Información Bolsas de Empleo

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¿Te interesan las Bolsas de EMPLEO? Lea detenidamente el siguiente artículo

1. Usted va a acceder a la aplicación de gestión de bolsas de empleo de funcionarios interinos y de personal laboral temporal de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y sus organismos autónomos. ES MUY IMPORTANTE QUE DESCARGUE Y CONSULTE EL MANUAL DE USUARIO DE LA APLICACIÓN DE BOLSAS DE EMPLEO QUE SE ENCUENTRA EN ESTA PÁGINA.

2. NO se gestionan a través de esta aplicación las bolsas:

-Personal docente.

-Funcionarios sanitarios.

-Personal de centros e instituciones sanitarias de la Gerencia Regional de Salud.

-Personal fijo-discontinuo del operativo de prevención y extinción de incendios forestales en Castilla y León.

IMPORTANTE, Los participantes en las bolsas de empleo NO deberán solicitar certificado de los ejercicios superados o no superados de acceso a los Cuerpos, Escalas, Especialidades y competencias funcionales de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y sus organismos autónomos.

Cada una de las bolsas de empleo gestionadas por esta aplicación ha sido convocada en el «Boletín Oficial de Castilla y León». (Consulte las Convocatorias de Bolsas de Empleo: Aplicación del Decreto 21/2018)

Para una gestión más eficaz, se recomienda una lectura detenida de las bases de la convocatoria, y muy especialmente de los requisitos de participación y de los plazos, y demás obligaciones de los participantes.

Superada la fecha de corte publicada en la convocatoria, las nuevas inscripciones y actualizaciones surtirán efectos para la siguiente fecha de corte, que constituye el punto de inicio del procedimiento de reordenación de la bolsa constituida.

Acceso a la aplicación: Bolsas de Empleo

¿Necesita ayuda?: puede consultar cualquier duda contactando con Atención al Ciudadano en los teléfonos 012 / 983 32 78 50 o bien dirigirse a la dirección de correo: informacion012@jcyl.es

Manual de instrucciones Aplicación Bolsas de Empleo Junta de Castilla y León

Acceda a toda la información en la página web de la Junta de Castilla y León en el siguiente enlace: https://empleopublico.jcyl.es/web/es/empleo-publico/empleo-temporal.html

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Calendario Previsto Procesos Selectivos AGE 2022

Calendario Previsto Procesos Selectivos AGE 2022

Calendario Previsto Procesos Selectivos AGE 2022

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Una de las actuaciones fundamentales que se están impulsando desde la Secretaría de Estado de Función Pública lo constituye la reforma de los procesos de acceso al empleo público, que se ha plasmado en el documento de “Orientaciones para el cambio en materia de selección” presentado oficialmente en mayo del pasado año.

Fruto de estas orientaciones estratégicas para adecuar y actualizar el modelo de selección en la Administración General del Estado, se está trabajando en un Plan ejecutivo en el que se pretenden recoger las medidas de actuación necesarias para que, de manera progresiva y gradual, se vayan adaptando los procesos selectivos a los que la Administración del siglo XXI demanda y a lo que la sociedad necesita.

En materia de planificación de la selección, una de las medidas de mejora ampliamente demandada por la ciudadanía consiste en dar a conocer con antelación a las personas que aspiran a acceder al empleo público la previsión de las plazas que se van a convocar y un calendario orientativo de los procesos selectivos.

En este sentido, para su publicación y difusión, se ha elaborado este calendario de los procesos selectivos que se tienen previsto convocar en el 2022, con una estimación del número de
plazas, por acceso libre y promoción interna, fecha aproximada de la convocatoria, fecha aproximada del primer examen y lugar de celebración.

El número de plazas previstas para cada uno de los procesos selectivos incluye aquellas que están reservadas específicamente a las personas con discapacidad conforme a lo establecido en las correspondientes Ofertas de Empleo Público. Estas Ofertas reservan un cupo no inferior al 7 % de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad, de las que al menos el 2% se reservan para ser cubiertas por personas que acrediten discapacidad intelectual.

Por último, es importante señalar que la información que figura en este calendario ha sido facilitada por los distintos departamentos ministeriales, que su contenido es orientativo pudiendo ser objeto de actualización, y que para una mayor información sobre los procesos se deberá contactar con cada uno de los ministerios responsables de su convocatoria y gestión.

Ir a página web del INAP


Oposiciones Diputación Provincial de León. Imágen a href='httpswww.freepik.esfotosagua'Foto de Agua creado por wirestock - www.freepik.esa

Oposiciones Diputación Provincial de León

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ACUERDO de 17 de diciembre de 2021, de la Junta de Gobierno de la Diputación Provincial De León, por el que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria del proceso selectivo para la cobertura, mediante el sistema de oposición, de 3 plazas de Técnico de Administración General.

Enlace a Convocatoria PDF en BOCYL

 

ACUERDO de 17 de diciembre de 2021, de la Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de León, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria del proceso selectivo para la cobertura, mediante el sistema de oposición, de 1 plaza de Ingeniero/a Técnico/a Industrial.

Enlace a Convocatoria PDF en BOCYL

 

ACUERDO de 17 de diciembre de 2021, de la Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de León, por el que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria del proceso selectivo para la cobertura, mediante el sistema de oposición, de 2 plazas de Trabajador Social.

Enlace a Convocatoria PDF en BOCYL

 

ACUERDO de 17 de diciembre de 2021, de la Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de León, por el que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria del proceso selectivo para la cobertura, mediante el sistema de oposición, de 8 plazas de Administrativo/a.

Enlace a Convocatoria PDF en BOCYL

 

ACUERDO de 17 de diciembre de 2021, de la Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de León, por el que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria del proceso selectivo para la cobertura, mediante el sistema de oposición, de 3 plazas de Maestro/a de Taller.

Enlace a Convocatoria PDF en BOCYL

 

ACUERDO de 17 de diciembre de 2021, de la Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de León, por el que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria del proceso selectivo para la cobertura, mediante el sistema de oposición, de 9 plazas de Oficial/a de Recaudación.

Enlace a Convocatoria PDF en BOCYL

 

ACUERDO de 17 de diciembre de 2021, de la Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de León, por el que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria del proceso selectivo para la cobertura, mediante el sistema de oposición, de 15 plazas de Técnico/a de Atención Directa.

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Oposiciones Diputación Provincial de León


Auxiliar de carreteras. Listados y Examen

Auxiliar de carreteras. Listados y Examen

Auxiliar de carreteras. Listados y Examen

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RESOLUCIÓN de 6 de enero de 2022, de la Secretaría General de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, por la que se aprueba la relación definitiva de admitidos y excluidos del proceso selectivo para el ingreso, por el sistema de acceso libre, en la competencia funcional de Auxiliar de Carreteras de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, convocado por Orden PRE/886/2021.

Por Resolución de 2 de noviembre de 2021 de la Secretaría General de Fomento y Medio Ambiente (Boletín Oficial de Castilla y León de 19 de noviembre), se aprobaron y publicaron las listas provisionales de admitidos y excluidos en relación a la ORDEN PRE/886/2021, de 14 de julio, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema de acceso libre, en la competencia funcional de Auxiliar de Carreteras de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León de 22 de julio de 2021.

Finalizado el plazo de alegaciones a las listas provisionales de admitidos y excluidos y hechas las rectificaciones oportunas, y de conformidad con lo dispuesto en la base 9.2 de la citada Orden, esta Secretaría General

RESUELVE: Auxiliar de carreteras. Listados y Examen

Primero.– Aprobar las listas definitivas de admitidos y excluidos al citado proceso selectivo, con indicación de las causas de exclusión. Estas listas se encuentran expuestas al público en las Oficinas y Puntos de Información y Atención al Ciudadano de la Junta de Castilla y León, que se relacionan en el Anexo VII de la citada Orden de convocatoria y en la página web de la Dirección General de la Función Pública http://www.empleopublico.jcyl.es. Asimismo, la información se encuentra disponible en el Servicio Telefónico 012 de Información y Atención al ciudadano (para llamadas desde fuera de la Comunidad de Castilla y León: 983 327 850).

Segundo.– Convocar a los aspirantes admitidos para la celebración del primer ejercicio de la oposición el día 19 de febrero del 2022 a las 10,00 horas en los siguientes centros:

  • – Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales de la Universidad de León, sita en la Avenida del Valle Esgueva, n.º 6, Valladolid.
  • – Aulario Campus del Esgueva, sito en el Paseo Cauce 0, Valladolid.

Tercero.– Los aspirantes deberán adoptar las medidas necesarias para evitar la generación de riesgos de propagación de la enfermedad COVID-19, con arreglo a lo establecido en el Protocolo de adaptación a la nueva situación originada por la pandemia COVID-19 para la celebración de las pruebas de los procesos selectivos derivados de las Ofertas de Empleo Público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, que se encuentra disponible en la página web de la Dirección General de la Función Pública http://www.empleopublico.jcyl.es.

Los opositores tendrán que acreditar su personalidad con la presentación de su D.N.I. o cualquier otro documento que les identifique fehacientemente y deberán ir provistos de mascarilla y bolígrafo de tinta azul o negra.

Cuarto.– Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, en virtud de lo dispuesto en los artículos 10.1 a) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Igualmente, con carácter previo y potestativo, podrá interponerse contra la presente resolución recurso de reposición ante la Secretaría General de Fomento y Medio Ambiente, conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación.

Valladolid, 6 de enero 2022.

El Secretario General,

Fdo.: Ángel M.ª Marinero Peral

Ver publicación en BOCYL 18/01/2022


Ayuntamiento de Soria Oposiciones Policia Local 2022

Ayuntamiento de Soria Oposiciones 2022

Ayuntamiento de Soria Oposiciones 2022

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ACUERDO de 23 de diciembre de 2021, de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Soria, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2021. Expte.: 25530/2021.

Visto lo dispuesto en el artículo 91.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, y el artículo 19.Uno de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales para el año 2021.

Examinada la Plantilla de Personal y la correspondiente Relación de Puestos de Trabajo, figuran vacantes y dotadas presupuestariamente las plazas que se señalan a continuación.

Visto que dicha propuesta ha sido sometida a la negociación de la Comisión Paritaria con fecha 20 de diciembre de 2021 y visto el Dictamen por unanimidad de la Comisión Informativa Permanente de Gobernanza y Coordinación Institucional de fecha 23 de diciembre de 2021, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha diez de julio de dos mil diecinueve, por unanimidad, acuerda:

Primero.– Aprobar la siguiente Oferta de Empleo Público Municipal correspondiente a las plazas con asignación presupuestaria que a continuación se relacionan para el año 2021, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.Uno de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales para el año 2021:

  • – Grupo según artículo 76 R.D.L. 5/2015: C1 (Anterior C de la Ley 30/1984): Clasificación: Escala de Administración Especial; Subescala Servicios Especiales; Escala Ejecutiva: Número de vacantes 7. Denominación de la Plaza: Agente de Policía Local.
  • – Grupo según artículo 76 R.D.L. 5/2015: A2 (Anterior B de la Ley 30/1984): Clasificación: Escala de Administración Especial; Subescala Servicios Especiales; Escala Técnica; Número de vacantes 1; Denominación del puesto: Subinspector Policía Local. Promoción interna.
  • – Grupo según artículo 76 R.D.L. 5/2015: C1 (Anterior C de la Ley 30/1984): Clasificación: Escala de Administración Especial; Subescala Servicios Especiales; Número de vacantes 3. Denominación de la Plaza: Bombero.
  • – Grupo según artículo 76 R.D.L. 5/2015: C1 (Anterior C) de la Ley 30/1984): Clasificación: Escala de Administración Especial; Subescala Servicios Especiales; Número de vacantes 3; Denominación del puesto: Cabo de Bombero. Promoción interna.
    • A) La anterior Oferta de Empleo Público quedará ampliada en los supuestos de vacantes que se produzcan por cualquier causa.
    • B) En las Convocatorias de las pruebas selectivas correspondientes de la presente Oferta de Empleo Público, se incluirá en las plazas que sea posible, un cupo no inferior al siete por ciento de las vacantes, para ser cubiertas entre personas con discapacidad, considerando como tales las definidas en el artículo 4.1 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.

Segundo.– La presente Oferta de Empleo Público se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León y en el Boletín Oficial de la Provincia de Soria.

Soria, 23 de diciembre de 2021. Ayuntamiento de Soria Oposiciones 2022

El Alcalde-Presidente,Fdo.: Carlos Martínez Mínguez


Personal de Servicios Convocatoria 2021

Personal de Servicios Convocatoria 2021

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ORDEN PRE/1508/2021, de 2 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso, por el sistema de acceso libre, en la competencia funcional de personal de servicios de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

La Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, establece los límites y condiciones en las que las Administraciones Públicas podrán proceder a la incorporación de nuevo personal, autorizando junto a la tasa de reposición de efectivos en determinados sectores y actividades una tasa adicional para la estabilización de empleo temporal.

Los procesos selectivos de estabilización de empleo temporal necesariamente deben garantizar el cumplimiento de los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad, y su articulación, tal como se señala en la Ley de Presupuestos precitada, podrá ser objeto de negociación en cada uno de los ámbitos territoriales de la Administración General del Estado, Comunidades Autónomas y Entidades Locales, pudiendo articularse medidas que posibiliten una coordinación entre las diferentes Administraciones en el desarrollo de los mismos.

Haciendo uso de la posibilidad de negociación para la articulación de los procesos de estabilización se suscribió, el 14 de diciembre de 2018, el Acuerdo sobre la articulación de los procesos de estabilización incluidos en la oferta de empleo público 2018 de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (Boletín Oficial de Castilla y León de 4 de diciembre de 2019), según el cual «Las convocatorias derivadas de la Oferta de Empleo Público de 2018 para personal laboral y funcionario no docente, donde se incluyan plazas de estabilización o de indefinidos no fijos declarados por sentencia judicial, se harán por el sistema de concurso-oposición en un porcentaje del 40 para la fase de concurso y de un 60 para la oposición. En la fase de concurso se valorará el tiempo de servicios prestados en las Administraciones Públicas al 70% y los títulos académicos reconocidos oficialmente con el 30% restante. Las convocatorias pendientes de la oferta de 2017 se acumularán a las de 2018.»

En su virtud y con el fin de atender las necesidades de personal de esta Administración expresadas en el Acuerdo 64/2018, de 20 de diciembre, de la Junta de Castilla y León por el que se amplía la Oferta de Empleo Público de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y sus Organismos Autónomos para el año 2018, esta Consejería, en ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 7.2 k de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León,

RESUELVE Personal de Servicios Convocatoria 2021

Convocar proceso selectivo para el ingreso, por el sistema de acceso libre, en la competencia funcional de Personal de Servicios de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, que se regirá por las presentes

BASES Personal de Servicios Convocatoria 2021

Primera.– Normativa aplicable. Personal de Servicios Convocatoria 2021

El proceso selectivo se ajustará a lo establecido en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, en el Decreto 67/1999, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal y de provisión de puestos de trabajo de los funcionarios de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en el Decreto 83/2008, de 23 de diciembre, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público, a la provisión de puestos de trabajo y a la formación en la Administración de Castilla y León y en el Convenio Colectivo para el personal laboral de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y sus Organismos Autónomos.

La presente convocatoria cumple el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres en el acceso al empleo público, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Segunda.– Número y características de las plazas. Personal de Servicios Convocatoria 2021

2.1. Se convoca proceso selectivo para cubrir, por el sistema de acceso libre, 346 plazas correspondientes a la competencia funcional de Personal de Servicios de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, 38 de las cuales se reservan para ser cubiertas por el turno de personas con discapacidad que tengan reconocido un grado igual o superior al 33%.

Los puestos de trabajo concretos se recogen en el Anexo I de esta orden.

2.2. Los aspirantes que concurran en el turno reservado a personas con discapacidad, sólo podrán hacerlo en dicho turno.

2.3. Las plazas reservadas para el turno de personas con discapacidad que no sean cubiertas, se acumularán a las plazas del turno general.

2.4. En el caso de que algún aspirante que participe en el turno de personas con discapacidad superase el ejercicio sin obtener plaza resultando su puntuación superior a la obtenida por otros aspirantes del turno general, será incluido por su orden de puntuación en la relación de aprobados.

Tercera.– Proceso selectivo y calificación.

3.1. El proceso selectivo se realizará mediante concurso-oposición, con las fases, ejercicio, valoraciones y puntuaciones que se especifican en el Anexo II.

3.2. El ejercicio del proceso selectivo deberán ampararse en la normativa vigente en el momento de publicar la fecha de realización del primer ejercicio.

Cuarta.– Programa. Personal de Servicios Convocatoria 2021

El programa que rige el proceso selectivo figura como Anexo III a esta convocatoria.

Quinta.– Requisitos de los aspirantes. Personal de Servicios Convocatoria 2021

Quienes aspiren a ingresar en la competencia funcional de Personal de Servicios de la Administración de la Comunidad de Castilla y León deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la formalización del contrato como trabajador laboral fijo, los siguientes requisitos de participación:

  • a) Nacionalidad.
    • 1. Tener la nacionalidad española.
    • 2. Ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea.
    • 3. Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
    • 4. Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
    • 5. Los extranjeros que no estando incluidos en los párrafos anteriores se encuentren con residencia legal en España.
  • b) Edad. Tener cumplidos dieciséis años de edad.
  • c) Titulación. Estar en posesión o en condiciones de obtener, antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes del Certificado de Escolaridad o equivalente (o con competencia funcional reconocida en Ordenanza laboral o Convenio Colectivo).
  • Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.
  • d) Capacidad. Poseer la capacidad necesaria para el desempeño de las funciones correspondientes a la competencia funcional a la que aspira a acceder.
  • e) Habilitación. No haber sido separado mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse incurso en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado, ni pertenecer a la misma competencia funcional a la que se presenta.
  • En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

En cualquier momento del procedimiento el órgano gestor del proceso selectivo podrá solicitar a los aspirantes la documentación justificativa que acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos en la presente convocatoria.

Sexta.– Acceso de personas con discapacidad. Personal de Servicios Convocatoria 2021

6.1. Las personas que, como consecuencia de su discapacidad, presenten especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas, podrán solicitar las adaptaciones y los ajustes de tiempo y medios que precisen para la realización de las pruebas en condiciones de igualdad. A tal efecto, los interesados deberán formular en el modelo de solicitud la petición concreta, adjuntando el dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad que acredite la necesidad de las adaptaciones solicitadas. El Tribunal resolverá lo que en cada caso proceda de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 83/2008, de 23 de diciembre, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público, a la provisión de puestos de trabajo y a la formación en la Administración de Castilla y León, notificando a los interesados su decisión con antelación a la realización de las pruebas.

6.2. Quienes concurran al proceso selectivo objeto de la presente convocatoria por el turno reservado a personas con discapacidad deberán poseer el grado de discapacidad que les permite acceder a dicho turno el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlo hasta el día de la formalización del contrato como trabajador laboral fijo.

Los aspirantes por este turno deberán comunicar al órgano gestor del proceso selectivo cualquier modificación en su grado de discapacidad que se produzca durante el desarrollo del proceso selectivo. El órgano gestor resolverá de oficio la incorporación del aspirante, en su caso, al turno general con la puntuación conseguida hasta ese momento.

El reconocimiento de una discapacidad con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, aun cuando se hiciese con efectos retroactivos, no conllevará en ningún caso la admisión del aspirante al turno reservado a personas con discapacidad.

Séptima.– Ingreso de la tasa por los derechos de examen y presentación de la solicitud. Personal de Servicios Convocatoria 2021

7.1. Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán cumplimentar la solicitud, siguiendo las instrucciones que se acompañan como Anexo IV, y presentarla según se establece en los apartados siguientes.

La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

7.2. El plazo de presentación de la solicitud es de veinte días hábiles a partir del día 10 de enero de 2022. Las solicitudes se dirigirán a la Dirección General de la Función Pública, C/ Santiago Alba, n.º 1, 47071 - Valladolid, órgano gestor del procedimiento.

7.3. La presentación de la solicitud se realizará por cualquiera de los medios siguientes, y preferentemente por vía telemática:

  • a) Telemáticamente, en el Registro Telemático de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
  • La presentación telemática de la solicitud conlleva necesariamente el pago telemático de la tasa por derechos de examen, salvo los casos de exención.
  • Es necesario como requisito previo para la inscripción el poseer un certificado digital de persona física válido o el DNI electrónico con los certificados activados.
  • Para presentar telemáticamente la solicitud, se deberán seguir los siguientes pasos:
    • 1. Cumplimentar el modelo 046 de pago telemático de la tasa por derechos de examen, y realizar el pago, a través del enlace https://www.tributos.jcyl.es/web/jcyl/Tributos/es/Plantilla100/1284270174781/_/_/_. No deberán realizar este trámite quienes estuvieran exentos de pago.
    • 2. Realizado el pago telemático de la tasa, deberá cumplimentar el formulario «solicitud de admisión a pruebas selectivas» al que se accede desde la página web https://empleopúblico.jcyl.es.es. Cumplimentado el formulario, en el que deberá consignarse el código alfanumérico identificativo del modelo 046, se elegirá la opción «GRABAR, FIRMAR Y REGISTRAR» y se seguirán los pasos que se van indicando (comprobación de la solicitud, anexado de la documentación prevista en la base 7.4 y firma digital). El proceso terminará cuando se obtenga el Recibo de Presentación del Documento, que se podrá guardar y/o imprimir como justificante de presentación.
  • b) Presencialmente, en soporte papel, siguiendo los siguientes pasos:
    • 1. Cumplimentar on line el modelo 046 de pago de la tasa por derechos de examen y realizar el pago, de alguna de las siguientes formas:
      • a) De forma telemática, con certificado digital o DNI electrónico, a través del enlace https://www.tributos.jcyl.es/web/jcyl/Tributos/es/Plantilla100/1284270174781/_/_/_.
      • b) Con tarjeta de débito o crédito de cualquier entidad financiera con TPV virtual, a través del mismo enlace.
      • c) Imprimir el modelo 046 cumplimentado y efectuar el pago presencial mediante ingreso a través de alguna de las entidades colaboradoras relacionadas en el enlace https://tributos.jcyl.es/web/es/modelo-pago-tasas-precios/entidades-financieras-pago-ventanilla.html
    • No deberán realizar este trámite quienes estuvieran exentos de pago.
    • 2. Cumplimentar el formulario «solicitud de admisión a pruebas selectivas» a través del enlace https://empleopúblico.jcyl.es.es. Cumplimentado el formulario, en el que deberá consignarse el código alfanumérico identificativo del modelo 046, se elegirá la opción «GRABAR Y GENERAR PDF». El documento se puede guardar y se debe imprimir y firmar para presentarlo dentro del plazo establecido y junto con los documentos a que se refiere el punto 7.4, en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registros de la Administración de la Comunidad de Castilla y León que se relacionan en el siguiente enlace: https://www.jcyl.es/web/jcyl/Portada/es/Plantilla100DirectorioPortada/1248366924958/1279887997704/1144425291523/ DirectorioPadre
    • Igualmente podrá presentarlo en cualquiera de los centros oficiales a los que se refiere y en la forma que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. De presentarse en oficinas de correos, deberá hacerse en sobre abierto para que puedan ser selladas antes de ser certificadas.
    • 3. Cada solicitud tendrá asignado un número de referencia identificativo único (no son válidas las fotocopias).
  • c) Las solicitudes podrán cursarse en el extranjero mediante su presentación en las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A la solicitud deberá acompañarse el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen.

7.4. Junto con la solicitud deberá presentar:

  • El modelo 046 (ejemplar para la Administración), validado por la entidad bancaria, acreditativo de haber abonado la tasa correspondiente, o el justificante si se ha abonado la tasa telemáticamente o mediante tarjeta.
  • La documentación acreditativa, en su caso, de tener la condición de familia numerosa o de persona con discapacidad si no pertenece a la Comunidad de Castilla y León o, perteneciendo a ésta, no ha autorizado a su consulta.
  • La documentación acreditativa del nivel de renta en el supuesto de exención que lo exija, salvo que se haya autorizado a su consulta.
  • La documentación acreditativa de la condición de víctima del terrorismo, en su caso.

7.5. Están exentas del pago de la tasa por derechos de examen:

  • a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.
  • b) Los miembros de las familias numerosas que tengan reconocida tal condición, siempre que la base imponible total, menos el mínimo personal y familiar, del sujeto pasivo de la tasa no supere 18.900 euros en tributación individual o 31.500 en tributación conjunta, en el ejercicio fiscal 2020.
  • c) Las víctimas del terrorismo, que tengan acreditado tal condición de conformidad con lo establecido en la Ley 4/2017, de 26 de septiembre, de Reconocimiento y Atención a las Víctimas del Terrorismo en Castilla y León.

7.6. El importe de la tasa por derechos de examen es de 5,90 €, de acuerdo con lo establecido en la Orden EYH/380/2021, de 31 de marzo, por la que se acuerda la publicación de las tarifas vigentes de las tasas a partir del día 26 de febrero de 2021.

7.7. La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento del mismo determinará la exclusión del aspirante.

7.8. En ningún caso la presentación y pago de la tasa de los derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

Octava.– Tribunal. Personal de Servicios Convocatoria 2021

8.1. El Tribunal calificador es el que figura en el Anexo V a esta convocatoria.

8.2. El Tribunal ajustará su actuación a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla, Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, y en el Reglamento General de ingreso del personal y de provisión de puestos de trabajo de los funcionarios al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, aprobado por Decreto 67/1999, de 15 de abril, en todo lo que no contradiga a las anteriores normas.

8.3. El Tribunal actuará con autonomía y de acuerdo con los principios de objetividad, imparcialidad y profesionalidad de sus miembros. Podrá solicitar al órgano gestor del proceso el nombramiento del personal colaborador o asesor que estime necesario para el desarrollo de las pruebas, a los que serán de aplicación las mismas prohibiciones de participación y causas de abstención y recusación que a los miembros del Tribunal.

8.4. En su actuación velará por el cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos y adoptará las medidas que resulten más adecuadas para evitar discriminación. Así mismo adoptará las medidas oportunas que permitan a los aspirantes con discapacidad que así lo hubieran indicado en la solicitud, poder participar en igualdad de condiciones que el resto de participantes.

8.5. Corresponde al Tribunal la aplicación de las presentes bases, así como la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir, adoptando las decisiones motivadas que estime pertinentes. En particular, si en algún momento tuviera conocimiento de que algún aspirante no cumple alguno de los requisitos exigidos, o del examen de la documentación resultara que la solicitud adolece de errores o falsedades que imposibilitaran su acceso a la competencia funcional objeto de convocatoria, el Tribunal previa audiencia del interesado, propondrá al órgano gestor su exclusión, comunicándole las inexactitudes detectadas.

8.6. Con sujeción a los criterios de valoración previstos en el Anexo II de las presentes bases, podrá el tribunal acordar y desarrollar los parámetros que estime oportunos para la calificación del ejercicio, haciéndolos públicos con anterioridad a su realización.

8.7. El Tribunal se constituirá en el plazo máximo de un mes a partir de la publicación de la relación provisional de admitidos y excluidos, previa convocatoria del Presidente a los miembros del tribunal titular y suplente. Ambos tribunales podrán actuar de forma conjunta.

8.8. A efectos de comunicación y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Dirección General de la Función Pública, C/ Santiago Alba, n.º 1, 47071 – Valladolid.

Novena.– Desarrollo del proceso selectivo. Personal de Servicios Convocatoria 2021

9.1. En el plazo máximo de tres meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, el órgano gestor del proceso dictará resolución por la que se aprueba la relación provisional de admitidos y excluidos, con indicación del turno general o reservado a personas con discapacidad en el que participan y de las causas de exclusión, indicando los lugares en los que se encuentra expuesta al público. Dicha resolución se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León.

9.2. Los aspirantes dispondrán de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación, para formular alegaciones o subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o en su caso, su no inclusión expresa, sin perjuicio de los recursos administrativos que procedan contra la resolución por la que se apruebe la relación definitiva de admitidos y excluidos.

Finalizado el plazo de alegaciones, el órgano gestor dictará resolución por la que se aprueba la relación definitiva de admitidos y excluidos del proceso selectivo, indicando lugar, fecha y hora para el comienzo del primer ejercicio. Dicha resolución se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León.

9.3. El desarrollo del ejercicio tendrá lugar en las localidades de Burgos, León, Salamanca y Valladolid. No obstante, atendiendo a razones de salud pública y mediante resolución del órgano gestor a propuesta del Tribunal, podría desarrollarse en varias localidades, que se determinarán en función del número de participantes que haya en cada provincia, según el domicilio que hayan consignado en la solicitud de participación. La resolución deberá hacerse pública con la suficiente antelación.

Las fechas de celebración del ejercicio pueden coincidir con las fechas de celebración de ejercicios de otros procesos selectivos.

9.4. El orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por el primer aspirante cuyo apellido comience por la letra «Q», de conformidad con lo establecido en la Orden PRE/649/2020, de 14 de julio, por la se hace público el resultado del sorteo para determinar el orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos (Boletín Oficial de Castilla y León de 16 de julio de 2020). A estos efectos, cuando el primer apellido esté encabezado por preposición o por preposición más artículo –«de», «del», «de la(s)»– independientemente de la forma en que sea transcrito por las personas interesadas, estos elementos se incorporarán para su alfabetización en minúscula tras el nombre.

9.5. Los aspirantes podrán ser convocados al ejercicio en llamamiento único o en varios llamamientos siendo excluidos quienes no comparezcan.

Los aspirantes que no puedan realizar las pruebas selectivas debido a estar enfermos el día de la celebración de la prueba por el COVID-19, por ser contactos estrechos de un caso confirmado o por otras situaciones reconocidas por la autoridad sanitaria relacionadas directamente con el COVID-19 que le impidan el acceso a la realización de la prueba, lo comunicarán a través del correo procesos selectivos@jcyl.es con anterioridad a la fecha de la prueba o en un plazo no superior a 48 horas tras la celebración de la misma.

Si se produjeran dichas circunstancias, que deberán acreditarse mediante certificación de la autoridad sanitaria, y los aspirantes afectados lo reclamasen, el Tribunal deberá fijar otra fecha para la realización de las pruebas selectivas a las que no pudieron concurrir los aspirantes reclamantes.

9.6. En caso de que la realización del ejercicio de la fase de oposición no pueda ser simultánea para los turnos general y reservado a personas con discapacidad, se realizará primero el correspondiente al turno reservado a personas con discapacidad. De igual forma se valorarán en primer lugar las pruebas realizadas por los aspirantes de dicho turno y a continuación las del turno general.

9.8. Concluido el ejercicio de la fase de oposición, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes que los han superado, con indicación de la puntuación obtenida, separando los turnos de acceso general y reservado a personas con discapacidad. Al consistir el ejercicio en un cuestionario de preguntas con respuestas múltiples, el Tribunal hará pública la plantilla de respuestas correctas, concediendo a los interesados un plazo de cinco días hábiles para plantear reclamaciones. El Tribunal resolverá las reclamaciones con carácter previo a la corrección del ejercicio y hará pública su decisión en la resolución por la que se declare los aspirantes que han aprobado el ejercicio. Esta plantilla no será recurrible de forma independiente a la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

Asimismo el Tribunal hará pública, en listado independiente, la relación de calificaciones obtenidas por los aspirantes que, habiendo concurrido a la realización del ejercicio, no lo hubieran superado. En dicha relación, la identificación de los aspirantes se efectuará, exclusivamente, mediante la indicación de los dígitos de su documento nacional de identidad que ocupen las posiciones cuarta, quinta, sexta y séptima.

9.9. Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados, aquel quedará aplazado para ella, reanudándose a la terminación de la causa, siempre y cuando tal aplazamiento no menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables; este extremo deberá ser valorado por el Tribunal. En tal caso, la realización de las pruebas pendientes deberá tener lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el respectivo proceso selectivo.

9.10. Finalizada la fase de oposición del proceso selectivo, el Tribunal hará pública la relación de los aspirantes que la hayan superado, separando los turnos de acceso general y reservado a personas con discapacidad, abriéndose un plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente a que se haga pública dicha relación para presentar ante el órgano gestor del proceso selectivo la documentación acreditativa de los méritos que deseen que les sean valorados en la fase de concurso, así como copia de la solicitud de certificado de servicios prestados (Anexo VI).

La acreditación de servicios prestados se realizará conforme se especifica en el Anexo II («2. Fase de concurso», «b) Forma de acreditación»).

Para solicitar el certificado de servicios prestados deberá utilizarse el modelo que figura como Anexo VI.

9.11. El Tribunal valorará los méritos de conformidad con el baremo establecido en el Anexo II y publicará la relación que contenga la valoración provisional de los méritos de la fase de concurso. Los aspirantes podrán efectuar alegaciones en un plazo de 10 días hábiles a partir del siguiente al de su publicación, finalizado el cual el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de esta fase.

9.12. Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal hará pública la relación única de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, ordenados por la puntuación total obtenida, con independencia del turno por el que hayan participado. La puntuación total vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la de concurso, en la forma establecida en el Anexo II, especificando las calificaciones del ejercicio de la fase de a oposición y la valoración cada uno de los méritos de la fase de concurso.

9.13. Desde la publicación de la resolución aprobatoria de la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos hasta la publicación del acuerdo del tribunal declarativo de los aspirantes que han superado el proceso selectivo no deberán transcurrir más de ocho meses. Los solicitantes podrán entender desestimadas sus peticiones transcurrido el tiempo máximo establecido sin que recaiga resolución expresa.

Décima.– Relación de opositores que han superado el proceso selectivo y presentación de documentos. Personal de Servicios Convocatoria 2021

10.1. El Tribunal elevará a la Consejería de la Presidencia la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo, y no podrá declarar que lo ha superado un número de aspirantes superior al de las plazas convocadas.

No obstante para asegurar la cobertura de las plazas convocadas, el órgano convocante requerirá al órgano de selección la relación complementaria de los aspirantes aprobados que sigan a los que lo han superado cuando se produzca alguna de las siguientes circunstancias:

  • a) Que se registre la renuncia o tenga lugar el fallecimiento de alguno de los aspirantes que han superado el proceso selectivo antes de la formalización del contrato.
  • b) Que algún aspirante que ha superado el proceso selectivo no presente la documentación exigida o del examen de ésta se deduzca que carece de los requisitos establecidos en la convocatoria.

10.2. La Consejería de la Presidencia aprobará y publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo, la oferta de puestos de trabajo y el modelo para solicitarlos.

10.3. En el plazo de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación a que se refiere el apartado anterior, los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo deberán presentar en la Dirección General de la Función Pública los siguientes documentos:

  • a) D.N.I., titulación y acreditación del grado de discapacidad, en su caso, salvo que se haya autorizado a su consulta.
  • b) Certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales, únicamente en caso de acceso a puestos de trabajo que impliquen un contacto habitual con menores. En ausencia de autorización para su consulta, el interesado deberá aportar su respectiva copia auténtica conforme dispone el Art. 27 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • c) Declaración responsable de no hallarse inhabilitado, por sentencia firme, para el ejercicio de funciones públicas, ni de haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier Administración Pública. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida el acceso a la función pública en su Estado.
  • d) Declaración responsable de no tener la condición de personal laboral fijo de la competencia funcional objeto de la convocatoria.
  • e) Declaración responsable de poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la competencia funcional objeto de la convocatoria.

Ante la imposibilidad debidamente justificada de presentar alguno de los documentos señalados en los apartados anteriores, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier prueba admisible en Derecho.

10.4. Asimismo, los aspirantes que han superado el proceso selectivo deberán cumplimentar el modelo de solicitud de puestos, consignándolos por orden de preferencia.

10.5. La documentación referida en los apartados anteriores se aportará en el Registro Electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

10.6. Salvo casos de fuerza mayor, quienes dentro del plazo fijado no hayan autorizado a la Administración para la consulta de los datos personales establecidos en el apartado a) y b) o no presenten la documentación requerida, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en las bases de la convocatoria, no podrán ser contratados como personal laboral fijo, quedando sin efectos todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación.

10.7. En el caso de personas con discapacidad, la imposibilidad de acreditar la condición de discapacidad por pérdida de la misma durante el desarrollo del proceso selectivo supone la pérdida del requisito exigido para participar en el proceso selectivo por este turno de reserva y la imposibilidad de adquirir la condición de personal laboral fijo, quedando sin efecto las actuaciones realizadas, sin perjuicio de lo establecido en la base 6.2.

Undécima.– Adjudicación de plazas y formalización del contrato. Personal de Servicios Convocatoria 2021

Transcurrido el plazo de presentación de documentos, la Consejería de la Presidencia dictará una orden por la que se adjudican las plazas interesadas conforme al orden de puntuación alcanzado, indicándose el plazo en el que los interesados deberán formalizar el contrato y el de su posterior incorporación al puesto de trabajo. Dicha orden será publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León.

En el supuesto de que el puesto obtenido esté ocupado por un trabajador con contrato de duración determinada, podrá demorarse la incorporación al puesto adjudicado hasta la finalización del período estipulado, no permitiéndose la prórroga de tal contrato en caso alguno.

No adquirirá la condición de personal laboral fijo de la competencia funcional convocada el aspirante aprobado que sin causa justificada no formalice el contrato de trabajo dentro del plazo establecido para ello.

Duodécima.– Publicidad de las actuaciones. Personal de Servicios Convocatoria 2021

La información oficial relativa a las Resoluciones del Tribunal correspondientes a la convocatoria del ejercicio y a calificaciones, así como cualquier otra información de carácter general de utilidad para los interesados se facilitará en los tablones de anuncios de las oficinas de asistencia en materia de registros de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y en el Portal de Empleados Públicos de la Junta de Castilla y León (https://empleopúblico.jcyl.es.es). La información estará asimismo disponible en el Servicio telefónico de Información y Atención al Ciudadano 012 o 983 327 850 (teléfono gratuito si se dispone de tarifa plana).

Norma final.

Contra la presente orden, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, de conformidad con lo establecido en los artículos 8.2 a) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Igualmente, con carácter previo y potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante la Consejería de la Presidencia en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, según lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Valladolid, 2 de diciembre de 2021.

El Consejero
de la Presidencia, Fdo.: Ángel Ibáñez Hernando

ANEXO II Personal de Servicios Convocatoria 2021

DESCRIPCIÓN DEL PROCESO SELECTIVO Personal de Servicios Convocatoria 2021

1.– Fase de oposición. Personal de Servicios Convocatoria 2021

Constará de un único ejercicio de carácter obligatorio y eliminatorio. La valoración máxima de esta fase será de veinte (20) puntos.

Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de setenta (70) preguntas con respuestas múltiples sobre las materias que figuran en el programa. De estas veinticinco (25) preguntas se referirán a las materias comunes y cuarenta y cinco (45) a las materias específicas.

Los cuestionarios incluirán siete preguntas de reserva para posibles anulaciones, de tal forma que dos (2) preguntas se referirán a las materias comunes y cinco (5) a las materias específicas. En el supuesto de que las preguntas de reserva llegasen a agotarse, las posibles preguntas anuladas por encima de las de reserva se tendrán por no puestas, debiendo revisar el Tribunal los coeficientes de puntuación, y adaptándolo al nuevo número de preguntas correctas.

En la realización de este ejercicio se aplicarán las siguientes reglas:

  • a) Todas las preguntas tendrán el mismo valor.
  • b) Las preguntas contarán con cuatro respuestas alternativas de las que solo una de ellas será correcta.
  • c) Las contestaciones erróneas se penalizarán con un cuarto del valor de la respuesta correcta.
  • d) Las preguntas no contestadas ni puntúan ni restan.

Para responder a las setenta y siete preguntas de este ejercicio, los opositores dispondrán de setenta y siete (77) minutos.

El ejercicio será calificado de 0 a 20 puntos. La calificación mínima para la superación del ejercicio, será al menos, el 60% de la puntuación resultante de la media de las 10 puntuaciones más altas obtenidas por los aspirantes. Se considerara una nota por cada aspirante aunque la misma se repita. No obstante lo anterior, no se puede declarar en ningún caso que ha superado el ejercicio un número de aspirantes que suponga más del 400% de las plazas objeto de convocatoria para cada uno de los turnos, salvo empates en el marginal.

2.– Fase de concurso. Personal de Servicios Convocatoria 2021

Esta fase de concurso se valorará con un máximo de 20 puntos.

La valoración de los méritos se realizará una vez celebrada la fase de oposición y únicamente a los candidatos que la hayan superado.

Los méritos no acreditados en tiempo y forma no serán objeto de valoración.

La fecha de referencia de méritos es la de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en el proceso selectivo.

a) Baremo.

  • 1. Por experiencia en puesto de trabajo de contenido funcional idéntico o equivalente al especificado en el Convenio Colectivo vigente para el personal laboral al servicio de la Administración de Castilla y León, hasta un máximo de 14 puntos, valorando a razón de 0,08 puntos por cada mes de servicios prestados en la Administración y Organismos Autónomos de Castilla y León o en cualquiera de las Administraciones Públicas a las que se refiere el apartado tercero del artículo 2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • 2. Por títulos académicos reconocidos oficialmente, de nivel igual o superior al exigido como requisito para el acceso a las pruebas selectivas y relacionados directamente con la competencia funcional a la que se oposita, 2 puntos por cada uno de ellos, hasta un máximo de 6 puntos. No será objeto de valoración el título que se aporte como requisito de acceso.

b) Forma de acreditación.

  • A instancia del interesado se acreditarán los servicios prestados o reconocidos en la Administración General de la Comunidad de Castilla y León o en sus Organismos autónomos, mediante el certificado (Anexo VII) expedido por el órgano superior de personal de la Consejería u Organismo Autónomo, en ejemplar duplicado. Uno de los ejemplares será remitido al órgano gestor del proceso selectivo en el plazo de 15 días desde que fue solicitado, y el otro al interesado.
  • Los servicios prestados fuera de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León o de sus Organismos autónomos se acreditarán con el certificado expedido por el órgano competente de dicha Administración, en el que consten la categoría desempeñada, sus funciones, el grupo de cotización y el Convenio colectivo aplicable, al que deberán acompañar el certificado de permanencia en alta en el grupo profesional correspondiente expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social. Dichas certificaciones deben ser originales o estar debidamente compulsadas. Estos servicios no serán objeto de valoración en el supuesto de apreciarse discordancia entre la categoría certificada por la empresa y el grupo profesional por el que se haya cotizado.

3.– Calificación final. Personal de Servicios Convocatoria 2021

La calificación del proceso selectivo se obtendrá por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la de concurso, una vez prorrateadas al 60 y 40 por cien, respectivamente. Para determinar dicha cifra se utilizará la siguiente fórmula: 10 (0,60 x nota oposición/ puntuación máxima oposición + 0,40 x puntos concurso/puntuación máxima concurso).

Las puntuaciones se redondearán al alza en el tercer decimal.

Para superar el proceso selectivo el opositor deberá haber aprobado el ejercicio obligatorio y eliminatorio de la fase de oposición y encontrarse, una vez aplicada la formula descrita anteriormente, por orden de puntuación dentro del número máximo de plazas.

En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición. Si continuaran produciéndose empates, se acudirá para deshacerlo a la mayor puntuación obtenida en la fase de concurso de acuerdo con la siguiente prioridad: experiencia en puesto de trabajo y títulos académicos.

No obstante, en caso de empate en la puntuación final obtenida entre varios aspirantes, si uno de ellos ha participado por el turno de personas con discapacidad, éste ocupará el primer lugar de entre ellos, circunstancia que se aplicará con carácter previo a los criterios generales de prelación establecidos anteriormente.

ANEXO III

PROGRAMA

MATERIAS COMUNES.

1.– La organización de la Administración de la Comunidad de Castilla y León: Las consejerías y delegaciones territoriales de la Junta de Castilla y León. Los organismos autónomos.

2.– El TREBEP: Clases de personal. Derechos y deberes esenciales de los empleados públicos. Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y Organismos Autónomos dependientes de ésta.

3.– Conceptos básicos sobre seguridad y salud en el puesto de trabajo. Conceptos básicos sobre igualdad, discapacidad y contra la violencia de género.

MATERIAS ESPECÍFICAS.

Tema 1: Funciones y contenidos en materia de lavado y planchado de ropa: Recogida, tratamiento y almacenamiento. Manejo de maquinaria. Tipos de ropa, materiales de fabricación y su tratamiento.

Tema 2: Funciones, procedimientos y contenidos en materia de limpieza de instalaciones, útiles y superficies; herramientas y productos de limpieza.

Tema 3: Funciones, procedimientos y contenidos en materia de comedores. Gestión de entregas y recogidas de servicios, atención al cliente, limpieza y puesta a punto.

Tema 4: Prevención de riesgos laborales: Riesgos inherentes a las actividades. Riesgos de seguridad, higiene y ergonomía. Primeros auxilios y medidas de emergencia.

Tema 5: Símbolos de lavandería. Normas de lavandería.

Tema 6: Etiquetado de productos. Aspectos ecológicos en la limpieza. Eliminación de residuos.

Tema 7: Instrucciones higiénicas básicas del personal de limpieza en contacto con los alimentos. Condiciones higiénico-sanitarias.

ANEXO IV

Instrucciones para cumplimentar la solicitud

INSTRUCCIONES GENERALES:

Recuerde que previamente a cumplimentar la solicitud debe abonar el importe de la tasa a través del modelo 046, el cual deberá presentar junto a la solicitud de participación.

Cumplimente el modelo oficial de solicitud a través del enlace:

https://empleopúblico.jcyl.es.es

Recuerde que su solicitud debe firmarla y presentarla preferentemente por vía telemática en el Registro Telemático de la Administración de la Comunidad de Castilla y León con certificado digital/DNI electrónico.

CONVOCATORIA:

Convocatoria: Seleccionar PERSONAL DE SERVICIOS – Libre 2018.

Fecha de publicación: Este campo se rellenará automáticamente una vez que conste la información del apartado anterior con la fecha de publicación de la Orden de convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Tipo de acceso: Seleccionar turno libre o libre discapacidad.

Provincia de examen: Seleccionar «Burgos», «León», «Salamanca» o «Valladolid».

Idioma: Estará activo en su caso.

Grado de discapacidad: Si procede se cumplimentará con el grado que tenga reconocido.

Adaptación: Si lo precisa seleccione la petición concreta de las adaptaciones de tiempo y medios necesaria para la realización del ejercicio en la que se reflejen sus necesidades específicas.

  • Eliminación de barreras arquitectónicas.
  • Ampliación del tiempo de duración del ejercicio.
  • Aumento del tamaño de los caracteres del examen, por dificultad de visión.
  • Necesidad de intérprete, debido a sordera.
  • Sistema Braille de escritura, por invidente.
  • Mesa adaptada a la silla de ruedas.
  • Otras. Adjuntar documentación.
  • En el caso de que haya cumplimentado «Otras» especifique cuáles en documento aparte.

ABONO DE TASAS:

Exención/Bonificación de tasas:

Señale si se encuentra exento del abono de la tasa y la causa (discapacidad u otras, o familia numerosa) o si tiene derecho a la bonificación (promoción interna). Recuerde que para tener derecho a la exención por familia numerosa o bonificación por promoción interna tiene que cumplir los requisitos de nivel de renta del sujeto pasivo de la tasa de acuerdo con la convocatoria y la normativa aplicable.

Código del modelo 046:

Se cumplimentará con los datos del código alfanumérico del mismo una vez realizado el pago de la tasa.

Importe de la tasa:

Se cumplimentará automáticamente.

  • Observación: En el caso de exención de la tasa por familia numerosa o de bonificación por participar por promoción interna, el participante deberá otorgar al órgano gestor la autorización para recabar los datos tributarios del nivel de renta del sujeto pasivo de la tasa del IRPF del ejercicio fiscal 2020 y, en su caso, cumplimentar el apartado correspondiente al número del título de familia numerosa y la fecha de caducidad del mismo. En el supuesto de no hacerlo, deberá presentar necesariamente la documentación acreditativa.

DATOS PERSONALES:

Se cumplimentará con los datos personales del aspirante.

DOMICILIO:

Se cumplimentará con los datos de domicilio del aspirante.

Si el domicilio radica fuera de España podrá detallar la dirección completa en el apartado Vía pública/Dirección.

REQUISITOS DE TITULACIÓN:

País título: Se consignará el país expedidor de la titulación académica exigida en la convocatoria.

Poseo el título exigido en la convocatoria: Tiene que cumplimentar este campo y seleccionar el nivel de titulación o título concreto, según el caso, exigido en la convocatoria.

Poseo otro título (especificar): En este campo puede indicar la denominación del título que posee (en el caso de que se exija un nivel de estudios) o la de otro título que tenga.

REQUISITOS PROFESIONALES (SOLO TURNO DE PROMOCIÓN INTERNA):

Estará activo en su caso.

CONSENTIMIENTO:

Consentimiento al centro gestor para acceder a las bases de datos de las Administraciones, con garantía de confidencialidad, y a los exclusivos efectos de facilitar la verificación de los datos personales: (identificación personal – nivel de renta - titulación – discapacidad - familia numerosa). En el caso de NO CONSENTIR debe señalar la casilla que figura antes de la firma, lo que supone que deberá necesariamente aportar copia de la documentación indicada en la convocatoria. Las personas que tengan reconocida la condición de discapacidad o familia numerosa fuera de la Comunidad de Castilla y León deben aportar la documentación acreditativa.

La Administración en cualquier momento podrá efectuar las verificaciones que considere necesarias en relación con la documentación aportada.

ANEXO V

TRIBUNAL

Titular

Presidente: Celia Barreira Dobarrio. Cuerpo Administrativo de la Administración de Castilla y León.

Secretario: Javier Falqué López. Cuerpo Administrativo de la Administración de Castilla y León.

Vocal: Gloria Díez Sancho. Cuerpo Superior de la Administración de Castilla y León.

Vocal: María Pilar García Cabezas. Cuerpo Superior de la Administración de Castilla y León.

Vocal: Antonio Enrique Vicente Viñé. Personal de Servicios de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Suplente

Presidente: M.ª Jesús Rodríguez García. Cuerpo Administrativo de la Administración de Castilla y León.

Secretario: Manuel Outeiriño Vila. Cuerpo Administrativo de la Administración de Castilla y León.

Vocal: Ana Isabel Villán García. Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas, Escala de Ayudantes de Archivos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Vocal: Antonio Calles Torres. Personal Subalterno de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Vocal: M.ª Vicenta Gómez Caloca. Personal Subalterno de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.


RESOLUCION DEFINITIVA ADMITIDOS Y EXCLUIDOS ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO FECHA, HORA Y LUGAR DE EXAMEN (WayHomeStudio)

Listados definitivos Auxiliar y Administrativo del Estado

Listados definitivos Auxiliar y Administrativo del Estado

Resolución del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se aprueban las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos de los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en los Cuerpos General Auxiliar de la Administración del Estado (ingreso libre, promoción interna para personal funcionario y personal laboral fijo y estabilización de empleo temporal) y General Administrativo de la Administración del Estado (ingreso libre y estabilización de empleo temporal).

Transcurrido el plazo de diez días hábiles a que hace referencia el punto 1 del apartado Decimoquinto de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio (BOE del 22 de julio) por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado y en relación con las convocatorias de acceso o ingreso a los Cuerpos mencionados en el título, se han subsanado los defectos correspondientes quedando los listados de admitidos y excluidos como aparecen en los anexos de esta Resolución.

En consecuencia, he resuelto:

Primero.- Aprobar las relaciones definitivas de admitidos y excluidos, una vez subsanadas las listas provisionales, publicadas por Resolución de 24 de septiembre de 2021 (BOE del 1 de octubre), correspondientes a los procesos selectivos de los Cuerpos General Auxiliar de la Administración del Estado (ingreso libre, promoción interna para personal funcionario y personal laboral fijo y estabilización de empleo temporal) y General Administrativo de la Administración del Estado (ingreso libre y estabilización de empleo temporal).

Segundo.- De acuerdo con lo establecido en el apartado cuarto de la Resolución de 24 de septiembre, publicar como Anexo I la fecha, hora y los lugares concretos de celebración de los ejercicios únicos correspondientes a estas pruebas selectivas.

Tercero.- Todos los participantes deberán adoptar las medidas necesarias para evitar la generación de riesgos de propagación de la enfermedad COVID-19, así como la propia exposición a dichos riesgos, con arreglo a lo establecido en el Protocolo que se acompaña como Anexo II de esta Resolución.

Los opositores deberán ir provistos de su documento nacional de identidad, permiso de conducir o pasaporte y de la declaración responsable que se adjunta en el Anexo III debidamente cumplimentada, así como mascarilla, gel desinfectante y bolígrafo azul o negro (no se permite el uso de rotulador tipo Pilot o similar). Queda prohibido el uso de tapones para los oídos, teléfonos móviles y dispositivos electrónicos como relojes inteligentes.

De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra la presente Resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes a contar desde el 15 de diciembre de 2021, inclusive, ante el mismo órgano que la ha dictado, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día 15 de diciembre de 2021, inclusive, ante el órgano competente de la jurisdicción contencioso administrativa. En el caso de interponer un recurso de reposición, no se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo

hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta.

La Directora del Instituto Nacional de Administración Pública, Consuelo Sánchez Naranjo.

ANEXO I Listados definitivos Auxiliar y Administrativo del Estado

LUGAR, DIA Y HORA DE EXAMEN

Procesos selectivos

Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado (ingreso libre).

Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado (promoción interna para personal funcionario y personal laboral fijo).

Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado (estabilización de empleo temporal).

Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado (ingreso libre).

Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado (estabilización de empleo temporal). 

DIA: 12 de febrero de 2022

HORA: 09:00 horas (hora peninsular), 08:00 horas (hora en Canarias)

LUGAR DE EXAMEN: Consulta web INAP completa 

Consultar oposiciones Administración General del Estado en Academia Irigoyen


Oposiciones Técnico Superior en Educación Infantil Junta de Castilla y León. Listados provisionales

Listados provisionales: Técnico Superior en Educación Infantil

Listados provisionales: Técnico Superior en Educación Infantil

Ver oposiciones Técnico Superior en Educación Infantil en Academia Irigoyen

RESOLUCIÓN de 30 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, por la que se aprueba la relación provisional de admitidos y excluidos del proceso selectivo para el ingreso, por el sistema de acceso libre, en la competencia funcional de Técnico Superior en Educación Infantil de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, convocado por Orden PRE/961/2021, de 29 de julio.

Mediante la Orden PRE/961/2021, de 29 de julio (B.O.C. y L. n.º 154, de 10 de agosto), se convoca proceso selectivo para ingreso libre en la competencia funcional de Técnico Superior en Educación Infantil, de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. De conformidad con lo dispuesto en la base novena.1 de la citada orden, esta Dirección General,

RESUELVE Listados provisionales: Técnico Superior en Educación Infantil

Primero.– Aprobar la relación provisional de admitidos y excluidos al citado proceso selectivo, con indicación del turno general o reservado a personas con discapacidad en el que participan, y de las causas de exclusión.

Estas listas se encuentran expuestas al público en los tablones de anuncios de las oficinas de asistencia en materia de registros de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y en el Portal de empleados públicos de la Junta de Castilla y León (https://www.empleopublico.jcyl.es). Asimismo, la información estará disponible en el Servicio Telefónico de Información y Atención al Ciudadano 012 ó 983327850.

Segundo.– Los aspirantes dispondrán de un plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León de la presente resolución, para formular alegaciones o subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o en su caso, su no inclusión expresa.

Los escritos de alegaciones o de subsanación se dirigirán al Servicio de Nóminas, Personal Laboral y en Régimen de Concierto de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, en la Avenida del Real Valladolid s/n, 47014 - Valladolid.

Tercero.– La falta de subsanación en tiempo y forma dará lugar a la exclusión definitiva del aspirante.

Cuarto.– La inclusión de aspirantes en la relación de admitidos no supone en ningún caso el reconocimiento por parte de la Administración de que los mismos reúnen los requisitos generales y particulares exigidos en la orden de convocatoria. La acreditación y verificación de éstos tendrá lugar únicamente para los aspirantes que superen el proceso selectivo, en la forma y momento procedimental establecidos en la base décima de la convocatoria.

Quinto.– Las alegaciones y subsanaciones presentadas a las listas provisionales de admitidos y excluidos se resolverán mediante resolución de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, al aprobar la relación definitiva de admitidos y excluidos, indicando lugar, día y hora para la realización del primer ejercicio de la fase de oposición. Dicha resolución se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Valladolid, 30 de noviembre de 2021.

La Directora General
de Recursos Humanos, Fdo.: Teresa Barroso Botrán


Oferta de Empleo Público 2021 Junta de Castilla y León

Oferta de Empleo Público 2021 Castilla y León

Oferta de Empleo Público 2021 Castilla y León

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ACUERDO 129/2021, de 2 de diciembre, de la Junta de Castilla y León, por el que aprueba la oferta de empleo público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para el año 2021.

El artículo 20 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León y el artículo 26 del Estatuto Jurídico del Personal Estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León, aprobado por Ley 2/2007, de 7 de marzo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, disponen que las necesidades de recursos humanos con asignación presupuestaria que no puedan ser cubiertas con los efectivos de personal existentes, serán objeto de oferta de empleo público cuya periodicidad será anual.

La Ley 2/2021, de 22 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2021, determina en su artículo 14 que a lo largo del ejercicio 2021 en el sector público autonómico, con la negociación que en cada caso corresponda y respetando siempre las disponibilidades presupuestarias del capítulo I de los correspondientes presupuestos de gastos, únicamente se podrá proceder a la incorporación de nuevo personal dentro de los límites y condiciones que establezca la normativa básica estatal para dicho ejercicio.

De conformidad con lo establecido en el artículo 19.Uno de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, con carácter básico, a lo largo del año, la incorporación de personal de nuevo ingreso en el sector público se regulará por los criterios señalados en dicho artículo y se sujetará a una tasa de reposición de efectivos del 110 por cien en los sectores prioritarios y del 100 por cien en los demás sectores.

La citada ley establece en su artículo 19.Uno.7 el procedimiento de cálculo de las tasas de reposición de efectivos, a efectos de aplicar el porcentaje máximo en cada caso, no computando a efectos del límite máximo de dicha tasa el personal que se incorpore en ejecución de ofertas de empleo público de ejercicios anteriores, las plazas que se convoquen por promoción interna y las plazas correspondientes al personal declarado indefinido no fijo por sentencia judicial.

En la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y sus Organismos Autónomos, tendrán una tasa de reposición del 110 por ciento en los siguientes sectores y ámbitos de actuación:

  • 1. La consejería con competencias educativas para el desarrollo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en relación con la determinación del número de plazas para el acceso a los cuerpos de funcionarios docentes.
  • 2. La consejería con competencias sanitarias respecto de las plazas de hospitales y centros de salud del Servicio de Salud de Castilla y León.
  • 3. Las consejerías con competencias de control y lucha contra el fraude fiscal, laboral, de subvenciones públicas, y del control de la asignación eficiente de los recursos públicos.
  • 4. Las consejerías con competencias en asesoramiento jurídico y en la gestión de los recursos públicos.
  • 5. La consejería competente en prevención y extinción de incendios.
  • 6. La consejería con competencias en la asistencia directa a los usuarios de los servicios sociales.
  • 7. Las consejerías con competencias en gestión de prestaciones y políticas activas en materia de empleo.
  • 8. Las consejerías y entes con competencias respecto del personal de atención a los ciudadanos en los servicios públicos.

En el resto de los sectores de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y sus Organismos Autónomos, la tasa de reposición será del 100 por ciento.

Asimismo, y según lo dispuesto en el artículo 19.Tres de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, la tasa de reposición de uno o varios sectores o colectivos prioritarios se podrá acumular en otros sectores o colectivos prioritarios, entendiendo por tales a los enumerados en su artículo 19.Uno.3. Igualmente, la tasa de reposición de los sectores no prioritarios podrá acumularse en los sectores prioritarios.

De acuerdo con lo previsto, tanto en el artículo 11.2 del Real Decreto ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica, como en el artículo 2.2 Real Decreto-Ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, las ofertas de empleo que articulen los procesos de estabilización previstos en los artículos 19.uno.6 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, y 19.uno.9 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, deberán aprobarse y publicarse en los respectivos diarios oficiales antes de 31 de diciembre de 2021. Al amparo de esta previsión es posible incluir en esta oferta aquellas plazas incluidas en ofertas anteriores en las que se articularon los procesos de estabilización de empleo amparados en precitadas leyes de presupuestos que tras su convocatoria han resultado desiertas.

Finalmente, el artículo 70.3 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, establece que la oferta de empleo público podrá contener medidas derivadas de la planificación de recursos humanos. En este sentido merece especial mención la promoción interna que dicho texto refundido configura como una de las medidas de planificación de recursos humanos que tiene como objetivo contribuir a la consecución de la eficacia en la prestación de los servicios y que debe ser facilitada por la Administración como vía para la adquisición de las correspondientes competencias y como requisito necesario para la progresión en la carrera profesional desde niveles inferiores a los superiores.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de la Presidencia, visto el informe del Consejo de la Función Pública y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión de 2 de diciembre de 2021 adopta el siguiente

ACUERDO Oferta de Empleo Público 2021 Castilla y León

Primero.– Aprobar la oferta de empleo público.

1. Se aprueba la oferta de empleo público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para el año 2021 en los términos que se establecen en este acuerdo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, el artículo 26 de la Ley 2/2007, de 7 de marzo, del Estatuto Jurídico del Personal Estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León, el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, así en el artículo 19 de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.

2. En aplicación de lo establecido en el apartado Dos del artículo 19 de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 y de conformidad con lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 70 del texto refundido de la Ley del Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la convocatoria de las plazas objeto de esta oferta de empleo público deberá publicarse en el correspondiente Boletín Oficial dentro del plazo improrrogable de tres años a contar desde la fecha de su publicación.

Segundo.– Cuantificación de la Oferta de Empleo Público. Oferta de Empleo Público 2021 Castilla y León

1. La presente oferta de empleo público incluye, para su provisión, las necesidades de recursos humanos que, contando con asignación presupuestaria no pueden ser cubiertas con los efectivos de personal existentes, de acuerdo con los criterios y según la composición que se detallan en el articulado y en los anexos del presente acuerdo.

2. La distribución es la siguiente:

  • a) 510 plazas de cuerpos y escalas de funcionarios no docentes incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León (Anexo I).
  • b) 1.339 plazas de cuerpos de funcionarios docentes no universitario (Anexo II).
  • c) 421 plazas de personal laboral incluido en el ámbito de aplicación de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, y del Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y Organismos autónomos dependientes de ésta (Anexo III).
  • d) 1.325 plazas de personal estatuario de instituciones sanitarias (Anexo IV).

Tercero.– Personas con discapacidad. Oferta de Empleo Público 2021 Castilla y León

1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 4 del Decreto 83/2008, de 23 de diciembre, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público, a la provisión de puestos de trabajo y a la formación en la Administración de Castilla y León, en los procesos selectivos derivados de la presente oferta de empleo público para ingreso en los cuerpos y escalas de funcionarios y acceso a las competencias funcionales y especialidades de personal laboral fijo, para procedimientos selectivos de promoción interna y para el ingreso en las categorías y especialidades de personal estatutario, se reservará el diez por ciento del total de las plazas autorizadas para el acceso de personas con discapacidad.

Según lo previsto en el artículo 59 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, dicha reserva se realizará de manera que el 2 por ciento del 10 por ciento de las plazas sean ofertadas para ser cubiertas por personas que acrediten discapacidad intelectual y el resto para personas que acrediten cualquier otro tipo de discapacidad.

2. Además, según lo dispuesto en los artículos 4.2 y 7 del Decreto 83/2008, de 23 de diciembre, podrán efectuarse convocatorias específicas para personas con discapacidad que presenten especiales dificultades para el acceso al mercado ordinario de trabajo.

3. Tal como establece el artículo 5.1 del Decreto 83/2008, de 23 de diciembre, las plazas reservadas para el turno de personas con discapacidad que no sean cubiertas, podrán acumularse a las plazas convocadas para el turno libre al estar sujeta la presente oferta a los límites de la tasa de reposición de efectivos fijados por la normativa estatal básica.

4. La distribución de la reserva global por cuerpos y escalas de funcionarios, competencias funcionales de personal laboral y categorías de personal estatutario se efectuará en las respectivas convocatorias de procesos selectivos.

5. Las plazas reservadas para personas con discapacidad podrán convocarse conjuntamente con las plazas ordinarias o mediante convocatoria independiente.

Los órganos de selección podrán requerir informe y colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral, sanitaria o de cualquier otro órgano competente en la materia, con el fin de asegurar que las personas con discapacidad realicen las pruebas selectivas en condiciones de igualdad con el resto de los aspirantes.

Cuarto.– Víctimas del terrorismo. Oferta de Empleo Público 2021 Castilla y León

De conformidad con lo establecido en la Ley 4/2017, de 26 de septiembre, de Reconocimiento y Atención a las Víctimas del Terrorismo en Castilla y León, las personas que tengan acreditada tal condición, estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen en todos los procesos selectivos que se deriven de la presente oferta.

Quinto.– Personal laboral. Oferta de Empleo Público 2021 Castilla y León

Las pruebas selectivas correspondientes a las plazas de personal laboral que figuran en el Anexo III habrán de referirse a puestos que, conforme al artículo 14.2 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, puedan ser desempeñados por personal laboral y se sujetarán a lo establecido en los preceptos del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público que les resulten de aplicación así como a lo que al respecto disponen la citada Ley de Función Pública de Castilla y León, y, en lo que no contravenga dichas normas, a lo establecido en el convenio colectivo de aplicación.

Sexto.– Promoción interna.

1. Se ofertan, para el acceso por el turno de promoción interna, 272 plazas de personal funcionario no docente (Anexo V), 30 plazas de personal funcionario docente no universitario (Anexo VI) y de 100 plazas de personal laboral (Anexo VII).

2. En ningún caso las plazas no cubiertas por el turno de promoción interna podrán ser objeto de convocatoria por el turno libre.

3. Las convocatorias podrán establecer que los aspirantes que superen todas las pruebas de la fase de oposición, pero no resulten aprobados en el proceso selectivo, quedarán exentos de la realización de las pruebas en la siguiente convocatoria y por una sola vez, siempre que ésta sea análoga en el contenido y en la forma de calificación, sin perjuicio de su derecho a optar por su repetición en cuyo caso se estará a la calificación obtenida en esta última convocatoria.

4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 71.2 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, podrá participar en la promoción interna del Cuerpo Auxiliar de la Administración de la Comunidad de Castilla y León el personal laboral fijo de la Administración Autonómica y de sus Organismos Autónomos que ostente la competencia funcional de personal subalterno. Dicho personal deberá acreditar la prestación de servicios efectivos como trabajador laboral fijo en la competencia funcional de personal subalterno de esta Administración durante un periodo mínimo de dos años y cumplir los requisitos de titulación exigidos para el acceso al Cuerpo Auxiliar.

5. El personal laboral fijo que a la entrada en vigor de la Ley 7/2007, de 12 de abril, estuviera desempeñando funciones de personal funcionario, o pasara a desempeñarlas en virtud de pruebas de selección o promoción convocadas antes de dicha fecha, podrá participar en los procesos selectivos de promoción interna convocados por el sistema de concurso-oposición, de forma independiente o conjunta con los procesos selectivos de libre concurrencia, en aquellos Cuerpos y Escalas a los que figuren adscritos las funciones o los puestos que desempeñe, siempre que posea la titulación necesaria y reúna los restantes requisitos exigidos, valorándose a estos efectos como mérito los servicios efectivos prestados como personal laboral fijo y las pruebas selectivas superadas para acceder a esta condición, tal como dispone la Disposición Transitoria Segunda del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Séptimo.– Criterios generales de discriminación positiva.

1. De acuerdo con el artículo 61 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, los procesos selectivos tendrán carácter abierto y garantizarán la libre concurrencia, sin perjuicio de lo establecido para la promoción interna y de las medidas de discriminación positiva previstas en el citado texto refundido.

2. En aquellos procesos selectivos en los que existan pruebas físicas, éstas, establecerán baremos diferentes para mujeres y hombres, cuando la naturaleza de las pruebas lo requiera o exista alguna justificación legítima y proporcionada del diferente trato. Todo ello, en el marco de lo establecido en el artículo 5 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

3. Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados, aquel quedará aplazado para ellas, reanudándose a la terminación de la causa, siempre y cuando tal aplazamiento no menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables; este extremo deberá ser valorado por el tribunal. En tal caso, la realización de las pruebas pendientes deberá tener lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

Octavo.– Régimen jurídico de las convocatorias.

1. Las convocatorias de las pruebas selectivas para el acceso a los cuerpos y escalas de funcionarios no docentes se ajustarán a lo dispuesto en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, en sus normas de desarrollo y en el resto de normativa que sea de aplicación.

Los procedimientos selectivos de personal laboral fijo para el acceso a las competencias funcionales y especialidades se ajustarán, además de lo dispuesto en las normas anteriores, a lo establecido en el Convenio Colectivo de aplicación a la fecha de su convocatoria.

2. Las convocatorias de las pruebas selectivas para el acceso a los cuerpos docentes se ajustarán a lo dispuesto en La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y en el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la Disposición Transitoria decimoséptima de la citada Ley. En lo no previsto en las normas anteriores se estará a lo establecido en la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León y normas de desarrollo.

3. Los procedimientos selectivos para el acceso a las categorías y especialidades de personal estatuario de instituciones sanitarias se ajustarán a lo dispuesto en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, en la Ley 2/2007, de 7 de marzo del Estatuto Jurídico del personal estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León, y en el Decreto 8/2011, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Selección y determinadas formas de provisión de plazas y puestos de trabajo de personal estatutario en centros e instituciones sanitarias dependientes de la Gerencia Regional de Salud. En lo no previsto en las normas anteriores se estará a lo establecido en la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León y normas de desarrollo.

Noveno.– Convocatorias y órgano competente.

1. De conformidad con lo dispuesto en el Art. 7.2.k) de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, corresponde a la Consejería de la Presidencia la convocatoria de las pruebas de selección de personal a propuesta de las correspondientes Consejerías, salvo las relativas a los cuerpos docentes no universitarios, que corresponde al titular de la Consejería de Educación.

2. Corresponde a la Consejería de Sanidad la convocatoria de las pruebas de selección de personal estatutario, en aplicación del artículo 6.2.i de la Ley 2/2007, de 7 de marzo, del Estatuto Jurídico del Personal Estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León.

Décimo.– Convocatorias pendientes de los procesos selectivos derivados de las ofertas de empleo público para el año 2019 y 2020.

Las plazas de las ofertas de empleo público para los años 2019 y 2020 que no se hubieran convocado, podrán acumularse en la convocatoria de las plazas incluidas en la presente Oferta para el acceso al mismo cuerpo y escala, competencia funcional y, en su caso, especialidad o categoría profesional.

Undécimo.– Encomienda de gestión de los procesos selectivos.

Por razones de eficacia, podrá encomendarse la gestión material de las pruebas selectivas derivadas de esta oferta de empleo público a otra consejería u organismo autónomo en los términos previstos en el artículo 48 bis de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y la Administración de Castilla y León. La encomienda de gestión no supondrá, en ningún caso cesión de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio. Las indemnizaciones por razón del servicio, así como los gastos derivados de la gestión material de las pruebas objeto de encomienda correrán a cargo de la consejería u organismo que tenga encomendada la gestión.

Duodécimo.– Información de los procesos selectivos.

La información relativa a las convocatorias de las pruebas y al desarrollo de los procesos selectivos derivados de la presente Oferta de empleo público se incluirá en la web institucional de la Junta de Castilla y León, Portal de Empleados Públicos, https://www.empleopublico.jcyl.es/ y también estará disponible en el a través del Servicio telefónico de Información y Atención al Ciudadano 012 o 983 327 850 (teléfono gratuito si se dispone de tarifa plana), así como en las oficinas de asistencia en materia de registros de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Asimismo se podrá acceder a la información en relación con los procesos selectivos de personal docente y estatutario en las páginas web https://www.educa.jcyl.es/ y https://www.saludcastillayleon.es/, respectivamente.

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Junta de Castilla y León, según lo establecido en los artículos 123.1 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid, Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses, en virtud de lo establecido en la Ley 29/1988, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Valladolid, 2 de diciembre de 2021.

El Presidente de la Junta
de Castilla y León, Fdo.: Alfonso Fernández Mañueco

El Consejero
de la Presidencia, Fdo.: Ángel Ibáñez Hernando

ANEXO I

FUNCIONARIOS NO DOCENTES TURNO LIBRE

CUERPOS DE FUNCIONARIOS DE ADMINISTRACIÓN GENERAL N.º PLAZAS
Grupo/Subgrupo A1  
C. Superior de la Administración de Castilla y León 23
Grupo/Subgrupo A2  
C. de Gestión de la Administración de Castilla y León 50
Grupo/Subgrupo C1  
C. Administrativo de la Administración de Castilla y León 172
Grupo/Subgrupo C2  
C. Auxiliar de la Administración de Castilla y León 100
TOTAL 345
   
CUERPOS Y ESCALAS DE FUNCIONARIOS DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL N.º PLAZAS
Grupo/Subgrupo A1  
C. de Letrados de la Administración de Castilla y León 8
C. Superior de Administración Económico-Financiera 9
C. Ingenieros Superiores (Agrónomos) 3
C. Ingenieros Superiores (Telecomunicaciones) 2
C. Arquitectos 1
Grupo/Subgrupo A2  
C. de Arquitectos Técnicos y Aparejadores 4
C. Gestión de Administración Económico Financiera 8
C. Ingenieros Técnicos (Agrícolas) 4
C. Ingenieros Técnicos (Industriales) 3
C. Ingenieros Técnicos (Minas) 2
C.T.D.E. Escala Inspectores de Consumo 2
C.T.D.E. Escala Ayudantes de Archivo 2
Grupo/Subgrupo C1
C.A.F. Escala Agente Medioambiental 50
TOTAL 98
CUERPOS Y ESCALAS DE FUNCIONARIOS DE LA ADMINISTRACIÓN SANITARIA N.º PLAZAS
Grupo/Subgrupo A1  
C. F. S. Escala Sanitaria (Médicos) 3
C.F.S. Sanitario (Farmacéuticos) 22
C.F.S. Sanitario (Veterinarios) 40
Grupo/Subgrupo A2  
C.T.U.P. Escala Sanitaria ATS/DUE 2
TOTAL 67
TOTAL PLAZAS CUERPOS Y ESCALAS DE FUNCIONARIOS 510

ANEXO II

FUNCIONARIO DOCENTE NO UNIVERSITARIO TURNO LIBRE

CUERPO DE MAESTROS

ESPECIALIDAD N.º PLAZAS
EDUCACIÓN INFANTIL 79
FILOLOGÍA INGLESA 43
EDUCACIÓN FÍSICA 29
MÚSICA 12
PEDAGOGÍA TERAPÉUTICA 29
AUDICIÓN Y LENGUAJE 14
EDUCACIÓN PRIMARIA 93
TOTAL 299

RESTO DE CUERPOS DE PROFESORES DE DISTINTAS ENSEÑANZAS

ESTABILIZACIÓN (no cubiertas en la OEP 2020) REPOSICIÓN
209 831
TOTAL PLAZAS: 1.040
TOTAL PLAZAS FUNCIONARIO DOCENTE NO UNIVERSITARIO 1.339

ANEXO III

PERSONAL LABORAL TURNO LIBRE

GRUPO / COMPETENCIA FUNCIONAL N.º PLAZAS
Grupo II  
Educador de Discapacitados 4
Fisioterapeuta 5
Maestro de Taller 5
Grupo III  
Auxiliar de Biblioteca 4
Auxiliar de Enfermería 40
Encargado de Personal de Oficios 5
Oficial de Primera de Oficios 11
Oficial de Primera Conductor (fijo discontinuo) 60
Celador de Medio Ambiente 4
Técnico Auxiliar 4
Técnico Superior en Educación Infantil 8
Conductor Maquinista 4
Oficial de Primera Mecánico – Mantenimiento 4
Grupo IV  
Auxiliar de Carreteras 12
Grupo V  
Personal de Servicios 241
Escucha de Incendios (fijo discontinuo) 10
TOTAL PLAZAS PERSONAL LABORAL 421

ANEXO IV

PERSONAL ESTATUTARIO TURNO LIBRE

CATEGORÍAS PERSONAL SANITARIO Nº PLAZAS
L.E. MEDICINA FAMILIAR Y COMUNITARIA 200
ENFERMERO/A 400
T. CUIDADOS AUXILIARES DE ENFERMERÍA 450
TOTAL 1.050
CATEGORÍAS PERSONAL DE GESTIÓN Y SERVICIOS N.º PLAZAS
TRABAJADOR SOCIAL 20
CELADOR 150
OPERARIO DE SERVICIOS 105
TOTAL 275
TOTAL PLAZAS PERSONAL ESTATUTARIO 1.325

ANEXO V

FUNCIONARIOS NO DOCENTES PROMOCIÓN INTERNA

CUERPOS DE FUNCIONARIOS DE ADMINISTRACIÓN GENERAL N.º PLAZAS
Grupo/Subgrupo A1  
C. Superior de la Administración de Castilla y León 24
Grupo/Subgrupo A2  
C. de Gestión de la Administración de Castilla y León 15
Grupo/Subgrupo C1  
C. Administrativo de la Administración de Castilla y León 120
Grupo/Subgrupo C2  
C. Auxiliar de la Administración de Castilla y León 98
TOTAL 257
   
CUERPOS Y ESCALAS DE FUNCIONARIOS DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL N.º PLAZAS
Grupo/Subgrupo A1  
C. Superior de Administración Económico-Financiera 7
C. Ingenieros Superiores (Industriales) 3
Grupo/Subgrupo A2  
C. Gestión de Administración Económico Financiera 2
C.T.D.E. Esc. Inspectores de Consumo 3
TOTAL 15
   
TOTAL PLAZAS CUERPOS Y ESCALAS DE FUNCIONARIOS 272

ANEXO VI

FUNCIONARIO DOCENTE NO UNIVERSITARIO PROMOCIÓN INTERNA

CUERPO DE INSPECTORES DE EDUCACIÓN 30

ANEXO VII

PERSONAL LABORAL PROMOCIÓN INTERNA

COMPETENCIA FUNCIONAL N.º PLAZAS
Grupo III 100
TOTAL 100

 

Enlace a Oferta de Empleo Público 2021 en BOCYL 7/12/2021


Oposiciones Conductor Junta de Castilla y León. Listados provisionales

Listados provisionales: Oficial Primera Conductor

Listados provisionales: Oficial Primera Conductor

Ver oposiciones Oficial Primera Conductor en web Academia Irigoyen

RESOLUCIÓN de 19 de noviembre de 2021, de la Secretaría General de la Consejería de la Presidencia, por la que se aprueba la relación provisional de admitidos y excluidos del proceso selectivo para el ingreso, por el sistema de acceso libre, en la competencia funcional de Oficial de Primera Conductor de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, convocado por Orden PRE/936/2021, de 28 de julio.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, y de conformidad con lo dispuesto en la base 9.1 de la ORDEN PRE/936/2021, de 28 de julio, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso, por el sistema de acceso libre, en la competencia funcional de Oficial de Primera Conductor de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León de 5 de agosto de 2021, esta Secretaría General

RESUELVE Listados provisionales: Oficial Primera Conductor

Primero.– Aprobar las listas provisionales de admitidos y de excluidos al citado proceso selectivo, con indicación de las causas de exclusión. Estas listas estarán disponibles en los tablones de anuncios de las oficinas de asistencia en materia de registros de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y en el Portal de Empleados Públicos de la Junta de Castilla y León (https://empleopublico.jcyl.es). La información estará asimismo disponible en el Servicio telefónico de Información y Atención al Ciudadano 012 o 983 327 850 (teléfono gratuito si se dispone de tarifa plana).

Los aspirantes deberán comprobar que no figuran en la relación de excluidos y, además, que sus nombres y demás datos constan correctamente detallados en la relación de admitidos.

Segundo.– Los aspirantes dispondrán de un plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León de la presente resolución, para presentar alegaciones o subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o en su caso, su no inclusión expresa, sin perjuicio de los recursos administrativos que procedan contra la resolución por la que se apruebe la relación definitiva de admitidos y excluidos.

Los escritos de alegaciones o de subsanación se dirigirán a la Secretaría General de la Consejería de la Presidencia, sita en calle Santiago Alba n.º 1, 47008 - Valladolid.

Tercero.– La falta de subsanación en tiempo y forma dará lugar a la exclusión definitiva del aspirante.

Cuarto.– La inclusión de aspirantes en la relación de admitidos no supone en ningún caso el reconocimiento por parte de la Administración de que los mismos reúnen los requisitos generales y particulares exigidos en la Resolución de convocatoria. La acreditación y verificación de éstos tendrá lugar únicamente para los aspirantes que superen el proceso selectivo, en la forma y momento procedimental establecidos en la base décima de la convocatoria.

Quinto.– Las alegaciones y subsanaciones presentadas a las listas provisionales de admitidos y excluidos se resolverán en la Resolución de esta Secretaría General que apruebe la relación definitiva de admitidos y excluidos e indique lugar, día y hora para la realización del primer ejercicio de la fase de oposición. Dicha resolución se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Valladolid, 19 de noviembre de 2021.

El Secretario General,
Fdo.: Santiago Fernández Martín

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