Oposiones Policía Local Almazán Oposiciones Policía Local Almazán

RESOLUCIÓN de 6 de mayo de 2019, de la Alcaldía del Ayuntamiento de Almazán (Soria), por el que se aprueban las bases y la convocatoria para la provisión, por el procedimiento de libre acceso y sistema de oposición, de dos plazas de Agente de la Policía Local. Expte.: 186/2019.

Por Resolución de la Alcaldía de fecha 6 de mayo del 2019, se han aprobado las bases reguladoras y se han convocado las pruebas selectivas para la provisión en propiedad, mediante oposición libre, de dos plazas de Agentes de la Policía Local, vacantes en la plantilla de personal de este Ayuntamiento y cuyo tenor literal es el siguiente:

BASES PARA LAS CONVOCATORIAS DE PRUEBAS DE ACCESO A LA CATEGORÍA DE AGENTE DE LOS CUERPOS DE POLICÍAS LOCALES

Base primera.– Objeto y calendario de la convocatoria.

1.1. Es objeto de la convocatoria la provisión de dos plazas de la categoría de Agente del Cuerpo de policía local del Ayuntamiento de Almazán, pertenecientes a la escala de administración especial, subescala de servicios especiales, clase: Policía local, denominación: Agente de la policía local clasificadas en el grupo C, subgrupo C1, de los previstos en el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y dotadas con el sueldo, trienios, pagas extraordinarias y demás retribuciones que correspondan con arreglo a la legislación vigente.

1.2. El desempeño de estas plazas será incompatible con cualquier actividad remunerada, pública o privada, quedando sometido al régimen de incompatibilidad, con los deberes y obligaciones inherentes y con el derecho al percibo de las correspondientes retribuciones complementarias.

1.3. Las plazas se encuentran vacantes e incluidas en la oferta pública de empleo del Ayuntamiento, así como en la relación de puestos de trabajo, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado. Podrá ampliarse el número de plazas de la convocatoria con las vacantes que se produzcan en el cuerpo de policía local antes de la finalización de la oposición en su caso.

1.4. Las plazas convocadas se cubrirá mediante oposición libre.

1.5. El procedimiento selectivo, deberá resolverse en un plazo que no podrá exceder de ocho meses. Los solicitantes podrán entender desestimadas sus peticiones transcurrido el tiempo máximo establecido sin que recaiga resolución expresa. Oposiciones Policía Local Almazán Oposiciones Policía Local Almazán

Base segunda.– Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para tomar parte en la oposición en turno libre, será necesario reunir los siguientes requisitos:

  • a) Ser español. Oposiciones Policía Local Almazán Oposiciones Policía Local Almazán
  • b) Tener dieciocho años de edad, referida al día en que finalice el plazo de presentación de instancias y no superar la edad que para la jubilación forzosa se determine en la legislación vigente en materia de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Oposiciones Policía Local Almazán Oposiciones Policía Local Almazán
  • c) Estar en posesión o en condiciones de obtener la titulación de bachiller o técnico, o título equivalente que permita el acceso al grupo C subgrupo C1, de los previstos en el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. En el supuesto de invocar título equivalente al exigido, habrá de acompañarse certificado expedido por la autoridad competente en materia educativa que acredite la equivalencia.
  • d) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente las correspondientes funciones. Oposiciones Policía Local Almazán Oposiciones Policía Local Almazán
  • e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
  • f) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.
  • g) Tener una estatura mínima de 165 centímetros los hombres y 160 centímetros las mujeres.
  • h) Estar en posesión de los permisos de conducir vehículos de motor de las clases A-2 y B.
  • i) Presentar declaración jurada de compromiso de portar armas y de utilizarlas en los casos previstos en la ley.

2.2. Todos los requisitos mencionados deberán poseerse en el momento en que finalice el plazo de presentación de solicitudes. Oposiciones Policía Local Almazán Oposiciones Policía Local Almazán

Base tercera.– Solicitudes.Oposiciones Policía Local Almazán Oposiciones Policía Local Almazán

3.1. La solicitud para participar en el proceso selectivo se ajustará al modelo que figura en la base decimosexta, que se encontrara publicado en el Tablón de anuncios de la sede electrónica http://almazan.sedelectronica.es/board.

3.2. Las solicitudes se dirigirán al Alcalde-Presidente del ayuntamiento de Almazán, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al que aparezca el último de los anuncios de la convocatoria, que se publicará íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Boletín Oficial de Castilla y León, y en extracto en el Boletín Oficial del Estado. Se presentarán en la forma prevista en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

3.3. Tasas. Oposiciones Policía Local Almazán Oposiciones Policía Local Almazán

De acuerdo con lo establecido en la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por documento que expidan o de que entiende la administración o autoridad administrativa para poder participar en la convocatoria los aspirantes deberán abonar el importe de 16,00 € en concepto de tasa por derechos de examen.

Los derechos de examen a satisfacer por los aspirantes será abonado en la Tesorería Municipal o se ingresarán en las cuentas bancarias de titularidad del Ayuntamiento de Almazán. En el tablón de anuncios de la sede electrónica se indicaran los números de las cuentas bancarias posibles. Deberá constar en la transferencia el nombre del aspirante y en el apartado observaciones «Derechos examen Agente Policía local».

No se establecerá ninguna exención de esta tasa de conformidad con lo establecido en la ordenanza fiscal n.º 35 reguladora de la tasa por expedición de documentos.

La falta de pago o la falta de justificación del pago de la tasa en el plazo de presentación de solicitudes señalado en la base 3.3 determinarán la exclusión del aspirante, pudiendo subsanarse, sin embargo, el pago incompleto de dicha tasa. Oposiciones Policía Local Almazán Oposiciones Policía Local Almazán

Sólo se procederá a la devolución de los derechos de examen satisfechos por los aspirantes cuando por causas no imputables al aspirante no tenga lugar el proceso selectivo, cuando los ingresos se declaren indebidos por resolución o sentencia firme o cuando se haya producido una modificación sustancial de las bases de la convocatoria. No procederá devolución alguna de la tasa por derechos de examen en los supuestos de exclusión definitiva del proceso selectivo por causas imputables al solicitante.

3.4. A la solicitud se acompañará: Oposiciones Policía Local Almazán Oposiciones Policía Local Almazán

3.4.1. Documentación de carácter general:

  • a) Copia del Documento nacional de identidad.
  • b) Resguardo acreditativo de haber abonado la tasa en concepto de derechos de examen.
  • c) Copia de los permisos de conducir exigidos en la Base segunda.

3.4.2. Documentación de carácter específico.

  • Ninguna. Oposiciones Policía Local Almazán Oposiciones Policía Local Almazán

Base cuarta.– Admisión y exclusión de aspirantes.

Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el alcalde-presidente del Ayuntamiento dictará resolución, aprobando la lista provisional de admitidos y excluidos, que se hará pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y Boletín Oficial de la Provincia, y en la web del Ayuntamiento http://www.almazan.es/ concediendo un plazo de diez días hábiles a los aspirantes excluidos para reclamar y subsanar, en su caso, los defectos que han motivado su exclusión.

Transcurrido el plazo para reclamar o subsanar, en su caso, el alcalde-presidente del Ayuntamiento dictará resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos, que se hará pública en el tablón de edictos de la Casa Consistorial y Boletín Oficial de la Provincia y que contendrá, además del lugar, fecha y hora de comienzo de la primera prueba de la oposición.

Contra dicha resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 10.1 a) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Igualmente, con carácter previo y potestativo, se podrá interponer recurso de reposición ante el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, según lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Base quinta.– Tribunal. Oposiciones Policía Local Almazán Oposiciones Policía Local Almazán

El Tribunal calificador de las pruebas selectivas, estará constituido de la siguiente forma:

  • Presidente: Funcionario del Ayuntamiento designado por el Alcalde.
  • Vocales: Oposiciones Policía Local Almazán Oposiciones Policía Local Almazán
    • Un funcionario de carrera en representación de la Junta de Castilla y León.
    • Dos funcionarios de carrera del Ayuntamiento de Almazán, designados por el Alcalde, uno de ellos el Oficial Jefe de la Policía Local de Almazán.
    • Un funcionario en representación de la Jefatura Provincial de Tráfico de Soria.
  • Secretario: Un funcionario de carrera del Ayuntamiento de Almazán, designado por la Alcaldía-Presidencia, que actuará con voz y sin voto.

La designación de los miembros del tribunal incluirá la de los respectivos suplentes que les sustituirán en casos de ausencia, vacante o delegación.

Con la publicación de la lista definitiva de admitidos se nombrará el tribunal calificador por la Alcaldía- Presidencia, haciéndose pública su composición con la publicación en el B.O.P. de la referida lista de admitidos y la fecha de realización del primer ejercicio.

5.2. Previa convocatoria por el presidente, se constituirá el tribunal en el plazo máximo de 30 días a partir de su nombramiento. El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos la mitad de los miembros, titulares o suplentes indistintamente, y en todo caso con la presencia del presidente y secretario o personas que les sustituyan. Oposiciones Policía Local Almazán Oposiciones Policía Local Almazán

5.3. Para las pruebas médicas, psicotécnicas y físicas, el tribunal requerirá los servicios de personal especializado, que emitirá su informe con arreglo a las condiciones de la convocatoria, y a la vista de los cuales el tribunal resolverá. Asimismo podrán nombrarse asesores del tribunal para aquellas materias que estime necesario, que actuarán con voz pero sin voto.

El tribunal resolverá todas las dudas que surjan de la aplicación de las normas contenidas en estas bases y determinará la actuación procedente en los casos no previstos en ellas. Adoptará sus decisiones por mayoría, mediante votación nominal. En caso de empate, se repetirá la votación hasta una tercera vez en la que, si persiste el empate, éste lo dirimirá el Presidente con su voto. Para las votaciones se seguirá el orden establecido en la resolución de nombramiento de los miembros del Tribunal, votando en último lugar el Presidente. El Secretario del Tribunal tendrá voz, pero no voto.

Los acuerdos del Tribunal podrán ser impugnados por los interesados en los supuestos y en la forma establecida en la Ley de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El tribunal continuará constituido hasta tanto se resuelvan las reclamaciones planteadas o las dudas que pueda suscitar el procedimiento selectivo.

5.4. Abstención: Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el Art. 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, o en el Art. 13.2 del Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo.

5.5. Recusación: Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando juzguen que concurren en ellos alguna o varias de las circunstancias señaladas en la precedente base 5.4, siguiéndose para ello el procedimiento establecido en el Art. 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

5.6. Revisión de las resoluciones del Tribunal Calificador: las Resoluciones del Tribunal Calificador vinculan a la Administración Municipal, aunque ésta, en su caso, pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en los Arts. 106 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. 5.4. A efectos de comunicación y demás incidencias, el tribunal tendrá su sede en Ayuntamiento de Almazán situado en la Plaza Mayor n.º 1 42.200 Almazán ( Soria).

5.7. Clasificación del Tribunal Calificador: El Tribunal Calificador que actúe en estas pruebas selectivas tendrá categoría segunda, conforme a lo preceptuado en el Art. 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.

Base sexta.– Comienzo y desarrollo de los ejercicios.

6.1. Orden de actuación de los aspirantes.

El orden de actuación de los aspirantes se determinará por sorteo previo a la realización de las pruebas de aptitud física. Oposiciones Policía Local Almazán Oposiciones Policía Local Almazán

6.2. El día, hora y lugar de realización del primer ejercicio de la fase de oposición será anunciado al menos con diez días naturales de antelación, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web. Los anuncios de celebración del segundo y restantes ejercicios se efectuarán por el tribunal en la sede del mismo y en la página web, al menos con veinticuatro horas de antelación a la señalada para la iniciación de los mismos.

6.3. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, quedando decaídos en sus derechos los aspirantes que no comparezcan a realizarlo a la hora fijada, salvo los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el tribunal, para los que podrá realizarse una convocatoria extraordinaria.

Base séptima.– Fase de oposición.

Constará de varias pruebas y un reconocimiento médico, todos ellos eliminatorios y se efectuara en el siguiente orden: Oposiciones Policía Local Almazán Oposiciones Policía Local Almazán

7.1. Prueba de aptitud física: Pruebas físicas tendentes a comprobar, entre otros aspectos, las condiciones de equilibrio, velocidad, resistencia y coordinación. Tendrá carácter eliminatorio y se ajustará a las condiciones establecidas en la Base decimocuarta. La calificación será de «Apto» o «No apto».

7.2. Prueba de conocimientos. Oposiciones Policía Local Almazán Oposiciones Policía Local Almazán

Tendrá carácter eliminatorio y consistirá en contestar por escrito a los siguientes ejercicios:

  • Ejercicio Primero.– Consistirá en responder por escrito, durante el tiempo de 60 minutos, a un cuestionario de al menos 50 preguntas tipo test, con cuatro respuestas alternativas, sobre los contenidos de los temas relacionados en el Temario de la Base decimoquinta; de las que al menos el 40 por 100 corresponderán a los temas del grupo A, al menos otro 40 por 100 corresponderán a los temas del grupo B y el número máximo de preguntas del grupo C no podrá superar el 20 por 100.
  • El ejercicio se calificará sobre 10 puntos para el total de respuestas correctas, penalizándose las respuestas erróneas con un tercio del valor de cada respuesta acertada. Las preguntas sin respuesta no penalizarán.
  • Los aspirantes que no alcancen 5 puntos serán eliminados definitivamente de la prueba.
  • Ejercicio Segundo.– Consistirá en responder por escrito, durante un tiempo máximo de 45 minutos al planteamiento de un ejercicio práctico relacionado con los grupos A y B del temario de la Base decimoquinta.
  • El ejercicio se calificará sobre 10 puntos.

La calificación global de la prueba de los aspirantes no eliminados será la media de las calificaciones de los dos ejercicios, siendo necesario obtener al menos 5 puntos para superarla.

7.3. Pruebas de aptitud psíquica: Tendrán carácter eliminatorio y consistirán en la contestación de varios cuestionarios ajustados a los requerimientos propios del puesto a desempeñar, en especial las siguientes:

  • Prueba de aptitudes: Oposiciones Policía Local Almazán Oposiciones Policía Local Almazán
    • Razonamiento verbal. Oposiciones Policía Local Almazán Oposiciones Policía Local Almazán
    • Razonamiento abstracto. Oposiciones Policía Local Almazán Oposiciones Policía Local Almazán
    • Rapidez y precisión perceptiva. Atención y resistencia a la fatiga. Agilidad mental.
    • Memoria visual. Oposiciones Policía Local Almazán Oposiciones Policía Local Almazán
  • Prueba de personalidad:
    • Autocontrol. Oposiciones Policía Local Almazán Oposiciones Policía Local Almazán
    • Estabilidad emocional. Oposiciones Policía Local Almazán Oposiciones Policía Local Almazán
    • Capacidad empática y de manejo de la relación interpersonal.
    • Seguridad en sí mismo. Oposiciones Policía Local Almazán Oposiciones Policía Local Almazán
    • Sentido de la disciplina. Oposiciones Policía Local Almazán Oposiciones Policía Local Almazán
    • Autoridad. Oposiciones Policía Local Almazán Oposiciones Policía Local Almazán
    • Trabajo en equipo. Oposiciones Policía Local Almazán Oposiciones Policía Local Almazán
    • Sociabilidad. Oposiciones Policía Local Almazán Oposiciones Policía Local Almazán
    • Iniciativa. Oposiciones Policía Local Almazán Oposiciones Policía Local Almazán
    • Objetividad. Oposiciones Policía Local Almazán Oposiciones Policía Local Almazán
    • Automotivación. Oposiciones Policía Local Almazán Oposiciones Policía Local Almazán

Las pruebas de aptitud psíquica se realizarán por personal técnico cualificado. Si el tribunal lo estima pertinente, podrá acordar la celebración de entrevistas a todos o a algunos de los aspirantes, destinadas a contrastar y ampliar los resultados de las pruebas psicotécnicas escritas y para determinar la adecuación del candidato al perfil profesional. El resultado será de «Apto» o «No apto».

7.4. Reconocimiento médico: Tendrá carácter eliminatorio y se ajustará a las consideraciones establecidas en la Base decimoquinta. Oposiciones Policía Local Almazán Oposiciones Policía Local Almazán

El reconocimiento médico se realizará por personal técnico cualificado, que podrá realizar cuantos exámenes y pruebas médicas considere necesarias para determinar el estado de cada aspirante, incluyendo análisis de sangre y orina, pruebas radiológicas, etc. La negativa a la realización de cualquier prueba médica será motivo para la exclusión del proceso selectivo.

Se garantiza la confidencialidad de los resultados. El resultado de la prueba será de «Apto» o «No apto».

Base octava.– Calificación de la oposición.

La suma de los puntos obtenidos en las pruebas de conocimientos dará la calificación definitiva de la oposición.

Las vacantes de este turno se adjudicarán a los aspirantes con mayor puntuación.

En el caso de empate en la puntuación, el orden se establecerá ateniéndose a los siguientes criterios.

  • 1.º– Mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio de la prueba de conocimientos.
  • 2.º– Mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio de la prueba de conocimientos.
  • 3.º– Mayor número de respuestas acertadas en el primer ejercicio de la prueba de conocimientos.
  • 4.º– Menor número de respuestas erróneas en el primer ejercicio de la prueba de conocimientos.

Si se mantuviera el empate, el Tribunal llevará a efecto una o más pruebas complementarias sobre los ejercicios de la oposición. Oposiciones Policía Local Almazán Oposiciones Policía Local Almazán

Base novena.– Relación de aprobados y presentación de documentos.

9.1. Terminada la calificación de los aspirantes, el tribunal publicará en el tablón de anuncios y sede electrónica, la relación de los aspirantes aprobados, por orden de puntuación, y elevará al Alcalde del Ayuntamiento la propuesta de adjudicación de vacantes, que no podrá rebasar el número de vacantes existentes.

9.2. Si además de los propuestos para las vacantes existentes, hubiera más aspirantes que hubieran aprobado los ejercicios de la oposición, el tribunal publicará un listado complementario con dichos aspirantes, por orden de puntuación, a los efectos previstos en el párrafo segundo del artículo 61, apartado 8 del Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

9.3. Los opositores propuestos presentarán en el Ayuntamiento, dentro del plazo de quince días naturales, contados a partir de la publicación de la lista de aprobados en el tablón de anuncios del ayuntamiento, los siguientes documentos: Oposiciones Policía Local Almazán Oposiciones Policía Local Almazán

  • 1.º– Certificado negativo de antecedentes penales, expedido por el Registro de penados y rebeldes, referido a la fecha de la publicación de la lista de aprobados en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
  • 2.º– Declaración responsable de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las comunidades autónomas o a las entidades locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública.
  • 3.º– Declaración jurada de compromiso de portar armas y utilizarlas en los casos previstos en la ley.
  • 4.º– Título de bachiller o técnico, o título equivalente que permita el acceso al Grupo C, Subgrupo C1, de los previstos en el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
  • 5.º– Permisos de conducir vehículos a motor de las clases A-2 y B.

9.4. Si dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor, los opositores propuestos no presentaran su documentación o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación en la convocatoria.

Base décima.– Curso selectivo de formación básica y nombramientos.

10.1. Los aspirantes aprobados en el turno libre seguirán un curso selectivo de formación básica, organizado por la Dirección General competente en materia de coordinación de policías locales, como funcionarios en prácticas de los ayuntamientos, con arreglo al programa que se establezca, debiendo superar las pruebas que en el mismo se señalen.

10.2. Los aspirantes que acrediten haber realizado el curso selectivo de formación básica en cualquier otra edición, estarán eximidos de realizarlo nuevamente, pudiendo ser nombrados funcionarios de carrera de manera inmediata. Asimismo, podrán ser eximidos del curso selectivo aquellos aspirantes que acrediten formación similar obtenida en otras comunidades autónomas, cuando así sea expresamente reconocido por resolución del Director General competente en materia de coordinación de policías locales.

10.3. Durante el curso los aspirantes admitidos devengarán las retribuciones legales como funcionarios en prácticas, sin perjuicio de las compensaciones que puedan corresponder por gastos extraordinarios (desplazamiento, alojamiento y manutención) que conlleve su estancia en el centro de formación, con cargo a su ayuntamiento.

10.4. La calificación definitiva de los aspirantes en turno libre que hayan sido declarados aptos en el curso selectivo, vendrá dada por la suma de la obtenida en la oposición y la que hayan alcanzado en el curso selectivo de formación básica, elevándose la relación de aprobados por orden de puntuación al alcalde del ayuntamiento, para tramitar los nombramientos como funcionarios de carrera de los aspirantes seleccionados.

10.5. Una vez efectuado el nombramiento, el opositor nombrado deberá tomar posesión en el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el siguiente al que le sea notificado el nombramiento. La falta de toma de posesión en el plazo indicado, sin causa justificada, conllevará la pérdida de los derechos del opositor en el proceso selectivo.

Base undécima.– Incidencias.

El tribunal queda autorizado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la oposición en todo lo no previsto en estas bases.

Serán de aplicación general las normas contenidas en el Reglamento de funcionarios de administración local, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, que aprueba el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado, Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de administración local, y demás legislación vigente.

Base duodécima.– Recursos.

La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta y de la actuación del tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Base decimotercera.– Desarrollo de las pruebas físicas.

Las pruebas se realizarán siguiendo el orden que determine el tribunal, con apoyo de personal especializado en la materia y de acuerdo con las siguientes reglas:

13.1. Prueba de potencia del tren inferior. Salto de longitud.

  • a.– Disposición: El aspirante se colocará ante una línea de 1 metro de larga y de 0,05 metros de ancha, marcada en el suelo, paralela al foso de saltos y a una distancia de 0,50 metros del borde anterior del mismo.
  • b.– Ejecución: Cuando se halle dispuesto, el aspirante flexionará y extenderá rápidamente el tren inferior para, apoyando los dos pies en el suelo, proyectar el cuerpo hacia adelante y caer en el foso. Está permitido el balance sobre punta-talón del pie o la elevación de talón antes del salto.
  • c.– Medición: Se efectuará desde la parte de la línea más alejada del foso hasta la huella del aspirante más cercana a la línea de partida sobre la arena del foso. La medición será en metros y centímetros.
  • d.– Intentos: Pueden realizarse tres intentos, contabilizándose el mejor.
  • e.– Invalidaciones: El salto debe realizarse con un solo impulso de los pies, contabilizándose como nulo aquél en el que, una vez separados los pies del suelo, vuelvan a apoyarse de nuevo para la impulsión definitiva. Es nulo el salto que se produce por el apoyo alternativo y no simultáneo de los pies sobre el suelo. Es nulo el salto en el que el aspirante pise o rebase la línea en el momento de la impulsión.
  • Quedarán eliminados los aspirantes que no consigan superar las marcas establecidas o que realicen tres intentos nulos. Oposiciones Policía Local Almazán Oposiciones Policía Local Almazán
  • f.– Marcas. Oposiciones Policía Local Almazán Oposiciones Policía Local Almazán
    • Mujeres: Las opositoras serán eliminadas con un salto inferior a 1,90 m.
    • Hombres: Los opositores serán eliminados con un salto inferior a 2,30 m.

13.2. Prueba de potencia del tren superior. Lanzamiento de balón medicinal.

  • a.– Disposición: El aspirante se colocará frente a una línea marcada en el suelo, de  1 metro de larga por 0,05 metros de ancha, paralela a la zona de lanzamiento, con los pies separados y la punta de los pies a la misma distancia de dicha línea.
  • b.– Ejecución: Cuando esté dispuesto, el aspirante tomará el balón medicinal con ambas manos y lanzará el mismo, sacándole desde atrás y por encima de la cabeza, enviándole lo más lejos posible. No se podrá tomar carrera pero sí realizar movimientos de balanceo con brazos y cuerpo.
  • c.– Medición: Se efectuará desde la parte de la línea más alejada de la zona de lanzamiento hasta la primera huella que deje el balón sobre la zona de caída. La medición será en metros y centímetros.
  • d.– Intentos: Pueden realizarse tres intentos, contabilizándose el mejor.
  • e.– Invalidaciones: Se considerarán lanzamientos nulos aquellos en los que el aspirante pise o rebase la línea, o cuando no tenga la punta de los pies a la misma distancia de la línea de lanzamiento, o cuando haga su lanzamiento saltando, despegando totalmente cualquiera de los pies o arrastrando cualquiera de los mismos hacia atrás o cuando el aspirante efectúe el lanzamiento con una sola mano.
  • f.– Marcas. Oposiciones Policía Local Almazán Oposiciones Policía Local Almazán
    • Mujeres: Balón medicinal de 3 kg. Las opositoras serán eliminadas con un lanzamiento inferior a 6,25 m.
    • Hombres: Balón medicinal de 5 kg. Los opositores serán eliminados con un lanzamiento inferior a 6,25 m. Oposiciones Policía Local Almazán Oposiciones Policía Local Almazán

13.3. Prueba de velocidad. Carrera de 60 metros lisos.

  • a.– Disposición: El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado, pudiendo realizar la salida de pie o agachado, sin tacos de salida.
  • b.– Ejecución: La propia en una carrera de velocidad, adaptada a los requisitos mínimos en cuanto a condiciones del terreno especificadas en el Reglamento de la Federación Internacional de Atletismo Aficionado (FIAA). Oposiciones Policía Local Almazán Oposiciones Policía Local Almazán
  • c.– Medición: La toma de tiempos se realizará preferentemente mediante cronometrajes electrónicos, aunque podrá ser manual, duplicándose los cronos por cada calle, tomándose como válido, el tiempo medio de los dos medidos. Los tiempos deberán leerse en segundos y décimas de segundo. Si se utilizan cronómetros de centésimas de segundo con lectura digital, los tiempos que terminen en más de cinco en el segundo decimal, se convertirán a la próxima décima de segundo mayor.
  • Los tiempos mínimos de esta prueba, señalados en el apartado «f», se incrementarán en tres décimas, en caso de que la toma de tiempos se realice con medios electrónicos y foto finish.
  • d.– Intentos: Solamente se permite un intento y dentro del mismo, una salida nula por cada corredor. A la segunda falta, el aspirante será eliminado.
  • e.– Invalidaciones: De acuerdo con el Reglamento de la FIAA.
  • f.– Marcas. Oposiciones Policía Local Almazán Oposiciones Policía Local Almazán
    • Mujeres: Las opositoras serán eliminadas con un tiempo superior a 10 segundos y 4 décimas (10,4”).
    • Hombres: Los opositores serán eliminados con un tiempo superior a 8 segundos y 6 décimas (8,6”).

13.4. Prueba de resistencia muscular. Carrera de 1.000 metros lisos.

  • a.– Disposición: El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado para la salida, pudiendo realizarla de pie o agachado sin tacos.
  • b.– Ejecución: La propia de este tipo de carreras sobre 1.000 metros, adaptada a los requisitos mínimos en cuanto a condiciones del terreno especificadas en el Reglamento de la Federación Internacional de Atletismo Aficionado (FIAA), pudiendo correr los opositores por calle libre desde el momento de la salida.
  • c.– Medición: La toma de tiempos se realizará en minutos y segundos, a través de cronometrajes preferentemente electrónicos, aunque podrá ser manual, duplicándose los cronos por cada calle, tomándose como válido, el tiempo medio de los dos medidos.
  • d.– Intentos: Solamente se permite un intento y dentro del mismo, una salida nula por cada corredor. A la segunda falta, el aspirante será eliminado.
  • e.– nvalidaciones: De acuerdo con el Reglamento de la FIAA.
  • f.– Marcas. Oposiciones Policía Local Almazán Oposiciones Policía Local Almazán
    • Mujeres: Las opositoras serán eliminadas con un tiempo superior a 4 minutos y 25 segundos (4’ 25”).
    • Hombres: Los opositores serán eliminados con un tiempo superior a 3 minutos y 30 segundos (3’ 30”).

13.5. Prueba de natación (25 metros estilo libre).

  • a.– Disposición: Los aspirantes podrán efectuar la salida desde el borde de salida o desde dentro de la piscina. En este caso deberá tocarse claramente la pared de dicho borde de salida con una mano o pie.
  • b.– Ejecución: Una vez dada la salida, por el juez de salida, los aspirantes realizarán nadando 25 metros en estilo libre, debiendo tocar claramente el borde de llegada con alguna de las manos.
  • c.– Medición: Manual. Se contabilizará el tiempo invertido. La medición se realizará en segundos.
  • d.– Intentos: Solamente se permite un intento y dentro del mismo, una salida nula por cada nadador.
  • e.– Invalidaciones: Se invalidará la prueba y quedará eliminado el aspirante que realice dos salidas nulas o que, aun cuando haya nadado los 25 metros, lo haya hecho sujetándose en alguna parte fija (corchera) o apoyándose en borde o suelo de la piscina y siempre que no se hayan nadado dichos 25 metros en el tiempo establecido.
  • f.– Marcas.
    • Mujeres: Las opositoras serán eliminadas con un tiempo superior a 24 segundos.
    • Hombres: Los opositores serán eliminados con un tiempo superior a 21 segundos.

Base decimocuarta.– Cuadro de exclusiones por consideraciones físicas y médicas para el ingreso en los cuerpos de policías Locales. Oposiciones Policía Local Almazán Oposiciones Policía Local Almazán

Para los diagnósticos establecidos en esta Base se tendrán en cuenta los criterios de las sociedades médicas de las especialidades correspondientes.

Todas estas exclusiones se garantizarán con las pruebas complementarias necesarias para el diagnóstico.

14.1. Exclusiones físicas. Oposiciones Policía Local Almazán Oposiciones Policía Local Almazán

  • Estatura mínima: 1,65 metros los hombres y 1,60 metros las mujeres.
  • Perímetro torácico: Diferencia entre máximo – mínimo: 4 cm o superior.
  • Espirometría: Mínima 3.000.

14.2. Exclusiones médicas.

  • Generales: Oposiciones Policía Local Almazán Oposiciones Policía Local Almazán
    • Obesidad o delgadez manifiestas que dificulten o incapaciten para el ejercicio de las funciones propias del cargo. Se evaluará a través del Índice de Masa Corporal (IMC) que no debe ser inferior a 18,5 ni superior a 29,9, considerando el IMC como la relación resultante de dividir el peso de la persona expresado en kilos por el cuadrado de la talla expresado en metros.
    • En los aspirantes que posean un IMC comprendido entre 25 y 29,9, ambos inclusive, se realizará una medición del perímetro abdominal a la altura del ombligo. Este perímetro no será superior en ningún caso a 102 centímetros en los hombres o a 88 centímetros en las mujeres.
  • Enfermedades de la piel y los tejidos:
    • Psoriasis. Oposiciones Policía Local Almazán Oposiciones Policía Local Almazán
    • Eczema. Oposiciones Policía Local Almazán Oposiciones Policía Local Almazán
    • Cicatrices que produzcan limitación funcional.
    • Otros procesos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten o limiten el desarrollo la función policial. Oposiciones Policía Local Almazán Oposiciones Policía Local Almazán
  • Enfermedades del aparato digestivo:
    • Úlcera gastroduodenal.
    • Cirrosis hepática.
    • Hernias abdominales o inguinales.
    • Pacientes gastrectomizados, colostomizados o con secuelas postquirúrgicas que produzcan trastornos funcionales.
    • Enfermedad inflamatoria intestinal (enfermedad de Crhon o colitis ulcerosa).
    • Cualquier otro proceso digestivo que a juicio de los facultativos médicos dificulte el desempeño del puesto de trabajo. Oposiciones Policía Local Almazán Oposiciones Policía Local Almazán
  • Enfermedades del aparato cardiovascular:
    • Hipertensión arterial, no debiendo sobrepasar en reposo los 140mm/Hg de presión sistólica, y los 90 mm/Hg de presión diastólica.
    • Varices o insuficiencia venosa periférica.
    • Cualquier otra patología o lesión cardiovascular que, a juicio de los facultativos médicos, puedan limitar el desempeño del puesto de trabajo.
  • Enfermedades del aparato respiratorio:
    • Asma bronquial.
    • Broncopatía u otra enfermedad pulmonar obstructiva crónica.
    • Neumotórax espontáneo recidivante.
    • Tuberculosis pulmonar activa.
    • Otros procesos del aparato respiratorio que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten el desarrollo de la función policial.
  • Enfermedades del aparato locomotor:
    • Alteraciones del aparato locomotor que limiten o dificulten el desarrollo de la función policial, o que puedan agravarse, a juicio de los facultativos médicos, con el desempeño del puesto de trabajo: Patología ósea de extremidades, retracciones o limitaciones funcionales de causa muscular o articular, defectos de columna vertebral y otros procesos óseos, musculares y articulares.
  • Enfermedades del aparato de visión:
    • Agudeza visual sin corrección inferior a los dos tercios de la visión normal en cada uno de los ojos.
    • Queratotomía radial.
    • Estrabismo. Oposiciones Policía Local Almazán Oposiciones Policía Local Almazán
    • Desprendimiento de retina.
    • Patología retiniana degenerativa.
    • Hemianopsias y alteraciones campimétricas.
    • Discromatopsias. Daltonismo en todos sus grados.
    • Cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los facultativos médicos, dificulte de manera importante la agudeza visual.
  • Enfermedad del aparato de la audición:
    • Agudeza auditiva que suponga una pérdida entre 1.000 y 3.000 hertzios a 35 decibelios o de 4.000 hertzios a 45 decibelios. Asimismo no podrá existir una pérdida auditiva en las frecuencias conversacionales igual o superior a 30 decibelios.
    • Cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los facultativos médicos, dificulte de manera importante la agudeza auditiva.
  • Enfermedad de la fonación:
    • Tartamudez permanente e importante.
  • Enfermedades del sistema nervioso y trastornos psiquiátricos:
    • Epilepsia.
    • Migraña.
    • Depresión.
    • Trastornos de la personalidad.
    • Psicosis.
    • Alcoholismo, toxicomanías y drogodependencias a psicofármacos o a sustancias ilegales.
    • Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten el desarrollo de la función policial.
  • Enfermedades del aparato endocrino:
    • Diabetes.
    • Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten o limiten el desarrollo de la función policial.
  • Enfermedades infecciosas y del sistema inmunitario:
    • Enfermedades transmisibles en actividad.
    • Enfermedades inmunológicas sistémicas.
    • Intoxicaciones crónicas.
    • Hemopatías graves.
    • Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten o limiten el desarrollo de la función policial.
  • Otros procesos patológicos:
    • Cualquier enfermedad, síndrome o proceso patológico que, a juicio de los facultativos médicos, limite o incapacite al aspirante para el ejercicio de la función policial.

Base decimoquinta.– Temario de la prueba de conocimientos.

TEMARIO GRUPO A Oposiciones Policía Local Almazán Oposiciones Policía Local Almazán

Tema 1.– El sistema constitucional español. La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido. Principios generales. La reforma de la Constitución Española. El Estado español como Estado Social y Democrático de Derecho.

Tema 2.– Derechos y deberes fundamentales. Derechos y Libertades. Garantías de las libertades y derechos fundamentales. Los principios rectores de la política social y económica. El Tribunal Constitucional. El Defensor del Pueblo.

Tema 3.– Organización política del Estado español. Clase y forma de Estado. La Corona. Las Cortes Generales: Estructura y competencias. Procedimiento de elaboración de las leyes.

Tema 4.– Organización política del Estado español. El poder ejecutivo. El Gobierno y la Administración. El Poder Judicial. Organización judicial española. El Ministerio Fiscal.

Tema 5.– La Organización territorial del Estado. Las comunidades autónomas. Las administraciones locales.

Tema 6.– La Comunidad Autónoma de Castilla y León. Instituciones: las Cortes de Castilla y León, el Presidente y la Junta de Castilla y León. El Estatuto de Autonomía. Idea general de las competencias de la Comunidad Autónoma.

Tema 7.– La administración pública. Derecho administrativo general. Concepto. Fuentes del derecho administrativo: enumeración y clasificación. La jerarquía normativa. Los reglamentos.

Tema 8.– El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos.

Tema 9.– El procedimiento administrativo: principios informadores. Los interesados. Las fases del procedimiento administrativo: iniciación, ordenación, instrucción y terminación. Dimensión temporal del procedimiento.

Tema 10.– Referencia a los procedimientos especiales. Especialidades del procedimiento administrativo local. La revisión de los actos administrativos: de oficio. Recursos administrativos.

Tema 11.– La función pública en general. El Estatuto del empleado público. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios. Situaciones administrativas.

Tema 12.– Los funcionarios de las entidades locales. Organización de la función pública local. Los grupos de funcionarios de la Administración Especial y General de las entidades locales.

Tema 13.– La responsabilidad de la Administración. Fundamentos y clases. La responsabilidad de los funcionarios.

Tema 14.– La Administración Local. Principios constitucionales y regulación jurídica. Entidades que comprende. La provincia: concepto, elementos y competencias. El Municipio: concepto y elementos. El término municipal. La población: especial referencia al empadronamiento.

Tema 15.– La organización del municipio: El ayuntamiento. El alcalde. Los concejales. El pleno. La comisión de gobierno Local. Otros órganos administrativos.

Tema 16.– Funcionamiento y competencias municipales. Los servicios públicos locales y sus formas de gestión. Las formas de actividad de las Entidades Locales. La intervención administrativa en la actividad privada; estudio especial de las licencias municipales. Ordenanzas. Reglamentos y Bandos: Clases, procedimiento de elaboración y aprobación.

Tema 17.– Las fuerzas y cuerpos de seguridad. Clases y competencias. Disposiciones estatuarias comunes.

Tema 18.– Los cuerpos de policía local. Su participación en la seguridad pública. Funciones como policía administrativa, de seguridad y policía judicial. Coordinación con otros cuerpos policiales. Las juntas locales de seguridad.

Tema 19.– Las competencias de tráfico de la policía local. La policía local como policía de proximidad y asistencial.

Tema 20.– Los cuerpos de policía local. Organización y estructura. Estatuto personal: La Ley 9/2003 de coordinación de policías locales de Castilla y León y su desarrollo.

Tema 21.– Los cuerpos de policía local. Derechos y deberes. Sistema de responsabilidad, penal civil y administrativa. Régimen disciplinario.

Tema 22.– Función y deontología policial. Los principios básicos de actuación. Códigos deontológicos para personas encargadas de hacer cumplir la Ley.

GRUPO B

Tema 1.– El procedimiento penal. Principios que lo rigen y clases. Clases y competencias de los Juzgados y tribunales.

Tema 2.– La Policía Judicial. Concepto y funciones. El atestado policial en la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Concepto y estructura.

Tema 3.– Detención: concepto, clases y supuestos. Plazos de detención. Obligaciones del funcionario que efectúa una detención. Contenido de la asistencia letrada. Derecho del detenido. Responsabilidades penales en las que puede incurrir el funcionario que efectúa una detención. El procedimiento de «Habeas Corpus».

Tema 4.– El Código Penal. Las infracciones penales. Personas criminalmente responsables. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.

Tema 5.– Las penas y sus clases. Las medidas de seguridad. La responsabilidad civil derivada de los delitos.

Tema 6.– El homicidio y sus formas. Las lesiones.

Tema 7.– Delitos contra la libertad. Las torturas y otros delitos contra la integridad moral. Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales.

Tema 8.– Delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad. Delitos contra el honor y contra las relaciones familiares.

Tema 9.– Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico. Delitos contra los derechos de los trabajadores.

Tema 10.– Delitos contra la seguridad colectiva. Los incendios. Delitos contra la salud pública. Delitos contra la seguridad vial.

Tema 11.– Delitos cometidos por los funcionarios contra las garantías constitucionales.

Tema 12.– Los delitos de imprudencia con especial relación a los cometidos con vehículos de motor.

Tema 13.– La protección de la seguridad ciudadana: Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo.

Tema 14.– La protección civil en España y en Castilla y León. Normas reguladoras.

Tema 15.– Normativa básica sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Competencias de las Administraciones del Estado y de los Municipios.

Tema 16.– Normas generales de circulación. Circulación de vehículos: velocidad, prioridad de paso, cambio de dirección, cambio de sentido y marcha atrás, adelantamientos, paradas y estacionamientos.

Tema 17.– Cruce de pasos a nivel y puentes levadizos. Utilización del alumbrado. Advertencias de los conductores.

Tema 18.– Señalización: normas generales. Prioridad, formato e idioma de las señales. Clases de señales.

Tema 19.– Autorizaciones administrativas. Autorizaciones para conducir. Autorizaciones relativas a los vehículos.

Tema 20.– Infracciones y sanciones. Medidas cautelares. Procedimiento sancionador en materia de tráfico.

Tema 21.– El estacionamiento regulado de vehículos. Las Ordenanzas O.R.A.

GRUPO C TEMAS ESPECÍFICOS.

Tema 1.– Historia de Almazán, su Patrimonio Artístico y geografía.

Tema 2.– Callejero de Almazán y Ordenación actual del Trafico.

Tema 3.– Organización Municipal del Ayuntamiento de Almazán. Composición de su Cuerpo de Policía Local.

Tema 4.– Ordenanza Reguladora de la Gestión de Residuos Sólidos y Regulación de la Limpieza Viaria.

Tema 5.– Ordenanza Reguladora del Régimen de la Declaración Responsable para el ejercicio de actos de uso del suelo sometidos a la misma en el Término Municipal de Almazán.

Almazán, 8 de mayo de 2019.

El Alcalde,
Fdo.: José Antonio de Miguel Nieto

 

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