Oposiciones Policía Local Ávila

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 Texto extraído íntegramente y sin modificación alguna del Boletín Oficial de Castilla y León Nº 90 (Martes, 14 de Mayo de 2019).¨

CUERDO de 25 de abril de 2019, de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Ávila, por el que se aprueban la convocatoria y las bases reguladoras del procedimiento para la provisión de 8 plazas de Agente de Policía Local (6 mediante oposición libre y 2 –turno de movilidad– mediante concurso oposición libre), vacantes en la plantilla de personal funcionario e incluida en la oferta de empleo público del Ayuntamiento de Ávila del ejercicio 2018.

La Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Avila, por delegación del Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente (Resolución de fecha 30 de junio de 2015), ha acordado en su sesión de fecha 25 de abril del corriente la aprobación de la convocatoria pública de acceso para cubrir en propiedad ocho plazas de Agente de Policía Local vacantes en la Plantilla de Personal Funcionario de esta Corporación, e incluidas en la Oferta de Empleo Público del ejercicio 2018 con arreglo a las siguientes:

BASES Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila

Primera.– Objeto y calendario de la convocatoria. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila

1.1. Es objeto de la convocatoria la provisión de ocho plazas de la categoría de Agente del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Ávila, pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, clase: Policía Local, clasificadas en el grupo C, subgrupo C1, de los previstos en el artículo 76 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre) y dotadas con el sueldo, trienios, pagas extraordinarias y demás retribuciones que correspondan con arreglo a la legislación vigente.

1.2. El desempeño de estas plazas será incompatible con cualquier actividad remunerada, pública o privada, quedando sometido al régimen de incompatibilidad, con los deberes y obligaciones inherentes y con derecho al percibo de las correspondientes retribuciones complementarias.

1.3. Las plazas se encuentran vacantes e incluidas en la oferta pública de empleo del Ayuntamiento, así como en la relación de puestos de trabajo, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado.

1.4. De las plazas convocadas, dos se reservan al turno de movilidad y podrán ser cubiertas por funcionarios de la misma categoría que pertenezcan a otra plantilla de policía local de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, que se cubrirán mediante concurso-oposición libre.

1.5. El resto de plazas, más las que no se cubran en turno de movilidad, se cubrirán mediante oposición libre.

1.6. El procedimiento selectivo, en sus fases de concurso y oposición, deberá resolverse en un plazo que no podrá exceder de ocho meses. Los solicitantes podrán entender desestimadas sus peticiones transcurrido el tiempo máximo establecido sin que recaiga resolución expresa.

Segunda.– Requisitos de los aspirantes. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila

2.1. Para tomar parte en el concurso-oposición en turno libre, será necesario reunir los siguientes requisitos:

  • a) Ser español. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
  • b) Tener dieciocho años de edad, referida al día en que finalice el plazo de presentación de instancias y no superar la edad que para la jubilación forzosa se determine en la legislación vigente en materia de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
  • c) Estar en posesión o en condiciones de obtener la titulación de Bachiller, Formación Profesional Superior, o título equivalente que permita el acceso al grupo C, subgrupo C1, de los previstos en el artículo 76 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre). En el supuesto de invocar título equivalente al exigido, habrá de acompañarse certificado expedido por la autoridad competente en materia educativa, que acredite la equivalencia.
  • d) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente las correspondientes funciones.
  • e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
  • f) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
  • g) Tener una estatura mínima de 165 centímetros los hombres y 160 centímetros las mujeres.
  • h) Estar en posesión de los permisos de conducir vehículos de motor de las clases A-2 y B.
  • i) Presentar declaración jurada de compromiso de portar armas y de utilizarlas en los casos previstos en la ley.

2.2. No existe reserva de plazas para militares profesionales.

2.3. Los aspirantes en turno de movilidad deberán cumplir, además, los siguientes requisitos:

  • a) Encontrarse en situación de servicio activo, con categoría de Agente, en un cuerpo de policía local en Castilla y León, con antigüedad mínima de cinco años en el cuerpo de procedencia.
  • b) No hallarse en situación de segunda actividad. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila

2.4. Todos los requisitos mencionados deberán poseerse en el momento en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

Tercera.– Solicitudes. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila

3.1. La solicitud para participar en el proceso selectivo se ajustará al modelo que figura en el Anexo correspondiente. Este modelo de solicitud de participación en pruebas selectivas de Policía Local se puede descargar en el pdf que figura al pie del siguiente enlace:

http://bocyl.jcyl.es/boletines/2016/05/23/pdf/BOCYL-D-23052016-6.pdf Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila

3.2. Los solicitantes harán constar la opción por el turno libre o por el de movilidad, siendo excluidas las solicitudes en que opten por ambos o por ninguno.

3.3. Las solicitudes se dirigirán al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Ávila, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al que aparezca el último de los anuncios de la convocatoria, que se publicará íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Boletín Oficial de Castilla y León, y en extracto en el Boletín Oficial del Estado. Se presentarán en la forma prevista en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

3.4. De acuerdo con la Ordenanza municipal vigente, los derechos de examen se fijan en la 12,50 €.

Así mismo y de acuerdo con la citada Ordenanza municipal, no se exigirá el pago de los derechos a aquellas personas que acrediten ser demandantes de empleo, a cuyo efecto deberán aportar certificación expedida por la Oficina de Empleo correspondiente de encontrarse en situación de desempleo desde la fecha de la convocatoria –entendiéndose como tal la de la aprobación de la misma por el órgano municipal correspondiente– hasta la fecha de presentación de la solicitud, así como Informe de la vida Laboral a los efectos de justificar no encontrarse en situación de alta en ninguno de los regímenes de la Seguridad Social, tanto de trabajadores por cuenta propia como por cuenta ajena.

Los derechos de examen deberán ingresarse en la cuenta corriente abierta a nombre de «Excelentísimo Ayuntamiento de Ávila. Cuenta restringida cobro derechos de examen» con el número IBAN ES32-2038-7725-20-6400007773 en la Entidad BANKIA, Oficina Principal, con domicilio en la Plaza de Santa Teresa n.º 10 de esta Ciudad.

En la instancia deberá necesariamente acreditarse el ingreso de los derechos de examen, bien con el sello de la Entidad anteriormente citada en cada uno de los ejemplares de aquélla, bien con el resguardo de la transferencia realizada a la cuenta expresada. Conforme la Ordenanza Municipal vigente, si no se hiciesen efectivos los derechos de examen, el solicitante no podrá ser admitido a la convocatoria y se archivará su instancia sin más trámite.

Los derechos de examen abonados sólo podrán ser devueltos en el supuesto de que el solicitante no haya sido admitido a la convocatoria por falta de los requisitos exigidos para tomar parte en la misma. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila

No se entenderán como defectos subsanables en la solicitud la ausencia de abono de los derechos de examen en la forma prevista, ni de la acreditación documental del derecho a la exención de su pago. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila

3.5. A la solicitud se acompañará: Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila

3.5.1. Documentación de carácter general: Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila

  • a) Copia del Documento nacional de identidad. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
  • b) Resguardo acreditativo de haber abonado la tasa en concepto de derechos de examen.
  • c) Copia de los permisos de conducir exigidos en la Base segunda. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
  • d) Los aspirantes en TURNO DE MOVILIDAD deberán presentar además la relación de méritos que el aspirante alegue para la fase de concurso, con el mismo orden que se cita en las Bases decimoséptima y decimoctava, acompañando los documentos que los acrediten. Cuando el interesado no hubiera podido obtener algún certificado por causa no imputable a él mismo, podrá aportar provisionalmente la solicitud de dichos certificados, debidamente registrada de entrada en el organismo competente. En todo caso, el certificado del mérito correspondiente deberá estar a disposición del tribunal con anterioridad a la sesión de valoración de méritos a que se refiere la Base octava.

3.5.2. Documentación de carácter específico. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila

Justificación de exención de abono de derechos de examen, mediante certificación expedida por la Oficina de Empleo correspondiente de encontrarse en situación de desempleo desde la fecha de la convocatoria –entendiéndose como tal la de la aprobación de la misma por el órgano municipal correspondiente– hasta la fecha de presentación de la solicitud, así como informe de la Vida Laboral a los efectos de justificar no encontrarse en situación de alta en ninguno de los regímenes de la Seguridad Social.

Cuarta.– Admisión y exclusión de aspirantes. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila

4.1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano municipal competente dictará resolución, aprobando la lista provisional de admitidos y excluidos, que se hará pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, Boletín Oficial de la Provincia y en sede electrónica: avila.es, en los términos que se determine, concediendo un plazo de diez días hábiles a los aspirantes excluidos para reclamar y subsanar, en su caso, los defectos que han motivado su exclusión.

4.2. Transcurrido el plazo para reclamar o subsanar, en su caso, el órgano municipal correspondiente dictará resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos, que se hará pública en el tablón de edictos de la Casa Consistorial y Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica anteriormente señalada.

4.3. Contra dicha resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de Lo Contencioso-Administrativo, con sede en Ávila, en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 10.1 a) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Igualmente, con carácter previo y potestativo, se podrá interponer recurso de reposición ante el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, según lo dispuesto en los artículos 112 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Quinta.– Tribunal calificador. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila

5.1. Composición. El Tribunal Calificador estará constituido en la siguiente forma:

Presidente: Un funcionario de carrera. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila

Vocales: Un funcionario de carrera de la Junta de Castilla y León, nombrado a propuesta de la Dirección General competente en materia de Policías Locales.

Tres funcionarios de carrera designados por la Corporación. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila

Secretario: El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue, que actuará con voz pero sin voto.

Todos los miembros del Tribunal, deberán poseer la misma titulación o superior a la exigida para acceder a las plazas convocadas.

Cada miembro del Tribunal tendrá un suplente. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila

La designación de los miembros del Tribunal y de los suplentes se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia, así como en el Tablón de Edictos de la Corporación.

5.2. Previa convocatoria por el presidente, se constituirá el tribunal en el plazo máximo de 30 días a partir de su nombramiento. El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos la mitad de los miembros, titulares o suplentes indistintamente, y en todo caso con la presencia del presidente y secretario o personas que les sustituyan.

5.3. Para las pruebas médicas, psicotécnicas y físicas, el tribunal requerirá los servicios de personal especializado, que emitirá su informe con arreglo a las condiciones de la convocatoria, y a la vista de los cuales el tribunal resolverá. Asimismo podrán nombrarse asesores del tribunal para aquellas materias que estime necesario, que actuarán con voz pero sin voto.

5.4. A efectos de comunicación y demás incidencias, el tribunal tendrá su sede en la Casa Consistorial del Ayuntamiento de Ávila.

Sexta.– Comienzo y desarrollo de los ejercicios.

6.1. Orden de actuación de los aspirantes. Se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «D», de conformidad a la Resolución de 4 de febrero de 2019 de la Viceconsejería de Función Pública y Gobierno Abierto, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración del Estado.

6.2. El día, hora y lugar de realización del primer ejercicio de la fase de oposición será anunciado al menos con diez días naturales de antelación, mediante anuncio en la sede electrónica: www.avila.es, en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento junto con la lista provisional (o definitiva, en su caso). Los anuncios de celebración del segundo y restantes ejercicios se efectuarán por el tribunal en la sede del mismo, al menos con veinticuatro horas de antelación a la señalada para la iniciación de los mismos.

6.3. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, quedando decaídos en sus derechos los aspirantes que no comparezcan a realizarlo a la hora fijada, salvo los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el tribunal, para los que podrá realizarse una convocatoria extraordinaria.

Séptima.– Fase de oposición. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila

Constará de varias pruebas y un reconocimiento médico, todos ellos eliminatorios:

7.1. Prueba de aptitud física: Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila

Pruebas físicas tendentes a comprobar, entre otros aspectos, las condiciones de equilibrio, velocidad, resistencia y coordinación. Tendrá carácter eliminatorio y se ajustará a las condiciones establecidas en la Base Decimocuarta. La calificación será de «Apto» o «No apto».

7.2. Prueba de conocimientos. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila

7.2.1. Prueba de conocimientos para los aspirantes del turno libre: Tendrá carácter eliminatorio y consistirá en contestar por escrito a los siguientes ejercicios:

Ejercicio Primero.– Consistirá en responder por escrito, durante el tiempo que determine el tribunal, a un cuestionario de al menos 50 preguntas tipo test, con cuatro respuestas alternativas, sobre los contenidos de los temas relacionados en el Temario de la Base decimosexta; de las que el 40 por 100 corresponderán a los temas del grupo A, otro 40 por 100 corresponderán a los temas del grupo B y un 20% al grupo C. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila

El ejercicio se calificará sobre 10 puntos para el total de respuestas correctas, penalizándose las respuestas erróneas con un tercio del valor de cada respuesta acertada. Las preguntas sin respuesta no penalizarán. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila

Los aspirantes que no alcancen 5 puntos serán eliminados definitivamente de la prueba.

Ejercicio Segundo.– Consistirá en responder por escrito, durante un tiempo máximo de 45 minutos al planteamiento de un ejercicio práctico relacionado con los temas de los grupos A y B, del temario de la Base decimosexta. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila

El ejercicio se calificará sobre 10 puntos. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila

La calificación global de la prueba de los aspirantes no eliminados será la media de las calificaciones de los dos ejercicios, siendo necesario obtener al menos 5 puntos para superarla.

7.2.2. Prueba de conocimientos para los aspirantes a las plazas del turno de movilidad: Tendrá carácter eliminatorio y consistirá en contestar por escrito al siguiente ejercicio:

Responder durante el tiempo que determine el tribunal, a un cuestionario de al menos 20 preguntas tipo test, sobre los contenidos de los temas del grupo C relacionados en la Base decimosexta. Cada pregunta deberá contener cuatro respuestas alternativas.

El ejercicio se calificará sobre 10 puntos para el total de respuestas correctas, penalizándose las respuestas erróneas con un tercio del valor de cada respuesta acertada.

Las preguntas sin respuesta no penalizarán; siendo necesario obtener al menos 5 puntos para superar la prueba.

7.3. Pruebas de aptitud psíquica: Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila

Tendrán carácter eliminatorio y consistirán en la contestación de varios cuestionarios ajustados a los requerimientos propios del puesto a desempeñar, en especial las siguientes:

  • Prueba de aptitudes. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
    • Razonamiento verbal. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
    • Razonamiento abstracto. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
    • Rapidez y precisión perceptiva. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
    • Atención y resistencia a la fatiga. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
    • Agilidad mental. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
    • Memoria visual. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
  • Prueba de personalidad: Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
    • Autocontrol. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
    • Estabilidad emocional Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
    • Capacidad empática y de manejo de la relación interpersonal. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
    • Seguridad en sí mismo. Sentido de la disciplina. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
    • Autoridad. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
    • Trabajo en equipo. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
    • Sociabilidad. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
    • Iniciativa. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
    • Objetividad. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
    • Automotivación. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila

Si el Tribunal lo estima pertinente, a propuesta de los técnicos correspondientes, podrá acordarse la celebración de entrevista a alguno/s de los aspirantes.

La calificación de esta prueba será apto y no apto.

Las pruebas de aptitud psíquica se realizarán por personal técnico cualificado. Si el tribunal lo estima pertinente, podrá acordar la celebración de entrevistas a todos o a algunos de los aspirantes, destinadas a contrastar y ampliar los resultados de las pruebas psicotécnicas escritas y para determinar la adecuación del candidato al perfil profesional. El resultado será de «Apto» o «No apto».

7.4. Reconocimiento médico: Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila

Tendrá carácter eliminatorio y se ajustará a las consideraciones establecidas en la Base decimoquinta.

El reconocimiento médico se realizará por personal técnico cualificado, que podrá realizar cuantos exámenes y pruebas médicas considere necesarias para determinar el estado de cada aspirante, incluyendo análisis de sangre y orina, pruebas radiológicas, etc. La negativa a la realización de cualquier prueba médica será motivo para la exclusión del proceso selectivo.

Se garantiza la confidencialidad de los resultados. El resultado de la prueba será de «Apto» o «No apto».

Octava.– Fase de concurso. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila

Una vez finalizada la fase de oposición, el tribunal procederá a la valoración de los méritos alegados y acreditados por los aspirantes en turno de movilidad, de conformidad con el baremo establecido en las Bases Decimoséptima. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila

La puntuación otorgada a cada aspirante en esta fase de concurso se hará pública en el tablón de anuncios de la sede del tribunal.

Esta fase no tiene carácter eliminatorio. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila

Novena.– Calificación de las fases de concurso y oposición.

9.1. Turno de movilidad. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila

A los aspirantes del turno de movilidad que resulten aptos en las pruebas previstas, se les sumará la calificación del ejercicio de conocimientos a la valoración obtenida en la fase de concurso.

Las vacantes de este turno se adjudicarán a los aspirantes con mayor puntuación. En el caso de empate en la puntuación, accederán a las plazas los aspirantes que tengan más puntos en los méritos preferentes del baremo. De repetirse el empate en el baremo de méritos preferentes, accederán a las plazas los aspirantes que tengan mayor antigüedad.

9.2. Turno libre. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila

9.2.1. La calificación definitiva en la Oposición vendrá determinada por la puntuación obtenida en las pruebas de conocimientos, adjudicándose las vacantes a los aspirantes con mayor puntuación. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila

9.2.2. En el caso de empate en la puntuación, se adjudicará la plaza al aspirante que obtenga mayor puntuación, por orden de realización.

Décima.– Relación de aprobados y presentación de documentos.

10.1. Terminada la calificación de los aspirantes, el tribunal publicará en los lugares establecidos en la base cuarta, la relación de los aspirantes aprobados, por orden de puntuación, y elevará al Alcalde del Ayuntamiento la propuesta de adjudicación de vacantes, que no podrá rebasar el número de vacantes existentes.

10.2. Si además de los propuestos para las vacantes existentes, hubiera más aspirantes que hubieran aprobado los ejercicios de la oposición, el Tribunal publicará un listado complementario con dichos aspirantes, por orden de puntuación, a los efectos previstos en el párrafo segundo del artículo 61, apartado 8 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre). Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila

10.3. Los opositores propuestos presentarán en el Ayuntamiento, dentro del plazo de quince días naturales, contados a partir de la publicación de la lista de aprobados en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, los siguientes documentos: Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila

  • 1.º– Certificado negativo de antecedentes penales, expedido por el Registro de penados y rebeldes, referido a la fecha de la publicación de la lista de aprobados en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
  • 2.º– Declaración responsable de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las comunidades autónomas o a las entidades locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública.
  • 3.º– Declaración jurada de compromiso de portar armas y utilizarlas en los casos previstos en la ley.
  • 4.º– Título de bachiller, formación profesional superior o título equivalente que permita el acceso al Grupo C, subgrupo C1, de los previstos en el artículo 76 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre).
  • 5.º– Permisos de conducir vehículos a motor de las clases A-2 y B.

10.4. Los aspirantes que opten por turno de movilidad presentarán además certificación de servicios previos en el Ayuntamiento de origen y su baja en el mismo.

10.5. Si dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor, los opositores propuestos no presentaran su documentación o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación en la convocatoria.

Undécima.– Curso selectivo de formación básica y nombramientos.

11.1. Los aspirantes aprobados en el turno libre seguirán un curso selectivo de formación básica, organizado por la Dirección General competente en materia de coordinación de policías locales, como funcionarios en prácticas de los ayuntamientos, con arreglo al programa que se establezca, debiendo superar las pruebas que en el mismo se señalen.

11.2. Los aspirantes que acrediten haber realizado el curso selectivo de formación básica en cualquier otra edición, estarán eximidos de realizarlo nuevamente, pudiendo ser nombrados funcionarios de carrera de manera inmediata. Asimismo, podrán ser eximidos del curso selectivo aquellos aspirantes que acrediten formación similar obtenida en otras comunidades autónomas, cuando así sea expresamente reconocido por resolución del Director General competente en materia de coordinación de policías locales.

11.3. Durante el curso los aspirantes admitidos devengarán las retribuciones legales como funcionarios en prácticas, sin perjuicio de las compensaciones que puedan corresponder por gastos extraordinarios (desplazamiento, alojamiento y manutención) que conlleve su estancia en el centro de formación, con cargo al Ayuntamiento.

11.4. La calificación definitiva de los aspirantes en turno libre que hayan sido declarados aptos en el curso selectivo, vendrá dada por la suma de la obtenida en la oposición y la que hayan alcanzado en el curso selectivo de formación básica, elevándose la relación de aprobados por orden de puntuación al órgano municipal correspondiente, para tramitar los nombramientos como funcionarios de carrera de los aspirantes seleccionados.

11.5. La calificación definitiva, para los aspirantes que accedan por turno de movilidad, vendrá dada por la puntuación obtenida en el concurso-oposición, elevándose la relación de aprobados por orden de puntuación, al órgano municipal correspondiente para tramitar el nombramiento como funcionarios de carrera de los aspirantes seleccionados.

11.6. Una vez efectuado el nombramiento, el opositor nombrado deberá tomar posesión en el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el siguiente al que le sea notificado el nombramiento. La falta de toma de posesión en el plazo indicado, sin causa justificada, conllevará la pérdida de los derechos del opositor en el proceso selectivo.

Duodécima.– Incidencias.

El tribunal queda autorizado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del procedimiento en todo lo no previsto en estas bases.

Serán de aplicación general las normas contenidas en el Reglamento de funcionarios de Administración Local, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, que aprueba el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado, Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de administración local, y demás legislación vigente.

Decimotercera.– Recursos.

La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta y de la actuación del tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Decimocuarta.– Desarrollo De Las Pruebas Físicas.

Contenido: Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila

  • 1.– Prueba de potencia del tren inferior. Salto de longitud con los pies juntos.
  • 2.– Prueba de potencia del tren superior. Lanzamiento de Balón Medicinal.
  • 3.– Prueba de velocidad. Carrera de 60 metros lisos.
  • 4.– Prueba de resistencia muscular. Carrera de 1.000 metros lisos.
  • 5.– Natación, 25 metros estilo libre.

CUADRO DE MARCAS DE LAS PRUEBAS FÍSICAS

TURNO LIBRE

MARCA
PRUEBA HOMBRES MUJERES
Potencia tren inferior. Salto de Longitud 2,30 m 1,90 m
Potencia tren superior. Balón medicinal (Balón de 5 Kg) 6,25 m (Balón de 3 Kg) 6,25 m
Velocidad (60 m) 8”6 10”4
Resistencia (1000 m) 3’30” 4’25”
Natación (25 m) 21” 24”

TURNO DE MOVILIDAD

HOMBRES EDAD/MARCA
PRUEBA Menos de 33 De 33 a 38 De 39 a 44 45 en adlte.
Potencia tren inferior. Salto de Longitud 2,30 m 2,20 m 2,10 m 2,00 m
Potencia tren superior. Balón medicinal 6,25 m 5,75 m 5,25 m 4,75 m
Velocidad (60 m) 8”6 9” 9”6 10”
Resistencia (1000 m) 3’30” 3’45” 4’05” 4’25”
Natación (25 m) 21” 22” 23” 24”
MUJERES EDAD/MARCA
PRUEBA Menos de 33 De 33 a 38 De 39 a 44 45 en adlte.
Potencia tren inferior. Salto de Longitud 1,90 m 1,80 m 1,70 m 1,60 m
Potencia tren superior. Balón medicinal 6,25 m 5,75 m 5,25 m 4,75 m
Velocidad (60 m) 10”4 10”8 11”2 11”8
Resistencia (1000 m) 4’25” 4’40” 5’00” 5’20”
Natación (25 m) 24” 25” 26” 27”

DESARROLLO DE LAS PRUEBAS FÍSICAS.

Las pruebas se realizarán siguiendo el orden que determine el tribunal, con apoyo de personal especializado en la materia y de acuerdo con las siguientes reglas:

1.– PRUEBA DE POTENCIA DEL TREN INFERIOR. SALTO DE LONGITUD.

Disposición: El aspirante se colocará ante una línea de 1 metro de larga y de 0,05 metros de ancha, marcada en el suelo, paralela al foso de saltos y a una distancia de 0,50 metros del borde anterior del mismo.

Ejecución: Cuando se halle dispuesto, el aspirante flexionará y extenderá rápidamente el tren inferior para, apoyando los dos pies en el suelo, proyectar el cuerpo hacia adelante y caer en el foso. Está permitido el balance sobre punta-talón del pie o la elevación de talón antes del salto.

Medición: Se efectuará desde la parte de la línea más alejada del foso hasta la huella del aspirante más cercana a la línea de partida sobre la arena del foso. La medición será en metros y centímetros.

Intentos: Pueden realizarse tres intentos, contabilizándose el mejor.

Invalidaciones: El salto debe realizarse con un solo impulso de los pies, contabilizándose como nulo aquél en el que, una vez separados los pies del suelo, vuelvan a apoyarse de nuevo para la impulsión definitiva.

Es nulo el salto que se produce por el apoyo alternativo y no simultáneo de los pies sobre el suelo.

Es nulo el salto en el que el aspirante pise o rebase la línea en el momento de la impulsión.

Quedarán eliminados los aspirantes que no consigan igualar o superar las marcas establecidas o que realicen tres intentos nulos.

Distancia mínima:

En turno libre, hombres: 2,30 metros; mujeres: 1,90 metros.

En turno de movilidad, según cuadro de marcas establecido para cada categoría de edad.

2.– PRUEBA DE POTENCIA DEL TREN SUPERIOR. LANZAMIENTO DE BALÓN MEDICINAL.

Consistirá en lanzar por el aspirante un balón medicinal, sostenido con ambas manos, y con un peso de 5 kg, si se trata de un hombre, y de 3 kg, si se trata de una mujer.

Disposición: El aspirante se colocará frente a una línea marcada en el suelo, de 1 metro de larga por 0,05 metros de ancha, paralela a la zona de lanzamiento, con los pies separados y la punta de los pies a la misma distancia de dicha línea.

Ejecución: Cuando esté dispuesto, el aspirante tomará el balón medicinal con ambas manos y lanzará el mismo, sacándole desde atrás y por encima de la cabeza, enviándole lo más lejos posible. No se podrá tomar carrera pero sí realizar movimientos de balanceo con brazos y cuerpo.

Medición: Se efectuará desde la parte de la línea más alejada de la zona de lanzamiento hasta la primera huella que deje el balón sobre la zona de caída. La medición será en metros y centímetros.

Intentos: Pueden realizarse tres intentos, contabilizándose el mejor.

Invalidaciones: Se considerarán lanzamientos nulos aquellos en los que el aspirante pise o rebase la línea, o cuando no tenga la punta de los pies a la misma distancia de la línea de lanzamiento, o cuando haga su lanzamiento saltando, despegando totalmente cualquiera de los pies o arrastrando cualquiera de los mismos hacia atrás o cuando el aspirante efectúe el lanzamiento con una sola mano.

Distancia mínima:

En turno libre, 6,25 m.

En turno de movilidad, según cuadro de marcas establecido para cada categoría de edad.

3.– CARRERA DE VELOCIDAD DE 60 METROS.

Disposición: El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado para la salida, pudiendo realizarla de pie o agachado, sin tacos.

Ejecución: La propia en una carrera de velocidad, adaptada a los requisitos mínimos en cuanto a condiciones del terreno especificadas en el Reglamento de la Federación.

Internacional de Atletismo Aficionado (FIAA).

Medición: Será manual, con un cronómetro que se pondrá en fun­ciona­miento a la señal de comienzo de la prueba y se de­tendrá cuando el aspirante traspase la línea de llegada.

(duplicándose/tomándose el más desfavorable).

Intentos: Solamente se permite un intento y dentro del mismo, una salida nula por cada corredor. A la segunda salida nula, el aspirante será eliminado.

Invalidaciones: De acuerdo con el Reglamento de la FIAA, y siempre que se supere el tiempo establecido.

Tiempo máximo:

En turno libre, hombres: 8”6; mujeres: 10”4.

En turno de movilidad, según cuadro de marcas establecido para cada categoría de edad.

4.– CARRERA DE RESISTENCIA MUSCULAR DE 1.000 METROS LISOS.

Disposición: El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado para la salida, pudiendo realizarla de pie o agachado sin tacos.

Ejecución: La propia de este tipo de carreras.

Medición: Será manual, con un cronómetro que se pondrá en fun­ciona­miento a la señal de comienzo de la prueba y se de­tendrá cuando el aspirante traspase la línea de llegada.

Intentos: Solamente se permite un intento y dentro del mismo, una salida nula por cada corredor. A la segunda salida nula, el aspirante será eliminado.

Invalidaciones: De acuerdo con el Reglamento de la FIAA y siempre que se exceda del tiempo establecido.

Tiempo máximo:

En turno libre, hombres: 3 minutos y treinta segundos (3’30”); mujeres: cuatro minutos y 25 segundos (4’25”).

En turno de movilidad, según cuadro de marcas establecido para cada categoría de edad.

5.– NATACIÓN. 25 METROS ESTILO LIBRE.

Disposición: Los aspirantes podrán efectuar la salida tanto desde el borde desde el que se da la salida como desde dentro de la piscina, en cuyo caso habrá de tocar claramente la pared de dicho borde de salida con una mano o pie.

Ejecución: Una vez dada la salida por el juez de salida, los aspirantes realizarán nadando 25 metros en estilo libre, debiendo tocar clara­mente el borde de llegada con alguna de las manos.

Medición: Se contabilizará el tiempo invertido.

Intentos: Un solo intento y, dentro del mismo, una salida nula por cada nadador.

Invalidaciones: Se invalidará la prueba y quedará eliminado el aspirante que realice dos salidas nulas o que, aún cuando haya nadado los 25 metros, lo haya hecho sujetándose en alguna parte fija (corchera) o apoyándose en el borde o suelo de la piscina, y siempre que no se hayan nadado dichos metros en el tiempo establecido. En lo no previsto en el presente, se estará a lo dispuesto el Reglamento de la Federación Española de Natación.

Tiempo máximo:

En turno libre, hombres: 21 segundos (21”); mujeres: 24 segundos (24”).

En turno de movilidad, según cuadro de marcas establecido para cada categoría de edad.

Decimoquinta.– Cuadro de exclusiones por consideraciones físicas y médicas para el ingreso en los cuerpos de policías locales.

15.1. Exclusiones físicas. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila

15.1.1. Estatura mínima: 1,65 metros los hombres y 1,60 metros las mujeres. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila

15.1.2. Perímetro torácico: Diferencia entre máximo - mínimo: 4 cm. o superior. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila 

15.1.3. Espirometría: Mínima 3.000.Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila 

15.2. Exclusiones médicas. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila

15.2.1. Generales: Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila

  • Obesidad o delgadez manifiestas que dificulten o incapaciten para el ejercicio de las funciones propias del cargo. Se evaluará a través del Índice de Masa Corporal (IMC) que no debe ser inferior a 18,5 ni superior a 29,9, considerando el IMC como la relación resultante de dividir el peso de la persona expresado en kilos por el cuadrado de la talla expresado en metros.
  • En los aspirantes que posean un IMC comprendido entre 25 y 29,9, ambos inclusive, se realizará una medición del perímetro abdominal a la altura del ombligo. Este perímetro no será superior en ningún caso a 102 centímetros en los hombres o a 88 centímetros en las mujeres.

15.2.2. Enfermedades de la piel y los tejidos:

  • Psoriasis. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
  • Eczema. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
  • Cicatrices que produzcan limitación funcional. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
  • Otros procesos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten o limiten el desarrollo la función policial.

15.2.3. Enfermedades del aparato digestivo:

  • Úlcera gastroduodenal. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
  • Cirrosis hepática. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
  • Hernias abdominales o inguinales. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
  • Pacientes gastrectomizados, colostomizados o con secuelas postquirúrgicas que produzcan trastornos funcionales.
  • Enfermedad inflamatoria intestinal (enfermedad de Crohn o colitis ulcerosa).
  • Cualquier otro proceso digestivo que a juicio de los facultativos médicos dificulte el desempeño del puesto de trabajo.

15.2.4. Enfermedades del aparato cardiovascular:

  • Hipertensión arterial, no debiendo sobrepasar en reposo los 140 mm/Hg de presión sistólica, y los 90 mm/Hg de presión diastólica.
  • Varices o insuficiencia venosa periférica.
  • Cualquier otra patología o lesión cardiovascular que, a juicio de los facultativos médicos, puedan limitar el desempeño del puesto de trabajo.

15.2.5. Enfermedades del aparato respiratorio:

  • Asma bronquial. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
  • Broncopatía u otra enfermedad pulmonar obstructiva crónica.
  • Neumotórax espontáneo recidivante.
  • Tuberculosis pulmonar activa.
  • Otros procesos del aparato respiratorio que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten el desarrollo de la función policial.

15.2.6. Enfermedades del aparato locomotor:

  • Alteraciones del aparato locomotor que limiten o dificulten el desarrollo de la función policial, o que puedan agravarse, a juicio de los facultativos médicos, con el desempeño del puesto de trabajo: Patología ósea de extremidades, retracciones o limitaciones funcionales de causa muscular o articular, defectos de columna vertebral y otros procesos óseos, musculares y articulares.

15.2.7. Enfermedades del aparato de visión:

  • Agudeza visual sin corrección inferior a los dos tercios de la visión normal en cada uno de los ojos.
  • Queratotomía radial.
  • Estrabismo. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
  • Desprendimiento de retina.
  • Patología retiniana degenerativa.
  • Hemianopsias y alteraciones campimétricas.
  • Discromatopsias. Daltonismo en todos sus grados.
  • Cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los facultativos médicos, dificulte de manera importante la agudeza visual.

15.2.8. Enfermedad del aparato de la audición:

  • Agudeza auditiva que suponga una pérdida entre 1.000 y 3.000 hertzios a 35 decibelios o de 4.000 hertzios a 45 decibelios. Asimismo no podrá existir una pérdida auditiva en las frecuencias conversacionales igual o superior a 30 decibelios.
  • Cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los facultativos médicos, dificulte de manera importante la agudeza auditiva.

15.2.9. Enfermedad de la fonación:

  • Tartamudez permanente e importante.

15.2.10. Enfermedades del sistema nervioso y trastornos psiquiátricos:

  • Epilepsia. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
  • Migraña. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
  • Depresión. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
  • Trastornos de la personalidad. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
  • Psicosis. Oposiciones Policía Local Ávila Oposiciones Policía Local Ávila
  • Alcoholismo, toxicomanías y drogodependencias a psicofármacos o a sustancias ilegales.
  • Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten el desarrollo de la función policial.

15.2.11. Enfermedades del aparato endocrino:

  • Diabetes.
  • Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten o limiten el desarrollo de la función policial.

15.2.12. Enfermedades infecciosas y del sistema inmunitario:

  • Enfermedades transmisibles en actividad.
  • Enfermedades inmunológicas sistémicas.
  • Intoxicaciones crónicas.
  • Hemopatías graves.
  • Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten o limiten el desarrollo de la función policial.

15.2.13. Otros procesos patológicos:

  • Cualquier enfermedad, síndrome o proceso patológico que, a juicio de los facultativos médicos, limite o incapacite al aspirante para el ejercicio de la función policial.

Decimosexta.– Temario de la prueba de conocimientos.

TEMARIO

GRUPO A

Tema 1.– El sistema constitucional español. La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido. Principios generales. La reforma de la Constitución Española. El Estado español como Estado Social y Democrático de Derecho.

Tema 2.– Derechos y deberes fundamentales. Derechos y Libertades. Garantías de las libertades y derechos fundamentales. Los principios rectores de la política social y económica. El Tribunal Constitucional. El Defensor del Pueblo.

Tema 3.– Organización política del Estado español. Clase y forma de Estado. La Corona. Las Cortes Generales: Estructura y competencias. Procedimiento de elaboración de las leyes.

Tema 4.– Organización política del Estado español. El poder ejecutivo. El Gobierno y la Administración. El Poder Judicial. Organización judicial española. El Ministerio Fiscal.

Tema 5.– La Organización territorial del Estado. Las comunidades autónomas. Las administraciones locales.

Tema 6.– La Comunidad Autónoma de Castilla y León. Instituciones: las Cortes de Castilla y León, el Presidente y la Junta de Castilla y León. El Estatuto de Autonomía. Idea general de las competencias de la Comunidad Autónoma.

Tema 7.– La administración pública. Derecho administrativo general. Concepto. Fuentes del derecho administrativo: enumeración y clasificación. La jerarquía normativa. Los reglamentos.

Tema 8.– El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos.

Tema 9.– El procedimiento administrativo: principios informadores. Los interesados. Las fases del procedimiento administrativo: iniciación, ordenación, instrucción y terminación. Dimensión temporal del procedimiento.

Tema 10.– Referencia a los procedimientos especiales. Especialidades del procedimiento administrativo local. La revisión de los actos administrativos: de oficio. Recursos administrativos.

Tema 11.– La función pública en general. El Estatuto del empleado público. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios. Situaciones administrativas.

Tema 12.– Los funcionarios de las entidades locales. Organización de la función pública local. Los grupos de funcionarios de la Administración Especial y General de las entidades locales.

Tema 13.– La responsabilidad de la Administración. Fundamentos y clases. La responsabilidad de los funcionarios.

Tema 14.– La Administración Local. Principios constitucionales y regulación jurídica. Entidades que comprende. La provincia: concepto, elementos y competencias. El Municipio: concepto y elementos. El término municipal. La población: especial referencia al empadronamiento.

Tema 15.– La organización del municipio: El ayuntamiento. El alcalde. Los concejales. El pleno. La comisión de gobierno Local. Otros órganos administrativos.

Tema 16.– Funcionamiento y competencias municipales. Los servicios públicos locales y sus formas de gestión. Las formas de actividad de las Entidades Locales. La intervención administrativa en la actividad privada; estudio especial de las licencias municipales. Ordenanzas. Reglamentos y Bandos: Clases, procedimiento de elaboración y aprobación.

Tema 17.– Las fuerzas y cuerpos de seguridad. Clases y competencias. Disposiciones estatuarias comunes.

Tema 18.– Los cuerpos de policía local. Su participación en la seguridad pública. Funciones como policía administrativa, de seguridad y policía judicial. Coordinación con otros cuerpos policiales. Las juntas locales de seguridad.

Tema 19.– Las competencias de tráfico de la policía local. La policía local como policía de proximidad y asistencial.

Tema 20.– Los cuerpos de policía local. Organización y estructura. Estatuto personal: La Ley 9/2003 de coordinación de policías locales de Castilla y León y su desarrollo.

Tema 21.– Los cuerpos de policía local. Derechos y deberes. Sistema de responsabilidad, penal civil y administrativa. Régimen disciplinario.

Tema 22.– Función y deontología policial. Los principios básicos de actuación. Códigos deontológicos para personas encargadas de hacer cumplir la Ley.

GRUPO B

Tema 1.– El procedimiento penal. Principios que lo rigen y clases. Clases y competencias de los Juzgados y tribunales.

Tema 2.– La Policía Judicial. Concepto y funciones. El atestado policial en la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Concepto y estructura.

Tema 3.– Detención: concepto, clases y supuestos. Plazos de detención. Obligaciones del funcionario que efectúa una detención. Contenido de la asistencia letrada. Derecho del detenido. Responsabilidades penales en las que puede incurrir el funcionario que efectúa una detención. El procedimiento de «Habeas Corpus».

Tema 4.– El Código Penal. Las infracciones penales. Personas criminalmente responsables. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.

Tema 5.– Las penas y sus clases. Las medidas de seguridad. La responsabilidad civil derivada de los delitos.

Tema 6.– El homicidio y sus formas. Las lesiones.

Tema 7.– Delitos contra la libertad. Las torturas y otros delitos contra la integridad moral. Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales.

Tema 8.– Delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad. Delitos contra el honor y contra las relaciones familiares.

Tema 9.– Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico. Delitos contra los derechos de los trabajadores.

Tema 10.– Delitos contra la seguridad colectiva. Los incendios. Delitos contra la salud pública. Delitos contra la seguridad vial.

Tema 11.– Delitos cometidos por los funcionarios contra las garantías constitucionales.

Tema 12.– Los delitos de imprudencia con especial relación a los cometidos con vehículos de motor.

Tema 13.– La protección de la seguridad ciudadana: Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo.

Tema 14.– La protección civil en España y en Castilla y León. Normas reguladoras.

Tema 15.– Normativa básica sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Competencias de las Administraciones del Estado y de los Municipios.

Tema 16.– Normas generales de circulación. Circulación de vehículos: velocidad, prioridad de paso, cambio de dirección, cambio de sentido y marcha atrás, adelantamientos, paradas y estacionamientos.

Tema 17.– Cruce de pasos a nivel y puentes levadizos. Utilización del alumbrado. Advertencias de los conductores.

Tema 18.– Señalización: normas generales. Prioridad, formato e idioma de las señales. Clases de señales.

Tema 19.– Autorizaciones administrativas. Autorizaciones para conducir. Autorizaciones relativas a los vehículos.

Tema 20.– Infracciones y sanciones. Medidas cautelares. Procedimiento sancionador en materia de tráfico.

Tema 21.– El estacionamiento regulado de vehículos. Las Ordenanzas O.R.A.

GRUPO C

TEMAS ESPECÍFICOS

Tema 1.– Historia del Municipio de Ávila.

Tema 2.– Patrimonio Histórico y Artístico del Municipio de Ávila.

Tema 3.– Callejero del Municipio de Ávila.

Tema 4.– Ordenanza reguladora de la Ocupación de la Vía Pública.

Tema 5.– Ordenanza de Circulación del término municipal de Ávila.

Tema 6.– Ordenanzas de Convivencia Ciudadana y en materia de drogodependencias del Municipio de Ávila.

Tema 7.– Ordenanza de Animales de Compañía del Ayuntamiento de Ávila.

Tema 8.– Ordenanza de Ruidos y Vibraciones. Ordenanza sobre protección del medio ambiente contra la emisión de humos.

Decimoséptima.– Baremo de méritos para los aspirantes del turno de movilidad.

17.1. MÉRITOS PREFERENTES:

1.– Recompensas:

Su reconocimiento exige la concesión reglamentaria por parte del ayuntamiento, de la Comunidad Autónoma o del Ministerio del Interior. No se valorarán las recompensas o felicitaciones relacionadas con el tiempo de servicios. La puntuación máxima por este apartado será de 2 puntos. La valoración de distinciones o recompensas no incluidas en el cuadro siguiente, serán valoradas por el tribunal motivadamente y siguiendo criterios de analogía con las Medallas al mérito policial de Castilla y León:

TIPO Punt. Unitaria Punt. Máxima
Felicitaciones (Alcalde, Pleno, Comisión) 0,25 0,50
Mérito Policial de Castilla y León-Oro individual 1,00 1,00
Mérito Policial de Castilla y León-Plata individual 0,75 0,75
Mérito Policial de Castilla y León-Oro colectiva 0,10 0,10
Mérito Policial de Castilla y León-Plata colectiva 0,075 0,075

2.– Conocimientos profesionales:

Se valorará en este apartado el estar en posesión de títulos, diplomas o certificados de conocimientos de relevancia para la profesión policial, tales como criminología, atestados, educación vial, técnica policial, aptitud para el ascenso, etc. Se excluye el Curso de Formación Básica para ingreso en cuerpos de policía local.

Los títulos, diplomas o certificados deberán estar expedidos dentro de los cinco años inmediatamente anteriores a la convocatoria, por entidades públicas (universidades públicas o privadas homologadas, ministerios, Policía Nacional, Guardia Civil, comunidades autónomas o entidades locales) y deberán hacer constar el número de horas o créditos (equivalente cada uno a 10 horas lectivas), la existencia y superación de pruebas de evaluación y el programa general de materias impartidas.

La puntuación máxima en este apartado será de 2 puntos, adecuándose a la siguiente tabla:

DURACIÓN Puntuación
Más de 60 créditos o 600 horas 1,50
Más de 20 créditos o 200 horas 1,00
Entre 101 y 200 horas 0,75
Entre 61 y 100 horas 0,50
Entre 31 y 60 horas 0,25
Entre 20 y 30 horas 0,10

3.– Servicios prestados a las administraciones públicas:

Se valorarán los servicios prestados en cualquier administración pública, tanto como funcionario, personal laboral, interino o eventual. Se acreditarán mediante certificación de servicios expedida por la administración de que se trate.

La puntuación máxima será de 2 puntos, de acuerdo con la siguiente tabla:

CLASE DE SERVICIOS Puntuación por mes
En fuerzas y Cuerpos de Seguridad 0,02
Otros servicios en Administraciones Públicas relacionados con la profesión policial 0,01

4.– Servicios de protección civil:

Se valorarán los servicios de voluntariado de protección civil, a razón de 0,01 punto por cada 100 horas de servicio, certificadas por el responsable municipal del servicio de protección civil de la localidad en que hayan sido prestadas. La puntuación máxima será de 1 punto.

17.2. MÉRITOS NO PREFERENTES:

5.– Idiomas:

Se valorará el conocimiento de idiomas extranjeros, mediante acreditación de escuelas oficiales de idiomas, centros reconocidos oficialmente u homologado, según R.D. 1629/2006. La puntuación máxima será de 2 puntos, de acuerdo con la siguiente tabla:

NIVEL MARCO COMÚN DE REFERENCIA EUROPEA PARA LENGUAS Puntos por idioma
B1 intermedio 0,25
B2 intermedio 0,50
C1 usuario competente 0,75
C2 usuario competente 1,00

6.– Socorrismo:

Se valorará estar en posesión de algún título, diploma, certificado o equivalente, expedido o renovado dentro de los cinco años inmediatamente anteriores a la convocatoria, por autoridad competente de cualquier organismo, institución de carácter oficial o legalmente reconocida al efecto, federación deportiva, etc., que certifique y garantice los conocimientos en materia de salvamento, socorrismo, primeros auxilios, socorrismo acuático, etc., de acuerdo con la siguiente tabla. La puntuación máxima en este apartado será de 0,25 puntos.

DIPLOMA O CERTIFICADO Puntos
Primeros Auxilios 0,10
Primeros Auxilios y soporte vital básico 0,15
Socorrista acuático 0,10

7.– Defensa Personal:

Se valorará estar en posesión de conocimientos en materias de Artes Marciales, amparadas por el Consejo Superior de Deportes, y se valorará mediante la documentación que acredite estar en posesión del cinturón que corresponda. No se valorarán cinturones obtenidos hace más de diez años, salvo que se acredite su renovación o vigencia. La puntuación máxima será de 1 punto, valorándose solamente el de mayor categoría dentro de cada disciplina:

CINTURÓN Puntos
Naranja o verde 0,10
Azul o marrón 0,20
Negro 0,45

8.– Titulación académica:

Se valorará estar en posesión de titulación superior a la exigida en la convocatoria. La puntuación máxima será de dos puntos. En la misma rama de estudios, solamente se valorará la titulación superior de las obtenidas.

ESTUDIOS CC. Sociales o Jurídicas Otras ramas
Estudios de primer ciclo (Diplomado, maestro arquitecto técnico o ingeniero técnico) 0,50 0,30
Grado 0,60 0,40
Estudios de primer y segundo ciclo (licenciado, arquitecto, ingeniero) 0,70 0,50
Licenciatura de segundo ciclo (cuando se acredite una licenciatura anterior) 0,20 0,10
Máster 0,70 0,50
Doctorado 0,90 0,70

Ávila, 25 de abril de 2019.

El Tte. Alcalde Delegado,
(Res. 30/05/18) Fdo.: Óscar Arroyo Terrón

DILIGENCIA: Para hacer constar que las transcritas Bases y sus Anexos fueron aprobadas por la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento (P.D./Res. 30/06/15), en sesión celebrada el día 25 de abril de 2019.

Ávila, 25 de abril de 2019.

El Oficial Mayor, Fdo.: Fco. Javier Sánchez Rodríguez

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Oposiciones Policía Local Cuéllar

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Texto extraído íntegramente y sin modificación alguna del Boletín Oficial de Castilla y León Nº 88 (Viernes, 10 de Mayo de 2019).¨

DECRETO de 6 de mayo de 2019, de la Alcaldía del Ayuntamiento de Cuéllar (Segovia), por el que se aprueban las bases y la convocatoria para la provisión de cuatro plazas de Agentes de Policía Local.

Por Decreto de la Alcaldía n.º 2019-0374, de fecha 6 de mayo de 2019, se han apruebado las siguientes bases para la provisión en propiedad de cuatro plazas de Agentes de Policía Local vacantes en el Ayuntamiento Cuéllar:

BASES PARA LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS DE ACCESO A CUATRO PLAZAS DE LA CATEGORÍA DE AGENTE DEL CUERPO DE POLICÍA LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE CUÉLLAR

Base primera.– Objeto y calendario de la convocatoria.

1.1. Es objeto de la convocatoria la provisión de cuatro plazas, de la categoría de Agente del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Cuéllar, pertenecientes a la escala de administración especial, subescala de servicios especiales, clase: Policía local, clasificadas en el grupo C, subgrupo C1, de los previstos en el artículo 76 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre) y dotadas con el sueldo, trienios, pagas extraordinarias y demás retribuciones que correspondan con arreglo a la legislación vigente.

1.2. El desempeño de estas plazas será incompatible con cualquier actividad remunerada, pública o privada, quedando sometido al régimen de incompatibilidad, con los deberes y obligaciones inherentes y con derecho al percibo de las correspondientes retribuciones complementarias.

1.3. Las plazas se encuentran vacantes e incluidas en las ofertas públicas de empleo del Ayuntamiento de los años 2018 y 2019, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado. Podrá ampliarse el número de plazas de la convocatoria con las vacantes que se produzcan en cada cuerpo de policía local antes de la finalización del proceso selectivo.

1.4. De las plazas convocadas, el 25 % se reservan al turno de movilidad y podrán ser cubiertas, por el sistema de concurso-oposición, por funcionarios, de la misma categoría, que pertenezcan a otra plantilla de policía local de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

1.5. El resto de plazas, más las que no se cubran en turno de movilidad, se cubrirán mediante oposición libre.

1.6. El procedimiento selectivo deberá resolverse en un plazo que no podrá exceder de ocho meses. Los solicitantes podrán entender desestimadas sus peticiones transcurrido el tiempo máximo establecido sin que recaiga resolución expresa. Oposiciones Policía Local Cuéllar Oposiciones Policía Local Cuéllar

Base segunda.– Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para tomar parte en la oposición, en turno libre, será necesario reunir los siguientes requisitos:

  • a) Ser español. Oposiciones Policía Local Cuéllar Oposiciones Policía Local Cuéllar
  • b) Tener dieciocho años de edad, referida al día en que finalice el plazo de presentación de instancias y no superar la edad que para la jubilación forzosa se determine en la legislación vigente en materia de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
  • c) Estar en posesión o en condiciones de obtener la titulación de bachiller, Técnico, o título equivalente que permita el acceso al grupo C, subgrupo C1, de los previstos en el artículo 76 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre). En el supuesto de invocar título equivalente al exigido, habrá de acompañarse certificado expedido por la autoridad competente en materia educativa, que acredite la equivalencia.
  • d) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente las correspondientes funciones. Oposiciones Policía Local Cuéllar Oposiciones Policía Local Cuéllar
  • e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
  • f) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.
  • g) Tener una estatura mínima de 165 centímetros los hombres y 160 centímetros las mujeres.
  • h) Estar en posesión de los permisos de conducir vehículos de motor de las clases A-2 y B.
  • i) Presentar declaración jurada de compromiso de portar armas y de utilizarlas en los casos previstos en la ley.

2.3. Los aspirantes en turno de movilidad deberán cumplir, además, los siguientes requisitos:

  • a) Encontrarse en situación de servicio activo, con categoría de Agente, en un cuerpo de policía local en Castilla y León, con antigüedad mínima de cinco años en el cuerpo de procedencia.
  • b) No hallarse en situación de segunda actividad.

2.4. Todos los requisitos mencionados deberán poseerse en el momento en que finalice el plazo de presentación de solicitudes. Oposiciones Policía Local Cuéllar Oposiciones Policía Local Cuéllar

Base tercera. – Solicitudes. Oposiciones Policía Local Cuéllar Oposiciones Policía Local Cuéllar

3.1. La solicitud para participar en el proceso selectivo se ajustará al modelo que figura en la base decimoctava. Este modelo de solicitud de participación en pruebas selectivas de Policía Local se puede descargar en el pdf que figura al pie del siguiente enlace: http://bocyl.jcyl.es/html/2016/05/23/html/BOCYL-D-23052016-6.do

3.2. Los solicitantes harán constar la opción por el turno libre, o por el de movilidad, siendo excluidas las solicitudes en que opten por más de una o por ninguna.

3.3. Las solicitudes se dirigirán al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Cuéllar, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al que aparezca el último de los anuncios de la convocatoria, que se publicará íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Boletín Oficial de Castilla y León, y en extracto en el Boletín Oficial del Estado. Se presentarán en la forma prevista en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común.

3.4. A la solicitud se acompañará:

  • a) Copia del Documento nacional de identidad.
  • b) Copia de los permisos de conducir exigidos en la Base segunda.
  • c) Relación de méritos que el aspirante, por el turno de movilidad, alegue para la fase de concurso, acompañando los documentos que los acrediten. Cuando el interesado no hubiera podido obtener algún certificado por causa no imputable a él mismo, podrá aportar provisionalmente la solicitud de dichos certificados, debidamente registrada de entrada en el organismo competente. En todo caso, el certificado del mérito correspondiente deberá estar a disposición del tribunal con anterioridad a la sesión de valoración de méritos a que se refiere la Base octava.

Base cuarta.– Admisión y exclusión de aspirantes.

4.1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento dictará resolución, aprobando la lista provisional de admitidos y excluidos, que se hará pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, Boletín Oficial de la Provincia y sede electrónica: /www.aytocuellar.es/sede-electronica/, en los términos que se determine, concediendo un plazo de diez días hábiles a los aspirantes excluidos para reclamar y subsanar, en su caso, los defectos que han motivado su exclusión.

4.2. Transcurrido el plazo para reclamar o subsanar, en su caso, el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento dictará resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos, que se hará pública en el tablón de edictos de la Casa Consistorial y Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica anteriormente señalada.

4.3. Contra dicha resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 10.1 a) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora la jurisdicción contencioso-administrativa. Igualmente, con carácter previo y potestativo, se podrá interponer recurso de reposición ante el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, según lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común. Oposiciones Policía Local Cuéllar Oposiciones Policía Local Cuéllar

Base quinta.– Tribunal. Oposiciones Policía Local Cuéllar Oposiciones Policía Local Cuéllar

5.1. El tribunal calificador de la oposición y estará compuesto de la siguiente forma:

Tribunal titular: Oposiciones Policía Local Cuéllar Oposiciones Policía Local Cuéllar

  • Presidente: Jefe de la Policía Local del Ayuntamiento de Cuéllar NIP 6700.
  • Vocal1.º– Inspector de la Policía Local del Ayuntamiento de Segovia NIP 6056.
  • Vocal 2.º– Subinspector de la Policía Local de Segovia. NIP 6009.
  • Vocal 3.º– Oficial de la Policía Local del Ayuntamiento de Cuéllar NIP 6701.
  • Vocal 4.º– Jefa de Sección de Protección Civil de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Segovia. D.ª Carmen Rossi Nieto.
  • Secretario: Secretario del Ayuntamiento de Cuéllar D. Segismundo Estebaranz Velasco.

Tribunal suplente: Oposiciones Policía Local Cuéllar Oposiciones Policía Local Cuéllar

  • Presidente: Mayor de la Policía Local del Ayuntamiento de Segovia NIP 6001
  • Vocal 1.º– Oficial de la Policía Local del Ayuntamiento de Segovia NIP 6075
  • Vocal 2.º– Subinspector de la Policía Local del Ayuntamiento de Segovia NIP 6010.
  • Vocal 3.º– Agente de la Policía Local del Ayuntamiento de Cuéllar NIP 6703
  • Vocal 4.º– Jefa de Sección de Régimen Local de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Segovia. D.ª Ana María Quijada Conde.
  • Secretaria: Secretaria-Interventora del Ayuntamiento de Coca (Segovia). D.ª Pilar Magdaleno Sanz.

5.2. Previa convocatoria por el Presidente, se constituirá el tribunal en el plazo máximo de 30 días a partir de su nombramiento. El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos la mitad de los miembros, titulares o suplentes indistintamente, y en todo caso con la presencia del presidente y secretario o personas que les sustituyan. Oposiciones Policía Local Cuéllar Oposiciones Policía Local Cuéllar

5.3. Para las pruebas médicas, psicotécnicas y físicas, el tribunal requerirá los servicios de personal especializado, que emitirá su informe con arreglo a las condiciones de la convocatoria, y a la vista de los cuales el tribunal resolverá. Asimismo, podrán nombrarse asesores del tribunal para aquellas materias que estime necesario, que actuarán con voz pero sin voto. Oposiciones Policía Local Cuéllar Oposiciones Policía Local Cuéllar

5.4. A efectos de comunicación y demás incidencias, el tribunal tendrá su sede en la Casa Consistorial del Ayuntamiento de Cuéllar, sito en Plaza Mayor n.º 1 – 40200 Segovia.

Base sexta.– Comienzo y desarrollo de los ejercicios.

6.1. Orden de actuación de los aspirantes.

Se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra Q, de conformidad a la Resolución de 15 de marzo de 2019 de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración del Estado. En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra Q, el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra R y así sucesivamente

6.2. El día, hora y lugar de realización del primer ejercicio de la fase de oposición será anunciado al menos con diez días naturales de antelación, mediante anuncio en la sede electrónica: /www.aytocuellar.es/sede-electronica/, en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento junto con la lista provisional (o definitiva, en su caso). Los anuncios de celebración del segundo y restantes ejercicios se efectuarán por el tribunal en la sede del mismo, al menos con veinticuatro horas de antelación a la señalada para la iniciación de los mismos.

6.3. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, quedando decaídos en sus derechos los aspirantes que no comparezcan a realizarlo a la hora fijada, salvo los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el tribunal, para los que podrá realizarse una convocatoria extraordinaria.

Base séptima.– Fase de oposición. Oposiciones Policía Local Cuéllar Oposiciones Policía Local Cuéllar

Constará de varias pruebas y un reconocimiento médico, todos ellos eliminatorios:

7.1. Prueba de aptitud física: Oposiciones Policía Local Cuéllar Oposiciones Policía Local Cuéllar

Pruebas físicas tendentes a comprobar, entre otros aspectos, las condiciones de equilibrio, velocidad, resistencia y coordinación. Tendrá carácter eliminatorio y se ajustará a las condiciones establecidas en la Base decimocuarta. La calificación será de «Apto» o «No apto».

7.2. Prueba de conocimientos. Oposiciones Policía Local Cuéllar Oposiciones Policía Local Cuéllar

7.2.1. Prueba de conocimientos para los aspirantes del turno libre: Tendrá carácter eliminatorio y consistirá en contestar por escrito a los siguientes ejercicios:

  • Ejercicio Primero. – Consistirá en responder por escrito, durante el tiempo que determine el tribunal, a un cuestionario de al menos 50 preguntas tipo test, con cuatro respuestas alternativas, sobre los contenidos de los temas relacionados en el Temario de la Base decimosexta; de las que el 40 por 100 corresponderán a los temas del grupo A, otro 40 por 100 corresponderán a los temas del grupo B y un 20% al grupo C.
  • El ejercicio se calificará sobre 10 puntos para el total de respuestas correctas, penalizándose las respuestas erróneas con un tercio del valor de cada respuesta acertada. Las preguntas sin respuesta no penalizarán.
  • Los aspirantes que no alcancen 5 puntos serán eliminados definitivamente de la prueba.
  • Ejercicio Segundo. – Consistirá en responder por escrito, durante un tiempo máximo de 45 minutos al planteamiento de un ejercicio práctico relacionado con los temas de los grupos A y B, del temario de la Base decimoquinta. Oposiciones Policía Local Cuéllar Oposiciones Policía Local Cuéllar
  • El ejercicio se calificará sobre 10 puntos.

La calificación global de la prueba de los aspirantes no eliminados será la media de las calificaciones de los dos ejercicios, siendo necesario obtener, al menos, 5 puntos para superarla.

7.2.2. Prueba de conocimientos para los aspirantes a las plazas del turno de movilidad.

Tendrá carácter eliminatorio y consistirá en contestar por escrito al siguiente ejercicio:

  • Responder durante el tiempo que determine el tribunal, a un cuestionario de al menos 20 preguntas tipo test, sobre los contenidos de los temas del grupo C relacionados en la Base decimosexta. Cada pregunta deberá contener cuatro respuestas alternativas.
  • El ejercicio se calificará sobre 10 puntos para el total de respuestas correctas, penalizándose las respuestas erróneas con un tercio del valor de cada respuesta acertada. Las preguntas sin respuesta no penalizarán; siendo necesario obtener al menos 5 puntos para superar la prueba.

7.3. Pruebas de aptitud psíquica:

Tendrán carácter eliminatorio y consistirán en la contestación de varios cuestionarios ajustados a los requerimientos propios del puesto a desempeñar, en especial las siguientes:

  • Prueba de aptitudes: Oposiciones Policía Local Cuéllar Oposiciones Policía Local Cuéllar
    • Razonamiento verbal. Oposiciones Policía Local Cuéllar Oposiciones Policía Local Cuéllar
    • Razonamiento abstracto. Oposiciones Policía Local Cuéllar Oposiciones Policía Local Cuéllar
    • Rapidez y precisión perceptiva. Oposiciones Policía Local Cuéllar Oposiciones Policía Local Cuéllar
    • Atención y resistencia a la fatiga.
    • Agilidad mental. Oposiciones Policía Local Cuéllar Oposiciones Policía Local Cuéllar
    • Memoria visual. Oposiciones Policía Local Cuéllar Oposiciones Policía Local Cuéllar
  • Prueba de personalidad:
    • Autocontrol. Oposiciones Policía Local Cuéllar Oposiciones Policía Local Cuéllar
    • Estabilidad emocional. Oposiciones Policía Local Cuéllar Oposiciones Policía Local Cuéllar
    • Capacidad empática y de manejo de la relación interpersonal.
    • Seguridad en sí mismo. Sentido de la disciplina.
    • Autoridad. Oposiciones Policía Local Cuéllar Oposiciones Policía Local Cuéllar
    • Trabajo en equipo. Oposiciones Policía Local Cuéllar Oposiciones Policía Local Cuéllar
    • Sociabilidad. Oposiciones Policía Local Cuéllar Oposiciones Policía Local Cuéllar
    • Iniciativa. Oposiciones Policía Local Cuéllar Oposiciones Policía Local Cuéllar
    • Objetividad. Oposiciones Policía Local Cuéllar Oposiciones Policía Local Cuéllar
    • Automotivación. Oposiciones Policía Local Cuéllar Oposiciones Policía Local Cuéllar

Las pruebas de aptitud psíquica se realizarán por personal técnico cualificado. El resultado será de «Apto» o «No apto». Oposiciones Policía Local Cuéllar Oposiciones Policía Local Cuéllar

7.4. Reconocimiento médico: Oposiciones Policía Local Cuéllar Oposiciones Policía Local Cuéllar

Tendrá carácter eliminatorio y se ajustará a las consideraciones establecidas en la Base decimocuarta.

El reconocimiento médico se realizará por personal técnico cualificado, que podrá realizar cuantos exámenes y pruebas médicas considere necesarias para determinar el estado de cada aspirante, incluyendo análisis de sangre y orina, pruebas radiológicas, etc. La negativa a la realización de cualquier prueba médica será motivo para la exclusión del proceso selectivo.

Se garantiza la confidencialidad de los resultados. El resultado de la prueba será de «Apto» o «No apto».

Base octava.– Fase de concurso. Oposiciones Policía Local Cuéllar Oposiciones Policía Local Cuéllar

Una vez finalizada la fase de oposición, el tribunal procederá a la valoración de los méritos alegados y acreditados por los aspirantes al turno de movilidad, de conformidad con el baremo establecido en las presentes Bases. La puntuación otorgada a cada aspirante en esta fase de concurso se hará pública en el tablón de anuncios de la sede del tribunal. Esta fase no tiene carácter eliminatorio.

Base novena.– Calificación de las fases de concurso (para el turno de movilidad) y oposición.

9.1. Turno de movilidad. A los aspirantes del turno de movilidad que resulten aptos en las pruebas previstas, se les sumará la calificación del ejercicio de conocimientos a la valoración obtenida en la fase de concurso. Las vacantes de este turno se adjudicarán a los aspirantes con mayor puntuación.

En el caso de empate en la puntuación, accederán a las plazas los aspirantes que tengan más puntos en los méritos preferentes del baremo. De repetirse el empate en el baremo de méritos preferentes, accederán a las plazas los aspirantes que tengan mayor antigüedad.

9.2. Turno libre. Oposiciones Policía Local Cuéllar Oposiciones Policía Local Cuéllar

9.2.1. Por este turno se cubrirán, también, las vacantes no cubiertas por el turno de movilidad.

9.2.2. Las vacantes de este turno se adjudicarán a los aspirantes que hayan obtenido la mayor puntuación.

9.2.3. En el caso de empate en la puntuación, se adjudicará la plaza al aspirante que tenga mayor puntuación en el ejercicio de test de la prueba de conocimientos.

Base décima.– Relación de aprobados y presentación de documentos.

10.1. Terminada la calificación de los aspirantes, el tribunal publicará en los lugares establecidos en la base cuarta, la relación de los aspirantes aprobados, por orden de puntuación, y elevará al Alcalde del Ayuntamiento la propuesta de adjudicación de vacantes, que no podrá rebasar el número de vacantes existentes.

10.2. Si además de los propuestos para las vacantes existentes, hubiera más aspirantes que hubieran aprobado los ejercicios de la oposición, el Tribunal publicará un listado complementario con dichos aspirantes, por orden de puntuación, a los efectos previstos en el párrafo segundo del artículo 61, apartado 8 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre).

10.3. Los opositores propuestos presentarán en el Ayuntamiento, dentro del plazo de quince días naturales, contados a partir de la publicación de la lista de aprobados en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, los siguientes documentos: Oposiciones Policía Local Cuéllar Oposiciones Policía Local Cuéllar

  • 1.º– Certificado negativo de antecedentes penales, expedido por el Registro de penados y rebeldes, referido a la fecha de la publicación de la lista de aprobados en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
  • 2.º– Declaración responsable de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las comunidades autónomas o a las entidades locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública. Oposiciones Policía Local Cuéllar Oposiciones Policía Local Cuéllar
  • 3.º– Declaración jurada de compromiso de portar armas y utilizarlas en los casos previstos en la ley.
  • 4.º– Título de bachiller, formación profesional superior o título equivalente que permita el acceso al Grupo C, subgrupo C1, de los previstos en el artículo 76 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre).
  • 5.º– Permisos de conducir vehículos a motor de las clases A-2 y B.

10.4. Los aspirantes que opten por turno de movilidad presentarán además certificación de servicios previos en el Ayuntamiento de origen y su baja en el mismo.

10.5. Si dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor, los opositores propuestos no presentaran su documentación o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación en la convocatoria.

Base undécima.– Curso selectivo de formación básica y nombramientos.

11.1. Los aspirantes aprobados en el turno libre, seguirán un curso selectivo de formación básica, organizado por la Dirección General competente en materia de coordinación de policías locales, como funcionarios en prácticas de los ayuntamientos, con arreglo al programa que se establezca, debiendo superar las pruebas que en el mismo se señalen.

11.2. Los aspirantes que acrediten haber realizado el curso selectivo de formación básica en cualquier otra edición, estarán eximidos de realizarlo nuevamente, pudiendo ser nombrados funcionarios de carrera de manera inmediata. Asimismo, podrán ser eximidos del curso selectivo aquellos aspirantes que acrediten formación similar obtenida en otras comunidades autónomas, cuando así sea expresamente reconocido por resolución del Director General competente en materia de coordinación de policías locales de Castilla y León.

11.3. Durante el curso los aspirantes admitidos devengarán las retribuciones legales como funcionarios en prácticas, sin perjuicio de las compensaciones que puedan corresponder por gastos extraordinarios (desplazamiento, alojamiento y manutención) que conlleve su estancia en el centro de formación, con cargo al Ayuntamiento.

11.4. La calificación definitiva de los aspirantes en turno libre, que hayan sido declarados aptos en el curso selectivo, vendrá dada por la suma de la obtenida en la oposición y la que hayan alcanzado en el curso selectivo de formación básica, elevándose la relación de aprobados por orden de puntuación al Alcalde del Ayuntamiento, para tramitar los nombramientos como funcionarios de carrera de los aspirantes seleccionados.

11.5. La calificación definitiva, para el aspirante que acceda por turno de movilidad, vendrá dada por la puntuación obtenida en el concurso-oposición, elevándose la relación de aprobados por orden de puntuación, al Alcalde del Ayuntamiento para tramitar el nombramiento como funcionario de carrera del aspirante seleccionado.

11.6. Una vez efectuado el nombramiento, el opositor nombrado deberá tomar posesión en el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el siguiente al que le sea notificado el nombramiento. La falta de toma de posesión en el plazo indicado, sin causa justificada, conllevará la pérdida de los derechos del opositor en el proceso selectivo.

Base duodécima.– Incidencias. Oposiciones Policía Local Cuéllar Oposiciones Policía Local Cuéllar

El tribunal queda autorizado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la oposición en todo lo no previsto en estas bases.

Serán de aplicación general las normas contenidas en el Reglamento de funcionarios de Administración Local, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, que aprueba el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado, Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de administración local (en aquello que está vigente) y demás legislación aplicable vigente.

Base decimotercera.– Recursos. Oposiciones Policía Local Cuéllar Oposiciones Policía Local Cuéllar

La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta y de la actuación del tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común. Oposiciones Policía Local Cuéllar Oposiciones Policía Local Cuéllar

Base decimocuarta.– Desarrollo de las pruebas físicas.

Las pruebas se realizarán siguiendo el orden que determine el tribunal, con apoyo de personal especializado en la materia y de acuerdo con las siguientes reglas:

14.1. Prueba de potencia del tren inferior. Salto de longitud con los pies juntos.

  • a.– Disposición: El aspirante se colocará ante una línea de 1 metro de larga y de 0,05 metros de ancha, marcada en el suelo, paralela al foso de saltos y a una distancia de 0,50 metros del borde anterior del mismo.
  • b.– Ejecución: Cuando se halle dispuesto, el aspirante flexionará y extenderá rápidamente el tren inferior para, apoyando los dos pies juntos en el suelo, proyectar el cuerpo hacia adelante y caer en el foso. Está permitido el balance sobre punta-talón del pie o la elevación de talón antes del salto.
  • c.– Medición: Se efectuará desde la parte de la línea más alejada del foso hasta la huella del aspirante más cercana a la línea de partida sobre la arena del foso. La medición será en metros y centímetros.
  • d.– Intentos: Pueden realizarse tres intentos, contabilizándose el mejor.
  • e.– Invalidaciones: El salto debe realizarse con un solo impulso de los pies juntos, contabilizándose como nulo aquél en el que, una vez separados los pies del suelo, vuelvan a apoyarse de nuevo para la impulsión definitiva. Es nulo el salto que se produce por el apoyo alternativo y no simultáneo de los pies sobre el suelo. Es nulo el salto en el que el aspirante pise o rebase la línea en el momento de la impulsión. Es nulo es salto que se realice sin los pies juntos en la zona de impulsión.
  • Quedarán eliminados los aspirantes que no consigan superar las marcas establecidas o que realicen tres intentos nulos.

f.– Marcas. Oposiciones Policía Local Cuéllar Oposiciones Policía Local Cuéllar

f.1. TURNO LIBRE: Oposiciones Policía Local Cuéllar Oposiciones Policía Local Cuéllar

Mujeres: Las opositoras serán eliminadas con un salto inferior a 1,90 m.

Hombres: Los opositores serán eliminados con un salto inferior a 2,30 m.

f.2. TURNO DE MOVILIDAD: Los opositores serán eliminados con saltos inferiores a los establecidos para cada categoría de edad.

SALTO DE LONGITUD (Pies juntos)
Edad Mujeres Hombres
Menos de 33 años 1,90 2,30
De 33 y hasta 38 años 1,80 2,20
De 39 y hasta 44 años 1,70 2,10
De 45 y más años 1,60 2,00

14.2. Prueba de potencia del tren superior. Lanzamiento de balón medicinal.

  • a.– Disposición: El aspirante se colocará frente a una línea marcada en el suelo, de 1 metro de larga por 0,05 metros de ancha, paralela a la zona de lanzamiento, con los pies separados y la punta de los pies a la misma distancia de dicha línea.
  • b.– Ejecución: Cuando esté dispuesto, el aspirante tomará el balón medicinal con ambas manos y lanzará el mismo, sacándole desde atrás y por encima de la cabeza, enviándole lo más lejos posible. No se podrá tomar carrera, pero sí realizar movimientos de balanceo con brazos y cuerpo.
  • c.– Medición: Se efectuará desde la parte de la línea más alejada de la zona de lanzamiento hasta la primera huella que deje el balón sobre la zona de caída. La medición será en metros y centímetros.
  • d.– Intentos: Pueden realizarse tres intentos, contabilizándose el mejor.
  • e.– Invalidaciones: Se considerarán lanzamientos nulos aquellos en los que el aspirante pise o rebase la línea, o cuando no tenga la punta de los pies a la misma distancia de la línea de lanzamiento, o cuando haga su lanzamiento saltando, despegando totalmente cualquiera de los pies o arrastrando cualquiera de los mismos hacia atrás o cuando el aspirante efectúe el lanzamiento con una sola mano.
  • f.– Marcas.

f.1. TURNO LIBRE: Oposiciones Policía Local Cuéllar Oposiciones Policía Local Cuéllar

Mujeres: Balón medicinal de 3 kg. Las opositoras serán eliminadas con un lanzamiento inferior a 6,25 m.

Hombres: Balón medicinal de 5 kg. Los opositores serán eliminados con un lanzamiento inferior a 6,25 m.

f.2. TURNO DE MOVILIDAD: Los opositores serán eliminados con lanzamientos inferiores a los establecidos para cada categoría de edad.

LANZAMIENTO DE BALÓN MEDICINAL
Edad Mujeres (balón de 3 kg.) Hombres (balón de 5 kg.)
Menos de 33 años 6,25 6,25
De 33 y hasta 38 años 5,75 5,75
De 39 y hasta 44 años 5,25 5,25
De 45 y más años 4,75 4,75

14.3. Prueba de velocidad. Carrera de 60 metros lisos.

  • a.– Disposición: El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado, pudiendo realizar la salida de pie o agachado, sin tacos de salida.
  • b.– Ejecución: La propia en una carrera de velocidad, adaptada a los requisitos mínimos en cuanto a condiciones del terreno especificadas en el Reglamento de la Federación Internacional de Atletismo Aficionado (FIAA). Oposiciones Policía Local Cuéllar Oposiciones Policía Local Cuéllar
  • c.– Medición: La toma de tiempos se realizará preferentemente mediante cronometrajes electrónicos, aunque podrá ser manual, duplicándose los cronos por cada calle, tomándose como válido, el tiempo medio de los dos medidos. Los tiempos deberán leerse en segundos y décimas de segundo. Si se utilizan cronómetros de centésimas de segundo con lectura digital, los tiempos que terminen en más de cinco en el segundo decimal, se convertirán a la próxima décima de segundo mayor.
  • Los tiempos mínimos de esta prueba, señalados en el apartado «f», se incrementarán en tres décimas, en caso de que la toma de tiempos se realice con medios electrónicos y foto finish.
  • d.– Intentos: Solamente se permite un intento y dentro del mismo, una salida nula por cada corredor. A la segunda falta, el aspirante será eliminado.
  • e.– Invalidaciones: De acuerdo con el Reglamento de la FIAA.
  • f.– Marcas.

f.1. TURNO LIBRE: Oposiciones Policía Local Cuéllar Oposiciones Policía Local Cuéllar

Mujeres: Las opositoras serán eliminadas con un tiempo superior a 10 segundos y 4 décimas (10,4”).

Hombres: Los opositores serán eliminados con un tiempo superior a 8 segundos y 6 décimas (8,6”).

f.2. TURNO DE MOVILIDAD: Los opositores serán eliminados con tiempos superiores a los establecidos para cada categoría de edad.

CARRERA DE VELOCIDAD (60 metros)
Edad Mujeres Hombres
Menos de 33 años 10,4" 8,6"
De 33 y hasta 38 años 10,8" 9,0"
De 39 y hasta 44 años 11,2" 9,6"
De 45 y más años 11,8" 10,0"

14.4. Prueba de resistencia muscular. Carrera de 1.000 metros lisos.

  • a.– Disposición: El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado para la salida, pudiendo realizarla de pie o agachado sin tacos.
  • b.– Ejecución: La propia de este tipo de carreras sobre 1.000 metros, adaptada a los requisitos mínimos en cuanto a condiciones del terreno especificadas en el Reglamento de la Federación Internacional de Atletismo Aficionado (FIAA), pudiendo correr los opositores por calle libre desde el momento de la salida.
  • c.– Medición: La toma de tiempos se realizará en minutos y segundos, a través de cronometrajes preferentemente electrónicos, aunque podrá ser manual, duplicándose los cronos por cada calle, tomándose como válido, el tiempo medio de los dos medidos.
  • d.– Intentos: Solamente se permite un intento y dentro del mismo, una salida nula por cada corredor. A la segunda falta, el aspirante será eliminado.
  • e.– Invalidaciones: De acuerdo con el Reglamento de la FIAA.
  • f.– Marcas.

f.1. TURNO LIBRE: Oposiciones Policía Local Cuéllar Oposiciones Policía Local Cuéllar

Mujeres: Las opositoras serán eliminadas con un tiempo superior a 4 minutos y 25 segundos (4’ 25”).

Hombres: Los opositores serán eliminados con un tiempo superior a 3 minutos y 30 segundos (3’ 30”).

f.2. TURNO DE MOVILIDAD: Los opositores serán eliminados con tiempos superiores a los establecidos para cada categoría de edad.

CARRERA DE RESISTENCIA (1.000 metros)
Edad Mujeres Hombres
Menos de 33 años 4’ 25" 3’ 30"
De 33 y hasta 38 años 4’ 40" 3’ 45"
De 39 y hasta 44 años 5’ 00" 4’ 05"
De 45 y más años 5’ 20" 4’ 25"

14.5. Prueba de natación (25 metros estilo libre).

  • a.– Disposición: Los aspirantes podrán efectuar la salida desde el borde de salida o desde dentro de la piscina. En este caso deberá tocarse claramente la pared de dicho borde de salida con una mano o pie.
  • b.– Ejecución: Una vez dada la salida, por el juez de salida, los aspirantes realizarán nadando 25 metros en estilo libre, debiendo tocar claramente el borde de llegada con alguna de las manos.
  • c.– Medición: Manual. Se contabilizará el tiempo invertido. La medición se realizará en segundos.
  • d.– Intentos: Solamente se permite un intento y dentro del mismo, una salida nula por cada nadador.
  • e.– Invalidaciones: Se invalidará la prueba y quedará eliminado el aspirante que realice dos salidas nulas o que, aun cuando haya nadado los 25 metros, lo haya hecho sujetándose en alguna parte fija (corchera) o apoyándose en borde o suelo de la piscina y siempre que no se hayan nadado dichos 25 metros en el tiempo establecido.
  • f.– Marcas.

f.1. TURNO LIBRE:

Mujeres: Las opositoras serán eliminadas con un tiempo superior a 24 segundos.

Hombres: Los opositores serán eliminados con un tiempo superior a 21 segundos.

f.2. TURNO DE MOVILIDAD: Los opositores serán eliminados con tiempos superiores a los establecidos para cada tramo de edad.

NATACIÓN (25 metros estilo libre)
Edad Mujeres Hombres
Menos de 33 años 24" 21"
De 33 y hasta 38 años 25" 22"
De 39 y hasta 44 años 26" 23"
De 45 y más años 27" 24"

Base decimoquinta.– Cuadro de exclusiones por consideraciones físicas y médicas para el ingreso en los cuerpos de policías Locales.

Para los diagnósticos establecidos en esta Base se tendrán en cuenta los criterios de las sociedades médicas de las especialidades correspondientes.

Todas estas exclusiones se garantizarán con las pruebas complementarias necesarias para el diagnóstico.

15.1. Exclusiones físicas.

  • 15.1.1. Estatura mínima: 1,65 metros los hombres y 1,60 metros las mujeres.
  • 15.1.2. Perímetro torácico: Diferencia entre máximo - mínimo: 4 cm. o superior.
  • 15.1.3. Espirometría: Mínima 3.000.

15.2. Exclusiones médicas.

  • 15.2.1. Generales:
    • Obesidad o delgadez manifiestas que dificulten o incapaciten para el ejercicio de las funciones propias del cargo. Se evaluará a través del Índice de Masa Corporal (IMC) que no debe ser inferior a 18,5 ni superior a 29,9, considerando el IMC como la relación resultante de dividir el peso de la persona expresado en kilos por el cuadrado de la talla expresado en metros.
    • En los aspirantes que posean un IMC comprendido entre 25 y 29,9, ambos inclusive, se realizará una medición del perímetro abdominal a la altura del ombligo. Este perímetro no será superior en ningún caso a 102 centímetros en los hombres o a 88 centímetros en las mujeres.
  • 15.2.2. Enfermedades de la piel y los tejidos:
    • Psoriasis.
    • Eczema.
    • Cicatrices que produzcan limitación funcional.
    • Otros procesos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten o limiten el desarrollo de la función policial.
  • 15.2.3. Enfermedades del aparato digestivo:
    • Úlcera gastroduodenal.
    • Cirrosis hepática.
    • Hernias abdominales o inguinales.
    • Pacientes gastrectomizados, colostomizados o con secuelas postquirúrgicas que produzcan trastornos funcionales.
    • Enfermedad inflamatoria intestinal (enfermedad de Crhon o colitis ulcerosa).
    • Cualquier otro proceso digestivo que a juicio de los facultativos médicos dificulte el desempeño del puesto de trabajo.
  • 15.2.4. Enfermedades del aparato cardiovascular:
    • Hipertensión arterial, no debiendo sobrepasar en reposo los 140 mm/Hg de presión sistólica, y los 90 mm/Hg de presión diastólica.
    • Varices o insuficiencia venosa periférica.
    • Cualquier otra patología o lesión cardiovascular que, a juicio de los facultativos médicos, puedan limitar el desempeño del puesto de trabajo.
  • 15.2.5. Enfermedades del aparato respiratorio:
    • Asma bronquial.
    • Broncopatía u otra enfermedad pulmonar obstructiva crónica.
    • Neumotórax espontáneo recidivante.
    • Tuberculosis pulmonar activa.
    • Otros procesos del aparato respiratorio que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten el desarrollo de la función policial.
  • 15.2.6. Enfermedades del aparato locomotor:
    • Alteraciones del aparato locomotor que limiten o dificulten el desarrollo de la función policial, o que puedan agravarse, a juicio de los facultativos médicos, con el desempeño del puesto de trabajo: patología ósea de extremidades, retracciones o limitaciones funcionales de causa muscular o articular, defectos de columna vertebral y otros procesos óseos, musculares y articulares.
  • 15.2.7. Enfermedades del aparato de visión:
    • Agudeza visual sin corrección inferior a los dos tercios de la visión normal en cada uno de los ojos.
    • Queratotomía radial.
    • Estrabismo.
    • Desprendimiento de retina.
    • Patología retiniana degenerativa.
    • Hemianopsias y alteraciones campimétricas.
    • Discromatopsias. Daltonismo en todos sus grados.
    • Cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los facultativos médicos, dificulte de manera importante la agudeza visual.
  • 15.2.8. Enfermedad del aparato de la audición:
    • Agudeza auditiva que suponga una pérdida entre 1.000 y 3.000 hertzios a 35 decibelios o de 4.000 hertzios a 45 decibelios. Asimismo, no podrá existir una pérdida auditiva en las frecuencias conversacionales igual o superior a 30 decibelios.
    • Cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los facultativos médicos, dificulte de manera importante la agudeza auditiva.
  • 15.2.9. Enfermedad de la fonación:
    • Tartamudez permanente e importante.
  • 15.2.10. Enfermedades del sistema nervioso y trastornos psiquiátricos:
    • Epilepsia.
    • Migraña.
    • Depresión.
    • Trastornos de la personalidad.
    • Psicosis.
    • Alcoholismo, toxicomanías y drogodependencias a psicofármacos o a sustancias ilegales.
    • Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten el desarrollo de la función policial.
  • 15.2.11. Enfermedades del aparato endocrino:
    • Diabetes.
    • Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten o limiten el desarrollo de la función policial.
  • 15.2.12. Enfermedades infecciosas y del sistema inmunitario:
    • Enfermedades transmisibles en actividad.
    • Enfermedades inmunológicas sistémicas.
    • Intoxicaciones crónicas.
    • Hemopatías graves.
    • Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten o limiten el desarrollo de la función policial.
  • 15.2.13. Otros procesos patológicos:
    • Cualquier enfermedad, síndrome o proceso patológico que, a juicio de los facultativos médicos, limite o incapacite al aspirante para el ejercicio de la función policial.

Base decimosexta.– Temario de la prueba de conocimientos.

TEMARIO

GRUPO A

Tema 1.– El sistema constitucional español. La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido. Principios generales. La reforma de la Constitución Española. El Estado español como Estado Social y Democrático de Derecho.

Tema 2.– Derechos y deberes fundamentales. Derechos y Libertades. Garantías de las libertades y derechos fundamentales. Los principios rectores de la política social y económica. El Tribunal Constitucional. El Defensor del Pueblo.

Tema 3.– Organización política del Estado español. Clase y forma de Estado. La Corona. Las Cortes Generales: Estructura y competencias. Procedimiento de elaboración de las leyes.

Tema 4.– Organización política del Estado español. El poder ejecutivo. El Gobierno y la Administración. El Poder Judicial. Organización judicial española. El Ministerio Fiscal.

Tema 5.– La Organización territorial del Estado. Las comunidades autónomas. Las administraciones locales.

Tema 6.– La Comunidad Autónoma de Castilla y León. Instituciones: las Cortes de Castilla y León, el Presidente y la Junta de Castilla y León. El Estatuto de Autonomía. Idea general de las competencias de la Comunidad Autónoma.

Tema 7.– La administración pública. Derecho administrativo general. Concepto. Fuentes del derecho administrativo: enumeración y clasificación. La jerarquía normativa. Los reglamentos.

Tema 8.– El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos.

Tema 9.– El procedimiento administrativo: principios informadores. Los interesados. Las fases del procedimiento administrativo: iniciación, ordenación, instrucción y terminación. Dimensión temporal del procedimiento.

Tema 10.– Referencia a los procedimientos especiales. Especialidades del procedimiento administrativo local. La revisión de los actos administrativos: de oficio. Recursos administrativos.

Tema 11.– La función pública en general. El Estatuto del empleado público. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios. Situaciones administrativas.

Tema 12.– Los funcionarios de las entidades locales. Organización de la función pública local. Los grupos de funcionarios de la Administración Especial y General de las entidades locales.

Tema 13.– La responsabilidad de la Administración. Fundamentos y clases. La responsabilidad de los funcionarios.

Tema 14.– La Administración Local. Principios constitucionales y regulación jurídica. Entidades que comprende. La provincia: concepto, elementos y competencias. El Municipio: concepto y elementos. El término municipal. La población: especial referencia al empadronamiento.

Tema 15.– La organización del municipio: El ayuntamiento. El alcalde. Los concejales. El pleno. La comisión de gobierno Local. Otros órganos administrativos.

Tema 16.– Funcionamiento y competencias municipales. Los servicios públicos locales y sus formas de gestión. Las formas de actividad de las Entidades Locales. La intervención administrativa en la actividad privada; estudio especial de las licencias municipales. Ordenanzas. Reglamentos y Bandos: Clases, procedimiento de elaboración y aprobación.

Tema 17.– Las fuerzas y cuerpos de seguridad. Clases y competencias. Disposiciones estatuarias comunes.

Tema 18.– Los cuerpos de policía local. Su participación en la seguridad pública. Funciones como policía administrativa, de seguridad y policía judicial. Coordinación con otros cuerpos policiales. Las juntas locales de seguridad.

Tema 19.– Las competencias de tráfico de la policía local. La policía local como policía de proximidad y asistencial.

Tema 20.– Los cuerpos de policía local. Organización y estructura. Estatuto personal: La Ley 9/2003 de coordinación de policías locales de Castilla y León y su desarrollo.

Tema 21.– Los cuerpos de policía local. Derechos y deberes. Sistema de responsabilidad, penal civil y administrativa. Régimen disciplinario.

Tema 22.– Función y deontología policial. Los principios básicos de actuación. Códigos deontológicos para personas encargadas de hacer cumplir la Ley.

GRUPO B

Tema 1.– El procedimiento penal. Principios que lo rigen y clases. Clases y competencias de los Juzgados y tribunales.

Tema 2.– La Policía Judicial. Concepto y funciones. El atestado policial en la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Concepto y estructura.

Tema 3.– Detención: concepto, clases y supuestos. Plazos de detención. Obligaciones del funcionario que efectúa una detención. Contenido de la asistencia letrada. Derecho del detenido. Responsabilidades penales en las que puede incurrir el funcionario que efectúa una detención. El procedimiento de «Habeas Corpus».

Tema 4.– El Código Penal. Las infracciones penales. Personas criminalmente responsables. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.

Tema 5.– Las penas y sus clases. Las medidas de seguridad. La responsabilidad civil derivada de los delitos.

Tema 6.– El homicidio y sus formas. Las lesiones.

Tema 7.– Delitos contra la libertad. Las torturas y otros delitos contra la integridad moral. Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales.

Tema 8.– Delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad. Delitos contra el honor y contra las relaciones familiares.

Tema 9.– Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico. Delitos contra los derechos de los trabajadores.

Tema 10.– Delitos contra la seguridad colectiva. Los incendios. Delitos contra la salud pública. Delitos contra la seguridad vial.

Tema 11.– Delitos cometidos por los funcionarios contra las garantías constitucionales.

Tema 12.– Los delitos de imprudencia con especial relación a los cometidos con vehículos de motor.

Tema 13.– La protección de la seguridad ciudadana: Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo.

Tema 14.– La protección civil en España y en Castilla y León. Normas reguladoras.

Tema 15.– Normativa básica sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Competencias de las Administraciones del Estado y de los Municipios.

Tema 16.– Normas generales de circulación. Circulación de vehículos: velocidad, prioridad de paso, cambio de dirección, cambio de sentido y marcha atrás, adelantamientos, paradas y estacionamientos.

Tema 17.– Cruce de pasos a nivel y puentes levadizos. Utilización del alumbrado. Advertencias de los conductores.

Tema 18.– Señalización: normas generales. Prioridad, formato e idioma de las señales. Clases de señales.

Tema 19.– Autorizaciones administrativas. Autorizaciones para conducir. Autorizaciones relativas a los vehículos.

Tema 20.– Infracciones y sanciones. Medidas cautelares. Procedimiento sancionador en materia de tráfico.

Tema 21.– El estacionamiento regulado de vehículos. Las Ordenanzas O.R.A.

GRUPO C

TEMAS ESPECÍFICOS

Tema 01: Historia y Callejero del Municipio de Cuéllar.

Tema 02: Patrimonio Histórico y Artístico del Municipio de Cuéllar.

Tema 03: Ordenanza municipal sobre prevención, venta y consumo de bebidas alcohólicas.

Tema 04: Ordenanza reguladora de seguridad y convivencia ciudadana del Ayuntamiento de Cuéllar.

Tema 05: Ordenanza de Circulación del Municipio de Cuéllar.

Tema 06: Ordenanza de los Encierros de Cuéllar.

Tema 07: Ordenanza del Ayuntamiento de Cuéllar sobre Mercados Municipales al aire libre.

Tema 08: Normativa municipal en vigor sobre Transporte y Vertido de Residuos Ganaderos.

Base decimoséeptima.- Baremo de méritos para los aspirantes del turno de movilidad.

17.1. Méritos preferentes:

1.– Recompensas: Su reconocimiento exige la concesión reglamentaria por parte del ayuntamiento, de la Comunidad Autónoma o del Ministerio del Interior. No se valorarán las recompensas o felicitaciones relacionadas con el tiempo de servicios. La puntuación máxima por este apartado será de 2 puntos. La valoración de distinciones o recompensas no incluidas en el cuadro siguiente, serán valoradas por el tribunal motivadamente y siguiendo criterios de analogía con las Medallas al mérito policial de Castilla y León:

TIPO DE RECOMPENSA PUNT. UNITARIA PUNT. MÁXIMA
Felicitaciones (Alcalde, Pleno, Comisión) 0,25 0,50
Mérito Policial de Castilla León-Oro individual  1,00  1,00
Mérito Policial de Castilla y León-Plataindividual  0,75  0,75
Mérito Policial de Castilla y León-Oro colectiva 0,10 0,10
Mérito Policial de Castilla y León-Plata colectiva 0,075 0,075

2.– Conocimientos profesionales: Se valorará en este apartado el estar en posesión de títulos, diplomas o certificados de conocimientos de relevancia para la profesión policial, tales com o criminología, atestados, educación vial, técnica policial, aptitud para el ascenso, etc. Se excluye el Curso de Formación Básica para ingreso en cuerpos de policía local.

Los títulos, diplomas o certificados deberán estar expedidos dentro de los cinco años inmediatamente anteriores a la convocatoria, por entidades públicas (universidades públicas o privadas homologadas, ministerios, Policía Nacional, Guardia Civil, comunidades autónomas o entidades locales) y deberán hacer constar el número de horas o créditos (equivalente cada uno a10 horas lectivas), la existencia y superación de pruebas de evaluación y el programa general de materias impartidas.

La puntuación máxima en este apartado será de 2 puntos, adecuándose a la siguiente tabla:

DURACIÓN PUNTUACIÓN
Más de 60 créditos o 600 horas 1,5
Más de 20 créditos o 200 horas 1,00
Entre 101 y 200 horas 0,75
Entre 61 y 100 horas 0,50
Entre 31 y 60 horas 0,25
Entre 20 y 30 horas 0,10

3.– Servicios prestados a las administraciones públicas: Se valorarán los servicios prestados en cualquier administración pública, tanto como funcionario, personal laboral, interino o eventual. Se acreditarán mediante certificación de servicios expedida por la administración de que se trate. La puntuación máxima será de 2 puntos, de acuerdo con la siguiente tabla:

CLASE DE SERVICIOS PUNTOS POR MES DE SERVICIO
En fuerzas y cuerpos de seguridad 0,02
Otros servicios en administraciones públicas relacionados con la profesión policial 0,01

4.– Servicios de protección civil: Se valorarán los servicios de voluntariado de protección civil, a razón de 0,01 punto por cada 100 horas de servicio, certificadas por el responsable municipal del servicio de protección civil de la localidad en que hayan sido prestadas. La puntuación máxima será de 1 punto.

17.2. Méritos no preferentes:

5.– Idiomas: Se valorará el conocimiento de idiomas extranjeros, mediante acreditación de escuelas oficiales de idiomas, centros reconocidos oficialmente u homologado, según R.D. 1629/2006. La puntuación máxima será de 2 puntos, de acuerdo con la siguiente tabla:

NIVEL DEL MARCO COMÚN DE REFERENCIA EUROPEA PARA LENGUAS PUNTOS POR IDIOMA
B1 intermedio 0,25
B2 intermedio 0,50
C1 usuario competente 0,75
C2 usuario competente 1,00

6.– Socorrismo: Se valorará estar en posesión de algún título, diploma, certificado o equivalente, expedido o renovado dentro de los cinco años inmediatamente anteriores a la convocatoria, por autoridad competente de cualquier organismo, institución de carácter oficial o legalmente reconocida al efecto, federación deportiva, etc., que certifique y garantice los conocimientos en materia de salvamento, socorrismo, primeros auxilios, socorrismo acuático, etc., de acuerdo con la siguiente tabla. La puntuación máxima en este apartado será de 0,25 puntos.

DIPLOMA O CERTIFICADO PUNTOS
Primeros auxilios 0,10
Primeros auxilios y soporte vital básico 0,15
Socorrista acuático 0,10

7.– Defensa Personal: Se valorará estar en posesión de conocimientos en materias de Artes Marciales, amparadas por el Consejo Superior de Deportes, y se valorará mediante la documentación que acredite estar en posesión del cinturón que corresponda. No se valorarán cinturones obtenidos hace más de diez años, salvo que se acredite su renovación o vigencia. La puntuación máxima será de 1 punto, valorándose solamente el de mayor categoría dentro de cada disciplina:

CINTURÓN PUNTOS
Cinturón naranja o verde 0,10
Cinturón azul o marrón 0,20
Cinturón negro 0,45

8.– Titulación académica: Se valorará estar en posesión de titulación superior a la exigida en la convocatoria. La puntuación máxima será de dos puntos. En la misma rama de estudios, solamente se valorará la titulación superior de las obtenidas.

ESTUDIOS CIENCIAS SOCIALES O JURÍDICAS OTRAS RAMAS
Estudios de primer ciclo (diplomado, maestro, arquitecto técnico o ingeniero técnico) 0,50 0,30
Grado 0,60 0,40
Estudios de primer y segundo ciclo (licenciado, arquitecto o ingeniero) 0,70 0,50
Licenciatura de segundo ciclo (cuando se acredite una licenciatura anterior) 0,20 0,10
Máster 0,70 0,50
Doctorado 0,90 0,70

Base decimoctava.– Modelo de solicitud.

Este modelo de solicitud de participación en pruebas selectivas de Policía Local se puede descargar en el pdf que figura al pie del siguiente enlace: http://bocyl.jcyl.es/html/2016/05/23/html/BOCYL-D-23052016-6.do

Cuéllar, 6 de mayo de 2019.

El Alcalde,
Fdo.: Jesús García Pastor

Ver convocatoria en PDF

Enlace a BOCYL


Oposiciones Policía Local Segovia

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¨Texto extraído íntegramente y sin modificación alguna del Boletín Oficial de Castilla y León Nº 75 (Miércoles, 17 de Abril de 2019).¨

¨Imagen extraída del Norte de Castilla¨ 

RESOLUCIÓN de 10 de abril de 2019, de la Alcaldía del Ayuntamiento de Segovia, por la que se aprueban las bases y la convocatoria de pruebas de acceso a doce plazas de la categoría de Agente del Cuerpo de Policía Local, más las vacantes que pudieran producirse, por el sistema de oposición libre, con reserva para el turno de movilidad y para el turno de acceso de militares profesionales de tropa y marinería. Expte.: 23/2019/P14110. Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia

Base primera.– Objeto y calendario de la convocatoria. Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia

1.1. Es objeto de la convocatoria la provisión de doce plazas, más las que se produzcan hasta el momento de finalización del proceso selectivo, de la categoría de Agente del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Segovia, pertenecientes a la escala de administración especial, subescala de servicios especiales, clase: Policía local, clasificadas en el grupo C, subgrupo C1, de los previstos en el artículo 76 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre) y dotadas con el sueldo, trienios, pagas extraordinarias y demás retribuciones que correspondan con arreglo a la legislación vigente.

1.2. El desempeño de estas plazas será incompatible con cualquier actividad remunerada, pública o privada, quedando sometido al régimen de incompatibilidad, con los deberes y obligaciones inherentes y con derecho al percibo de las correspondientes retribuciones complementarias.

1.3. Las plazas se encuentran vacantes e incluidas en las ofertas públicas de empleo del Ayuntamiento (2019), así como en la relación de puestos de trabajo, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado. Podrá ampliarse el número de plazas de la convocatoria con las vacantes que se produzcan en cada cuerpo de policía local antes de la finalización de la oposición.

1.4. De las plazas convocadas, el 25% se reservan al turno de movilidad y podrá ser cubiertas por funcionarios en activo, de la misma categoría, que pertenezcan a otra plantilla de policía local de la Comunidad Autónoma de Castilla y León. Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia

1.5. El resto de plazas, más las que no se cubran en turno de movilidad, se cubrirán mediante oposición libre.

1.6. Dentro de las plazas convocadas al turno libre, se reservan el 20% a militares profesionales de tropa y marinería, de acuerdo con el convenio firmado entre el Ministerio de Defensa y el Ayuntamiento de Segovia. Al tratarse de una «máximo del 20 por 100» solamente podrán reservarse una plaza por cada cinco vacantes en turno libre, desechándose las fracciones de unidad.

1.7. El procedimiento selectivo, en su fase de oposición, deberá resolverse en un plazo que no podrá exceder de ocho meses. Los solicitantes podrán entender desestimadas sus peticiones transcurrido el tiempo máximo establecido sin que recaiga resolución expresa.

Base segunda.– Requisitos de los aspirantes. Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia

2.1. Para tomar parte en la oposición, en turno libre, será necesario reunir los siguientes requisitos:

  • a) Ser español. Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia
  • b) Tener dieciocho años de edad, referida al día en que finalice el plazo de presentación de instancias y no superar la edad que para la jubilación forzosa se determine en la legislación vigente en materia de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia
  • c) Estar en posesión o en condiciones de obtener la titulación de bachiller, formación profesional superior o título equivalente que permita el acceso al grupo C, subgrupo C1, de los previstos en el artículo 76 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre). En el supuesto de invocar título equivalente al exigido, habrá de acompañarse certificado expedido por la autoridad competente en materia educativa, que acredite la equivalencia.
  • d) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente las correspondientes funciones.
  • e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
  • f) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos. Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia
  • g) Tener una estatura mínima de 165 centímetros los hombres y 160 centímetros las mujeres.
  • h) Estar en posesión de los permisos de conducir vehículos de motor de las clases A-2 y B.
  • i) Presentar declaración jurada de compromiso de portar armas y de utilizarlas en los casos previstos en la ley.

2.2. Se reservan, un 20% de las plazas del turno libre, para militares profesionales que, cumplan los siguientes requisitos:

  • a) Acreditar su condición de militar profesional de tropa o marinería.
  • b) Acreditar un tiempo mínimo de servicios prestados, como militares de tropa o marinería, superior a cinco años.
  • c) Cumplir el resto de requisitos del turno libre. Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia

2.3. Los aspirantes en turno de movilidad deberán cumplir, además, los siguientes requisitos:

  • a) Encontrarse en situación de servicio activo, con categoría de Agente, en un cuerpo de policía local en Castilla y León, con antigüedad mínima de cinco años en el cuerpo de procedencia.
  • b) No hallarse en situación de segunda actividad.

2.4. Todos los requisitos mencionados deberán poseerse en el momento en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

Base tercera.– Solicitudes. Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia

3.1. La solicitud para participar en el proceso selectivo se ajustará al modelo que figura en la base decimoséptima. Este modelo de solicitud de participación en pruebas selectivas de Policía Local se puede descargar en el pdf que figura al pie del siguiente enlace: http://bocyl.jcyl.es/html/2016/05/23/html/BOCYL.jcyl.-D-23052016-6.do

3.2. Los solicitantes harán constar la opción por el turno libre, por el turno libre con reserva de plazas para militares profesionales, o por el de movilidad, siendo excluidas las solicitudes en que opten por más de una o por ninguna. Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia

3.3. Las solicitudes se dirigirán al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Segovia, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al que aparezca el último de los anuncios de la convocatoria, que se publicará íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Boletín Oficial de Castilla y León, y en extracto en el Boletín Oficial del Estado. Se presentarán en la forma prevista en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común.

3.4. Tasas. Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia

El importe de los derechos de examen para el ejercicio 2019 asciende a 29,00 €.

Para el abono se deberá solicitar en la Sección de Tributos de este Ayuntamiento, Plaza Mayor n.º 1, la carta de pago. Esta solicitud podrá realizarse de forma presencial, telefónicamente al n.º 921419828 y a través del correo electrónico: gestiontributaria@segovia.es.

Las personas pertenecientes a familias que ostenten la condición legal de Familia Numerosa, conforme a lo establecido en la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas, tendrán derecho a una reducción de la cuota de la tasa en los siguientes porcentajes:

  • a) Familias Numerosas de categoría especial: Del 100 por 100.
  • b) Familias Numerosas de categoría general: Del 50 por 100.

Estarán exentos del pago de la tasa por inscripción en pruebas selectivas las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de convocatoria. Será requisito para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación, o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

En ningún caso la presentación y pago de la tasa de los derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma de la solicitud.

Los citados derechos sólo serán devueltos a quienes no fueren admitidos a las pruebas de selección, por falta de alguno de los requisitos exigidos para tomar parte en las mismas, o aquellos que manifiesten su «desistimiento» por escrito con anterioridad a la publicación de las listas de admitidos y excluidos a las pruebas selectivas.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento del mismo determinará la exclusión del aspirante, se concederá en listas provisionalmente de admitidos y excluidos diez días para subsanar.

3.5. A la solicitud se acompañará:

3.5.1. Documentación de carácter general:

  • a) Copia del Documento nacional de identidad.
  • b) Resguardo acreditativo de haber abonado la tasa en concepto de derechos de examen.
  • c) Copia de los permisos de conducir exigidos en la Base segunda.

3.5.2. Documentación de carácter específico. Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia

Justificación de reducción de la cuota de la tasa por familiar numerosa:

  • Los interesados deberán acreditar dicha condición previamente a formalizar la solicitud de inscripción mediante la presentación del título de Familia Numerosa y aquella otra documentación que se estime necesaria al efecto. Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia

Justificación para la exención del pago de la tasa:

  • a) Certificado del ECYL en el que consten los extremos anteriormente señalados:
    • Que figure como demandante de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria.
    • No haber rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales.
  • b) Justificante de periodos de alta a la Seguridad Social expedidos por la Tesorería General de la Seguridad Social («vida laboral»), en los términos que se indican:
  • La prestación de servicios en empresas privadas se acreditarán mediante el oportuno contrato de trabajo e informe de vida laboral solicitado por el propio interesado a la Tesorería General de la Seguridad Social, existiendo un teléfono a tal efecto: 901502050.
  • Se podrá descargar desde la página web sede.seg-social.es, en su caso (cuando se tiene certificado digital o móvil notificado a la Tesorería).
  • La prestación del trabajo a tiempo parcial será considerada proporcionalmente a la jornada realizada.
  • c) Declaración responsable de no tener ingresos superiores al Salario Mínimo Interprofesional cuya cuantía para el ejercicio 2019 asciende a 900,00 €/mes, conforme al R.D. 1462/2018 de 21 de diciembre.

Base cuarta.– Admisión y exclusión de aspirantes.

4.1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento dictará resolución, aprobando la lista provisional de admitidos y excluidos, que se hará pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, Boletín Oficial de la Provincia y sede electrónica: sede.segovia.es, en los términos que se determine, concediendo un plazo de diez días hábiles a los aspirantes excluidos para reclamar y subsanar, en su caso, los defectos que han motivado su exclusión.

4.2. Transcurrido el plazo para reclamar o subsanar, en su caso, el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento dictará resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos, que se hará pública en el tablón de edictos de la Casa Consistorial y Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica anteriormente señalada.

4.3. Contra dicha resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 10.1 a) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Igualmente, con carácter previo y potestativo, se podrá interponer recurso de reposición ante el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, según lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.

Base quinta.– Tribunal. Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia

5.1. El tribunal calificador del concurso-oposición, estará formado por las siguientes personas:

Tribunal titular: Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia

Presidente: Mayor Subjefe de la Policía Local N.I.P. 6001

Vocal 1.º: Inspector del Área Régimen Interno N.I.P. 6056

Vocal 2.º: Un funcionario del Ayto. de Segovia D. José Ignacio Navarro Olivera

Vocal 3.º: Jefe de la Policía Local de El Espinar N.I.P. 1069

Vocal 4.º: Funcionario de la Junta de Castilla y León nombrado por la Dirección General

Secretario: Funcionario del Ayto. de Segovia D. Alfredo Toledo Vita

Tribunal suplente: Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia

Presidente: Inspector del Área 1 N.I.P. 6009

Vocal 1.º: Subinspector Unidad de Tráfico N.I.P. 6010

Vocal 2.º: Un funcionario del Ayto. de Segovia D.ª Helena Revuelta Pascual.

Vocal 3.º: Jefe de la Policía Local de Cuéllar N.I.P. 6700

Vocal 4.º: Funcionario de la Junta de Castilla y León nombrado por la Dirección General.

Secretario: Funcionario del Ayto. de Segovia D.ª Aránzazu Bravo Saiz

Asimismo, participará como «observador» persona designada por la Junta de Personal:

Titular: N.I.P. 6100 Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia

Suplente: N.I.P. 6049 Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia

5.2. Previa convocatoria por el Presidente, se constituirá el tribunal en el plazo máximo de 30 días a partir de su nombramiento. El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos la mitad de los miembros, titulares o suplentes indistintamente, y en todo caso con la presencia del presidente y secretario o personas que les sustituyan.

5.3. Para las pruebas médicas, psicotécnicas y físicas, el tribunal requerirá los servicios de personal especializado, que emitirá su informe con arreglo a las condiciones de la convocatoria, y a la vista de los cuales el tribunal resolverá. Asimismo podrán nombrarse asesores del tribunal para aquellas materias que estime necesario, que actuarán con voz pero sin voto.

5.4. A efectos de comunicación y demás incidencias, el tribunal tendrá su sede en la Casa Consistorial del Ayuntamiento de Segovia, sito en Plaza Mayor n.º 1 – 40001 Segovia.

Base sexta.– Comienzo y desarrollo de los ejercicios.

6.1. Orden de actuación de los aspirantes. Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia

Se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «Q», de conformidad a la Resolución de 15 de marzo de 2019 de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración del Estado.

6.2. El día, hora y lugar de realización del primer ejercicio de la fase de oposición será anunciado al menos con diez días naturales de antelación, mediante anuncio en la sede electrónica: sede.segovia.es, en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento junto con la lista provisional (o definitiva, en su caso). Los anuncios de celebración del segundo y restantes ejercicios se efectuarán por el tribunal en la sede del mismo, al menos con veinticuatro horas de antelación a la señalada para la iniciación de los mismos.

6.3. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, quedando decaídos en sus derechos los aspirantes que no comparezcan a realizarlo a la hora fijada, salvo los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el tribunal, para los que podrá realizarse una convocatoria extraordinaria.

Base séptima.– Fase de oposición. Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia

Constará de varias pruebas y un reconocimiento médico, todos ellos eliminatorios:

7.1. Prueba de aptitud física. Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia

Pruebas físicas tendentes a comprobar, entre otros aspectos, las condiciones de equilibrio, velocidad, resistencia y coordinación. Tendrá carácter eliminatorio y se ajustará a las condiciones establecidas en la Base decimocuarta. La calificación será de «Apto» o «No apto».

7.2. Prueba de conocimientos. Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia

7.2.1. Prueba de conocimientos para los aspirantes del turno libre: Tendrá carácter eliminatorio y consistirá en contestar por escrito a los siguientes ejercicios:

  • Ejercicio Primero.– Consistirá en responder por escrito, durante el tiempo que determine el tribunal, a un cuestionario de al menos 50 preguntas tipo test, con cuatro respuestas alternativas, sobre los contenidos de los temas relacionados en el Temario de la Base decimosexta; de las que el 40 por 100 corresponderán a los temas del grupo A, otro 40 por 100 corresponderán a los temas del grupo B y un 20 por ciento al grupo C.
  • El ejercicio se calificará sobre 10 puntos para el total de respuestas correctas, penalizándose las respuestas erróneas con un tercio del valor de cada respuesta acertada. Las preguntas sin respuesta no penalizarán. Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia
  • Los aspirantes que no alcancen 5 puntos serán eliminados definitivamente de la prueba.
  • Ejercicio Segundo.– Consistirá en responder por escrito, durante un tiempo máximo de 45 minutos al planteamiento de un ejercicio práctico relacionado con los temas de los grupos A y B, del temario de la Base decimosexta.
  • El ejercicio se calificará sobre 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen 5 puntos.
  • La calificación global de la prueba de los aspirantes no eliminados será la media de las calificaciones de los dos ejercicios.

7.2.2. Prueba de conocimientos para los aspirantes a las plazas del turno de movilidad.

Tendrá carácter eliminatorio y consistirá en contestar por escrito al siguiente ejercicio:

  • Responder durante el tiempo que determine el tribunal, a un cuestionario de al menos 20 preguntas tipo test, sobre los contenidos de los temas del grupo C relacionados en la Base decimosexta. Cada pregunta deberá contener cuatro respuestas alternativas.
  • El ejercicio se calificará sobre 10 puntos para el total de respuestas correctas, penalizándose las respuestas erróneas con un tercio del valor de cada respuesta acertada. Las preguntas sin respuesta no penalizarán; siendo necesario obtener al menos 5 puntos para superar la prueba.

7.3. Pruebas de aptitud psíquica. Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia

Tendrán carácter eliminatorio y consistirán en la contestación de varios cuestionarios ajustados a los requerimientos propios del puesto a desempeñar, en especial las siguientes:

  • Prueba de aptitudes: Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia
    • Razonamiento verbal. Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia
    • Razonamiento abstracto. Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia
    • Rapidez y precisión perceptiva. Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia
    • Atención y resistencia a la fatiga. Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia
    • Agilidad mental. Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia
    • Memoria visual. Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia
  • Prueba de personalidad: Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia
    • Autocontrol. Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia
    • Estabilidad emocional.Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia
    • Capacidad empática y de manejo de la relación interpersonal. Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia
    • Seguridad en sí mismo. Sentido de la disciplina. Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia
    • Autoridad. Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia
    • Trabajo en equipo. Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia
    • Sociabilidad. Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia
    • Iniciativa. Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia
    • Objetividad. Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia
    • Automotivación. Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia Oposiciones Policía Local Segovia

Las pruebas de aptitud psíquica se realizarán por personal técnico cualificado. El resultado será de «Apto» o «No apto».

7.4. Reconocimiento médico.

Tendrá carácter eliminatorio y se ajustará a las consideraciones establecidas en la Base decimoquinta.

El reconocimiento médico se realizará por personal técnico cualificado, que podrá realizar cuantos exámenes y pruebas médicas considere necesarias para determinar el estado de cada aspirante, incluyendo análisis de sangre y orina, pruebas radiológicas, etc. La negativa a la realización de cualquier prueba médica será motivo para la exclusión del proceso selectivo.

Se garantiza la confidencialidad de los resultados. El resultado de la prueba será de «Apto» o «No apto».

Base octava.– Fase de concurso.

Teniendo en cuenta que la presente convocatoria se ha realizado por el procedimiento de oposición, no tiene fase de concurso.

Base novena.– Calificación de la oposición.

9.1. Turno de movilidad.

9.1.1. A los aspirantes del turno de movilidad que resulten aptos en las pruebas previstas, serán propuestos, para cubrir las plazas convocadas, por orden de mayor puntuación.

9.1.2. En el caso de empate en la puntuación, accederán a las plazas los aspirantes que tengan mayor antigüedad como Agentes de Policía Local (más días de servicio activo como Agentes de Policía Local).

9.1.3. Las plazas no cubiertas por este turno, se sumarán a las del turno libre.

9.2. Turno libre, con reserva de plaza para militares profesionales.

9.2.1. Por este turno se cubrirán hasta el 20% de las vacantes del turno libre convocadas, más las no cubiertas por el turno de movilidad.

9.2.2. Las vacantes de este turno, se adjudicarán a los opositores que hayan obtenido mayor puntuación.

9.2.2. En el caso de empate en la puntuación, se adjudicará la plaza al opositor que tenga mayor puntuación, en el ejercicio de test, de la prueba de conocimientos.

9.2.3. De persistir el empate, se adjudicará la plaza al opositor de mayor empleo y antigüedad como militar profesional.

9.3. Turno libre.

9.3.1. Por este turno se cubrirán las vacantes no cubiertas por los dos turnos anteriores.

9.3.2. Las vacantes de este turno se adjudicarán a los aspirantes que hayan obtenido la mayor puntuación.

9.3.3. En el caso de empate en la puntuación, se adjudicará la plaza al aspirante que tenga mayor puntuación en el ejercicio de test de la prueba de conocimientos.

Base décima.– Relación de aprobados y presentación de documentos.

10.1. Terminada la calificación de los aspirantes, el tribunal publicará en los lugares establecidos en la base cuarta, la relación de los aspirantes aprobados, por orden de puntuación, y elevará al Alcalde del Ayuntamiento la propuesta de adjudicación de vacantes, que no podrá rebasar el número de vacantes existentes.

10.2. Si además de los propuestos para las vacantes existentes, hubiera más aspirantes que hubieran aprobado los ejercicios de la oposición, el Tribunal publicará un listado complementario con dichos aspirantes, por orden de puntuación, a los efectos previstos en el párrafo segundo del artículo 61, apartado 8 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre).

10.3. Los opositores propuestos presentarán en el Ayuntamiento, dentro del plazo de quince días naturales, contados a partir de la publicación de la lista de aprobados en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, los siguientes documentos:

  • 1.º– Certificado negativo de antecedentes penales, expedido por el Registro de penados y rebeldes, referido a la fecha de la publicación de la lista de aprobados en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
  • 2.º– Declaración responsable de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las comunidades autónomas o a las entidades locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública.
  • 3.º– Declaración jurada de compromiso de portar armas y utilizarlas en los casos previstos en la ley.
  • 4.º– Título de bachiller, formación profesional superior o título equivalente que permita el acceso al Grupo C, subgrupo C1, de los previstos en el artículo 76 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre).
  • 5.º– Permisos de conducir vehículos a motor de las clases A-2 y B.
  • 6.º– Para los aspirantes del turno libre conreserva a militares profesionales de tropa y marinería, certificado de la condición de militar profesional de tropa o marinería, con expresión de la antigüedad en el momento de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria.

10.4. Los aspirantes qbachillerue opten por turno de movilidad presentarán además certificación de servicios previos en el Ayuntamiento de origen y su baja en el mismo.

10.5. Si dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor, los opositores propuestos no presentaran su documentación o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación en la convocatoria.

Base undécima.– Curso selectivo de formación básica y nombramientos.

11.1. Los aspirantes aprobados en el turno libre y del turno libre con reserva de plaza para militares profesionales, seguirán un curso selectivo de formación básica, organizado por la Dirección General competente en materia de coordinación de policías locales, como funcionarios en prácticas de los ayuntamientos, con arreglo al programa que se establezca, debiendo superar las pruebas que en el mismo se señalen.

11.2. Los aspirantes que acrediten haber realizado el curso selectivo de formación básica en cualquier otra edición, estarán eximidos de realizarlo nuevamente, pudiendo ser nombrados funcionarios de carrera de manera inmediata. Asimismo, podrán ser eximidos del curso selectivo aquellos aspirantes que acrediten formación similar obtenida en otras comunidades autónomas, cuando así sea expresamente reconocido por resolución del Director General competente en materia de coordinación de policías locales de Castilla y León.

11.3. Durante el curso los aspirantes admitidos devengarán las retribuciones legales como funcionarios en prácticas, sin perjuicio de las compensaciones que puedan corresponder por gastos extraordinarios (desplazamiento, alojamiento y manutención) que conlleve su estancia en el centro de formación, con cargo al Ayuntamiento.

11.4. La calificación definitiva de los aspirantes en turno libre y del turno libre con reserva de plaza para militares profesionales, que hayan sido declarados aptos en el curso selectivo, vendrá dada por la suma de la obtenida en la oposición y la que hayan alcanzado en el curso selectivo de formación básica, elevándose la relación de aprobados por orden de puntuación al Alcalde del Ayuntamiento, para tramitar los nombramientos como funcionarios de carrera de los aspirantes seleccionados.

11.5. La calificación definitiva, para los aspirantes que accedan por turno de movilidad, vendrá dada por la puntuación obtenida en la oposición, elevándose la relación de aprobados por orden de puntuación, al Alcalde del Ayuntamiento para tramitar el nombramiento como funcionarios de carrera de los aspirantes seleccionados.

11.6. Una vez efectuado el nombramiento, el opositor nombrado deberá tomar posesión en el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el siguiente al que le sea notificado el nombramiento. La falta de toma de posesión en el plazo indicado, sin causa justificada, conllevará la pérdida de los derechos del opositor en el proceso selectivo.

Base duodécima.– Incidencias.

El tribunal queda autorizado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la oposición en todo lo no previsto en estas bases.

Serán de aplicación general las normas contenidas en el Reglamento de funcionarios de Administración Local, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, que aprueba el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado, Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de administración local, y demás legislación vigente.

Base decimotercera.– Recursos.

La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta y de la actuación del tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común.

Base decimocuarta.– Desarrollo de las pruebas físicas.

Las pruebas se realizarán siguiendo el orden que determine el tribunal, con apoyo de personal especializado en la materia y de acuerdo con las siguientes reglas:

14.1. Prueba de potencia del tren inferior. Salto de longitud con los pies juntos.

a.– Disposición: El aspirante se colocará ante una línea de 1 metro de larga y de 0,05 metros de ancha, marcada en el suelo, paralela al foso de saltos y a una distancia de 0,50 metros del borde anterior del mismo.

b.– Ejecución: Cuando se halle dispuesto, el aspirante flexionará y extenderá rápidamente el tren inferior para, apoyando los dos pies juntos en el suelo, proyectar el cuerpo hacia adelante y caer en el foso. Está permitido el balance sobre punta-talón del pie o la elevación de talón antes del salto.

c.– Medición: Se efectuará desde la parte de la línea más alejada del foso hasta la huella del aspirante más cercana a la línea de partida sobre la arena del foso. La medición será en metros y centímetros.

d.– Intentos: Pueden realizarse tres intentos, contabilizándose el mejor.

e.– Invalidaciones: El salto debe realizarse con un solo impulso de los pies juntos, contabilizándose como nulo aquél en el que, una vez separados los pies del suelo, vuelvan a apoyarse de nuevo para la impulsión definitiva. Es nulo el salto que se produce por el apoyo alternativo y no simultáneo de los pies sobre el suelo. Es nulo el salto en el que el aspirante pise o rebase la línea en el momento de la impulsión. Es nulo es salto que se realice sin los pies juntos en la zona de impulsión.

Quedarán eliminados los aspirantes que no consigan superar las marcas establecidas o que realicen tres intentos nulos.

f.– Marcas.

  • f.1. TURNO LIBRE Y TURNO LIBRE PARA MILITARES PROFESIONALES:
    • Mujeres: Las opositoras serán eliminadas con un salto inferior a 1,90 m.
    • Hombres: Los opositores serán eliminados con un salto inferior a 2,30 m.
  • f.2. TURNO DE MOVILIDAD: Los opositores serán eliminados con saltos inferiores a los establecidos para cada categoría de edad.
SALTO DE LONGITUD (Pies juntos)
Edad Mujeres Hombres
Menos de 33 años 1,90 2,30
De 33 y hasta 38 años 1,80 2,20
De 39 y hasta 44 años 1,70 2,10
De 45 y más años 1,60 2,00

4.2. Prueba de potencia del tren superior. Lanzamiento de balón medicinal.

a.– Disposición: El aspirante se colocará frente a una línea marcada en el suelo, de 1 metro de larga por 0,05 metros de ancha, paralela a la zona de lanzamiento, con los pies separados y la punta de los pies a la misma distancia de dicha línea.

b.– Ejecución: Cuando esté dispuesto, el aspirante tomará el balón medicinal con ambas manos y lanzará el mismo, sacándole desde atrás y por encima de la cabeza, enviándole lo más lejos posible. No se podrá tomar carrera pero sí realizar movimientos de balanceo con brazos y cuerpo.

c.– Medición: Se efectuará desde la parte de la línea más alejada de la zona de lanzamiento hasta la primera huella que deje el balón sobre la zona de caída. La medición será en metros y centímetros.

d.– Intentos: Pueden realizarse tres intentos, contabilizándose el mejor.

e.– Invalidaciones: Se considerarán lanzamientos nulos aquellos en los que el aspirante pise o rebase la línea, o cuando no tenga la punta de los pies a la misma distancia de la línea de lanzamiento, o cuando haga su lanzamiento saltando, despegando totalmente cualquiera de los pies o arrastrando cualquiera de los mismos hacia atrás o cuando el aspirante efectúe el lanzamiento con una sola mano.

f.– Marcas.

  • f.1. TURNO LIBRE Y TURNO LIBRE PARA MILITARES PROFESIONALES:
    • Mujeres: Balón medicinal de 3 kg. Las opositoras serán eliminadas con un lanzamiento inferior a 6,25 m.
    • Hombres: Balón medicinal de 5 kg. Los opositores serán eliminados con un lanzamiento inferior a 6,25 m.
  • f.2. TURNO DE MOVILIDAD: Los opositores serán eliminados con lanzamientos inferiores a los establecidos para cada categoría de edad.
LANZAMIENTO DE BALÓN MEDICINAL
Edad Mujeres (balón de 3 kg) Hombres (balón de 5 kg)
Menos de 33 años 6,25 6,25
De 33 y hasta 38 años 5,75 5,75
De 39 y hasta 44 años 5,25 5,25
De 45 y más años 4,75 4,75

14.3. Prueba de velocidad. Carrera de 60 metros lisos.

a.– Disposición: El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado, pudiendo realizar la salida de pie o agachado, sin tacos de salida.

b.– Ejecución: La propia en una carrera de velocidad, adaptada a los requisitos mínimos en cuanto a condiciones del terreno especificadas en el Reglamento de la Federación Internacional de Atletismo Aficionado (FIAA).

c.– Medición: La toma de tiempos se realizará preferentemente mediante cronometrajes electrónicos, aunque podrá ser manual, duplicándose los cronos por cada calle, tomándose como válido, el tiempo medio de los dos medidos. Los tiempos deberán leerse en segundos y décimas de segundo. Si se utilizan cronómetros de centésimas de segundo con lectura digital, los tiempos que terminen en más de cinco en el segundo decimal, se convertirán a la próxima décima de segundo mayor.

Los tiempos mínimos de esta prueba, señalados en el apartado «f», se incrementarán en tres décimas, en caso de que la toma de tiempos se realice con medios electrónicos y foto finish.

d.– Intentos: Solamente se permite un intento y dentro del mismo, una salida nula por cada corredor. A la segunda falta, el aspirante será eliminado.

e.– Invalidaciones: De acuerdo con el Reglamento de la FIAA.

f.– Marcas.

  • f.1. TURNO LIBRE Y TURNO LIBRE PARA MILITARES PROFESIONALES:
    • Mujeres: Las opositoras serán eliminadas con un tiempo superior a 10 segundos y 4 décimas (10,4”).
    • Hombres: Los opositores serán eliminados con un tiempo superior a 8 segundos y 6 décimas (8,6”).
  • f.2. TURNO DE MOVILIDAD: Los opositores serán eliminados con tiempos superiores a los establecidos para cada categoría de edad.
CARRERA DE VELOCIDAD (60 metros)
Edad Mujeres Hombres
Menos de 33 años 10,4” 8,6”
De 33 y hasta 38 años 10,8” 9,0”
De 39 y hasta 44 años 11,2” 9,6”
De 45 y más años 11,8” 10,0”

14.4. Prueba de resistencia muscular. Carrera de 1.000 metros lisos.

a.– Disposición: El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado para la salida, pudiendo realizarla de pie o agachado sin tacos.

b.– Ejecución: La propia de este tipo de carreras sobre 1.000 metros, adaptada a los requisitos mínimos en cuanto a condiciones del terreno especificadas en el Reglamento de la Federación Internacional de Atletismo Aficionado (FIAA), pudiendo correr los opositores por calle libre desde el momento de la salida.

c.– Medición: La toma de tiempos se realizará en minutos y segundos, a través de cronometrajes preferentemente electrónicos, aunque podrá ser manual, duplicándose los cronos por cada calle, tomándose como válido, el tiempo medio de los dos medidos.

d.– Intentos: Solamente se permite un intento y dentro del mismo, una salida nula por cada corredor. A la segunda falta, el aspirante será eliminado.

e.– Invalidaciones: De acuerdo con el Reglamento de la FIAA.

f.– Marcas.

  • f.1. TURNO LIBRE Y TURNO LIBRE PARA MILITARES PROFESIONALES:
    • Mujeres: Las opositoras serán eliminadas con un tiempo superior a 4 minutos y 25 segundos (4’ 25”).
    • Hombres: Los opositores serán eliminados con un tiempo superior a 3 minutos y 30 segundos (3’ 30”).
  • f.2. TURNO DE MOVILIDAD: Los opositores serán eliminados con tiempos superiores a los establecidos para cada categoría de edad.
CARRERA DE RESISTENCIA (1.000 metros)
Edad Mujeres Hombres
Menos de 33 años 4’ 25” 3’ 30”
De 33 y hasta 38 años 4’ 40” 3’ 45”
De 39 y hasta 44 años 5’ 00” 4’ 05”
De 45 y más años 5’ 20” 4’ 25”

14.5. Prueba de natación (25 metros estilo libre).

a.– Disposición: Los aspirantes podrán efectuar la salida desde el borde de salida o desde dentro de la piscina. En este caso deberá tocarse claramente la pared de dicho borde de salida con una mano o pie.

b.– Ejecución: Una vez dada la salida, por el juez de salida, los aspirantes realizarán nadando 25 metros en estilo libre, debiendo tocar claramente el borde de llegada con alguna de las manos.

c.– Medición: Manual. Se contabilizará el tiempo invertido. La medición se realizará en segundos.

d.– Intentos: Solamente se permite un intento y dentro del mismo, una salida nula por cada nadador.

e.– Invalidaciones: Se invalidará la prueba y quedará eliminado el aspirante que realice dos salidas nulas o que, aun cuando haya nadado los 25 metros, lo haya hecho sujetándose en alguna parte fija (corchera) o apoyándose en borde o suelo de la piscina y siempre que no se hayan nadado dichos 25 metros en el tiempo establecido.

f.– Marcas.

  • f.1. TURNO LIBRE Y TURNO LIBRE PARA MILITARES PROFESIONALES:
    • Mujeres: Las opositoras serán eliminadas con un tiempo superior a 24 segundos.
    • Hombres: Los opositores serán eliminados con un tiempo superior a 21 segundos.
  • f.2. TURNO DE MOVILIDAD: Los opositores serán eliminados con tiempos superiores a los establecidos para cada tramo de edad.
NATACIÓN (25 metros estilo libre)
Edad Mujeres Hombres
Menos de 33 años 24” 21”
De 33 y hasta 38 años 25” 22”
De 39 y hasta 44 años 26” 23”
De 45 y más años 27” 24”

Base decimoquinta.– Cuadro de exclusiones por consideraciones físicas y médicas para el ingreso en los cuerpos de policías Locales.

Para los diagnósticos establecidos en esta Base se tendrán en cuenta los criterios de las sociedades médicas de las especialidades correspondientes.

Todas estas exclusiones se garantizarán con las pruebas complementarias necesarias para el diagnóstico.

15.1. Exclusiones físicas.

15.1.1. Estatura mínima: 1,65 metros los hombres y 1,60 metros las mujeres.

15.1.2. Perímetro torácico: Diferencia entre máximo - mínimo: 4 cm o superior.

15.1.3. Espirometría: Mínima 3.000.

15.2. Exclusiones médicas.

15.2.1. Generales:

  • Obesidad o delgadez manifiestas que dificulten o incapaciten para el ejercicio de las funciones propias del cargo. Se evaluará a través del Índice de Masa Corporal (IMC) que no debe ser inferior a 18,5 ni superior a 29,9, considerando el IMC como la relación resultante de dividir el peso de la persona expresado en kilos por el cuadrado de la talla expresado en metros.
  • En los aspirantes que posean un IMC comprendido entre 25 y 29,9, ambos inclusive, se realizará una medición del perímetro abdominal a la altura del ombligo. Este perímetro no será superior en ningún caso a 102 centímetros en los hombres o a 88 centímetros en las mujeres.

15.2.2. Enfermedades de la piel y los tejidos:

  • Psoriasis.
  • Eczema.
  • Cicatrices que produzcan limitación funcional.
  • Otros procesos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten o limiten el desarrollo la función policial.

15.2.3. Enfermedades del aparato digestivo:

  • Úlcera gastroduodenal.
  • Cirrosis hepática.
  • Hernias abdominales o inguinales.
  • Pacientes gastrectomizados, colostomizados o con secuelas postquirúrgicas que produzcan trastornos funcionales.
  • Enfermedad inflamatoria intestinal (enfermedad de Crhon o colitis ulcerosa).
  • Cualquier otro proceso digestivo que a juicio de los facultativos médicos dificulte el desempeño del puesto de trabajo.

15.2.4. Enfermedades del aparato cardiovascular:

  • Hipertensión arterial, no debiendo sobrepasar en reposo los 140 mm/Hg de presión sistólica, y los 90 mm/Hg de presión diastólica.
  • Varices o insuficiencia venosa periférica.
  • Cualquier otra patología o lesión cardiovascular que, a juicio de los facultativos médicos, puedan limitar el desempeño del puesto de trabajo.

15.2.5. Enfermedades del aparato respiratorio:

  • Asma bronquial.
  • Broncopatía u otra enfermedad pulmonar obstructiva crónica.
  • Neumotórax espontáneo recidivante.
  • Tuberculosis pulmonar activa.
  • Otros procesos del aparato respiratorio que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten el desarrollo de la función policial.

15.2.6. Enfermedades del aparato locomotor:

  • Alteraciones del aparato locomotor que limiten o dificulten el desarrollo de la función policial, o que puedan agravarse, a juicio de los facultativos médicos, con el desempeño del puesto de trabajo: patología ósea de extremidades, retracciones o limitaciones funcionales de causa muscular o articular, defectos de columna vertebral y otros procesos óseos, musculares y articulares.

15.2.7. Enfermedades del aparato de visión:

  • Agudeza visual sin corrección inferior a los dos tercios de la visión normal en cada uno de los ojos.
  • Queratotomía radial.
  • Estrabismo.
  • Desprendimiento de retina.
  • Patología retiniana degenerativa.
  • Hemianopsias y alteraciones campimétricas.
  • Discromatopsias. Daltonismo en todos sus grados.
  • Cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los facultativos médicos, dificulte de manera importante la agudeza visual.

15.2.8. Enfermedad del aparato de la audición:

  • Agudeza auditiva que suponga una pérdida entre 1.000 y 3.000 hertzios a 35 decibelios o de 4.000 hertzios a 45 decibelios. Asimismo no podrá existir una pérdida auditiva en las frecuencias conversacionales igual o superior a 30 decibelios.
  • Cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los facultativos médicos, dificulte de manera importante la agudeza auditiva.

15.2.9. Enfermedad de la fonación:

  • Tartamudez permanente e importante.

15.2.10. Enfermedades del sistema nervioso y trastornos psiquiátricos:

  • Epilepsia.
  • Migraña.
  • Depresión.
  • Trastornos de la personalidad.
  • Psicosis.
  • Alcoholismo, toxicomanías y drogodependencias a psicofármacos o a sustancias ilegales.
  • Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten el desarrollo de la función policial.

15.2.11. Enfermedades del aparato endocrino:

  • Diabetes.
  • Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten o limiten el desarrollo de la función policial.

15.2.12. Enfermedades infecciosas y del sistema inmunitario:

  • Enfermedades transmisibles en actividad.
  • Enfermedades inmunológicas sistémicas.
  • Intoxicaciones crónicas.
  • Hemopatías graves.
  • Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten o limiten el desarrollo de la función policial.

15.2.13. Otros procesos patológicos:

  • Cualquier enfermedad, síndrome o proceso patológico que, a juicio de los facultativos médicos, limite o incapacite al aspirante para el ejercicio de la función policial.

Base decimosexta.– Temario de la prueba de conocimientos.

TEMARIO

GRUPO A

Tema 1.– El sistema constitucional español. La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido. Principios generales. La reforma de la Constitución Española. El Estado español como Estado Social y Democrático de Derecho.

Tema 2.– Derechos y deberes fundamentales. Derechos y Libertades. Garantías de las libertades y derechos fundamentales. Los principios rectores de la política social y económica. El Tribunal Constitucional. El Defensor del Pueblo.

Tema 3.– Organización política del Estado español. Clase y forma de Estado. La Corona. Las Cortes Generales: Estructura y competencias. Procedimiento de elaboración de las leyes.

Tema 4.– Organización política del Estado español. El poder ejecutivo. El Gobierno y la Administración. El Poder Judicial. Organización judicial española. El Ministerio Fiscal.

Tema 5.– La Organización territorial del Estado. Las comunidades autónomas. Las administraciones locales.

Tema 6.– La Comunidad Autónoma de Castilla y León. Instituciones: las Cortes de Castilla y León, el Presidente y la Junta de Castilla y León. El Estatuto de Autonomía. Idea general de las competencias de la Comunidad Autónoma.

Tema 7.– La administración pública. Derecho administrativo general. Concepto. Fuentes del derecho administrativo: enumeración y clasificación. La jerarquía normativa. Los reglamentos.

Tema 8.– El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos.

Tema 9.– El procedimiento administrativo: principios informadores. Los interesados. Las fases del procedimiento administrativo: iniciación, ordenación, instrucción y terminación. Dimensión temporal del procedimiento.

Tema 10.– Referencia a los procedimientos especiales. Especialidades del procedimiento administrativo local. La revisión de los actos administrativos: de oficio. Recursos administrativos.

Tema 11.– La función pública en general. El Estatuto del empleado público. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios. Situaciones administrativas.

Tema 12.– Los funcionarios de las entidades locales. Organización de la función pública local. Los grupos de funcionarios de la Administración Especial y General de las entidades locales.

Tema 13.– La responsabilidad de la Administración. Fundamentos y clases. La responsabilidad de los funcionarios.

Tema 14.– La Administración Local. Principios constitucionales y regulación jurídica. Entidades que comprende. La provincia: concepto, elementos y competencias. El Municipio: concepto y elementos. El término municipal. La población: especial referencia al empadronamiento.

Tema 15.– La organización del municipio: El ayuntamiento. El alcalde. Los concejales. El pleno. La comisión de gobierno Local. Otros órganos administrativos.

Tema 16.– Funcionamiento y competencias municipales. Los servicios públicos locales y sus formas de gestión. Las formas de actividad de las Entidades Locales. La intervención administrativa en la actividad privada; estudio especial de las licencias municipales. Ordenanzas. Reglamentos y Bandos: Clases, procedimiento de elaboración y aprobación.

Tema 17.– Las fuerzas y cuerpos de seguridad. Clases y competencias. Disposiciones estatuarias comunes.

Tema 18.– Los cuerpos de policía local. Su participación en la seguridad pública. Funciones como policía administrativa, de seguridad y policía judicial. Coordinación con otros cuerpos policiales. Las juntas locales de seguridad.

Tema 19.– Las competencias de tráfico de la policía local. La policía local como policía de proximidad y asistencial.

Tema 20.– Los cuerpos de policía local. Organización y estructura. Estatuto personal: La Ley 9/2003 de coordinación de policías locales de Castilla y León y su desarrollo.

Tema 21.– Los cuerpos de policía local. Derechos y deberes. Sistema de responsabilidad, penal civil y administrativa. Régimen disciplinario.

Tema 22.– Función y deontología policial. Los principios básicos de actuación. Códigos deontológicos para personas encargadas de hacer cumplir la Ley.

GRUPO B

Tema 1.– El procedimiento penal. Principios que lo rigen y clases. Clases y competencias de los Juzgados y tribunales.

Tema 2.– La Policía Judicial. Concepto y funciones. El atestado policial en la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Concepto y estructura.

Tema 3.– Detención: concepto, clases y supuestos. Plazos de detención. Obligaciones del funcionario que efectúa una detención. Contenido de la asistencia letrada. Derecho del detenido. Responsabilidades penales en las que puede incurrir el funcionario que efectúa una detención. El procedimiento de «Habeas Corpus».

Tema 4.– El Código Penal. Las infracciones penales. Personas criminalmente responsables. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.

Tema 5.– Las penas y sus clases. Las medidas de seguridad. La responsabilidad civil derivada de los delitos.

Tema 6.– El homicidio y sus formas. Las lesiones.

Tema 7.– Delitos contra la libertad. Las torturas y otros delitos contra la integridad moral. Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales.

Tema 8.– Delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad. Delitos contra el honor y contra las relaciones familiares.

Tema 9.– Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico. Delitos contra los derechos de los trabajadores.

Tema 10.– Delitos contra la seguridad colectiva. Los incendios. Delitos contra la salud pública. Delitos contra la seguridad vial.

Tema 11.– Delitos cometidos por los funcionarios contra las garantías constitucionales.

Tema 12.– Los delitos de imprudencia con especial relación a los cometidos con vehículos de motor.

Tema 13.– La protección de la seguridad ciudadana: Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo.

Tema 14.– La protección civil en España y en Castilla y León. Normas reguladoras.

Tema 15.– Normativa básica sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Competencias de las Administraciones del Estado y de los Municipios.

Tema 16.– Normas generales de circulación. Circulación de vehículos: velocidad, prioridad de paso, cambio de dirección, cambio de sentido y marcha atrás, adelantamientos, paradas y estacionamientos.

Tema 17.– Cruce de pasos a nivel y puentes levadizos. Utilización del alumbrado. Advertencias de los conductores.

Tema 18.– Señalización: normas generales. Prioridad, formato e idioma de las señales. Clases de señales.

Tema 19.– Autorizaciones administrativas. Autorizaciones para conducir. Autorizaciones relativas a los vehículos.

Tema 20.– Infracciones y sanciones. Medidas cautelares. Procedimiento sancionador en materia de tráfico.

Tema 21.– El estacionamiento regulado de vehículos. Las Ordenanzas O.R.A.

GRUPO C

TEMAS ESPECÍFICOS

Tema 01: Historia y Callejero del Municipio de Segovia.

Tema 02: Patrimonio Histórico y Artístico del Municipio de Segovia.

Tema 03: Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Segovia.

Tema 04: Organización de la Policía Local de Segovia.

Tema 05: Normativa en vigor sobre de Ruidos y Vibraciones.

Tema 06: Normativa municipal sobre Ocupación de Vía Pública con Terrazas.

Tema 07: Ordenanza de Circulación del Municipio de Segovia.

Tema 08: Ordenanza de Convivencia Ciudadana del Municipio de Segovia.

Tema 09: Normativa municipal en vigor sobre Prevención de Alcoholismo y Tabaquismo.

Tema 10: Normativa municipal en vigor sobre Parques y Jardines.

Base decimoséptima.– Modelo de solicitud.

Este modelo de solicitud de participación en pruebas selectivas de Policía Local se puede descargar en el pdf que figura al pie del siguiente enlace: http://bocyl.jcyl.es/html/2016/05/23/html/BOCYL-D-23052016-6.do

Lo que se hace público para general conocimiento.

Segovia, 10 de abril de 2019.

La Alcaldesa,
Fdo.: Clara Isabel Luquero Nicolás

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Defensa Tribunal

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CONSEJOS PARA LA LECTURA DEL TERCER EJERCICIO

El último examen de las pruebas del Cuerpo de Gestión, una vez realizado, debe de ser leído por el opositor en sesión pública y llamamiento único. Defensa Tribunal Defensa Tribunal Defensa Tribunal

Antes de proceder a la lectura del tema, el opositor deberá leer el índice-esquema que le haya servido de base para la realización del ejercicio. El Tribunal valorará los conocimientos, la capacidad de análisis, el orden y la claridad de las ideas desarrolladas, así como la corrección de la exposición escrita.

Transcurridos diez minutos de la lectura, el Tribunal podrá decidir que el opositor abandone la prueba por estimar su actuación notoriamente insuficiente. Defensa Tribunal Defensa Tribunal Defensa Tribunal

El objeto del presente es daros las pautas que pueden resultar útiles a aquellos aspirantes que, por primera vez, se enfrentan a la lectura de su ejercicio ante un tribunal

Cuida tu vestuario Defensa Tribunal Defensa Tribunal Defensa Tribunal

La imagen es nuestra primera tarjeta de presentación. Evita que el Tribunal tenga que dedicar su primera deliberación o comentario a juzgar una apariencia inadecuada o que centre su atención más en la apariencia que en el contenido de la exposición. Esto te penalizará.

Acude a la lectura con una imagen cuidada, aseada, formal y adecuada a la comparecencia ante un Tribunal. La utilización de traje y corbata para los varones es una elección acertadísima, casi obligada. Evita todo aquello que pueda ser extravagante en esta situación. Defensa Tribunal Defensa Tribunal Defensa Tribunal

Cuida las formas Defensa Tribunal Defensa Tribunal Defensa Tribunal

Entra con decisión. Piensa que puede ser tu gran día. Evita transmitir nerviosismo e inseguridad antes, durante y al término de la lectura. Ya antes de entrar ten a mano el documento de identificación que te requerirán. Dirígete al Tribunal de un modo decidido.

Es obvio que tienes que evitar comportamientos maleducados, descarados o que traten de demostrar que sabes más que los miembros del Tribunal. Ello por mucho que puedas sentirte provocado o cuestionado por comentarios o actitudes de sus miembros. Has de mantener un comportamiento senero y educado.

Al entrar saluda educadamente a los miembros del Tribunal y toma asiento, coloca tus enseres ordenadamente para que no te estorben durante la lectura. Evita llevar objetos incensarios como bolsas, la prensa, las llaves del coche o el teléfono móvil. Apágalo con antelación.

Antes, durante y al terminar de leer el ejercicio

Pide permiso para empezar a leer. Una frase que triunfa y llama la atención del Tribunal puede ser la siguiente: “Con la venia del Sr. Presidente voy a dar lectura al tercer ejercicio”. No empieces hasta que no te lo indiquen.

Lee alto, claro y vocalizando, pausadamente y con entonación. Haz las pausas que consideres oportunas y sobre todo en la lectura de los epígrafes que hayas empleado para desarrollar el tema. Mientras lees mira de vez en cuando a los miembros del tribunal, captarás su atención. Se hábil trata de hacer esto en las partes del tema que recuerdes que son tus puntos fuertes. Evita movimientos repetidos con las manos, las piernas, vaivenes, tics, etc.

Es muy probable que los miembros del Tribunal hablen entre sí o se pasen notas o que alguno se levante o que entre algún colaborador. En este caso haz caso omiso, no te detengas (salvo que te lo indiquen) y sigue leyendo con total naturalidad. Eso no significa que no les esté gustando lo que dices. Si es así te lo dirán en los diez primeros minutos.

No dudes en beber agua, que te ofrecerán, si lo necesitas. En otro caso o si dudas de tus nervios aléjala de ti para evitar derramamientos.

Se trata de leer literalmente lo escrito, No trates de dar rienda a la improvisación ni en alterar nada de lo que ha está escrito, te expulsarán si lo detectan. Defensa Tribunal Defensa Tribunal Defensa Tribunal

Al terminar la lectura agradece a los miembros del Tribunal la atención que te han dispensado y despídete. Dejarás una buena impresión.

Aconsejamos hacer un simulacro le lectura ante el personal preparador de ACADEMIA IRIGOYEN 3.0 o/y también la lectura en voz alta, sentado en una mesa frente a un espejo, durante los días previos.

Es necesario que te oigas y te veas tanto para corregir posturas, gestos o entonaciones como para que te acostumbres escuchar tu voz. Te sorprenderás y te constará reconocerte.

Tratad de que los nervios no se noten, abstraeros de los comentarios de otros opositores salvo que sean de vuestra entera confianza, descansad durante la tarde/noche anterior, planificad el viaje y desplazaros con antelación para conocer el lugar de la lectura, esto os tranquilizará.

MUCHA SUERTE

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¨Texto extraído íntegramente y sin modificación alguna del Boletín Oficial de Castilla y León Nº 86 (Miércoles, 8 de Mayo de 2019).¨

ACUERDO de 25 de abril de 2019, de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Ávila, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al año 2019.

FUNCIONARIOS DE CARRERA: Oferta Ayuntamiento Ávila Oferta Ayuntamiento Ávila

PLAZAS DE NUEVO INGRESO. Oferta Ayuntamiento Ávila Oferta Ayuntamiento Ávila

GRUPO según el Art. 76 del R.D.L. 5/2015 de 30 de octubre: A, SUBGRUPO: A1; CLASIFICACIÓN: Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Extinción de Incendios/Superior, NÚMERO DE VACANTES: Uno; DENOMINACIÓN: Jefe del Servicio de Extinción de Incendios.

GRUPO según el Art. 76 del R.D.L. 5/2015 de 30 de octubre: C, SUBGRUPO: C1; CLASIFICACIÓN: Escala de Administración Especial, Escala Ejecutiva, Subescala Servicios Especiales Clase Policía Local, NÚMERO DE VACANTES: Siete; DENOMINACIÓN: Agente Policía Local. Oferta Ayuntamiento Ávila Oferta Ayuntamiento Ávila

GRUPO según el Art. 76 del R.D.L. 5/2015 de 30 de octubre: C, SUBGRUPO: C2; CLASIFICACIÓN: Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Extinción de Incendios, NÚMERO DE VACANTES: Cuatro; DENOMINACIÓN: Bombero-Conductor.

GRUPO según el Art. 76 del R.D.L. 5/2015 de 30 de octubre: E; CLASIFICACIÓN: Escala de Administración General, Subescala Subalterna, NÚMERO DE VACANTES: Tres; DENOMINACIÓN: Ordenanza.

PROMOCIÓN INTERNA. Oferta Ayuntamiento Ávila Oferta Ayuntamiento Ávila

GRUPO según el Art. 76 del R.D.L. 5/2015 de 30 de octubre: A, SUBGRUPO: A2; CLASIFICACIÓN: Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, clase Policía Local y, dentro del Cuerpo de Policía Local de este Ayuntamiento, Escala Técnica, Categoría: Inspector. NÚMERO DE VACANTES: Uno; DENOMINACIÓN: Inspector de Policía Local.

GRUPO según el Art. 76 del R.D.L. 5/2015 de 30 de octubre: C, SUBGRUPO: C1; CLASIFICACIÓN: Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, clase Policía Local y, dentro del Cuerpo de Policía Local de este Ayuntamiento, Escala Ejecutiva, Categoría: Oficial. NÚMERO DE VACANTES: Seis; DENOMINACIÓN: Oficial de Policía Local.

GRUPO según el Art. 76 del R.D.L. 5/2015 de 30 de octubre: C, SUBGRUPO: C1; CLASIFICACIÓN: Escala de Administración General, Subescala Administrativa, NÚMERO DE VACANTES: Una; DENOMINACIÓN: Administrativo.

Ávila, 30 de abril de 2019.

El Tte. Alcalde Delegado
del Área de Presidencia, (Res. 30/05/18) Fdo.: Óscar Arroyo Terrón

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Oposiciones Policía Local Medina del Campo

Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 

¨Texto extraído íntegramente y sin modificación alguna del Boletín Oficial de Castilla y León Nº 85 (Martes, 7 de Mayo de 2019).¨

¨Imagen extraída del Norte de Castilla¨ Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 

ACUERDO de 17 de abril de 2019, de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Medina del Campo (Valladolid), por el que se aprueban las bases y la convocatoria para la provisión de tres plazas de Agente del Cuerpo de Policía Local, una por turno de movilidad y dos por oposición libre.

La Junta de Gobierno Local, según acuerdo de 17 de abril de 2019, ha aprobado la convocatoria y las bases que regularán las pruebas de selección para el acceso con el carácter de funcionario/a de carrera a tres plazas de Agente del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Medina del Campo, cuyo texto íntegro se transcribe a continuación de este anuncio.

Medina del Campo, 25 de abril de 2019. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 

La Alcaldesa,  Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 
Fdo.: M.ª Teresa López Martín Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 

BASES PARA LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS DE ACCESO A TRES PLAZAS DE LA CATEGORÍA DE AGENTE DEL CUERPO DE POLICÍA LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE MEDINA DEL CAMPO Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 

Base primera.– Objeto y calendario de la convocatoria. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 

1.1. Es objeto de la convocatoria la provisión de 3 plazas de la categoría de Agente del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Medina del Campo, pertenecientes a la escala de administración especial, subescala de servicios especiales, clase: Policía local, clasificadas en el grupo C, subgrupo C1, de los previstos en el artículo 76 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre) y dotadas con el sueldo, trienios, pagas extraordinarias y demás retribuciones que correspondan con arreglo a la legislación vigente. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 

1.2. El desempeño de estas plazas será incompatible con cualquier actividad remunerada, pública o privada, quedando sometido al régimen de incompatibilidad, con los deberes y obligaciones inherentes y con derecho al percibo de las correspondientes retribuciones complementarias.

1.3. Las plazas se encuentran vacantes e incluidas en la oferta pública de empleo de 2018 del Ayuntamiento, así como en el Catálogo de Puestos de Trabajo, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado. Podrá ampliarse el número de plazas de la convocatoria con las vacantes que se produzcan antes de la finalización de la oposición.

1.4. Una plaza se cubrirá mediante el turno de movilidad por el sistema de concurso-oposición, por funcionarios con categoría de agente, que pertenezcan a otros cuerpos de policía local, conforme determina el artículo 83.1 de las Normas marco a las que han de ajustarse los reglamentos de policía local de la Comunidad de Castilla y León, aprobadas por Decreto 84/2005, de 10 de noviembre. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 

1.5. El resto de plazas, más las que no se cubran en turno de movilidad, se cubrirán mediante oposición libre, de acuerdo con el artículo 64.1.a, de las Normas marco aprobadas por Decreto 84/2005, de 10 de noviembre. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 

1.6. El procedimiento selectivo, deberá resolverse en un plazo que no podrá exceder de ocho meses. Los solicitantes podrán entender desestimadas sus peticiones transcurrido el tiempo máximo establecido sin que recaiga resolución expresa.

Base segunda.– Requisitos de los aspirantes. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 

2.1. Para tomar parte en el concurso-oposición (turno de movilidad) y oposición (turno libre) será necesario reunir los siguientes requisitos:

  • a) Ser español. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 
  • b) Tener dieciocho años de edad, referida al día en que finalice el plazo de presentación de instancias y no superar la edad que para la jubilación forzosa se determine en la legislación vigente en materia de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 
  • c) Estar en posesión o en condiciones de obtener la titulación de bachiller, formación profesional superior, o título equivalente que permita el acceso al grupo C, subgrupo C1, de los previstos en el artículo 76 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre). En el supuesto de invocar título equivalente al exigido, habrá de acompañarse certificado expedido por la autoridad competente en materia educativa, que acredite la equivalencia.
  • d) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente las correspondientes funciones.
  • e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
  • f) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.
  • g) Tener una estatura mínima de 165 centímetros los hombres y 160 centímetros las mujeres.
  • h) Estar en posesión de los permisos de conducir vehículos de motor de las clases A-2 y B.
  • i) Presentar declaración jurada de compromiso de portar armas y de utilizarlas en los casos previstos en la ley.

2.2. No existe reserva de plazas para militares profesionales.

2.3. Los aspirantes en turno de movilidad deberán cumplir, además, los siguientes requisitos:

  • a) Encontrarse en situación de servicio activo, con categoría de agente, en un cuerpo de policía local en Castilla y León, con antigüedad mínima de cinco años en el cuerpo de procedencia.
  • b) No hallarse en situación de segunda actividad.

2.4. Todos los requisitos mencionados deberán poseerse en el momento en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

Base tercera.– Solicitudes. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 

3.1. La solicitud para participar en el proceso selectivo se ajustará al modelo que figura en el Anexo de estas bases. Este modelo de solicitud de participación en pruebas selectivas de Policía Local se puede obtener descargándola en la página web www.ayto-medinadelcampo.es dentro del apartado denominado «empleo público» o personándose en las oficinas del Ayuntamiento de Medina del Campo, en Plaza Mayor de la Hispanidad, n.º 1.

3.2. Los solicitantes harán constar la opción por el turno libre o por el de movilidad, siendo excluidas las solicitudes en que opten por ambos o por ninguno.

3.3. Las solicitudes se dirigirán a la Alcaldesa del Ayuntamiento, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al que aparezca el último de los anuncios de la convocatoria, que se publicará íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Boletín Oficial de Castilla y León y en extracto en el Boletín Oficial del Estado.

Se presentarán en la forma prevista en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

  • a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan.
  • b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.
  • c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente establecida.
  • d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
  • e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

3.4. Tasas. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 

El importe de los derechos de examen, que asciende a 14 €, deberá ser ingresado en la siguiente cuenta ES57 2108 2249 45 0032047757, cumplimentando debidamente por triplicado el modelo de autoliquidación (para presentarlo en la entidad bancaria indicada) que podrá obtenerse a través de la página web www.ayto-medinadelcampo.es, en el apartado referido a empleo público y presencialmente en las oficinas del Ayuntamiento de Medina del Campo, en Plaza Mayor de la Hispanidad n.º 1.

Asimismo, el importe de la tasa podrá ser satisfecho mediante transferencia bancaria a la referida cuenta, indicando la identificación completa del aspirante (nombre y apellidos) y expresando en el apartado concepto de la transferencia bancaria lo siguiente: «Tasa examen Policías Locales OEP 2018».

El abono deberá efectuarse el pago dentro del plazo de presentación de solicitudes, en la forma y lugar que se determine en la correspondiente convocatoria.

La falta de pago de la tasa en el plazo señalado determinará la inadmisión del aspirante a las pruebas selectivas.

En ningún caso la presentación y pago de la tasa de los derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma de la solicitud.

No procederá devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causas imputables al interesado.

3.5. A la solicitud se acompañará: Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 

3.5.1. Documentación de carácter general: Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 

  • a) Copia del documento nacional de identidad.
  • b) Resguardo acreditativo de haber abonado la tasa en concepto de derechos de examen.
  • c) Copia de los permisos de conducir exigidos en la Base segunda.
  • d) Para los solicitantes en el turno de movilidad, relación de méritos que el aspirante alegue para la fase de concurso, con el mismo orden que se cita en la Base decimosexta, acompañando los documentos que los acrediten. Cuando el interesado no hubiera podido obtener algún certificado por causa no imputable a él mismo, podrá aportar provisionalmente la solicitud de dichos certificados, debidamente registrada de entrada en el organismo competente. En todo caso, el certificado del mérito correspondiente deberá estar a disposición del tribunal con anterioridad a la sesión de valoración de méritos a que se refiere la Base octava.

Base cuarta.– Admisión y exclusión de los aspirantes.

4.1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, la Alcaldesa del Ayuntamiento dictará resolución, aprobando la lista provisional de admitidos y excluidos, que se hará pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, Boletín Oficial de la Provincia y en la página web del Ayuntamiento, en los términos que se determine, concediendo un plazo de diez días hábiles a los aspirantes excluidos para reclamar y subsanar, en su caso, los defectos que han motivado su exclusión.

4.2. Transcurrido el plazo para reclamar o subsanar, en su caso, la Alcaldesa del Ayuntamiento dictará resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos, que se hará pública en el tablón de edictos del Ayuntamiento, Boletín Oficial de la Provincia y en la página web del Ayuntamiento.

4.3. Contra dicha resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 10.1 a) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Igualmente, con carácter previo y potestativo, se podrá interponer recurso de reposición ante el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, en los términos de los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Base quinta.– Tribunal. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 

5.1. El tribunal calificador estará formado por los siguientes miembros:

Presidente (titular y suplente): Un funcionario del Ayuntamiento de Medina del Campo.

Vocal 1.º (titular y suplente): Un funcionario perteneciente a alguno de los Cuerpos de la Policía Local en Castilla y León.

Vocal 2.º (titular y suplente): Un funcionario perteneciente a alguno de los Cuerpos de la Policía Local en Castilla y León.

Vocal 3.º (titular y suplente): Un funcionario designado a propuesta de la Junta de Personal.

Vocal 4.º (titular y suplente): Un funcionario designado por la JCyL.

Secretario: Un funcionario del Ayuntamiento de Medina del Campo.

Una vez designados, los miembros del tribunal calificador serán publicados en el Boletín Oficial de la Provincia, el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web municipal.

En todo caso, la composición del tribunal se ajustará a los dispuesto en el artículo 60.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, artículo 11 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, y artículo 63 de las Normas Marco aprobadas por Decreto 84/2005.

5.2. Previa convocatoria por el presidente, se constituirá el tribunal en el plazo máximo de 30 días a partir de su nombramiento. El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos la mitad de los miembros, titulares o suplentes indistintamente, y en todo caso con la presencia del presidente y secretario o personas que les sustituyan.

5.3. Para las pruebas médicas, psicotécnicas y físicas, el tribunal requerirá los servicios de personal especializado, que emitirá su informe con arreglo a las condiciones de la convocatoria, y a la vista de los cuales el tribunal resolverá. Asimismo podrán nombrarse asesores del tribunal para aquellas materias que estime necesario, que actuarán con voz pero sin voto.

5.4. A efectos de comunicación y demás incidencias, el tribunal tendrá su sede en la Casa Consistorial del Ayuntamiento de Medina del Campo, sito en Plaza Mayor de la Hispanidad n.º 1 47400 Valladolid. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 

Base sexta.– Comienzo y desarrollo de los ejercicios.

6.1. Orden de actuación de los aspirantes. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 

Se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «Q», de conformidad a la Resolución de 15 de marzo del 2019 de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración del Estado.

En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «Q», el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «R», y así sucesivamente. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 

6.2. El día, hora y lugar de realización del primer ejercicio de la fase de oposición será anunciado al menos con diez días naturales de antelación, mediante anuncio en la página web municipal, en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento junto con la lista provisional (o definitiva, en su caso). Los anuncios de celebración del segundo y restantes ejercicios se efectuarán por el tribunal en la sede del mismo y en la página web municipal, al menos con veinticuatro horas de antelación a la señalada para la iniciación de los mismos.

6.3. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, quedando decaídos en sus derechos los aspirantes que no comparezcan a realizarlo a la hora fijada, salvo los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el tribunal, para los que podrá realizarse una convocatoria extraordinaria.

Base séptima.– Fase de oposición. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 

Constará de varias pruebas y un reconocimiento médico, todos ellos eliminatorios:

7.1. Prueba de aptitud física. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 

Pruebas físicas tendentes a comprobar, entre otros aspectos, las condiciones de equilibrio, velocidad, resistencia y coordinación. Tendrá carácter eliminatorio y se ajustará a las condiciones establecidas en la Base decimotercera. La calificación será de «Apto» o «No apto».

7.2. Prueba de conocimientos. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 

7.2.1. Prueba de conocimientos para los aspirantes del turno libre: Tendrá carácter eliminatorio y consistirá en contestar por escrito a los siguientes ejercicios:

Ejercicio Primero. Consistirá en responder por escrito, durante el tiempo que determine el tribunal, a un cuestionario de al menos 50 preguntas tipo test, con cuatro respuestas alternativas, sobre los contenidos de los temas relacionados en el Temario de la Base decimoquinta; de las que al menos el 40 por 100 corresponderán a los temas del grupo A y al menos otro 40 por 100 corresponderán a los temas del grupo B y un máximo del 20 por 100 al grupo C.

El ejercicio se calificará sobre 10 puntos para el total de respuestas correctas, penalizándose las respuestas erróneas con un tercio del valor de cada respuesta acertada. Las preguntas sin respuesta no penalizarán. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 

Los aspirantes que no alcancen 5 puntos serán eliminados definitivamente de la prueba.

Ejercicio Segundo. Consistirá en responder por escrito, durante un tiempo máximo de 45 minutos al planteamiento de un ejercicio práctico relacionado con los temas de los grupos A y B, del temario de la Base decimoquinta. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 

El ejercicio se calificará sobre 10 puntos. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 

La calificación global de la prueba de los aspirantes no eliminados será la media de las calificaciones de los dos ejercicios, siendo necesario obtener al menos 5 puntos para superarla.

7.2.2. Prueba de conocimientos para los aspirantes a las plazas del turno de movilidad. Tendrá carácter eliminatorio y consistirá en contestar por escrito al siguiente ejercicio: Responder durante el tiempo que determine el tribunal, a un cuestionario de al menos 20 preguntas tipo test, sobre los contenidos de los temas del grupo C relacionados en la Base decimoquinta. Cada pregunta deberá contener cuatro respuestas alternativas. El ejercicio se calificará sobre 10 puntos para el total de respuestas correctas, penalizándose las respuestas erróneas con un tercio del valor de cada respuesta acertada. Las preguntas sin respuesta no penalizarán; siendo necesario obtener al menos 5 puntos para superar la prueba.

7.3. Pruebas de aptitud psíquica. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 

Tendrán carácter eliminatorio y consistirán en la contestación de varios cuestionarios ajustados a los requerimientos propios del puesto a desempeñar, en especial las siguientes:

Prueba de aptitudes: Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 

Razonamiento verbal. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 

Razonamiento abstracto. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 

Rapidez y precisión perceptiva. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 

Atención y resistencia a la fatiga. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 

Agilidad mental. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 

Memoria visual. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 

Prueba de personalidad: Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 

Autocontrol. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 

Estabilidad emocional. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 

Capacidad empática y de manejo de la relación interpersonal.

Seguridad en sí mismo. Sentido de la disciplina.

Autoridad. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 

Trabajo en equipo. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 

Sociabilidad. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 

Iniciativa. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 

Objetividad. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 

Automotivación. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 

Las pruebas de aptitud psíquica se realizarán por personal técnico cualificado. Si el tribunal lo estima pertinente, podrá acordar la celebración de entrevistas a todos o a algunos de los aspirantes, destinadas a contrastar y ampliar los resultados de las pruebas psicotécnicas escritas y para determinar la adecuación del candidato al perfil profesional. El resultado será de «Apto» o «No apto».

7.4. Reconocimiento médico. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 

Tendrá carácter eliminatorio y se ajustará a las consideraciones establecidas en la Base decimocuarta.

El reconocimiento médico se realizará por personal técnico cualificado, que podrá realizar cuantos exámenes y pruebas médicas considere necesarias para determinar el estado de cada aspirante, incluyendo análisis de sangre y orina, pruebas radiológicas, etc. La negativa a la realización de cualquier prueba médica será motivo para la exclusión del proceso selectivo.

Se garantiza la confidencialidad de los resultados. El resultado de la prueba será de «Apto» o «No apto».

Base octava.– Calificación de las fases de concurso y oposición.

8.1. Turno de movilidad. A los aspirantes del turno de movilidad que resulten aptos en las pruebas previstas, se les sumará la calificación del ejercicio de conocimientos a la valoración obtenida en la fase de concurso. Las vacantes de este turno se adjudicarán a los aspirantes con mayor puntuación. En el caso de empate en la puntuación, accederán a las plazas los aspirantes que tengan más puntos en los méritos preferentes del baremo. De repetirse el empate en el baremo de méritos preferentes, accederán a las plazas los aspirantes que tengan mayor antigüedad.

8.2. Turno libre. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 

8.2.1. La calificación final, será la media de la suma de los dos ejercicios de la prueba de conocimientos.

8.2.2. Las vacantes se adjudicarán a los aspirantes con mayor puntuación.

8.2.3. En el caso de empate en la puntuación, se adjudicará la plaza al aspirante que tenga mayor puntuación en cada uno de los ejercicios de la pruebas de conocimientos, por orden de realización, por lo que en primer lugar, se tendrá en cuenta la nota del primer ejercicio.

Base novena.– Relación de aprobados y presentación de documentos.

9.1. Terminada la calificación de los aspirantes, el tribunal publicará en los lugares establecidos en la base cuarta, la relación de los aspirantes aprobados, por orden de puntuación, y elevará a la Alcaldesa del Ayuntamiento la propuesta de adjudicación de vacantes, que no podrá rebasar el número de vacantes existentes.

9.2. Si además de los propuestos para las vacantes existentes, hubiera más aspirantes que hubieran aprobado los ejercicios de la oposición, el Tribunal publicará un listado complementario con dichos aspirantes, por orden de puntuación, a los efectos previstos en el párrafo segundo del artículo 61, apartado 8 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre).

9.3. Los opositores propuestos presentarán en el Ayuntamiento, dentro del plazo de quince días naturales, contados a partir de la publicación de la lista de aprobados en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, los siguientes documentos:

  • 1.º Certificado negativo de antecedentes penales, expedido por el Registro de penados y rebeldes, referido a la fecha de la publicación de la lista de aprobados en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 
  • 2.º Declaración responsable de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las comunidades autónomas o a las entidades locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública.
  • 3.º Declaración jurada de compromiso de portar armas y utilizarlas en los casos previstos en la ley.
  • 4.º Título de bachiller, formación profesional superior o título equivalente que permita el acceso al Grupo C, subgrupo C1, de los previstos en el artículo 76 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre).
  • 5.º Permisos de conducir vehículos a motor de las clases A-2 y B.
  • 6.º Los aspirantes que opten por turno de movilidad presentarán además certificación de servicios previos en el Ayuntamiento de origen y su baja en el mismo.

9.4. Si dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor, los opositores propuestos no presentaran su documentación o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación en la convocatoria.

Base décima.– Curso selectivo de formación básica y nombramientos.

10.1. Los aspirantes aprobados en el turno libre seguirán un curso selectivo de formación básica, organizado por la Dirección General competente en materia de coordinación de policías locales, como funcionarios en prácticas de los ayuntamientos, con arreglo al programa que se establezca, debiendo superar las pruebas que en el mismo se señalen.

10.2. Los aspirantes que acrediten haber realizado el curso selectivo de formación básica en cualquier otra edición, estarán eximidos de realizarlo nuevamente, pudiendo ser nombrados funcionarios de carrera de manera inmediata. Asimismo, podrán ser eximidos del curso selectivo aquellos aspirantes que acrediten formación similar obtenida en otras comunidades autónomas, cuando así sea expresamente reconocido por resolución del Director General competente en materia de coordinación de policías locales.

10.3. Durante el curso los aspirantes admitidos devengarán las retribuciones legales como funcionarios en prácticas, sin perjuicio de las compensaciones que puedan corresponder por gastos extraordinarios (desplazamiento, alojamiento y manutención) que conlleve su estancia en el centro de formación, con cargo al Ayuntamiento.

10.4. La calificación definitiva de los aspirantes en turno libre que hayan sido declarados aptos en el curso selectivo, vendrá dada por la suma de la obtenida en la oposición y la que hayan alcanzado en el curso selectivo de formación básica, elevándose la relación de aprobados por orden de puntuación al Alcalde del Ayuntamiento, para tramitar los nombramientos como funcionarios de carrera de los aspirantes seleccionados.

10.5. La calificación definitiva, para los aspirantes que accedan por turno de movilidad, vendrá dada por la puntuación obtenida en el concurso-oposición, elevándose la relación de aprobados por orden de puntuación, a la Alcaldesa del Ayuntamiento para tramitar el nombramiento como funcionarios de carrera de los aspirantes seleccionados.

10.6. Una vez efectuado el nombramiento, el opositor nombrado deberá tomar posesión en el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el siguiente al que le sea notificado el nombramiento. La falta de toma de posesión en el plazo indicado, sin causa justificada, conllevará la pérdida de los derechos del opositor en el proceso selectivo.

Base undécima.– Incidencias. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 

El tribunal queda autorizado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la oposición en todo lo no previsto en estas bases.

Serán de aplicación general las normas contenidas en el Reglamento de funcionarios de Administración Local, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, que aprueba el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado, Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de administración local, y demás legislación vigente.

Base duodécima.– Recursos. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 

La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta y de la actuación del tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Base decimotercera.– Desarrollo de las pruebas físicas.

Las pruebas se realizarán siguiendo el orden que determine el tribunal, con apoyo de personal especializado en la materia y de acuerdo con las siguientes reglas:

13.1. Prueba de potencia del tren inferior. Salto de longitud.

  • a. Disposición: El aspirante se colocará ante una línea de 1 metro de larga y de 0,05 metros de ancha, marcada en el suelo, paralela al foso de saltos y a una distancia de 0,50 metros del borde anterior del mismo. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 
  • b. Ejecución: Cuando se halle dispuesto, el aspirante flexionará y extenderá rápidamente el tren inferior para, apoyando los dos pies en el suelo, proyectar el cuerpo hacia adelante y caer en el foso. Está permitido el balance sobre punta-talón del pie o la elevación de talón antes del salto.
  • c. Medición: Se efectuará desde la parte de la línea más alejada del foso hasta la huella del aspirante más cercana a la línea de partida sobre la arena del foso. La medición será en metros y centímetros. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 
  • d. Intentos: Pueden realizarse tres intentos, contabilizándose el mejor.
  • e. Invalidaciones: El salto debe realizarse con un solo impulso de los pies, contabilizándose como nulo aquél en el que, una vez separados los pies del suelo, vuelvan a apoyarse de nuevo para la impulsión definitiva. Es nulo el salto que se produce por el apoyo alternativo y no simultáneo de los pies sobre el suelo. Es nulo el salto en el que el aspirante pise o rebase la línea en el momento de la impulsión.
  • Quedarán eliminados los aspirantes que no consigan superar las marcas establecidas o que realicen tres intentos nulos.
  • f. Marcas. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 

f.1. TURNO LIBRE:

Mujeres: Las opositoras serán eliminadas con un salto inferior a 1,90 m.

Hombres: Los opositores serán eliminados con un salto inferior a 2,30 m.

f.2. TURNO DE MOVILIDAD: Los opositores serán eliminados con saltos inferiores a los establecidos para cada categoría de edad.

SALTO DE LONGITUD (Pies juntos)
Edad Mujeres Hombres
Menos de 33 años 1,90 2,30
De 33 y hasta 38 años 1,80 2,20
De 39 y hasta 44 años 1,70 2,10
De 45 y más años 1,60 2,00

13.2. Prueba de potencia del tren superior. Lanzamiento de balón medicinal.

  • a. Disposición: El aspirante se colocará frente a una línea marcada en el suelo, de 1 metro de larga por 0,05 metros de ancha, paralela a la zona de lanzamiento, con los pies separados y la punta de los pies a la misma distancia de dicha línea.
  • b. Ejecución: Cuando esté dispuesto, el aspirante tomará el balón medicinal con ambas manos y lanzará el mismo, sacándole desde atrás y por encima de la cabeza, enviándole lo más lejos posible. No se podrá tomar carrera pero sí realizar movimientos de balanceo con brazos y cuerpo.
  • c. Medición: Se efectuará desde la parte de la línea más alejada de la zona de lanzamiento hasta la primera huella que deje el balón sobre la zona de caída. La medición será en metros y centímetros. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 
  • d. Intentos: Pueden realizarse tres intentos, contabilizándose el mejor.
  • e. Invalidaciones: Se considerarán lanzamientos nulos aquellos en los que el aspirante pise o rebase la línea, o cuando no tenga la punta de los pies a la misma distancia de la línea de lanzamiento, o cuando haga su lanzamiento saltando, despegando totalmente cualquiera de los pies o arrastrando cualquiera de los mismos hacia atrás o cuando el aspirante efectúe el lanzamiento con una sola mano.
  • f. Marcas. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 

f.1. TURNO LIBRE:

Mujeres: Balón medicinal de 3 kg. Las opositoras serán eliminadas con un lanzamiento inferior a 6,25 m.

Hombres: Balón medicinal de 5 kg. Los opositores serán eliminados con un lanzamiento inferior a 6,25 m.

f.2. TURNO DE MOVILIDAD: Los opositores serán eliminados con lanzamientos inferiores a los establecidos para cada categoría de edad.

LANZAMIENTO DE BALÓN MEDICINAL
Edad Mujeres (balón de 3 Kg) Hombres (balón de 5 Kg)
Menos de 33 años 6,25 6,25
De 33 y hasta 38 años 5,75 5,75
De 39 y hasta 44 años 5,25 5,25
De 45 y más años 4,75 4,75

13.3. Prueba de velocidad. Carrera de 60 metros lisos.

  • a. Disposición: El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado, pudiendo realizar la salida de pie o agachado, sin tacos de salida.
  • b. Ejecución: La propia en una carrera de velocidad, adaptada a los requisitos mínimos en cuanto a condiciones del terreno especificadas en el Reglamento de la Federación Internacional de Atletismo Aficionado (FIAA).
  • c. Medición: La toma de tiempos se realizará preferentemente mediante cronometrajes electrónicos, aunque podrá ser manual, duplicándose los cronos por cada calle, tomándose como válido, el tiempo medio de los dos medidos. Los tiempos deberán leerse en segundos y décimas de segundo. Si se utilizan cronómetros de centésimas de segundo con lectura digital, los tiempos que terminen en más de cinco en el segundo decimal, se convertirán a la próxima décima de segundo mayor.
  • Los tiempos mínimos de esta prueba, señalados en el apartado «f», se incrementarán en tres décimas, en caso de que la toma de tiempos se realice con medios electrónicos y foto finish.
  • d. Intentos: Solamente se permite un intento y dentro del mismo, una salida nula por cada corredor. A la segunda falta, el aspirante será eliminado.
  • e. Invalidaciones: De acuerdo con el Reglamento de la FIAA.
  • f. Marcas. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 

f.1. TURNO LIBRE:

Mujeres: Las opositoras serán eliminadas con un tiempo superior a 10 segundos y 4 décimas (10,4”).

Hombres: Los opositores serán eliminados con un tiempo superior a 8 segundos y 6 décimas (8,6”).

f.2. TURNO DE MOVILIDAD: Los opositores serán eliminados con tiempos superiores a los establecidos para cada categoría de edad.

CARRERA DE VELOCIDAD (60 metros)
Edad Mujeres Hombres
Menos de 33 años 10,4” 8,6”
De 33 y hasta 38 años 10,8” 9,0”
De 39 y hasta 44 años 11,2” 9,6”
De 45 y más años 11,8” 10,0”

13.4. Prueba de resistencia muscular. Carrera de 1.000 metros lisos.

  • a. Disposición: El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado para la salida, pudiendo realizarla de pie o agachado sin tacos.
  • b. Ejecución: La propia de este tipo de carreras sobre 1.000 metros, adaptada a los requisitos mínimos en cuanto a condiciones del terreno especificadas en el Reglamento de la Federación Internacional de Atletismo Aficionado (FIAA), pudiendo correr los opositores por calle libre desde el momento de la salida.
  • c. Medición: La toma de tiempos se realizará en minutos y segundos, a través de cronometrajes preferentemente electrónicos, aunque podrá ser manual, duplicándose los cronos por cada calle, tomándose como válido, el tiempo medio de los dos medidos.
  • d. Intentos: Solamente se permite un intento y dentro del mismo, una salida nula por cada corredor. A la segunda falta, el aspirante será eliminado.
  • e. Invalidaciones: De acuerdo con el Reglamento de la FIAA.
  • f. Marcas. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 

f.1. TURNO LIBRE: Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 

Mujeres: Las opositoras serán eliminadas con un tiempo superior a 4 minutos y 25 segundos (4’ 25”).

Hombres: Los opositores serán eliminados con un tiempo superior a 3 minutos y 30 segundos (3’ 30”).

f.2. TURNO DE MOVILIDAD: Los opositores serán eliminados con tiempos superiores a los establecidos para cada categoría de edad.

CARRERA DE RESISTENCIA (1.000 metros)
Edad Mujeres Hombres
Menos de 33 años 4´25” 3´30”
De 33 y hasta 38 años 4´40” 3´45”
De 39 y hasta 44 años 5´00” 4´05”
De 45 y más años 5´20” 4´25”

13.5. Prueba de natación (25 metros estilo libre).

  • a. Disposición: Los aspirantes podrán efectuar la salida desde el borde de salida o desde dentro de la piscina. En este caso deberá tocarse claramente la pared de dicho borde de salida con una mano o pie. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 
  • b. Ejecución: Una vez dada la salida, por el juez de salida, los aspirantes realizarán nadando 25 metros en estilo libre, debiendo tocar claramente el borde de llegada con alguna de las manos.
  • c. Medición: Manual. Se contabilizará el tiempo invertido. La medición se realizará en segundos.
  • d. Intentos: Solamente se permite un intento y dentro del mismo, una salida nula por cada nadador.
  • e. Invalidaciones: Se invalidará la prueba y quedará eliminado el aspirante que realice dos salidas nulas o que, aun cuando haya nadado los 25 metros, lo haya hecho sujetándose en alguna parte fija (corchera) o apoyándose en borde o suelo de la piscina y siempre que no se hayan nadado dichos 25 metros en el tiempo establecido.
  • f. Marcas. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 

f.1. TURNO LIBRE:

Mujeres: Las opositoras serán eliminadas con un tiempo superior a 24 segundos.

Hombres: Los opositores serán eliminados con un tiempo superior a 21 segundos.

f.2. TURNO DE MOVILIDAD: Los opositores serán eliminados con tiempos superiores a los establecidos para cada tramo de edad.

NATACIÓN (25 metros estilo libre)
Edad Mujeres Hombres
Menos de 33 años 24” 21”
De 33 y hasta 38 años 25” 22”
De 39 y hasta 44 años 26” 23”
De 45 y más años 27” 24”

Base decimocuarta.– Cuadro de exclusiones por consideraciones físicas y médicas para el ingreso en los cuerpos de policías Locales.

Para los diagnósticos establecidos en esta Base se tendrán en cuenta los criterios de las sociedades médicas de las especialidades correspondientes.

Todas estas exclusiones se garantizarán con las pruebas complementarias necesarias para el diagnóstico.

14.1. Exclusiones físicas. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 

14.1.1. Estatura mínima: 1,65 metros los hombres y 1,60 metros las mujeres.

14.1.2. Perímetro torácico: Diferencia entre máximo - mínimo: 4 cm o superior.

14.1.3. Espirometría: Mínima 3.000.

14.2. Exclusiones médicas. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 

14.2.1. Generales: Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 

    • Obesidad o delgadez manifiestas que dificulten o incapaciten para el ejercicio de las funciones propias del cargo. Se evaluará a través del Índice de Masa Corporal (IMC) que no debe ser inferior a 18,5 ni superior a 29,9, considerando el IMC como la relación resultante de dividir el peso de la persona expresado en kilos por el cuadrado de la talla expresado en metros.
    • En los aspirantes que posean un IMC comprendido entre 25 y 29,9, ambos inclusive, se realizará una medición del perímetro abdominal a la altura del ombligo. Este perímetro no será superior en ningún caso a 102 centímetros en los hombres o a 88 centímetros en las mujeres.

14.2.2. Enfermedades de la piel y los tejidos:

    • Psoriasis. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 
    • Eczema. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 
    • Cicatrices que produzcan limitación funcional.
    • Otros procesos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten o limiten el desarrollo la función policial.

14.2.3. Enfermedades del aparato digestivo:

    • Úlcera gastroduodenal. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 
    • Cirrosis hepática. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 
    • Hernias abdominales o inguinales. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 
    • Pacientes gastrectomizados, colostomizados o con secuelas postquirúrgicas que produzcan trastornos funcionales.
    • Enfermedad inflamatoria intestinal (enfermedad de Crhon o colitis ulcerosa).
    • Cualquier otro proceso digestivo que a juicio de los facultativos médicos dificulte el desempeño del puesto de trabajo.

14.2.4. Enfermedades del aparato cardiovascular:

    • Hipertensión arterial, no debiendo sobrepasar en reposo los 140 mm/Hg de presión sistólica, y los 90 mm/Hg de presión diastólica.
    • Varices o insuficiencia venosa periférica.
    • Cualquier otra patología o lesión cardiovascular que, a juicio de los facultativos médicos, puedan limitar el desempeño del puesto de trabajo.

14.2.5. Enfermedades del aparato respiratorio:

    • Asma bronquial. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 
    • Broncopatía u otra enfermedad pulmonar obstructiva crónica.
    • Neumotórax espontáneo recidivante. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 
    • Tuberculosis pulmonar activa. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 
    • Otros procesos del aparato respiratorio que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten el desarrollo de la función policial.

14.2.6. Enfermedades del aparato locomotor:

    • Alteraciones del aparato locomotor que limiten o dificulten el desarrollo de la función policial, o que puedan agravarse, a juicio de los facultativos médicos, con el desempeño del puesto de trabajo: Patología ósea de extremidades, retracciones o limitaciones funcionales de causa muscular o articular, defectos de columna vertebral y otros procesos óseos, musculares y articulares. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 

14.2.7. Enfermedades del aparato de visión:

    • Agudeza visual sin corrección inferior a los dos tercios de la visión normal en cada uno de los ojos.
    • Queratotomía radial. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 
    • Estrabismo. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 
    • Desprendimiento de retina. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 
    • Patología retiniana degenerativa. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 
    • Hemianopsias y alteraciones campimétricas.
    • Discromatopsias. Daltonismo en todos sus grados.
    • Cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los facultativos médicos, dificulte de manera importante la agudeza visual.

14.2.8. Enfermedad del aparato de la audición:

    • Agudeza auditiva que suponga una pérdida entre 1.000 y 3.000 hertzios a 35 decibelios o de 4.000 hertzios a 45 decibelios. Asimismo no podrá existir una pérdida auditiva en las frecuencias conversacionales igual o superior a 30 decibelios.
    • Cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los facultativos médicos, dificulte de manera importante la agudeza auditiva.

14.2.9. Enfermedad de la fonación:

    • Tartamudez permanente e importante.

14.2.10. Enfermedades del sistema nervioso y trastornos psiquiátricos:

    • Epilepsia. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 
    • Migraña. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 
    • Depresión. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 
    • Trastornos de la personalidad. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 
    • Psicosis. Oposiciones Policía Local Medina del Campo Oposiciones Policía Local Medina del Campo 
    • Alcoholismo, toxicomanías y drogodependencias a psicofármacos o a sustancias ilegales.
    • Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten el desarrollo de la función policial.

14.2.11. Enfermedades del aparato endocrino:

    • Diabetes.
    • Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten o limiten el desarrollo de la función policial.

14.2.12. Enfermedades infecciosas y del sistema inmunitario:

    • Enfermedades transmisibles en actividad.
    • Enfermedades inmunológicas sistémicas.
    • Intoxicaciones crónicas.
    • Hemopatías graves.
    • Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten o limiten el desarrollo de la función policial.

14.2.13. Otros procesos patológicos:

    • Cualquier enfermedad, síndrome o proceso patológico que, a juicio de los facultativos médicos, limite o incapacite al aspirante para el ejercicio de la función policial.

Base decimoquinta.– Temario de la prueba de conocimientos.

TEMARIO

GRUPO A

Tema 1. El sistema constitucional español. La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido. Principios generales. La reforma de la Constitución Española. El Estado español como Estado Social y Democrático de Derecho.

Tema 2. Derechos y deberes fundamentales. Derechos y Libertades. Garantías de las libertades y derechos fundamentales. Los principios rectores de la política social y económica. El Tribunal Constitucional. El Defensor del Pueblo.

Tema 3. Organización política del Estado español. Clase y forma de Estado. La Corona. Las Cortes Generales: Estructura y competencias. Procedimiento de elaboración de las leyes.

Tema 4. Organización política del Estado español. El poder ejecutivo. El Gobierno y la Administración. El Poder Judicial. Organización judicial española. El Ministerio Fiscal.

Tema 5. La Organización territorial del Estado. Las comunidades autónomas. Las administraciones locales.

Tema 6. La Comunidad Autónoma de Castilla y León. Instituciones: las Cortes de Castilla y León, el Presidente y la Junta de Castilla y León. El Estatuto de Autonomía. Idea general de las competencias de la Comunidad Autónoma.

Tema 7. La administración pública. Derecho administrativo general. Concepto. Fuentes del derecho administrativo: enumeración y clasificación. La jerarquía normativa. Los reglamentos.

Tema 8. El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos.

Tema 9. El procedimiento administrativo: principios informadores. Los interesados. Las fases del procedimiento administrativo: iniciación, ordenación, instrucción y terminación. Dimensión temporal del procedimiento.

Tema 10. Referencia a los procedimientos especiales. Especialidades del procedimiento administrativo local. La revisión de los actos administrativos: de oficio. Recursos administrativos.

Tema 11. La función pública en general. El Estatuto del empleado público. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios. Situaciones administrativas.

Tema 12. Los funcionarios de las entidades locales. Organización de la función pública local. Los grupos de funcionarios de la Administración Especial y General de las entidades locales.

Tema 13. La responsabilidad de la Administración. Fundamentos y clases. La responsabilidad de los funcionarios.

Tema 14. La Administración Local. Principios constitucionales y regulación jurídica. Entidades que comprende. La provincia: concepto, elementos y competencias. El Municipio: concepto y elementos. El término municipal. La población: especial referencia al empadronamiento.

Tema 15. La organización del municipio: El ayuntamiento. El alcalde. Los concejales. El pleno. La comisión de gobierno Local. Otros órganos administrativos.

Tema 16. Funcionamiento y competencias municipales. Los servicios públicos locales y sus formas de gestión. Las formas de actividad de las Entidades Locales. La intervención administrativa en la actividad privada; estudio especial de las licencias municipales. Ordenanzas. Reglamentos y Bandos: Clases, procedimiento de elaboración y aprobación.

Tema 17. Las fuerzas y cuerpos de seguridad. Clases y competencias. Disposiciones estatuarias comunes.

Tema 18. Los cuerpos de policía local. Su participación en la seguridad pública. Funciones como policía administrativa, de seguridad y policía judicial. Coordinación con otros cuerpos policiales. Las juntas locales de seguridad.

Tema 19. Las competencias de tráfico de la policía local. La policía local como policía de proximidad y asistencial.

Tema 20. Los cuerpos de policía local. Organización y estructura. Estatuto personal: La Ley 9/2003 de coordinación de policías locales de Castilla y León y su desarrollo.

Tema 21. Los cuerpos de policía local. Derechos y deberes. Sistema de responsabilidad, penal civil y administrativa. Régimen disciplinario.

Tema 22. Función y deontología policial. Los principios básicos de actuación. Códigos deontológicos para personas encargadas de hacer cumplir la Ley.

GRUPO B

Tema 1. El procedimiento penal. Principios que lo rigen y clases. Clases y competencias de los Juzgados y tribunales.

Tema 2. La Policía Judicial. Concepto y funciones. El atestado policial en la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Concepto y estructura.

Tema 3. Detención: concepto, clases y supuestos. Plazos de detención. Obligaciones del funcionario que efectúa una detención. Contenido de la asistencia letrada. Derecho del detenido. Responsabilidades penales en las que puede incurrir el funcionario que efectúa una detención. El procedimiento de «Habeas Corpus».

Tema 4. El Código Penal. Las infracciones penales. Personas criminalmente responsables. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.

Tema 5. Las penas y sus clases. Las medidas de seguridad. La responsabilidad civil derivada de los delitos.

Tema 6. El homicidio y sus formas. Las lesiones.

Tema 7. Delitos contra la libertad. Las torturas y otros delitos contra la integridad moral. Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales.

Tema 8. Delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad. Delitos contra el honor y contra las relaciones familiares.

Tema 9. Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico. Delitos contra los derechos de los trabajadores.

Tema 10. Delitos contra la seguridad colectiva. Los incendios. Delitos contra la salud pública. Delitos contra la seguridad vial.

Tema 11. Delitos cometidos por los funcionarios contra las garantías constitucionales.

Tema 12. Los delitos de imprudencia con especial relación a los cometidos con vehículos de motor.

Tema 13. La protección de la seguridad ciudadana: Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo.

Tema 14. La protección civil en España y en Castilla y León. Normas reguladoras.

Tema 15. Normativa básica sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Competencias de las Administraciones del Estado y de los Municipios.

Tema 16. Normas generales de circulación. Circulación de vehículos: velocidad, prioridad de paso, cambio de dirección, cambio de sentido y marcha atrás, adelantamientos, paradas y estacionamientos.

Tema 17. Cruce de pasos a nivel y puentes levadizos. Utilización del alumbrado. Advertencias de los conductores.

Tema 18. Señalización: normas generales. Prioridad, formato e idioma de las señales. Clases de señales.

Tema 19. Autorizaciones administrativas. Autorizaciones para conducir. Autorizaciones relativas a los vehículos.

Tema 20. Infracciones y sanciones. Medidas cautelares. Procedimiento sancionador en materia de tráfico.

Tema 21. El estacionamiento regulado de vehículos. Las Ordenanzas O.R.A.

GRUPO C

TEMAS ESPECÍFICOS

Tema 1. Historia y cultura del Municipio de Medina del Campo.

Tema 2. Patrimonio Histórico y Artístico del Municipio de Medina del Campo.

Tema 3. Geografía física y económica del Municipio de Medina del Campo.

Tema 4. Callejero del Municipio de Medina del Campo.

Tema 5. El Cuerpo de la Policía Local de Medina del Campo. Funciones y organización.

Tema 6. Ordenanza municipal de Circulación.

Tema 7. Ordenanza municipal del mercadillo semanal. Ordenanza municipal reguladora de la ocupación de la vía pública con terrazas.

Tema 8. Ordenanzas medioambientales: Ordenanza para la protección del medio ambiente contra la emisión de ruidos y vibraciones y Ordenanza municipal de recogida de residuos y limpieza viaria.

Tema 9. Ordenanza municipal reguladora de la tenencia y comercialización de perros y otros animales.

Tema 10. Ordenanza municipal sobre prevención del consumo abusivo de bebidas alcohólicas.

Base decimosexta.– Baremo de méritos para los aspirantes en turno de movilidad.

16.1. Méritos preferentes:

1.– Recompensas: Su reconocimiento exige la concesión reglamentaria por parte del ayuntamiento, de la Comunidad Autónoma o del Ministerio del Interior. No se valorarán las recompensas o felicitaciones relacionadas con el tiempo de servicios. La puntuación máxima por este apartado será de 2 puntos. La valoración de distinciones o recompensas no incluidas en el cuadro siguiente, serán valoradas por el tribunal motivadamente y siguiendo criterios de analogía con las Medallas al mérito policial de Castilla y León:

TIPO DE RECOMPENSA PUNT. UNITARIA PUNT. MÁXIMA
Felicitaciones (Alcalde, Pleno, Comisión) 0,25 0,50
Mérito Policial de Castilla y León-Oro individual 1,00 1,00
Mérito Policial de Castilla y León-Plata individual 0,75 0,75
Mérito Policial de Castilla y León-Oro colectiva 0,10 0,10
Mérito Policial de Castilla y León-Plata colectiva 0,075 0,075

2.– Conocimientos profesionales: Se valorará en este apartado el estar en posesión de títulos, diplomas o certificados de conocimientos de relevancia para la profesión policial, tales como criminología, atestados, educación vial, técnica policial, aptitud para el ascenso, etc. Se excluye el Curso de Formación Básica para ingreso en cuerpos de policía local.

Los títulos, diplomas o certificados deberán estar expedidos dentro de los cinco años inmediatamente anteriores a la convocatoria, por entidades públicas (universidades públicas o privadas homologadas, ministerios, Policía nacional, Guardia Civil, comunidades autónomas o entidades locales) y deberán hacer constar el número de horas o créditos (equivalente cada uno a 10 horas lectivas), la existencia y superación de pruebas de evaluación y el programa general de materias impartidas.

La puntuación máxima en este apartado será de 2 puntos, adecuándose a la siguiente tabla:

DURACIÓN PUNTUACIÓN
Más de 60 créditos o 600 horas 1,5
Más de 20 créditos o 200 horas 1,00
Entre 101 y 200 horas 0,75
Entre 61 y 100 horas 0,50
Entre 31 y 60 horas 0,25
Entre 20 y 30 horas 0,10

3.– Servicios prestados a las administraciones públicas: Se valorarán los servicios prestados en cualquier administración pública, tanto como funcionario, personal laboral, interino o eventual. Se acreditarán mediante certificación de servicios expedida por la administración de que se trate. La puntación máxima será de 2 puntos, de acuerdo con la siguiente tabla.

CLASE DE SERVICIOS PUNTOS POR MES DE SERVICIO
En fuerzas y cuerpos de seguridad 0,02
Otros servicios en administraciones públicas relacionados con la profesión policial 0,01

4.– Servicios en protección civil: Se valorarán los servicios de voluntariado de protección civil, a razón de 0,01 punto por cada 100 horas de servicio, certificadas por el responsable municipal del servicio de protección civil de la localidad en que hayan sido prestadas. La puntuación máxima será de 1 punto.

16.2. Méritos no preferentes:

5.– Idiomas: Se valorará el conocimiento de idiomas extranjeros, mediante acreditación de escuelas oficiales de idiomas, centros reconocidos oficialmente u homologado, según R.D. 1629/2006. La puntuación máxima será de 2 puntos, de acuerdo con la siguiente tabla:

NIVEL DEL MARCO COMÚN DE REFERENCIA EUROPEA PARA LENGUAS PUNTOS POR IDIOMA
B1 intermedio 0,25
B2 intermedio 0,50
C1 usuario competente 0,75
C2 usuario competente 1,00

6.– Socorrismo: Se valorará estar en posesión de algún título, diploma, certificado o equivalente, expedido o renovado dentro de los cinco años inmediatamente anteriores a la convocatoria, por autoridad competente de cualquier organismo, institución de carácter oficial o legalmente reconocida al efecto, federación deportiva, etc., que certifique y garantice los conocimientos en materia de salvamento, socorrismo, primeros auxilios, socorrismo acuático, etc., de acuerdo con la siguiente tabla. La puntuación máxima en este apartado será de 0,25 puntos.

DIPLOMA O CERTIFICADO PUNTOS
Primeros auxilios 0,10
Primeros auxilios y soporte vital básico 0,15
Socorrismo acuático 0,10

7.– Defensa Personal: Se valorará estar en posesión de conocimientos en materias de Artes Marciales, amparadas por el Consejo Superior de Deportes, y se valorará mediante la documentación que acredite estar en posesión del cinturón que corresponda. No se valorarán cinturones obtenidos hace más de diez años, salvo que se acredite su renovación o vigencia. La puntuación máxima será de 1 punto, valorándose solamente el de mayor categoría dentro de cada disciplina:

CINTURÓN PUNTOS
Cinturón naranja o verde 0,10
Cinturón azul o marrón 0,20
Cinturón negro 0,45

8.– Titulación académica: Se valorará estar en posesión de titulación superior a la exigida en la convocatoria. La puntuación máxima será de dos puntos. En la misma rama de estudios, solamente se valorará la titulación superior de las obtenidas.

ESTUDIOS CIENCIAS SOCIALES O JURÍDICAS OTRAS RAMAS
Estudios de primer ciclo (diplomado, maestro, arquitecto técnico o ingeniero técnico) 0,50 0,30
Grado 0,60 0,40
Estudios de primer y segundo ciclo (licenciado, arquitecto o ingeniero) 0,70 0,50
Licenciado de segundo ciclo (cuando se acredite una licenciatura anterior) 0,20 0,10
Máster 0,70 0,50
Doctorado 0,90 0,70

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Oposiciones Policía Local Valladolid

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¨Texto extraído íntegramente y sin modificación alguna del Boletín Oficial de Castilla y León Nº 83 (Viernes, 3 de Mayo de 2019).¨

¨Imagen extraída del Norte de Castilla, 17 de Diciembre de 2018¨

RESOLUCIÓN de 1 de abril de 2019, del Concejal Delegado de Hacienda, Función Pública y Promoción Económica del Ayuntamiento de Valladolid, por la que se aprueban las bases específicas y la convocatoria de pruebas selectivas para proveer 77 plazas de la categoría de Agente de la Policía Municipal (50 en turno libre, 20 en turno de movilidad y 7 en turno de reserva para militares profesionales de tropa y marinería). Expte.: PER-288/2019. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid

«Visto el expediente PER-288/2019, relativo a la convocatoria para la provisión de setenta y siete plazas de Agente de la Policía Municipal (cincuenta en turno libre, veinte en turno de movilidad y siete en turno de reserva para militares profesionales de tropa y marinería) correspondientes a la Oferta de Empleo Público 2018 y a la Oferta de Empleo Público Adicional a la anterior, vacantes en la plantilla del Ayuntamiento de Valladolid, el funcionario que suscribe propone que sea dictada resolución del tenor literal siguiente:

ANTECEDENTES Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid

Primero.– Las plazas convocadas se encuentran vacantes e incluidas en la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Valladolid para el año 2018 y en la Oferta de Empleo Público Adicional a la anterior, así como en la Relación de Puestos de Trabajo.

Segundo.– Se ha dado audiencia a la Junta de Personal Funcionario para que realice las alegaciones que estimen oportunas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid

Primero.– Corresponde la competencia para dictar la presente Resolución a la Junta de Gobierno, en virtud de lo establecido en el Art. 127.1.h de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, habiéndose delegado dicha competencia en el Concejal Delegado de Hacienda, Función Pública y Promoción Económica, por Acuerdo de fecha 1 de marzo de 2017.

Segundo.– La convocatoria se realiza para dar cumplimiento a lo acordado en la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Valladolid, aprobada por la Junta de Gobierno en sesión celebrada el día 22 de noviembre de 2018 y en la Oferta de Empleo Público Adicional del Ayuntamiento de Valladolid, aprobada por la Junta de Gobierno en sesión celebrada el día 26 de diciembre de 2018.

En vista de lo cual, atendidos los Antecedentes de Hecho y Fundamentos de Derecho expuestos, se propone la adopción de la siguiente RESOLUCIÓN: Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid

Primero.– Aprobar las bases específicas que regirán la convocatoria de pruebas selectivas para el acceso a la categoría de Agente de la Policía Municipal, encuadrada en la Subescala de Servicios Especiales, de la Escala de Administración Especial, del Grupo C, Subgrupo C1 de titulación, de los establecidos en el artículo 76 en relación con la Disposición Transitoria Tercera del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. Dichas bases figuran como Anexo I al presente Decreto. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid

Segundo.– Convocar, en ejecución de la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Valladolid, correspondiente al ejercicio 2018 y de la Oferta de Empleo Público Adicional a la anterior, pruebas selectivas para proveer 77 plazas de la categoría de Agente de la Policía Municipal, 50 en turno libre, 20 en turno de movilidad y 7 en turno de reserva para militares profesionales de tropa y marinería.

Tercero.– El importe de la tasa por derechos de examen es de 6,73 euros, según lo previsto en la base séptima de las Bases generales por las que se rigen los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Valladolid para la selección de personal funcionario, aprobadas por Decreto del Concejal Delegado del Área de Hacienda, Función Pública y Promoción Económica de 7 de septiembre de 2016.

Cuarto.– El orden de actuación de los aspirantes, en los ejercicios que no puedan realizarse conjuntamente, se iniciará alfabéticamente por aquéllos cuyo primer apellido comience por la letra «Ñ»; en el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por dicha letra, el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «O» y así sucesivamente, según la Resolución de 11 de abril de 2018, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.

Quinto.– El plazo de presentación de solicitudes de las personas interesadas en tomar parte en las pruebas selectivas será de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Sexto.– Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes, o bien, directamente, Recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid, de conformidad con lo establecido por el artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, contados, en ambos casos, desde el día siguiente al de la publicación del presente Decreto en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid, sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.»

Valladolid, 25 de abril de 2019. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid

El Concejal Delegado de Hacienda,  Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
Función Pública y Promoción Económica, Decreto núm. 2172, de fecha 1 de abril de 2019 Fdo.: Antonio Gato Casado

ANEXO I Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid

BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA POR LAS QUE SE REGIRÁ PARA LA PROVISIÓN DE SETENTA Y SIETE PLAZAS DE AGENTE DE LA POLICÍA MUNICIPAL (CINCUENTA EN TURNO LIBRE, VEINTE EN TURNO DE MOVILIDAD Y SIETE EN TURNO DE RESERVA PARA MILITARES PROFESIONALES DE TROPA Y MARINERÍA) DEL AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

Base Primera.– Objeto y calendario de la convocatoria.

1.1. Es objeto de las presentes Bases la provisión de 77 plazas de Agente del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Valladolid, pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, clase Policía Municipal, clasificadas en el grupo C, subgrupo C1, de los previstos en el artículo 76 en relación con la Disposición Transitoria Tercera del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y dotadas con el sueldo, trienios, pagas extraordinarias y demás retribuciones que correspondan con arreglo a la legislación vigente.

A dichas pruebas les será de aplicación lo establecido en la Ley 9/2003, de Coordinación de Policías Locales de Castilla y León, en el Decreto 84/2005, de 10 de noviembre, por el que se aprueban las Normas Marco a las que han de ajustarse los reglamentos de policía local de la Comunidad de Castilla y León, así como en las Bases Generales por las que se regirán los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Valladolid para la selección de personal funcionario, aprobadas por Decreto del Concejal Delegado del Área de Hacienda, Función Pública y Promoción Económica, de fecha 7 de septiembre de 2016 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid de 22 de septiembre de 2016 (B.O.P. n.º 222) y en la ORDEN FYM/871/2015, de 7 de octubre, por la que se aprueba el modelo de bases para las convocatorias de pruebas de acceso a la categoría de Agente de los Cuerpos de Policías Locales de Castilla y León.

1.2. El desempeño de estas plazas será incompatible con cualquier actividad remunerada, pública o privada, quedando sometido al régimen de incompatibilidad, con los deberes y obligaciones inherentes y con el derecho al percibo de las correspondientes retribuciones complementarias. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid

1.3. Las plazas se encuentran vacantes e incluidas en la Oferta Pública de Empleo, así como en la Oferta Pública de Empleo Adicional del Ayuntamiento, correspondientes al año 2018, así como en la relación de puestos de trabajo, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y promoción profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid

1.4. De las plazas convocadas, 20 se reservan al turno de movilidad y podrán ser cubiertas, por el sistema de concurso-oposición, por funcionarios con categoría de Agente que pertenezcan a otros cuerpos de Policía Local de Castilla y León, conforme determina el artículo 83.1 de las Normas Marco a las que han de ajustarse los reglamentos de policía local de la Comunidad de Castilla y León, aprobadas por Decreto 84/2005, de 10 de noviembre. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid

1.5. Asimismo, se reservan 7 plazas para el turno de acceso de militares profesionales de tropa y marinería y podrá ser cubierta, por el sistema de oposición, por todos aquellos aspirantes que cumplan los requisitos establecidos en la base tercera de la convocatoria, conforme al Convenio de Colaboración suscrito entre el Ministerio de Defensa y el Ayuntamiento de Valladolid, con fecha 6 de abril de 2015, en el artículo 29, apartado 4, de la Ley 9/2003, de 8 de abril, de Coordinación de Policías Locales de Castilla y León, en virtud de la nueva redacción introducida por la Ley 10/2014, de 23 de diciembre.

1.6. Las 50 plazas restantes, más las que no se cubran por los turnos de movilidad y de acceso de militares profesionales de tropa y marinería, se cubrirán mediante el sistema de oposición por los aspirantes en turno libre.

1.7. El procedimiento selectivo en sus fases de oposición o, en su caso, concurso-oposición, deberá resolverse en un plazo que no podrá exceder de ocho meses. Los solicitantes podrán entender desestimadas sus peticiones transcurrido el tiempo máximo establecido sin que recaiga resolución expresa.

Base Segunda.– Publicidad. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid

1.– La resolución por la que se apruebe la convocatoria, junto con sus bases, se publicará íntegramente en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica de la Corporación, en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Boletín Oficial de Castilla y León y, en extracto, en el Boletín Oficial del Estado. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid

2.– Las listas provisional y definitiva de admitidos y excluidos, la formación del órgano de selección y el lugar y fecha para la realización del primer examen, así como la lista definitiva de aspirantes que han superado el proceso selectivo se publicarán en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica de la Corporación y en el Boletín Oficial de la Provincia.

3.– La publicación de los actos y acuerdos que se dicten en desarrollo del proceso selectivo se realizará mediante su inserción en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica de la Corporación, la cual será vinculante a efectos de la convocatoria para la realización de los ejercicios que conforman el procedimiento de selección.

Base Tercera.– Requisitos de los aspirantes.

3.1. Turno libre. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid

Para tomar parte en la oposición en el turno libre será necesario reunir los siguientes requisitos:

  • a) Ser español. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
  • b) Tener dieciocho años de edad, edad referida al día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes y no superar la edad que para la jubilación forzosa se determine en la legislación vigente en materia de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
  • c) Estar en posesión de, al menos, un nivel de titulación equivalente al título de Bachiller, o al de un título de Formación Profesional de segundo grado o Formación Profesional de grado medio, o estar en condiciones de obtenerlo a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
  • En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite la homologación del título.
  • Este requisito no será exigible a quienes hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.
  • d) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente las correspondientes funciones.
  • e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñan en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
  • f) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.
  • g) Tener una estatura mínima de 160 centímetros las mujeres y 165 centímetros los hombres.
  • h) Estar en posesión de los permisos de conducir vehículos de motor de las clases A-2 y B.
  • i) Presentar declaración jurada de compromiso de portar armas y de utilizarlas en los casos previstos en la Ley.
  • j) Acreditar la aptitud física, mediante la presentación de un certificado médico extendido en un impreso oficial y firmado por un colegiado en ejercicio, en el que se haga constar expresamente que el aspirante reúne las condiciones físicas y sanitarias necesarias y suficientes para la realización de los ejercicios físicos que figuren especificados en la correspondiente prueba de la fase de oposición, así como las determinaciones exigidas respecto a la talla de los aspirantes. En todo caso, este certificado médico no excluirá las comprobaciones posteriores que integran la prueba de reconocimiento médico. Dicho certificado podrá sustituirse, en su caso, por una declaración responsable de la persona interesada, mediante la que manifieste reunir las condiciones exigidas, al no padecer enfermedad ni defecto físico que lo impida, para la realización de las pruebas físicas establecidas, eximiendo a la Administración convocante de cualquier responsabilidad que pudiera derivarse de la realización de dichas pruebas, como consecuencia de la falsedad de los datos contenidos en su declaración. La declaración responsable se presentará conforme al modelo establecido en el Anexo VII de las presentes bases. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid

3.2. Turno de movilidad. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid

Los aspirantes en turno de movilidad deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • a) Encontrarse en situación de servicio activo, con categoría de Agente, en un Cuerpo de Policía Local en Castilla y León, con una antigüedad mínima de cinco años en el Cuerpo de procedencia.
  • b) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos y no hallarse incapacitado para el ascenso por aplicación del régimen disciplinario previsto reglamentariamente.
  • c) No hallarse en situación de segunda actividad.
  • d) Estar en posesión de, al menos, un nivel de titulación equivalente al título de Bachiller, o al de un título de Formación Profesional de segundo grado o Formación Profesional de grado medio, o estar en condiciones de obtenerlo a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite la homologación del título.

Este requisito no será exigible a quienes hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.

3.3. Turno de reserva para el acceso de militares profesionales de tropa y marinería.

Para tomar parte en el turno de reserva para militares profesionales de tropa y marinería será necesario reunir los siguientes requisitos:

  • a) Los aspirantes procedentes de tropa y marinería deberán haber cumplido cinco o más años de servicio en las Fuerzas Armadas.
  • b) Que su relación profesional con las Fuerzas Armadas no se haya resuelto por la pérdida de aptitudes psicofísicas o como consecuencia de una causa penal o disciplinaria. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
  • c) Reunir el resto de requisitos exigidos para el turno libre.

3.4. Todos los requisitos mencionados deberán poseerse en el momento en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, y mantenerse hasta el nombramiento como funcionario de carrera.

Base cuarta.– Solicitudes. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid

4.1. La solicitud para participar en el proceso selectivo se ajustará al modelo que figura como Anexo VI de estas Bases, en el que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones que se exigen en la Base Tercera.

Dicho modelo podrá obtenerse, asimismo, en las Oficinas de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de Valladolid y, en formato electrónico, a través de internet, en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Valladolid (www.valladolid.gob.es).

4.2. Las solicitudes se dirigirán al Excmo. Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación y se presentarán, preferentemente, en el Registro General del Ayuntamiento de Valladolid. Sin perjuicio de lo anterior, las personas interesadas podrán presentar su solicitud de participación en los procesos selectivos en cualquiera de los lugares y formas previstas en el artículo 16.4 de la 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de que se opte por presentar la solicitud ante una oficina de Correos, se hará en sobre abierto, para que la misma sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada.

4.3. El plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados, en todo caso, a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

4.4. Las personas interesadas en tomar parte en el proceso selectivo prestarán su consentimiento al tratamiento de los datos de carácter personal recogidos en su solicitud, a su incorporación al correspondiente fichero de datos de carácter personal y a su publicación en Boletines Oficiales, tablones de anuncios, Sede electrónica y, en general, en cualquier medio que se utilice para la comunicación de los resultados parciales o definitivos del proceso selectivo y para la correcta preparación y ejecución de las pruebas correspondientes a dicho proceso. La falta de prestación de dicho consentimiento conllevará la inadmisión de la solicitud presentada, al estar regidos los procedimientos selectivos por el principio de publicidad.

4.5. El importe de la tasa por derechos de examen es de 6,73 euros, según lo previsto en la base séptima de las Bases generales por las que se rigen los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Valladolid para la selección de personal funcionario, aprobadas por Decreto del Concejal Delegado del Área de Hacienda, Función Pública y Promoción Económica de 7 de septiembre de 2016.

4.6. A la solicitud se acompañará: Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid

  • a) Copia del Documento Nacional de Identidad. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
  • b) Resguardo acreditativo de haber abonado los derechos de examen.
  • c) Copia de los permisos de conducir exigidos en la Base Tercera.
  • d) Certificado médico o declaración responsable, a que se refiere el apartado 1.j) de la base Tercera, que acredite que el aspirante no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le impida la realización de las pruebas físicas establecidas en el Anexo II.
  • e) Relación de méritos que el aspirante alegue para la fase de concurso en el caso del turno de movilidad, con el mismo orden que se cita en el Anexo V, acompañando los documentos que acrediten tales méritos. Cuando el interesado no hubiera podido obtener algún certificado por causa no imputable a él mismo, podrá aportar provisionalmente la solicitud de dicho certificado, debidamente registrada en el organismo competente. En todo caso, el certificado del mérito correspondiente deberá estar a disposición del Tribunal con anterioridad a la sesión de valoración de méritos a que se refiere la Base Novena.
  • f) Para los aspirantes a turno de reserva para militares profesionales de tropa y marinería, certificación acreditativa de su antigüedad en las Fuerzas Armadas. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid

Base Quinta.– Admisión y exclusión de aspirantes.

5.1. Terminado el plazo de presentación de instancias, se dictará resolución aprobando la lista provisional de admitidos y excluidos, que se hará pública en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Valladolid y en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid, concediendo un plazo de diez días hábiles a los aspirantes excluidos para reclamar y subsanar, en su caso, los defectos que motiven su exclusión. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid

5.2. Transcurrido el plazo para reclamar o subsanar, en su caso, se dictará resolución aprobando la lista definitiva de admitidos o excluidos, que se hará pública en el Tablón Oficial de Anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Valladolid y en el Boletín Oficial de la Provincia. En la misma resolución se señalará el lugar, la fecha y hora de comienzo de los ejercicios y el orden de actuación de los aspirantes, así como la composición del órgano de selección.

Base Sexta.– Órgano de selección.

6.1. El Órgano de Selección del procedimiento será designado mediante Decreto del Concejal Delegado General del Área de Hacienda, Función Pública y Promoción Económica, y su composición será el objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia así como en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica de la Corporación.

6.2. El órgano de selección estarán constituido por un Presidente, un Secretario con voz y sin voto, y un mínimo de cuatro Vocales, así como sus correspondientes suplentes. Su composición se ajustará a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros y responderá al principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres, salvo que concurran razones fundadas y objetivas, debidamente motivadas, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 53 y la Disposición Adicional Primera de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, así como en el artículo 60.1 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

Todos los miembros de los Tribunales deberán ser funcionarios de carrera y pertenecer a Cuerpos o Escalas para cuyo ingreso se requiera titulación de igual nivel o superior a la exigida para el acceso a las plazas convocadas. Su composición será la siguiente:

  • Presidente: Un funcionario del Ayuntamiento de Valladolid.
  • Vocales: Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
    • Dos funcionarios del Ayuntamiento de Valladolid. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
    • Dos funcionarios del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Valladolid.
    • Dos miembros designados a propuesta de los órganos de representación del personal de la Corporación.
  • Secretario: Será designado un funcionario del Ayuntamiento de Valladolid, que actuará con voz y sin voto.

6.3. Para la realización de las pruebas médicas, psicotécnicas y físicas se requerirán los servicios de personal especializado, que emitirá su informe con arreglo a las condiciones de la convocatoria, y a la vista de los cuales el Órgano de Selección resolverá. Asimismo podrán nombrarse asesores para aquellas materias que aquel estime necesario, que actuarán con voz pero sin voto.

Base Séptima.– Comienzo y desarrollo de los ejercicios.

7.1. El orden de actuación de los aspirantes, en los ejercicios que no puedan realizarse conjuntamente, se iniciará alfabéticamente por aquéllos cuyo primer apellido comience por la letra «Ñ»; en el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por dicha letra, el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «O» y así sucesivamente, según la Resolución de 11 de abril de 2018, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.

7.2. El orden concreto de desarrollo de las pruebas de la oposición o del concurso-oposición, en su caso, será fijado por el Tribunal en la sesión en la que se constituya. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid

7.3. El día, hora y lugar de realización del primer ejercicio de la fase de oposición será anunciado al menos con diez días naturales de antelación, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón Oficial de Anuncios de la Sede Electrónica de la Corporación. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid

Los anuncios de celebración del segundo y restantes ejercicios se efectuará por el Tribunal en los locales donde se haya celebrado el anterior, en el Tablón Oficial de Anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento y mediante cualesquiera otros medios que se juzgue convenientes, para facilitar su máxima divulgación, al menos con veinticuatro horas de antelación a la señalada para la iniciación de los mismos. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid

7.4. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, quedando decaídos en sus derechos los aspirantes que no comparezcan a realizarlo a la hora fijada, salvo los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal, para los que podrá realizarse una convocatoria extraordinaria.

Base Octava.– Fase de oposición. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid

Constará de las siguientes pruebas, todas ellas eliminatorias:

A.– Pruebas comunes para los aspirantes del turno de movilidad y del turno libre y de reserva para militares de tropa y marinería:

9.1. Prueba de aptitud física: Pruebas físicas tendentes a comprobar, entre otros aspectos, las condiciones de equilibrio, velocidad, resistencia y coordinación. Tendrá carácter eliminatorio y se ajustará a las condiciones establecidas en el Anexo I. La calificación será de «Apto» o «No apto». Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid

9.2. Reconocimiento médico: Tendrá carácter eliminatorio y se ajustará a las condiciones establecidas en el Anexo III.

El reconocimiento médico se realizará por personal técnico adecuado, que podrá realizar cuantos exámenes y pruebas médicas consideren necesarias para determinar el estado de cada aspirante, incluyendo análisis de sangre y orina, pruebas radiológicas, etc. La negativa a la realización de cualquier prueba médica será motivo para la exclusión del proceso selectivo.

Se garantiza la confidencialidad de los resultados. La calificación global de la prueba será de «Apto» o «No apto».

9.3. Pruebas de aptitud psíquica: Tendrán carácter eliminatorio y consistirá en la contestación de varios cuestionarios ajustados a los requerimientos propios del puesto a desempeñar, en especial los siguientes:

  • Prueba de Aptitudes: Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
    • Razonamiento verbal. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
    • Razonamiento abstracto. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
    • Rapidez y precisión perceptiva. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
    • Atención y resistencia a la fatiga. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
    • Agilidad mental. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
    • Memoria visual. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
  • Prueba de Personalidad:
    • Autocontrol. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
    • Estabilidad emocional. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
    • Capacidad empática y de manejo de la relación interpersonal. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policí
    • Seguridad en sí mismo. Sentido de la disciplina.
    • Autoridad. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
    • Trabajo en equipo.
    • Sociabilidad. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
    • Iniciativa. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
    • Objetividad. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid
    • Automotivación. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid

Las pruebas de aptitud psíquica se realizarán por personal técnico adecuado. A propuesta de los técnicos correspondientes, el tribunal podrá acordar la ampliación de la prueba mediante entrevistas a los aspirantes, destinada a contrastar y ampliar los resultados de las pruebas psicotécnicas escritas y para determinar la adecuación del candidato al perfil profesional. La calificación será de Apto o No apto.

B.– Prueba específica para los aspirantes del turno de movilidad:

Responder durante el tiempo que determine el tribunal, a un cuestionario de al menos 20 preguntas tipo test, sobre los contenidos de los temas del grupo C relacionados en el Anexo IV. Cada pregunta deberá contener cuatro respuestas alternativas.

El ejercicio se calificará sobre 10 puntos para el total de respuestas correctas, penalizándose las respuestas erróneas con un tercio del valor de cada respuesta acertada. Las preguntas sin respuesta no penalizarán; siendo necesario obtener al menos 5 puntos para superar la prueba. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid

C.– Pruebas específicas para los aspirantes del turno libre y de reserva para militares de tropa y marinería.

9.4. Prueba de conocimientos: Tendrá carácter eliminatorio y consistirá en contestar por escrito a los siguientes ejercicios:

Ejercicio Primero.– Responder durante el tiempo que determine el tribunal a un cuestionario de al menos 50 preguntas tipo test, con cuatro respuestas alternativas, sobre los contenidos de los temas relacionados en el Temario del Anexo IV; de las que al menos el 40 por 100 corresponderán a los temas del grupo A, al menos otro 40 por 100 corresponderán a los temas del grupo B y un máximo de un 20 por 100 corresponderán a los temas del grupo C.

El ejercicio se calificará sobre 10 puntos para el total de respuestas correctas, penalizándose las respuestas erróneas con un tercio del valor de cada respuesta acertada. Las preguntas sin respuesta no penalizarán.

Los aspirantes que no alcancen 5 puntos serán eliminados definitivamente de la prueba.

Ejercicio Segundo.– Desarrollar, durante un tiempo máximo de 45 minutos al planteamiento de un ejercicio práctico relacionado con los grupos A y B del Temario del Anexo IV.

El ejercicio se calificará sobre 10 puntos. La calificación global de la prueba de los aspirantes no eliminados será la media de las calificaciones de los dos ejercicios, siendo necesario obtener al menos cinco puntos para superarla.

Base Novena.– Fase de concurso para el turno de movilidad.

9.1. Una vez finalizada la fase de oposición, el Tribunal, procederá a la valoración de los méritos alegados y acreditados por los aspirantes que hayan superado dicha fase, de conformidad con los baremos establecidos en el Anexo V.

La puntuación otorgada a cada aspirante en esta fase de concurso se hará pública en el Tablón Oficial de Anuncios de la Sede Electrónica de la Corporación. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid

9.2. Esta fase no tiene carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.

Base Décima.– Calificación de las fases de concurso y oposición.

10.1. Turno de movilidad:

A los aspirantes del turno de movilidad que resulten aptos en las pruebas previstas se les sumará la calificación del ejercicio de conocimientos y la valoración obtenida en la fase de concurso.

Las vacantes de este turno se adjudicarán a los aspirantes con mayor puntuación.

En el caso de empate en la puntuación, accederán a las plazas los aspirantes que tengan más puntos en los méritos preferentes del baremo. De repetirse el empate en el baremo de méritos preferentes, accederán a las plazas los aspirantes que tengan mayor antigüedad en cuerpos de policía local.

10.2. Turno libre y de reserva para militares de tropa y marinería:

Los puntos obtenidos en la prueba de conocimientos darán la calificación definitiva de la oposición.

Las vacantes de estos turnos se adjudicarán a los aspirantes con mayor puntuación.

En el caso de empate en la puntuación, se resolverá a favor de quien obtenga mayor puntuación en cada uno de los ejercicios de la prueba de conocimientos, por orden de realización. De continuar el empate, se resolverá por orden de llamamiento en la convocatoria.

Base Undécima.– Relación de aprobados y presentación de documentos.

11.1. Una vez terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará en los lugares establecidos en la Base Segunda la relación de los aspirantes aprobados por orden de puntuación y elevará al Excmo. Sr. Alcalde la propuesta de adjudicación de vacantes.

11.2. Si además de los propuestos para las vacantes existentes, hubiera más aspirantes que hubieran aprobado los ejercicios de la oposición, el Tribunal publicará un listado complementario con dichos aspirantes, por orden de puntuación, a los efectos previstos en el párrafo segundo del artículo 61, apartado 8 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

11.3. Los opositores propuestos presentarán en el Ayuntamiento, dentro del plazo de quince días naturales contados a partir de la publicación de la Lista de aprobados, los siguientes documentos:

  • 1.º– Certificado negativo de antecedentes penales, expedido por órgano competente, referido a la fecha de publicación de la lista de aprobados en el Tablón de Anuncios.
  • 2.º– Declaración responsable de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
  • 3.º– Declaración jurada de compromiso de portar armas y utilizarlas en los casos previstos en la Ley.
  • 4.º– Título de Bachiller, Título de Formación Profesional de segundo grado o Formación Profesional de grado medio o titulación equivalente que habilite para el acceso al subgrupo C1 de los previstos en el artículo 76 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. En el supuesto de invocar título equivalente al exigido, habrá de acompañarse certificado expedido por la autoridad competente en materia educativa que acredite la equivalencia.
  • 5.º– Permiso de conducción de las clases A-2 y B.

11.4. Los aspirantes que opten por movilidad, presentarán, además, Certificación de servicios previos en el Ayuntamiento de origen y su baja en el mismo.

11.5. Los aspirantes que accedan por reserva para militares profesionales de tropa y marinería, presentarán Certificación de la Dirección de Personal del Ministerio de Defensa donde conste su antigüedad en los empleos en los que han prestado servicio en las Fuerzas Armadas.

11.6.– Si dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor, los opositores propuestos no presentaran su documentación o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación en la convocatoria.

Base duodécima.– Curso selectivo de formación básica y nombramientos.

12.1. Los aspirantes aprobados en el turno libre y de reserva para militares de tropa y marinería seguirán un Curso selectivo de Formación Básica, organizado por la Escuela Regional de Policía Local, como funcionarios en prácticas del Ayuntamiento, con arreglo al programa que se establezca, debiendo superar las pruebas que en el mismo se señalen.

12.2. Los aspirantes que acrediten haber realizado el Curso selectivo de Formación Básica en cualquier otra edición, estarán eximidos de realizarlo nuevamente, pudiendo ser nombrados funcionarios de carrera de manera inmediata, a cuyo efecto se tomará en consideración la calificación obtenida en el Curso realizado.

12.3. Durante el curso los aspirantes admitidos devengarán las retribuciones legales como funcionarios en prácticas, sin perjuicio de las compensaciones que puedan corresponder por gastos extraordinarios (desplazamiento, alojamiento y manutención) que conlleve su estancia en el centro de formación.

12.4. La calificación definitiva de los aspirantes en turno libre y de reserva para militares de tropa y marinería que hayan sido declarados aptos en el Curso selectivo vendrá dada por la suma de la obtenida en la oposición, y la que hayan alcanzado en el Curso selectivo de Formación Básica, elevándose la relación de aprobados por orden de puntuación al Excmo. Sr. Alcalde, para que formule el correspondiente nombramiento como funcionarios de carrera de los aspirantes seleccionados.

12.5. La calificación definitiva para los que accedan por movilidad vendrá dada por la puntuación obtenida en el concurso-oposición, elevándose la relación de aprobados por orden de puntuación, al Excmo. Sr. Alcalde, para que formule el correspondiente nombramiento.

12.6. Una vez efectuado el nombramiento, el opositor nombrado deberá tomar posesión en el plazo de treinta días hábiles, a contar del siguiente al que les sea notificado el nombramiento. La falta de toma posesión en el plazo indicado, sin causa justificada, conllevará la pérdida de los derechos del opositor en el proceso selectivo.

Base Decimotercera.– Incidencias.

El órgano de selección resolverá por mayoría de votos de los miembros presentes todas las dudas que surjan de la aplicación de las normas contenidas en las presentes bases y determinará la actuación procedente en los casos no previstos. Sus acuerdos solo podrán ser impugnados por los interesados, en los supuestos y en la forma establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Base Decimocuarta.– Recursos.

Esta convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de la misma y de la actuación del órgano de selección podrán ser impugnados por los interesados, en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

ANEXO II Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid

DESARROLLO DE LAS PRUEBAS FÍSICAS

Las pruebas se realizarán siguiendo el orden que determine el tribunal calificador, con apoyo de personal especializado en la materia y de acuerdo con las siguientes reglas:

1.– Prueba de potencia del tren inferior: Salto de longitud con los pies juntos:

  • a.– Disposición: El aspirante se colocará ante una línea de un metro de larga y de 0,05 metros de ancha, marcada en el suelo, paralela al foso de saltos y a una distancia de 0,50 metros del borde anterior del mismo.
  • b.– Ejecución: Cuando se halle dispuesto el aspirante flexionará y extenderá rápidamente el tren inferior para, apoyando los dos pies en el suelo, proyectar el cuerpo hacia adelante y caer en el foso. Está permitido el balance sobre punta-talón del pie o la elevación de talón antes del salto.
  • c.– Medición: Se efectuará desde la parte de la línea más alejada del foso hasta la huella del aspirante más cercana a la línea de partida sobre la arena del foso. La medición será en metros y centímetros.
  • d.– Intentos: Pueden realizarse tres intentos, contabilizándose el mejor.
  • e.– Invalidaciones: El salto debe realizarse con un solo impulso de los pies, contabilizándose como nulo aquél en el que una vez separados los pies del suelo, vuelvan a apoyarse de nuevo para la impulsión definitiva. Es nulo el salto que se produce por el apoyo alternativo y no simultáneo de los pies sobre el suelo. Es nulo el salto en el que el aspirante pise o rebase la línea en el momento de la impulsión.
  • Quedarán eliminados los aspirantes que no consigan superar las marcas establecidas o que realicen tres intentos nulos.
  • f.– Marcas.

f.1. Turno libre y de reserva para militares de tropa y marinería:

Mujeres: Las opositoras serán eliminadas con un salto inferior a 1,90 m.

Hombres: Los opositores serán eliminados con un salto inferior a 2,30 m.

f.2. Turno de movilidad:

Los opositores serán eliminados con saltos inferiores a los establecidos para cada categoría de edad.

SALTO DE LONGITUD (Pies juntos)
Edad Mujeres Hombres
Menos de 33 años 1,90 2,30
De 33 y hasta 38 años 1,80 2,20
De 39 y hasta 44 años 1,70 2,10
De 45 y más años 1,60 2,00

2.– Prueba de potencia del tren delantero: Lanzamiento de balón medicinal.

  • a.– Disposición: El aspirante se colocará frente a una línea marcada en el suelo, de 1 metro de larga por 0.05 metros de ancha, paralela a la zona de lanzamiento, con los pies separados y la punta de los pies a la misma distancia de dicha línea.
  • b.– Ejecución: Cuando esté dispuesto el aspirante, tomará el balón medicinal con ambas manos y lanzará el mismo, sacándole desde atrás y por encima de la cabeza, enviándole lo más lejos posible. No se podrá tomar carrera pero sí realizar movimientos de balanceo con brazos y cuerpo.
  • c.– Medición: Se efectuará desde la parte anterior de la línea más alejada del foso hasta la primera huella que deje el balón sobre la zona de caída. La medición será en metros y centímetros.
  • d.– Intentos: Podrán realizarse tres intentos, como máximo, puntuándose el mejor.
  • e.– Invalidaciones: Serán lanzamientos nulos:
    • Cuando el aspirante pise o rebase la línea.
    • Cuando el aspirante no tenga la punta de los pies a la misma distancia de la línea de lanzamiento.
    • Cuando el aspirante haga su lanzamiento saltando, despegando totalmente cualquiera de los pies o arrastrando cualquiera de los mismos hacia atrás.
    • Cuando el aspirante efectúe el lanzamiento con una sola mano.
  • f.– Marcas. Oposiciones Policía Local Valladolid Oposiciones Policía Local Valladolid

f.1. Turno libre y de reserva para militares de tropa y marinería:

Mujeres: Balón medicinal de 3 kg. Las opositoras serán eliminadas con un lanzamiento inferior a 6,25 m.

Hombres: Balón medicinal de 5 kg. Los opositores serán eliminados con un lanzamiento inferior a 6,25 m.

f.2. Turno de movilidad:

Los opositores serán eliminados con lanzamientos inferiores a los establecidos para cada categoría de edad.

LANZAMIENTO DE BALÓN MEDICINAL
Edad Mujeres (balón de 3 kg.) Hombres (balón de 5 kg.)
Menos de 33 años 6,25 6,25
De 33 y hasta 38 años 5,75 5,75
De 39 y hasta 44 años 5,25 5,25
De 45 y más años 4,75 4,75

3.– Prueba de velocidad (Carrera de 60 metros lisos):

  • a.– Disposición: El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado, pudiendo realizar la salida de pie o agachado, sin tacos de salida.
  • b.– Ejecución: La propia en una carrera de velocidad, adaptada a los requisitos mínimos en cuanto a condiciones del terreno especificadas en el Reglamento de la Federación Internacional de Atletismo Aficionado (FIAA).
  • c.– Medición: La toma de tiempos se realizará preferentemente mediante cronometrajes electrónicos, aunque podrá ser manual, duplicándose los cronos por cada calle, tomándose como válido, el tiempo medio de los dos medidos. Los tiempos deberán leerse en segundos y décimas de segundo. Si se utilizan cronómetros de centésimas de segundo con lectura digital, los tiempos que terminen en más de cinco en el segundo decimal, se convertirán a la próxima décima de segundo mayor.
  • Los tiempos mínimos de esta prueba señalados en el apartado f se incrementarán en tres décimas, en caso de que la toma de tiempos se realice con medios electrónicos y foto finish.
  • d.– Sólo se permiten un intento y dentro del mismo, una salida nula por cada corredor. A la segunda falta, el opositor será eliminado.
  • e.– Invalidaciones: De acuerdo con el Reglamento de la FIAA, y siempre que se haya superado el tiempo establecido.
  • f.– Marcas.

f.1. Turno libre y de reserva para militares de tropa y marinería:

Mujeres: Las opositoras serán eliminadas con un tiempo igual o superior a 10 segundos y 4 décimas (10,4”).

Hombres: Los opositores serán eliminados con un tiempo igual o superior a 8 segundos y 6 décimas (8,6”).

f.2. Turno de movilidad:

Los opositores serán eliminados con tiempos superiores a los establecidos para cada categoría de edad.

CARRERA DE VELOCIDAD (60 metros)
Edad Mujeres Hombres
Menos de 33 años 10,4” 8,6”
De 33 y hasta 38 años 10,8” 9,0”
De 39 y hasta 44 años 11,2” 9,6”
De 45 y más años 11,8” 10,0”

4.– Prueba de resistencia muscular (carrera de 1.000 metros lisos):

  • a.– Disposición: El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado para la salida, pudiendo realizarla de pie o agachado sin tacos.
  • b.– Ejecución: La propia de este tipo de carreras sobre 1.000 metros, adaptada a los requisitos mínimos en cuanto a condiciones del terreno especificadas en el Reglamento de la Federación Internacional de Atletismo Aficionado (FIAA), pudiendo correr los opositores por calle libre desde el momento de la salida.
  • c.– Medición: La toma de tiempos se realizará en minutos y segundos, a través de cronometrajes preferentemente electrónicos, aunque podrá ser manual, duplicándose los cronos por cada calle, tomándose como válido, el tiempo medio de los dos medidos.
  • d.– Intentos: Solamente se permite un intento y, dentro del mismo, una salida nula por cada corredor. A la segunda falta, el aspirante será eliminado.
  • e.– Invalidaciones: De acuerdo con el Reglamento de la FIAA.
  • f.– Marcas.

f.1. Turno libre y de reserva para militares de tropa y marinería:

Mujeres: Las opositoras serán eliminadas con un tiempo superior a 4 minutos y 25 segundos (4’ 25”).

Hombres: Los opositores serán eliminados con un tiempo superior a 3 minutos y 30 segundos (3’ 30”).

f.2. Turno de movilidad:

Los opositores serán eliminados con tiempos superiores a los establecidos para cada categoría de edad.

CARRERA DE RESISTENCIA (1000 metros)
Edad Mujeres Hombres
Menos de 33 años 4’ 25” 3’ 30”
De 33 y hasta 38 años 4’ 40” 3’ 45”
De 39 y hasta 44 años 5’ 00” 4’ 05”
De 45 y más años 5’ 20” 4’ 25”

5.– Prueba de natación (25 m estilo libre).

  • a.– Disposición: Los aspirantes podrán efectuar la salida desde el borde de salida o desde dentro de la piscina. En este caso deberá tocarse claramente la pared de dicho borde de salida con una mano o pie.
  • b.– Ejecución: Una vez dada la salida, por el juez de salida, los aspirantes realizarán nadando 25 metros en estilo libre, debiendo tocar claramente el borde de llegada con alguna de las manos.
  • c.– Medición: Manual. Se contabilizará el tiempo invertido. La medición se realizará en segundos.
  • d.– Intentos: Solamente se permite un intento y, dentro del mismo, una salida nula por cada nadador.
  • e.– Invalidaciones: Se invalidará la prueba y quedará eliminado el aspirante que realice dos salidas nulas o que, aún cuando haya nadado los 25 metros, lo haya hecho sujetándose en alguna parte fija (corchera) o apoyándose en borde o suelo de la piscina y siempre que no se hayan nadado dichos 25 metros en el tiempo establecido.
  • f.– Marcas.

f.1. Turno libre y de reserva para militares de tropa y marinería:

Mujeres: Las opositoras serán eliminadas con un tiempo superior a 24 segundos.

Hombres: Los opositores serán eliminados con un tiempo superior a 21 segundos.

f.2. Turno de movilidad:

Los opositores serán eliminados con tiempos superiores a los establecidos para cada categoría de edad.

Natación (25 metros estilo libre)
Edad Mujeres Hombres
Menos de 33 años 24” 21”
De 33 y hasta 38 años 25” 22”
De 39 y hasta 44 años 26” 23”
De 45 y más años 27” 24”

ANEXO III

CUADRO DE EXCLUSIONES POR CONSIDERACIONES FÍSICAS Y MÉDICAS PARA EL INGRESO EN LOS CUERPOS DE POLICÍAS LOCALES

Para los diagnósticos establecidos en esta Base se tendrán en cuenta los criterios de las sociedades médicas de las especialidades correspondientes.

Todas estas exclusiones se garantizarán con las pruebas complementarias necesarias para el diagnóstico.

1.– Exclusiones físicas.

1.1. Estatura mínima: Hombres: 1,65 metros; mujeres: 1,60 metros.

1.2. Perímetro torácico: Diferencia entre máximo - mínimo: 4 cm o superior.

1.3. Espirometría: Mínima 3.000.

2.– Exclusiones médicas.

2.1. Generales:

  • Obesidad o delgadez manifiesta que dificulten o incapaciten para el ejercicio de las funciones propias del cargo. Se evaluará a través del índice de masa corporal (IMC), que no debe ser inferior a 18,5 ni superior a 29,9, considerando el IMC como la relación resultante de dividir el peso de la persona expresado en kilos por el cuadrado de la talla expresado en metros.
  • En los aspirantes que posean un IMC comprendido entre 25 y 29,9, ambos inclusive, se realizará una medición del perímetro abdominal a la altura del ombligo. Este perímetro no podrá ser superior, en ningún caso a 102 centímetros en los hombres o a 88 centímetros en las mujeres.

2.2. Enfermedades de la piel y los tejidos:

  • Psoriasis.
  • Eczema.
  • Cicatrices que produzcan limitación funcional.
  • Otros procesos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten o limiten el desarrollo de la función policial.

2.3. Enfermedades del aparato digestivo:

  • Úlcera gastroduodenal.
  • Cirrosis hepática.
  • Hernias abdominales o inguinales.
  • Pacientes gastrectomizados, colostomizados o con secuelas postquirúrgicas que produzcan trastornos funcionales.
  • Enfermedad inflamatoria intestinal. (enfermedad de Crohn o colitis ulcerosa).
  • Cualquier otro proceso digestivo que, a juicio de los facultativos médicos, dificulte el desempeño del puesto de trabajo.

2.4. Enfermedades del aparato cardiovascular:

  • Hipertensión arterial de cualquier causa, no debiendo sobrepasar las cifras en reposo los 140 mm/Hg en presión sistólica, y los 90 mm/Hg en presión diastólica.
  • Varices o insuficiencia venosa periférica.
  • Cualquier otra patología o lesión cardiovascular que, a juicio de los facultativos médicos, pueda limitar el desempeño del puesto de trabajo.

2.5. Enfermedades del aparato respiratorio:

  • Asma bronquial.
  • Broncopatía u otra enfermedad pulmonar obstructiva crónica.
  • Neumotórax espontáneo recidivante.
  • Tuberculosis pulmonar activa.
  • Otros procesos del aparato respiratorio que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten el desarrollo de la función policial.

2.6. Enfermedades del aparato locomotor:

  • Alteraciones del aparato locomotor que limiten o dificulten el desarrollo de la función policial, o que puedan agravarse, a juicio de los facultativos médicos, con el desempeño del puesto de trabajo (patología ósea de extremidades, retracciones o limitaciones funcionales de causa muscular o particular, defectos de columna vertebral y otros procesos óseos, musculares y articulares).

2.7. Enfermedades del aparato de visión:

  • Agudeza visual sin corrección inferior a los dos tercios de la visión normal en cada uno de los ojos.
  • Queratotomía radial.
  • Estrabismo.
  • Desprendimiento de retina.
  • Patología retiniana degenerativa.
  • Estrabismo.
  • Hemianopsias y alteraciones campimétricas.
  • Discromatopsias. Daltonismo en todos sus grados.
  • Cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los facultativos médicos, dificulte de manera importante la agudeza visual.

2.8. Enfermedad del aparato de la audición:

  • Agudeza auditiva que suponga una pérdida entre 1.000 y 3.000 Hertzios a 35 decibelios o de 4.000 Hertzios a 45 decibelios. Asimismo. No podrá existir una pérdida auditiva en las frecuencias conversacionales igual o superior a 30 decibelios.
  • Cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los facultativos médicos, dificulte de manera importante la agudeza visual.

2.9. Enfermedad de la fonación:

  • Tartamudez permanente e importante.

2.10. Enfermedades del sistema nervioso y trastornos psiquiátricos:

  • Epilepsia.
  • Migraña.
  • Depresión.
  • Trastornos de la personalidad.
  • Psicosis.
  • Alcoholismo, toxicomanías y drogodependencias a psicofármacos o a sustancias ilegales.
  • Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten el desarrollo de la función policial.

2.11. Enfermedades del aparato endocrino:

  • Diabetes.
  • Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten el desarrollo de la función policial.

2.12. Enfermedades infecciosas y del sistema inmunitario:

  • Enfermedades transmisibles en actividad.
  • Enfermedades inmunológicas sistémicas.
  • Intoxicaciones crónicas.
  • Hemopatías graves.
  • Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten el desarrollo de la función policial.

2.13. Otros procesos patológicos:

  • Cualquier otro proceso que, a juicio del Tribunal Médico, limite o incapacite para el desarrollo de su trabajo.

ANEXO IV

TEMARIO

GRUPO A

Tema 1.– El sistema constitucional español. La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido. Principios generales. La reforma de la Constitución Española. El Estado Español como Estado Social y Democrático de Derecho.

Tema 2.– Derechos y deberes fundamentales. Derechos y Libertades. Garantías de las libertades y derechos fundamentales. Los principios rectores de la política social y económica. El Tribunal Constitucional. El Defensor del Pueblo.

Tema 3.– Organización política del Estado español. Clase y forma de Estado. La Corona. Las Cortes Generales: Estructura y competencia. Procedimiento de elaboración de las leyes.

Tema 4.– Organización política del Estado español. El poder ejecutivo. El Gobierno y la Administración. El Poder Judicial. Organización judicial española. El Ministerio Fiscal.

Tema 5.– La Organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Las Administraciones Locales.

Tema 6.– La Comunidad Autónoma de Castilla y León. Instituciones: las Cortes de Castilla y León, el Presidente y la Junta de Castilla y León. El Estatuto de Autonomía. Idea general de las competencias de la Comunidad Autónoma.

Tema 7.– La Administración Pública. Derecho Administrativo general. Concepto. Fuentes del Derecho Administrativo: enumeración y clasificación. La jerarquía normativa. Los reglamentos.

Tema 8.– El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos.

Tema 9.– El procedimiento administrativo: principios informadores. Los interesados. Las fases del procedimiento administrativo: iniciación, ordenación, instrucción y terminación. Dimensión temporal del procedimiento.

Tema 10.– Referencia a los procedimientos especiales. Especialidades del procedimiento administrativo local. La revisión de los actos administrativos: de oficio. Recursos administrativos.

Tema 11.– La función pública en general. El Estatuto del empleado público. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios. Situaciones administrativas.

Tema 12.– Los funcionarios de las entidades locales. Organización de la función pública local. Los grupos de funcionarios de la Administración Especial y General de las entidades locales.

Tema 13.– La responsabilidad de la Administración. Fundamentos y clases. La responsabilidad de los funcionarios.

Tema 14.– La Administración Local. Principios constitucionales y regulación jurídica. Entidades que comprende. La provincia: concepto, elementos y competencias. El Municipio: concepto y elementos. El término municipal. La población: especial referencia al empadronamiento.

Tema 15.– Los órganos de gobierno de los municipios. El Ayuntamiento Pleno. La Junta de Gobierno Local. El Alcalde. Los Concejales. Otros órganos administrativos.

Tema 16.– Funcionamiento y competencias municipales. Los servicios públicos locales y sus formas de gestión. Las formas de actividad de las Entidades Locales. La intervención administrativa en la actividad privada; estudio especial de las licencias municipales. Ordenanzas. Reglamentos y Bandos. Clases, procedimiento de elaboración y aprobación.

Tema 17.– Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Clases y competencias. Disposiciones estatuarias comunes.

Tema 18.– Los Cuerpos de Policía Local. Su participación en la seguridad pública. Funciones como Policía Administrativa, de Seguridad y Policía Judicial. Coordinación con otros Cuerpos Policiales. Las Juntas Locales de Seguridad.

Tema 19.– Las competencias de tráfico de la Policía Local. La Policía Local como policía de proximidad y asistencial.

Tema 20.– Los Cuerpos de Policía Local. Organización y estructura. Estatuto personal: La Ley 9/2003 de Coordinación de las Policías Locales de Castilla y León y su desarrollo.

Tema 21.– Los Cuerpos de Policía Local. Derechos y deberes. Sistema de responsabilidad penal, civil y administrativa. Régimen disciplinario.

Tema 22.– Función y deontología policial. Los principios básicos de actuación. Códigos deontológicos para personas encargadas de hacer cumplir la Ley.

GRUPO B

Tema 1.– El procedimiento penal. Principios que lo rigen y clases. Clases y competencias de los Juzgados y Tribunales.

Tema 2.– La Policía Judicial. Concepto y funciones. El atestado policial en la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Concepto y estructura.

Tema 3.– Detención. Concepto, clases y supuestos. Plazos de detención. Obligaciones del funcionario que efectúa una detención. Contenido de la asistencia letrada. Derechos del detenido. Responsabilidades penales en que puede incurrir el funcionario que efectúa una detención. El procedimiento de Habeas Corpus.

Tema 4.– El Código Penal. Las infracciones penales. Personas criminalmente responsables. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.

Tema 5.– Las penas, sus clases. Las medidas de seguridad. La responsabilidad civil derivada de los delitos.

Tema 6.– El homicidio y sus formas. Las lesiones.

Tema 7.– Delitos contra la libertad. Las torturas y otros delitos contra la integridad moral. Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales.

Tema 8.– Delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad. Delitos contra el honor y contra las relaciones familiares.

Tema 9.– Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico. Delitos contra los derechos de los trabajadores.

Tema 10.– Delitos contra la seguridad colectiva. Los incendios. Delitos contra la salud pública. Delitos contra la seguridad Vial.

Tema 11.– Delitos cometidos por los funcionarios contra las garantías constitucionales.

Tema 12.– Los delitos de imprudencia con especial relación a los cometidos con vehículos de motor.

Tema 13.– La protección de la seguridad ciudadana: Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo.

Tema 14.– La protección civil en España y en Castilla y León. Normas reguladoras.

Tema 15.– Normativa básica sobre el tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Competencias de las Administraciones del Estado y de los Municipios.

Tema 16.– Normas generales de circulación. Circulación de vehículos: velocidad, prioridad de paso, cambio de dirección, cambio de sentido y marcha atrás, adelantamientos, paradas y estacionamientos.

Tema 17.– Cruce de pasos a nivel y puentes levadizos. Utilización del alumbrado. Advertencias de los conductores.

Tema 18.– Señalización: normas generales. Prioridad, formato e idioma de las señales. Clases de señales.

Tema 19.– Autorizaciones administrativas. Autorizaciones para conducir. Autorizaciones relativas a los vehículos.

Tema 20.– Infracciones y sanciones. Medidas cautelares. Procedimiento sancionador en materia de tráfico.

Tema 21.– El estacionamiento regulado de vehículos. Las Ordenanzas O.R.A.

GRUPO C

TEMAS ESPECÍFICOS DEL MUNICIPIO DE VALLADOLID.

Tema 1.– Historia y cultura del Municipio de Valladolid.

Tema 2.– Geografía física y económica del Municipio de Valladolid.

Tema 3.– Callejero del Municipio.

Tema 4.– Reglamento orgánico del Ayuntamiento de Valladolid.

Tema 5.– Reglamento de limpieza, recogida y eliminación de residuos sólidos urbanos.

Tema 6.– Reglamento de venta fuera de establecimientos comerciales permanentes.

Tema 7.– Reglamento de tráfico, aparcamiento, circulación y seguridad vial: artículos del 1 al 56.

Tema 8.– Reglamento de tráfico, aparcamiento, circulación y seguridad vial: artículos del 57 al final.

Tema 9.– Ordenanza municipal de protección del medio urbano.

Tema 10.– El Plan de Igualdad de oportunidades para el personal del Ayuntamiento de Valladolid y de las Fundaciones Municipales. Objetivos generales, actuaciones y acciones. Protocolo de actuación del Ayuntamiento de Valladolid y de las Fundaciones Municipales en casos de acoso sexual y/o sexista.

ANEXO V

BAREMO DE MÉRITOS PARA LOS ASPIRANTES DEL TURNO DE MOVILIDAD

A) MÉRITOS PREFERENTES:

1.– Recompensas:

Su reconocimiento exige la concesión reglamentaria por parte de la Corporación, de la Comunidad Autónoma o del Ministerio del Interior. No se valorarán las recompensas o felicitaciones relacionadas con el tiempo de servicios. La puntuación máxima por este apartado será de 2 puntos:

TIPO DE RECOMPENSA PUNT. UNITARIA PUNT. MÁXIMA
Felicitaciones (Alcalde, Pleno, Comisión) 0’25 0’50
Mérito Policial 0’50 0,50
Mérito de la Ciudad 1 1
Mérito Policial de Castilla y León-Oro individual 1 1
Mérito Policial de Castilla y León-Plata individual 0’75 0,75
Mérito Policial de Castilla y León-Oro colectiva 0’10 0,10
Mérito Policial de Castilla y León-Plata colectiva 0’075 0,075

2.– Conocimientos profesionales:

Se valorará en este apartado el estar en posesión de títulos, diplomas o certificados de conocimientos de relevancia para la profesión policial, tales como Criminología, Atestados, Educación vial, Técnica policial, aptitud para el ascenso, etc. Se excluye el Curso Selectivo de formación básica para ingreso en cuerpos de policía local.

Los títulos, diplomas o certificados deberán estar expedidos dentro de los cinco años inmediatamente anteriores a la convocatoria, por entidades públicas (Universidades públicas o privadas homologadas, Ministerios, Policía Nacional, Guardia Civil, Comunidades Autónomas o Entidades Locales) y deberán hacer constar el número de horas o créditos (equivalente cada uno a 10 horas lectivas), la existencia y superación de pruebas de evaluación y el programa general de materias impartidas.

La puntuación máxima en este apartado será de 2 puntos, adecuándose a la siguiente tabla:

DURACIÓN PUNTUACIÓN
más de 60 créditos o 600 horas 1,5
más de 20 créditos o 200 horas 1
entre 101 y 200 horas 0,75
entre 61 y 100 horas 0,50
entre 31 y 60 horas 0,25
entre 20 y 30 horas 0,10

3.– Servicios prestados a la Administración:

Se valorarán los servicios prestados en cualquier Administración Pública, tanto como funcionario, personal laboral, interino o eventual. No se computará el tiempo del Servicio Militar Obligatorio. Se acreditarán mediante certificación de servicios expedida por la Administración de que se trate. La puntuación máxima será de 2 puntos, de acuerdo con la siguiente tabla:

CLASE DE SERVICIOS PUNTOS POR MES DE SERVICIO
En fuerzas y cuerpos de seguridad 0,02
Otros servicios en Administraciones Públicas relacionados con la profesión policial 0,01

4.– Servicios de Protección Civil:

Se valorarán los servicios de voluntariado de Protección Civil, a razón de 0,01 punto por cada 100 horas de servicio, certificadas por el responsable del Servicio de Protección Civil de la localidad en que hayan sido prestadas. La puntuación máxima será de 1 punto.

B) MÉRITOS NO PREFERENTES.

5.– Idiomas:

Se valorará el conocimiento de idiomas extranjeros, mediante acreditación de centros reconocidos oficialmente o Escuelas Oficiales de Idiomas, según Real Decreto 1629/2006 (B.O.E. de 4 de enero de 2007). La puntuación máxima será de 2 puntos, de acuerdo con la siguiente tabla:

NIVEL DEL MARCO COMÚN DE REFERENCIA EUROPEA PARA LENGUAS PUNTOS POR IDIOMA
B1 intermedio 0,25
B2 intermedio 0,50
C1 usuario competente 0,75
C2 usuario competente 1,00

6.– Socorrismo:

Se valorará estar en posesión de algún título, diploma, certificado o equivalente, expedido o renovado dentro de los cinco años inmediatamente anteriores a la convocatoria, por autoridad competente de cualquier organismo, institución de carácter oficial o legalmente reconocida al efecto, federación deportiva, etc. que certifique y garantice los conocimientos en materia de Salvamento, Socorrismo, Primeros Auxilios, Socorrismo Acuático, etc. Deberán acreditarse mediante licencias, diplomas, etc. de acuerdo con la siguiente tabla. La puntuación máxima en este apartado será de 0,25 puntos.

DIPLOMA O CERTIFICADO PUNTOS
Primeros auxilios 0,10
Primeros auxilios y soporte vital básico 0,15
Socorrista acuático 0,10

7.– Defensa Personal:

Se valorará estar en posesión de conocimientos en materia de Artes Marciales, amparadas por el Consejo Superior de Deportes, y se valorará mediante la documentación que acredite estar en posesión del Cinturón que corresponda. No se valorarán cinturones obtenidos hace más de diez años, salvo que se acredite su renovación o vigencia. La puntuación máxima será de 1 punto, valorándose solamente el de mayor categoría dentro de cada disciplina.

CINTURÓN PUNTOS
Cinturón naranja o verde 0,10
Cinturón Azul o Marrón 0,20
Cinturón Negro 0,45

8.– Titulación académica:

Se valorará estar en posesión de una titulación superior a la exigida para la convocatoria. La puntuación máxima será de dos puntos. En la misma rama de estudios solamente se valorará la titulación superior de las obtenidas.

ESTUDIOS CIENCIAS SOCIALES O JURÍDICAS OTRAS RAMAS
Estudios de primer ciclo (diplomado, maestro, arquitecto técnico o ingeniero técnico) 0,50 0,30
Grado 0,60 0,40
Estudios de segundo ciclo (licenciado, arquitecto o ingeniero) 0,70 0,50
Licenciatura de segundo ciclo (cuando se acredite una licenciatura anterior) 0,20 0,10
Máster 0,70 0,50
Doctorado 0,90 0,70

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Oposiciones Policía Local Soria

Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

ACUERDO de 12 de abril de 2019, de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Soria, por el que se aprueban las bases y la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de ocho plazas de Agente de la Policía Local del Ayuntamiento de Soria. Expte.: 4032/2018.

Ejecutando acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Soria, en sesión ordinaria del día doce de abril de dos mil diecinueve, se convoca.

CONCURSO-OPOSICIÓN PARA LA PROVISIÓN DE OCHO PLAZAS DE AGENTE DE LA POLICÍA LOCAL DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SORIA QUE SE REGIRA POR LAS SIGUIENTES BASES

Base Primera.– Objeto y calendario de la convocatoria.

1.1. Es objeto de las presentes Bases la provisión de ocho plazas de la categoría de Agente de la Policía Local, vacantes en la plantilla de personal funcionario del Excmo. Ayuntamiento de Soria, pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase Seguridad Ciudadana, Categoría Agente y clasificadas en el Grupo C, Subgrupo C1 de los establecidos en el Art. 76 del R.D.L. 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y dotadas con el sueldo, trienios, pagas extraordinarias y demás retribuciones que correspondan con arreglo a la legislación vigente.

1.2. El desempeño de estas plazas será incompatible con cualquier actividad remunerada, pública o privada, quedando sometido al régimen de incompatibilidad, con los deberes y obligaciones inherentes y con el derecho al percibo de las correspondientes retribuciones complementaria.

1.3. Se trata de plazas vacantes y que van a quedar vacantes a lo largo del año 2019, e incluidas en la oferta de empleo público del Ayuntamiento para el año 2019, así como en la relación de puestos de trabajo de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se prueba el Reglamento General de ingreso del personal al Servicio de la Administración General del Estado. Podrá ampliarse el número de plazas de la convocatoria con las vacantes que se produzcan en la categoría de Agente en el cuerpo de la policía local de Soria antes de la finalización de la oposición.

1.4. De las plazas convocadas dos se reservan al turno de movilidad y podrán ser cubiertas por funcionarios de la misma categoría que pertenezcan a otra plantilla de la policía local de la Comunidad de Castilla y León, conforme determina el artículo 83.1 de las Normas Marco a las que han de ajustarse los Reglamento de policía local de la Comunidad de Castilla y León, aprobadas por Decreto 84/2005, de 10 de noviembre.

1.5. El resto de plazas, más las que no se cubran en turno de movilidad, se cubrirán mediante concurso-oposición libre. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

1.6. El procedimiento selectivo, en sus fases de concurso y oposición, deberá resolverse en un plazo que no podrá exceder de ocho meses. Los solicitantes podrán entender desestimadas sus peticiones transcurrido el tiempo máximo establecido sin que recaiga resolución expresa.

Base segunda.– Requisitos de los aspirantes. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

2.1. Para tomar parte en el concurso-oposición, en turno libre, será necesario reunir los siguientes requisitos:

  • a) Ser español. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria
  • b) Tener dieciocho años de edad, referida al día en que finalice el plazo de presentación de instancias y no superar la edad que para la jubilación forzosa se determine en la legislación vigente en materia de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria
  • c) Estar en posesión o en condiciones de obtener la titulación de bachiller o técnico, o título equivalente que permita el acceso al grupo C, subgrupo C1, de los previstos en el artículo 76 de Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por R.D. Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. En el supuesto de invocar título equivalente al exigido, habrá de acompañarse certificado expedido por la autoridad competente en materia educativa que acredite la equivalencia.
  • d) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente las correspondientes funciones. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria
  • e) Reunir las condiciones físicas y sanitarias necesarias y suficientes para la realización de las pruebas físicas que figuran en la base decimocuarta, y que se corresponde con la prueba de aptitud física, lo que se acreditará mediante la presentación de un certificado médico en el momento de realización de dichas pruebas, que será extendido en impreso oficial y firmado por colegiado en ejercicio donde se haga constar expresamente que reúne las condiciones citadas, emitido como máximo tres meses antes del día establecido para la ejecución de dicha prueba de aptitud física. No se admitirán aquellos certificados que no se ajusten literalmente en su redacción a estos conceptos. Los aspirantes que no aporten dicho certificado, en el momento señalado, no podrán realizar la prueba de aptitud física y serán excluidos del proceso selectivo.
  • f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
  • g) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.
  • h) Tener una estatura mínima de 165 centímetros los hombres y 160 centímetros las mujeres.
  • i) Estar en posesión de los permisos de conducir vehículos de motor de las clases A-2 y B.
  • j) Presentar declaración jurada de compromiso de portar armas y de utilizarlas en los casos previstos en la ley.

2.2. Los aspirantes en turno de movilidad deberán cumplir, además, los siguientes requisitos:

  • a) Encontrarse en situación de servicio activo, con categoría de agente, en un cuerpo de policía local en Castilla y León, con antigüedad mínima de cinco años en el cuerpo de procedencia.
  • b) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos y no hallarse incapacitado para el ascenso por aplicación del régimen disciplinario previsto reglamentariamente.
  • c) No hallarse en situación de segunda actividad.

2.3. Todos los requisitos mencionados deberán poseerse en el momento en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, salvo los permisos de conducción de vehículos de motor que deberán poseerse antes de la toma de posesión como funcionario, dentro del plazo de presentación de documentos y manteniéndose en vigor en el momento de toma de posesión como funcionario y durante el tiempo que se permanezca en activo en el Cuerpo.

Base tercera.– Solicitudes. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

3.1. La solicitud para participar en el proceso selectivo se ajustará al modelo que figura en la base decimonovena.

3.2. Los solicitantes harán constar la opción por el turno libre o por el turno de movilidad, siendo excluidas las solicitudes en que opten por ambos o por ninguno.

3.3. Las solicitudes se dirigirán al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Soria, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al que aparezca el último de los anuncios de la convocatoria, que se publicará íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Boletín Oficial de Castilla y León, y en extracto en el Boletín Oficial del Estado. Se presentarán en la forma prevista en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

3.4. Los derechos de examen serán de 30,00 euros. El importe será abonado en la Tesorería Municipal, o a través de Portal de Autoliquidaciones de la web municipal, Departamento de Personal, haciendo constar el nombre del aspirante y en el apartado observaciones «Derechos examen Agente Policía local».

Se acreditará su pago mediante el correspondiente resguardo que se unirá a la instancia. De conformidad con lo establecido en el artículo 5 de la ordenanza fiscal n.º 42, tasa por inscripción en pruebas selectivas de personal del Ayuntamiento de Soria, solo procederá la devolución de la tasa cuando, por causas no imputables al sujeto pasivo, estas no se realicen. No procederá por tanto devolución alguna en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causas imputables al interesado.

En la instancia deberá necesariamente acreditarse el ingreso de los derechos de examen, con el resguardo de la transferencia realizada en la forma expresada, sino se hiciesen efectivos los derechos de examen en el plazo de presentación de instancias, determinará la exclusión definitiva del proceso selectivo y se archivará su instancia sin más trámite. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

3.5. A la solicitud se acompañará: Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

3.5.1. Documentación de carácter general: Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

  • a) Copia del Documento nacional de identidad.
  • b) Resguardo acreditativo de haber abonado la tasa por los derechos de examen.
  • c) Copia de los permisos de conducir exigidos en la Base segunda, o en el caso de no tenerlos se deberán acreditar antes de la toma como funcionario.
  • d) Relación de méritos que el aspirante alegue para la fase de concurso, acompañando los documentos que los acrediten. Cuando el interesado no hubiera podido obtener algún certificado por causa no imputable a él mismo, podrá aportar provisionalmente la solicitud de dichos certificados, debidamente registrada de entrada en el organismo competente. En todo caso, el certificado del mérito correspondiente deberá estar a disposición del tribunal con anterioridad a la sesión de valoración de méritos a que se refiere la Base octava.

3.5.2. Documentación de carácter específico.

En el caso de que los interesados estén exentos del abono de la tasa de conformidad con lo establecido en la ordenanza fiscal n.º 42, deberán aportar certificado de desempleo emitido por el servicio de empleo correspondiente, acreditativa de estar desempleados durante, al menos, tres meses anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria de las pruebas selectivas en el Boletín Oficial correspondiente, así como certificación del INSS justificativa de no encontrarse en situación de alta en ninguno de los regímenes de la Seguridad Social, tanto de trabajadores por cuenta propia como ajena. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

En el caso de que los interesados tengan derecho a una bonificación en la tasa, en los términos establecidos en el artículo 6 de la Ordenanza n.º 42, en su punto 2.

La documentación exigida en ambos casos, se deberá presentar con la solicitud, no obstante será subsanable dicho requisito siempre que se presente en el plazo único e improrrogable de días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista provisional de admitidos y excluidos.

Base cuarta.– Admisión y exclusión de aspirantes.

4.1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el alcalde-presidente del Ayuntamiento de Soria dictará resolución aprobando la lista provisional de admitidos y excluidos, que se hará pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia de Soria, concediendo un plazo de diez días hábiles a los aspirantes excluidos para reclamar y subsanar, en su caso, los defectos que han motivado su exclusión.

4.2. Transcurrido el plazo para reclamar o subsanar, en su caso, el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento dictará resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos, que se hará pública en el tablón de edictos de la Casa Consistorial (Plaza Mayor n.º 9, de Soria) y en el Boletín Oficial de la provincia de Soria y que contendrá, además del lugar, fecha y hora de comienzo de la primera prueba de la oposición, como Anexo único, la relación nominal de aspirantes excluidos, con indicación de las causas de su exclusión.

4.3. Contra dicha resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 10.1 a) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora la jurisdicción contencioso-administrativa. Igualmente, con carácter previo y potestativo, se podrá interponer recurso de reposición ante el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, según lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

En el supuesto de que, por circunstancias excepcionales, se hubiese de modificar la fecha o la hora de celebración del primer ejercicio, se hará público a través del Boletín Oficial de la Provincia de Soria.

Base quinta.– Tribunal. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

5.1. El tribunal Calificador de las pruebas selectivas, será designado por la Alcaldía. Estará constituido por un Presidente, un Secretario con voz y sin voto y por cuatro vocales, así como sus correspondientes suplentes. Su composición se ajustará a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros y responderá al principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres, salvo que concurran razones fundada y objetivas debidamente motivadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 53 y Disposición Adicional Primera de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, así como el artículo 60.1 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. Se propondrá un vocal por el órgano de representación del personal. Todos los miembros del Tribunal deberán ser funcionarios de carrera y pertenecer a Cuerpos o Escalas para cuyo ingreso se requiera la titulación de igual nivel o superior a la exigida para el acceso a las plazas convocadas.

Su composición será la siguiente: Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

PRESIDENTE: Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

  • Titular: Un funcionario de carrera del Excmo. Ayuntamiento de Soria perteneciente a la Escala Administración General, Subescala Técnica, Grupo A, Subgrupo A1. Suplente: Un funcionario de carrera del Excmo. Ayuntamiento de Soria perteneciente a la Escala Administración General, Subescala Técnica, Grupo A, Subgrupo A1.

VOCALES: Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

  • Un vocal designado a propuesta de la Dirección General de Protección Civil de la Junta de Castilla y León.
  • Titular: Un mando del Cuerpo de la Policía Local del Excmo. Ayuntamiento de Soria con categoría igual o superior a la de Agente de Policía Local. Suplente: Un mando del Cuerpo de la Policía Local del Excmo. Ayuntamiento de Soria con categoría igual o superior a la de Agente de Policía Local.
  • Titular: Un mando del Cuerpo de la Policía Local del Excmo. Ayuntamiento de Soria con categoría igual o superior a la de Agente de Policía Local. Suplente: Un mando del Cuerpo de la Policía Local del Excmo. Ayuntamiento de Soria con categoría igual o superior a la de Agente de Policía Local.
  • Titular: Un funcionario de carrera del Excmo. Ayuntamiento de Soria perteneciente a la Escala Administración General, Subescala Administrativo, Grupo C, C1 Suplente: Un funcionario de carrera del Excmo. Ayuntamiento de Soria perteneciente a la Escala Administración General, Subescala Administrativo, Grupo C, C1.

SECRETARIO: Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

  • Titular: Un funcionario de carrera del Excmo. Ayuntamiento de Soria perteneciente a la Escala de Administración General, Subescala Técnica, Grupo A, Subgrupo A1. Suplente: Un funcionario de carrera del Excmo. Ayuntamiento de Soria perteneciente a la Escala de Administración General, Subescala Técnica, Grupo A, Subgrupo A1. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

5.2. Previa convocatoria por el presidente, se constituirá el tribunal en el plazo máximo de 30 días a partir de su nombramiento. El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mitad de los miembros, titulares o suplentes indistintamente, y en todo caso con la presencia del presidente y secretario o personas que les sustituyan. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

5.3. Para las pruebas médicas, psicotécnicas y físicas, el tribunal requerirá los servicios de personal especializado, que emitirá su informe con arreglo a las condiciones de la convocatoria, y a la vista de los cuales el tribunal resolverá. Asimismo podrán nombrarse asesores del tribunal para aquellas materias que estime necesario, que actuarán con voz pero sin voto. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

El tribunal resolverá todas las dudas que surjan de la aplicación de las normas contenidas en estas bases y determinará la actuación procedente en los casos no previstos en ellas. Adoptará sus decisiones por mayoría, mediante votación nominal. En caso de empate, se repetirá la votación hasta una tercera vez en la que, si persiste el empate, éste lo dirimirá el Presidente con su voto. Para las votaciones se seguirá el orden establecido en la resolución de nombramiento de los miembros del Tribunal, votando en último lugar el Presidente. El Secretario del Tribunal tendrá voz, pero no voto.

Los acuerdos del Tribunal podrán ser impugnados por los interesados en los supuestos y en la forma establecida en la Ley de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El tribunal continuará constituido hasta tanto se resuelvan las reclamaciones planteadas o las dudas que pueda suscitar el procedimiento selectivo.

5.4. Abstención: Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el Art. 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o en el Art. 13.2 del Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo.

5.5. Recusación: Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando juzguen que concurren en ellos alguna o varias de las circunstancias señaladas en la precedente base 5.4, siguiéndose para ello el procedimiento establecido en el Art. 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

5.6. Revisión de las resoluciones del Tribunal Calificador: las Resoluciones del Tribunal Calificador vinculan a la Administración Municipal, aunque ésta, en su caso, pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en los Arts. 106 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

5.7. Clasificación del Tribunal Calificador: El Tribunal Calificador que actúe en estas pruebas selectivas tendrá categoría segunda, conforme a lo preceptuado en el Art. 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.

Base sexta.– Comienzo y desarrollo de los ejercicios.

6.1. Orden de actuación de los aspirantes. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único. Salvo casos de fuerza mayor invocados con anterioridad, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal con absoluta libertad de criterios, la no presentación de un aspirante a cualquiera de los ejercicios obligatorios, en el momento de ser llamado, determinará automáticamente el decaimiento de su derecho a participar en el mismo y en los sucesivos, quedando excluidos, en su consecuencia, del procedimiento selectivo.

El orden de actuación de los aspirantes, en aquellos ejercicios que no puedan realizarse conjuntamente, se iniciará alfabéticamente por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra C según acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Soria celebrada en sesión ordinaria del día once de enero de 2019 (B.O.P. n.º 14, de 4 de febrero de 2019).

6.2. El día, hora y lugar de realización del primer ejercicio de la oposición será anunciado al menos con diez días naturales de antelación, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Soria, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web del Ayuntamiento de Soria. Los anuncios de celebración del segundo y restantes ejercicios se efectuarán por el tribunal en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web del Ayuntamiento de Soria, al menos con veinticuatro horas de antelación a la señalada para la iniciación de los mismos.

Base séptima.– Fase de oposición.

Constará de varias pruebas y un reconocimiento médico, todos ellos eliminatorios:

7.1. Prueba de aptitud física: Pruebas físicas tendentes a comprobar, entre otros aspectos, las condiciones de equilibrio, velocidad, resistencia y coordinación. Tendrá carácter eliminatorio y se ajustará a las condiciones establecidas en la Base decimocuarta. La calificación será de «Apto» o «No apto».

En la fecha establecida para la celebración de dicha prueba, cada uno de los aspirantes, deberá aportar certificado médico firmado por un colegiado en ejercicio, emitido como máximo tres meses antes del día establecido para su ejecución, en el que se haga constar expresamente que el aspirante reúne las condiciones físicas y sanitarias necesarias y suficientes para la realización de las pruebas físicas recogidas en la base decimocuarta. El certificado médico tendrá que ajustarse estrictamente en su redacción a estos conceptos, no excluyendo la obligación de los aspirantes de someterse al reconocimiento médico previsto en la Base 7.4.

Se podrá realizar «control antidoping», aleatorio en cualquier momento de la realización de las pruebas de aptitud física. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

7.2. Prueba de conocimientos. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

7.2.1. Prueba de conocimientos para los aspirantes del turno libre tendrá carácter eliminatorio y consistirá en contestar por escrito a los siguientes ejercicios:

Ejercicio Primero. Consistirá en responder por escrito, durante un tiempo máximo de 60 minutos, a un cuestionario de al menos 50 preguntas tipo test, con cuatro respuestas alternativas, sobre los contenidos de los temas relacionados en el temario de la Base decimosexta, de las que al menos el 40 por 100 corresponderán a los temas del grupo A, y al menos otro 40 por 100 corresponderán a los temas del grupo B y el 20 por 100 corresponderá a temas del Grupo C. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

El ejercicio se calificará sobre 10 puntos para el total de respuestas correctas, penalizándose las respuestas erróneas con un tercio del valor de cada respuesta acertada. Las preguntas sin respuesta no penalizarán.

Los aspirantes que no alcancen 5 puntos serán eliminados definitivamente de la prueba.

Ejercicio Segundo. Consistirá en responder por escrito, durante un tiempo máximo de 45 minutos, al planteamiento de un ejercicio práctico relacionado con los grupos A y B del temario de la Base decimosexta.

El ejercicio se calificará sobre 10 puntos. Los aspirantes que no alcancen 5 puntos serán eliminados definitivamente de la prueba. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

La calificación global de la prueba de conocimientos de los aspirantes no eliminados será la media de las calificaciones de los dos ejercicios.

Si el Tribunal lo considera conveniente, podrá acordar que este ejercicio sea leído por los aspirantes en sesión pública. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

7.2.2. Prueba de conocimientos para los aspirantes a las plazas del turno de movilidad. Tendrá carácter eliminatorio y consistirá en contestar por escrito, durante un máximo de 30 minutos, a un cuestionario de 20 preguntas tipo test, con cuatro respuestas alternativas, sobre los contenidos de los temas relacionados en el grupo C del temario de la Base decimosexta. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

El ejercicio se calificará sobre 10 puntos para el total de respuestas correctas, penalizándose las respuestas erróneas con un tercio del valor de cada respuesta acertada. Las preguntas sin respuesta no penalizarán, siendo necesario obtener al menos 5 puntos para superar la prueba.

7.3. Pruebas de aptitud psíquica que será común a los aspirantes al turno de movilidad y al turno libre: Tendrán carácter eliminatorio, y consistirán en la contestación de varios cuestionarios ajustados a los requerimientos propios del puesto a desempeñar, en especial las siguientes:

  • Prueba de aptitudes: Razonamiento verbal. Razonamiento abstracto. Rapidez y precisión perceptiva. Atención y resistencia a la fatiga. Agilidad mental. Memoria visual.
  • Prueba de personalidad: Autocontrol. Estabilidad emocional. Capacidad empática y de manejo de la relación interpersonal. Seguridad en sí mismo. Sentido de la disciplina. Autoridad. Trabajo en equipo. Sociabilidad. Iniciativa. Objetividad. Automotivación.

Las pruebas de aptitud psíquica se realizarán por personal técnico cualificado. Si el Tribunal lo estima pertinente podrá acordar la celebración de entrevista a todos o algunos de los aspirantes, destinadas a contrastar y ampliar los resultados de las pruebas psicotécnicas escritas y para determinar la adecuación del candidato al perfil profesional. El resultado será de «Apto» o «No apto».

7.4. Reconocimiento médico que será común a los aspirantes al turno de movilidad y al turno libre: Tendrá carácter eliminatorio, y se ajustará a las consideraciones establecidas en la Base decimoquinta. El reconocimiento médico se realizará por personal técnico cualificado, que podrá realizar cuantos exámenes y pruebas médicas considere necesarias para determinar el estado de cada aspirante, incluyendo análisis de sangre y orina, pruebas radiológicas, etc. La negativa a la realización de cualquier prueba médica será motivo para la exclusión del proceso selectivo. Se garantiza la confidencialidad de los resultados. El resultado de la prueba será de «Apto» o «No apto».

Base octava.– Fase de concurso.

Una vez finalizada la fase de oposición, el tribunal procederá a la valoración de los méritos alegados y acreditados por los aspirantes, de conformidad con los baremos establecidos en las bases decimoséptima (para el turno libre) y decimoctava (para el turno de movilidad).

La puntuación otorgada a cada aspirante en esta fase de concurso se hará pública en el tablón de edictos de la Casa Consistorial, y en la página web municipal.

Esta fase no tiene carácter eliminatorio.

Base novena.– Calificación de las fases de concurso y oposición.

9.1. Turno de movilidad. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

A los aspirantes del turno de movilidad que resulten aptos en las pruebas previstas se les sumará la calificación del ejercicio de conocimientos a la valoración obtenida en la fase de concurso. Las vacantes de este turno se adjudicarán al aspirante con mayor puntuación. En el caso de empate en la puntuación, accederán a la plaza el aspirante que tengan más puntos en los méritos preferentes del baremo. De repetirse el empate en el baremo de méritos preferentes, accederá a la plaza el aspirante que tenga mayor antigüedad.

9.2. Turno libre. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

9.2.1. La valoración de la fase de concurso no podrá superar el 20% de la calificación obtenida en las pruebas de conocimientos. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

9.2.2. La suma de los puntos obtenidos en la fase de concurso y en las pruebas de conocimientos dará la calificación definitiva del concurso-oposición.

9.2.3. Las vacantes de este turno se adjudicarán a los aspirantes con mayor puntuación.

9.2.4. En el caso de empate en la puntuación, se adjudicará la plaza al aspirante que tenga mayor puntuación en las pruebas de conocimientos. De persistir el empate, se resolverá a favor de quien obtenga mayor puntuación en cada uno de los ejercicios de la prueba de conocimientos, por orden de realización. De continuar el empate, se tendrá en cuenta el resultado de la valoración obtenida en la fase de concurso.

Base décima.– Relación de aprobados y presentación de documentos.

10.1. Terminada la calificación de los aspirantes, el tribunal publicará, en los lugares establecidos en la base cuarta, la relación de los aspirantes aprobados, por orden de puntuación, y elevará al Alcalde del Ayuntamiento la propuesta de adjudicación de vacantes, que no podrá rebasar el número de vacantes existentes.

10.2. Si además de los propuestos para las vacantes existentes, hubiera más aspirantes que hubieran aprobado los ejercicios de la oposición, el tribunal publicará un listado complementario con dichos aspirantes, por orden de puntuación, a los efectos previstos en el párrafo segundo del artículo 61, apartado 8 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por R.D. Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

10.3. Los opositores propuestos presentarán en el ayuntamiento, dentro del plazo de quince días naturales, contados a partir de la publicación de la lista de aprobados en el tablón de anuncios del ayuntamiento, los siguientes documentos: Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

  • 1.º– Certificado negativo de antecedentes penales, expedido por el Registro de penados y rebeldes, referido a la fecha de la publicación de la lista de aprobados en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
  • 2.º– Declaración responsable de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio al Estado, a las comunidades autónomas o a las entidades locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria
  • 3.º– Declaración jurada de compromiso de portar armas y utilizarlas en los casos previstos en la ley.
  • 4.º– Título de bachiller, formación profesional superior o título equivalente que permita el acceso al Grupo C, subgrupo C1, de los previstos en el artículo 76 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por R.D. Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
  • 5.º– Permisos de conducir vehículos a motor de las clases A-2 y B.

10.4. Los aspirantes que opten por turno de movilidad presentarán además certificación de servicios previos en el Ayuntamiento de origen y su baja en el mismo. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

10.5. Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, los opositores propuestos no presentaran su documentación o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación en la convocatoria. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

Base undécima.– Curso selectivo de formación básica y nombramientos.

11.1. Los aspirantes aprobados en el turno libre seguirán un curso selectivo de formación básica, organizado por la Dirección General competente en materia de coordinación de policías locales, como funcionarios en prácticas de los ayuntamientos, con arreglo al programa que se establezca, debiendo superar las pruebas que en el mismo se señalen.

11.2. Los aspirantes que acrediten haber realizado el curso selectivo de formación básica en cualquier otra edición estarán eximidos de realizarlo nuevamente, pudiendo ser nombrados funcionarios de carrera de manera inmediata. Asimismo, podrán ser eximidos del curso selectivo aquellos aspirantes que acrediten formación similar obtenida en otras comunidades autónomas, cuando así sea expresamente reconocido por resolución del Director General competente en materia de coordinación de policías locales.

11.3. Durante el curso, los aspirantes admitidos devengarán las retribuciones legales como funcionarios en prácticas, sin perjuicio de las compensaciones que puedan corresponder por gastos extraordinarios (desplazamiento, alojamiento y manutención), que conlleve su estancia en el centro a cargo del Ayuntamiento.

11.4. La calificación definitiva de los aspirantes en turno libre que hayan sido declarados aptos en el curso selectivo vendrá dada por la suma de la obtenida en el concurso- oposición y la que hayan alcanzado en el curso selectivo de formación básica, elevándose la relación de aprobados por orden de puntuación al alcalde del ayuntamiento de Soria, para tramitar los nombramientos como funcionarios de carrera de los aspirantes seleccionados.

11.5. La calificación definitiva para los aspirantes que accedan por turno de movilidad vendrá dada por la puntuación obtenida en el concurso- oposición, elevándose la relación de aprobados por orden de puntuación al Alcalde-Presidente para tramitar el nombramiento como funcionario de carrera del aspirante seleccionado.

11.6. Una vez efectuado el nombramiento, el opositor nombrado deberá tomar posesión en el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el siguiente al que le sea notificado el nombramiento. La falta de toma de posesión en el plazo indicado, sin causa justificada, conllevará la pérdida de los derechos del opositor en el proceso selectivo.

Base duodécima.– Incidencias. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

El tribunal queda autorizado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la oposición, en todo lo no previsto en estas bases.

Serán de aplicación general las normas contenidas en el Reglamento de funcionarios de administración local, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, que aprueba el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado, Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de administración local, y demás legislación vigente.

Base decimotercera.– Recursos. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta y de la actuación del tribunal podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecida en la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Base decimocuarta.– Desarrollo de las pruebas físicas.

Las pruebas se realizarán siguiendo el orden que determine el tribunal, con apoyo de personal especializado en la materia y de acuerdo con las siguientes reglas:

14.1. Prueba de potencia del tren inferior. Salto de longitud.

  • a.– Disposición: El aspirante se colocará ante una línea de 1 metro de larga y de 0,05 metros de ancha, marcada en el suelo, paralela al foso de saltos y a una distancia de 0,50 metros del borde anterior del mismo.
  • b.– Ejecución: Cuando se halle dispuesto, el aspirante flexionará y extenderá rápidamente el tren inferior para, apoyando los dos pies en el suelo, proyectar el cuerpo hacia adelante y caer en el foso. Está permitido el balance sobre punta-talón del pie o la elevación de talón antes del salto.
  • c.– Medición: Se efectuará desde la parte de la línea más alejada del foso hasta la huella del aspirante más cercana a la línea de partida sobre la arena del foso. La medición será en metros y centímetros.
  • d.– Intentos: Pueden realizarse tres intentos, contabilizándose el mejor.
  • e.– Invalidaciones: El salto debe realizarse con un solo impulso de los pies, contabilizándose como nulo aquél en el que, una vez separados los pies del suelo, vuelvan a apoyarse de nuevo para la impulsión definitiva. Es nulo el salto que se produce por el apoyo alternativo y no simultáneo de los pies sobre el suelo. Es nulo el salto en el que el aspirante pise o rebase la línea en el momento de la impulsión.
  • Quedarán eliminados los aspirantes que no consigan superar las marcas establecidas o que realicen tres intentos nulos.
  • f.– Marcas. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

f.1. TURNO LIBRE: Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

Mujeres: Las opositoras serán eliminadas con un salto inferior a 1,90 m.

Hombres: Los opositores serán eliminados con un salto inferior a 2,30 m.

f.2.TURNO DE MOVILIDAD: Los opositores serán eliminados con saltos inferiores a los establecidos para cada categoría de edad, conforme a la siguiente tabla:

SALTO DE LONGITUD (Pies juntos)

Edad Mujeres Hombres
Menos de 33 años 1,90 m 2,30 m
De 33 y hasta 38 años 1,80 m 2,20 m
De 39 y hasta 44 años 1,70 m 2,10 m
De 45 y más años 1,60 m 2,00 m

14.2. Prueba de potencia del tren superior. Lanzamiento de balón medicinal.

  • a.– Disposición: El aspirante se colocará frente a una línea marcada en el suelo, de 1 metro de larga por 0,05 metros de ancha, paralela a la zona de lanzamiento, con los pies separados y la punta de los pies a la misma distancia de dicha línea. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria
  • b.– Ejecución: Cuando esté dispuesto, el aspirante tomará el balón medicinal con ambas manos y lanzará el mismo, sacándolo desde atrás y por encima de la cabeza, enviándole lo más lejos posible. No se podrá tomar carrera pero sí realizar movimientos de balanceo con brazos y cuerpo.
  • c.– Medición: Se efectuará desde la parte de la línea más alejada de la zona de lanzamiento hasta la primera huella que deje el balón sobre la zona de caída. La medición será en metros y centímetros.
  • d.– Intentos: Pueden realizarse tres intentos, contabilizándose el mejor.
  • e.– Invalidaciones: Se considerarán lanzamientos nulos aquellos en los que el aspirante pise o rebase la línea, o cuando no tenga la punta de los pies a la misma distancia de la línea de lanzamiento, o cuando haga su lanzamiento saltando, despegando totalmente cualquiera de los pies o arrastrando cualquiera de los mismos hacia atrás o cuando el aspirante efectúe el lanzamiento con una sola mano.
  • f.– Marcas. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

f.1. TURNO LIBRE: Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

Mujeres: Balón medicinal de 3 kg. Las opositoras serán eliminadas con un lanzamiento inferior a 6,25 m.

Hombres: Balón medicinal de 5 kg. Los opositores serán eliminados con un lanzamiento inferior a 6,25 m.

f.2. TURNO DE MOVILIDAD: Los opositores serán eliminados con lanzamientos inferiores a los establecidos para cada categoría de edad, según la siguiente tabla:

LANZAMIENTO DE BALÓN MEDICINAL

Edad Mujeres (balón de 3 kg) Hombres (balón de 5 kg)
Menos de 33 años 6,25 m 6,25 m
De 33 y hasta 38 años 5,75 m 5,75 m
De 39 y hasta 44 años 5,25 m 5,25 m
De 45 y más años 4,75 m 4,75 m

14.3. Prueba de velocidad. Carrera de 60 metros lisos.

  • a.– Disposición: El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado, pudiendo realizar la salida de pie o agachado, sin tacos de salida. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria
  • b.– Ejecución: La propia en una carrera de velocidad, adaptada a los requisitos mínimos en cuanto a condiciones del terreno especificadas en el Reglamento de la Federación Internacional de Atletismo Aficionado (FIAA). Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria
  • c.– Medición: La toma de tiempos se realizará preferentemente mediante cronometrajes electrónicos, aunque podrá ser manual, duplicándose los cronos por cada calle, tomándose como válido, el tiempo medio de los dos medidos. Los tiempos deberán leerse en segundos y décimas de segundo. Si se utilizan cronómetros de centésimas de segundo con lectura digital, los tiempos que terminen en más de cinco en el segundo decimal, se convertirán a la próxima décima de segundo mayor. Los tiempos mínimos de esta prueba, señalados en el apartado «f», se incrementarán en tres décimas, en caso de que la toma de tiempos se realice con medios electrónicos y foto finish.
  • d.– Intentos: Solamente se permite un intento y dentro del mismo, una salida nula por cada corredor. A la segunda falta, el aspirante será eliminado.
  • e.– Invalidaciones: De acuerdo con el Reglamento de la FIAA.
  • f.– Marcas. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

f.1. TURNO LIBRE: Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

Mujeres: Las opositoras serán eliminadas con un tiempo superior a 10 segundos y 4 décimas (10’4”).

Hombres: Los opositores serán eliminados con un tiempo superior a 8 segundos y 6 décimas (8’6”).

f.2. TURNO DE MOVILIDAD: Los opositores serán eliminados con tiempos superiores a los establecidos para cada categoría de edad, conforme a la siguiente tabla:

CARRERA DE VELOCIDAD (60 metros)

Edad Mujeres Hombres
Menos de 33 años 10’4” 8’6”
De 33 y hasta 38 años 10’8” 9’0”
De 39 y hasta 44 años 11’2” 9’6”
De 45 y más años 11’8” 10’0”

14.4. Prueba de resistencia muscular. Carrera de 1.000 metros lisos.

  • a.– Disposición: El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado para la salida, pudiendo realizarla de pie o agachado sin tacos. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria
  • b.– Ejecución: La propia de este tipo de carreras sobre 1.000 metros, adaptada a los requisitos mínimos en cuanto a condiciones del terreno especificadas en el Reglamento de la Federación Internacional de Atletismo Aficionado (FIAA), pudiendo correr los opositores por calle libre desde el momento de la salida.
  • c.– Medición: La toma de tiempos se realizará en minutos y segundos, a través de cronometrajes preferentemente electrónicos, aunque podrá ser manual, duplicándose los cronos por cada calle, tomándose como válido, el tiempo medio de los dos medidos.
  • d.– Intentos: Solamente se permite un intento y dentro del mismo, una salida nula por cada corredor. A la segunda falta, el aspirante será eliminado.
  • e.– Invalidaciones: De acuerdo con el Reglamento de la FIAA.
  • f.– Marcas.

f.1. TURNO LIBRE: Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

Mujeres: Las opositoras serán eliminadas con un tiempo superior a 4 minutos y 25 segundos (4’25”).

Hombres: Los opositores serán eliminados con un tiempo superior a 3 minutos y 30 segundos (3’30”).

f.2. TURNO DE MOVILIDAD: Los opositores serán eliminados con tiempos superiores a los establecidos para cada categoría de edad, según la siguiente tabla: Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

CARRERA DE RESISTENCIA (1000 metros)

Edad Mujeres Hombres
Menos de 33 años 4’25” 3’30”
De 33 y hasta 38 años 4’40” 3’45”
De 39 y hasta 44 años 5’00” 4’05”
De 45 y más años 5’20” 4’25”

14.5. Prueba de natación (25 metros estilo libre).

  • a.– Disposición: Los aspirantes podrán efectuar la salida desde el borde de salida o desde dentro de la piscina. En este caso deberá tocarse claramente la pared de dicho borde de salida con una mano o pie.
  • b.– Ejecución: Una vez dada la salida, por el juez de salida, los aspirantes realizarán nadando 25 metros en estilo libre, debiendo tocar claramente el borde de llegada con alguna de las manos.
  • c.– Medición: Manual. Se contabilizará el tiempo invertido. La medición se realizará en segundos.
  • d.– Intentos: Solamente se permite un intento y dentro del mismo, una salida nula por cada nadador.
  • e.– Invalidaciones: Se invalidará la prueba y quedará eliminado el aspirante que realice dos salidas nulas o que, aun cuando haya nadado los 25 metros, lo haya hecho sujetándose en alguna parte fija (corchera) o apoyándose en borde o suelo de la piscina y siempre que no se hayan nadado dichos 25 metros en el tiempo establecido.
  • f.– Marcas. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

f.1. TURNO LIBRE: Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

Mujeres: Las opositoras serán eliminadas con un tiempo superior a 24 segundos.

Hombres: Los opositores serán eliminados con un tiempo superior a 21 segundos.

f.2. TURNO DE MOVILIDAD: Los opositores serán eliminados con tiempos superiores a los establecidos para cada tramo de edad, conforme a la siguiente tabla:

NATACIÓN (25 metros estilo libre)

Edad Mujeres Hombres
Menos de 33 años 24” 21”
De 33 y hasta 38 años 25” 22”
De 39 y hasta 44 años 26” 23”
De 45 y más años 27” 24”

Base decimoquinta.– Cuadro de exclusiones por consideraciones físicas y médicas para el ingreso en los cuerpos de policías Locales.

Para los diagnósticos establecidos en esta Base se tendrán en cuenta los criterios de las sociedades médicas de las especialidades correspondientes. Todas estas exclusiones se garantizarán con las pruebas complementarias necesarias para el diagnóstico.

15.1. Exclusiones físicas. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

15.1.1. Estatura mínima: 1,65 metros los hombres y 1,60 metros las mujeres.

15.1.2. Perímetro torácico: Diferencia entre máximo - mínimo: 4 cm o superior.

15.1.3. Espirometría: Mínima 3.000.

15.2. Exclusiones médicas. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

15.2.1. Generales: Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

  • Obesidad o delgadez manifiestas que dificulten o incapaciten para el ejercicio de las funciones propias del cargo. Se evaluará a través del Índice de Masa Corporal (IMC) que no debe ser inferior a 18,5 ni superior a 29,9, considerando el IMC como la relación resultante de dividir el peso de la persona expresado en kilos por el cuadrado de la talla expresado en metros.
  • En los aspirantes que posean un IMC comprendido entre 25 y 29,9, ambos inclusive, se realizará una medición del perímetro abdominal a la altura del ombligo. Este perímetro no será superior en ningún caso a 102 centímetros en los hombres o a 88 centímetros en las mujeres.

15.2.2. Enfermedades de la piel y los tejidos:

  • Eczema. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria
  • Cicatrices que produzcan limitación funcional.
  • Otros procesos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten o limiten el desarrollo de la función policial.

15.2.3. Enfermedades del aparato digestivo:

  • Úlcera gastroduodenal. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria
  • Cirrosis hepática. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria
  • Hernias abdominales o inguinales. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria
  • Pacientes gastrectomizados, colostomizados o con secuelas postquirúrgicas que produzcan trastornos funcionales. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria
  • Enfermedad inflamatoria intestinal (enfermedad de Crhon o colitis ulcerosa).
  • Cualquier otro proceso digestivo que a juicio de los facultativos médicos dificulte el desempeño del puesto de trabajo. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

15.2.4. Enfermedades del aparato cardiovascular:

  • Hipertensión arterial, no debiendo sobrepasar en reposo los 140 mm/Hg de presión sistólica, y los 90 mm/Hg de presión diastólica. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria
  • Varices o insuficiencia venosa periférica.
  • Cualquier otra patología o lesión cardiovascular que, a juicio de los facultativos médicos, puedan limitar el desempeño del puesto de trabajo. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

15.2.5. Enfermedades del aparato respiratorio:

  • Asma bronquial. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria
  • Broncopatía u otra enfermedad pulmonar obstructiva crónica.
  • Neumotórax espontáneo recidivante. Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria
  • Tuberculosis pulmonar activa.
  • Otros procesos del aparato respiratorio que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten el desarrollo de la función policial.

15.2.6. Enfermedades del aparato locomotor:

  • Alteraciones del aparato locomotor que limiten o dificulten el desarrollo de la función policial, o que puedan agravarse, a juicio de los facultativos médicos, con el desempeño del puesto de trabajo: Patología ósea de extremidades, retracciones o limitaciones funcionales de causa muscular o articular, defectos de columna vertebral y otros procesos óseos, musculares y articulares.

15.2.7. Enfermedades del aparato de visión:

  • Agudeza visual sin corrección inferior a los dos tercios de la visión normal en cada uno de los ojos.
  • Queratotomía radial.
  • Estrabismo.
  • Desprendimiento de retina.
  • Patología retiniana degenerativa.
  • Hemianopsias y alteraciones campimétricas.
  • Discromatopsias. Daltonismo en todos sus grados.
  • Cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los facultativos médicos, dificulte de manera importante la agudeza visual.

15.2.8. Enfermedad del aparato de la audición:

  • Agudeza auditiva que suponga una pérdida entre 1.000 y 3.000 hertzios a 35 decibelios o de 4.000 hertzios a 45 decibelios. Asimismo no podrá existir una pérdida auditiva en las frecuencias conversacionales igual o superior a 30 decibelios.
  • Cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los facultativos médicos, dificulte de manera importante la agudeza auditiva.

15.2.9. Enfermedad de la fonación:

  • Tartamudez permanente e importante.

15.2.10. Enfermedades del sistema nervioso y trastornos psiquiátricos:

  • Epilepsia.
  • Migraña.
  • Depresión.
  • Trastornos de la personalidad.
  • Psicosis.
  • Alcoholismo, toxicomanías y drogodependencias a psicofármacos o a sustancias ilegales.
  • Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten el desarrollo de la función policial.

15.2.11. Enfermedades del aparato endocrino:

  • Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten o limiten el desarrollo de la función policial.

15.2.12. Enfermedades infecciosas y del sistema inmunitario:

  • Enfermedades transmisibles en actividad.
  • Enfermedades inmunológicas sistémicas.
  • Intoxicaciones crónicas.
  • Hemopatías graves.
  • Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten o limiten el desarrollo de la función policial.

15.2.13. Otros procesos patológicos:

  • Cualquier enfermedad, síndrome o proceso patológico que, a juicio de los facultativos médicos, limite o incapacite al aspirante para el ejercicio de la función policial.

Base decimosexta.– Temario de la prueba de conocimientos.

TEMARIO GRUPO A

Tema 1.– El sistema constitucional español. La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido. Principios generales. La reforma de la Constitución Española. El Estado español como Estado Social y Democrático de Derecho.

Tema 2.– Derechos y deberes fundamentales. Derechos y Libertades. Garantías de las libertades y derechos fundamentales. Los principios rectores de la política social y económica. El Tribunal Constitucional. El Defensor del Pueblo. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Tema 3.– Organización política del Estado español. Clase y forma de Estado. La Corona. Las Cortes Generales: Estructura y competencias. Procedimiento de elaboración de las leyes.

Tema 4.– Organización política del Estado español. El poder ejecutivo. El Gobierno y la Administración. El Poder Judicial. Organización judicial española. El Ministerio Fiscal.

Tema 5.– La Organización territorial del Estado. Las comunidades autónomas. Las administraciones locales.

Tema 6.– La Comunidad Autónoma de Castilla y León. Instituciones: las Cortes de Castilla y León, el Presidente y la Junta de Castilla y León. El Estatuto de Autonomía. Idea general de las competencias de la Comunidad Autónoma.

Tema 7.– La administración pública. Derecho administrativo general. Concepto. Fuentes del derecho administrativo: enumeración y clasificación. La jerarquía normativa. Los reglamentos.

Tema 8.– El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos.

Tema 9.– El procedimiento administrativo: principios informadores. Los interesados. Las fases del procedimiento administrativo: iniciación, ordenación, instrucción y terminación. Dimensión temporal del procedimiento.

Tema 10.– Referencia a los procedimientos especiales. Especialidades del procedimiento administrativo local. La revisión de los actos administrativos: de oficio. Recursos administrativos.

Tema 11.– La función pública en general. El Estatuto del empleado público. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios. Situaciones administrativas.

Tema 12.– Los funcionarios de las entidades locales. Organización de la función pública local. Los grupos de funcionarios de la Administración Especial y General de las entidades locales.

Tema 13.– La responsabilidad de la Administración. Fundamentos y clases. La responsabilidad de los funcionarios.

Tema 14.– La Administración Local. Principios constitucionales y regulación jurídica. Entidades que comprende. La provincia: concepto, elementos y competencias. El Municipio: concepto y elementos. El término municipal. La población: especial referencia al empadronamiento.

Tema 15.– La organización del municipio: El ayuntamiento. El alcalde. Los concejales. El pleno. La Junta de gobierno Local. Otros órganos administrativos.

Tema 16.– Funcionamiento y competencias municipales. Los servicios públicos locales y sus formas de gestión. Las formas de actividad de las Entidades Locales. La intervención administrativa en la actividad privada; estudio especial de las licencias municipales. Ordenanzas. Reglamentos y Bandos: Clases, procedimiento de elaboración y aprobación.

Tema 17.– Las fuerzas y cuerpos de seguridad. Clases y competencias. Disposiciones estatuarias comunes.

Tema 18.– Los cuerpos de policía local. Su participación en la seguridad pública. Funciones como policía administrativa, de seguridad y policía judicial. Coordinación con otros cuerpos policiales. Las juntas locales de seguridad.

Tema 19.– Las competencias de tráfico de la policía local. La policía local como policía de proximidad y asistencial.

Tema 20.– Los cuerpos de policía local. Organización y estructura. Estatuto personal: La Ley 9/2003 de coordinación de policías locales de Castilla y León y su desarrollo.

Tema 21.– Los cuerpos de policía local. Derechos y deberes. Sistema de responsabilidad, penal civil y administrativa. Régimen disciplinario.

Tema 22.– Función y deontología policial. Los principios básicos de actuación. Códigos deontológicos para personas encargadas de hacer cumplir la Ley.

TEMARIO GRUPO B

Tema 1.– El procedimiento penal. Principios que lo rigen y clases. Clases y competencias de los Juzgados y tribunales.

Tema 2.– La Policía Judicial. Concepto y funciones. El atestado policial en la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Concepto y estructura.

Tema 3.– Detención: concepto, clases y supuestos. Plazos de detención. Obligaciones del funcionario que efectúa una detención. Contenido de la asistencia letrada. Derecho del detenido. Responsabilidades penales en las que puede incurrir el funcionario que efectúa una detención. El procedimiento de «Habeas Corpus».

Tema 4.– El Código Penal. Las infracciones penales. Personas criminalmente responsables. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.

Tema 5.– Las penas y sus clases. Las medidas de seguridad. La responsabilidad civil derivada de los delitos.

Tema 6.– El homicidio y sus formas. Las lesiones.

Tema 7.– Delitos contra la libertad. Las torturas y otros delitos contra la integridad moral. Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales.

Tema 8.– Delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad. Delitos contra el honor y contra las relaciones familiares.

Tema 9.– Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico. Delitos contra los derechos de los trabajadores.

Tema 10.– Delitos contra la seguridad colectiva. Los incendios. Delitos contra la salud pública. Delitos contra la seguridad vial.

Tema 11.– Delitos cometidos por los funcionarios contra las garantías constitucionales.

Tema 12.– Los delitos de imprudencia con especial relación a los cometidos con vehículos de motor.

Tema 13.– La protección de la seguridad ciudadana: Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo.

Tema 14.– La protección civil en España y en Castilla y León. Normas reguladoras.

Tema 15.– Normativa básica sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Competencias de las Administraciones del Estado y de los Municipios.

Tema 16.– Normas generales de circulación. Circulación de vehículos: velocidad, prioridad de paso, cambio de dirección, cambio de sentido y marcha atrás, adelantamientos, paradas y estacionamientos.

Tema 17.– Cruce de pasos a nivel y puentes levadizos. Utilización del alumbrado. Advertencias de los conductores.

Tema 18.– Señalización: normas generales. Prioridad, formato e idioma de las señales. Clases de señales.

Tema 19.– Autorizaciones administrativas. Autorizaciones para conducir. Autorizaciones relativas a los vehículos.

Tema 20.– Infracciones y sanciones. Medidas cautelares. Procedimiento sancionador en materia de tráfico.

Tema 21.– El estacionamiento regulado de vehículos. Las Ordenanzas O.R.A.

TEMARIO GRUPO C TEMAS ESPECÍFICOS

Tema 1.– Ordenanza municipal de limpieza viaria y recogida de residuos sólidos urbanos de Soria.

Tema 2.– Ordenanza municipal de ruido y vibraciones.

Tema 3.– Ordenanza municipal reguladora de la tenencia de animales domésticos y de compañía.

Tema 4.– Ordenanza reguladora de la instalación de terrazas de veladores.

Tema 5.– Ordenanza reguladora de tráfico, aparcamiento, circulación y seguridad vial y vados.

Tema 6.– Reglamento consejo municipal de inmigración e inclusión Social.

Tema 7.– Ciudad de Soria: descripción de su red viaria rodada y peatonal. Callejero de la ciudad y de sus barrios agregados. Término municipal. Mancomunidad de los 150 pueblos de la Tierra de Soria.

Tema 8.– Mercado Tradicional. Venta Ambulante. Ordenanzas Reguladoras.

Tema 9.– La Ciudad de Soria en la Edad Moderna y contemporánea. Fiestas y tradiciones.

Base decimoséptima. Baremo de méritos para los aspirantes del turno libre.

17.1. Méritos.

1.– Conocimientos profesionales.

Se valorará en este apartado el estar en posesión de títulos, diplomas o certificados de conocimientos de relevancia para la profesión policial obtenidos en los últimos 10 años, tales como criminología, atestados, educación vial, técnica policial, etc.

Los títulos, diplomas o certificados deberán estar expedidos dentro de los cinco años inmediatamente anteriores a la convocatoria, por entidades públicas (Universidades, Ministerios, Policía Nacional, Guardia Civil, Comunidades Autónomas o Entidades Locales), y deberán hacer constar el número de horas o créditos (equivalentes cada uno a 10 horas lectivas), la existencia y superación de pruebas de evaluación y el programa general de materias impartidas.

La condición de vigilante de seguridad se valorará en este apartado con 0,75 puntos, y se acreditará con tarjeta de identificación de vigilante de seguridad.

La puntuación máxima en este apartado será de 2 puntos, adecuándose a la siguiente tabla:

DURACIÓN PUNTUACIÓN

Más de 60 créditos o 600 horas 1,50 Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

Más de 20 créditos o 200 horas 1,00 Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

Entre 101 y 200 horas 0,75 Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

Entre 61 y 100 horas 0,50 Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

Entre 31 y 60 horas 0,25 Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

Entre 20 y 30 horas 0,10 Oposiciones Policía Local Soria Oposiciones Policía Local Soria

2.– Servicios prestados a las administraciones públicas.

Se valorarán los servicios prestados en cualquier Administración Pública, tanto como funcionario, personal laboral, interino o eventual. No se computará el tiempo del Servicio Militar Obligatorio. Se acreditarán mediante certificación de servicios expedida por la Administración de que se trate. La puntuación máxima será de 2 puntos, de acuerdo con la siguiente tabla.

CLASE DE SERVICIOS PUNTOS POR MES DE SERVICIO

Servicios en fuerzas y cuerpos de seguridad 0,02

Otros servicios en administración pública 0,01

3.– Servicios de protección civil.

Se valorarán los servicios de voluntariado de Protección Civil, a razón de 0,01 puntos por cada 100 horas de servicio, certificados por el responsable municipal del Servicio de Protección Civil de la localidad en que hayan sido prestados. La puntuación máxima será de 1 punto.

4.– Idiomas.

Se valorará el conocimiento de idiomas extranjeros, mediante acreditación de escuelas oficiales de idiomas, centros reconocidos oficialmente u homologados, según Real Decreto 1629/2006. La puntuación máxima será de 2 puntos, de acuerdo con la siguiente tabla:

NIVEL DEL MARCO COMÚN DE REFERENCIA EUROPEA PARA LENGUAS PUNTOS POR IDIOMA
B1 intermedio 0,25
B2 intermedio 0,50
C1 usuario competente 0,75
C2 usuario competente 1,00

5.– Socorrismo.

Se valorará estar en posesión de algún título, diploma o certificado equivalente, expedido o renovado dentro de los cinco años inmediatamente anteriores a la convocatoria, por autoridad competente de cualquier organismo, institución de carácter oficial o legalmente reconocida al efecto, federación deportiva etc., que certifique y garantice los conocimientos en materia de salvamento, socorrismo, primeros auxilios, socorrismo acuático, etc., de acuerdo con la siguiente tabla. La puntuación máxima en este apartado será de 0,25 puntos.

DIPLOMA O CERTIFICADO PUNTOS
Primeros auxilios 0,10
Primeros auxilios y soporte vital básico 0,15
Socorrista acuático 0,10

6.– Defensa Personal.

Se valorará estar en posesión de conocimientos en materias de Artes Marciales, amparadas por el Consejo Superior de Deportes, mediante la documentación que acredite estar en posesión del cinturón que corresponda. No se valorarán cinturones obtenidos hace más de diez años, salvo que acredite su renovación o vigencia. La puntuación máxima será de 1 punto, valorándose solamente el de mayor categoría dentro de cada disciplina:

CINTURÓN PUNTOS
Cinturón naranja o verde 0,10
Cinturón azul o marrón 0,20
Cinturón negro 0,45

7.– Titulación Académica.

Se valorará estar en posesión de titulación superior a la exigida en la presente convocatoria. La puntuación máxima será de 2 puntos.

ESTUDIOS CIENCIAS SOCIALES O JURÍDICAS OTRAS RAMAS
Estudios de primer ciclo (diplomado, maestro, arquitecto técnico o ingeniero técnico 0,50 0,30
Grado 0,60 0,40
Estudios de primer y segundo ciclo (licenciado, arquitecto o ingeniero) 0,70 0,50
Licenciatura de segundo ciclo (cuando se acredite una licenciatura anterior) 0,20 0,10
Máster 0,70 0,50
Doctorado 0,90 0,70

En la misma rama de estudios, solamente se valorará la titulación superior de las obtenidas.

Base decimoctava.– Baremo de méritos para los aspirantes del turno de movilidad.

18.1. Méritos Preferentes.

1.– Recompensas: Su reconocimiento exige la concesión reglamentaria por parte de un Ayuntamiento, de la Comunidad Autónoma o del Ministerio del Interior. No se valorarán las recompensas o felicitaciones relacionadas con el tiempo de servicios. La puntuación máxima por este apartado será de 2 puntos. La valoración de distinciones o recompensas no incluidas en el cuadro siguiente se podrá realizar por el tribunal motivadamente, y siguiendo criterios de analogía con las Medallas al mérito policial de Castilla y León. En particular, se tendrán en cuenta las Cruces al Mérito Profesional de la Policía Local de Soria en sus modalidades de Distintivo azul y Blanco, reguladas en el REGLAMENTO DE RECOMPENSAS, HONORES Y DISTINCIONES DEL CUERPO DE LA POLICÍA LOCAL DE SORIA, así como distinciones similares otorgadas por otros Ayuntamientos:

TIPO DE RECOMPENSA PUNTUACIÓN UNITARIA PUNTUACIÓN MÁXIMA
Felicitaciones (Alcalde, Pleno, Jefe Policía Local u órgano competente) 0,25 0,50
Mérito Policial de Castilla León- Oro individual, Cruz al Mérito Profesional de la Policía Local de Soria con Distintivo Azul o distinciones similares 1,00 1,00
Mérito Policial de Castilla León- Plata individual, Cruz al Mérito Profesional de la Policía Local de Soria con Distintivo Blanco o distinciones similares 0,75 0,75
Mérito Policial de Castilla León- Oro colectiva 0,10 0,10
Mérito Policial de Castilla León- Plata colectiva 0,075 0,075

2.– Conocimientos profesionales: Se valorará en este apartado el estar en posesión de títulos, diplomas o certificados de conocimientos de relevancia para la profesión policial, tales como criminología, atestados, educación vial, técnica policial, aptitud para el ascenso, etc. Se excluye el Curso de Formación Básica para ingreso en cuerpos de policía local.

Los títulos, diplomas o certificados deberán estar expedidos dentro de los cinco años inmediatamente anteriores a la convocatoria, por entidades públicas (universidades públicas o privadas homologadas, ministerios, Policía Nacional, Guardia Civil, comunidades autónomas o entidades locales) y deberán hacer constar el número de horas o créditos (equivalente cada uno a 10 horas lectivas), la existencia y superación de pruebas de evaluación y el programa general de materias impartidas. La puntuación máxima en este apartado será de 2 puntos, adecuándose a la siguiente tabla:

DURACIÓN PUNTUACIÓN

Más de 60 créditos o 600 horas 1,50

Más de 20 créditos o 200 horas 1,00

Entre 101 y 200 horas 0,75

Entre 61 y 100 horas 0,50

Entre 31 y 60 horas 0,25

Entre 20 y 30 horas 0,10

3.– Servicios prestados a las administraciones públicas: Se valorarán los servicios prestados en cualquier administración pública, tanto como funcionario, personal laboral, interino o eventual. Se acreditarán mediante certificación de servicios expedida por la administración de que se trate. La puntuación máxima será de 2 puntos, de acuerdo con la siguiente tabla:

CLASE DE SERVICIOS PUNTOS POR MES DE SERVICIO

En fuerzas y cuerpos de seguridad 0,02

Otros servicios en administraciones públicas relacionados con la profesión policial 0,01

4.– Servicios de protección civil: Se valorarán los servicios de voluntariado de protección civil, a razón de 0,01 puntos por cada 100 horas de servicio, certificadas por el responsable municipal del servicio de protección civil de la localidad en que hayan sido prestadas. La puntuación máxima será de 1 punto.

18.2. Méritos no Preferentes.

5.– Idiomas: Se valorará el conocimiento de idiomas extranjeros, mediante acreditación de escuelas oficiales de idiomas, centros reconocidos oficialmente u homologado, según Real Decreto 1629/2006. La puntuación máxima será de 2 puntos, de acuerdo con la siguiente tabla:

NIVEL DEL MARCO COMÚN PUNTOS POR IDIOMA DE REFERENCIA EUROPEA PARA LENGUAS

B1 intermedio 0,25

B2 intermedio 0,50

C1 usuario competente 0,75

C2 usuario competente 1,00

6.– Socorrismo: Se valorará estar en posesión de algún título, diploma, certificado o equivalente, expedido o renovado dentro de los cinco años inmediatamente anteriores a la convocatoria, por autoridad competente de cualquier organismo, institución de carácter oficial o legalmente reconocida al efecto, federación deportiva, etc., que certifique y garantice los conocimientos en materia de salvamento, socorrismo, primeros auxilios, socorrismo acuático, etc., de acuerdo con la siguiente tabla. La puntuación máxima en este apartado será de 0,25 puntos.

DIPLOMA O CERTIFICADO PUNTOS

Primeros auxilios 0,10

Primeros auxilios y soporte vital básico 0,15

Socorrista acuático 0,10

7.– Defensa Personal: Se valorará estar en posesión de conocimientos en materias de Artes Marciales, amparadas por el Consejo Superior de Deportes, mediante la documentación que acredite estar en posesión del cinturón que corresponda. No se valorarán cinturones obtenidos hace más de diez años, salvo que se acredite su renovación o vigencia. La puntuación máxima será de 1 punto, valorándose solamente el de mayor categoría dentro de cada disciplina:

CINTURÓN PUNTOS

Cinturón naranja o verde 0,10

Cinturón azul o marrón 0,20

Cinturón negro 0,45

8.– Titulación académica: Se valorará estar en posesión de titulación superior a la exigida en la convocatoria. La puntuación máxima será de dos puntos. En la misma rama de estudios, solamente se valorará la titulación superior de las obtenidas.

ESTUDIOS CIENCIAS SOCIALES O JURÍDICAS OTRAS RAMAS
Estudios de primer ciclo (diplomado, maestro, arquitecto técnico o ingeniero técnico) 0,50 0,30
Grado 0,60 0,40
Estudios de primer y segundo ciclo (licenciado, arquitecto o ingeniero) 0,70 0,50
Licenciatura de segundo ciclo (cuando se acredite licenciatura anterior) 0,20 0,10
Master 0,70 0,50
Doctorado 0,90 0,70

Base decimonovena.– Modelo de solicitud.

Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguientes a la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o Recurso Contencioso-Administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 1 de Soria, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Soria, 15 de abril de 2019.

El Alcalde,
Fdo.: Carlos Martínez Mínguez

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Temario Provisional Ayudante de Cocina

Temario Provisional Ayudante de Cocina

Temario Provisional Ayudante de Cocina Temario Provisional Ayudante de Cocina

COMPETENCIA FUNCIONAL DE AYUDANTE DE COCINA (ACCESO LIBRE)

IMPORTANTE: Temario provisional y orientativo, sujeto a posibles modificaciones. El temario definitivo será publicado en la propia convocatoria.

MATERIAS COMUNES Temario Provisional Ayudante de Cocina 

Tema 1.- La Constitución española de 1978: estructura y contenido. Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de Castilla y León: contenido.

Tema 3.- Derechos y deberes de los empleados públicos. El Convenio Colectivo para el personal laboral de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y Organismos autónomos dependientes de ésta. Régimen disciplinario. Temario Provisional Ayudante de Cocina Temario Provisional Ayudante de Cocina

Tema 4.- La estructura orgánica y funcional de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Tema 5.- Conceptos básicos sobre seguridad y salud en el puesto de trabajo. Derechos y obligaciones de los trabajadores en materia de prevención de riesgos laborales. Conceptos básicos sobre Igualdad y contra la Violencia de Género. Temario Provisional Ayudante de Cocina Temario Provisional Ayudante de Cocina

MATERIAS ESPECÍFICAS Temario Provisional Ayudante de Cocina 

Tema 1.- El local de cocina. Condiciones que debe reunir un local de cocina. Departamentos de cocina. Funciones y misiones de los mismos. Equipamiento. Distribución del trabajo en cocina.

Tema 2.- Maquinaria de cocina. Generadores de calor y de frío. Pequeña maquinaria. Batería de cocina, moldes y herramientas.

Tema 3.- Aprovisionamiento de materias primas. Sistemas de almacenamiento y criterios de ordenación.

Tema 4.- Introducción a la higiene sanitaria: Higiene alimentaria y Manipuladores de alimentos: definiciones. Los peligros físicos, químicos y biológicos en relación con los alimentos. Riesgos asociados y medidas preventivas Temario Provisional Ayudante de Cocina Temario Provisional Ayudante de Cocina

Tema 5.- Términos culinarios. Técnicas básicas de cocinado. Descripción, análisis, clasificación y aplicaciones.

Tema 6.- Limpieza, despiece, cortes y conservación de carnes, pescados, mariscos y hortalizas.

Tema 7.- Fondos fundamentales y complementarios de cocina. Elaboración, composición, aplicaciones y conservación.

Tema 8.- Salsas y guarniciones.

Tema 9.- Información sobre alérgenos: Alergia alimentaria e intolerancia alimentaria.

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Temario Provisional Cocinero

Temario Provisional Cocinero

Temario Provisional Cocinero Temario Provisional Cocinero Temario Provisional Cocinero

COMPETENCIA FUNCIONAL DE COCINERO (ACCESO LIBRE)

IMPORTANTE: Temario provisional y orientativo, sujeto a posibles modificaciones. El temario definitivo será publicado en la propia convocatoria.

MATERIAS COMUNES Temario Provisional Cocinero

Tema 1.- La Constitución española de 1978: estructura y contenido. Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de Castilla y León: contenido.

Tema 3.- La estructura orgánica y funcional de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Tema 4.- Derechos y deberes de los empleados públicos. El Convenio Colectivo para el personal laboral de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y Organismos autónomos dependientes de ésta. Régimen disciplinario. Temario Provisional Cocinero Temario Provisional Cocinero Temario Provisional Cocinero

Tema 5.– El Estatuto Básico del Empleado Público y la Ley de la Función Pública de Castilla y León.

Tema 6.- Conceptos básicos sobre seguridad y salud en el puesto de trabajo. Derechos y obligaciones de los trabajadores en materia de prevención de riesgos laborales. Conceptos básicos sobre Igualdad y contra la Violencia de Género. Temario Provisional Cocinero Temario Provisional Cocinero Temario Provisional Cocinero

MATERIAS ESPECÍFICAS Temario Provisional Cocinero 

Tema 1. – El local de cocina. Condiciones que debe reunir un local de cocina. Departamentos de cocina. Funciones y misiones de los mismos. Equipamiento. Distribución del trabajo en cocina.

Tema 2. – Maquinaria de cocina. Generadores de calor y frío. Pequeña maquinaria. Batería de cocina, moldes y herramientas.

Tema 3. – Control y recepción de géneros. Operaciones de almacenamiento. Circuito documental. Confección de fichas de productos. El escandallo.

Tema 4. – Términos culinarios. Métodos de cocinado. Definición, usos, aplicaciones y procesos.

Tema 5. – Introducción a la higiene sanitaria: Higiene alimentaria y Manipuladores de alimentos: definiciones. Los peligros físicos, químicos y biológicos en relación con los alimentos. Riesgos asociados y medidas preventivas. Nociones básicas de microbiología alimentaria. Enfermedades de transmisión alimentaria.

Tema 6. – Correctas Prácticas Higiénicas y de Manipulación en restauración colectiva. Legislación: Obligaciones y prohibiciones. Almacenamiento de alimentos y su adecuada conservación. Sistema de autocontrol.

Tema 7. – Limpieza y desinfección de las áreas de manipulación: Diseño de los locales de Manipulación. Limpieza y desinfección. Disposición y almacenamiento de residuos. El control de las plagas.

Tema 8. – Información sobre alérgenos: Alergia alimentaria e Intolerancia alimentaria.

Tema 9. – Alimentos: nutrición y dietética. Clases de alimentos y nutrientes. Hidratos de carbono, grasas, proteínas, vitaminas, minerales. Confección de menús y dietas.

Tema 10. – Sistemas y métodos de conservación y regeneración de productos. Temario Provisional Cocinero Temario Provisional Cocinero 

Tema 11. – Los condimentos. El azúcar, la sal y el vinagre. Hierbas aromáticas y especias. Condimentos frescos y secos. Hortalizas de condimentación. Aderezos. Grasas y aceites.

Tema 12. – Fondos de cocina. Fundamentales y complementarios. Salsas. Grandes y pequeñas salsas básicas. Salsas derivadas. Composición, variaciones, elaboración, aplicaciones y conservación.

Tema 13. – Hortalizas. Hortalizas de temporada. Limpieza y conservación. Métodos de cocinado. Elaboraciones. Las ensaladas. Setas y hongos.

Tema 14. – Las legumbres secas y las patatas. Clases, calidad, propiedades, preelaboración, aplicaciones, conservación y cocinado. Potajes, sopas, consomés y cremas. Las guarniciones.

Tema 15. – Huevos. Composición, valor comercial, conservación y grado de frescura. Métodos de cocinado. Las pastas. El arroz.

Tema 16. – Pescados y mariscos. Limpieza y conservación. Identificación del frescor, presentación en el mercado, métodos de captura y temporadas, especies más importantes, clasificación. Métodos de cocinado. Corte y racionado del pescado.

Tema 17. – Las carnes. Generalidades, valoración comercial. Métodos de cocinado. El vacuno mayor, vacuno menor, cerdo y cordero. Despieces y desguaces. Denominación de las piezas. Las aves, la caza. Los despojos. El foigras.

Tema 18. – Los postres. Simples y elaborados. Elaboraciones de repostería. Los quesos y lácteos. Helados. Las frutas. Elaboraciones de pastelería y panadería.

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