Temario Auxiliar Administrativo Ayuntamiento

Temario Auxiliar Administrativo Ayuntamiento

Temario Auxiliar Administrativo Ayuntamiento

Grupo I: Materias comunes. Temario Auxiliar Administrativo Ayuntamiento

1.– La Constitución Española de 1978: estructura y contenido. Los principios constitucionales y valores superiores. Los derechos y deberes fundamentales. Sus garantías y suspensión. Reforma de la Constitución. El Tribunal Constitucional.

2.– La Corona. Funciones constitucionales del Rey o de la Reina. Sucesión y regencia. Las Cortes Generales: composición, atribuciones y funcionamiento. El Poder Judicial. La organización judicial española. Otros órganos constitucionales: el Defensor del Pueblo y el Tribunal de Cuentas.

3.– El Gobierno y la Administración. La Administración General del Estado: regulación y organización.

4.– Organización territorial del Estado en la Constitución (I): Comunidades autónomas y Estatutos de Autonomía. Especial referencia a la Comunidad de Castilla y León: instituciones de Gobierno y competencias en el Estatuto.

5.– Organización territorial del Estado en la Constitución (II): las Entidades locales. El principio de autonomía local.

6.– La Unión Europea. Las instituciones comunitarias: el Consejo Europeo, el Consejo de la Unión Europea, el Parlamento Europeo, la Comisión Europea y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

7.– Las Entidades locales: tipología. Régimen local español: contenido y principios generales de la Ley de Bases de Régimen Local y de la Ley de Haciendas Locales.

8.– La organización política y administrativa del Ayuntamiento de Almazán (I): el Pleno, el Alcalde, los Tenientes de Alcalde y la Junta de Gobierno Local.. La Secretaría. La Intervención. La Tesorería. Patronato municipal como Organismo Autónomo Local.

9.– Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Disposiciones generales: Objeto, ámbito subjetivo aplicación y principios generales. De los órganos administrativos. Administración General del Estado: Organización administrativa. Los Ministerios y su estructura interna. Órganos territoriales.

10.– Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (I): De los actos administrativos. Producción y contenido. Motivación. Forma. Eficacia de los actos Nulidad y anulabilidad. Términos y plazos. Obligación de resolver. El silencio administrativo. Ejecución de los actos en vía administrativa.

11.– Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (III): El procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas: Iniciación. Ordenación. Instrucción. Finalización del procedimiento. El procedimiento simplificado.

12.– Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (IV): De la revisión de los actos en vía administrativa: Revisión de oficio. Recursos administrativos.

13.– Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (V): Derechos de las personas. Derecho de acceso a archivos y registros. Registros. Colaboración y comparecencia de los ciudadanos Responsabilidad de la tramitación.

14.– El procedimiento sancionador. Principios de la potestad sancionadora. Clases de infracciones y sanciones. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones públicas.

15.– Los contratos administrativos. Disposiciones generales sobre la contratación del sector público. Delimitación de los tipos contractuales. Tipos de tramitación y formas de adjudicación de los contratos administrativos.

16.– El Presupuesto municipal: concepto y estructura. Ordenación de gastos y ordenación de pagos. Órganos competentes.

  • 17.– El personal al servicio de las Entidades locales: clases de personal al servicio de las Entidades locales. Adquisición pérdida de la condición de funcionario. El sistema de derechos y deberes en el Estatuto Básico del Empleado Público.
  • 18.– Los bienes de las Entidades Locales.
  • 19.– Las Haciendas Locales. Clasificación de ingresos. Ordenanzas fiscales.

 

Grupo II.– Materias específicas.

20.– La atención al público. Acogida e información a los ciudadanos y usuarios. Atención a las personas con discapacidad.

21.– La información administrativa: general y particular. La calidad en la prestación de estos servicios. Iniciativas, reclamaciones y quejas.

22.– La administración electrónica en las funciones de información y atención al ciudadano. La Sede Electrónica del Ayuntamiento de Almazán.

23.– El Registro de documentos: funciones. Conceptos de presentación, recepción, entrada y salida de documentos. Formas de presentación de documentos. La utilización de las TIC’s para la presentación de documentos: la presentación telemática.

24.– El archivo de los documentos administrativos: clases de archivos y criterios de ordenación. El acceso a los documentos administrativos: sus limitaciones y formas de acceso.

25.– La Transparencia administrativa, legislación y especial referencia a su aplicación en el Ayuntamiento de Almazán. La protección de datos: marco normativo y especial referencia al régimen de los ficheros de titularidad pública.

26.– La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Objeto y ámbito de la ley. El principio de igualdad en el empleo público.

27.– La Ley 31/1995, de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales: objeto y ámbito de aplicación. Riesgos y medidas preventivas asociadas al puesto de trabajo a desempeñar.

 

Enlace a convocatoria de Ayuntamiento en BOCYL

Descarga el índice de temas en PDF pinchando aquí

 


sueldo funcionario

¿Cuánto cobra un funcionario?

sueldo funcionario

¿CUÁNTO COBRA UN FUNCIONARIO?

Una de las preguntas más recurrentes a la hora de decidirse por estudiar una oposición, a parte de cuál es la más apropiada para nosotros, es cuál es el sueldo de un funcionario. No obstante, no es fácil saber que cobra cada funcionario ya que depende de diferentes conceptos. Por ello, a continuación, vamos a intentar resumirlo y explicarlo de manera fácil.

Lo primero que debemos saber es a qué Grupo o Subgrupo pertenece la oposición elegida y la titulación necesaria para acceder a las mismas. Ahora mismo, los Grupos existentes son:

GRUPO SUBGRUPO TITULACIÓN EXIGIDA
Grupo A Subgrupo A1 Universitario de Grado o Superior
Subgrupo A2
Grupo B Técnico Superior
Grupo C Subgrupo C1 Bachillerato
Subgrupo C2 ESO
Agrupaciones profesionales No especificado

 

Una vez que tenemos claro el Grupo o Subgrupo de pertenencia, podemos comenzar a desgranar el salario base de un funcionario. Dicho salario está constituido, principalmente, por las retribuciones básicas que incluyen el sueldo, los trienios y las pagas extraordinarias, y por las retribuciones complementarias, en las que quedan incluidos el complemento de destino, el complemento específico, el complemento de productividad y gratificaciones. Éstas últimas son las que acaban determinando el salario de cada puesto ya que varían en cada caso personal. De hecho, el de productividad y gratificaciones son retribuciones que se cobran, en su caso, independientemente del Grupo al que se pertenezca.

Estos conceptos se corresponden con:

  • Sueldo base, trienios y pagas extraordinarias: según Grupo o Subgrupo de pertenencia.
    • Sueldo base: cantidad mensual
    • Trienio: cantidad por cada 3 años de servicio
    • Pagas extraordinarias: 2 al año, devengadas en los meses de Junio y Diciembre
GRUPO SUBGRUPO NIVELES
Mínimo Máximo
Grupo A Subgrupo A1 22 30
Subgrupo A2 18 26
Grupo B No especificados
Grupo C Subgrupo C1 15 22
Subgrupo C2 14 18
Agrupaciones profesionales 14
  • Complemento de destino: importe correspondiente al nivel del puesto de trabajo realizado. Cada Grupo o Subgrupo tiene un rango de niveles:
  • Complemento específico: cantidad que retribuye las especiales condiciones de algunos puestos de trabajo en función a la especial dificultad técnica, dedicación, responsabilidad, incompatibilidad, peligrosidad y penosidad.
  • Productividad: destinado a retribuir el especial rendimiento, interés o iniciativa, contribución a la consecución de resultados u objetivos asignados.
  • Gratificaciones: tienen carácter excepcional y ser reconocen por los servicios prestados de la jornada normal de trabajo.

Dichos conceptos están fijados en los Presupuestos Generales del Estado, aprobados mediante ley, en función de los diferentes Grupos de la Administración General. Enlace a tabla de las retribuciones de los funcionarios (versión web) o (PDF)

Para finalizar, os adjuntamos una tabla extraída de los Presupuestos Generales del Estado de 2020 con las retribuciones aproximadas de los diferentes grupos de funcionarios nada más de entrar a trabajar (incluye sueldo, extras y complemento destino pero no el complemento específico, que depende del puesto concreto de trabajo):

GRUPO SUBGRUPO CUERPO de la Administración General ANUAL 14 PAGAS (€)
Grupo A Subgrupo A1 Superior 23.674,32
Subgrupo A2 Gestión 20.004,72
Grupo B 17.805,68
Grupo C Subgrupo C1 Administrativo 15.702,42
Subgrupo C2 Auxiliar Administrativo 13,727,32
Agrupaciones profesionales 11.740,68

 

Consulta todas nuestras oposiciones en nuestra página web


Temario oposición Guardia Civil

Temario oposición Guardia Civil

Ver todas las oposiciones en: www.academiairigoyen.com

Temario oposición Guardia Civil

TEMA 1.- DERECHOS HUMANOS.
o Bloque único. Derechos Humanos.
 Carta de las Naciones Unidas, Órganos.
 Declaración Universal de Derechos Humanos.
 Convenio europeo para la protección de los derechos y de las libertades fundamentales. Tribunal
Europeo de Derechos Humanos.
 Carta Social Europea.
 Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
 Pacto internacional de Derechos Civiles y Políticos.
 Consejo de Derechos Humanos de la ONU.
 Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes, de la
Asamblea General de Naciones Unidas.
 Protocolo facultativo de la Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o
degradantes, de la Asamblea General de Naciones Unidas.
 Carta de los Derechos Fundamentales de la UE.
 Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.

TEMA 2.- IGUALDAD. Temario oposición Guardia Civil
o Bloque único. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
 TÍTULO I. El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación.
 TÍTULO II. Políticas públicas para la igualdad.
• CAPÍTULO I. Principios generales.
 TÍTULO IV. El derecho al trabajo en igualdad de oportunidades.
 TÍTULO V. El principio de igualdad en el empleo público.
 TÍTULO VI. Igualdad de trato en el acceso a bienes y servicios y su suministro.
 TÍTULO VIII. Disposiciones organizativas.

TEMA 3.- PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. Temario oposición Guardia Civil
o Bloque único. Prevención de riesgos laborales.
 Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
• CAPÍTULO I. Objeto, ámbito de aplicación y definiciones
• CAPÍTULO II. Política en materia de prevención de riesgos para proteger la seguridad y
la salud en el trabajo.
• CAPÍTULO III. Derechos y obligaciones
• CAPÍTULO VI. Obligaciones de los fabricantes, importadores y suministradores.
• CAPÍTULO VII. Responsabilidades y sanciones.
 Real Decreto 67/2010 de adaptación de la legislación de prevención de riesgos laborales a la
Administración General del Estado.
 Real Decreto 179/2005, sobre prevención de Riesgos laborales en la Guardia Civil.

TEMA 4.- DERECHO CONSTITUCIONAL. Temario oposición Guardia Civil
o Bloque 1. La Constitución Española de 1978.
o Bloque 2. Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo.
• TÍTULO I. Nombramiento, cese y condiciones.
• TÍTULO II. Del Procedimiento.
• TÍTULO III. De las resoluciones.
• Disposición Final Única. Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura.

TEMA 5.- DERECHO DE LA UNIÓN EUROPEA. Temario oposición Guardia Civil
o Bloque 1. Tratado de la Unión Europea.
 TÍTULO I. Disposiciones comunes.
 TÍTULO II. Disposiciones sobre los principios democráticos.
 TÍTULO III. Disposiciones sobre las instituciones.
 TÍTULO IV. Disposiciones sobre las cooperaciones reforzadas.
 TÍTULO V. Disposiciones generales relativas a la acción exterior de la unión y disposiciones
específicas relativas a la política exterior y de seguridad común.
• CAPÍTULO 2. Sección 2. Disposiciones sobre la política común de Seguridad y Defensa.
 TÍTULO VI. Disposiciones finales.
o Bloque 2. Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
 PRIMERA PARTE. Principios.
 SEGUNDA PARTE. No discriminación y ciudadanía de la Unión.
 TERCERA PARTE. Políticas y acciones internas de la Unión.
• TÍTULO I. Mercado interior.
• TÍTULO II. Libre circulación de mercancías.
• TÍTULO IV. Libre circulación de personas, servicios y capitales.
• TÍTULO V. Espacio de libertad, seguridad y justicia.
• TÍTULO XX. Medio ambiente.
• TÍTULO XXIII. Protección Civil.
 QUINTA PARTE. Acción Exterior de la Unión.
• TÍTULO III. Cooperación con terceros países y ayuda humanitaria.
• TÍTULO VII. Cláusula de solidaridad.
 SEXTA PARTE. Disposiciones institucionales y financieras.
• TÍTULO I. Disposiciones institucionales.
o CAPÍTULO I. Instituciones.
 Sección 1ª. El Parlamento Europeo.
 Sección 2ª. El Consejo Europeo.
 Sección 3ª. El Consejo.
 Sección 4ª. La Comisión.
 Sección 5ª. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
o CAPÍTULO II. Actos jurídicos de la Unión, procedimientos de adopción y otras
disposiciones.
 Sección 1ª. Actos jurídicos de la Unión.
o CAPÍTULO III. Órganos consultivos de la Unión.
 SÉPTIMA PARTE. Disposiciones generales y finales.

TEMA 6.- INSTITUCIONES INTERNACIONALES. Temario oposición Guardia Civil
o Bloque único. Instituciones internacionales (evolución histórica, ámbito geográfico, estructura y funciones).
 Organización de las Naciones Unidas (ONU).
 El Consejo de Europa.
 Unión Europea.
 La Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN o NATO).
 INTERPOL.
 EUROPOL.
 EUROJUST.
 FRONTEX.
 CEPOL.

TEMA 7.- DERECHO CIVIL. Temario oposición Guardia Civil
o Bloque único. Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil.
 TÍTULO Preliminar.
 LIBRO I. De las Personas.
• TÍTULOS del I al XII.

TEMA 8.- DERECHO PENAL. Temario oposición Guardia Civil
o Bloque único. Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
 TÍTULO Preliminar.
4
 LIBRO I. Disposiciones generales sobre los delitos, las personas responsables, las penas, medidas
de seguridad y demás consecuencias de la infracción penal.
• TÍTULO I. De la infracción penal.
• TÍTULO II. De las personas criminalmente responsables de los delitos.
• TÍTULO IV. De las medidas de seguridad.
 LIBRO II. Delitos y sus penas.
• TÍTULO XIX. Delitos contra la Administración Pública.
• TÍTULO XXI. Delitos contra la Constitución.

TEMA 9.- DERECHO PROCESAL PENAL. Temario oposición Guardia Civil
o Bloque 1. Real Decreto de 14 de septiembre de 1882, aprobatorio de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
 LIBRO I. Disposiciones generales.
• TÍTULO II. De la competencia de los Jueces y Tribunales en lo criminal.
o CAPÍTULO I. De las reglas por donde se determina la competencia.
• TÍTULO IV. De las personas a quienes corresponde el ejercicio de las acciones que
nacen de los delitos y faltas.
• TÍTULO V. Derecho a la defensa, a la asistencia jurídica gratuita y a la traducción e
interpretación en los juicios criminales.
 LIBRO II. Del sumario.
• TÍTULO I. De la denuncia.
• TÍTULO II. De la querella.
• TÍTULO III. De la Policía judicial
• TÍTULO IV. De la instrucción.
• TÍTULO V. De la comprobación del delito y averiguación del delincuente.
• TÍTULO VI. De la citación, de la detención y de la prisión provisional.
o CAPÍTULO II. De la detención.
o CAPÍTULO IV. Del ejercicio del derecho de defensa, de la asistencia de
abogado y del tratamiento de los detenidos y presos.
• TÍTULO VIII. De las medidas de investigación limitativas de los derechos reconocidos en
el artículo 18 de la Constitución.
o CAPÍTULO I. De la entrada y registro en lugar cerrado.
o CAPÍTULO II. Del registro de libros y papeles.
o CAPÍTULO III. De la detención y apertura de la correspondencia escrita y
telegráfica.
o Bloque 2.Ley Orgánica 6/1984, de 24 de mayo, reguladora del procedimiento de “Habeas Corpus”.
o Bloque 3. Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
 LIBRO I. De la extensión y límites de la jurisdicción y de la planta y organización de los Juzgados y
Tribunales.
• TÍTULO IV. De la composición y atribuciones de los órganos jurisdiccionales.
 LIBRO VII. Del Ministerio Fiscal y demás personas e instituciones que cooperan con la
Administración de Justicia.
• TÍTULO I. Del Ministerio Fiscal.
• TÍTULO II. De los Abogados, Procuradores y Graduados Sociales.
• TÍTULO III. De la Policía Judicial.
o Bloque 4. Real Decreto 769/1987, de 19 de junio, sobre regulación de la Policía Judicial.
 CAPÍTULO I. De la función de la Policía Judicial.
 CAPÍTULO II. De las Unidades de la Policía Judicial.
 CAPÍTULO III. De los criterios y normas de actuación de las Unidades Orgánicas de la Policía
Judicial.

TEMA 10.- DERECHO ADMINISTRATIVO. Temario oposición Guardia Civil
o Bloque 1. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
 TÍTULO Preliminar. Disposiciones generales.
 TÍTULO I. De los interesados en el procedimiento.
 TÍTULO II. De la actividad de las Administraciones Públicas
 TÍTULO III. De los actos administrativos.
 TÍTULO IV. De las disposiciones del procedimiento administrativo común.
 TÍTULO V. De la revisión de los actos en vía administrativa.
o Bloque 2. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico del sector público.
 TÍTULO Preliminar. De las disposiciones generales, principios de actuación y funcionamiento del
sector público.
 TÍTULO I. Administración General del Estado.
 Disposición Final 3ª. Modificación de la Ley 50/97, de 27 de noviembre, del Gobierno.

TEMA 11.- PROTECCIÓN DE DATOS. Temario oposición Guardia Civil
o Bloque único. Ley Orgánica 3/2018, de Protección de datos de carácter personal.
 TÍTULOS del I al VIII.

 

TEMA 12.- EXTRANJERÍA. INMIGRACIÓN.
o Bloque único. Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en
España y su integración social.

 

TEMA 13.- SEGURIDAD PÚBLICA Y SEGURIDAD PRIVADA.
o Bloque 1. Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana.
 CAPÍTULO I. Disposiciones generales.
 CAPÍTULO II. Documentación e identificación personal.
 CAPÍTULO III. Actuaciones para el mantenimiento y restablecimiento de la seguridad ciudadana.
 CAPÍTULO IV. Potestades especiales de policía administrativa de seguridad.
 CAPÍTULO V. Régimen sancionador.
o Bloque 2. Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada.
 TÍTULO Preliminar. Disposiciones generales.
 TÍTULO I. Coordinación.
 TÍTULO II. Empresas de seguridad privada y despachos de detectives privados.
 TÍTULO III. Personal de seguridad privada.
 TÍTULO IV. Servicios y medidas de seguridad.
 TÍTULO V. Control administrativo.

TEMA 14.- MINISTERIO DEL INTERIOR. MINISTERIO DE DEFENSA.
o Bloque 1. Estructura orgánica básica del Ministerio del Interior.
o Bloque 2. Estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa.

TEMA 15.- FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD. GUARDIA CIVIL.
o Bloque 1. Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
o Bloque 2. Ley Orgánica 29/2014, de 28 de noviembre, de régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia
Civil.
 TÍTULO Preliminar. Disposiciones Generales.
 TÍTULO I. Competencias en materia de personal.
 TÍTULO II. Ordenación del personal.
o Bloque 3. Estructura orgánica de los Servicios Centrales de la Dirección General de la Guardia Civil.
o Bloque 4. Historia de la Guardia Civil.
 Los inicios del siglo XIX, la fundación, la consolidación, sexenio revolucionario, la restauración
monárquica.
 El reinado de Alfonso XIII, la segunda República, la Guerra Civil, el franquismo, la transición y la
democracia.

TEMA 16.- MATERIAS SOCIO-CULTURALES. PROTECCIÓN CIVIL. DESARROLLO SOSTENIBLE. EFICIENCIA
ENERGÉTICA.
o Bloque 1. Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil.
 TÍTULO I. Disposiciones generales.
 TÍTULO II. Actuaciones del SNPC.
 TÍTULO III. Los Recursos Humanos del SNPC.
 TÍTULO IV. Competencias de los órganos de la Administración General del Estado.
 TÍTULO V. Cooperación y coordinación.
o Bloque 2. Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
 TÍTULO Preliminar.
 TÍTULO II. Catalogación, conservación y restauración de hábitats y espacios del patrimonio natural
 TÍTULO III. Conservación de la biodiversidad.
 TÍTULO IV. Uso sostenible del patrimonio natural y de la biodiversidad.
o Bloque 3. Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de octubre de 2012, relativa a
la eficiencia energética.
 CAPÍTULO I. Objeto, ámbito de aplicación, definiciones y objetivos de eficiencia energética.
 CAPÍTULO II. Eficiencia del uso de la energía.

TEMA 17.- MATERIAS TÉCNICO-CIENTÍFICAS. TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LA COMUNICACIÓN.
ESTADÍSTICA.
o Bloque 1. TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LA COMUNICACIÓN (TIC).
 Sistemas de Telecomunicaciones.
• Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones.
o TÍTULO I. Disposiciones generales.
o TÍTULO III. CAPÍTULO III. Secreto de las comunicaciones y protección de los
datos personales y derechos y obligaciones de carácter público vinculados con
las redes y servicios de comunicaciones electrónicas.
• Real Decreto 806/2014, de 19 de septiembre, sobre organización e instrumentos
operativos de las tecnologías de la información y las comunicaciones en la
Administración General del Estado y sus Organismos Públicos.
o CAPÍTULO I. Objeto y ámbito de aplicación.
o CAPÍTULO III. Modelo de gobernanza en el ámbito de las tecnologías de la
información y las comunicaciones.
 Técnicas criptográficas y Mecanismos de firma digital.
• Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica.
o TÍTULO I. Disposiciones Generales.
o TÍTULO II. Certificados Electrónicos.
o TÍTULO III. Prestación de servicios de certificación.
o TÍTULO IV. Dispositivos de firma electrónica y sistemas de certificación de
prestadores de servicios de certificación y de dispositivos de firma electrónica.
 Principios y recomendaciones básicas en Ciberseguridad del CCN-CERT.
• Factores de amenaza. La Internet Profunda. Aplicaciones. Navegación Segura. Correo
electrónico. Virtualización. Seguridad en Dispositivos móviles y redes inalámbricas.
Mensajería Instantánea, Redes Sociales. Internet de las cosas (IoT).
 Sistemas de Información.
• Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de
Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica.
o Bloque 2. ESTADÍSTICA.
 Población e individuo. Muestra. Variables estadísticas. Variables cualitativas y cuantitativas.
Frecuencias absolutas y relativas. Organización en tablas de datos recogidos en una experiencia.
Diagramas de barras, y de sectores. Polígonos de frecuencias. Medidas de tendencia central.
Medidas de dispersión. Fenómenos deterministas y aleatorios. Formulación de conjeturas sobre el
comportamiento de fenómenos aleatorios sencillos y diseño de experiencias para su
comprobación. Frecuencia relativa de un suceso y su aproximación a la probabilidad mediante la
simulación o experimentación. Sucesos elementales equiprobables y no equiprobables. Espacio
muestral en experimentos sencillos. Tablas y diagramas de árbol sencillos. Cálculo de
probabilidades mediante la regla de Laplace en experimentos sencillos.

TEMA 18.- TOPOGRAFÍA.
o Bloque único. Topografía.
 Elementos geográficos. Eje terrestre, polos, meridiano, paralelo, ecuador, puntos cardinales,
coordenadas geográficas, acimut y rumbo. Unidades geométricas de medida. Unidades lineales,
escalas numérica y gráfica, unidades angulares. Representación del terreno. Planimetría y
altimetría, clases de terreno, accidentes del terreno, sistema de planos acotados, pendiente entre
dos puntos.

TEMA 19.- GEOGRAFÍA E HISTORIA.
o Bloque 1. El medio físico.
 La Tierra. La Tierra en el Sistema Solar. La representación de la Tierra. Latitud y Longitud.
Componentes básicos y formas de relieve. Medio físico. España, Europa y el mundo. relieve;
hidrografía; clima. elementos y diversidad paisajes; zonas bioclimáticas; medio natural. áreas y
problemas medioambientales.
o Bloque 2. El espacio humano.
 España, Europa y el Mundo. la población; la organización territorial; modelos demográficos;
movimientos migratorios; la ciudad y el proceso de urbanización. Actividades humanas. áreas
productoras del mundo. Sistemas y sectores económicos. Espacios geográficos según actividad
económica. Los tres sectores Aprovechamiento y futuro de los recursos naturales. Desarrollo
sostenible. Espacios geográficos según actividad económica. Los tres sectores. Impacto
medioambiental y aprovechamiento de recursos.
o Bloque 3. La Historia.
 La Prehistoria. La evolución de las especies y la hominización. La periodización en la Prehistoria.
Paleolítico. etapas; características de las formas de vida. los cazadores recolectores. Neolítico. la
revolución agraria y la expansión de las sociedades humanas; sedentarismo; artesanía y comercio;
organización social; aparición de los ritos. restos materiales y artísticos. pintura y escultura. La
Historia Antigua. las primeras civilizaciones. Culturas urbanas. Mesopotamia y Egipto. Sociedad,
economía y cultura. El Mundo clásico, Grecia. las “Polis” griegas, su expansión comercial y política.
El imperio de Alejandro Magno y sus sucesores. el helenismo. El arte, la ciencia, el teatro y la
filosofía. El Mundo clásico, Roma. origen y etapas de la historia de Roma; la república y el imperio.
organización política y expansión colonial por el Mediterráneo; el cristianismo. La Península Ibérica.
los pueblos prerromanos y la Hispania romana. El proceso de romanización. La ciudad y el campo.
El arte. arquitectura, escultura y pintura. La Edad Media. Concepto de ‘Edad Media’ y sus subetapas. Alta, Plena y Baja Edad Media; la “caída” del Imperio Romano en Occidente. división
política e invasiones germánicas Los reinos germánicos y el Imperio Bizantino (Oriente). El
feudalismo. El Islam y el proceso de unificación de los pueblos musulmanes. La Península Ibérica.
la invasión musulmana (Al. Ándalus) y los reinos cristianos. La Plena Edad Media en Europa (siglos
XII y XIII). La evolución de los reinos cristianos y musulmanes. Emirato y Califato de Córdoba,
Reinos de Castilla y de Aragón (conquista y repoblación). La expansión comercial europea y la
recuperación de las ciudades. El arte románico y gótico e islámico. La Baja Edad Media en Europa
(siglos XIV y XV).La crisis de la Baja Edad Media. la ‘Peste Negra’ y sus consecuencias.; AlÁndalus. los Reinos de Taifas. Reinos de Aragón y de Castilla. La Edad Moderna. el Renacimiento
y el Humanismo; su alcance posterior. El arte Renacentista Los descubrimientos geográficos.
Castilla y Portugal. Conquista y colonización de América. Las monarquías modernas. La unión
dinástica de Castilla y Aragón. Los Austrias y sus políticas. Carlos V y Felipe II. Las “guerras de
religión”, las reformas protestantes y la contrarreforma católica. El siglo XVII en Europa. Las
monarquías autoritarias, parlamentarias y absolutas. La Guerra de los Treinta Años. Los Austrias y
sus políticas. Felipe III, Felipe IV y Carlos II. El arte Barroco. Principales manifestaciones de la
cultura de los siglos XVI y XVII.
o Bloque 4. El siglo XVIII en Europa hasta 1789.
 Características del “Antiguo Régimen” en sus sentidos político, social y económico. La “revolución
científica” desde el siglo XVII y XVIII. La Ilustración como nuevo movimiento cultural y social en
Europa y en América.
 El siglo XVIII en Europa. del feudalismo al absolutismo y el parlamentarismo de las minorías.
Francia, Inglaterra, España. El arte y la ciencia en Europa en los siglos XVII y XVIII.
o Bloque 5. La Era de las Revoluciones liberales.
 Las revoluciones burguesas en Estados Unidos, Francia y España e Iberoamérica. Alcance y
limitaciones de los procesos revolucionarios del siglo XVIII. Las revoluciones liberales en Europa y
en América. Los procesos revolucionarios de la primera mitad del siglo XIX.
 Las revoluciones burguesas en el siglo XVIII. La revolución francesa. Las Revoluciones liberales y
la Restauración en el siglo XIX en Europa y América. procesos unificadores e independentistas.
Los nacionalismos.
o Bloque 6. La Revolución Industrial.
 La revolución industrial. Desde Gran Bretaña al resto de Europa. Características de la
industrialización en España.
o Bloque 7. El Imperialismo del siglo XIX y la Primera Guerra Mundial.
 El imperialismo en el siglo XIX. causas y consecuencias La Primera Guerra Mundial. La Revolución
Rusa. Las consecuencias de la firma de la Paz. La ciencia y el arte en el siglo XIX en Europa,
América y Asia.
o Bloque 8. La época de “Entreguerras” (1919-1945).
 La difícil recuperación de Alemania. El fascismo italiano. El crash de 1929 y la gran depresión. El
nazismo alemán. La II República en España. La guerra civil española.
o Bloque 9. Las causas y consecuencias de la Segunda Guerra Mundial (1939-1945).
 Acontecimientos previos al estallido de la guerra. expansión nazi y “apaciguamiento”. De guerra
europea a guerra mundial. El Holocausto. La nueva geopolítica mundial. “guerra fría” y planes de
reconstrucción post-bélica. Los procesos de descolonización en Asia y África.
o Bloque 10. La estabilización del Capitalismo y el aislamiento económico del Bloque Soviético.
 Evolución de la URSS y sus aliados. Evolución de Estados Unidos y sus aliados; el “Welfare State”
en Europa. La dictadura de Franco en España. La crisis del petróleo (1973).
o Bloque 11. El mundo reciente entre los siglos XX y XXI.
 Las distintas formas económicas y sociales del capitalismo en el mundo. El derrumbe de los
regímenes soviéticos y sus consecuencias. La transición política en España. de la dictadura a la
democracia (1975.1982). El camino hacia la Unión Europea. desde la unión económica a una
futura unión política supranacional.
o Bloque 12. La Revolución Tecnológica y la Globalización a finales del siglo XX y principios del XXI.
 La globalización económica, las relaciones interregionales en el mundo, los focos de conflicto y los
avances tecnológicos.
o Bloque 13. La relación entre el pasado, el presente y el futuro a través de la Historia y la Geografía
 La relación entre el pasado, el presente y el futuro a través de la Historia y la Geografía.

TEMA 20.- LITERATURA ESPAÑOLA.
o Bloque único. Géneros literarios y obras más representativas de la literatura española de la Edad Media al
Siglo de Oro (renacimiento y barroco).

TEMA 21.- MATEMÁTICAS.
o Bloque 1. Procesos, métodos y actitudes en matemáticas.
 Planificación del proceso de resolución de problemas. Estrategias y procedimientos puestos en
práctica. uso del lenguaje apropiado (gráfico, numérico, algebraico, etc.), reformulación del
problema, resolver subproblemas, recuento exhaustivo, empezar por casos particulares sencillos,
buscar regularidades y leyes, etc. Reflexión sobre los resultados. revisión de las operaciones
utilizadas, asignación de unidades a los resultados, comprobación e interpretación de las
soluciones en el contexto de la situación, búsqueda de otras formas de resolución, etc.
Planteamiento de investigaciones matemáticas escolares en contextos numéricos, geométricos,
funcionales, estadísticos y probabilísticos. Práctica de los procesos de matematización y
modelización, en contextos de la realidad y en contextos matemáticos.
o Bloque 2. Números y Álgebra.
 Divisibilidad de los números naturales. Criterios de divisibilidad. Números primos y compuestos.
Descomposición de un número en factores primos. Múltiplos y divisores comunes a varios
números. Máximo común divisor y mínimo común múltiplo de dos o más números naturales.
Números negativos. Significado y utilización en contextos reales. Números enteros.
Representación, ordenación en la recta numérica y operaciones. Operaciones con calculadora.
Fracciones en entornos cotidianos. Fracciones equivalentes. Comparación de fracciones.
Representación, ordenación y operaciones. Números decimales. Representación, ordenación y
operaciones. Relación entre fracciones y decimales. Conversión y operaciones. Significados y
propiedades de los números en contextos diferentes al del cálculo. números triangulares,
cuadrados, pentagonales, etc. Potencias de números enteros y fraccionarios con exponente
natural. Operaciones. Potencias de base 10. Utilización de la notación científica para representar
números grandes. Cuadrados perfectos. Raíces cuadradas. Estimación y obtención de raíces
aproximadas. Jerarquía de las operaciones. Cálculos con porcentajes (mental, manual,
calculadora). Aumentos y disminuciones porcentuales. Razón y proporción. Magnitudes directa e
inversamente proporcionales. Constante de proporcionalidad. Resolución de problemas en los que
intervenga la proporcionalidad directa o inversa o variaciones porcentuales. Repartos directa e
inversamente proporcionales. Elaboración y utilización de estrategias para el cálculo mental, para
el cálculo aproximado y para el cálculo con calculadora u otros medios tecnológicos. Iniciación al
lenguaje algebraico. Traducción de expresiones del lenguaje cotidiano, que representen
situaciones reales, al algebraico y viceversa. El lenguaje algebraico para generalizar propiedades y
simbolizar relaciones. Obtención de fórmulas y términos generales basada en la observación de
pautas y regularidades. Valor numérico de una expresión algebraica. Operaciones con expresiones
algebraicas sencillas. Transformación y equivalencias. Identidades. Operaciones con polinomios en
casos sencillos. Ecuaciones de primer grado con una incógnita (métodos algebraico y gráfico) y de
segundo grado con una incógnita (método algebraico). Resolución. Interpretación de las
soluciones. Ecuaciones sin solución. Resolución de problemas. Sistemas de dos ecuaciones
lineales con dos incógnitas. Métodos algebraicos de resolución y método gráfico. Resolución de
problemas.
o Bloque 3. Geometría.
 Elementos básicos de la geometría del plano. Relaciones y propiedades de figuras en el plano.
Paralelismo y perpendicularidad. Ángulos y sus relaciones. Construcciones geométricas sencillas.
mediatriz, bisectriz. Propiedades. Figuras planas elementales. triángulo, cuadrado, figuras
poligonales. Clasificación de triángulos y cuadriláteros. Propiedades y relaciones. Medida y cálculo
de ángulos de figuras planas. Cálculo de áreas y perímetros de figuras planas. Cálculo de áreas
por descomposición en figuras simples. Circunferencia, círculo, arcos y sectores circulares.
Triángulos rectángulos. El teorema de Pitágoras. Justificación geométrica y aplicaciones.
Semejanza. figuras semejantes. Criterios de semejanza. Razón de semejanza y escala. Razón
entre longitudes, áreas y volúmenes de cuerpos semejantes. Poliedros y cuerpos de revolución.
Elementos característicos, clasificación. Áreas y volúmenes. Propiedades, regularidades y
relaciones de los poliedros. Cálculo de longitudes, superficies y volúmenes del mundo físico. Uso
de herramientas informáticas para estudiar formas, configuraciones y relaciones geométricas.
o Bloque 4. Funciones.
 Coordenadas cartesianas. representación e identificación de puntos en un sistema de ejes
coordenados. El concepto de función. Variable dependiente e independiente. Formas de
presentación (lenguaje habitual, tabla, gráfica, fórmula). Crecimiento y decrecimiento. Continuidad
y discontinuidad. Cortes con los ejes. Máximos y mínimos relativos. Análisis y comparación de
gráficas. Funciones lineales. Cálculo, interpretación e identificación de la pendiente de la recta.
Representaciones de la recta a partir de la ecuación y obtención de la ecuación a partir de una
recta. Utilización de calculadoras gráficas y programas de ordenador para la construcción e
interpretación de gráficas.

TEMA 22.- FÍSICA Y QUÍMICA.
o Bloque 1. La actividad científica.
 El método científico. sus etapas. Medida de magnitudes. Sistema Internacional de Unidades.
Notación científica. Utilización de las Tecnologías de la Información y la Comunicación. El trabajo
en el laboratorio. Proyecto de investigación.
o Bloque 2. La materia.
 Propiedades de la materia. Estados de agregación. Cambios de estado. Modelo cinético-molecular.
Leyes de los gases Sustancias puras y mezclas. Mezclas de especial interés. disoluciones
acuosas, aleaciones y coloides. Métodos de separación de mezclas. Estructura atómica. Isótopos.
Modelos atómicos. El Sistema Periódico de los elementos. Uniones entre átomos. moléculas y
cristales. Masas atómicas y moleculares. Elementos y compuestos de especial interés con
aplicaciones industriales, tecnológicas y biomédicas. Formulación y nomenclatura de compuestos
binarios siguiendo las normas IUPAC.
o Bloque 3. Los cambios.
 Cambios físicos y cambios químicos. La reacción química. Cálculos estequiométricos sencillos. Ley
de conservación de la masa. La química en la sociedad y el medio ambiente.
o Bloque 4. El movimiento y las fuerzas.
 Las fuerzas. Efectos Velocidad media, velocidad instantánea y aceleración. Máquinas simples.
Fuerzas de la naturaleza.
o Bloque 5. Energía.
 Energía. Unidades. Tipos Transformaciones de la energía y su conservación. Energía térmica. El
calor y la temperatura. Fuentes de energía. Uso racional de la energía. Electricidad y circuitos
eléctricos. Ley de Ohm. Dispositivos electrónicos de uso frecuente. Aspectos industriales de la
energía.

TEMA 23.- INGLÉS.
o Bloque único. Prueba de comprensión escrita y ortografía sobre un texto en inglés, de acuerdo al programa
de ESO descrito en el Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo
básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato, junto con sus modificaciones posteriores.

TEMA 24.- ORTOGRAFÍA.
o Bloque único. Prueba de ortografía sobre un texto en la lengua española oficial del Estado.

Ver temario según Resolución de 26 de junio de 2019


Próximas convocatorias Junta CyL

Próximas convocatorias Junta CyL

Próximas convocatorias Junta CyL

Academia Irigoyen, academia especializada en la preparación de oposiciones (www.academiairigoyen.com) y CSIF Castilla y León, el sindicato principal de funcionarios (www.csif.es/castillayleon) anuncian las próximas convocatorias en julio y agosto de los siguientes procesos selectivos para los distintos cuerpos de personal funcionario de Junta de Castilla y León, correspondientes a las ofertas pendientes de 2017 y 2018.

Las próximas convocatorias previstas son las siguientes (ver tablas): En julio un total de 10 procesos selectivos y 234 plazas y en agosto un total de 8 procesos selectivos y 148 plazas.

En los próximos meses iremos conociendo el plazo para el resto de convocatorias pendientes.

FUNCIONARIOS Fecha de  publicación en el Bocyl  28  de julio de 2020
TIPO DE PERSONAL CUERPO GRUPO TOTAL
PLAZAS
ACCESO LIBRE 17+18 C.A.F.E. AGENTE MEDIOAMBIENTAL C2 92
ACCESO LIBRE 2018 C.F.S. Escala ARCHIVEROS A1 5
ACCESO LIBRE 2018 C. INGENIEROS S. TELECOMUNICACIONES A1 7
ACCESO LIBRE 2018 C. SUPERIOR  ADM. ECONÓMICO-FINANCIERA A1 5
ACCESO LIBRE 2028 C. GESTIÓN ECONÓMICO-FINANCIERA A2 15
ACCESO LIBRE 2018 C.T.D.E. AYUDANTES DE BIBLIOTECA A2 4
ACCESO LIBRE 2018 C. SUPERIOR A1 58
ACCESO LIBRE 2018 C.F.S. Escala BIBLIOTECARIOS A1 3
Total 189
Fecha de  publicación en el Bocyl  30  de julio de 2020
PROMOCIÓN I. 2018 C. GESTIÓN A2 30
PROMOCIÓN I. 2018 C. GESTIÓN ECONÓMICO-FINANCIERA A2 15
TOTAL 45
Nº PROCESOS SELECTIVOS: 10
PLAZAS 234

Próximas convocatorias Junta CyL

FUNCIONARIOS PROCESOS SELECTIVOS A CONVOCAR EN AGOSTO DE 2020
TIPO DE PERSONAL CUERPO GRUPO TOTAL PLAZAS
Acceso libre 2018 D.F.S.E. Sanitaria-Medicina TRO EM A1 6
Acceso libre 2018 C. Ingenieros S. Caminos C. y Puertos A1 6
Acceso libre 2018 C. Ingenieros S. Minas A1 3
Acceso libre 2018 C Ingenieros Técnicos de Minas A2 4
Acceso libre 2018 ATS/DUE Especialista en empresa A2 4
Acceso libre 2018 Cuespo de Gestión A2 60
Promoción I. 2018 C. Superior Económico-Financiera A1 5
Promoción I. 2018 Cuespo Administrativo C1 60
Nº Procesos selectivos:  8 PLAZAS 148

 


Oferta Empleo Público 2020 Valladolid

Oferta Empleo Público 2020 Valladolid

Oferta Empleo Público 2020 Valladolid

Consulta todas nuestras oposiciones en: www.academiairigoyen.com

 

RESOLUCIÓN de 20 de julio de 2020, del Concejal Delegado de Planificación y Recursos del Ayuntamiento de Valladolid, relativa a la aprobación de la oferta de empleo público para el año 2020 del Ayuntamiento de Valladolid. Expte.: PER-396/2020.

Vistas las actuaciones seguidas en el expediente número PER-396/2020, sobre la Oferta de Empleo Público para el año 2020, y atendido lo siguiente:

Primero.– El artículo 91.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, establece que «Las Corporaciones locales formarán públicamente su oferta de empleo, ajustándose a los criterios fijados en la normativa básica estatal», legislación que, actualmente, viene constituida por el artículo 70 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 10 de octubre, y el Art. 19 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, que señala los criterios aplicables a la Oferta de Empleo en el sector público.

Segundo.– El citado artículo 70 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público establece que la oferta de empleo contiene las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que han de proveerse mediante incorporación de personal de nuevo ingreso, pudiendo contener medidas derivadas de la planificación de recursos humanos, con el objetivo de, conforme establece el artículo 69 del citado texto legal, contribuir a la consecución de la eficacia en la prestación de los servicios, medidas entre las cuales se incluye la promoción interna.

Tercero.– El Art. 19.Uno.2 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, establece que «Las Administraciones Públicas que en el ejercicio anterior hayan cumplido los objetivos de estabilidad presupuestaria y deuda pública y la regla de gasto, tendrán una tasa de reposición del 100 por cien. Adicionalmente, podrán disponer de una tasa del 8 por ciento destinada a aquellos ámbitos o sectores que requieran un refuerzo de efectivos, siempre dentro del marco de la estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera. Este porcentaje adicional se utilizará preferentemente cuando se dé, entre otras, alguna de las siguientes circunstancias: Establecimiento de nuevos servicios públicos, incremento de actividad estacional por la actividad turística o alto volumen de jubilaciones esperadas. Para las entidades locales, los límites de deuda serán los que fijen las Leyes de Presupuestos Generales del Estado o la legislación reguladora de las haciendas locales en materia de autorización de operaciones de endeudamiento.

El porcentaje de tasa adicional será del 10 por ciento para las entidades locales que, además de los requisitos anteriores, tuvieran amortizada su deuda financiera a 31 de diciembre del ejercicio anterior.»

Asimismo, el punto 5 establece que «Para las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, Cuerpos de Policía Autonómica y Policías Locales la tasa de reposición será del 115 por ciento».

Por su parte, el punto 9 del Art. 19.1 de la citada Ley 6/2018, dispone que «además de lo establecido en el artículo 19.uno.6 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, se autoriza una tasa adicional para la estabilización de empleo temporal que incluirá las plazas de naturaleza estructural que, estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2017 en los siguientes sectores y colectivos: Personal de los servicios de administración y servicios generales, de investigación, de salud pública e inspección médica, así como otros servicios públicos. En las Universidades Públicas, sólo estará incluido el personal de administración y servicios.

Las ofertas de empleo que articulen estos procesos de estabilización, deberán aprobarse y publicarse en los respectivos Diarios Oficiales en los ejercicios 2018 a 2020 y serán coordinados por los Departamentos ministeriales competentes».

Cuarto.– El artículo 19.Uno.7 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, establece que «No computarán dentro del límite máximo de plazas derivado de la tasa de reposición de efectivos las plazas que se convoquen para su provisión mediante procesos de promoción interna y las correspondientes al personal declarado indefinido no fijo mediante sentencia judicial.»

Quinto.– El artículo 59.1 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, establece que en las Ofertas de Empleo Público se reservará un cupo no inferior al siete por ciento de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad considerando como tales las definidas en el apartado 2 del artículo 4 del texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas, de modo que progresivamente se alcance el dos por ciento de los efectivos totales en cada Administración Pública.

Sexto.– Con fecha 30 de junio de 2020 la Intervención General ha emitido informe relativo al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, deuda pública, regla de gasto y estado de amortización de la deuda financiera a 31 de diciembre de 2019.

Séptimo.– De conformidad con lo previsto en el Capítulo IV del Título III del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, esta Oferta de Empleo Público ha sido objeto de negociación, en la Mesa General de Negociación, con la representación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Valladolid en sus sesiones de 15 de mayo y 18 de junio de 2020.

En vista de lo cual, atendido que, de conformidad con el artículo 127.1.h) de la Ley 71/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, corresponde a la Junta de Gobierno la aprobación de la Oferta de Empleo Público.

SE ACUERDA:

Aprobar la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Valladolid para el año 2020 que figura como Anexo y disponer su íntegra publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid y en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien directamente Recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado Contencioso-Administrativo de Valladolid, conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Todo ello sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime procedente.

Valladolid, 20 de julio de 2020.

El Concejal Delegado
de Planificación y Recursos, Acuerdo de la Junta de Gobierno en sesión celebrada el día 8 de julio de 2020 Fdo.: Pedro Herrero García

ANEXO Oferta Empleo Público 2020 Valladolid

OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO 2020 AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID Y ORGANISMOS AUTÓNOMOS

1.– TURNO LIBRE. Oferta Empleo Público 2020 Valladolid

1.1. PERSONAL FUNCIONARIO. Oferta Empleo Público 2020 Valladolid

DENOMINACIÓN GRUPO NÚMERO DE PLAZAS
TÉCNICO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL A1 4
TÉCNICO MEDIO EN ANIMACIÓN COMUNITARIA A2 3
TÉCNICO AUXILIAR DE MEDIO AMBIENTE C1 1
AUXILIAR ADMINISTRATIVO C2 18
AGENTE POLICÍA MUNICIPAL C1 7
BOMBERO C2 7
TOTAL 40

1.2. PERSONAL LABORAL.

CATEGORÍA GRUPO NÚMERO DE PLAZAS
CONDUCTOR IV 4
OFICIAL DE OFICIOS VARIOS IV 2
PEÓN V 18
TOTAL 24

2.– PROMOCIÓN INTERNA.

2.1. PERSONAL FUNCIONARIO

DENOMINACIÓN GRUPO NÚMERO DE PLAZAS
TÉCNICO MEDIO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL A2 7
ADMINISTRATIVO C1 7
AUXILIAR ADMINISTRATIVO C2 5
MAYOR (POLICÍA MUNICIPAL) A1 2
SUBOFICIAL S.E.I.S.Y P.C.* C1 3
SARGENTO S.E.I.S. Y P.C.* C1 1
TOTAL 25

* En relación con las plazas de Suboficial y Sargento del Servicio de Extinción de Incendios, Salvamento y Protección Civil, si, durante el plazo de ejecución de la Oferta de Empleo Público se produjera, en aplicación de lo previsto en la Disposición Adicional Sexta de la Ley 4/2007, de 28 de marzo, de Protección Ciudadana de Castilla y León.

C.2.2. PERSONAL LABORAL.

CATEGORÍA GRUPO NÚMERO DE PLAZAS
CAPATAZ III 2
CONDUCTOR IV 8
TOTAL 10

3.– PLAZAS CORRESPONDIENTES A PERSONAL LABORAL DECLARADO INDEFINIDO NO FIJO POR SENTENCIA JUDICIAL.

CATEGORÍA GRUPO NÚMERO DE PLAZAS
AUXILIAR VIGILANTE DE BIBLIOTECAS IV 3
OFICIAL 2.ª JARDINERO IV 2
PEÓN V 9
TOTAL 14

ANEXO Acuerdo de Junta de Gobierno de fecha 8 de julio de 2020.

 

Accede al enlace en BOCYL pinchando aquí


examen tipo test oposiciones

Consejos examen tipo test: Oposiciones

examen tipo test oposiciones

CONSEJOS PARA HACER UN BUEN EXAMEN TIPO TEST

Con frecuencia, el primer o único examen de los procesos selectivos de las oposiciones consiste en un ejercicio tipo test, que nada tiene que ver con los de desarrollar que normalmente estamos acostumbrados a realizar y en los que se activa nuestra memoria de recuerdo. Para los exámenes tipo test utilizamos nuestra memoria de reconocimiento, esto es, nuestro cerebro reconoce de forma instintiva aquello que nos resulta familiar, y por ello, la forma de estudio y realización de los mismos es diferente.

Cómo estudiar un examen tipo test

A continuación, tres consejos sobre cómo estudiar un examen tipo test, que te ayudarán a ejercitar y mejorar tu memoria de reconocimiento:

1.- Estudiar activamente: no vale solo estudiar intentado memorizar todo lo que leemos sino que lo importante es identificar y destacar qué conceptos son los más importantes, los clave. Para ello, lee bien el tema o la propia legislación y anota o resalta la información que consideres relevante y que te ayuda a comprender lo leído.

2.- Detecta preguntas:  cuando estudies, intenta detectar posibles preguntas de examen y respóndelas. Eso te ayudará a identificar y retener los conceptos claves, razonando siempre las respuestas. Web externa de test: www.testdeley.com

3.- Practicar mucho: coger agilidad en leer las preguntas rápido y responder es clave para hacer un buen examen tipo test y poder aprobarlo. Tienes que hacer muchos test. ¡Cuantos más, mejor! Así sabrás distinguir de la pregunta cuál/cuales son los conceptos claves y con ello, reconocer claramente las respuestas correctas y las incorrectas. Si llegas a responder la pregunta sin ver las opciones que te dan, ¡sería perfecto! y eso se consigue con mucha práctica. Además, pon mucha atención en aquellas que fallas y razona el porqué. Encuentra ejemplos de examen tipo test en la web de Academia Irigoyen: www.academiairigoyen.com

Consejos para realizar un examen tipo test

1º. Preparación y tranquilidad: aunque sea lo más difícil de controlar, debes intentar llegar lo más tranquilo posible al examen. ¡Los nervios son tus peores enemigos! Con antelación prepara aquello que vas a necesitar para el examen. Nunca olvides llevar un boli azul y otro negro, ¡por si acaso! y por supuesto, tu DNI o documento identificativo equivalente.

2º. Seguir las instrucciones orales y leer atentamente las escritas: las instrucciones que te dan, sobre todo las escritas, suelen aclarar todo lo que debes saber para realizar la prueba (tiempo, qué puedes hacer y qué no, si los errores y abstenciones penalizan o no, puntuación respuestas correctas, etc.). Siempre te dan un tiempo para leerlas antes de que comience el examen.

3º Responder las preguntas que sepamos con seguridad: en una primera vuelta lo ideal sería responder a aquellas preguntas que sabes con toda seguridad y dejar, incluso sin leer, aquellas cuyo enunciado es muy largo. Además, si puedes, hacer alguna marca en las no contestadas puede facilitarte después su identificación más rápidamente. Antes de empezar una segunda vuelta, si el tiempo de lo permite, cuenta más o menos cuantas has respondido para hacerte a la idea de si con ellas puedes aprobar y cuánto puedes arriesgar en la segunda vuelta.

4º. Responder en la segunda lectura: si el tiempo lo permite y puedes volver a empezar, lee únicamente aquellas que has marcado como no contestadas. Releer las contestadas puede llevarte a confusión e incluso bloqueo. De las no contestadas, si quieres arriesgarte, teniendo en cuenta que en la mayoría de los exámenes tipo test las incorrectas penalizan, hazlo en aquellas en las que dudes entre dos respuestas. Entre más sería jugar a la lotería, aunque nunca se sabe si ese día la suerte está de tu lado.

 


Oposiciones 2020 Junta Castilla y León

Oposiciones 2020 Junta Castilla y León

La aparición del COVID-19 en nuestras vidas ha supuesto grandes cambios en todos los sentidos y en el ámbito de las oposiciones ha generado gran incertidumbre en cuanto a qué iba a pasar con todas esas Ofertas de Empleo Público que estaban pendientes de ser convocadas o en mitad de un proceso selectivo.

El Real Decreto que estableció el estado de alarma en todo el territorio nacional a mediados de marzo fijó la suspensión de todos los plazos administrativos y con ello, la paralización de los procesos selectivos en marcha así como de las convocatorias pendientes de ejecutar, desestabilizando a todo opositor que estuviera en mitad de un proceso o comenzará a prepararse alguno.

Dicha suspensión fue levantada, con carácter general, el pasado 1 de Junio, dando un pequeño alivio a los opositores castellanoleoneses, sin embargo, todavía quedaba por conocer qué iba a hacer la Administración de Castilla y León, dado el gran esfuerzo organizativo que supone el desarrollo de los procesos selectivos y más, actualmente, por todas la medidas necesarias para minimizar el riesgo de los contagios.

Esta semana la Junta de Castilla y León ha anunciado su intención de seguir adelante con las convocatorias de empleo público previstas para 2020 (excepto las de educación que se posponen al año que viene) y en las que están en juego, nada más y nada menos que 2.173 plazas, entre funcionarios y personal laboral. Pinche aquí para ir a web oficial de Empleo Público Junta de Castilla y León

No obstante, aunque es una gran noticia para los opositores, hay que tener en cuenta que la puesta en marcha no va a ser inmediata, estimando como mejor escenario, siempre que la evolución de la pandemia lo permita, el comienzo de realización de exámenes a finales de este año o principios del siguiente.

Así que, para aquellos que estéis preparando alguna oposición, ¡¡ÁNIMO y a SEGUIR CON FUERZA!! y para los que os lo estéis pensando, ¡!NO LO DUDES, ESTE ES EL MOMENTO!!

Consulte todas las oposiciones pinchando aquí

Oposiciones 2020 Junta Castilla y León


Claves para opositar

Claves para opositar

Claves para opositar

5 CLAVES PARA OPOSITAR Claves para opositar

La idea de conseguir un puesto para toda la vida es una idea que a muchos nos atrae y más en estos tiempos que corren hoy en día. No obstante, es una decisión difícil que conlleva una debida meditación previa.

Para trabajar en una Administración Pública es vital escoger un trabajo en el que nos vayamos a ver en el futuro, bien porque nos gusta o por las posibilidades de promocionar.

Para ayudarte en la toma de decisión, te damos una serie de consejos para que elijas la oposición que más te conviene:

  1. Convencimiento y situación personal: decidirse por estudiar una oposición es una decisión importante en la que influyen muchos aspectos como la situación familiar, laboral, objetivos personales, motivación, etc. Por ello deberás analizar si tu situación personal es compatible con la dedicación que supone prepararse unas oposiciones y si tu motivación es suficiente para no dejarlo rápidamente. Si es así, si estás convecido/a, ¡no dejes que nadie te quite la idea de la cabeza!
  2. Escoger la oposición correcta: para elegir la oposición más conveniente para ti deberás tener en cuenta lo siguiente:
    • Oposición acorde con tu formación académica: siempre es mejor que elijas una oposición que esté relacionada con tu formación académica ya que así tendrás los conocimientos requeridos o por lo menos una buena base para entenderlo y retenerlos mejor.
    • Conocer a fondo el tipo de oposición y proceso selectivo: deberás conocer bien el tipo y datos de la oposición (ratio plazas/aspirantes, destino y retribución) así como el tipo de proceso selectivo. Normalmente, la fase de oposición consta de varias pruebas, todas ellas eliminatorias, por lo que si estás entre dos oposiciones y ves que en alguna de ellas hay alguna prueba incapaz de superar, descártala. Para obtener este tipo de información podrás acudir las fuentes oficiales o dirigirte a centros especializados de preparación. Enlace a página principal: Academia Irigoyen
    • Regularidad convocatoria: más o menos, teniendo ya una idea de la oposición que queremos, es recomendable informarse de la frecuencia con la que suelen ofertas plazas y su convocatoria. Enlace a página web: Punto de acceso a las Administraciones Públicas
    • Proyección profesional: tener en cuenta cuál es la promoción profesional a la que optamos si superamos la oposición escogida. Por ello, también te recomiendo que si tus circunstancias personales no te permiten dedicar a una oposición de un cuerpo superior el tiempo requerido, optes por intentar una de nivel inferior y luego promocionar internamente.
  3. Planificación y técnicas de estudio: antes de comenzar a preparar la oposición deberás analizar bien el tiempo que puedes dedicarle y qué forma de estudio requiere cada prueba selectiva. Recuerda que es una carrera de fondo y no un spring. Mejor dedicarle menos horas al día pero todos los días, que muchas en un par. Además, como en cualquier trabajo a jornada completa o parcial, tómate descansos para desconectar.
  4. OJO con las grandes convocatorias: que se convoquen un gran número de plazas no supone que sea fácil aprobar. A más plazas, mayor competencia por lo que asegúrate de que sean acordes a tu perfil.
  5. No dejarlo antes de tiempo: como ya he comentado, es una carrera de fondo, no te asustes ante temarios exigentes o procesos selectivos complicados y sobre todo, no tires la toalla si suspendes la primera vez… ¡!el que la sigue, la consigue!!

Modificaciones contratos del sector público

Modificaciones contratos del sector público

1.- UMBRALES CONTRATOS SARA. Modificaciones contratos del sector público

En el Diario Oficial de la Unión Europea de 31 de octubre de 2019 se publicaron tres Reglamentos delegados mediante los que se modificaron las Directivas relativas a contratación pública en lo que concierne a sus umbrales de aplicación en materia de adjudicación de los contratos, siendo los nuevos umbrales aplicables a partir del 1 de enero de 2020.

Si bien los Reglamentos son normas de aplicación directa, el Ministerio de Hacienda y Función Pública ha publicado los nuevos umbrales mediante esta Orden (según lo previsto en las leyes de contratación pública), con el fin de facilitar su conocimiento y de concretar las modificaciones que suponen en la legislación española.

a) Para los contratos de obras, de concesión de obras y de concesión de servicios: 5.350.000

  1. Para los contratos de suministros y de servicios:
  2. La cifra de 221.000 euros se sustituye por la de 214.000 euros en los artículos 21.1.b); 22.1.b); 23.1.b) —contratos subvencionados de servicios— y b).
  3. La cifra la de 144.000 euros se sustituye por la de 139.000 euros en los artículos 21.1.a) y 1.a).

2.- OBLIGATORIEDAD DE LA INDICACION DE LA FINALIDAD DE LA CESION DE DATOS POR PARTE DEL CONTRATISTA EN EL ACUERDO DE INICIACION (INFORME DE NECESIDAD DEL CONTRATO A CELEBRAR)

Artículo 116. Expediente de contratación: iniciación y contenido.

  1. La celebración de contratos por parte de las Administraciones Públicas requerirá la previa tramitación del correspondiente expediente, que se iniciará por el órgano de contratación motivando la necesidad del contrato en los términos previstos en el artículo 28 de esta Ley y que deberá ser publicado en el perfil de contratante.

En aquellos contratos cuya ejecución requiera de la cesión de datos por parte de entidades del sector público al contratista, el órgano de contratación en todo caso deberá especificar en el expediente de contratación cuál será la finalidad del tratamiento de los datos que vayan a ser cedidos.

Tened en cuenta que los contratistas del sector público se ven obligados, en muchas ocasiones, a trabajar con una gran cantidad de datos personales durante la ejecución de los contratos. Por ello, se ha de garantizar normativamente que el tratamiento de estos datos está sometido al cumplimiento de determinadas obligaciones específicas en materia de protección de datos de carácter personal.

De esta forma, el Real Decreto-ley 14/2019, de 31 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes por razones de seguridad pública en materia de administración digital, contratación del sector público y telecomunicaciones, en su Capítulo III, regula varias medidas concretas en materia de contratación pública orientadas a reforzar el cumplimiento de la normativa sobre protección de datos personales y de seguridad pública en este mismo ámbito.

Para ello, este real decreto-ley modifica la ley 9/2017, de Contratos del Sector Público (LCSP) introduciendo medidas que aseguren que, en todas las fases de contratación, se respete la legislación europea en materia de protección de datos por parte de los contratistas de las Administraciones Públicas. Las principales modificaciones llevadas a cabo son las siguientes:

Así, en primer lugar y a través de la modificación del artículo 35 de la LCSP, se incluye como contenido mínimo del contrato la referencia a la legislación aplicable al contrato en materia de protección de datos, debiéndose hacer mención expresa al cumplimiento de la normativa nacional y de la Unión Europea en esta materia.

En segundo lugar, será motivo de nulidad de los contratos, la celebración de los mismos en los que no se incluyan en los pliegos las obligaciones del contratista en materia de protección de datos personales.

En tercer lugar, se establece la obligación de especificar en el expediente de contratación, para los contratos cuya ejecución requiera de la cesión de datos, cuál será la finalidad del tratamiento de los datos a ceder.

Asimismo, para los contratos especificados en el punto anterior, se hará constar en el pliego adicionalmente y con la consideración de esencial:

La finalidad de la cesión de los datos.

La obligación del contratista de someterse a la normativa nacional y de la Unión Europea.

La obligación del adjudicatario de presentar una declaración en la que ponga de manifiesto dónde van a estar ubicados los servidores y desde dónde se van a prestar los servicios asociados a los mismos, así como la comunicación de cualquier cambio que se produzca en esta información.

La obligación de los licitadores de indicar en su oferta si tienen previsto subcontratar los servidores o los servicios asociados a los mismos.

Finalmente, en los pliegos correspondientes a los contratos cuya ejecución implique la cesión de datos entre las entidades del sector público y el contratista, se deberá añadir una condición especial de ejecución que haga referencia a la obligación del contratista de someterse a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos.

 

3.- CONTRATOS MENORES Y ACUERDO DE INICIACION. INFORME DE NECESIDAD DEL CONTRATO A CELEBRAR DEBE DE JUSTIFICAR EL NO FRACCIONAMIENTO. Modificaciones contratos del sector público

El Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales incorpora a la normativa española diversas medidas para cumplir con directivas de la Unión Europea.

Entre las modificaciones, se hicieron algunos  cambios  en  la Ley  de  Contratos  del  Sector  Público llamaron la atención de algunos juristas. El polémico cambio corresponde a la eliminación de un párrafo del artículo 118, relativo a los contratos menores que para algunos de ellos es “un paso atrás en la lucha contra la corrupción”.

Como sabes el artículo 118 ley define los contratos menores como aquellos con un valor inferior a

40.000 euros si son contratos de obras, o de 15.000 cuando son de suministro o servicios. La norma exige la emisión de un informe que justifique la necesidad del contrato y que especifique que no se está alterando su finalidad para evitar superar esos umbrales económicos.

Es decir, el informe debe aclarar que el contratista no está fraccionando un contrato grande en varios menores (algo prohibido en la misma ley), ya que la tramitación de estos es más simple. Si el ente público no puede celebrar un contrato menor, tampoco puede otorgar su concesión de forma directa. Estaría obligado por ley a licitarlo, algo que, además de dilatar los plazos, permite la competencia de otras empresas.

Además de la emisión de este informe, existía un mecanismo para evitar el fraccionamiento de contratos que es, de hecho, el que se ha eliminado de este artículo: una vez superados los umbrales de 15.000 o 40.000 euros no se podía firmar contratos con la misma empresa. Una situación que, sin embargo, se ha incumplido en numerosas ocasiones por parte de las administraciones públicas.

La redacción actual queda así: Artículo 118. Expediente de contratación en contratos menores.

  1. Se consideran contratos menores los contratos de valor estimado inferior a 40.000 euros, cuando se trate de contratos de obras, o a 15.000 euros, cuando se trate de contratos de suministro o de servicios, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 229 en relación con las obras, servicios y suministros centralizados en el ámbito
  2. En los contratos menores la tramitación del expediente exigirá la emisión de un informe del órgano de contratación justificando de manera motivada la necesidad del contrato y que no se está alterando su objeto con el fin de evitar la aplicación de los umbrales descritos en el apartado anterior.
  3. Asimismo se requerirá la aprobación del gasto y la incorporación al mismo de la factura correspondiente, que deberá reunir los requisitos que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan.
  4. En el contrato menor de obras, deberá añadirse, además, el presupuesto de las obras, sin perjuicio de que deba existir el correspondiente proyecto cuando sea requerido por las disposiciones vigentes. Deberá igualmente solicitarse el informe de las oficinas o unidades de supervisión a que se refiere el artículo 235 cuando el trabajo afecte a la estabilidad, seguridad o estanqueidad de la
  5. Lo dispuesto en el apartado 2.º de este artículo no será de aplicación en aquellos contratos cuyo pago se verifique a través del sistema de anticipos de caja fija u otro similar para realizar pagos menores, siempre y cuando el valor estimado del contrato no exceda de 5.000
  6. Los contratos menores se publicarán en la forma prevista en el artículo 4
  7. 4. La publicación de la información relativa a los contratos menores deberá realizarse al menos trimestralmente. La información a publicar para este tipo de contratos será, al menos, su objeto, duración, el importe de adjudicación, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, y la identidad del adjudicatario, ordenándose los contratos por la identidad del adjudicatario. Quedan exceptuados de la publicación a la que se refiere el párrafo anterior, aquellos contratos cuyo valor estimado fuera inferior a cinco mil euros, siempre que el sistema de pago utilizado por los poderes adjudicadores fuera el de anticipo de caja fija u otro sistema similar para realizar pagos menores

4.- MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 35: CONTENIDO MÍNIMO DEL CONTRATO. Modificaciones contratos del sector público

Se añade el apartado d)

  1. La identificación de las
  2. La acreditación de la capacidad de los firmantes para suscribir el
  3. Definición del objeto y tipo del contrato, teniendo en cuenta en la definición del objeto las consideraciones sociales, ambientales y de innovación.
  4. Referencia a la legislación aplicable al contrato, con expresa mención al sometimiento a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de
  5. La enumeración de los documentos que integran el Si así se expresa en el  contrato, esta enumeración podrá estar jerarquizada, ordenándose según el  orden  de  prioridad acordado por las partes, en cuyo supuesto, y salvo caso de error manifiesto, el orden pactado se utilizará para determinar la prevalencia respectiva, en caso de que existan contradicciones entre diversos documentos.
  6. El precio cierto, o el modo de
  7. La duración del contrato o las fechas estimadas para el comienzo de su ejecución y para su finalización, así como la de la prórroga o prórrogas, si estuviesen
  8. Las condiciones de recepción, entrega o admisión de las
  9. Las condiciones de
  10. Los supuestos en que procede la modificación, en su
  11. Los supuestos en que procede la resolución.
  12. El crédito presupuestario o el programa o rúbrica contable con cargo al que se abonará el precio, en su
  13. La extensión objetiva y temporal del deber de confidencialidad que, en su caso,  se  imponga al
  14. La obligación de la empresa contratista de cumplir durante todo el periodo de ejecución de contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo de aplicación.

5.- ABIERTO HIPERSIMPLICADO: INTRODUCCIÓN DE  MÁS ESPECIALIDADES. Modificaciones contratos del sector público

En contratos de obras de valor estimado inferior a 80.000 euros, y en  contratos de suministros  y de servicios de valor estimado inferior a 35.000 euros, excepto los que tengan por objeto prestaciones de carácter intelectual a los que no será de aplicaci ón este apartado, el procedimiento abierto simplificado podrá seguir la siguiente tramitación:

  1. El plazo para la presentación de proposiciones no podrá ser inferior a diez días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación del anuncio de licitación en el perfil de

No obstante lo anterior, cuando se trate de compras corrientes de bienes disponibles en el mercado el plazo será de 5 días hábiles.

  1. Se eximirá a los licitadores de la acreditación de la solvencia económica y financiera y  técnica o
  2. La oferta se entregará en un único sobre o archivo electrónico y se evaluará, en todo caso, con arreglo a criterios de adjudicación cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas establecidas en los
  3. La valoración de las ofertas se podrá efectuar automáticamente mediante dispositivos informáticos, o con la colaboración de una unidad técnica que auxilie al órgano de  contratación.

Se garantizará, mediante un  dispositivo electrónico, que la apertura de las proposici ones no    se realiza hasta que haya finalizado el plazo para su presentación, por lo que no se celebrará acto público de apertura de las mismas.

  1. Las ofertas presentadas y la documentación relativa a la valoración de las mismas serán accesibles de forma abierta por medios informáticos sin restricción alguna desde el momento en que se notifique la adjudicación del
  2. No se requerirá la constitución de garantía
  3. La formalización del contrato podrá efectuarse mediante la firma de acepta ción por el contratista de la resolución de adjudicación.

En todo lo no previsto en este apartado se aplicará la regulación general del procedimiento abierto simplificado prevista en este artículo.

 

Finalmente la pandemia del COVID-19 está suponiendo una emergencia sanitaria que se está transmitiendo a la economía y a la sociedad a una velocidad inusitada, afectando tanto a la actividad productiva como a la demanda y al bienestar de los ciudadanos .

Para paliar los efectos que esta pandemia y las medidas de contención de esta crisis sanitaria están ocasionando, el Gobierno español ha aprobado (i) el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la s ituación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 (RD 463/2020); (ii) el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes y extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19 (RDL 8/2020) y (iii) el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y  económico  para  hacer frente al COVID-19 (RDL 11/2020), que introduce diversas modificaciones en este último y  en   la normativa vigente en materia de contratación pública.

 

I.  NOVEDADES DERIVADAS DEL RD 463/2020: SUSPENSIÓN DE PROCEDIMIENTOS EN EL ÁMBITO DE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA

Una de las medidas más relevantes incluidas en el RD 463/2020 , de declaración de estado de alama, fue es la suspensión de los plazos de tramitación de todos los proce dimientos de las entidades del sector público en virtud de su disposición adicional tercera.

Ahora bien el RD-ley 17/2020 de 5 de mayo levanta la suspensión que pesaba sobre las licitaciones públicas, devolviéndolas a la más completa normalidad y posibilitando su continuación, así como el inicio de nuevas licitaciones, incluido el régimen de los recursos especiales que en cada caso resulte de aplicación.

 

II.  NOVEDADES DERIVADAS DEL RDL 8/2020. Modificaciones contratos del sector público

Por su parte, el RDL 8/2020 establece en su capítulo III diversas medidas  de  garantía  de liquidez para sostener la actividad económica ante las dificultades transitorias derivadas de la situación generada por el COVID-19. Entre tales medidas, destacan las previsiones singulares establecidas en su artículo 34, cuya redacción inicial ha sido modificada en algunos aspectos por la Disposición Final Primera del RDL 11/2020. A continuación, explicaremos en  qué consisten tales previsiones singulares, que, como veremos, varían en función de  la  tipología del contrato de que se trate, y  apuntaremos algunas dudas que podrían surgir en la práctica con su implementación.

Contratos públicos de servicios y de suministro de prestación sucesiva. Modificaciones contratos del sector público

El apartado 1 del artículo 34 del RDL 8/2020 establece, en su primer párrafo, que los contratos de servicios y suministros de prestación sucesiva (es decir, de tracto continuado) vigentes, que hayan sido celebrados por los entes pertenecientes al sector pú blico definidos en el artículo 3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público ( LCSP), cuya ejecución devenga “imposible” como consecuencia del COVID-19 o las medidas adoptadas por  el  Estado, las comunidades autónomas o la Administración local para combatirlo, “quedarán suspendidos total o parcialmente” desde que se  produjera la  situación de hecho  que impide  su prestación y hasta que dicha prestación pueda reanudarse. A estos efectos, se  entenderá que la prestación puede reanudarse cuando, habiendo cesado las  circunstancias  o  medidas que la vinieran impidiendo, el órgano de contratación notificara al contratista el fin de la suspensión.

Los daños y perjuicios por los que el contratista podrá ser indemnizado en estos casos, “previa solicitud y acreditación fehaciente de su realidad, efectividad y  cuantía por el  contratista”, serán únicamente los siguientes:

  1. Los gastos salariales que efectivamente hubiera abonado el contratista al personal que figurara adscrito con fecha 14 de marzo de 2020 a la ejecución ordinaria del contrato, durante el período de suspensión. El RDL 11/2020 ha clarificado que los mismos incluyen también “los relativos a las cotizaciones a la Seguridad Social que correspondieran”.

2.- Los gastos por mantenimiento de la garantía definitiva, relativos al período de suspensión del contrato.

  1. Los gastos de alquileres o costes de mantenimiento de maquinaria, instalaciones y equipos relativos al periodo de suspensión del contrato, adscritos directamente a la ejecución del contrato, siempre que el contratista acredite que estos medios no pudieron ser  empleados  para otros fines distintos durante la suspensión del contrato.
  2. Los gastos correspondientes a las pólizas de seguro previstas en el pliego y vinc uladas al objeto del contrato que hayan sido suscritas por el contratista y estén  vigentes  en  el  momento de la suspensión del

Contratos públicos de servicios y de suministros de prestación no sucesiva

Para estos contratos, siempre y cuando no hubieran perdido su  finalidad  como consecuencia de la situación de hecho creada por el COVID-19, prevé que, cuando el contratista incurra en demora en el cumplimiento de sus plazos como consecuen cia del COVID-19 o las medidas adoptadas por el Estado, las comunidades autónomas o la Administración local  para combatirlo, y ofrezca el cumplimiento de sus compromisos si se le amplía el plazo inicial o la prórroga en curso, el órgano de contratación se  lo  concederá, dándole un plazo que será, por lo menos, igual al tiempo perdido por los motivos mencionados, a no ser que el contratista pidiese otro menor. Así, el órgano  de contratación le  concederá al  contratista la  ampliación del plazo, previo informe del director del contrato, donde se determine que el retraso  no  es  por causa imputable al contratista, sino que se ha producido como  consecuencia del COVID -  19 en los términos indicados en el párrafo anterior.

 

III.  MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 29.4 DE LA LCSP. Modificaciones contratos del sector público

El RDL 11/2020 modifica el párrafo segundo del apartado cuarto del  artículo  29 de la  LCSP, a fin de introducir la posibilidad excepcional de establecer una duración de los contratos de suministro superior a 5 años, cuando, hasta ahora, dicha posibilidad só lo se preveía para los contratos de servicios, su redacción queda como sigue:

«Excepcionalmente, en los contratos de suministros y de servicios  se  podrá  establecer  un plazo de duración superior al establecido en el párrafo anterior, cuando lo exija el período de recuperación de las inversiones directamente relacionadas con el contra to y estas no sean susceptibles de utilizarse en el resto de la actividad productiva del contratista o su utilización fuera antieconómica, siempre que la amortización de dichas inversiones  sea  un  coste  relevante en la prestación del suministro o servicio, circunstancias que deberán ser justificadas en el expediente de contratación con indicación de las inversiones a las que se refiera y de su período de recuperación. El concepto de coste relevante en la prestación del suministro o servicio será objeto de desarrollo reglamentario.»

 

Descarga el archivo en PDF (enlace)


OEP San Esteban de Gormaz

OEP San Esteban de Gormaz

Ver publicación Oferta en página web BOCYL (HTML)

Ver publicación Oferta en documento (PDF)

Foto: El MIrón de Soria

OEP San Esteban de Gormaz

ACUERDO de 5 de junio de 2020, de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de San Esteban de Gormaz (Soria), que aprueba la oferta de empleo público del año 2020. Expte.: G-238/2020.

Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 5 de junio de 2020 aprobó la Oferta de Empleo Público correspondiente al ejercicio 2020, en los siguientes términos:

Provincia: Soria.

Corporación: Ayuntamiento de San Esteban de Gormaz.

Oferta de Empleo Público correspondiente al ejercicio de 2020.

PERSONAL LABORAL FIJO:

DENOMINACIÓN Func. Principal Forma provisión Grupo Jornada % N.º vacantes
Peón Limpieza Viaria Concurso-Oposición E C 100 2
Oficial Parques y jardines Concurso-Oposición C2 C 100 1
Peón Parques y jardines Concurso-Oposición E C 100 1
Peón Depuradora Concurso-Oposición E C 100 1
Técnico Turismo Concurso-Oposición C1 C 100 1
Auxiliar Biblioteca Concurso-Oposición C2 P 50 1
Director Escuela educación Infantil Concurso-Oposición A2 C 100 1
Técnico Escuela educación Infantil Concurso-Oposición C1 C 100 2

Lo que se hace público para general conocimiento.

San Esteban de Gormaz, 11 de junio de 2020.

La Alcaldesa Presidenta,
Fdo.: M.ª Luisa Aguilera Sastre