Oferta Empleo Público 2020 UVA

RESOLUCIÓN de 11 de noviembre de 2020, del Rectorado de la Universidad de Valladolid, por la que se hace pública la oferta de empleo público del personal laboral y funcionario de Administración y Servicios de la Universidad de Valladolid para el año 2020, aprobada por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 5 de noviembre de 2020.

El artículo 200.2 de los Estatutos de la Universidad de Valladolid, aprobados por Acuerdo 104/2003, de 10 de julio de la Junta de Castilla y León, establece que las plazas de Personal Funcionario y Laboral de Administración y Servicios con dotación presupuestaria que no puedan ser cubiertas con los efectivos de personal existentes, constituirán la Oferta de Empleo Público de la Universidad de Valladolid.

Esta oferta se ha de determinar dentro del marco normativo establecido por el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre y conforme a la normativa básica contenida en los Presupuestos Generales del Estado del año 2018 (Ley 6/2018, de 3 de julio) prorrogados para este año de forma automática en aplicación de la previsión contenida en el artículo 134.4 de la Constitución y en el artículo 38.1 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

El artículo 19 del citada Ley, en su apartado Uno.3.I), establece, con una referencia explícita, una tasa de reposición del 100 por cien para el personal de administración y servicios de las Universidades Públicas, con condiciones que se cumplen en el caso de la Universidad de Valladolid.

A la vista de estos preceptos, el Consejo de Gobierno de esta Universidad en sesión del pasado 5 de noviembre de 2020, aprobó la Oferta de Empleo Público de Personal Funcionario y Laboral de Administración y Servicios que incluye una serie de plazas cuya cobertura se considera prioritaria, en consideración a las necesidades de personal necesario para el cumplimiento de los intereses públicos institucionales, una vez que ha sido autorizada por los órganos competentes de las Administraciones del Estado y de la Comunidad de Castilla y León.

La distribución de esta oferta es de 20 plazas, de las cuales 9 son de Personal de Administración y Servicios (PAS) Laboral de diversas categorías y especialidades, y 11 de PAS Funcionario.

En su virtud, este Rectorado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, el artículo 19 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, a la vista del acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Valladolid aprobado en su sesión de 5 de noviembre de 2020,

RESUELVE:

Primero.– Publicar en el Boletín Oficial de Castilla y León la Oferta de Empleo Público de Personal Funcionario y Laboral de Administración y Servicios de la Universidad de Valladolid para el año 2020, aprobada en sesión del pasado 5 de noviembre del Consejo de Gobierno de la Universidad de Valladolid. Esta oferta incluye un total de 20 plazas de Personal Funcionario y Laboral de Administración y Servicios, según se detallan en el Anexo de la presente resolución.

Segundo.– Las bases específicas que regulen los procesos selectivos derivados de la presente Oferta de Empleo deberán publicarse en los boletines oficiales correspondientes en el plazo de tres años, a contar desde la fecha de la publicación de esta Oferta de Empleo, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre y el artículo 19, apartado Cinco, de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018.

Tercero.– Conforme a la normativa vigente que regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público, en los procesos selectivos derivados de la presente oferta de empleo público para ingreso en las escalas de funcionarios y en las categorías y especialidades de personal laboral se reservará el diez por ciento del total de las plazas autorizadas para el acceso de aquellas personas con discapacidad, considerando como tales las definidas en el apartado 2 del artículo 4 del texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.

Al menos el dos por ciento de estas plazas se ofertarán para ser cubiertas por personas que acrediten discapacidad intelectual y el resto por quienes acrediten cualquier otro tipo de discapacidad, tal y como dispone el artículo 59.1 del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.

Las plazas reservadas para personas con discapacidad podrán convocarse conjuntamente con las plazas ordinarias o mediante convocatoria independiente. En todo caso, se ofertarán en convocatoria independiente las plazas reservadas para personas con discapacidad intelectual.

Podrán efectuarse, asimismo, para la cobertura de hasta un diez por ciento de la reserva total, convocatorias específicas para personas con discapacidad que presenten especiales dificultades para el acceso al mercado ordinario de trabajo, conforme a la normativa vigente.

La distribución de esta reserva global por escalas de funcionarios y categorías de personal laboral se efectuará en las respectivas convocatorias de las pruebas selectivas. No obstante, por motivo de economía en los procesos de selección que se deriven de esta Oferta de Empleo, podrá ofertarse esta reserva de plazas en la respectiva convocatoria que acumule plazas de posteriores o anteriores ofertas de empleo, dentro del límite de los tres años establecido para la presente oferta de este año 2020.

Los órganos de selección podrán requerir informe y, en su caso, colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral, sanitaria o de cualquier otro órgano competente en la materia, con el fin de asegurar que las personas con discapacidad realicen las pruebas selectivas en condiciones de igualdad con el resto de los aspirantes.

Cuarto.– Contra el citado acuerdo del Consejo de Gobierno, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a su publicación mediante la presente resolución, ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Valladolid (artículos 8.2 y 13 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

Potestativamente, podrá interponerse recurso de reposición ante el Consejo de Gobierno, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación mediante la presente resolución. En este caso, no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo, antes mencionado, hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del de reposición.

Valladolid, 11 de noviembre de 2020.

El Rector,
P.D. Gerente (Por delegación, RR de 26/08/2020, B.O.C. y L. del 2/09/2020) Fdo.: Julio Ignacio García Olea

ANEXO

NUEVO INGRESO

PERSONAL LABORAL

CATEGORÍA Y ESPECIALIDAD GRUPO TOTAL PLAZAS
Titulado Superior, Química I 1
Titulado Superior, Técnico Educación Física I 1
Técnico Especialista de Oficios, Carpintería III 1
Técnico Especialista de Oficios, Mantenimiento General III 1
Técnico Especialista, Maquetas, Modelos y Prototipos III 2
Oficial de Oficios, Deportes IVA 2
Oficial de Oficios, Mantenimiento General IVA 1
TOTAL PLAZAS 9

NUEVO INGRESO

PERSONAL FUNCIONARIO

ESCALA SUBGRUPO TOTAL PLAZAS
Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Valladolid A2 3
Escala Básica Auxiliar de Bibliotecas, Archivos y Museos de la Universidad de Valladolid C2 1
Escala de Auxiliares Administrativos de la Universidad de Valladolid C2 7
TOTAL PLAZAS 11

 

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