administrativo de Reposición ante la Presidencia de la Corporación, con carácter potestativo en el plazo máximo de un mes a contar desde la recepción de la notificación de su exclusión, o bien el Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Segovia, en el plazo máximo de dos meses, a partir de la publicación de la lista de admitidos y excluidos en el Boletín Oficial de la Provincia de Segovia. Asimismo, se concederá un plazo de diez días para subsanación de errores, en su caso, en los términos previstos en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
SEXTA.– TRIBUNAL CALIFICADOR. Administrativo promoción interna Diputación de Segovia
6.1. Composición.
La composición del Tribunal Calificador que juzgará las pruebas selectivas objeto de esta Convocatoria, estará integrada de la siguiente forma:
Presidenta/e.– Un/a Jefe/a de Dependencia, Servicio o Sección designado por la Presidencia.
Vocales:
- Un vocal designado a propuesta de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
- Dos funcionarios de carrera de la Corporación designados por la Presidencia.
Secretaria/o.– La Secretaria General de la Corporación o funcionario en quien delegue.
6.2. Designacion de suplentes y asesores especialistas, y asistencia de colaboradores técnicos y administrativos.
Podrán designarse suplentes en sustitución de los titulares que integren el referido Tribunal. Asimismo, el Presidente de la Corporación podrá designar si lo estima oportuno o conveniente algún Asesor Especialista para todas o alguna de las pruebas. Por otra parte, el Tribunal podrá recabar cuando lo estime oportuno la asistencia de funcionarios o trabajadores de la Corporación para actuar como colaboradores técnicos o administrativos del Tribunal, durante el proceso selectivo.
6.3. Publicación de la composición nominal.
La composición nominal del Tribunal Calificador que juzgue las pruebas selectivas será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, simultáneamente con el anuncio en que se haga pública la lista de admitidos y excluidos.
6.4. Abstención y recusación.
Los miembros del Tribunal Calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Presidencia, cuando concurran en ellos alguna de las causas previstas en el Art. 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a esta Convocatoria. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran en ellos alguna de estas circunstancias en los términos previstos en el artículo 24 de la misma ley 40/2015.
6.5. Forma de constitución y facultades del Tribunal.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de la mitad de sus integrantes, ya sean titulares o suplentes, y estará facultado para resolver las cuestiones que pudieran suscitarse durante el desarrollo de la Convocatoria, y adoptar los acuerdos necesarios para el buen orden de la misma, en todo lo no previsto en estas Bases.
SÉPTIMA.– PROCESO DE SELECCIÓN. Administrativo promoción interna Diputación de Segovia
La selección constará de dos Fases, una Fase de Concurso y una Fase de Oposición:
7.1. Fase Primera.– De concurso.
La Fase de Concurso no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar los ejercicios de la Fase de Oposición y consistirá en la valoración de los méritos acreditados documentalmente por los aspirantes referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, conforme al siguiente baremo:
7.1.1. Baremo de méritos.
El baremo de méritos de la Fase de Concurso se regirá por los siguientes apartados:
- a) Por servicios efectivos prestados dentro de la Subescala Auxiliar de Administración General, 0,50 puntos por año de servicio.
- Dentro de este apartado, se incluyen los servicios prestados como funcionario de carrera en la Diputación Provincial de Segovia, dentro de la Subescala Auxiliar de Administración General, así como los servicios prestados tanto en la Diputación como en cualquier otra Administración Pública como Auxiliar Administrativo, con carácter previo al ingreso en la Plantilla de esta Diputación Provincial, siempre que hayan sido expresamente reconocidos por esta Corporación.
- No podrán otorgarse más de 10 puntos, por servicios prestados. Las fracciones de tiempo de servicios prestados inferiores a un año se computarán con la parte proporcional correspondiente.
- b) Por haber superado algún ejercicio de pruebas selectivas convocadas por cualquier Administración Pública para provisión en propiedad de plazas de funcionario de carrera o personal laboral fijo del Cuerpo Administrativo de la Administración del Estado o Comunidades Autónomas, o Subescala Administrativa de Administración General de cualquier Administración Local, 0,50 puntos por cada ejercicio superado, hasta un máximo de 2 puntos.
- c) Por asistencia a cursos, jornadas y seminarios relacionados con las funciones a desempeñar, hasta un máximo total de 2 puntos, según la siguiente Escala:
- Cursos de hasta 20 horas lectivas de duración o cuya duración no conste expresamente en el Diploma o certificado de asistencia al curso, 0,10 puntos cada uno.
- Cursos de 21 a 40 horas lectivas, 0,20 puntos cada uno.
- Cursos de 41 a 60 horas lectivas, 0,30 puntos cada uno.
- Cursos de 61 a 80 horas lectivas, 0,40 puntos cada uno.
- Cursos de más de 80 horas lectivas, 0,50 puntos cada uno.
- Aquellos cursos que el aspirante haya impartido en calidad de profesor o ponente, se valorarán con arreglo al grado inmediatamente superior de la escala anterior que corresponda, según el número de horas lectivas, sin que se supere en ningún caso el máximo de 0,50 puntos por curso, ni el máximo total de 2 puntos.
- d) Por estar en posesión de titulación académica distinta de la exigida para optar a la Convocatoria, de rango igual o superior a aquélla, hasta un máximo de 2 puntos.
7.1.2. Justificación de los méritos de la Fase de Concurso.
Los méritos se acreditarán documentalmente junto con la instancia de solicitud para tomar parte en la Convocatoria y dentro del plazo de presentación de las mismas. La forma de acreditación de los méritos será la siguiente:
1.– Servicios prestados (apartado a) del baremo).– Dichos servicios se valorarán de acuerdo con el certificado de servicios que será expedido de oficio por la propia Diputación con arreglo a los datos obrantes en el expediente personal del interesado, relativos tanto a los servicios prestados en la propia Diputación como los servicios prestados en otras Administraciones Públicas que hayan sido objeto de reconocimiento por esta Diputación, sin que sea necesario que el aspirante aporte documentación acreditativa de los citados servicios.
No obstante, si el aspirante invocara servicios prestados en otras Administraciones Públicas que no hubieran sido reconocidos anteriormente por no acreditarlos documentalmente en su día, deberá aportar el correspondiente certificado de servicios expedido por la Administración en la que fueron prestados, solicitando por una parte su reconocimiento a efectos de antigüedad y por otra parte su valoración como mérito.
2.– Superación de pruebas selectivas (apartado b) del Baremo).– Se acreditará mediante certificado expedido por el Órgano competente de la Administración Pública correspondiente, en el que deberá constar la denominación de la plaza, régimen jurídico de la misma (funcionario de carrera, laboral fijo), e indicación expresa del número de ejercicios superados.
3.– Asistencia a cursos, jornadas y seminarios relacionados con las funciones a desempeñar, (apartado c) del baremo).– Se acreditarán mediante fotocopia del diploma correspondiente o certificado de asistencia expedido por la Entidad que lo haya impartido, con indicación del número de horas lectivas del curso y fechas o período de celebración.
4.– Titulaciones académicas (apartado d) del baremo).– Se acreditarán mediante fotocopia del título o justificante de haber abonado los derechos para su expedición.
Los documentos acreditativos de los méritos se acreditarán mediante fotocopias de los originales que se adjuntarán a la instancia antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes. No será necesaria inicialmente la compulsa de los documentos que se presenten fotocopiados, bastando la declaración expresa responsable del interesado sobre la autenticidad de los mismos, y sin perjuicio de que posteriormente pueda, en su caso, requerirse de los aspirantes la aportación de los originales de los documentos que se consideren oportunos para su cotejo y compulsa.
7.1.3. Publicación de las calificaciones de la Fase de Concurso.
El Tribunal Calificador ordenará la publicación en el Tablón de Edictos de la Corporación de las calificaciones totales obtenidas en la Fase de Concurso, por los aspirantes que hayan superado el primer ejercicio de la Fase de Oposición, junto con las calificaciones obtenidas en dicho ejercicio.
Frente a las puntuaciones otorgadas en la Fase de Concurso, los aspirantes podrán formular las alegaciones que consideren oportunas en el plazo que a tal efecto conceda el Tribunal Calificador, pudiéndose extenderse dicho plazo como máximo hasta la fecha de celebración del segundo ejercicio. Dichas alegaciones podrán referirse sólo a los méritos debidamente acreditados documentalmente dentro del plazo fijado al efecto, sin que proceda la incorporación de nuevos méritos no acreditados o acreditados insuficientemente en el mencionado plazo.
7.2. Fase de oposición.
7.2.1. Ejercicios.
La Fase de Oposición consistirá en la realización de dos ejercicios, de carácter eliminatorio y obligatorio para todos los aspirantes:
Primer ejercicio:
Consistirá en contestar por escrito, durante el tiempo máximo que se determine por el Tribunal, a un cuestionario de veinte preguntas abiertas relacionadas con los temas que integran las tres partes del Programa de la Convocatoria.
Segundo ejercicio:
Consistirá en la resolución por escrito, durante el tiempo máximo que determine el Tribunal, de dos supuestos prácticos a elegir libremente por el aspirante de entre tres supuestos propuestos por el Tribunal y relacionados con las funciones a desempeñar en las plazas convocadas. Durante el desarrollo de este ejercicio, los aspirantes podrán utilizar los textos legales y colecciones legislativas de que acudan provistos, sin que se admitan formularios administrativos, manuales o apuntes. Este ejercicio se realizará en ordenador personal, utilizando el Programa de Tratamiento de Textos MS-Word, pudiendo el aspirante opcionalmente realizar a mano los esquemas o guiones que considere oportunos.
En el desarrollo y calificación de los ejercicios, se garantizará el anonimato de los aspirantes siempre que sea posible, facultándose expresamente al Tribunal Calificador para apreciar dicha posibilidad, en función del tipo de ejercicio de que se trate.
7.2.2. Calificación de los ejercicios.
Todos los ejercicios tendrán carácter eliminatorio y obligatorio para todos los aspirantes.
El primer ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos. El Tribunal fijará en el primer ejercicio, en el marco del anonimato de los aspirantes y con carácter previo a la identificación de los mismos, una nota de corte, en función del número de aspirantes presentados y del número de aspirantes que el Tribunal considere que deben superar el ejercicio, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen dicha nota de corte.
El segundo ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.
Las calificaciones se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del Tribunal Calificador, y dividiendo el total obtenido entre el número de asistentes de aquél, siendo el cociente la calificación definitiva.
Las calificaciones de cada ejercicio serán hechas públicas en el mismo día en que se otorguen y expuestas en el Tablón de Edictos y en la página Web de la Corporación y en los lugares donde se realicen las pruebas.
OCTAVA.– CALIFICACIÓN TOTAL Y DEFINITIVA DE LOS ASPIRANTES. Administrativo promoción interna Diputación de Segovia
8.1. La calificación total y definitiva de los aspirantes vendrá dada por la puntuación resultante de sumar a la puntuación total alcanzada en la Fase de Concurso y la suma de las puntuaciones obtenidas en el conjunto de los dos ejercicios de la oposición por los aspirantes que superen la totalidad de los mismos.
8.2. En caso de empate entre dos o más aspirantes, el Tribunal podrá llevar a efecto una o más pruebas complementarias sobre los ejercicios que componen la Oposición.
NOVENA.– PROGRAMA QUE HA DE REGIR EN LA CONVOCATORIA. Administrativo promoción interna Diputación de Segovia
El programa sobre el que versarán los ejercicios de la Fase de Oposición es el que figura en el Anexo de esta Convocatoria.
DÉCIMA.– COMIENZO Y DESARROLLO DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS. Administrativo promoción interna Diputación de Segovia
10.1. Comienzo.
Los ejercicios se celebrarán una vez transcurridos, al menos dos meses desde la fecha en que aparezca publicado el anuncio extractado de esta Convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
10.2. Publicación de la fecha, hora y lugar de celebración.
La fecha, lugar y hora de celebración de las pruebas será hecha pública en el Boletín Oficial de esta Provincia al mismo tiempo en que se publique la Lista de Admitidos y Excluidos.
10.3. Llamamiento de los aspirantes.
Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, salvo casos de fuerza mayor debidamente justificados y apreciados libremente por el Tribunal.
10.4. Orden de actuación de los aspirantes.
El orden de actuación de los aspirantes en aquellos ejercicios que, en su caso, no se realicen conjuntamente por todos los aspirantes al mismo tiempo, se iniciará con aquél cuya inicial del primer apellido se corresponda con la Letra «R», según el resultado del sorteo celebrado el día 29 de marzo de 2021.
10.5. Publicación de calificaciones y anuncios sobre celebración de los sucesivos ejercicios.
Una vez comenzadas las pruebas selectivas no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de la celebración de las restantes pruebas en el Boletín Oficial de la Provincia. No obstante, estos anuncios deberán hacerse públicos por el Tribunal en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores y en el Tablón de Edictos de la Corporación, con una antelación de, al menos, 24 horas a la celebración del siguiente ejercicio, junto con las calificaciones obtenidas por los aspirantes que hubieran superado el ejercicio anterior. Desde la total conclusión de un ejercicio hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.
UNDÉCIMA.– RELACIÓN DE APROBADOS Y PROPUESTA DE NOMBRAMIENTO.
Finalizada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará en el Tablón de Edictos de la Corporación la correspondiente propuesta de nombramiento, en favor de los aspirantes que, habiendo superado los dos ejercicios de la Fase de Oposición, hubieran obtenido las mayores puntuaciones totales, no pudiendo rebasar el número de aspirantes propuestos al número de plazas convocadas, elevándose dicha propuesta al Sr. Presidente de la Corporación a efectos de nombramiento de los aspirantes.
DUODÉCIMA.– PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS.
12.1. Los aspirantes propuestos presentarán en el Servicio de Personal y Régimen Interior de la Diputación de Segovia, dentro del plazo de 20 días naturales, contados desde la publicación de la propuesta de nombramiento a que se refiere la Base anterior, certificado de la Secretaría General la Corporación acreditativo de la condición de funcionario de carrera de la Corporación en plaza de Auxiliar de Administración General.
12.2. Si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, el aspirante propuesto no presentara su documentación no podrá ser nombrado y se anularán todas sus actuaciones, sin perjuicio de las exigencias de responsabilidad en que hubiese podido incurrir por falsedad en la instancia presentada solicitando tomar parte en la Convocatoria. En este caso, el Tribunal formulará propuesta adicional a favor de quien le siga en el orden de puntuación, siempre que haya superado la totalidad de los ejercicios.
DECIMOTERCERA.– TOMA DE POSESIÓN.
13.1. Una vez aprobada la propuesta de nombramiento, el interesado deberá tomar posesión de su cargo, en el plazo de 30 días hábiles, contados desde el siguiente al que sea notificado el nombramiento.
13.2. Si no tomase posesión dentro del plazo señalado o de la prórroga concedida en su caso, quedará en situación de cesante, con pérdida de todos los derechos derivados de la Convocatoria y del subsiguiente nombramiento conferido.
DECIMOCUARTA.– IMPUGNACIÓN DE LA CONVOCATORIA.
14.1. La Convocatoria y sus Bases, y cuantos actos administrativos se deriven de éste y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en las formas establecidas en la Legislación vigente en materia de Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas.
14.2. El sólo hecho de presentar instancia solicitando tomar parte en las pruebas constituye sometimiento expreso de los aspirantes a las Bases de la Convocatoria que tienen consideración de Ley reguladora de la misma.
DECIMOQUINTA.– LEGISLACIÓN SUPLETORIA.
Esta Convocatoria se regirá, en lo no previsto en estas Bases, por lo dispuesto en la Ley reguladora de las Bases de Régimen Local de 2 de abril de 1985, Real Decreto Legislativo 781/1986 de 18 de abril aprobatorio del Texto Refundido de las Disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, Reglamento de Funcionarios de Administración Local en lo que no se oponga o contradiga a aquélla, Ley 30/1984 de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública en aquellos preceptos que continúen vigentes, Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, Ley 7/2005 de 24 de mayo de la Función Pública de Castilla y León, Real Decreto 896/1991 de 7 de junio, y demás disposiciones concordantes. Será asimismo de aplicación supletoria el Reglamento General de Ingreso del Personal y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo.
Segovia, 27 de abril de 2021.
La Secretaria General,
Fdo.: M.ª Lourdes Merino Ibáñez
ANEXO
PROGRAMA DE LA CONVOCATORIA
CONCURSO – OPOSICIÓN PARA PROVISIÓN, MEDIANTE PROMOCIÓN INTERNA, DE DIECINUEVE PLAZAS DE ADMINISTRATIVO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL
Parte Primera.– CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA Y ORGANIZACIÓN DEL ESTADO.
TEMA 1.– La Constitución Española de 1978. La configuración del Estado. Título Preliminar. Principios constitucionales. Reforma de la Constitución: procedimientos.
TEMA 2.– El Gobierno y la Administración del Estado. Estructura y Organización de la Administración General del Estado. Organización territorial de la Administración General del Estado: Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas y Subdelegados del Gobierno en las Provincias. La Comisión Provincial de Colaboración del Estado con las Corporaciones Locales (Real Decreto 3489/2000, de 29 de diciembre).
TEMA 3.– El Estatuto de Autonomía de Castilla y León: Instituciones autonómicas y régimen de competencias. El Procurador del Común: atribuciones. El Consejo de Cuentas: ámbito de actuación y contenido de la función fiscalizadora.
TEMA 4.– Ley 1/1998, de 4 de junio, de Régimen Local de Castilla y León. Disposiciones generales.– Contenido. Relaciones entre la Comunidad Autónoma y las Entidades locales.
TEMA 5.– La Ley 16/2010, de 20 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla y León: ámbito de aplicación a las Corporaciones locales. Competencias de Ayuntamientos y Diputaciones. El sistema de servicios sociales y sus prestaciones. Organización de los servicios sociales de la Diputación Provincial de Segovia.
Parte Segunda.– DERECHO ADMINISTRATIVO GENERAL.
TEMA 6.– Las fuentes del Derecho Público. El principio de legalidad. Principios de actuación de las Administraciones Públicas. Los Convenios Administrativos de Colaboración entre Administraciones Públicas: regulación legal.
TEMA 7.– Participación y colaboración de los ciudadanos en las funciones administrativas. Derechos de las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas Comparecencia de las personas. Acceso a archivos y registros.
TEMA 8.– El acto administrativo. Requisitos, validez y eficacia. Actos nulos y anulables. Convalidación y revisión de actos. Conversión de actos viciados. Conservación de actos y trámites. La revocación de actos administrativos y rectificación de errores materiales o de hecho.
TEMA 9.– Principios generales de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Interesados en el procedimiento. Representación e identificación de interesados. Términos y plazos. Registro de documentos. Validez y eficacia de documentos y copias.
TEMA 10.– La actividad de las administraciones Públicas. Obligación de resolver. Responsabilidad del funcionario. El silencio administrativo: regulación legal.
TEMA 11.– Fases del Procedimiento Administrativo común. Formas de terminación del Procedimiento. Trámites de audiencia e información pública. Ejecución del acto administrativo.
TEMA 12.– La expropiación forzosa. Procedimiento general de expropiación. Garantías jurisdiccionales. La reversión de los bienes expropiados.
Parte tercera.– ADMINISTRACIÓN LOCAL.
TEMA 13.– Los contratos administrativos en la Esfera Local. Legislación de contratos del Sector Público: Objeto y ámbito de aplicación, principios generales de contratación, requisitos de los contratos. Órganos de contratación en las Corporaciones Locales. Requisitos para contratar con la Administración.
TEMA 14.– El expediente de contratación. Clases de expedientes. Procedimientos y formas de adjudicación de los contratos administrativos. La formalización y perfección del contrato. La Mesa de Contratación.
TEMA 15.– Clases de contratos administrativos. El contrato de obras. El contrato de concesión de obras públicas. El contrato de concesión de servicios. El contrato de suministro. El contrato de servicios. Contratos mixtos. Contratos menores.
TEMA 16.– Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación. El Reglamento Orgánico.
TEMA 17.– La Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.: ámbito de aplicación, principios, preceptos básicos y de aplicación general a todas las Administraciones Públicas. Enajenación y cesión de bienes patrimoniales.
TEMA 18.– Peculiaridades del procedimiento administrativo local. El expediente administrativo. Informes. Desglose de documentos Comunicaciones y notificaciones. Notificaciones en papel y notificaciones a través de medios electrónicos.
TEMA 19.– La Función Pública Local y su organización. Derechos y deberes de los funcionarios públicos locales. Vacaciones, licencias y permisos: Regulación en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre y en la Ley de la Función Pública de Castilla y León de 24 de mayo de 2005.
TEMA 20.– La responsabilidad de los funcionarios públicos locales. Régimen disciplinario. Faltas y sanciones. Procedimiento sancionador.
TEMA 21.– El personal laboral al servicio de las Corporaciones Locales. El Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre. Derechos y deberes laborales básicos de los trabajadores. Modalidades de contratación laboral. Contratos de duración determinada.
TEMA 22.– La actividad de fomento en la esfera local. La 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones: Disposiciones comunes a las subvenciones públicas. Requisitos para el otorgamiento de subvenciones. Obligaciones de los beneficiarios. Bases reguladoras para la concesión de subvenciones. Procedimiento de concesión. Justificación de las subvenciones públicas. Comprobación de subvenciones.
TEMA 23.– Las Haciendas Locales. Principios constitucionales. Las Ordenanzas Fiscales: contenido y aprobación. Ingresos tributarios de los Entes Locales (impuestos, tasas y contribuciones especiales).
TEMA 24.– La gestión de los Tributos: padrones y liquidaciones tributarias. La gestión de los Impuestos Municipales sobre Bienes Inmuebles y Actividades Económicas: competencias de los Entes Locales.
TEMA 25.– La recaudación de los Tributos. Recaudación en período voluntario y período ejecutivo: trámites esenciales.
TEMA 26.– La Tesorería de las Entidades locales. Régimen jurídico y funciones. Contabilidad presupuestaria. Los estados y cuentas anuales. Control y fiscalización de la actividad económica local.
TEMA 27.– Funcionamiento de los Órganos Colegiados Locales. Convocatoria y orden del día. Actas y certificados de acuerdos.
TEMA 28.– La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal: Ámbito de aplicación. Principios de protección de datos. Derechos y deberes en materia de protección de datos personales. Ficheros de titularidad pública.
TEMA 29.– La Administración Electrónica y las nuevas tecnologías en la Administración Pública. Sede Electrónica y Portal de Internet. Sistemas de identificación. Relaciones electrónicas entre Administraciones Públicas. El acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
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Auxiliar Administrativo SACYL promoción interna 2021
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ORDEN SAN/486/2021, de 14 de abril, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría de Auxiliar Administrativo del Servicio de Salud de Castilla y León, por el turno de promoción interna.
Aprobado el Acuerdo 64/2018, de 20 de diciembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se amplía la oferta de empleo público de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y sus Organismos Autónomos para el año 2018 (B.O.C. y L. n.º 247, de 24 de diciembre), y el Acuerdo 97/2020, de 10 de diciembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueba la oferta de empleo público de la Administración de Castilla y León para el año 2020 (B.O.C. y L. n.º 256, de 14 de diciembre) y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud (B.O.E. n.º 301, de 17 de diciembre), en la Ley 2/2007, de 7 de marzo, del Estatuto Jurídico del personal estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León (B.O.C. y L. n.º 52, de 14 de marzo), y de acuerdo con lo establecido en el Decreto 8/2011, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de selección y determinadas formas de provisión de plazas y puestos de trabajo de personal estatutario en centros e instituciones sanitarias dependientes de la Gerencia Regional de Salud (B.O.C. y L. n.º 42, de 2 de marzo), con el fin de atender las necesidades de personal de este Servicio de Salud, la Consejera de Sanidad, en uso de las competencias atribuidas
ACUERDA: Auxiliar Administrativo SACYL promoción interna 2021
Convocar proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo por el turno de promoción interna, a través del sistema de concurso-oposición, a plazas de la categoría de AUXILIAR ADMINISTRATIVO del Servicio de Salud de Castilla y León, con sujeción a las siguientes
BASES: Auxiliar Administrativo SACYL promoción interna 2021
Primera.– Normas generales. Auxiliar Administrativo SACYL promoción interna 2021
1.1. Se convoca proceso selectivo por el sistema de promoción interna para la cobertura de 220 plazas de la categoría de AUXILIAR ADMINISTRATIVO del Servicio de Salud de Castilla y León, correspondientes a la ampliación de la Oferta de Empleo Público de 2018, de las cuales 22 plazas serán para el turno de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.
1.2. Las plazas no cubiertas en el turno de personas con discapacidad se incrementarán al resto de plazas convocadas.
1.3. Los aspirantes únicamente podrán participar en uno de los turnos establecidos.
1.4. La realización de este proceso selectivo se ajustará a lo establecido en la Ley 2/2007, de 7 de marzo, del Estatuto Jurídico del personal estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León, en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud; en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en el Acuerdo 64/2018, de 20 de diciembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se amplía la oferta de empleo público de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y sus Organismos Autónomos para el año 2018, en el Decreto 8/2011, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Selección y determinadas formas de provisión de plazas y puestos de trabajo de personal estatutario en centros e instituciones sanitarias dependientes de la Gerencia Regional de Salud; así como en las bases de la presente orden. En lo no previsto por estas normas, se estará a lo dispuesto en la Ley 7/2005 de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León y normas de desarrollo.
1.5. El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura en el Anexo I de la presente orden.
1.6. El procedimiento de selección de los aspirantes, para todos los turnos será el de concurso-oposición y estará formado por:
- a) Fase de oposición. Auxiliar Administrativo SACYL promoción interna 2021
- b) Fase de concurso. Auxiliar Administrativo SACYL promoción interna 2021
a) Fase de oposición. Auxiliar Administrativo SACYL promoción interna 2021
La fase de oposición consistirá en la realización de un único ejercicio para todos los turnos o sistemas de acceso, de carácter eliminatorio, que versará sobre las materias del temario que figura como Anexo I de esta convocatoria y se desarrollará conforme se indica a continuación.
El ejercicio único de la fase de oposición constará de dos partes, a realizar en una misma sesión.
La primera parte consistirá en contestar un cuestionario, tipo test, que estará formado por 60 preguntas relacionadas con todo el programa, con cuatro respuestas alternativas, de las que sólo una de ellas será la correcta, más el 10% de preguntas de reserva para posibles anulaciones.
La segunda parte consistirá en contestar a 25 preguntas, tipo test, que se formularán sobre uno o varios supuestos prácticos elaborados por el Tribunal Calificador, referidos a los temas 12 al 21, ambos inclusive, del temario que figura como Anexo I, con cuatro respuestas alternativas, de las que sólo una de ellas será la correcta, más el 10% de preguntas de reserva para posibles anulaciones.
El tiempo total para la realización de este ejercicio será de 120 minutos, incluido el correspondiente a las preguntas de reserva.
Todas las preguntas, tanto de la primera parte como de la segunda del ejercicio, tendrán el mismo valor.
Al determinar las preguntas que se fijen como reserva para posibles anulaciones, el Tribunal Calificador deberá especificar cuáles son las que sustituyen a las preguntas de la primera parte del ejercicio y cuáles a las preguntas de la segunda parte del mismo.
Para superar la fase de oposición del proceso selectivo los aspirantes han de obtener, al menos, el 60% de la puntuación resultante de la media de las 10 puntuaciones más altas obtenidas por los aspirantes.
El Tribunal Calificador no podrá declarar en ningún caso que ha superado la fase de oposición un número de aspirantes que suponga más del 250% de las plazas objeto de convocatoria, salvo empates en el marginal.
El ejercicio único se calificará de cero a 150 puntos lo que supone un máximo del 60% del total de la puntuación que se puede obtener por todo el proceso selectivo.
Las pruebas selectivas para el turno de personas con discapacidad tendrán idéntico contenido que las del resto de los aspirantes del turno de promoción interna.
El Tribunal Calificador publicará, en el plazo de dos días hábiles siguientes a la realización del ejercicio, las respuestas correctas en los tablones de anuncios de las Gerencias de Salud de Área, Gerencias de Atención Primaria, Atención Especializada, Gerencias de Asistencia Sanitaria y Gerencia de Emergencias Sanitarias, en la sede del Tribunal y en el Portal de Salud (http://www.saludcastillayleon.es). Asimismo esta información se remitirá al servicio telefónico 012 (983 327 850 para llamadas desde fuera de Castilla y León).
Los aspirantes dispondrán de un plazo de 5 días hábiles, a partir del día siguiente al de la publicación de las respuestas correctas, para plantear alegaciones fundadas contra las preguntas formuladas o las respuestas otorgadas por el Tribunal. Dichas alegaciones deberán dirigirse, debidamente documentadas, a la sede del Tribunal.
El Tribunal mediante Resolución, publicará en las Gerencias de Salud de Área, Gerencias de Atención Primaria, Atención Especializada, Gerencias de Asistencia Sanitaria y Gerencia de Emergencias Sanitarias, en la sede del propio Tribunal y en el Portal de Salud, las relaciones de aspirantes que hubieran superado el ejercicio de la fase de oposición, de forma separada para cada turno. Asimismo esta información se remitirá al Servicio telefónico 012.
En esta Resolución el Tribunal indicará, en su caso, las preguntas anuladas que serán sustituidas por otras tantas de reserva y aquellas preguntas de reserva por las que han sido sustituidas, así como la puntuación mínima exigida para superar la fase de oposición, teniendo en cuenta, en todo caso, el límite máximo del 250% de las plazas objeto de convocatoria.
b) Fase de concurso. Auxiliar Administrativo SACYL promoción interna 2021
En la fase de concurso se valorarán únicamente los méritos aportados y debidamente acreditados, con arreglo al baremo que se recoge en el Anexo I de la presente orden.
Para acceder a la fase de concurso, los aspirantes deberán superar previamente la fase de oposición, por lo que únicamente se valorarán los méritos de aquéllos que la hubieran superado, referidos al último día del plazo de presentación de solicitudes de admisión al proceso selectivo y que sean acreditados mediante la aportación de la documentación original de los mismos. Dicha documentación se presentará en el plazo de 15 días hábiles siguientes al de la publicación de la relación de aspirantes que hayan superado la fase de oposición.
En ningún caso, la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá ser aplicada para superar el ejercicio de la fase de oposición.
El Tribunal, que solamente valorará la documentación debidamente acreditada y aportada en tiempo y forma, podrá requerir cualquier aclaración sobre la misma. Si el requerimiento no es atendido, no podrá valorarse el mérito correspondiente.
Asimismo los aspirantes que aporten méritos cuyos certificados estén redactados en idioma extranjero deberán presentar copia traducida por traductor jurado de los documentos aportados, en caso contrario, no se procederá a su valoración.
En todo caso, se tendrá en cuenta lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, respecto a las lenguas cooficiales.
Segunda.– Requisitos de los aspirantes. Auxiliar Administrativo SACYL promoción interna 2021
2.1. Para ser admitidos al presente proceso selectivo los aspirantes deberán reunir los requisitos siguientes:
- a) Poseer la nacionalidad española. También podrán participar, en igualdad de condiciones que los españoles:
- 1. Los nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.
- 2. El cónyuge de los españoles y de los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los del cónyuge o los de la pareja de hecho menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
- 3. Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
- Los aspirantes incluidos en el apartado segundo y tercero deberán acompañar a su solicitud, documento que acredite las condiciones que se alegan, mediante aportación del documento original.
- b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad de jubilación forzosa.
- c) Estar en posesión, o en condiciones de obtenerlo a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitud, del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, Graduado en Educación Secundaria, Graduado Escolar, Técnico de Formación Profesional, Bachiller elemental o equivalente según los diferentes planes de estudios.
- No obstante lo anterior, no se exigirá el requisito de titulación indicado anteriormente para el acceso a la categoría objeto de convocatoria, siempre que interesado haya prestado servicios durante cinco años en la categoría de origen y ostente la titulación exigida en el grupo inmediatamente inferior al de la categoría a la que aspira a ingresar, conforme a lo dispuesto en el artículo 34.5 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud.
- En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación por el Ministerio competente en materia de educación dentro del plazo de presentación de solicitudes.
- d) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento.
- e) No ostentar la condición de personal estatutario fijo de la misma categoría objeto de convocatoria, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
- f) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, de cualquier servicio de salud o Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el desempeño de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión.
- Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
- Asimismo, los aspirantes admitidos al presente proceso selectivo, específicamente, han de reunir los siguientes requisitos:
- g) Tener la condición de personal estatutario fijo con destino en el Servicio de Salud de Castilla y León, con nombramiento correspondiente a otra categoría, siempre que el título exigido para el ingreso sea de igual o superior nivel académico que el de la categoría de procedencia, y sin perjuicio del número de niveles existentes entre ambos títulos.
- h) Encontrarse en servicio activo, y haber prestado servicios como personal estatutario fijo, al menos, dos años en la categoría de procedencia.
Los requisitos exigidos en estos apartados g) y h) se acreditarán mediante certificación original del centro donde hubieran prestado o estén prestando servicios, que se adjuntará en todo caso a la solicitud de participación del proceso selectivo.
2.2. Los aspirantes que se presenten por el turno de personas con discapacidad, habrán de tener reconocido y actualizado a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición, expedido por los órganos competentes en materia de servicios sociales.
No obstante lo anterior, aquellos aspirantes a los que se haya reconocido dicha discapacidad por la Comunidad Autónoma de Castilla y León no deberán aportar tal acreditación.
El grado y tipo de discapacidad requerido en la correspondiente convocatoria deberá poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo. Los aspirantes deberán comunicar al órgano gestor del proceso selectivo cualquier modificación que se produzca en su grado o en el tipo de discapacidad durante su desarrollo.
El reconocimiento de una discapacidad, con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, aún cuando se hiciese con efectos retroactivos, no podrá conllevar en ningún caso la admisión al turno de personas con discapacidad.
Los aspirantes que participen por el turno reservado a personas con discapacidad que no reúnan o acrediten los requisitos exigidos en los mismos, serán incluidos de oficio en la relación de admitidos del turno ordinario de promoción interna, siempre y cuando, previo requerimiento por parte del órgano gestor, abonen los derechos de examen correspondientes a este turno.
2.3. Todos los requisitos establecidos en esta base segunda deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión salvo lo dispuesto en el apartado 2.1.e).
Tercera.– Solicitudes. Auxiliar Administrativo SACYL promoción interna 2021
3.1. Quienes deseen tomar parte en este proceso selectivo, deberán realizar las siguientes actuaciones:
3.1.1. Cumplimentar el modelo de solicitud que está disponible en el Portal de Salud de Castilla y León:
https://www.saludcastillayleon.es/profesionales/es/procesos_selectivos/oferta-empleo-publico-2020
En la citada página del portal de salud se encontrará el siguiente enlace:
https://procesosselectivos.saludcastillayleon.es, al que deberán acceder.
3.1.2. Los participantes, una vez que cumplimenten el modelo de solicitud por este medio, deberán imprimirlo, abonar los derechos de examen (salvo exentos), y presentarlo en un registro oficial (o en oficinas de correo en sobre abierto), conforme a lo dispuesto en la presente convocatoria, en el plazo indicado a continuación.
3.2. Plazo, lugar y forma de presentación de solicitudes.
3.2.1. El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León y se dirigirán Complejo Asistencial Universitario de León (Altos de Navas, s/n, 24071 León).
3.2.2. Las solicitudes podrán presentarse en los Servicios Centrales de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, en las Gerencias de Salud de Área, Gerencias de Asistencia Sanitaria, Gerencias de Emergencias Sanitarias, así como en los centros oficiales a los que se refiere y en la forma prevista en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las solicitudes que se presenten a través de las Oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de su envío.
Las solicitudes suscritas en el extranjero se cursarán a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes.
3.2.3. Las solicitudes deberán presentarse en el modelo oficial, en duplicado ejemplar. Uno quedará en poder de la Administración y el otro ejemplar quedará en poder del interesado, una vez sellado y registrado por la oficina pública donde se presente la solicitud.
3.2.4. Con independencia de que hagan uso o no de la reserva para personas con discapacidad, aquellos aspirantes que precisen adaptaciones deberán indicarlo en el apartado correspondiente de la solicitud, pudiendo solicitar las necesidades específicas de adaptación y ajuste de tiempo y medios que consideren oportunas para participar en las pruebas selectivas en condiciones de igualdad. Para ello harán constar en la solicitud las posibles adaptaciones que precisen para participar en las pruebas selectivas.
Igualmente podrán comunicar al órgano gestor aquellas adaptaciones que resulten sobrevenidas con posterioridad a la presentación de la solicitud de participación.
3.2.5. El Tribunal Calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos que resulte necesario, de forma que los aspirantes que hubieran solicitado adaptaciones de tiempo y/o medios en la forma prevista en el apartado anterior, gocen de similares condiciones para la realización del ejercicio que el resto de los participantes. En ningún caso, las adaptaciones solicitadas podrán desvirtuar el carácter de las pruebas selectivas.
El Órgano Gestor del presente proceso selectivo solicitará informe técnico a la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, o a cualquier otro órgano competente de las Administraciones Públicas, sobre la necesidad o no de la adaptación solicitada por los aspirantes, en función de las características específicas de las pruebas de oposición y el tiempo establecido para su desarrollo.
3.2.6. Los aspirantes extranjeros deberán presentar, junto con la solicitud, documento que acredite que es nacional de la Unión Europea o de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. Los familiares de los anteriores que tengan derecho a participar en el proceso selectivo conforme a la normativa aplicable, deberán presentar un documento que acredite el vínculo de parentesco y, en su caso, del hecho de vivir a sus expensas.
3.3. Tasa por participación en las pruebas selectivas.
3.3.1. Los derechos de examen para participar en el proceso selectivo serán de 10,35 euros.
No obstante lo anterior, a los aspirantes cuya base imponible total, menos el mínimo personal y familiar, en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de la unidad familiar del interesado no supere 18.900 euros en tributación individual o 31.500 euros en tributación conjunta, le será de aplicación una bonificación del 50% en la tasa por participación en las pruebas selectivas, debiendo ingresar, en consecuencia con ello, 5,18 euros.
El requisito de renta se referirá al último ejercicio cuyo período de autoliquidación se encuentre finalizado a la fecha de publicación de esta convocatoria.
3.3.2. El pago de la tasa por derechos de examen se efectuará necesariamente a través del MODELO 046, al que se podrá acceder a través del siguiente enlace:
https://tributos.jcyl.es/web/jcyl/Tributos/es/Plantilla100/1284270174781/_/_/_, que se encuentra en el Portal Tributario de la Junta de Castilla y León. Tributos de Castilla y León.
No deberán realizar este trámite quienes estuvieran exentos de pago, según lo dispuesto en el punto 3.3.4).
Las modalidades de acceso al modelo 046, que permiten el pago de la tasa por derechos de examen, son las siguientes, siendo el código de identificación de la tasa el 309.1.1:
- Modelo 046 ON LINE. Acceso SIN CERTIFICADO. Esta modalidad permite:
- Realizar el pago del modelo 046 CON TARJETA DE DÉBITO O CRÉDITO de cualquier entidad financiera con TPV virtual.
- O IMPRIMIR EL MODELO cumplimentado para efectuar el PAGO PRESENCIAL mediante ingreso a través de alguna de las entidades colaboradoras.
Las Entidades financieras colaboradoras que permiten el pago del modelo 046 en ventanilla son las que se indican a continuación. Se deberá marcar en el modelo 046 (parte inferior izquierda) la opción «Ingreso a través de entidades colaboradoras»:
- CaixaBank, S.A. (CaixaBank).
- Unicaja Banco, S.A. (Unicaja).
- Abanca Corporación Bancaria, S.A.
- Cajas Rurales Unidas, Sociedad Cooperativa de Crédito (Cajamar).
- Caja Rural de Burgos, Fuentepelayo, Segovia y Castelldans, Soc. Coop. Cto. (Cajaviva).
- Caja Rural de Salamanca, Soc. Coop. Cto. (Caja Rural de Salamanca).
- Caja Rural de Soria, Soc. Coop. Cto.
- Caja Rural de Zamora.
- Bankinter, S.A.
- Ibercaja Banco, S.A. (Ibercaja).
- Banco Sabadell, S.A.
- Bankia, S.A. (Bankia).
- Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. (BBVA).
- Targobank, S.A. (Targobank).
El acceso al 046, a través de esta modalidad sin certificado, puede realizarse mediante Internet Explorer (en sus versiones 8 a 11), Google Chrome, Opera, Mozilla Firefox o Microsoft Edge.
En el enlace indicado con anterioridad figuran documentos pdf, en los que se recogen los requisitos técnicos y las instrucciones de cumplimentación de 046 a través de la modalidad de «acceso sin certificado».
A la hora cumplimentar el modelo 046 hay que tener en cuenta las siguientes observaciones:
Centro Gestor: En el desplegable marcar CONSEJERÍA DE SANIDAD (se encuentra al final).
Órgano Gestor: Indicar DIRECCIÓN GENERAL DE PROFESIONALES.
Provincia en la que radica el órgano gestor. En el desplegable marcar VALLADOLID.
Código Territorial: No rellenar. Sale por defecto.
Código de la Tasa/Precio público. Marcar «Tasa». Pulsar, en «Seleccionar Tasa/precio Público». Al final aparece 309.1.1. Tasa por la participación en pruebas selectivas de personal de la Administración de la Comunidad. Personal estatutario, que se deberá desplegar y elegir la categoría que corresponda. (En este caso «Técnicos o personal con título equivalente»).
Descripción del servicio solicitado: Indicar el nombre del proceso selectivo y la orden de convocatoria.
Los interesados presentarán los tres ejemplares del modelo 046, impresos y cumplimentados, en las oficinas de Banco o Cooperativas de crédito que actúan como entidades colaboradoras de la recaudación tributaria.
En el «Ejemplar para la Administración» y «Ejemplar para el interesado» del modelo 046 deberá constar que se ha realizado dicho ingreso mediante validación de la entidad colaboradora a través de certificación mecánica o, en su defecto, de sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.
El «Ejemplar para la Administración», debidamente validado, se acompañará al modelo de solicitud que se presente en la Administración.
- Pago TELEMÁTICO del modelo 046. Acceso CON CERTIFICADO/DNI ELECTRÓNICO.
- Se puede acceder al modelo 046, mediante Internet Explorer, para pagos telemáticos con firma electrónica. A estos efectos en el enlace indicado anteriormente figuran:
- Acceso al Modelo 046 para efectuar el pago telemático.
- Documento PDF referido a Requisitos técnicos.
- Documento PDF referido a instrucciones de cumplimentación del 046. Acceso con certificado.
En este apartado, figuran diversas advertencias y recomendaciones sobre posibles problemas en los navegadores Chrome y Firefox al acceder y al visualizar los modelos de autoliquidación.
3.3.3. Son causas de exclusión del aspirante:
- La no presentación de la solicitud en tiempo y forma.
- La falta de pago en plazo de la tasa por derechos de examen o la falta de justificación de encontrarse exento de este pago.
- La no acreditación del grado de discapacidad por parte de aquellos aspirantes a los que se haya reconocido dicha discapacidad fuera de la Comunidad Autónoma de Castilla y León. (Aspirantes del turno de discapacidad).
- La no aportación del carnet de familia numerosa o documento equivalente, en el caso de aspirantes que sean residentes en otra comunidad autónoma.
- La no aportación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de la unidad familiar o certificado negativo. (para el caso de aspirantes exentos tasa por ser Familia numerosa).
- SUPERAR las cuantías establecidas (18.900 euros en tributación individual o 31.500 euros en tributación conjunta en el IRPF.) para estar exentas del pago de la tasa por derechos de examen (para el caso de aspirantes que acrediten ser Familia numerosa) o para tener derecho a la bonificación del 50% (turno promoción interna) y NO ABONAR LA TASA por participación en el proceso selectivo. No obstante lo anterior, podrá subsanarse el pago incompleto de la tasa.
3.3.4. Estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen:
- a) Las personas con un grado de DISCAPACIDAD igual o superior al 33 por ciento, debiendo acompañar a la solicitud, acreditación de la misma. (No obstante lo anterior, aquellos aspirantes a los que se haya reconocido dicha discapacidad por la Comunidad Autónoma de Castilla y León no deberán aportar tal acreditación).
- b) Las personas que tengan la condición de víctimas del terrorismo, en los términos previstos en los apartados 1 y 2 del artículo 2 de la Ley 4/2017, de 26 de septiembre, de Reconocimiento y Atención a las Víctimas del Terrorismo en Castilla y León.
- c) Los miembros de las FAMILIAS NUMEROSAS que tengan reconocida tal condición, estarán exentas del pago de la tasa siempre que:
- La base imponible total, menos el mínimo personal y familiar, en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de la unidad familiar del interesado no supere 18.900 euros en tributación individual o 31.500 en tributación conjunta.
- El requisito de la renta se acreditará mediante la presentación de la declaración del IRPF, referida al último ejercicio cuyo período de autoliquidación se encuentre finalizado a la fecha de publicación de esta convocatoria, salvo en el caso de no tener obligación para ello, que deberá aportarse certificado «Negativo» de la Agencia Tributaria.
- La condición de familia numerosa se acreditará mediante el carnet de familia numerosa o documento equivalente en el caso de aspirantes que sean residentes en otra comunidad autónoma distinta de Castilla y León.
La aplicación de cualquiera de estas exenciones tiene la naturaleza de declaración tributaria a efectos de la potestad administrativa para comprobar la veracidad de los datos proporcionados por el interesado y de la eventual comisión de la infracción prevista en el artículo 194 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (solicitar indebidamente devoluciones, beneficios o incentivos fiscales).
3.3.5. En ningún caso, el pago en la entidad bancaria de la tasa de derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
No procederá devolución alguna de la tasa en los supuestos de exclusión definitiva de las pruebas selectivas por causa imputable al interesado.
3.4. Los aspirantes quedan vinculados a los datos consignados en la solicitud, pudiendo únicamente promover su modificación mediante escrito motivado presentado en el plazo de presentación de solicitudes, sin perjuicio de lo previsto en el apartado siguiente.
El domicilio que figura en la solicitud se considerará el único válido a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva del aspirante tanto de los errores en su consignación como de la falta de comunicación de cualquier cambio de domicilio.
Cuarta.– Admisión de aspirantes. Auxiliar Administrativo SACYL promoción interna 2021
4.1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el Complejo Asistencial Universitario de León dictará Resolución, aprobando las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de los lugares en que se encuentran expuestas al público las listas completas, con expresión en su caso, de las causas de exclusión.
Dicha Resolución se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León, a excepción de los listados, que con expresión del nombre, apellidos, DNI, e indicando, en su caso, la causa de exclusión, serán expuestos en las Gerencias de Salud de Área, Gerencias de Atención Primaria, Atención Especializada, Gerencias de Asistencia Sanitaria y Gerencia de Emergencias Sanitarias y en el Portal de Salud (http://www.saludcastillayleon.es) y se remitirá al teléfono de información 012.
4.2. Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución citada en el punto anterior, para presentar reclamaciones o subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o en su caso, su no inclusión expresa.
4.3. Las reclamaciones, contra la resolución por la que se aprueban las listas provisionales de admitidos y excluidos, se resolverán mediante Resolución del Complejo Asistencial Universitario de León, en el momento en que se aprueben las listas definitivas de admitidos y excluidos, e indicará lugar, día y hora para la realización del ejercicio de la fase de oposición.
Dicha Resolución deberá ser publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León con una antelación mínima de 10 días hábiles a la celebración del ejercicio. Los listados no serán objeto de publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, siendo expuestos en los lugares indicados en el punto 4.1.
4.4. Contra dicha Resolución, por la que se aprueba la relación definitiva de admitidos y excluidos, podrá interponerse recurso de alzada ante el Gerente de Salud de Área de León, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Si en la fecha de la celebración de las pruebas no se hubiera resuelto el recurso formulado, los aspirantes afectados podrán realizar el examen de forma condicionada, si bien éste carecerá de validez en el supuesto de ser desestimado el mencionado recurso.
El hecho de figurar en la relación de admitidos, no prejuzga que se reconozca a los interesados la posesión de los requisitos exigidos en el procedimiento que se convoque al amparo de estas bases.
Quinta.– Tribunales. Auxiliar Administrativo SACYL promoción interna 2021
5.1. El Tribunal calificador, titular y suplente, figura en el Anexo III de esta convocatoria.
5.2. Los miembros del Tribunal Calificador deberán abstenerse de intervenir en el proceso selectivo, notificándolo a la autoridad convocante, cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. Asimismo los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el referido artículo.
El Tribunal actuará con plena autonomía en el ejercicio de su discrecionalidad técnica y sus miembros son personalmente responsables de la transparencia y objetividad del procedimiento, de la confidencialidad de las pruebas del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria.
5.3. Previa convocatoria por el Presidente de los miembros titulares y suplentes, se constituirá el Tribunal Calificador, en el plazo máximo de un mes, a partir de la publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León de la presente orden.
5.4. Para la válida constitución del Tribunal Calificador, a efectos de celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la presencia del Presidente y el Secretario, o en su caso, de quienes lo sustituyan y al menos la mitad de sus miembros, titulares o suplentes, de modo indistinto.
Con carácter general, no podrán actuar indistinta y concurrentemente titulares y suplentes, exceptuándose de esta regla las sesiones de constitución del Tribunal, así como aquellas otras en las que, por la complejidad técnica de los asuntos a tratar o por el exceso de trabajo, se considere necesario, previa autorización de la Dirección General de Profesionales de la Gerencia Regional de Salud.
En aquellas sesiones en las que se dé la concurrencia de titulares y suplentes, sólo podrán ejercer su derecho a voto los miembros titulares del Tribunal y los suplentes que actúen en sustitución del titular.
5.5. Dentro del proceso selectivo, el Tribunal Calificador resolverá las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas bases, así como la forma de actuación en los casos no previstos. Su actuación se ajustará a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en lo referente al funcionamiento de órganos colegiados.
5.6. El Tribunal solicitará al Órgano convocante el número máximo de asistencias que puedan devengarse, teniendo en cuenta las sesiones previsibles según el número de aspirantes, el tiempo necesario para la elaboración de cuestiones, corrección del ejercicio y otros factores de tipo objetivo.
El Tribunal podrá solicitar a la Dirección General de Profesionales de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, el nombramiento e incorporación de aquel personal colaborador que se estime necesario para el desarrollo de las pruebas o de asesores especialistas cuando las circunstancias o el carácter de alguna de las pruebas así lo aconseje.
5.7. Corresponde al Tribunal la determinación concreta del contenido de las pruebas y su calificación, adoptando, en su caso, las medidas oportunas para garantizar el correcto desarrollo del proceso selectivo.
5.8. A efectos de reclamaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Complejo Asistencial Universitario de León (Altos de Navas, s/n, 24071 León).
5.9. Los miembros del Tribunal y, en su caso personal colaborador y los asesores especialistas, tendrán derecho a la percepción de las indemnizaciones que correspondan por asistencia al mismo, de acuerdo con la normativa vigente sobre indemnizaciones por razón de servicio. En el presente caso, la clasificación del órgano de selección, a efectos de percepción de asistencias, será de la categoría segunda.
5.10. La tramitación y la aprobación de los expedientes de gastos derivados de la gestión material del proceso selectivo objeto de la presente convocatoria corresponderá al Complejo Asistencial Universitario de León.
Sexta.– Desarrollo del proceso selectivo. Auxiliar Administrativo SACYL promoción interna 2021
6.1. La fecha, hora y lugar para la realización del ejercicio de la fase de oposición, que será la misma para todos los turnos, se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León con ocasión de la publicación de la Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos al proceso selectivo.
6.2. Finalizado el ejercicio de la fase de oposición, el Tribunal hará pública la Resolución con la relación de los aspirantes aprobados, separando la de cada turno de acceso, con indicación de la puntuación obtenida. Esta Resolución se hará pública en las Gerencias de Salud de Área, Gerencias de Atención Primaria, Atención Especializada, Gerencias de Asistencia Sanitaria y Gerencia de Emergencias Sanitarias, en la sede del Tribunal, en el Portal de Salud (http://www.saludcastillayleon.es) y se remitirá al servicio telefónico 012.
6.3. El Tribunal adoptará las medidas necesarias para garantizar que el ejercicio de que consta la fase de oposición sea corregido sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
6.4. El Tribunal establecerá para las personas que previamente lo hayan solicitado, las adaptaciones posibles de tiempo y medios para la realización del ejercicio de forma que dispongan de igualdad de oportunidades con los demás participantes.
6.5. El Tribunal podrá requerir a los aspirantes para que acrediten su identidad en cualquier momento.
6.6. Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, quedando decaídos en su derecho quienes no comparezcan a realizarlo, sin perjuicio de la necesidad de aplazamiento de dicho llamamiento en los supuestos establecidos en el apartado séptimo.3 del Acuerdo 64/2018, de 20 de diciembre, por el que se amplía la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para el año 2018, en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y en aquellos casos en que así sea necesario un aplazamiento del llamamiento como consecuencia de la obligación de respetar cualquier derecho fundamental declarado constitucionalmente.
Si alguno/a de los aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados o por alguna de las otras causas establecidas en el párrafo anterior, aquel quedará aplazado, reanudándose a la terminación de la causa, siempre y cuando tal aplazamiento no menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables; este extremo deberá ver valorado por el tribunal. En todo caso, la realización de las pruebas selectivas pendientes deberá tener lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
Asimismo los aspirantes que no puedan realizar las pruebas selectivas debido a estar enfermos el día de la celebración de la prueba por el COVID-19, por ser contactos estrechos de un caso confirmado o por otras situaciones reconocidas por la autoridad sanitaria relacionadas directamente con el COVID-19 que le impidan el acceso a la realización de la prueba podrán solicitar el aplazamiento de la realización del ejercicio de la fase de oposición. Dichas situaciones serán comunicadas con anterioridad a la fecha de la prueba al Tribunal Calificador o en un plazo no superior a 48 horas tras la celebración de la misma.
Si se produjeran las circunstancias del párrafo anterior, que deberán acreditarse mediante certificación de la autoridad sanitaria, y los aspirantes afectados lo reclamasen, el Tribunal deberá fijar otra fecha para la realización de las pruebas selectivas a las que no pudieron concurrir los aspirantes reclamantes.
6.7. Si en el transcurso del proceso selectivo llegara a conocimiento del Tribunal Calificador o al órgano convocante, que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos en la convocatoria, se comunicará de inmediato a la Dirección General de Profesionales de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, para la adopción de la resolución que proceda por el órgano que dictó la resolución definitiva de admitidos y excluidos, previa audiencia del interesado.
Séptima.– Fase del concurso. Auxiliar Administrativo SACYL promoción interna 2021
7.1. En el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al que se haga pública la relación de aspirantes aprobados de la fase de oposición, los aspirantes que la hayan superado, deberán presentar la documentación acreditativa de los méritos alegados a que se hace referencia en esta base.
7.2. El Tribunal, que solamente podrá valorar la documentación debidamente acreditada y aportada en tiempo y forma, podrá requerir cualquier aclaración sobre la misma. Si el requerimiento no es atendido, no podrá valorarse el mérito correspondiente.
7.3. La certificación de los méritos irá referida al último día del plazo de presentación de solicitudes, acreditados mediante aportación del documento original.
En el caso de que por parte del interesado se solicite la emisión de certificado acreditativo de méritos y no se recibiera el mismo dentro del plazo concedido para su presentación, se deberá adjuntar copia de la solicitud efectuada en dicho plazo con el resto de la documentación que se presente, sin perjuicio de que, posteriormente, una vez recibido dicho certificado, se remita al Tribunal Calificador, para su unión al resto del expediente administrativo.
En la solicitud de emisión del certificado, cuya copia ha de adjuntarse, ha de figurar legible la fecha del registro de entrada en el que se haya presentado.
7.4. En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá ser aplicada para superar el ejercicio de la fase de oposición.
7.5. La valoración de los méritos correspondientes a esta fase de concurso se realizará conforme se establece en el Anexo II de la presente convocatoria y la puntuación máxima que puede obtenerse por todos los méritos de la fase de concurso será de 100 puntos.
7.6. El Tribunal publicará en los mismos lugares que se indican en la Base 6.2. la Resolución que contenga la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, separando la de cada turno de acceso, con indicación de la puntuación obtenida en cada uno de los méritos a considerar y la total.
Los aspirantes dispondrán de un plazo de quince días hábiles, a partir del siguiente al de su publicación, para efectuar las alegaciones pertinentes. En este trámite no serán admitidos nuevos méritos que no se hayan presentado con anterioridad en el plazo concedido en la base 7.1 de esta convocatoria.
Finalizando dicho plazo y una vez resueltas las reclamaciones por el Tribunal, éste publicará la Resolución aprobando la valoración definitiva de los méritos de la fase de concurso en los lugares indicados en la base 6.2.
Las alegaciones planteadas contra la resolución por la que se aprueba la relación provisional serán admitidas o rechazadas mediante la publicación de la relación definitiva de méritos, que servirá de notificación a los interesados que hayan presentado las mismas, no siendo, por lo tanto, objeto de contestación individual.
Octava.– Relaciones de aprobados, oferta de destinos y presentación de documentos. Auxiliar Administrativo SACYL promoción interna 2021
8.1. Finalizado el proceso, el Tribunal Calificador elevará al Órgano convocante propuesta con la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo, por orden de puntuación, reflejando la puntuación obtenida en la fase de oposición, la obtenida en la fase de concurso y la suma total de ambas. En caso de empate, el orden de los aspirantes se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
- 1.º– Mayor puntuación obtenida en la fase de oposición.
- 2.º– Mayor puntuación obtenida en la fase de concurso.
- 3.º– Mayor puntuación obtenida, por su orden, en los distintos apartados del baremo de la fase de concurso: En primer lugar, en el apartado de «experiencia profesional» y en segundo lugar, en el de «Formación Continuada».
- 4.º– De persistir aún el empate, según el orden alfabético aplicable a su primer apellido comenzando por la letra resultante del sorteo público realizado por la Dirección General de la Función Pública de la Consejería de la Presidencia, vigente en el momento de la publicación de la presente convocatoria. (Orden PRE/649/2020, de 14 de julio).
Los aspirantes que, habiendo participado a través del turno de discapacidad, no obtuvieran plazas por dicho turno de participación, y hubieran obtenido una puntuación igual o superior a la de alguno de los restantes aspirantes que hubieran participado en este proceso, serán incluidos por su orden de puntuación en la relación de aprobados.
En ningún caso, el Tribunal Calificador podrá declarar que ha superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes al de plazas convocadas, declarándose nula de pleno derecho cualquier resolución que contravenga esta norma.
Con independencia de lo indicado anteriormente, al finalizar el proceso selectivo, se elaborará una relación única, en la que se incluyan todos los aspirantes que hayan superado dicho proceso, ordenados por la puntuación obtenida, con independencia del turno por el que hayan participado. En caso de empate, aquel que haya participado por el turno de discapacidad, ocupará el primer lugar entre ellos.
8.2. La relación de aprobados, junto con la oferta de las vacantes correspondientes, será publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León por Orden de la persona titular de la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León, debiendo los aspirantes que figuren en la misma deberán dirigir al Servicio de Selección de la Dirección General de Profesionales de la Gerencia Regional de Salud, en el plazo de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de su publicación, los siguientes documentos:
- a) Titulación académica exigida para la admisión al proceso selectivo según lo dispuesto en la base 2.1.
- Aquellos aspirantes que aleguen titulaciones homologadas o equivalentes a las exigidas, habrán de citar la disposición legal en que se reconozca la homologación o equivalencia o, en su caso, aportar certificación expedida en tal sentido por el órgano correspondiente del Ministerio competente en materia de Educación o cualquier otro órgano de la Administración competente para ello. En el caso de ciudadanos de otros Estados, deberán aportar credencial que acredite la homologación de su título en el Estado español.
- b) Declaración de no haber sido separado del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
- c) Declaración de no ostentar, en la fecha establecida en la base 2.1.e), la condición de personal estatutario fijo en la misma categoría que la convocada.
- d) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para el ejercicio de sus funciones. Dicho certificado deberá ser expedido dentro del plazo establecido para su presentación.
- Los aspirantes que tuvieran la condición de persona con discapacidad, al objeto de acreditar su capacidad para el desempeño de las tareas que corresponden a las plazas objeto de la convocatoria, deberán aportar asimismo certificación específica actualizada, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, emitida por parte de los órganos competentes en materia de servicios sociales (centro base que hubiera expedido el certificado acreditativo de la discapacidad).
Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos señalados anteriormente podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier prueba admisible en derecho.
Salvo causas de fuerza mayor, quienes no presentaran esta documentación en plazo o si de su análisis se dedujera que no reúnen alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados personal estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León, quedando anuladas todas sus actuaciones y sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en la solicitud de participación.
La concreción de las plazas se llevará a cabo en el momento de su oferta a los aspirantes que hubieran superado el proceso selectivo, mediante la publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León de la relación definitiva de aspirantes que han superado el proceso selectivo y la oferta de las vacantes correspondientes.
8.3. La adjudicación de vacantes se efectuará, de acuerdo con las peticiones de los interesados, entre las plazas ofertadas según el orden obtenido en el proceso selectivo.
No podrán ser objeto de nombramiento como personal estatutario fijo, aquellos aspirantes que, no habiendo solicitado un número de plazas suficiente en función del orden que ocupen en el listado de aprobados, no resultaran adjudicatarios de plaza alguna.
Novena.– Nombramiento y toma de posesión de Personal Estatutario. Auxiliar Administrativo SACYL promoción interna 2021
9.1. Transcurrido el plazo de presentación de documentos y una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos exigidos, los aspirantes que hubieran superado el proceso selectivo serán nombrados, mediante Resolución de la persona titular de la Dirección General de Profesionales de la Gerencia Regional de Salud, personal estatutario fijo en la categoría objeto de convocatoria, con expresión del destino concreto adjudicado, y se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León.
9.2. Los aspirantes nombrados dispondrán del plazo de un mes para incorporarse a la plaza adjudicada y efectuar la toma de posesión. El cómputo de dicho plazo se iniciará el día siguiente al de la publicación a que se refiere el apartado anterior, decayendo en su derecho quienes no se incorporen a su destino en dicho plazo, salvo imposibilidad acreditada y así apreciada por el órgano convocante.
La falta de incorporación en el plazo referido, salvo en el caso de imposibilidad acreditada y así apreciada por el órgano competente para su nombramiento, producirá el decaimiento de su derecho a obtener la condición de personal estatutario fijo como consecuencia del proceso selectivo, quedando sin efecto su nombramiento.
En los casos de imposibilidad acreditada de toma de posesión en el plazo concedido, una vez así estimada por el órgano competente para su nombramiento, y a la vista de las circunstancias concurrentes en cada caso, se acordará por parte de dicho órgano la prórroga de dicho plazo de toma de posesión.
9.3. Con el fin de asegurar la cobertura de todas las plazas convocadas, cuando se produzca alguno de los supuestos regulados en el artículo 16.4 del Decreto 8/2011, de 24 de febrero (B.O.C. y L. n.º 42, de 2 de marzo), el órgano competente para el nombramiento de los aspirantes, podrá requerir al órgano de selección relación complementaria de aquellos aspirantes que sigan por puntuación a los propuestos, para su posible nombramiento como personal estatutario fijo.
Décima.– Norma final. Auxiliar Administrativo SACYL promoción interna 2021
La presente convocatoria vincula a la Administración convocante, al Tribunal encargado de juzgar el concurso-oposición y a quienes participen en el mismo.
Contra la presente orden, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de conformidad con lo establecido en el articulo 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación.
Con carácter previo y potestativo, podrá interponerse recurso de reposición previo ante la Consejería de Sanidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, según disponen los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Valladolid, 14 de abril de 2021.
La Consejera de Sanidad,
Fdo.: Verónica Casado Vicente
ANEXO I Auxiliar Administrativo SACYL promoción interna 2021
PROGRAMA Auxiliar Administrativo SACYL promoción interna 2021
Tema 1 La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales: Objeto, ámbito de aplicación y definiciones. Derechos y obligaciones. Servicios de prevención. Consulta y participación de los trabajadores.
Tema 2 Organización preventiva de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León. Planes de Prevención de Riesgos Laborales de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León. Procedimiento de valoración del puesto de trabajo por causa de salud. Procedimiento de protección de las trabajadoras durante el embarazo y la lactancia. El Plan Integral frente a las agresiones al personal de la Gerencia Regional de Salud.
Tema 3 Derechos y deberes de los pacientes en relación con la salud. Autonomía de decisión. Intimidad y confidencialidad, protección de datos, secreto profesional. Derecho a la información. Derechos relativos a la documentación sanitaria (Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la Autonomía del Paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. Ley 8/2003, de 8 de abril, sobre derechos y deberes de las personas en relación con la salud. Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Decreto 101/2005, de 22 de diciembre por el que se regula la Historia Clínica en Castilla y León).
Tema 4 El Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Los interesados. Términos y plazos. Los actos administrativos: Requisitos y eficacia. Nulidad y anulabilidad. El Procedimiento Administrativo Común: Iniciación, ordenación, instrucción y finalización. Recursos Administrativos.
Tema 5 El Régimen Jurídico del Sector Público: Ámbito de aplicación. Los órganos administrativos. Funcionamiento electrónico del sector público. Relaciones electrónicas entre las Administraciones.
Tema 6 Creación de documentos. Uso no sexista del lenguaje administrativo. Documentos originales, copias y archivos. El archivo de los documentos administrativos. El derecho de acceso a los documentos administrativos.
Tema 7 La información administrativa. Las sugerencias y reclamaciones. La presentación de escrito y comunicaciones y los registros de documentos. Conceptos de presentación, recepción, entrada y salida de documentos.
Tema 8 El Sistema Español de Seguridad Social. Régimen General de la Seguridad Social. Afiliación: Altas y Bajas, forma de practicarse y plazos. Cotización: bases y tipos. Acción Protectora: Contingencias protegibles y régimen general de prestaciones.
Tema 9 El Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Castilla y León: Concepto y estructura. Fases del ciclo presupuestario. La ejecución del presupuesto de la Comunidad Autónoma de Castilla y León: El procedimiento general, fases, órganos competentes y documentos contables. Ideas básicas y generales de contabilidad financiera y presupuestaria.
Tema 10 La Contratación administrativa en el Sector Público: Delimitación de los tipos contractuales.
Tema 11 Los Sistemas de Registro Sanitario Asistencial. Técnicas de gestión y control de archivo y documentación clínica. La conservación de la documentación: Archivos de historias clínicas. Criterios de clasificación de documentos. La documentación clínica en la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica y reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.
Tema 12 Informática Básica: conceptos fundamentales sobre el hardware y el software. Sistemas de almacenamiento de datos. Sistemas operativos. Nociones básicas sobre seguridad informática.
Tema 13 Windows 10: fundamentos. Trabajo en el entorno gráfico de Windows 10: ventanas, iconos, el menú de inicio. El escritorio de Windows. El menú Inicio. Configuración de Windows 10.
Tema 14 El explorador de Windows. Gestión de carpetas y archivos. Operaciones de búsqueda. Compartición de archivos y unidades de red. Accesorios. Herramientas del Sistema.
Tema 15 Procesadores de textos. Microsoft Word 2013: el entorno de trabajo. Creación y estructuración del documento. Herramientas de escritura. Impresión del documento. Gestión del archivo.
Tema 16 Composición del documento. Integración de distintos elementos. Esquemas. Inserción de elementos gráficos en el documento.
Tema 17 Personalización del entorno de trabajo. Opciones de configuración. Los menús de Word 2013 y sus funciones.
Tema 18 Hojas de cálculo. Microsoft Excel 2013: el entorno de trabajo. Libros, hojas y celdas. Introducción y edición de datos. Formatos. Configuración e impresión de la hoja de cálculo. Fórmulas y funciones. Vínculos. Gráficos. Gestión de datos en Excel. Tablas dinámicas Personalización del entorno de trabajo en Excel 2013. Opciones de configuración. Los menús y sus funciones.
Tema 19 Bases de datos. Microsoft Access versión: fundamentos. Entorno de trabajo de Access 2013. Tablas. Consultas. Formularios. Informes. Relaciones. Importar, vincular y exportar datos. Personalización de Access 2013: Opciones de configuración.
Tema 20 Internet: conceptos elementales sobre protocolos y servicios en Internet. Internet Explorer, Chrome y Firefox: navegación, favoritos, historial, búsqueda. Menús principales de los distintos navegadores.
Tema 21 Correo electrónico: conceptos elementales y funcionamiento. Microsoft Outlook 2013: el entorno de trabajo. Enviar, recibir, responder y reenviar mensajes. Creación de mensajes. Reglas de mensaje. Libreta de direcciones. Archivado de mensajes.
ANEXO II Auxiliar Administrativo SACYL promoción interna 2021
BAREMO DE MÉRITOS Auxiliar Administrativo SACYL promoción interna 2021
I.– EXPERIENCIA PROFESIONAL. (Máximo 60 puntos). Auxiliar Administrativo SACYL promoción interna 2021
1. Por cada mes completo de servicios prestados en la categoría objeto de convocatoria, en centros sanitarios públicos de cualquier Servicio de Salud del Sistema Nacional de Salud o Sistema Sanitario Público de un país de la Unión Europea: 0,20 puntos.
2. Por cada mes completo de servicios desempeñando puestos directivos en centros sanitarios públicos de cualquier Servicio de Salud del Sistema Nacional de Salud: 0,17 puntos.
3. Por cada mes completo de servicios prestados en la categoría objeto de convocatoria, en centros públicos pertenecientes a otras Administraciones Públicas distintos de los contemplados en el apartado primero: 0,10 puntos.
4. Por cada mes completo de servicios prestados en la categoría objeto de convocatoria en centros pertenecientes a Fundaciones Públicas: 0,10 puntos.
5. Por cada mes completo de servicios prestados en la categoría objeto de convocatoria en centros sanitarios privados concertados con los Servicios de Salud del Sistema Nacional de Salud o en entidades colaboradoras de la Seguridad Social (mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales): 0,07 puntos.
6. Por cada mes completo de servicios prestados en la categoría objeto de convocatoria en centros sociosanitarios privados concertados: 0,05 puntos.
7. Por cada mes completo de servicios prestados en la categoría objeto de convocatoria en centros sanitarios o sociosanitarios privados: 0,03 puntos.
Criterios a tener en cuenta a la hora de valorar este apartado de experiencia profesional:
- Los servicios prestados en situación de Promoción Interna Temporal se valorarán como servicios efectivamente prestados en la categoría donde se hayan desarrollado.
- El tiempo de permanencia en la situación de excedencia por cuidado de familiares y de excedencia por razón de violencia de género será tenido en cuenta a los efectos de su consideración como experiencia profesional en el apartado que corresponda.
- Los servicios prestados se valorarán con independencia del vínculo estatutario, laboral o funcionarial que los ampare y del carácter fijo o temporal de los mismos.
- En caso de coincidencia en el mismo período de tiempo de distintos servicios prestados, valorables por distintos apartados del baremo, sólo se computará el más favorable.
- Los servicios prestados por personal, con nombramiento a tiempo parcial, se valorarán en proporción al tiempo trabajado.
- Los certificados de servicios prestados, en los que figuren nombramientos temporales a tiempo parcial deberán contener, además de la categoría, el porcentaje de jornada efectivamente realizada.
- Los períodos de reducción de jornada, por las causas contempladas en los artículos 48 y 49 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, serán valorados como servicios prestados a tiempo completo.
- La acreditación de los servicios prestados incluidos en los diferentes apartados del mérito de la Experiencia Profesional, se llevará a cabo con la presentación del certificado expedido por el órgano competente de la Administración Pública o de la entidad correspondiente, junto con la aportación de la vida laboral del trabajador.
La puntuación máxima obtenible por la totalidad del apartado de experiencia profesional será de 60 puntos.
II.– FORMACIÓN CONTINUADA. (Máximo 40 puntos). Auxiliar Administrativo SACYL promoción interna 2021
Se valorará la realización de actividades formativas directamente relacionadas con el contenido de la categoría a proveer, siempre que cumplan alguna de estas características:
- a) Que hayan sido organizadas, impartidas, acreditadas o reconocidas oficialmente (Incluidas las reconocidas de Interés Docente Sanitario) por cualquier entidad integrante del Sector Público o por Universidades y así conste en el correspondiente certificado.
- Tienen la consideración de entidades integrantes del Sector Público, las incluidas en el artículo 2.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- b) Que hayan sido organizadas o impartidas por las Organizaciones Sindicales al amparo de norma reguladora de rango suficiente que avale estos procesos formativos y que deberá constar en los mismos. Se entenderán avalados por norma reguladora de rango suficiente, respecto de los cursos organizados por las Centrales Sindicales, los que se hayan impartido al amparo de los acuerdos de formación continua, siempre que dichas circunstancias consten en el propio título o diploma, o bien se certifiquen debidamente.
Criterios a tener en cuenta para la valoración de la Formación Continuada:
- Se valorarán a razón de 0,20 puntos por crédito ordinario asignado (incluida su fracción) o, supletoriamente, por cada módulo o tramo de 10 horas de formación.
- Los restos de cada curso inferior a 10 horas o los cursos de formación de duración inferior a 10 horas se valorarán de forma proporcional.
- Se valorarán a razón de 0,50 puntos por crédito asignado (incluida fracción) los cursos en cuyo título aparezcan créditos europeos (ECTS).
- En el supuesto de que la certificación venga expresada simultáneamente en créditos y en horas, la valoración se realizará siempre por los créditos certificados.
- En el caso de que en el correspondiente certificado o diploma no se especifiquen horas ni créditos, dicha actividad no será objeto de valoración.
- Los títulos propios de la Universidades serán objeto de valoración en este apartado de formación continuada.
- Solamente se valorará la formación que haya sido finalizada en los últimos 10 años, contados desde el último día del plazo de presentación de las instancias de participación en el proceso selectivo hasta la fecha de finalización de la actividad formativa.
- En la fase de concurso del presente proceso selectivo solamente se valorarán aquellos cursos directamente relacionados con la categoría objeto de convocatoria.
La puntuación máxima que puede obtenerse por todo el apartado II de Formación Continuada será de 40 puntos.
BAREMO ADICIONAL
Los aspirantes del proceso selectivo podrán obtener una puntuación adicional de hasta un máximo de 18 puntos, por la valoración de los méritos conforme se especifica a continuación:
- Por cada mes completo de servicios prestados en plazas de personal estatutario, funcionario y laboral en cualquier categoría distinta a la objeto de convocatoria: 0,15 puntos por cada mes completo.
* A los efectos de la valoración de los diferentes apartados establecidos en el presente ANEXO II (BAREMO DE MÉRITOS), se tendrá en cuenta, como categorías equivalentes a la convocada, el ANEXO del Real Decreto 184/2015, de 13 de marzo, por el que se regula el catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los servicios de salud y el procedimiento de su actualización (B.O.E. n.º 83, de 7 de abril).
ANEXO III
TRIBUNAL CALIFICADOR
Tribunal titular:
Presidenta: D.ª M.ª de la Soledad Parrado Cuesta.
Vocal Admón.: D.ª M.ª Ángeles Gafo Álvarez.
Vocal Admón.: D. Juan Carlos Robles Rodríguez.
Vocal sindical: D.ª Ana María García García.
Secretaria: D.ª Pura Concepción Blanco Díez.
Tribunal suplente:
Presidente: D. Alfonso Prieto Morera.
Vocal Admón.: D.ª Amparo Orejas García.
Vocal Admón.: D.ª Isabel Álvarez Alonso.
Vocal sindical: D.ª Milagros Blanco Rodríguez.
Secretario: D. José Ramón Mora Fernández.
Oposiciones Técnico Informático Diputación de Soria
Oposiciones Técnico Informático Diputación de Soria
Ver oposiciones Técnico Auxiliar de Informática del Estado (web)
RESOLUCIÓN de 18 de marzo de 2021, de la Vicepresidencia Tercera de la Diputación Provincial de Soria, por la que se aprueban las bases de la convocatoria para la provisión, mediante el sistema de concurso-oposición, de 1 plaza de Técnico Medio de Informática-Recaudación perteneciente a la plantilla de funcionarios. Expte.: RHU-02060/2021.
BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE TÉCNICO MEDIO INFORMÁTICA-RECAUDACIÓN PERTENECIENTE A LA PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SORIA Y CONSTITUCIÓN DE BOLSA DE EMPLEO
Con el fin de atender las necesidades de personal de la Diputación Provincial de Soria, esta Administración procedió a la aprobación de la Oferta de Empleo Público de personal funcionario de 2019-2020, mediante Resolución de Presidencia de fecha 26/03/2020, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia n.º 38 de 01-04-2020, encontrándose entre las vacantes incluidas en dicha oferta de empleo, una plaza clasificada en Administración Especial, grupo A, subgrupo A2, categoría Técnico Medio Informática-Recaudación, correspondiente a la Tasa del 100% sectores prioritarios (Art. 19. Uno.3.S) de Ley 6/2018 PGE).
Consta en la RPT de personal funcionario del ejercicio 2021, el puesto de Técnico Medio de Informática-Recaudación, vacante y dotado presupuestariamente.
1.– Objeto de la convocatoria. Oposiciones Técnico Informático Diputación de Soria
Es objeto de la presente convocatoria, la selección en propiedad de una plaza de Técnico Medio de Informática-Recaudación, grupo A, subgrupo A2, Escala Administración Especial, subescala Técnica, nivel 22 de complemento de destino, perteneciente a la plantilla de funcionarios de la Excma. Diputación Provincial de Soria y constitución de bolsa de empleo.
El procedimiento de selección será el de concurso-oposición, ajustándose lo establecido en las presentes bases y su convocatoria, al Acuerdo regulador de las condiciones económicas, sociales y de empleo aplicables al personal funcionario de la Excma. Diputación Provincial de Soria negociado para el período 2017-2019, al RD 5/2015 de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público y demás legislación vigente aplicable al personal de la administración local.
2.– Requisitos de los/as aspirantes. Oposiciones Técnico Informático Diputación de Soria
Para ser admitido/a al proceso selectivo los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
- a) Tener la nacionalidad española, o poseer la nacionalidad de cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea, sin perjuicio de lo establecido en el Art. 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el TREBEP.
- b) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
- c) Estar en posesión o en condiciones de obtener a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, del título de: Diplomado en Ciencias Empresariales, Licenciado/a en Económicas o Empresariales, o el título de Grado o licenciatura equivalente, Grado en Ingeniería Informática o las correspondientes titulaciones de enseñanzas universitarias, adaptadas al Espacio Europeo de Educación superior conducentes a la obtención del título oficial de Grado.
- En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.
- d) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral en el que hubiese sido separado/a o inhabilitado/a. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
- e) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
La condición de minusválido/a y su compatibilidad con el desempeño de las funciones y tareas correspondientes se acreditarán mediante certificación del organismo correspondiente.
Los/as aspirantes deberán reunir los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria, antes del día en que finalice el plazo de presentación de solitudes y mantener los mismos durante todo el proceso selectivo, a excepción de lo determinado en el apartado e) que será a partir del nombramiento como funcionario de carrera.
Si el órgano de selección tuviera conocimiento de que alguna persona no reúne los requisitos exigidos, podrá, previa audiencia de la persona interesada al objeto de que pueda formular las alegaciones que estime oportunas, acordar motivadamente su exclusión del proceso selectivo, independientemente de la fase en que éste se encuentre, dando cuenta de ello al órgano convocante.
3.– Instancias. Oposiciones Técnico Informático Diputación de Soria
El/la aspirante que reúna todos y cada uno de los requisitos de la base segunda «requisitos de los/las aspirantes», presentará instancia dirigida al Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Soria, solicitando participar en el proceso selectivo, por alguna de las siguientes formas:
- Presencialmente en el registro General de la Diputación de Soria.
- En la forma prevista en el Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- En la sede electrónica de la Diputación Provincial de Soria (https://portaltramitador.dipsoria.es/web), a través del trámite instancia general.
Las solicitudes se dirigirán al Presidente de la Corporación, a través del modelo de instancia que se une como anexo I a la presente convocatoria y se encuentra a disposición de los/as interesados/as en la web www.dipsoria.es/empleo.
Documentación a acompañar a la instancia. A la solicitud se acompañará necesariamente:
- Comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen.
- Justificante/s, en su caso, de hallarse en situación de obtener una bonificación/exención en la tasa de examen.
- Justificante de la titulación exigida en la convocatoria.
AVISO IMPORTANTE: La acreditación de los méritos a valorar en la fase de concurso deberá aportarse EXCLUSIVAMENTE, por aquellos aspirantes que hubiesen superado la fase de oposición, por lo que NO ES NECESARIO ADJUNTARLO A LA INSTANCIA.
3.1. Derechos de examen:
Las instancias se presentarán, en cualquiera de los lugares señalados en el apartado anterior, previo pago de las tasas en concepto de derechos de examen que a continuación se indican:
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 6 de la ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por derechos de Examen de la Diputación Provincial de Soria, se establece una tasa de 19,95 €, aplicándose a esta cantidad las exenciones o bonificaciones que a título individual pudieran corresponderle a cada aspirante.
El pago de la tasa se realizará mediante autoliquidación, que se puede obtener a través de internet en la dirección http://www.dipsoria.es, enlace Portal del contribuyente, o bien mediante el enlace siguiente http://ovt.dipsoria.es, eligiendo Liquidaciones Diputación, Tasa examen y tarifa 2.
- a) Exenciones y bonificaciones de la tasa.
- Estarán exentos del pago de la tasa:
- Los/as aspirantes con discapacidad igual o superior al 33%, y en todo caso los pensionistas de seguridad social, estarán exentos de dicho pago, debiendo acompañar a la solicitud la certificación acreditativa de tal condición expedida por los órganos competentes en materia de servicios sociales.
- Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos de dos meses anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. La certificación relativa a la condición de demandantes de empleo se solicitará en el servicio Público de Empleo debiendo acompañarse a la solicitud.
- Los miembros de familias numerosas de categoría especial en los términos del Art. 12.1.c) de la Ley 40/2003 de protección de la familia numerosa.
- Bonificaciones: Se aplicará una bonificación del 50% en el pago de la tasa los miembros de familia números de categoría general en los términos del Art. 1.2.c) de la ley 40/2003, de protección de la familia numerosa.
- La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado, que deberá ser adjuntado a la solicitud.
Será condición indispensable para la participación en el proceso selectivo haber satisfecho el importe de la tasa, circunstancia que se acreditará con la validación mecánica de la autoliquidación por la Entidad Financiera colaboradora cuando el pago se haga efectivo o mediante justificación o carta de pago emitida telemáticamente cuando el pago se realice a través de internet.
En ningún caso, la presentación y pago de la tasa de los derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
La falta de pago o la falta de acreditación de encontrarse exento/a, en el plazo de presentación de solicitudes señalado en esta base, determinará la exclusión definitiva del aspirante.
No procederá devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable al interesado/a.
3.2. Plazo de presentación de instancias:
El plazo de será de quince días hábiles, iniciándose el primer día hábil siguiente al de la publicación de extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Las bases de la convocatoria se publicarán igualmente en Tablón de Anuncios de la Diputación y en la página web www.dipsoria.es, enlace Empleo/ personal funcionario. Y en el B.O.C. y L. y B.O.P.
Los documentos que los/las interesados/as deberán presentar para participar en el proceso selectivo, son la solicitud, presentada en cualquiera de las formas previstas en estas bases, justificante bancario acreditativo del pago de los derechos de examen o de su exención/bonificación en su caso, y justificante de la titulación exigida.
El hecho de presentar la instancia implicará que el/la interesado/a cumple todos los requisitos exigidos en la Base segunda, así como la autorización del candidato a la exposición de sus datos personales, nombre apellidos y DNI, en el tablón de edictos y en la página web mencionada.
Los documentos acreditativos de los méritos a valorar en la fase de concurso, se presentarán como copia auténtica, únicamente por quienes hayan superado la fase de oposición, en el plazo de cinco días hábiles a contar desde la fecha del anuncio por el que se publiquen las calificaciones de dicha fase, que se expondrá en el Tablón de anuncios de la Diputación y en la página web www.dipsoria.es, enlace Empleo/ personal funcionario.
La experiencia deberá acreditarse mediante certificado oficial expedido por la Administración correspondiente, en el que expresamente deberá constar, puesto de trabajo desempeñado, grupo de clasificación conforme al TREBEP, régimen jurídico (funcionario/laboral).
Al certificado se unirá informe de la vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
Los citados méritos se presentarán indistintamente:
- Presencialmente, en el registro General de Diputación.
- En la forma prevista en el Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, indicando el nombre del candidato y el proceso selectivo en el que participa.
- En la sede electrónica de la Diputación Provincial de Soria (https://portaltramitador.dipsoria.es/web), a través del trámite instancia general.
4.– Protección de datos. Oposiciones Técnico Informático Diputación de Soria
En cumplimiento de lo establecido en el Art. 6 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos Personales y garantía de los derechos digitales y el Art. 4.11 del reglamento (UE) 2016/679 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, con la firma de solicitud, el/la aspirante consiente el tratamiento de los datos personales en ella contenidos, que se restringirá a la finalidad mencionada, y no serán cedidos salvo los supuestos previstos por la ley.
La falta de prestación de dicho consentimiento conllevará la inadmisión de la solicitud presentada, al estar regidos los procedimientos selectivos por el principio de publicidad.
5.– Admisión. Oposiciones Técnico Informático Diputación de Soria
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Presidencia de la corporación dictará resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, con indicación de las causas de la exclusión, y se hará pública en el Tablón de Edictos y en la página web de la Diputación www.dipsoria.es, enlace empleo/personal funcionario.
Las reclamaciones, si las hubiera, serán aceptadas o rechazadas en la resolución por la que se aprueba la lista definitiva, que será publicada a través del tablón de edictos de la corporación y en la página web de la Diputación www.dipsoria.es, enlace empleo/personal funcionario.
En caso de no existir reclamación alguna, la lista provisional se elevará automáticamente a definitiva.
En el mismo anuncio se indicará el lugar, día y hora en que dará comienzo el proceso selectivo.
El hecho de figurar en la relación de admitidos/as no prejuzga que se reconozca a los/las interesados/ as la posesión de los requisitos exigidos en la base «requisitos de los/las aspirantes». Cuando del examen de la documentación exigida en la base «Presentación de documentos» se desprenda que no poseen alguno de los requisitos, los interesados decaerán en todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en el proceso selectivo.
En el mismo anuncio se indicará el lugar, día y hora en que dará comienzo el proceso selectivo.
Los/as aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan. El llamamiento se considerará único, aunque haya que dividirse en varias sesiones la realización del ejercicio que así lo requiera, debiendo asistir los aspirantes a la sesión a la que hayan sido convocados.
El tribunal en cualquier momento, podrá requerir a los/las opositores/as para que acrediten su identidad.
6.– Tribunal Calificador. Oposiciones Técnico Informático Diputación de Soria
El tribunal calificador será nombrado por decreto de la Presidencia de la Corporación que se publicará en el tablón de Edictos y en la página web de Diputación.
El tribunal calificador estará constituido de la siguiente forma:
Presidente: El Tesorero de la Excma. Diputación Provincial de Soria.
Vocales: Dos funcionarios/as de carrera de la Diputación Provincial de Soria.
Un funcionario/a de carrera de la Junta de Castilla y León o de la AGE.
Un funcionario/a de carrera del Excmo. Ayuntamiento de Soria.
Secretario: El Secretario de la Excma. Diputación Provincial de Soria, o funcionario/a de carrera de la Diputación Provincial de Soria, en quien delegue.
No podrá formar parte del tribunal el personal de elección o designación política, los funcionarios/ as interinos/as y el personal eventual.
Se designarán suplentes de los miembros del tribunal en el momento de su composición y su relación se publicará junto a la de los/las titulares. Dicho tribunal se clasifica en segunda categoría efectos de lo determinado en el R.D. 462/2002, de 24 de mayo.
Los miembros del tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante, cuando concurran las circunstancias previstas en el Art. 23 de la ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas; o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
Para la válida constitución del tribunal, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la presencia del Presidente y del Secretario, o en su caso, de quienes les sustituyan, y al menos la presencia de la mitad de sus miembros.
Los interesados podrán promover recusación a cualquier miembro del tribunal, en los términos previstos en los Arts. 24 de la ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen Jurídico del sector Público.
La actuación del tribunal habrá de ajustarse a las bases de la convocatoria. El tribunal resolverá por mayoría de los miembros presentes, todas las dudas que surjan de la aplicación de las normas contenidas en las bases y determinará la actuación procedente en los casos no previstos.
Sus acuerdos sólo podrán ser impugnados por los interesados en los supuestos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cuando el procedimiento selectivo, por dificultades técnicas o de otra índole, así lo aconsejase, los Tribunales podrán disponer la incorporación a sus sesiones de asesores especialistas, para todas o algunas de las pruebas, de acuerdo con lo previsto en las correspondientes convocatorias. Dichos asesores colaborarán con el órgano de selección exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas, y tendrán voz, pero no voto.
Asimismo, los Tribunales podrán valerse de personal auxiliar durante el desarrollo material de los ejercicios.
El nombramiento de los asesores especialistas y personal auxiliar se hará público mediante Anuncio del Tribunal Calificador en tablón de Edictos y en la página web de Diputación, enlace empleo público.
7.– Procedimiento selectivo. Oposiciones Técnico Informático Diputación de Soria
El procedimiento selectivo será el de concurso-oposición:
Por razones de eficacia administrativa, se altera el orden de celebración de las fases del procedimiento selectivo, realizándose en primer lugar la fase de oposición.
A los/las aspirantes que hayan superado la fase de oposición se les sumará la puntuación obtenida en la baremación de los méritos que hayan acreditado en la fase de concurso.
En el anuncio en el que se apruebe la lista definitiva de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, se comunicará lugar, día y hora en que dará comienzo el proceso selectivo.
Fase de oposición: Constará de los ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio que a continuación se indican:
- Primer ejercicio: Puntuación: 10 puntos. Será de carácter teórico y consistirá en contestar durante el tiempo máximo de una hora, una prueba de 50 preguntas, tipo test, relacionadas con las materias del programa correspondientes tanto a la parte general, como a la parte específica, con respuestas alternativas de las que sólo una de ellas será la correcta. Las respuestas erróneas penalizarán con el 50% del valor atribuido a la respuesta correcta. Las respuestas en blanco no penalizarán. La calificación de APTO se obtendrá con 5 sobre 10 puntos. El ejercicio será eliminatorio.
- Segundo ejercicio: Puntuación: 20 puntos. Será de carácter práctico y estará dividido en dos supuestos prácticos, uno relacionado con la materia de recaudación y otro con la materia de informática, teniendo el aspirante que superar ambas con 5 sobre 10 puntos, en un tiempo de 4 horas. Estos supuestos prácticos estarán relacionados con las materias correspondientes a la parte específica, y relativos a las tareas propias de las funciones asignadas a la plaza. Cada ejercicio práctico será eliminatorio.
La puntuación máxima de la fase de oposición será de 30 puntos.
Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, el Tribunal hará pública la relación de personas aspirantes que hayan superado el mismo en el Tablón de Edictos y en la página web de la Diputación Provincial de Soria con indicación de la puntuación obtenida.
Entre la conclusión de cada ejercicio de la fase de oposición y el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y máximo de 45 días naturales. No obstante, y si el órgano de selección lo estimase conveniente, podrá disponer la celebración simultánea de varios ejercicios en una misma sesión, informando de este hecho a los aspirantes que concurran con la suficiente antelación.
Fase de concurso: La fase de concurso se realizará por el Tribunal calificador en el día y hora señalados, siendo competencia exclusiva del Tribunal sin la asistencia presencial de ninguno de los/las aspirantes.
La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar el ejercicio de la fase de oposición. Simplemente, los puntos obtenidos en esta fase se sumarán a los puntos obtenidos en la fase de oposición, y solo a aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición.
En ningún caso se valorarán méritos no acreditados documentalmente en el momento habilitado al efecto.
Sólo podrán valorarse méritos obtenidos antes de la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias. (Fecha de la publicación de las bases en el B.O.E.).
Los méritos a valorar en la fase de concurso son:
2) Cursos de Formación, Perfeccionamiento y Masters: Se valorarán con un máximo de 5 puntos, aquellos cursos que tengan carácter oficial, cuyo contenido esté directamente relacionado con las funciones del puesto de Técnico Medio de Informática-Recaudación, cuya duración sea al menos de 10 horas, de acuerdo con el siguiente baremo:
- De 10 a 19 horas: 0,1 puntos. Oposiciones Técnico Informático Diputación de Soria
- De 20 a 29 horas: 0,2 puntos.
- De 30 a 49 horas: 0,3 puntos.
- De 50 a 99 horas: 0,4 puntos.
- De 100 a 499 horas: 0,5 puntos.
- Cursos de más de 500 horas: 0,7 puntos.
- Los cursos no relacionados directamente con la actividad del puesto de trabajo objeto de esta convocatoria no serán valorados. (A modo de ejemplo, queda indicado que no se valorarán los cursos de informática «office» ni cualquier otro que no tenga relación directa con la plaza ofertada).
- En todo caso, será el Tribunal el que resuelva la pertinencia de la valoración de los mismos.
2) Experiencia profesional: Por este concepto se podrán obtener un máximo de 5 puntos, con el siguiente desglose:
- Se puntuará a razón de 0,03 puntos por cada mes completo, por los servicios prestados para cualquier Administración Pública como laboral fijo, laboral temporal, funcionario, estatutario, interino o contratado de colaboración temporal en régimen de derecho administrativo (cuyos contratos se celebrarán con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 30/1984, de 2 de agosto), cuando las tareas del puesto sean de materias relacionadas con la rama informática o recaudación.
- La puntuación se referirá a jornada completa. En el supuesto de que se aporten para su valoración contratos a tiempo parcial, se efectuarán los cálculos correspondientes para otorgar la puntuación de manera proporcional. En el caso de que no quede claramente acreditada la duración de la jornada, no se puntuará el período de trabajo cuya valoración se solicita. Únicamente se tendrán en cuenta, a efectos de este mérito, los servicios prestados por meses completos, o periodos superiores a 20 días. Este mérito se acreditará mediante certificación expedida por el fedatario público que corresponda en la organización en la que se hayan prestado los servicios, con indicación de la denominación de puesto de trabajo, régimen jurídico del puesto o toma de posesión o contratos de trabajo en el que se especifiquen los datos anteriores. Igualmente se acompañará obligatoriamente informe de vida laboral actualizado expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
La puntuación máxima a obtener en la fase de concurso no podrá ser superior a 10 puntos.
La calificación final del concurso-oposición se obtendrá de la siguiente forma: sumando a la nota obtenida en la fase de oposición la puntuación obtenida en la fase de concurso.
En caso de empate en la puntuación final y definitiva obtenida por los/las aspirantes y para dirimir dicho empate, se estará a lo siguiente: Se tendrá en cuenta la mayor puntuación obtenida por el aspirante en la fase de oposición y de persistir el empate la mayor puntuación obtenida en la experiencia profesional y posteriormente por la puntuación obtenida en el apartado de formación.
El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes al de plazas convocadas.
8.– Finalización del proceso selectivo y constitución de bolsa de empleo. Oposiciones Técnico Informático Diputación de Soria
Una vez terminada la calificación de los aspirantes el Tribunal hará pública, a través del Tablón de edictos de la Corporación, y en la página web, la relación de aspirantes que hubieran superado el proceso selectivo por orden de puntuación, y que forman parte de la bolsa de empleo.
El Tribunal de selección propondrá a la Presidencia de la Diputación la constitución de una Bolsa de Empleo en la que se incluirá a todos los/las aspirantes que hayan superado los dos ejercicios de la fase de oposición, siguiendo el orden de puntuación de todo el proceso selectivo.
Funcionamiento de la bolsa de empleo:
El candidato/a propuesto formará parte de la Bolsa para posibles sustituciones de los puestos de Técnico Medio de Informática-Recaudación de la Diputación Provincial de Soria. Igualmente se reserva el derecho de utilizar la presente bolsa con carácter subsidiario respecto de las bolsas de empleo específicas que en cada caso se convoquen, para cubrir las necesidades de provisión de cualquier otro puesto, respetando los requisitos de titulación y el contenido funcional de los puestos.
El orden de puntuación siempre será respetado para hacer sustituciones, de manera que el/la candidata/a de más puntuación siempre será llamado en primer lugar y solo si renuncia será llamado el siguiente en puntuación.
El llamamiento del/la candidata/a se efectuará por una sola vez, mediante llamada telefónica, o por correo electrónico, a través de los medios señalados por el/ella mismo/a en su solicitud de participación en las presentes pruebas selectivas, garantizando la constancia de su recepción por el/la interesado/a y quedando registrado informáticamente tanto la utilización de este medio como las incidencias ocurridas en el llamamiento.
Si se diera la circunstancia de que la persona a quien correspondiera cubrir la vacante no aceptara el nombramiento en el momento del llamamiento, ni justificara su negativa, el mismo se ofrecerá al siguiente de la lista y el anterior quedará suspendido en dicha categoría durante un año, sin que se produzca un nuevo llamamiento hasta que finalice la penalización.
Se consideran causas justificadas para la renuncia: Oposiciones Técnico Informático Diputación de Soria
- a) Incapacidad temporal, incluyéndose también la situación de suspensión del contrato por riesgo en el embarazo, o la situación de confinamiento por motivo COVID. En este supuesto el parte de baja o certificado médico deberá ser anterior a la fecha del llamamiento.
- b) Maternidad o paternidad, tanto por naturaleza como por adopción o acogimiento, salvo durante el período de descanso obligatorio en el que en todo caso, se producirá la suspensión temporal de la permanencia en la bolsa de empleo.
- c) Encontrarse en el momento del llamamiento en servicio activo en cualquier administración Pública o Empresa Privada.
- d) Razones de fuerza mayor, apreciadas en su caso por la administración la justificación a la renuncia se deberá presentar en el departamento de Recursos Humanos de la Diputación Provincial en el plazo de cinco días hábiles contados desde el llamamiento.
Renuncias al nombramiento: Oposiciones Técnico Informático Diputación de Soria
La no aceptación o la renuncia por parte del/la interesado/a, formulada expresamente, o tácitamente no presentándose a la formalización del nombramiento, supondrá la baja definitiva del/la interesado/ a de la Bolsa, salvo que se aprecie causa de fuerza mayor.
El/la candidata/a que renuncie al nombramiento, por formalizar uno nuevo con otra Entidad, una vez formalizado con esta Diputación, será excluido de la lista.
Igualmente será excluido/a quien una vez efectuado el llamamiento y aceptado el nombramiento, renuncie después de haberse cursado el alta en seguridad social previa a la prestación del servicio.
Será responsabilidad de los/las integrantes de la Bolsa comunicar cualquier variación en el los datos personales señalados, así como su posterior opción por otro modo o medio de notificación, que será atendida siempre que quede garantizada la constancia de su recepción, no resulte en extremo gravosa para la administración y facilite la necesaria agilidad en la selección.
9.– Presentación de documentos. Oposiciones Técnico Informático Diputación de Soria
Documentos exigibles:
Una vez concluido el proceso selectivo, el/la aspirante que sea llamado para la provisión de una vacante –con carácter previo a su nombramiento e incorporación– quedará obligado/a a presentar ante el departamento de Personal, los siguientes documentos:
- a) Copia auténtica del documento nacional de identidad.
- b) Copia auténtica del título exigido.
- c) Declaración jurada de no haber sido separado/a del servicio de cualquier Administración Pública, ni estar inhabilitado/a para el ejercicio de la función pública mediante sentencia firme, ni encontrarse desarrollando una actividad incompatible con el desempeño de su nueva función.
- d) Declaración sobre el cumplimiento del régimen de incompatibilidades de conformidad con lo dispuesto en la Ley 53/1984 de 26 de diciembre sobre incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones Públicas.
- e) Informe o certificado médico acreditativo de la capacidad funcional del/la candidata/a para el desempeño del puesto.
Plazo:
El plazo de presentación de los documentos será de 5 días hábiles contados a partir del siguiente a la notificación del llamamiento efectuado a favor del candidato/a incluido/a en la bolsa de empleo, ante la existencia de una vacante.
Quienes tuvieran la condición de funcionarios/as públicos/as estarán exentos/as de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del organismo del que dependan, acreditando su condición y cuantas circunstancias concurran en su expediente personal.
Falta de presentación de documentos:
Si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, el candidato propuesto no presentare su documentación o no reuniere los requisitos y condiciones exigidos en la convocatoria, no podrá ser nombrado/a y quedarán anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en el proceso selectivo.
Nombramiento:
Concluido el proceso selectivo, y aportados los documentos a que se refiere el apartado «Presentación de documentos-documentos exigibles», se procederá al nombramiento como funcionario/ a interino/a del/la aspirante propuesto, notificándose al interesado/a.
10.– Junta de personal.
De las presentes bases se dio cuenta a la Junta de Personal Funcionario el día 2-3-2021, sin que se hayan presentado alegaciones al documento.
11.– Impugnación. Oposiciones Técnico Informático Diputación de Soria
Estas bases, su convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de las mismas, y de la actuación del tribunal, podrán ser impugnados por los/las interesados/as en los casos y en la forma establecida por la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las presentes bases vincularán a la Diputación Provincial, al tribunal de selección que ha de juzgar las pruebas selectivas y a quienes participen en las mismas, sólo podrán ser modificadas con sujeción estricta a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
TEMARIO Oposiciones Técnico Informático Diputación de Soria
PARTE GENERAL Oposiciones Técnico Informático Diputación de Soria
TEMA 1. La Economía y la Hacienda en la Constitución española. El modelo económico constitucional. Las Haciendas Locales en España: principios constitucionales. El régimen jurídico de las Haciendas Locales. Incidencia estatal y autonómica en la autonomía financiera local. La coordinación de las Haciendas Estatal, Autonómica y Local.
TEMA 2. La Carta Europea de la Autonomía Local. Contenido. Especial referencia a los aspectos económicos y financieros de la Carta. Su posición y significación en el ordenamiento jurídico español.
TEMA 3. El Derecho Financiero: concepto y contenido. Los principios constitucionales del Derecho Financiero. Principios relativos a los ingresos públicos: legalidad y reserva de ley; generalidad, capacidad económica, igualdad, progresividad y no confiscatoriedad. Principios relativos al gasto público: legalidad y equidad; eficacia, eficiencia y economía en la programación y ejecución del gasto público.
TEMA 4. Procedimiento administrativo. El concepto de Interesado en el procedimiento: Clases de interesados. Derechos de los interesados. Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas.
TEMA 5. Procedimiento administrativo. Eficacia de los actos. Notificación y publicación.
TEMA 6. Procedimiento administrativo: La iniciación del procedimiento: Disposiciones generales. Iniciación de oficio por la Administración. Iniciación a solicitud del interesado. Ordenación del procedimiento.
TEMA 7. Procedimiento administrativo: Terminación del procedimiento: Disposiciones generales. Resolución. Desistimiento y renuncia. Caducidad.
TEMA 8. Procedimiento administrativo. Recursos administrativos. Principios generales. Tipos de recursos.
TEMA 9. Funciones de las oficinas de asistencia en materia de registros y herramientas para su actuación.
TEMA 10. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Relaciones interadministrativas. Relaciones electrónicas entre las Administraciones.
TEMA 11. Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local: La Provincia. Organización Provincial. Las competencias provinciales.
TEMA 12. El Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril, relativo a la protección de datos de carácter personal. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Disposiciones generales Derechos de las personas. Identificación de los interesados en las notificaciones por medio de anuncios y publicaciones de actos administrativos.
TEMA 13. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Responsable del tratamiento. Encargado del tratamiento. Seguridad del tratamiento. El delegado de protección de datos.
TEMA 14. Prevención de Riesgos Laborales.
PARTE ESPECÍFICA Oposiciones Técnico Informático Diputación de Soria
TEMA 15. Iniciación del período voluntario: Créditos de naturaleza pública. Recaudación: Definición, Potestad y Obligación. Periodos. Recaudación en período voluntario: Inicio. Determinación de Plazos.
TEMA 16. Ingresos de la gestión recaudatoria: Autonomía Local recaudatoria. Entidades Colaboradoras: Servicios de Colaboración y Servicios de Caja. Entidades Gestoras. Realización de las deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva. Comunicación. Ingreso.
TEMA 17. El pago. Momento del Pago. Legitimación. Lugar. Medios. Forma.
TEMA 18. Cuadernos bancarios. Normas AEB. Cuaderno 2.– Cheque de cuenta corriente normalizado. Cuaderno 19.– Adeudo por domiciliaciones en soporte magnético. Cuaderno 32.– Remesas de efectos en fichero informático de clientes a entidades financieras. Cuaderno 34.– Ordenes en ficheros para la emisión de transferencias y cheques. Cuaderno 34-1.– Ordenes en fichero para la emisión de transferencias y cheques internacional. Cuaderno 38.– Códigos de barras en documentos financieros. Cuaderno 43.– Información normalizada de cuenta corriente. Cuaderno 56.– Pagaré de cuenta corriente normalizado. Cuaderno 57.– Cobros por ventanilla y autoservicios. Cuaderno 58.– Créditos comunicados mediante fichero informático para su anticipo y gestión de cobro. Cuaderno 60.– Recaudación de tributos y otros ingresos municipales. 63.– Procedimiento centralizado de información y ejecución de embargos de dinero en cuentas abiertas a la vista en Entidades de Depósito por deudas tributarias y otras de derecho público. Cuaderno 65.– Recaudación de tributos, tasas, impuestos y otros ingresos autonómicos. Cuaderno 67.– Comunicación de datos relativos a cheques y pagarés de c/c emitidos directamente por clientes. Cuaderno 68.– Ordenes en fichero para emisión de pagos domiciliados.
TEMA 19. La zona SEPA. Delimitación de la zona única de pagos en Euros. Países integrantes. Inicio. Beneficios. IBAN. Concepto y obtención.
TEMA 20. Derechos y garantías de los obligados tributarios en Ley General Tributaria y en la normativa de las Haciendas locales.
TEMA 21. Notificaciones en materia tributaria y recaudatoria. Plazo de emisión de las notificaciones. Contenido de la notificación. Notificaciones defectuosas. Lugar de práctica de las notificaciones. Personas legitimadas para hacer notificaciones. Rechazo de la notificación. Notificación por comparecencia. Medios de notificación.
TEMA 22. La Notificación Electrónica y las aplicaciones informáticas tributarias. Legislación general y especial tributaria. Comparecencia en Sede. Dirección Electrónica Habilitada.
TEMA 23. Período ejecutivo. Inicio. Recaudación en período ejecutivo. Recargos del período ejecutivo: Cuantificación y Compatibilidad de los recargos del período ejecutivo. Intereses de demora: Supuestos de exigencia, Cuantificación y Limitaciones a la exigencia de intereses de demora ante retrasados provocados por la propia Administración. Costas.
TEMA 24. Procedimiento de Apremio. Características del procedimiento de apremio. Iniciación del procedimiento de apremio. Motivos de impugnación. Ejecución de garantías. Práctica del embargo de bienes y derechos. Concurrencia de embargos. Depósito de bienes embargados. Enajenación de bienes embargados. Terminación del procedimiento de apremio.
TEMA 25. Embargo de Cuentas bancarias: Práctica del embargo. Obtención de la información: Entidades Bancarias y Convenio de Colaboración AEAT – FEMP. Tipos de cuentas embargables. Límites a la embargabilidad de las cuentas. La diligencia de embargo de cuentas. Notificación y momento de esta. El Cuaderno 63. Fases 1 a 6. Ingreso al Organismo.
TEMA 26. Embargo de salarios: Práctica del embargo de salarios. Obtención de Información. SMI. Tramos. Pagas extraordinarias. Salarios en Especie. Dietas. Concurrencia de salarios. Percepciones futuras. Salarios de tramitación, despidos e indemnizaciones. La diligencia de embargo. Notificación y momento de esta. Incumplimiento de la orden de embargo. Supuestos de responsabilidad.
TEMA 27. Embargo de créditos: El embargo de valores. El embargo de participaciones sociales: sociedades de responsabilidad limitada. El embargo de participaciones en Fondos de Inversión. El embargo de créditos, efectos y derechos realizables en el acto o a corto plazo. El embargo de créditos, efectos y derechos realizables a largo plazo: expectativas de derechos de las que resulten titulares los partícipes en Planes de Pensiones.
TEMA 28. Embargo de bienes inmuebles: Práctica del embargo. La Diligencia de Embargo. Notificación. Enajenación de los bienes embargados: a. Valoración de fijación del tipo. B. Tipo para la subasta. C. Cálculo del tipo. D. Acuerdo de enajenación y anuncio de la subasta. E. Licitadores. F. Desarrollo de la subasta. G. Adjudicación directa. H. Adjudicación a la Hacienda Pública.
TEMA 29. Registro de la propiedad: Las anotaciones preventivas de embargo en el procedimiento administrativo de embargo. La expedición de mandamiento de embargo sobre bienes o derechos ubicados fuera del término municipal. El embargo de bienes inmuebles no inscritos.
TEMA 30. Mandamiento de embargo de bienes inmuebles por medios telemáticos: Ley 59/2003 de 19 de diciembre, de Firma Electrónica. Convenio de colaboración entre la AEAT y el CORPME, de 22/07/2008. Procedimiento para la comunicación telemática a los Registros de los embargos practicados. Documentación registral. Objeto de Intercambio entre los Registros y la Administración Tributaria.
TEMA 31. Otros embargos 1: Embargo de devoluciones tributarias. Concepto. Procedimiento. Plazo y características de la presentación. Embargo de vehículos.
TEMA 32. Otros embargos 2: Embargo de planes de pensiones. Embargo de Prestaciones y Ayudas Públicas. Embargo de cajas y taquillas.
TEMA 33. Aplazamiento y fraccionamiento de la deuda tributaria: Presupuestos de Hecho. Presentación de solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento. Devengo de intereses de demora. Exigibilidad de recargos del período ejecutivo. Constitución de garantías. Actuaciones en caso de falta de pago en aplazamientos y fraccionamientos. Casos especiales.
TEMA 34. Garantías: Fianzas y Avales. Normativa aplicable. El avalista, deudor solidario. Intereses de demora. Prestación de garantía y suspensión. Ejecución de garantía. Devolución de garantía.
TEMA 35. Responsables Tributarios: Derivaciones de Responsabilidad. Introducción. La figura del responsable tributario. Extensión de la responsabilidad. Fases hasta la derivación de responsabilidad. Procedimiento de derivación de responsabilidad. Estructura de la propuesta y el acuerdo de derivación de responsabilidad. Las personas jurídicas y sus responsables atendiendo al CIF.
TEMA 36. Sucesores: Sucesores de personas físicas. Sucesores de personas jurídicas. Procedimiento de recaudación frente a sucesores.
TEMA 37. Recaudación a organismos públicos: Localización de las Administraciones Públicas. Apremio y embargabilidad de los entes públicos. Proceso recaudatorio a entes públicos. La compensación como forma de extinción de la deuda de forma preferente.
TEMA 38. Compensación de deudas: Deudas compensables. Compensación a instancia del obligado tributario. Compensación de oficio. De deudas de Entidades Públicas. De deudas de otros acreedores. Efectos de la compensación.
TEMA 39. Prescripción como causa de extinción de la deuda tributaria: Extinción de la deuda tributaria. La prescripción. Definición. Régimen general; supuestos. Cómputo de plazos. Inicio y final del cómputo. La interrupción; extensión y efectos.
TEMA 40. Bajas tributarias y recaudatorias. Fallidos e incobrables. Concepto y distinción de deudor fallido e insolvencia. Concepto de deudor fallido. Concepto de insolvencia. Momento para la declaración de fallido. Crédito incobrable. Revisión de fallidos y rehabilitación de créditos incobrables. Otros tipos de bajas en el procedimiento de gestión y recaudación. Conveniencia publicar en ordenanzas justificación de actuaciones en función de los importes y características de la deuda para la declaración de insolvencia.
TEMA 41. Recursos y Reclamaciones en el ámbito tributario y recaudatorio: Recurso de Reposición Preceptivo: Límites de la revisión. Capacidad, representación y legitimación. Prueba. Notificaciones. Obligaciones de resolver y plazos de resolución. Suspensión del plazo para resolver. Procedimientos especiales de revisión: Procedimiento de revisión de actos nulos de pleno derecho. Declaración de Lesividad de actos anulables. Revocación. Rectificación de errores materiales, de hecho, o aritméticos. Devolución de ingresos indebidos. Suspensión de la ejecución del acto recurrido.
TEMA 42. El Concurso de acreedores: El crédito tributario y su reconocimiento en el proceso. Comunicación. Efectos generales de la declaración de concurso sobre los créditos tributarios: Vencimiento anticipado; Prohibición de compensación; Suspensión del devengo de intereses; Interrupción de la prescripción: Efectos del concurso sobre ejecuciones y apremios: Concurrencia del procedimiento de apremio con el concursal. Privilegios de los créditos tributarios. Clasificación y pago: Créditos contra la masa; Clases de créditos y Créditos Tributarios.
TEMA 43. Los Sistemas de información Tributaria. Tramitación electrónica de los expedientes. Tratamiento de ficheros DOC. Padrón y carga de soportes. Importación de cargos externos.
TEMA 44. Los Sistemas de información Tributaria. Gestor documental, textos fijos y textos variables. Emisiones de documentos.
TEMA 45. Los Sistemas de información tributaria. Cuadro de mando, bandejas, lotes, portafirmas. Tramites de primera línea.
TEMA 46. Los Sistemas de información tributaria. Organización, liquidación y rendición de cuentas a los organismos. Configuración, gestión de usuarios y permisos.
TEMA 47. Velázquez visual. V6. Modelo real. Ejecutables, proyectos y ficheros.
TEMA 48. Variables y tipos de tablas en Velázquez visual V6.
TEMA 49. Aplicaciones Velázquez. Objetos visuales disponibles en un proyecto de Velázquez visual.
TEMA 50. Velneo V7. Arquitectura de la plataforma. El protocolo VATP.
TEMA 51. Desarrollo de una aplicación en Velneo V7. Soluciones y proyectos. Instanciar una aplicación. La herencia.
TEMA 52. Proyecto de datos. La base de datos de Velneo y sus componentes (esquemas, tipos de tablas, relaciones, campos, índices…).
TEMA 53. Proyecto de aplicación. Objetos de interfaz de usuario.
TEMA 54. Automatización de procesos especiales en la base de datos. Conexiones y manejadores de Eventos, Procesos, Funciones y Triggers.
TEMA 55. Cuaderno 64. Formato y contenido a representar en los códigos de barras. EAN-128. Formato tributos Administración Local – 521 y 522.
TEMA 56. Web Service. Que es, ventajas y cómo funciona. SOAP, WSDL, REST.
TEMA 57. Herramientas informáticas para la colaboración con Catastro. Tipos de sistemas de intercambio de información.
TEMA 58. SITE (Sistema Integrado del Tablón Edictal). Formas de acceso y de envió de los anuncios. Operaciones disponibles del WS. Perfiles de usuario.
TEMA 59. SICER. Características y Funciones del Sistema de Retro-Información con Correos. Formato del fichero para notificaciones.
TEMA 60. Certificados digitales, tipos y para qué sirven. Certificados de sede y sello para la Administración Pública.
TEMA 61. Firma electrónica. Sistemas de firma admitidos por las Administraciones Públicas. Aplicaciones de firma y de validación de la AGE.
TEMA 62. Herramientas Administración General del Estado. Notific@. Plataforma de servicio compartido de gestión de Notificaciones. Descripción. Vías de puesta a disposición. Características.
TEMA 63. Herramientas Administración General del Estado. SIR. Plataforma de intercambio electrónico registral entre Administraciones Publicas. Descripción funcional: Motivación. Requisitos y modalidades de integración. Condiciones para la adquisición de la condición de PdP de la Red SARA.
TEMA 64. Herramientas Administración General del Estado @PODERA. Registro electrónico de apoderamientos. Descripción funcional y técnica.
TEMA 65. Herramientas Administración General del Estado. CL@VE. Plataforma común del Sector Público Administrativo Estatal para la identificación y autenticación electrónicas mediante el uso de claves concertadas. Descripción funcional y técnica.
Soria, 19 de abril de 2021. Oposiciones Técnico Informático Diputación de Soria
El Vicepresidente 3.º,
Fdo.: José A. de Miguel Nieto
Oposiciones Administrativo Corporaciones Locales
Oposiciones Administrativo de Corporaciones Locales (Ayuntamiento y Diputación)
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Academia Irigoyen preparación de oposiciones para Administrativo de las Corporaciones Locales. Preparación online a través de Google Classroom plataforma multidispositivo a la que el alumno tendrá acceso a todo el contenido en cualquier momento y lugar hasta el día del examen, sin ningún tipo de límites. Únete al mundo de oposiciones 3.0
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En el momento de publicación de convocatoria la preparación se orienta a un repaso rápido y actualizado del temario, baterías de test por bloques, simulacros y supuestos prácticos de examen reales. La oposición de Administrativo de Corporaciones Locales suele constar de varios ejercicios: Un primer ejercicio tipo test de todo el temario, un segundo ejercicio de supuestos prácticos de determinados bloques tipo test o desarrollo y en ocasiones, una última prueba práctica de informática.
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Administrativo Junta de Castilla y León (Promoción Interna)
Administrativo Junta de Castilla y León (Promoción Interna)
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Listado definitivo. Fecha, hora y lugar de examen. Oposiciones Cuerpo de Gestión promoción interna Junta de Castilla y León
Listado Cuerpo de Gestión promoción interna
RESOLUCIÓN de 15 de abril de 2021, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se aprueba la relación definitiva de admitidos y excluidos del proceso selectivo para el ingreso, por el sistema de acceso por promoción interna, en el Cuerpo de Gestión de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, convocado por Orden PRE/670/2020, de 23 de julio y se fija la fecha para la realización del primer ejercicio.
Por Resolución de 26 de octubre de 2020 de la Dirección General de la Función Pública de la Consejería de la Presidencia (Boletín Oficial de Castilla y León de 6 de noviembre) se aprobaron y publicaron las listas provisionales de admitidos y excluidos al proceso selectivo para el ingreso, por el sistema de acceso por promoción interna, en el Cuerpo de Gestión de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, convocadas por Orden PRE/670/2020, de 23 de julio (Boletín Oficial de Castilla y León de 30 de julio).
Finalizado el plazo de alegaciones a las listas provisionales de admitidos y excluidos y hechas las rectificaciones oportunas, y de conformidad con lo dispuesto en la base 9.2 de la citada Resolución de convocatoria, esta Dirección General de la Función Pública
RESUELVE Listado Cuerpo de Gestión promoción interna
Primero.– Aprobar las listas definitivas de admitidos y de excluidos al citado proceso selectivo, con indicación de las causas de exclusión. Estas listas se encuentran expuestas al público en las Oficinas y Puntos de Información y Atención al Ciudadano de la Junta de Castilla y León que se relacionan en el Anexo VII de la citada resolución de convocatoria y en la página web de la Dirección General de la Función Pública https://empleopublico.jcyl.es. Asimismo, la información se encuentra disponible en el Servicio Telefónico 012 de Información y Atención al Ciudadano (para llamadas desde fuera de la Comunidad de Castilla y León: 983 327 850).
Segundo.– Convocar a todos los aspirantes admitidos para la realización del primer ejercicio de la fase de oposición que tendrá lugar el día 1 de mayo de 2021 a las 10:00 horas, en el Aulario sito en Paseo del Cauce, s/n 47011 - Valladolid. Los opositores tendrán que acreditar su identidad con la presentación de su D.N.I. o cualquier otro documento que les identifique fehacientemente y deberán ir provistos de bolígrafo de tinta azul o negra.
Tercero.– Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, de conformidad con lo establecido en los artículos 8.2 a) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Igualmente, con carácter previo y potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante la Consejería de la Presidencia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Valladolid, 15 de abril de 2021.
La Directora General
de la Función Pública, Fdo.: Paloma Rivero Ortega
Listado definitivo. Fecha, hora y lugar de examen en BOCYL (HTML)
Listado definitivo. Fecha, hora y lugar de examen en BOCYL (PDF)
Oposiciones Administrativo Junta de Castilla y León (Promoción Interna)
Oposiciones Administrativo Junta de Castilla y León (Promoción Interna)
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Academia Irigoyen preparación de oposiciones para Oposiciones Administrativo Junta de Castilla y León (Promoción Interna). Preparación online a través de Google Classroom plataforma multidispositivo a la que el alumno tendrá acceso a todo el contenido en cualquier momento y lugar hasta el día del examen, sin ningún tipo de límites. Únete al mundo de oposiciones 3.0
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- Esquemas y resúmenes
- Test de temas
- Test repaso de bloques
- Supuestos prácticos
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- Primer ejercicio (Examen tipo test)
- Segundo ejercicio (Práctico Word y Excel)
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Oposiciones Administrativo Universidad de Valladolid
Oposiciones Administrativo Universidad de Valladolid
Oposiciones Administrativo Universidad de Valladolid
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Academia Irigoyen preparación de oposiciones para Administrativo Universidad de Valladolid. Preparación parcial de los 14 temas específicos para que los opositores a otras convocatorias puedan concurrir de una forma directa y en tiempo reducido a la Universidad de Valladolid. Preparación online a través de Google Classroom plataforma multidispositivo a la que el alumno tendrá acceso a todo el contenido en cualquier momento y lugar hasta el día del examen, sin ningún tipo de límites. Únete al mundo de oposiciones 3.0
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- Vídeos explicativos
- Temario actualizado
- Esquemas, resúmenes y legislación vigente
- Test de temas y repasos
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En el momento de publicación de convocatoria la preparación se orienta a un repaso rápido y actualizado del temario, baterías de test por bloques, simulacros y supuestos prácticos de examen reales, como los realizados en otras Universidades:
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Oposiciones Valladolid OEP 2021
Oposiciones Valladolid OEP 2021
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RESOLUCIÓN de 7 de abril de 2021, del Concejal Delegado de Planificación y Recursos del Ayuntamiento de Valladolid, relativa a la aprobación de la oferta de empleo público para el año 2021. Expte.: PER-221/2021.
«Vistas las actuaciones seguidas en el expediente número PER-221/2021, sobre la Oferta de Empleo Público para el año 2021, y atendido lo siguiente:
Primero.– El artículo 91.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, establece que “Las Corporaciones locales formarán públicamente su oferta de empleo, ajustándose a los criterios fijados en la normativa básica estatal”, legislación que, actualmente, viene constituida por el artículo 70 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 10 de octubre, y el Art. 19 de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, que señala los criterios aplicables a la Oferta de Empleo en el sector público.
Segundo.– El citado artículo 70 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público establece que la oferta de empleo contiene las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que han de proveerse mediante incorporación de personal de nuevo ingreso, pudiendo contener medidas derivadas de la planificación de recursos humanos, con el objetivo de, conforme establece el artículo 69 del citado texto legal, contribuir a la consecución de la eficacia en la prestación de los servicios, medidas entre las cuales se incluye la promoción interna.
Tercero.– El artículo 19 de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 establece que:
“Uno. 1. La incorporación de personal de nuevo ingreso con una relación indefinida en el sector público, a excepción de los órganos contemplados en el apartado Uno.e) del artículo anterior, se regulará por los criterios señalados en este artículo y se sujetará a una tasa de reposición de efectivos del 110 por cien en los sectores prioritarios y del 100 por cien en los demás sectores.
Las entidades locales que tuvieran amortizada su deuda financiera a 31 de diciembre del ejercicio anterior tendrán un 110 por cien de tasa en todos los sectores.
2. Las sociedades mercantiles públicas y entidades públicas empresariales, fundaciones del sector público y consorcios participados mayoritariamente por las Administraciones y Organismos que integran el sector público, se regirán por lo dispuesto en las disposiciones adicionales vigésima, vigésima primera y vigésima segunda.
3. Se consideran sectores prioritarios a efectos de la tasa de reposición:
- A) Administraciones Públicas con competencias educativas para el desarrollo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en relación con la determinación del número de plazas para el acceso a los cuerpos de funcionarios docentes.
- B) Administraciones Públicas con competencias sanitarias respecto de las plazas de personal estatutario y equivalente de los servicios de salud del Sistema Nacional de Salud.
- C) Fuerzas Armadas en relación con las plazas de militares de carrera y militares de complemento de acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de Carrera Militar.
- D) Administraciones Públicas respecto del control y lucha contra el fraude fiscal, laboral, de subvenciones públicas y en materia de Seguridad Social, y del control de la asignación eficiente de los recursos públicos.
- E) Administraciones Públicas respecto del asesoramiento jurídico y la gestión de los recursos públicos.
- F) Plazas de los Cuerpos de Letrados de la Administración de Justicia y de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia.
- G) Administraciones Públicas respecto de la cobertura de las plazas correspondientes al personal de los servicios de prevención y extinción de incendios.
- H) Administraciones Públicas en relación con las plazas de personal investigador y técnico de los Agentes del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación en los términos de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
- En los Organismos Públicos de Investigación de la Administración del Estado, se autorizan además 30 plazas para la contratación de personal investigador como laboral fijo en dichos Organismos.
- Igualmente, con el límite máximo del 110 por cien de la tasa de reposición se autoriza a los organismos de investigación de otras Administraciones Públicas para la contratación de personal investigador doctor que haya superado una evaluación equivalente al certificado I3, en la modalidad de investigador distinguido, como personal laboral fijo en dichos organismos.
- I) Plazas de los Cuerpos de Catedráticos de Universidad y de Profesores Titulares de Universidad, de profesores contratados doctores de Universidad regulados en el artículo 52 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y a las plazas de personal de administración y servicios de las Universidades, siempre que por parte de las Administraciones Públicas de las que dependan se autoricen las correspondientes convocatorias.
- Dentro del límite de la tasa de reposición correspondiente a los Cuerpos de Catedráticos de Universidad y de Profesores Titulares de Universidad y a los profesores contratados doctores previsto en el párrafo anterior, cada Universidad estará obligada a destinar, como mínimo, un 15 por ciento del total de plazas que oferte, a la incorporación, en aquella categoría para la que esté acreditado, de personal investigador doctor que haya obtenido el certificado I3 dentro del marco del Programa Ramón y Cajal. En el supuesto de que no se utilicen todas las plazas previstas en esta reserva, éstas se podrán ofertar a otros investigadores de programas de excelencia, nacionales o internacionales y que hayan obtenido el certificado I3. En este caso, la Universidad deberá aportar un certificado del Ministerio de Universidades en el que conste que los programas ofertados reúnen los requisitos establecidos en este apartado.
- J) Plazas correspondientes a la supervisión e inspección de los mercados de valores y de los que en ellos intervienen.
- K) Plazas correspondientes a la seguridad aérea, respecto del personal que realiza actuaciones de inspección y supervisión de la seguridad aérea, las operaciones de vuelo y operaciones aeroportuarias y actuaciones relacionadas con las mismas, y a las plazas de personal en relación con la seguridad marítima, que realiza tareas de salvamento marítimo y prevención y lucha contra la contaminación marina, así como a las plazas de personal en relación con la seguridad ferroviaria y las operaciones ferroviarias.
- L) Administración Penitenciaria.
- M) Consejo de Seguridad Nuclear en relación con las plazas de funcionario de la Escala Superior del Cuerpo de Seguridad Nuclear y Protección Radiológica que realizan funciones de dirección, estudio y evaluación, inspección y control de las instalaciones radiactivas y nucleares.
- N) Acción Exterior del Estado.
Ñ) Plazas de personal que presta asistencia directa a los usuarios de los servicios sociales.
- O) Plazas de personal que realiza la gestión de prestaciones y políticas activas en materia de empleo.
- P) Plazas de seguridad y emergencias.
- Q) Plazas de personal que realiza una prestación directa a los usuarios del servicio de transporte público.
- R) Personal de atención a los ciudadanos en los servicios públicos.
- S) Personal que preste servicios en el área de las tecnologías de la información y las comunicaciones.
4. La tasa será del 115 por ciento para las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, cuerpos de Policía Autonómica y Policías Locales.
5. En todo caso, la oferta deberá atenerse a las disponibilidades presupuestarias del capítulo I del presupuesto de gastos.”
Cuarto.– El artículo 19.Uno.6 de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, establece que “No computarán para el límite máximo de tasa:
a) El personal que se incorpore en ejecución de ofertas de empleo público de ejercicios anteriores.
b) Las plazas que se convoquen por promoción interna.
c) Las plazas correspondientes al personal declarado indefinido no fijo por sentencia judicial.”
Quinto.– La Disposición adicional vigésima tercera de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 establece que “La tasa adicional para la estabilización de empleo temporal en los términos y condiciones que regula el artículo 19.uno.6 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, incluirá hasta el 100 por ciento de las plazas que, estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2016.”
Sexto.– El artículo 59.1 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, establece que en las Ofertas de Empleo Público se reservará un cupo no inferior al siete por ciento de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad considerando como tales las definidas en el apartado 2 del artículo 4 del texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas, de modo que progresivamente se alcance el dos por ciento de los efectivos totales en cada Administración Pública.
Séptimo.– Con fecha 25 de marzo de 2021 la Intervención General ha emitido informe relativo al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, deuda pública, regla de gasto y estado de amortización de la deuda financiera a 31 de diciembre de 2020.
Octavo.– De conformidad con lo previsto en el Capítulo IV del Título III del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, esta Oferta de Empleo Público ha sido objeto de negociación, en la Mesa General de Negociación, con la representación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Valladolid en su sesión de 25 de marzo de 2021.
En vista de lo cual, atendido que, de conformidad con el artículo 127.1.h) de la Ley 71/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, corresponde a la Junta de Gobierno la aprobación de la Oferta de Empleo Público.
SE ACUERDA: Oposiciones Valladolid OEP 2021
Aprobar la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Valladolid para el año 2021 que figura como Anexo del expediente PER-221/2021 y disponer su íntegra publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid y en el Boletín Oficial de Castilla y León.»
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien directamente Recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado Contencioso-Administrativo de Valladolid, conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Todo ello sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime procedente.
Valladolid, 7 de abril de 2021.
El Concejal Delegado
de Planificación y Recursos, Acuerdo de la Junta de Gobierno en sesión celebrada el día 31 de marzo de 2021 Fdo.: Pedro Herrero García
ANEXO Oposiciones Valladolid OEP 2021
OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO 2021 Oposiciones Valladolid OEP 2021
AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID Y ORGANISMOS AUTÓNOMOS Oposiciones Valladolid OEP 2021
1.– TURNO LIBRE. Oposiciones Valladolid OEP 2021
1.1. PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA.
RESERVADAS A PERSONAL FUNCIONARIO.
| CATEGORÍA | ESCALA | SUBGRUPO | NUMERO DE PLAZAS |
| TÉCNICO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL | AG | A1 | 4 |
| INGENIERO DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS | AE | A1 | 1 |
| TÉCNICO SUPERIOR SALUD LABORAL – LICENCIADO EN MEDICINA ESPECIALISTA EN MEDICINA DEL TRABAJO | AE | A1 | 1 |
| INTENDENTE POLICÍA MUNICIPAL | AE | A1 | 1 |
| TÉCNICO MEDIO DE SALUD LABORAL – GRADUADO EN ENFERMERIA ESPECALISTA EN ENFERMERIA DEL TRABAJO | AE | A2 | 1 |
| ARQUITECTO TÉCNICO | AE | A2 | 5 |
| INGENIERO TÉCNICO OBRAS PÚBLICAS | AE | A2 | 1 |
| TRABAJADOR SOCIAL | AE | A2 | 7 |
| AGENTE DE POLICÍA MUNICIPAL | AE | C1 | 65 |
| BOMBERO | AE | C1 | 11 |
| AUXILIAR DE VETERINARIA | AE | C2 | 1 |
| AUXILIAR ADMINISTRATIVO | AG | C2 | 4 |
| TOTAL | 102 |
1.2. PLAZAS DE PERSONAL LABORAL.
| CATEGORÍA | GRUPO | NÚMERO DE PLAZAS |
|---|---|---|
| OFICIAL DE SERVICIOS ZOONOSIS | IV | 3 |
| MECANICO | IV | 3 |
| AUXILIAR VIGILANTE BIBLIOTECAS | IV | 2 |
| OFICIAL 1.ª DE FORJA | IV | 1 |
| OFICIAL 2.ª DE FORJA | IV | 1 |
| OFICIAL 1.ª ALBAÑIL | IV | 1 |
| OFICIAL 2.ª ALBAÑIL | IV | 1 |
| OFICIAL 1.ª CARPINTERO EBANISTA | IV | 1 |
| OFICIAL 2.ª FONTANERO | IV | 2 |
| TOTAL | 15 |
2.– PROPUESTA DE PLAZAS A INCLUIR EN PROMOCIÓN INTERNA.
2.1. PLAZAS RESERVADAS A PERSONAL FUNCIONARIO.
| CATEGORÍA | GRUPO | NÚMERO DE PLAZAS |
| TÉCNICO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL | A1 | 2 |
| SUPERINTENDENTE PM | A1 | 1 |
| TÉCNICO MEDIO DE GESTIÓN | A2 | 5 |
| OFICIAL SEIS Y PC | A1 | 1 |
| INSPECTOR PM | A2 | 1 |
| SARGENTO SEIS Y PC | A2 | 5 |
| SUBINSPECTOR PM | A2 | 5 |
| ADMINISTRATIVO | C1 | 10 |
| OFICIAL PM | C1 | 18 |
| AUXILIAR ADMINISTRATIVO | C2 | 5 |
| TOTAL | 53 |
2.2. PLAZAS DE PERSONAL LABORAL.
| CATEGORÍA | GRUPO | NÚMERO DE PLAZAS |
| CONDUCTOR | IV | 17 |
| OFICIAL 1 FOTOCOMPOSICIÓN | IV | 1 |
| OFICIAL 1 MAQUINISTA | IV | 1 |
| OFICIAL 1 FOTOMECANÍCA | IV | 1 |
| TOTAL | 20 |
3.– PLAZAS DE ESTABILIZACIÓN CORRESPONDIENTES A PERSONAL LABORAL DECLARADO INDEFINIDO NO FIJO POR SENTENCIA JUDICIAL.
| CATEGORÍA PROFESIONAL | GRUPO | NÚMERO DE PLAZAS |
| CAPATAZ DE LA BRIGADA DE MERCADOS | III | 1 |
| OFICIAL 2.ª BANCO | IV | 1 |
| OFICIAL 2.ª JARDINERO | IV | 1 |
| PEÓN | V | 11 |
| TOTAL | 14 | |
4.– OFERTA ADICIONAL DE ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL.
| CATEGORÍA | GRUPO | NÚMERO DE PLAZAS |
| TÉCNICO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL | A1 | 2 |
| TÉCNICO SUPERIOR DE EDUCACIÓN Y ACCIÓN SOCIAL | A1 | 1 |
| TÉCNICO SUPERIOR DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES | A1 | 1 |
| TOTAL | 4 |
ANEXO Acuerdo de Junta de Gobierno de sesión del día 31 de marzo de 2021.
Ver publicación Oferta de Empleo Público 2021 en BOCYL (HTML)
Ver publicación Oferta de Empleo Público 2021 en BOCYL (PDF)
40 Aniversario Academia Irigoyen
40 Aniversario Academia Irigoyen
40 Aniversario Academia Irigoyen
Academia Irigoyen, situada en Soria capital, abría sus puertas por primera vez en abril de 1981. Durante estos años ha sido la academia de referencia para todos los sorianos y sorianas en la preparación de oposiciones y apoyo en asignaturas lectivas a todos los niveles. Hoy, 40 años después, se consolida como una academia especializada en la preparación de oposiciones en Castilla y León y en todo el territorio nacional, siendo pionera en sus métodos de preparación de oposiciones online.
A lo largo de estas cuatro décadas, han sido miles los alumnos y alumnas que han pasado por nuestras aulas y han alcanzado su meta junto a nosotros: APROBAR. También, el esfuerzo y dedicación de cientos de profesores que se han volcado en la preparación de nuestros alumnos ha permitido que estos consigan su objetivo.
Desde Academia Irigoyen queremos dar las gracias a todos los alumnos y alumnas que han y siguen depositando su confianza en nosotros; a todo el profesorado, que sacrifican parte de su tiempo para ayudar a cientos de opositores cada año y a todas las entidades y resto de corporaciones que colaboran con Academia Irigoyen y ayudan a que sigamos creciendo año tras año, haciendo que tengamos ilusión por alcanzar otros 40 años más.
GRACIAS, GRACIAS y GRACIAS.

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