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ACUERDO de 12 de abril de 2019, de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Soria, por el que se aprueban las bases y la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de ocho plazas de Agente de la Policía Local del Ayuntamiento de Soria. Expte.: 4032/2018.

Ejecutando acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Soria, en sesión ordinaria del día doce de abril de dos mil diecinueve, se convoca.

CONCURSO-OPOSICIÓN PARA LA PROVISIÓN DE OCHO PLAZAS DE AGENTE DE LA POLICÍA LOCAL DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SORIA QUE SE REGIRA POR LAS SIGUIENTES BASES

Base Primera.– Objeto y calendario de la convocatoria.

1.1. Es objeto de las presentes Bases la provisión de ocho plazas de la categoría de Agente de la Policía Local, vacantes en la plantilla de personal funcionario del Excmo. Ayuntamiento de Soria, pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase Seguridad Ciudadana, Categoría Agente y clasificadas en el Grupo C, Subgrupo C1 de los establecidos en el Art. 76 del R.D.L. 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y dotadas con el sueldo, trienios, pagas extraordinarias y demás retribuciones que correspondan con arreglo a la legislación vigente.

1.2. El desempeño de estas plazas será incompatible con cualquier actividad remunerada, pública o privada, quedando sometido al régimen de incompatibilidad, con los deberes y obligaciones inherentes y con el derecho al percibo de las correspondientes retribuciones complementaria.

1.3. Se trata de plazas vacantes y que van a quedar vacantes a lo largo del año 2019, e incluidas en la oferta de empleo público del Ayuntamiento para el año 2019, así como en la relación de puestos de trabajo de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se prueba el Reglamento General de ingreso del personal al Servicio de la Administración General del Estado. Podrá ampliarse el número de plazas de la convocatoria con las vacantes que se produzcan en la categoría de Agente en el cuerpo de la policía local de Soria antes de la finalización de la oposición.

1.4. De las plazas convocadas dos se reservan al turno de movilidad y podrán ser cubiertas por funcionarios de la misma categoría que pertenezcan a otra plantilla de la policía local de la Comunidad de Castilla y León, conforme determina el artículo 83.1 de las Normas Marco a las que han de ajustarse los Reglamento de policía local de la Comunidad de Castilla y León, aprobadas por Decreto 84/2005, de 10 de noviembre.

1.5. El resto de plazas, más las que no se cubran en turno de movilidad, se cubrirán mediante concurso-oposición libre. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

1.6. El procedimiento selectivo, en sus fases de concurso y oposición, deberá resolverse en un plazo que no podrá exceder de ocho meses. Los solicitantes podrán entender desestimadas sus peticiones transcurrido el tiempo máximo establecido sin que recaiga resolución expresa.

Base segunda.– Requisitos de los aspirantes. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

2.1. Para tomar parte en el concurso-oposición, en turno libre, será necesario reunir los siguientes requisitos:

  • a) Ser español. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria
  • b) Tener dieciocho años de edad, referida al día en que finalice el plazo de presentación de instancias y no superar la edad que para la jubilación forzosa se determine en la legislación vigente en materia de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria
  • c) Estar en posesión o en condiciones de obtener la titulación de bachiller o técnico, o título equivalente que permita el acceso al grupo C, subgrupo C1, de los previstos en el artículo 76 de Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por R.D. Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. En el supuesto de invocar título equivalente al exigido, habrá de acompañarse certificado expedido por la autoridad competente en materia educativa que acredite la equivalencia.
  • d) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente las correspondientes funciones. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria
  • e) Reunir las condiciones físicas y sanitarias necesarias y suficientes para la realización de las pruebas físicas que figuran en la base decimocuarta, y que se corresponde con la prueba de aptitud física, lo que se acreditará mediante la presentación de un certificado médico en el momento de realización de dichas pruebas, que será extendido en impreso oficial y firmado por colegiado en ejercicio donde se haga constar expresamente que reúne las condiciones citadas, emitido como máximo tres meses antes del día establecido para la ejecución de dicha prueba de aptitud física. No se admitirán aquellos certificados que no se ajusten literalmente en su redacción a estos conceptos. Los aspirantes que no aporten dicho certificado, en el momento señalado, no podrán realizar la prueba de aptitud física y serán excluidos del proceso selectivo.
  • f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
  • g) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.
  • h) Tener una estatura mínima de 165 centímetros los hombres y 160 centímetros las mujeres.
  • i) Estar en posesión de los permisos de conducir vehículos de motor de las clases A-2 y B.
  • j) Presentar declaración jurada de compromiso de portar armas y de utilizarlas en los casos previstos en la ley.

2.2. Los aspirantes en turno de movilidad deberán cumplir, además, los siguientes requisitos:

  • a) Encontrarse en situación de servicio activo, con categoría de agente, en un cuerpo de policía local en Castilla y León, con antigüedad mínima de cinco años en el cuerpo de procedencia.
  • b) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos y no hallarse incapacitado para el ascenso por aplicación del régimen disciplinario previsto reglamentariamente.
  • c) No hallarse en situación de segunda actividad.

2.3. Todos los requisitos mencionados deberán poseerse en el momento en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, salvo los permisos de conducción de vehículos de motor que deberán poseerse antes de la toma de posesión como funcionario, dentro del plazo de presentación de documentos y manteniéndose en vigor en el momento de toma de posesión como funcionario y durante el tiempo que se permanezca en activo en el Cuerpo.

Base tercera.– Solicitudes. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

3.1. La solicitud para participar en el proceso selectivo se ajustará al modelo que figura en la base decimonovena.

3.2. Los solicitantes harán constar la opción por el turno libre o por el turno de movilidad, siendo excluidas las solicitudes en que opten por ambos o por ninguno.

3.3. Las solicitudes se dirigirán al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Soria, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al que aparezca el último de los anuncios de la convocatoria, que se publicará íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Boletín Oficial de Castilla y León, y en extracto en el Boletín Oficial del Estado. Se presentarán en la forma prevista en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

3.4. Los derechos de examen serán de 30,00 euros. El importe será abonado en la Tesorería Municipal, o a través de Portal de Autoliquidaciones de la web municipal, Departamento de Personal, haciendo constar el nombre del aspirante y en el apartado observaciones «Derechos examen Agente Policía local».

Se acreditará su pago mediante el correspondiente resguardo que se unirá a la instancia. De conformidad con lo establecido en el artículo 5 de la ordenanza fiscal n.º 42, tasa por inscripción en pruebas selectivas de personal del Ayuntamiento de Soria, solo procederá la devolución de la tasa cuando, por causas no imputables al sujeto pasivo, estas no se realicen. No procederá por tanto devolución alguna en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causas imputables al interesado.

En la instancia deberá necesariamente acreditarse el ingreso de los derechos de examen, con el resguardo de la transferencia realizada en la forma expresada, sino se hiciesen efectivos los derechos de examen en el plazo de presentación de instancias, determinará la exclusión definitiva del proceso selectivo y se archivará su instancia sin más trámite. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

3.5. A la solicitud se acompañará: Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

3.5.1. Documentación de carácter general: Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

  • a) Copia del Documento nacional de identidad.
  • b) Resguardo acreditativo de haber abonado la tasa por los derechos de examen.
  • c) Copia de los permisos de conducir exigidos en la Base segunda, o en el caso de no tenerlos se deberán acreditar antes de la toma como funcionario.
  • d) Relación de méritos que el aspirante alegue para la fase de concurso, acompañando los documentos que los acrediten. Cuando el interesado no hubiera podido obtener algún certificado por causa no imputable a él mismo, podrá aportar provisionalmente la solicitud de dichos certificados, debidamente registrada de entrada en el organismo competente. En todo caso, el certificado del mérito correspondiente deberá estar a disposición del tribunal con anterioridad a la sesión de valoración de méritos a que se refiere la Base octava.

3.5.2. Documentación de carácter específico.

En el caso de que los interesados estén exentos del abono de la tasa de conformidad con lo establecido en la ordenanza fiscal n.º 42, deberán aportar certificado de desempleo emitido por el servicio de empleo correspondiente, acreditativa de estar desempleados durante, al menos, tres meses anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria de las pruebas selectivas en el Boletín Oficial correspondiente, así como certificación del INSS justificativa de no encontrarse en situación de alta en ninguno de los regímenes de la Seguridad Social, tanto de trabajadores por cuenta propia como ajena. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

En el caso de que los interesados tengan derecho a una bonificación en la tasa, en los términos establecidos en el artículo 6 de la Ordenanza n.º 42, en su punto 2.

La documentación exigida en ambos casos, se deberá presentar con la solicitud, no obstante será subsanable dicho requisito siempre que se presente en el plazo único e improrrogable de días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista provisional de admitidos y excluidos.

Base cuarta.– Admisión y exclusión de aspirantes.

4.1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el alcalde-presidente del Ayuntamiento de Soria dictará resolución aprobando la lista provisional de admitidos y excluidos, que se hará pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia de Soria, concediendo un plazo de diez días hábiles a los aspirantes excluidos para reclamar y subsanar, en su caso, los defectos que han motivado su exclusión.

4.2. Transcurrido el plazo para reclamar o subsanar, en su caso, el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento dictará resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos, que se hará pública en el tablón de edictos de la Casa Consistorial (Plaza Mayor n.º 9, de Soria) y en el Boletín Oficial de la provincia de Soria y que contendrá, además del lugar, fecha y hora de comienzo de la primera prueba de la oposición, como Anexo único, la relación nominal de aspirantes excluidos, con indicación de las causas de su exclusión.

4.3. Contra dicha resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 10.1 a) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora la jurisdicción contencioso-administrativa. Igualmente, con carácter previo y potestativo, se podrá interponer recurso de reposición ante el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, según lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

En el supuesto de que, por circunstancias excepcionales, se hubiese de modificar la fecha o la hora de celebración del primer ejercicio, se hará público a través del Boletín Oficial de la Provincia de Soria.

Base quinta.– Tribunal. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

5.1. El tribunal Calificador de las pruebas selectivas, será designado por la Alcaldía. Estará constituido por un Presidente, un Secretario con voz y sin voto y por cuatro vocales, así como sus correspondientes suplentes. Su composición se ajustará a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros y responderá al principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres, salvo que concurran razones fundada y objetivas debidamente motivadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 53 y Disposición Adicional Primera de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, así como el artículo 60.1 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. Se propondrá un vocal por el órgano de representación del personal. Todos los miembros del Tribunal deberán ser funcionarios de carrera y pertenecer a Cuerpos o Escalas para cuyo ingreso se requiera la titulación de igual nivel o superior a la exigida para el acceso a las plazas convocadas.

Su composición será la siguiente: Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

PRESIDENTE: Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

  • Titular: Un funcionario de carrera del Excmo. Ayuntamiento de Soria perteneciente a la Escala Administración General, Subescala Técnica, Grupo A, Subgrupo A1. Suplente: Un funcionario de carrera del Excmo. Ayuntamiento de Soria perteneciente a la Escala Administración General, Subescala Técnica, Grupo A, Subgrupo A1.

VOCALES: Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

  • Un vocal designado a propuesta de la Dirección General de Protección Civil de la Junta de Castilla y León.
  • Titular: Un mando del Cuerpo de la Policía Local del Excmo. Ayuntamiento de Soria con categoría igual o superior a la de Agente de Policía Local. Suplente: Un mando del Cuerpo de la Policía Local del Excmo. Ayuntamiento de Soria con categoría igual o superior a la de Agente de Policía Local.
  • Titular: Un mando del Cuerpo de la Policía Local del Excmo. Ayuntamiento de Soria con categoría igual o superior a la de Agente de Policía Local. Suplente: Un mando del Cuerpo de la Policía Local del Excmo. Ayuntamiento de Soria con categoría igual o superior a la de Agente de Policía Local.
  • Titular: Un funcionario de carrera del Excmo. Ayuntamiento de Soria perteneciente a la Escala Administración General, Subescala Administrativo, Grupo C, C1 Suplente: Un funcionario de carrera del Excmo. Ayuntamiento de Soria perteneciente a la Escala Administración General, Subescala Administrativo, Grupo C, C1.

SECRETARIO: Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

  • Titular: Un funcionario de carrera del Excmo. Ayuntamiento de Soria perteneciente a la Escala de Administración General, Subescala Técnica, Grupo A, Subgrupo A1. Suplente: Un funcionario de carrera del Excmo. Ayuntamiento de Soria perteneciente a la Escala de Administración General, Subescala Técnica, Grupo A, Subgrupo A1. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

5.2. Previa convocatoria por el presidente, se constituirá el tribunal en el plazo máximo de 30 días a partir de su nombramiento. El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mitad de los miembros, titulares o suplentes indistintamente, y en todo caso con la presencia del presidente y secretario o personas que les sustituyan. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

5.3. Para las pruebas médicas, psicotécnicas y físicas, el tribunal requerirá los servicios de personal especializado, que emitirá su informe con arreglo a las condiciones de la convocatoria, y a la vista de los cuales el tribunal resolverá. Asimismo podrán nombrarse asesores del tribunal para aquellas materias que estime necesario, que actuarán con voz pero sin voto. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

El tribunal resolverá todas las dudas que surjan de la aplicación de las normas contenidas en estas bases y determinará la actuación procedente en los casos no previstos en ellas. Adoptará sus decisiones por mayoría, mediante votación nominal. En caso de empate, se repetirá la votación hasta una tercera vez en la que, si persiste el empate, éste lo dirimirá el Presidente con su voto. Para las votaciones se seguirá el orden establecido en la resolución de nombramiento de los miembros del Tribunal, votando en último lugar el Presidente. El Secretario del Tribunal tendrá voz, pero no voto.

Los acuerdos del Tribunal podrán ser impugnados por los interesados en los supuestos y en la forma establecida en la Ley de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El tribunal continuará constituido hasta tanto se resuelvan las reclamaciones planteadas o las dudas que pueda suscitar el procedimiento selectivo.

5.4. Abstención: Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el Art. 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o en el Art. 13.2 del Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo.

5.5. Recusación: Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando juzguen que concurren en ellos alguna o varias de las circunstancias señaladas en la precedente base 5.4, siguiéndose para ello el procedimiento establecido en el Art. 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

5.6. Revisión de las resoluciones del Tribunal Calificador: las Resoluciones del Tribunal Calificador vinculan a la Administración Municipal, aunque ésta, en su caso, pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en los Arts. 106 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

5.7. Clasificación del Tribunal Calificador: El Tribunal Calificador que actúe en estas pruebas selectivas tendrá categoría segunda, conforme a lo preceptuado en el Art. 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.

Base sexta.– Comienzo y desarrollo de los ejercicios.

6.1. Orden de actuación de los aspirantes. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único. Salvo casos de fuerza mayor invocados con anterioridad, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal con absoluta libertad de criterios, la no presentación de un aspirante a cualquiera de los ejercicios obligatorios, en el momento de ser llamado, determinará automáticamente el decaimiento de su derecho a participar en el mismo y en los sucesivos, quedando excluidos, en su consecuencia, del procedimiento selectivo.

El orden de actuación de los aspirantes, en aquellos ejercicios que no puedan realizarse conjuntamente, se iniciará alfabéticamente por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra C según acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Soria celebrada en sesión ordinaria del día once de enero de 2019 (B.O.P. n.º 14, de 4 de febrero de 2019).

6.2. El día, hora y lugar de realización del primer ejercicio de la oposición será anunciado al menos con diez días naturales de antelación, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Soria, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web del Ayuntamiento de Soria. Los anuncios de celebración del segundo y restantes ejercicios se efectuarán por el tribunal en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web del Ayuntamiento de Soria, al menos con veinticuatro horas de antelación a la señalada para la iniciación de los mismos.

Base séptima.– Fase de oposición.

Constará de varias pruebas y un reconocimiento médico, todos ellos eliminatorios:

7.1. Prueba de aptitud física: Pruebas físicas tendentes a comprobar, entre otros aspectos, las condiciones de equilibrio, velocidad, resistencia y coordinación. Tendrá carácter eliminatorio y se ajustará a las condiciones establecidas en la Base decimocuarta. La calificación será de «Apto» o «No apto».

En la fecha establecida para la celebración de dicha prueba, cada uno de los aspirantes, deberá aportar certificado médico firmado por un colegiado en ejercicio, emitido como máximo tres meses antes del día establecido para su ejecución, en el que se haga constar expresamente que el aspirante reúne las condiciones físicas y sanitarias necesarias y suficientes para la realización de las pruebas físicas recogidas en la base decimocuarta. El certificado médico tendrá que ajustarse estrictamente en su redacción a estos conceptos, no excluyendo la obligación de los aspirantes de someterse al reconocimiento médico previsto en la Base 7.4.

Se podrá realizar «control antidoping», aleatorio en cualquier momento de la realización de las pruebas de aptitud física. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

7.2. Prueba de conocimientos. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

7.2.1. Prueba de conocimientos para los aspirantes del turno libre tendrá carácter eliminatorio y consistirá en contestar por escrito a los siguientes ejercicios:

Ejercicio Primero. Consistirá en responder por escrito, durante un tiempo máximo de 60 minutos, a un cuestionario de al menos 50 preguntas tipo test, con cuatro respuestas alternativas, sobre los contenidos de los temas relacionados en el temario de la Base decimosexta, de las que al menos el 40 por 100 corresponderán a los temas del grupo A, y al menos otro 40 por 100 corresponderán a los temas del grupo B y el 20 por 100 corresponderá a temas del Grupo C. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

El ejercicio se calificará sobre 10 puntos para el total de respuestas correctas, penalizándose las respuestas erróneas con un tercio del valor de cada respuesta acertada. Las preguntas sin respuesta no penalizarán.

Los aspirantes que no alcancen 5 puntos serán eliminados definitivamente de la prueba.

Ejercicio Segundo. Consistirá en responder por escrito, durante un tiempo máximo de 45 minutos, al planteamiento de un ejercicio práctico relacionado con los grupos A y B del temario de la Base decimosexta.

El ejercicio se calificará sobre 10 puntos. Los aspirantes que no alcancen 5 puntos serán eliminados definitivamente de la prueba. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

La calificación global de la prueba de conocimientos de los aspirantes no eliminados será la media de las calificaciones de los dos ejercicios.

Si el Tribunal lo considera conveniente, podrá acordar que este ejercicio sea leído por los aspirantes en sesión pública. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

7.2.2. Prueba de conocimientos para los aspirantes a las plazas del turno de movilidad. Tendrá carácter eliminatorio y consistirá en contestar por escrito, durante un máximo de 30 minutos, a un cuestionario de 20 preguntas tipo test, con cuatro respuestas alternativas, sobre los contenidos de los temas relacionados en el grupo C del temario de la Base decimosexta. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

El ejercicio se calificará sobre 10 puntos para el total de respuestas correctas, penalizándose las respuestas erróneas con un tercio del valor de cada respuesta acertada. Las preguntas sin respuesta no penalizarán, siendo necesario obtener al menos 5 puntos para superar la prueba.

7.3. Pruebas de aptitud psíquica que será común a los aspirantes al turno de movilidad y al turno libre: Tendrán carácter eliminatorio, y consistirán en la contestación de varios cuestionarios ajustados a los requerimientos propios del puesto a desempeñar, en especial las siguientes:

  • Prueba de aptitudes: Razonamiento verbal. Razonamiento abstracto. Rapidez y precisión perceptiva. Atención y resistencia a la fatiga. Agilidad mental. Memoria visual.
  • Prueba de personalidad: Autocontrol. Estabilidad emocional. Capacidad empática y de manejo de la relación interpersonal. Seguridad en sí mismo. Sentido de la disciplina. Autoridad. Trabajo en equipo. Sociabilidad. Iniciativa. Objetividad. Automotivación.

Las pruebas de aptitud psíquica se realizarán por personal técnico cualificado. Si el Tribunal lo estima pertinente podrá acordar la celebración de entrevista a todos o algunos de los aspirantes, destinadas a contrastar y ampliar los resultados de las pruebas psicotécnicas escritas y para determinar la adecuación del candidato al perfil profesional. El resultado será de «Apto» o «No apto».

7.4. Reconocimiento médico que será común a los aspirantes al turno de movilidad y al turno libre: Tendrá carácter eliminatorio, y se ajustará a las consideraciones establecidas en la Base decimoquinta. El reconocimiento médico se realizará por personal técnico cualificado, que podrá realizar cuantos exámenes y pruebas médicas considere necesarias para determinar el estado de cada aspirante, incluyendo análisis de sangre y orina, pruebas radiológicas, etc. La negativa a la realización de cualquier prueba médica será motivo para la exclusión del proceso selectivo. Se garantiza la confidencialidad de los resultados. El resultado de la prueba será de «Apto» o «No apto».

Base octava.– Fase de concurso.

Una vez finalizada la fase de oposición, el tribunal procederá a la valoración de los méritos alegados y acreditados por los aspirantes, de conformidad con los baremos establecidos en las bases decimoséptima (para el turno libre) y decimoctava (para el turno de movilidad).

La puntuación otorgada a cada aspirante en esta fase de concurso se hará pública en el tablón de edictos de la Casa Consistorial, y en la página web municipal.

Esta fase no tiene carácter eliminatorio.

Base novena.– Calificación de las fases de concurso y oposición.

9.1. Turno de movilidad. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

A los aspirantes del turno de movilidad que resulten aptos en las pruebas previstas se les sumará la calificación del ejercicio de conocimientos a la valoración obtenida en la fase de concurso. Las vacantes de este turno se adjudicarán al aspirante con mayor puntuación. En el caso de empate en la puntuación, accederán a la plaza el aspirante que tengan más puntos en los méritos preferentes del baremo. De repetirse el empate en el baremo de méritos preferentes, accederá a la plaza el aspirante que tenga mayor antigüedad.

9.2. Turno libre. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

9.2.1. La valoración de la fase de concurso no podrá superar el 20% de la calificación obtenida en las pruebas de conocimientos. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

9.2.2. La suma de los puntos obtenidos en la fase de concurso y en las pruebas de conocimientos dará la calificación definitiva del concurso-oposición.

9.2.3. Las vacantes de este turno se adjudicarán a los aspirantes con mayor puntuación.

9.2.4. En el caso de empate en la puntuación, se adjudicará la plaza al aspirante que tenga mayor puntuación en las pruebas de conocimientos. De persistir el empate, se resolverá a favor de quien obtenga mayor puntuación en cada uno de los ejercicios de la prueba de conocimientos, por orden de realización. De continuar el empate, se tendrá en cuenta el resultado de la valoración obtenida en la fase de concurso.

Base décima.– Relación de aprobados y presentación de documentos.

10.1. Terminada la calificación de los aspirantes, el tribunal publicará, en los lugares establecidos en la base cuarta, la relación de los aspirantes aprobados, por orden de puntuación, y elevará al Alcalde del Ayuntamiento la propuesta de adjudicación de vacantes, que no podrá rebasar el número de vacantes existentes.

10.2. Si además de los propuestos para las vacantes existentes, hubiera más aspirantes que hubieran aprobado los ejercicios de la oposición, el tribunal publicará un listado complementario con dichos aspirantes, por orden de puntuación, a los efectos previstos en el párrafo segundo del artículo 61, apartado 8 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por R.D. Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

10.3. Los opositores propuestos presentarán en el ayuntamiento, dentro del plazo de quince días naturales, contados a partir de la publicación de la lista de aprobados en el tablón de anuncios del ayuntamiento, los siguientes documentos: Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

  • 1.º– Certificado negativo de antecedentes penales, expedido por el Registro de penados y rebeldes, referido a la fecha de la publicación de la lista de aprobados en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
  • 2.º– Declaración responsable de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio al Estado, a las comunidades autónomas o a las entidades locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria
  • 3.º– Declaración jurada de compromiso de portar armas y utilizarlas en los casos previstos en la ley.
  • 4.º– Título de bachiller, formación profesional superior o título equivalente que permita el acceso al Grupo C, subgrupo C1, de los previstos en el artículo 76 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por R.D. Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
  • 5.º– Permisos de conducir vehículos a motor de las clases A-2 y B.

10.4. Los aspirantes que opten por turno de movilidad presentarán además certificación de servicios previos en el Ayuntamiento de origen y su baja en el mismo. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

10.5. Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, los opositores propuestos no presentaran su documentación o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación en la convocatoria. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

Base undécima.– Curso selectivo de formación básica y nombramientos.

11.1. Los aspirantes aprobados en el turno libre seguirán un curso selectivo de formación básica, organizado por la Dirección General competente en materia de coordinación de policías locales, como funcionarios en prácticas de los ayuntamientos, con arreglo al programa que se establezca, debiendo superar las pruebas que en el mismo se señalen.

11.2. Los aspirantes que acrediten haber realizado el curso selectivo de formación básica en cualquier otra edición estarán eximidos de realizarlo nuevamente, pudiendo ser nombrados funcionarios de carrera de manera inmediata. Asimismo, podrán ser eximidos del curso selectivo aquellos aspirantes que acrediten formación similar obtenida en otras comunidades autónomas, cuando así sea expresamente reconocido por resolución del Director General competente en materia de coordinación de policías locales.

11.3. Durante el curso, los aspirantes admitidos devengarán las retribuciones legales como funcionarios en prácticas, sin perjuicio de las compensaciones que puedan corresponder por gastos extraordinarios (desplazamiento, alojamiento y manutención), que conlleve su estancia en el centro a cargo del Ayuntamiento.

11.4. La calificación definitiva de los aspirantes en turno libre que hayan sido declarados aptos en el curso selectivo vendrá dada por la suma de la obtenida en el concurso- oposición y la que hayan alcanzado en el curso selectivo de formación básica, elevándose la relación de aprobados por orden de puntuación al alcalde del ayuntamiento de Soria, para tramitar los nombramientos como funcionarios de carrera de los aspirantes seleccionados.

11.5. La calificación definitiva para los aspirantes que accedan por turno de movilidad vendrá dada por la puntuación obtenida en el concurso- oposición, elevándose la relación de aprobados por orden de puntuación al Alcalde-Presidente para tramitar el nombramiento como funcionario de carrera del aspirante seleccionado.

11.6. Una vez efectuado el nombramiento, el opositor nombrado deberá tomar posesión en el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el siguiente al que le sea notificado el nombramiento. La falta de toma de posesión en el plazo indicado, sin causa justificada, conllevará la pérdida de los derechos del opositor en el proceso selectivo.

Base duodécima.– Incidencias. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

El tribunal queda autorizado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la oposición, en todo lo no previsto en estas bases.

Serán de aplicación general las normas contenidas en el Reglamento de funcionarios de administración local, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, que aprueba el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado, Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de administración local, y demás legislación vigente.

Base decimotercera.– Recursos. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta y de la actuación del tribunal podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecida en la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Base decimocuarta.– Desarrollo de las pruebas físicas.

Las pruebas se realizarán siguiendo el orden que determine el tribunal, con apoyo de personal especializado en la materia y de acuerdo con las siguientes reglas:

14.1. Prueba de potencia del tren inferior. Salto de longitud.

  • a.– Disposición: El aspirante se colocará ante una línea de 1 metro de larga y de 0,05 metros de ancha, marcada en el suelo, paralela al foso de saltos y a una distancia de 0,50 metros del borde anterior del mismo.
  • b.– Ejecución: Cuando se halle dispuesto, el aspirante flexionará y extenderá rápidamente el tren inferior para, apoyando los dos pies en el suelo, proyectar el cuerpo hacia adelante y caer en el foso. Está permitido el balance sobre punta-talón del pie o la elevación de talón antes del salto.
  • c.– Medición: Se efectuará desde la parte de la línea más alejada del foso hasta la huella del aspirante más cercana a la línea de partida sobre la arena del foso. La medición será en metros y centímetros.
  • d.– Intentos: Pueden realizarse tres intentos, contabilizándose el mejor.
  • e.– Invalidaciones: El salto debe realizarse con un solo impulso de los pies, contabilizándose como nulo aquél en el que, una vez separados los pies del suelo, vuelvan a apoyarse de nuevo para la impulsión definitiva. Es nulo el salto que se produce por el apoyo alternativo y no simultáneo de los pies sobre el suelo. Es nulo el salto en el que el aspirante pise o rebase la línea en el momento de la impulsión.
  • Quedarán eliminados los aspirantes que no consigan superar las marcas establecidas o que realicen tres intentos nulos.
  • f.– Marcas. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

f.1. TURNO LIBRE: Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

Mujeres: Las opositoras serán eliminadas con un salto inferior a 1,90 m.

Hombres: Los opositores serán eliminados con un salto inferior a 2,30 m.

f.2.TURNO DE MOVILIDAD: Los opositores serán eliminados con saltos inferiores a los establecidos para cada categoría de edad, conforme a la siguiente tabla:

SALTO DE LONGITUD (Pies juntos)

Edad Mujeres Hombres
Menos de 33 años 1,90 m 2,30 m
De 33 y hasta 38 años 1,80 m 2,20 m
De 39 y hasta 44 años 1,70 m 2,10 m
De 45 y más años 1,60 m 2,00 m

14.2. Prueba de potencia del tren superior. Lanzamiento de balón medicinal.

  • a.– Disposición: El aspirante se colocará frente a una línea marcada en el suelo, de 1 metro de larga por 0,05 metros de ancha, paralela a la zona de lanzamiento, con los pies separados y la punta de los pies a la misma distancia de dicha línea. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria
  • b.– Ejecución: Cuando esté dispuesto, el aspirante tomará el balón medicinal con ambas manos y lanzará el mismo, sacándolo desde atrás y por encima de la cabeza, enviándole lo más lejos posible. No se podrá tomar carrera pero sí realizar movimientos de balanceo con brazos y cuerpo.
  • c.– Medición: Se efectuará desde la parte de la línea más alejada de la zona de lanzamiento hasta la primera huella que deje el balón sobre la zona de caída. La medición será en metros y centímetros.
  • d.– Intentos: Pueden realizarse tres intentos, contabilizándose el mejor.
  • e.– Invalidaciones: Se considerarán lanzamientos nulos aquellos en los que el aspirante pise o rebase la línea, o cuando no tenga la punta de los pies a la misma distancia de la línea de lanzamiento, o cuando haga su lanzamiento saltando, despegando totalmente cualquiera de los pies o arrastrando cualquiera de los mismos hacia atrás o cuando el aspirante efectúe el lanzamiento con una sola mano.
  • f.– Marcas. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

f.1. TURNO LIBRE: Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

Mujeres: Balón medicinal de 3 kg. Las opositoras serán eliminadas con un lanzamiento inferior a 6,25 m.

Hombres: Balón medicinal de 5 kg. Los opositores serán eliminados con un lanzamiento inferior a 6,25 m.

f.2. TURNO DE MOVILIDAD: Los opositores serán eliminados con lanzamientos inferiores a los establecidos para cada categoría de edad, según la siguiente tabla:

LANZAMIENTO DE BALÓN MEDICINAL

Edad Mujeres (balón de 3 kg) Hombres (balón de 5 kg)
Menos de 33 años 6,25 m 6,25 m
De 33 y hasta 38 años 5,75 m 5,75 m
De 39 y hasta 44 años 5,25 m 5,25 m
De 45 y más años 4,75 m 4,75 m

14.3. Prueba de velocidad. Carrera de 60 metros lisos.

  • a.– Disposición: El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado, pudiendo realizar la salida de pie o agachado, sin tacos de salida. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria
  • b.– Ejecución: La propia en una carrera de velocidad, adaptada a los requisitos mínimos en cuanto a condiciones del terreno especificadas en el Reglamento de la Federación Internacional de Atletismo Aficionado (FIAA). Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria
  • c.– Medición: La toma de tiempos se realizará preferentemente mediante cronometrajes electrónicos, aunque podrá ser manual, duplicándose los cronos por cada calle, tomándose como válido, el tiempo medio de los dos medidos. Los tiempos deberán leerse en segundos y décimas de segundo. Si se utilizan cronómetros de centésimas de segundo con lectura digital, los tiempos que terminen en más de cinco en el segundo decimal, se convertirán a la próxima décima de segundo mayor. Los tiempos mínimos de esta prueba, señalados en el apartado «f», se incrementarán en tres décimas, en caso de que la toma de tiempos se realice con medios electrónicos y foto finish.
  • d.– Intentos: Solamente se permite un intento y dentro del mismo, una salida nula por cada corredor. A la segunda falta, el aspirante será eliminado.
  • e.– Invalidaciones: De acuerdo con el Reglamento de la FIAA.
  • f.– Marcas. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

f.1. TURNO LIBRE: Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

Mujeres: Las opositoras serán eliminadas con un tiempo superior a 10 segundos y 4 décimas (10’4”).

Hombres: Los opositores serán eliminados con un tiempo superior a 8 segundos y 6 décimas (8’6”).

f.2. TURNO DE MOVILIDAD: Los opositores serán eliminados con tiempos superiores a los establecidos para cada categoría de edad, conforme a la siguiente tabla:

CARRERA DE VELOCIDAD (60 metros)

Edad Mujeres Hombres
Menos de 33 años 10’4” 8’6”
De 33 y hasta 38 años 10’8” 9’0”
De 39 y hasta 44 años 11’2” 9’6”
De 45 y más años 11’8” 10’0”

14.4. Prueba de resistencia muscular. Carrera de 1.000 metros lisos.

  • a.– Disposición: El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado para la salida, pudiendo realizarla de pie o agachado sin tacos. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria
  • b.– Ejecución: La propia de este tipo de carreras sobre 1.000 metros, adaptada a los requisitos mínimos en cuanto a condiciones del terreno especificadas en el Reglamento de la Federación Internacional de Atletismo Aficionado (FIAA), pudiendo correr los opositores por calle libre desde el momento de la salida.
  • c.– Medición: La toma de tiempos se realizará en minutos y segundos, a través de cronometrajes preferentemente electrónicos, aunque podrá ser manual, duplicándose los cronos por cada calle, tomándose como válido, el tiempo medio de los dos medidos.
  • d.– Intentos: Solamente se permite un intento y dentro del mismo, una salida nula por cada corredor. A la segunda falta, el aspirante será eliminado.
  • e.– Invalidaciones: De acuerdo con el Reglamento de la FIAA.
  • f.– Marcas.

f.1. TURNO LIBRE: Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

Mujeres: Las opositoras serán eliminadas con un tiempo superior a 4 minutos y 25 segundos (4’25”).

Hombres: Los opositores serán eliminados con un tiempo superior a 3 minutos y 30 segundos (3’30”).

f.2. TURNO DE MOVILIDAD: Los opositores serán eliminados con tiempos superiores a los establecidos para cada categoría de edad, según la siguiente tabla: Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

CARRERA DE RESISTENCIA (1000 metros)

Edad Mujeres Hombres
Menos de 33 años 4’25” 3’30”
De 33 y hasta 38 años 4’40” 3’45”
De 39 y hasta 44 años 5’00” 4’05”
De 45 y más años 5’20” 4’25”

14.5. Prueba de natación (25 metros estilo libre).

  • a.– Disposición: Los aspirantes podrán efectuar la salida desde el borde de salida o desde dentro de la piscina. En este caso deberá tocarse claramente la pared de dicho borde de salida con una mano o pie.
  • b.– Ejecución: Una vez dada la salida, por el juez de salida, los aspirantes realizarán nadando 25 metros en estilo libre, debiendo tocar claramente el borde de llegada con alguna de las manos.
  • c.– Medición: Manual. Se contabilizará el tiempo invertido. La medición se realizará en segundos.
  • d.– Intentos: Solamente se permite un intento y dentro del mismo, una salida nula por cada nadador.
  • e.– Invalidaciones: Se invalidará la prueba y quedará eliminado el aspirante que realice dos salidas nulas o que, aun cuando haya nadado los 25 metros, lo haya hecho sujetándose en alguna parte fija (corchera) o apoyándose en borde o suelo de la piscina y siempre que no se hayan nadado dichos 25 metros en el tiempo establecido.
  • f.– Marcas. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

f.1. TURNO LIBRE: Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

Mujeres: Las opositoras serán eliminadas con un tiempo superior a 24 segundos.

Hombres: Los opositores serán eliminados con un tiempo superior a 21 segundos.

f.2. TURNO DE MOVILIDAD: Los opositores serán eliminados con tiempos superiores a los establecidos para cada tramo de edad, conforme a la siguiente tabla:

NATACIÓN (25 metros estilo libre)

Edad Mujeres Hombres
Menos de 33 años 24” 21”
De 33 y hasta 38 años 25” 22”
De 39 y hasta 44 años 26” 23”
De 45 y más años 27” 24”

Base decimoquinta.– Cuadro de exclusiones por consideraciones físicas y médicas para el ingreso en los cuerpos de policías Locales.

Para los diagnósticos establecidos en esta Base se tendrán en cuenta los criterios de las sociedades médicas de las especialidades correspondientes. Todas estas exclusiones se garantizarán con las pruebas complementarias necesarias para el diagnóstico.

15.1. Exclusiones físicas. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

15.1.1. Estatura mínima: 1,65 metros los hombres y 1,60 metros las mujeres.

15.1.2. Perímetro torácico: Diferencia entre máximo – mínimo: 4 cm o superior.

15.1.3. Espirometría: Mínima 3.000.

15.2. Exclusiones médicas. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

15.2.1. Generales: Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

  • Obesidad o delgadez manifiestas que dificulten o incapaciten para el ejercicio de las funciones propias del cargo. Se evaluará a través del Índice de Masa Corporal (IMC) que no debe ser inferior a 18,5 ni superior a 29,9, considerando el IMC como la relación resultante de dividir el peso de la persona expresado en kilos por el cuadrado de la talla expresado en metros.
  • En los aspirantes que posean un IMC comprendido entre 25 y 29,9, ambos inclusive, se realizará una medición del perímetro abdominal a la altura del ombligo. Este perímetro no será superior en ningún caso a 102 centímetros en los hombres o a 88 centímetros en las mujeres.

15.2.2. Enfermedades de la piel y los tejidos:

  • Eczema. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria
  • Cicatrices que produzcan limitación funcional.
  • Otros procesos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten o limiten el desarrollo de la función policial.

15.2.3. Enfermedades del aparato digestivo:

  • Úlcera gastroduodenal. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria
  • Cirrosis hepática. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria
  • Hernias abdominales o inguinales. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria
  • Pacientes gastrectomizados, colostomizados o con secuelas postquirúrgicas que produzcan trastornos funcionales. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria
  • Enfermedad inflamatoria intestinal (enfermedad de Crhon o colitis ulcerosa).
  • Cualquier otro proceso digestivo que a juicio de los facultativos médicos dificulte el desempeño del puesto de trabajo. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

15.2.4. Enfermedades del aparato cardiovascular:

  • Hipertensión arterial, no debiendo sobrepasar en reposo los 140 mm/Hg de presión sistólica, y los 90 mm/Hg de presión diastólica. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria
  • Varices o insuficiencia venosa periférica.
  • Cualquier otra patología o lesión cardiovascular que, a juicio de los facultativos médicos, puedan limitar el desempeño del puesto de trabajo. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

15.2.5. Enfermedades del aparato respiratorio:

  • Asma bronquial. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria
  • Broncopatía u otra enfermedad pulmonar obstructiva crónica.
  • Neumotórax espontáneo recidivante. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria
  • Tuberculosis pulmonar activa.
  • Otros procesos del aparato respiratorio que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten el desarrollo de la función policial.

15.2.6. Enfermedades del aparato locomotor:

  • Alteraciones del aparato locomotor que limiten o dificulten el desarrollo de la función policial, o que puedan agravarse, a juicio de los facultativos médicos, con el desempeño del puesto de trabajo: Patología ósea de extremidades, retracciones o limitaciones funcionales de causa muscular o articular, defectos de columna vertebral y otros procesos óseos, musculares y articulares.

15.2.7. Enfermedades del aparato de visión:

  • Agudeza visual sin corrección inferior a los dos tercios de la visión normal en cada uno de los ojos.
  • Queratotomía radial.
  • Estrabismo.
  • Desprendimiento de retina.
  • Patología retiniana degenerativa.
  • Hemianopsias y alteraciones campimétricas.
  • Discromatopsias. Daltonismo en todos sus grados.
  • Cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los facultativos médicos, dificulte de manera importante la agudeza visual.

15.2.8. Enfermedad del aparato de la audición:

  • Agudeza auditiva que suponga una pérdida entre 1.000 y 3.000 hertzios a 35 decibelios o de 4.000 hertzios a 45 decibelios. Asimismo no podrá existir una pérdida auditiva en las frecuencias conversacionales igual o superior a 30 decibelios.
  • Cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los facultativos médicos, dificulte de manera importante la agudeza auditiva.

15.2.9. Enfermedad de la fonación:

  • Tartamudez permanente e importante.

15.2.10. Enfermedades del sistema nervioso y trastornos psiquiátricos:

  • Epilepsia.
  • Migraña.
  • Depresión.
  • Trastornos de la personalidad.
  • Psicosis.
  • Alcoholismo, toxicomanías y drogodependencias a psicofármacos o a sustancias ilegales.
  • Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten el desarrollo de la función policial.

15.2.11. Enfermedades del aparato endocrino:

  • Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten o limiten el desarrollo de la función policial.

15.2.12. Enfermedades infecciosas y del sistema inmunitario:

  • Enfermedades transmisibles en actividad.
  • Enfermedades inmunológicas sistémicas.
  • Intoxicaciones crónicas.
  • Hemopatías graves.
  • Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten o limiten el desarrollo de la función policial.

15.2.13. Otros procesos patológicos:

  • Cualquier enfermedad, síndrome o proceso patológico que, a juicio de los facultativos médicos, limite o incapacite al aspirante para el ejercicio de la función policial.

Base decimosexta.– Temario de la prueba de conocimientos.

TEMARIO GRUPO A

Tema 1.– El sistema constitucional español. La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido. Principios generales. La reforma de la Constitución Española. El Estado español como Estado Social y Democrático de Derecho.

Tema 2.– Derechos y deberes fundamentales. Derechos y Libertades. Garantías de las libertades y derechos fundamentales. Los principios rectores de la política social y económica. El Tribunal Constitucional. El Defensor del Pueblo. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Tema 3.– Organización política del Estado español. Clase y forma de Estado. La Corona. Las Cortes Generales: Estructura y competencias. Procedimiento de elaboración de las leyes.

Tema 4.– Organización política del Estado español. El poder ejecutivo. El Gobierno y la Administración. El Poder Judicial. Organización judicial española. El Ministerio Fiscal.

Tema 5.– La Organización territorial del Estado. Las comunidades autónomas. Las administraciones locales.

Tema 6.– La Comunidad Autónoma de Castilla y León. Instituciones: las Cortes de Castilla y León, el Presidente y la Junta de Castilla y León. El Estatuto de Autonomía. Idea general de las competencias de la Comunidad Autónoma.

Tema 7.– La administración pública. Derecho administrativo general. Concepto. Fuentes del derecho administrativo: enumeración y clasificación. La jerarquía normativa. Los reglamentos.

Tema 8.– El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos.

Tema 9.– El procedimiento administrativo: principios informadores. Los interesados. Las fases del procedimiento administrativo: iniciación, ordenación, instrucción y terminación. Dimensión temporal del procedimiento.

Tema 10.– Referencia a los procedimientos especiales. Especialidades del procedimiento administrativo local. La revisión de los actos administrativos: de oficio. Recursos administrativos.

Tema 11.– La función pública en general. El Estatuto del empleado público. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios. Situaciones administrativas.

Tema 12.– Los funcionarios de las entidades locales. Organización de la función pública local. Los grupos de funcionarios de la Administración Especial y General de las entidades locales.

Tema 13.– La responsabilidad de la Administración. Fundamentos y clases. La responsabilidad de los funcionarios.

Tema 14.– La Administración Local. Principios constitucionales y regulación jurídica. Entidades que comprende. La provincia: concepto, elementos y competencias. El Municipio: concepto y elementos. El término municipal. La población: especial referencia al empadronamiento.

Tema 15.– La organización del municipio: El ayuntamiento. El alcalde. Los concejales. El pleno. La Junta de gobierno Local. Otros órganos administrativos.

Tema 16.– Funcionamiento y competencias municipales. Los servicios públicos locales y sus formas de gestión. Las formas de actividad de las Entidades Locales. La intervención administrativa en la actividad privada; estudio especial de las licencias municipales. Ordenanzas. Reglamentos y Bandos: Clases, procedimiento de elaboración y aprobación.

Tema 17.– Las fuerzas y cuerpos de seguridad. Clases y competencias. Disposiciones estatuarias comunes.

Tema 18.– Los cuerpos de policía local. Su participación en la seguridad pública. Funciones como policía administrativa, de seguridad y policía judicial. Coordinación con otros cuerpos policiales. Las juntas locales de seguridad.

Tema 19.– Las competencias de tráfico de la policía local. La policía local como policía de proximidad y asistencial.

Tema 20.– Los cuerpos de policía local. Organización y estructura. Estatuto personal: La Ley 9/2003 de coordinación de policías locales de Castilla y León y su desarrollo.

Tema 21.– Los cuerpos de policía local. Derechos y deberes. Sistema de responsabilidad, penal civil y administrativa. Régimen disciplinario.

Tema 22.– Función y deontología policial. Los principios básicos de actuación. Códigos deontológicos para personas encargadas de hacer cumplir la Ley.

TEMARIO GRUPO B

Tema 1.– El procedimiento penal. Principios que lo rigen y clases. Clases y competencias de los Juzgados y tribunales.

Tema 2.– La Policía Judicial. Concepto y funciones. El atestado policial en la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Concepto y estructura.

Tema 3.– Detención: concepto, clases y supuestos. Plazos de detención. Obligaciones del funcionario que efectúa una detención. Contenido de la asistencia letrada. Derecho del detenido. Responsabilidades penales en las que puede incurrir el funcionario que efectúa una detención. El procedimiento de «Habeas Corpus».

Tema 4.– El Código Penal. Las infracciones penales. Personas criminalmente responsables. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.

Tema 5.– Las penas y sus clases. Las medidas de seguridad. La responsabilidad civil derivada de los delitos.

Tema 6.– El homicidio y sus formas. Las lesiones.

Tema 7.– Delitos contra la libertad. Las torturas y otros delitos contra la integridad moral. Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales.

Tema 8.– Delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad. Delitos contra el honor y contra las relaciones familiares.

Tema 9.– Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico. Delitos contra los derechos de los trabajadores.

Tema 10.– Delitos contra la seguridad colectiva. Los incendios. Delitos contra la salud pública. Delitos contra la seguridad vial.

Tema 11.– Delitos cometidos por los funcionarios contra las garantías constitucionales.

Tema 12.– Los delitos de imprudencia con especial relación a los cometidos con vehículos de motor.

Tema 13.– La protección de la seguridad ciudadana: Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo.

Tema 14.– La protección civil en España y en Castilla y León. Normas reguladoras.

Tema 15.– Normativa básica sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Competencias de las Administraciones del Estado y de los Municipios.

Tema 16.– Normas generales de circulación. Circulación de vehículos: velocidad, prioridad de paso, cambio de dirección, cambio de sentido y marcha atrás, adelantamientos, paradas y estacionamientos.

Tema 17.– Cruce de pasos a nivel y puentes levadizos. Utilización del alumbrado. Advertencias de los conductores.

Tema 18.– Señalización: normas generales. Prioridad, formato e idioma de las señales. Clases de señales.

Tema 19.– Autorizaciones administrativas. Autorizaciones para conducir. Autorizaciones relativas a los vehículos.

Tema 20.– Infracciones y sanciones. Medidas cautelares. Procedimiento sancionador en materia de tráfico.

Tema 21.– El estacionamiento regulado de vehículos. Las Ordenanzas O.R.A.

TEMARIO GRUPO C TEMAS ESPECÍFICOS

Tema 1.– Ordenanza municipal de limpieza viaria y recogida de residuos sólidos urbanos de Soria.

Tema 2.– Ordenanza municipal de ruido y vibraciones.

Tema 3.– Ordenanza municipal reguladora de la tenencia de animales domésticos y de compañía.

Tema 4.– Ordenanza reguladora de la instalación de terrazas de veladores.

Tema 5.– Ordenanza reguladora de tráfico, aparcamiento, circulación y seguridad vial y vados.

Tema 6.– Reglamento consejo municipal de inmigración e inclusión Social.

Tema 7.– Ciudad de Soria: descripción de su red viaria rodada y peatonal. Callejero de la ciudad y de sus barrios agregados. Término municipal. Mancomunidad de los 150 pueblos de la Tierra de Soria.

Tema 8.– Mercado Tradicional. Venta Ambulante. Ordenanzas Reguladoras.

Tema 9.– La Ciudad de Soria en la Edad Moderna y contemporánea. Fiestas y tradiciones.

Base decimoséptima. Baremo de méritos para los aspirantes del turno libre.

17.1. Méritos.

1.– Conocimientos profesionales.

Se valorará en este apartado el estar en posesión de títulos, diplomas o certificados de conocimientos de relevancia para la profesión policial obtenidos en los últimos 10 años, tales como criminología, atestados, educación vial, técnica policial, etc.

Los títulos, diplomas o certificados deberán estar expedidos dentro de los cinco años inmediatamente anteriores a la convocatoria, por entidades públicas (Universidades, Ministerios, Policía Nacional, Guardia Civil, Comunidades Autónomas o Entidades Locales), y deberán hacer constar el número de horas o créditos (equivalentes cada uno a 10 horas lectivas), la existencia y superación de pruebas de evaluación y el programa general de materias impartidas.

La condición de vigilante de seguridad se valorará en este apartado con 0,75 puntos, y se acreditará con tarjeta de identificación de vigilante de seguridad.

La puntuación máxima en este apartado será de 2 puntos, adecuándose a la siguiente tabla:

DURACIÓN PUNTUACIÓN

Más de 60 créditos o 600 horas 1,50 Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

Más de 20 créditos o 200 horas 1,00 Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

Entre 101 y 200 horas 0,75 Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

Entre 61 y 100 horas 0,50 Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

Entre 31 y 60 horas 0,25 Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

Entre 20 y 30 horas 0,10 Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

2.– Servicios prestados a las administraciones públicas.

Se valorarán los servicios prestados en cualquier Administración Pública, tanto como funcionario, personal laboral, interino o eventual. No se computará el tiempo del Servicio Militar Obligatorio. Se acreditarán mediante certificación de servicios expedida por la Administración de que se trate. La puntuación máxima será de 2 puntos, de acuerdo con la siguiente tabla.

CLASE DE SERVICIOS PUNTOS POR MES DE SERVICIO

Servicios en fuerzas y cuerpos de seguridad 0,02

Otros servicios en administración pública 0,01

3.– Servicios de protección civil.

Se valorarán los servicios de voluntariado de Protección Civil, a razón de 0,01 puntos por cada 100 horas de servicio, certificados por el responsable municipal del Servicio de Protección Civil de la localidad en que hayan sido prestados. La puntuación máxima será de 1 punto.

4.– Idiomas.

Se valorará el conocimiento de idiomas extranjeros, mediante acreditación de escuelas oficiales de idiomas, centros reconocidos oficialmente u homologados, según Real Decreto 1629/2006. La puntuación máxima será de 2 puntos, de acuerdo con la siguiente tabla:

NIVEL DEL MARCO COMÚN DE REFERENCIA EUROPEA PARA LENGUAS PUNTOS POR IDIOMA
B1 intermedio 0,25
B2 intermedio 0,50
C1 usuario competente 0,75
C2 usuario competente 1,00

5.– Socorrismo.

Se valorará estar en posesión de algún título, diploma o certificado equivalente, expedido o renovado dentro de los cinco años inmediatamente anteriores a la convocatoria, por autoridad competente de cualquier organismo, institución de carácter oficial o legalmente reconocida al efecto, federación deportiva etc., que certifique y garantice los conocimientos en materia de salvamento, socorrismo, primeros auxilios, socorrismo acuático, etc., de acuerdo con la siguiente tabla. La puntuación máxima en este apartado será de 0,25 puntos.

DIPLOMA O CERTIFICADO PUNTOS
Primeros auxilios 0,10
Primeros auxilios y soporte vital básico 0,15
Socorrista acuático 0,10

6.– Defensa Personal.

Se valorará estar en posesión de conocimientos en materias de Artes Marciales, amparadas por el Consejo Superior de Deportes, mediante la documentación que acredite estar en posesión del cinturón que corresponda. No se valorarán cinturones obtenidos hace más de diez años, salvo que acredite su renovación o vigencia. La puntuación máxima será de 1 punto, valorándose solamente el de mayor categoría dentro de cada disciplina:

CINTURÓN PUNTOS
Cinturón naranja o verde 0,10
Cinturón azul o marrón 0,20
Cinturón negro 0,45

7.– Titulación Académica.

Se valorará estar en posesión de titulación superior a la exigida en la presente convocatoria. La puntuación máxima será de 2 puntos.

ESTUDIOS CIENCIAS SOCIALES O JURÍDICAS OTRAS RAMAS
Estudios de primer ciclo (diplomado, maestro, arquitecto técnico o ingeniero técnico 0,50 0,30
Grado 0,60 0,40
Estudios de primer y segundo ciclo (licenciado, arquitecto o ingeniero) 0,70 0,50
Licenciatura de segundo ciclo (cuando se acredite una licenciatura anterior) 0,20 0,10
Máster 0,70 0,50
Doctorado 0,90 0,70

En la misma rama de estudios, solamente se valorará la titulación superior de las obtenidas.

Base decimoctava.– Baremo de méritos para los aspirantes del turno de movilidad.

18.1. Méritos Preferentes.

1.– Recompensas: Su reconocimiento exige la concesión reglamentaria por parte de un Ayuntamiento, de la Comunidad Autónoma o del Ministerio del Interior. No se valorarán las recompensas o felicitaciones relacionadas con el tiempo de servicios. La puntuación máxima por este apartado será de 2 puntos. La valoración de distinciones o recompensas no incluidas en el cuadro siguiente se podrá realizar por el tribunal motivadamente, y siguiendo criterios de analogía con las Medallas al mérito policial de Castilla y León. En particular, se tendrán en cuenta las Cruces al Mérito Profesional de la Policía Local de Soria en sus modalidades de Distintivo azul y Blanco, reguladas en el REGLAMENTO DE RECOMPENSAS, HONORES Y DISTINCIONES DEL CUERPO DE LA POLICÍA LOCAL DE SORIA, así como distinciones similares otorgadas por otros Ayuntamientos:

TIPO DE RECOMPENSA PUNTUACIÓN UNITARIA PUNTUACIÓN MÁXIMA
Felicitaciones (Alcalde, Pleno, Jefe Policía Local u órgano competente) 0,25 0,50
Mérito Policial de Castilla León- Oro individual, Cruz al Mérito Profesional de la Policía Local de Soria con Distintivo Azul o distinciones similares 1,00 1,00
Mérito Policial de Castilla León- Plata individual, Cruz al Mérito Profesional de la Policía Local de Soria con Distintivo Blanco o distinciones similares 0,75 0,75
Mérito Policial de Castilla León- Oro colectiva 0,10 0,10
Mérito Policial de Castilla León- Plata colectiva 0,075 0,075

2.– Conocimientos profesionales: Se valorará en este apartado el estar en posesión de títulos, diplomas o certificados de conocimientos de relevancia para la profesión policial, tales como criminología, atestados, educación vial, técnica policial, aptitud para el ascenso, etc. Se excluye el Curso de Formación Básica para ingreso en cuerpos de policía local.

Los títulos, diplomas o certificados deberán estar expedidos dentro de los cinco años inmediatamente anteriores a la convocatoria, por entidades públicas (universidades públicas o privadas homologadas, ministerios, Policía Nacional, Guardia Civil, comunidades autónomas o entidades locales) y deberán hacer constar el número de horas o créditos (equivalente cada uno a 10 horas lectivas), la existencia y superación de pruebas de evaluación y el programa general de materias impartidas. La puntuación máxima en este apartado será de 2 puntos, adecuándose a la siguiente tabla:

DURACIÓN PUNTUACIÓN

Más de 60 créditos o 600 horas 1,50

Más de 20 créditos o 200 horas 1,00

Entre 101 y 200 horas 0,75

Entre 61 y 100 horas 0,50

Entre 31 y 60 horas 0,25

Entre 20 y 30 horas 0,10

3.– Servicios prestados a las administraciones públicas: Se valorarán los servicios prestados en cualquier administración pública, tanto como funcionario, personal laboral, interino o eventual. Se acreditarán mediante certificación de servicios expedida por la administración de que se trate. La puntuación máxima será de 2 puntos, de acuerdo con la siguiente tabla:

CLASE DE SERVICIOS PUNTOS POR MES DE SERVICIO

En fuerzas y cuerpos de seguridad 0,02

Otros servicios en administraciones públicas relacionados con la profesión policial 0,01

4.– Servicios de protección civil: Se valorarán los servicios de voluntariado de protección civil, a razón de 0,01 puntos por cada 100 horas de servicio, certificadas por el responsable municipal del servicio de protección civil de la localidad en que hayan sido prestadas. La puntuación máxima será de 1 punto.

18.2. Méritos no Preferentes.

5.– Idiomas: Se valorará el conocimiento de idiomas extranjeros, mediante acreditación de escuelas oficiales de idiomas, centros reconocidos oficialmente u homologado, según Real Decreto 1629/2006. La puntuación máxima será de 2 puntos, de acuerdo con la siguiente tabla:

NIVEL DEL MARCO COMÚN PUNTOS POR IDIOMA DE REFERENCIA EUROPEA PARA LENGUAS

B1 intermedio 0,25

B2 intermedio 0,50

C1 usuario competente 0,75

C2 usuario competente 1,00

6.– Socorrismo: Se valorará estar en posesión de algún título, diploma, certificado o equivalente, expedido o renovado dentro de los cinco años inmediatamente anteriores a la convocatoria, por autoridad competente de cualquier organismo, institución de carácter oficial o legalmente reconocida al efecto, federación deportiva, etc., que certifique y garantice los conocimientos en materia de salvamento, socorrismo, primeros auxilios, socorrismo acuático, etc., de acuerdo con la siguiente tabla. La puntuación máxima en este apartado será de 0,25 puntos.

DIPLOMA O CERTIFICADO PUNTOS

Primeros auxilios 0,10

Primeros auxilios y soporte vital básico 0,15

Socorrista acuático 0,10

7.– Defensa Personal: Se valorará estar en posesión de conocimientos en materias de Artes Marciales, amparadas por el Consejo Superior de Deportes, mediante la documentación que acredite estar en posesión del cinturón que corresponda. No se valorarán cinturones obtenidos hace más de diez años, salvo que se acredite su renovación o vigencia. La puntuación máxima será de 1 punto, valorándose solamente el de mayor categoría dentro de cada disciplina:

CINTURÓN PUNTOS

Cinturón naranja o verde 0,10

Cinturón azul o marrón 0,20

Cinturón negro 0,45

8.– Titulación académica: Se valorará estar en posesión de titulación superior a la exigida en la convocatoria. La puntuación máxima será de dos puntos. En la misma rama de estudios, solamente se valorará la titulación superior de las obtenidas.

ESTUDIOS CIENCIAS SOCIALES O JURÍDICAS OTRAS RAMAS
Estudios de primer ciclo (diplomado, maestro, arquitecto técnico o ingeniero técnico) 0,50 0,30
Grado 0,60 0,40
Estudios de primer y segundo ciclo (licenciado, arquitecto o ingeniero) 0,70 0,50
Licenciatura de segundo ciclo (cuando se acredite licenciatura anterior) 0,20 0,10
Master 0,70 0,50
Doctorado 0,90 0,70

Base decimonovena.– Modelo de solicitud.

Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguientes a la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o Recurso Contencioso-Administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 1 de Soria, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Soria, 15 de abril de 2019.

El Alcalde,
Fdo.: Carlos Martínez Mínguez

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