Convocatoria de promoción interna en el Cuerpo Superior de Administración de la comunidad CyL.

Cuerpo Superior de Administración de la Comunidad de CyL.

 

Cuerpo Superior de Administración de la Comunidad CyL.

Cuerpo Superior de Administración de la Comunidad CyL. RESOLUCIÓN de 28 de agosto de 2024, de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano, por la que se amplía el plazo establecido para la resolución del proceso selectivo convocado por Resolución de 16 de diciembre de 2022, de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso, por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo Superior de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

La Resolución de 16 de diciembre de 2022 de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano, publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León  n.º 244, de 21 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso,  por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo Superior de la Administración de la Comunidad de Castilla y León dispone en la base 9.14, que desde la publicación de la resolución aprobatoria de las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos hasta la publicación del acuerdo del tribunal declarativo de los aspirantes que han superado el proceso selectivo no deberán transcurrir más de ocho meses. El día 16 de enero de 2024, se publicó la relación definitiva de admitidos y excluidos.

RESUELVE. Ampliar en cuatro meses el plazo de resolución del proceso selectivo para ingreso, por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo Superior de la Administración de la Comunidad de Castilla y León convocado por La Resolución de 16 de diciembre de 2022 de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano.

Contra esta resolución de ampliación de plazo no cabe recurso alguno, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Valladolid, 28 de agosto de 2024.

El Viceconsejero de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano,

(P.S Orden PRE/1232/2023, de 26 de octubre) El Viceconsejero de Relaciones Institucionales y Administración Local

Fdo.: José Miguel de Elías Hernández

Descarga el archivo de la convocatoria del BOCYL: https://academiairigoyen.com/wp-content/uploads/2024/09/BOCYL-D-02092024-6.pdf

 

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PLAZAS DE ADMINISTRATIVO/A (C1) EN EL AYTO. SEGOVIA

4 plazas Administrativo Ayuntamiento de Segovia

4 plazas Administrativo Ayuntamiento de Segovia

4 plazas Administrativo Ayuntamiento de Segovia

RESOLUCIÓN de 24 de julio de 2024, de la Alcaldía del Ayuntamiento de Segovia, por la que se aprueban las bases específicas y la convocatoria del proceso selectivo para cubrir, mediante el sistema de oposición por turno libre, cuatro plazas de Administrativo/a, Escala Administración General, Subescala Administrativa, Subgrupo C1, pertenecientes a la oferta pública de empleo ordinaria de 2024. Expte.: 26/2024/P14105. Por Resolución n.º 2024/04432 de fecha 24 de julio de 2024, se han aprobado las Bases Específicas por las que se regirá el proceso selectivo para la provisión en propiedad de cuatro plazas de administrativo/a en el Ayuntamiento de Segovia, escala administración general, subescala administrativa subgrupo C1 pertenecientes a la oferta pública de empleo ordinaria de 2024, transcribiéndose las mismas a continuación:

BASES ESPECÍFICAS Y CONVOCATORIA

PARA LA COBERTURA EN PROPIEDAD, MEDIANTE OPOSICIÓN LIBRE, DE CUATRO PLAZAS DE ADMINISTRATIVO/A EN EL AYUNTAMIENTO DE SEGOVIA, ESCALA ADMINISTRACIÓN GENERAL, SUBESCALA ADMINISTRATIVA SUBGRUPO C1 PERTENECIENTES A LA OFERTA PÚBLICA DE EMPLEO ORDINARIA DE 2024.

Primera.– Ámbito de aplicación.  El objeto de las presentes bases específicas es regular la realización de las pruebas selectivas para el acceso en propiedad como personal funcionario de carrera por el procedimiento de oposición libre de 4 plazas de Administrativo/a de Administración General del Ayuntamiento de Segovia, incluidas en la Oferta Pública de Empleo Ordinaria de 2024. que a continuación se especifican:

            PLAZA           ADMINISTRATIVO/A
Escala: Administración General
Subescala: Administrativa
Grupo de clasificación. C1
Número: 4 que pertenecen a la OPE 2024
Plazas turno libre 4
Plazas reservadas a personas con

discapacidad:

——-
Procedimiento de Selección Oposición Libre
Titulación: Bachiller Superior, Formación Profesional de segundo grado o equivalente
Tasas derechos examen 15,00 euros, según la Ordenanza Fiscal municipal para las plazas pertenecientes al Grupo C1.

Para mayor información sobre los requisitos de la plaza de Administrativo (C1) : https://academiairigoyen.com/wp-content/uploads/2024/08/BOCYL-D-28082024-15.pdf

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Aspirantes Seleccionados al Cuerpo Auxiliar Admón. de la JCyL

Aspirantes Seleccionados al Cuerpo Auxiliar Admón. de la JCyL

Aspirantes Seleccionados al Cuerpo Auxiliar Admón. de la JCyL

Aspirantes Seleccionados al Cuerpo Auxiliar Admón. de la JCyL

Aspirantes seleccionados al cuerpo auxiliar admón. de la JCyL. RESOLUCIÓN de 21 de agosto de 2024, de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano, por la que se aprueba y publica la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo convocado por Resolución de 3 de noviembre de 2022, de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano, para el ingreso, por el sistema de acceso libre, en el Cuerpo Auxiliar de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y se ofertan los puestos de trabajo. Finalizado el proceso selectivo para ingreso por el sistema de acceso libre en el Cuerpo Auxiliar, de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, convocado por Resolución de 3 de noviembre de 2022 (Boletín Oficial de Castilla y León de 10 de noviembre), esta Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano, en uso de la delegación otorgada en el apartado segundo b) de la Orden PRE/1367/2022, de 3 de octubre, por la que se delega el ejercicio en determinadas competencias en los órganos directivos centrales de la Consejería de la Presidencia.

RESUELVE Primero. Aprobar y publicar la relación definitiva de aspirantes que han superado el proceso selectivo por el orden de puntuación obtenido, según figura en el Anexo I.

Segundo. En el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de Castilla y León, los aspirantes relacionados en el Anexo I deberán presentar los siguientes documentos:

Documentos a presentar: 

  1.  Copia Auténtica del Documento Nacional de Identidad o autorización  al  órgano convocante.
  2. Certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales, únicamente en caso de acceso a puestos de trabajo que impliquen un contacto habitual con menores. 
  3. Copia Auténtica del título de Graduado en Educación Secundaria o acreditación de su equivalencia de acuerdo con lo establecido en la convocatoria, o autorización al órgano convocante.
  4. Declaración responsable de no pertenecer al Cuerpo Auxiliar, de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
  5.  Declaración responsable de no hallarse inhabilitado, por sentencia firme, para el ejercicio de funciones públicas.
  6. Declaración responsable de poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del Cuerpo objeto de la convocatoria.

Listado de aspirantes seleccionados:  https://academiairigoyen.com/wp-content/uploads/2024/08/BOCYL-D-26082024-6.pdf

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Fecha de examen Conductor-a (P.I)

Fecha de examen Conductor-a (P.I)

Fecha de examen Conductor-a (P.I)

Fecha de examen Conductor-a (P.I). RESOLUCIÓN de 13 de agosto de 2024, de la Secretaría General de la Consejería de la Presidencia, por la que se aprueba la relación definitiva de admitidos y excluidos del proceso selectivo para el ingreso, por el sistema de acceso por promoción interna, en la categoría profesional de Conductor-a de la Administración de la Comunidad de Castilla  y León, convocado por Resolución de 15 de diciembre de 2023, de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano.

 Por Resolución de 9 de mayo de 2024, de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia (Boletín Oficial de Castilla y León de 17 de mayo de 2024) se aprobaron y publicaron las listas provisionales de admitidos y excluidos al proceso selectivo para ingreso, por el sistema de acceso por promoción interna, en la categoría profesional    de Conductor-a de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, convocado  por Resolución de 15 de diciembre de 2023, de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano (Boletín Oficial de Castilla y León de 21 de diciembre de 2023).

Finalizado el plazo de alegaciones a las listas provisionales de admitidos y excluidos, hechas las rectificaciones oportunas y de conformidad con lo dispuesto en la base 9.2 de la citada Resolución de convocatoria, esta Secretaría General.

Primero. Aprobar las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos al citado proceso selectivo, con indicación de las causas de exclusión. Estas listas estarán disponibles en los tablones de anuncios de las oficinas de asistencia en materia de registros de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y en el Portal de Empleados Públicos de la Junta de Castilla y León (https://empleopublico.jcyl.es). La información estará asimismo disponible en el Servicio telefónico de Información y Atención al Ciudadano 012 o 983 327 850 (teléfono gratuito si se dispone de tarifa plana).

Segundo. Convocar a todos los aspirantes admitidos para la realización del ejercicio de la fase de oposición que tendrá lugar el día 19 de octubre de 2024 a las 10:00 horas, en la Escuela Técnica Superior de Arquitectura, Universidad de Valladolid sita en la Avenida de Salamanca n.º 18, 47014 – Valladolid. Los opositores tendrán que acreditar su personalidad con la presentación de su D.N.I. o cualquier otro documento que les identifique fehacientemente y deberán ir provistos de bolígrafo de tinta azul o negra.

Tercero. Contra la presente Resolución, que pone fin a  la  vía  administrativa,  podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, en virtud de lo dispuesto en los artículos 10.1.a) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Igualmente, con carácter previo y potestativo, podrá interponerse contra la presente resolución, recurso de reposición ante esta Secretaría General, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, según lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Valladolid, 13 de agosto de 2024.

El Secretario General,

Fdo.: Santiago Fernández Martín

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DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEGOVIA: Oficial Conductor

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEGOVIA: Oficial Conductor

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEGOVIA: Oficial Conductor

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEGOVIA: Oficial Conductor. ACUERDO de 13 de agosto de 2024, de la Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de Segovia, relativo a la convocatoria y las bases del proceso selectivo para cubrir como personal funcionario de carrera, mediante el sistema de concurso-oposición por turno libre, 7 plazas de Oficial Conductor, incluidas en la oferta de empleo público para el año 2024. Expte.: 14057/2024/1.

BASES

(Aprobadas por acuerdo n.º 2024-0218 de la Junta de Gobierno de 13-08-2024).

Primera.– Objeto de la convocatoria. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEGOVIA: Oficial Conductor. 

  • – Es objeto de la presente convocatoria, la provisión en propiedad, como personal funcionario de carrera, mediante el procedimiento de concurso–oposición libre, de siete plazas de Oficial Conductor, incluidas en la Oferta de Empleo de la Corporación para el año 2024.
  • – Las plazas objeto de esta Convocatoria podrán ser incrementadas, en su caso, con las vacantes que pudieran producirse por cualquier causa, por Resolución de la Presidencia de la Corporación hasta la terminación del expediente de esta Convocatoria, y en todo caso, antes del comienzo de los ejercicios de selección.

Segunda.– Características de las plazas. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEGOVIA: Oficial Conductor. 

  • – Las plazas convocadas están dotadas económicamente con las retribuciones básicas correspondientes al Subgrupo C2 de los establecidos en el Art. 76 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre y con las retribuciones complementarias acordadas por la Corporación para este puesto de trabajo.
  • – Los/as aspirantes que resulten nombrados/as para ocupar las plazas convocadas quedarán sometidos al régimen de incompatibilidades previsto en la Ley 53/1984 de 26 de Diciembre.
  • – Los aspirantes nombrados prestarán sus servicios en el Servicio de Obras e Infraestructuras, dentro del Parque de Zona y Equipo que corresponda, sin perjuicio de que posteriormente puedan optar a otros puestos de trabajo de conductor que, en su caso, se creen o queden vacantes en otros Parque de Zona o Equipos del mismo Servicio de Obras e Infraestructuras o en otros Centros, Dependencias o Servicios de la Corporación.
  • – La jornada de trabajo de los/as aspirantes que resulten nombrados/as se sujetarán a los requisitos establecidos en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, normas de desarrollo del mismo y Pacto de Personal Funcionario de la Diputación de
  • – Las funciones a realizar en este puesto de trabajo, son las que figuran en la descripción del mismo aprobada por la Corporación, así como las que en su caso se incorporen en las modificaciones a dicha descripción que puedan aprobarse, y funciones análogas o complementarias que se le asignen.

Tercera.– Requisitos que deben reunir los aspirantes. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEGOVIA: Oficial Conductor. 

  • – Para ser admitido a la realización de estas pruebas, los/as aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
  1. Ser español/a o cumplir lo establecido en el artículo 57 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre en lo relativo al acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.
  2. Tener cumplidos los 18 años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa en los términos establecidos en el artículo 56.1.c) del citado Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
  3. Estar en posesión del Título académico oficial de Graduado en S.O., Graduado Escolar o equivalente.

En el caso de invocar un título equivalente al exigido o titulación obtenida en el Extranjero, el aspirante deberá presentar el correspondiente certificado de equivalencia, expedido por el Órgano estatal o Autonómico competente en materia de Educación. Dicha equivalencia deberá referirse, tanto al rango como a la especialidad exigida.

  1. Estar en posesión del Permiso de Conducción C+E (válido para camiones de cualquier tonelaje con remolque).
  2. Poseer la capacidad funcional correspondiente a las funciones a desempeñar.
  3. No hallarse incurso en causa de incapacidad para ser nombrado funcionario de carrera, ni haber sido separado mediante expediente disciplinario del Servicio de la Administración del Estado, Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse incapacitado para el ejercicio de funciones públicas.
  4. Comprometerse a prestar juramento o promesa exigidos para la toma de posesión del cargo.
    • – Todos los requisitos anteriores deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, y estar en posesión de los mismos hasta la fecha de nombramiento.
    • Derechos de examen:
      • – Los aspirantes deberán abonar la cantidad de 11,00 euros en concepto de tasa por derechos de examen, al amparo de lo establecido en la Ordenanza Fiscal reguladora de la referida tasa, aprobada definitivamente por el Pleno de esta Corporación en sesión de 27 de febrero de 2020 (B.O.P. Segovia 4 de marzo de 2020).
      • – Para el abono del importe de la tasa, los aspirantes deberán practicar autoliquidación, en el impreso habilitado al efecto que podrán obtener de la página Web de la Diputación o del Servicio de Personal y Régimen interior y realizar su ingreso, a través de cualquier entidad bancaria autorizada, mediante transferencia bancaria a la Entidad Caixabank en la cuenta número ES92_2100_6112_7513_0079_7497.

El ingreso deberá efectuarse antes de presentar la correspondiente solicitud de admisión a pruebas selectivas. A la instancia deberá acompañarse copia de la autoliquidación debidamente ingresada y sellada por la Entidad bancaria correspondiente, o en su defecto, copia del recibo de ingreso. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEGOVIA: Oficial Conductor. 

  • – El importe de la tasa de derechos de examen, únicamente será devuelto cuando, por causas no imputables al interesado, la actividad técnica y administrativa conducente a la selección del personal para provisión de la plaza convocada no se En su consecuencia, no procederá la devolución del importe de la tasa en los supuestos de exclusión del aspirante de las pruebas selectivas por causas imputables al interesado o en el supuesto de que el aspirante no se presente a la práctica de los ejercicios.
  • – No obstante, y de conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Ordenanza reguladora de la Tasa por Derechos de Examen de esta Corporación, estarán exentos del pago de la tasa quienes acrediten las siguientes circunstancias:
  1. Las personas que figuren como demandantes de empleo, con una antigüedad mínima de seis meses, referida a la fecha de publicación del extracto de esta Convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

El aspirante deberá acreditar esta circunstancia mediante la presentación, junto con la instancia de admisión a las pruebas selectivas, del correspondiente certificado de desempleo expedido por el Instituto Nacional de Empleo o Servicio Público de Empleo de la respectiva Comunidad Autónoma.

  1. Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Esta circunstancia se acreditará mediante la presentación, junto con la instancia de admisión a las pruebas selectivas, del certificado de discapacidad expedido por el Organismo estatal o autonómico competente.
    • – Por otra parte, y de conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ordenanza reguladora de la Tasa por Derechos de Examen de esta Corporación, tendrán una bonificación del 50% los aspirantes que acrediten su condición de familia numerosa de carácter especial, y de un 30% los que acrediten su condición de familia numerosa de carácter general, debiendo aportar los correspondientes documentos acreditativos junto con la instancia de solicitud de admisión a las pruebas selectivas.
    • – La falta de pago de la tasa sin acreditar la correspondiente causa de exención de pago determinará la inadmisión del aspirante a las pruebas selectivas.

Cuarta.– Presentación de solicitudes. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEGOVIA: Oficial Conductor. 

  • – Forma

Las instancias solicitando tomar parte en esta Convocatoria se dirigirán al Ilmo. Sr. Presidente de la Corporación, y deberán formularse en el modelo oficial que a tal efecto podrán obtener en la página Web de la Diputación o en el Servicio de Personal y Régimen Interior haciéndose constar por el aspirante que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en la Base Tercera de esta Convocatoria.

  • – Lugar y plazo de presentación

Dichas solicitudes se presentarán dentro del plazo de veinte días naturales contados desde el día siguiente a la publicación del extracto de esta Convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro General de la Diputación de Segovia, ubicado en las dependencias centrales del Palacio Provincial (C/ San Agustín n.º 23.– 40001.– SEGOVIA), personándose directamente o a través de la Sede Electrónica de la Diputación, o en los Registros de las Entidades a que hace referencia el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

  • – Documentación a acompañar, junto con la solicitud A las solicitudes se acompañará:
  1. Fotocopia del Título académico de acceso o del justificante de haber abonado los derechos para su expedición.
  2. Fotocopia del
  3. Fotocopia del Permiso de
  4. Impreso de autoliquidación de la tasa por derechos de examen y copia del recibo de ingreso en la forma que se determina en la Base Tercera, y/o en su caso documentos acreditativos de reunir una de las causas de exención de pago o bonificación de la tasa.
  5. Justificación documental de los méritos que se aleguen para su valoración en la Fase de Concurso, en la forma que determina la Base Séptima de esta

Quinta.– Admisión de aspirantes. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEGOVIA: Oficial Conductor. 

  • – Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Sr. Presidente de la Corporación aprobará, mediante Decreto, la lista de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de la causa de exclusión.
  • – En dicha Resolución se determinará el lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios, la composición nominal del tribunal Calificador y el orden de actuación de los aspirantes, de lo cual se dará publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia de
  • – Los aspirantes excluidos podrán interponer el Recurso administrativo de Reposición ante la Presidencia de la Corporación, con carácter potestativo en el plazo máximo de un mes a contar desde la recepción de la notificación de su exclusión, o bien  el Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso – administrativo de Segovia, en el plazo máximo de dos meses, a partir de la publicación de la lista de admitidos y excluidos en el Boletín Oficial de la Provincia de Segovia. Asimismo, se concederá un plazo de diez días para subsanación de errores, en su caso, en los términos previstos en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sexta.– Tribunal Calificador. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEGOVIA: Oficial Conductor. 

  • – Composición

La composición del Tribunal Calificador que juzgará las pruebas selectivas objeto de esta Convocatoria, estará integrada de la siguiente forma:

Presidente.– El Jefe del Servicio de Obras e Infraestructuras. Vocales:

  • Un vocal designado a propuesta de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
  • Dos funcionarios/as de carrera designados por la Secretaria/o.– La Secretaria General de la Corporación.
  • – Designacion de suplentes y asesores especialistas, y asistencia de colaboradores técnicos y administrativos.

Podrán designarse suplentes en sustitución de los titulares que integren el referido Tribunal. Asimismo, el Presidente de la Corporación podrá designar si lo estima oportuno o conveniente algún Asesor Especialista para todas o alguna de las pruebas. Por otra parte, el Tribunal podrá recabar cuando lo estime oportuno la asistencia de funcionarios o trabajadores de la Corporación para actuar como colaboradores técnicos o administrativos del Tribunal durante el proceso selectivo.

  • – Publicación de la composición nominal

La composición nominal del Tribunal Calificador que juzgue las pruebas selectivas será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, simultáneamente con el anuncio en que se haga pública la lista de admitidos y excluidos.

  • – Abstención y recusación

Los miembros del Tribunal Calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Presidencia, cuando concurran en ellos alguna de las causas previstas en el Art. 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a esta Convocatoria. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran en ellos alguna de estas circunstancias en los términos previstos en el artículo 24 de la misma ley 40/2015.

  • – Forma de constitución y facultades del tribunal

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de la mitad de sus integrantes, ya sean titulares o suplentes, y estará facultado para resolver las cuestiones que pudieran suscitarse durante el desarrollo de la Convocatoria, y adoptar los acuerdos necesarios para el buen orden de la misma, en todo lo no previsto en estas Bases.

Séptima.– Proceso de selección.

La selección constará de dos Fases, una Fase de Concurso y una Fase de Oposición:

  • – Fase – de concurso:  DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEGOVIA: Oficial Conductor. 

La Fase de Concurso no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar los ejercicios de la Fase de Oposición y consistirá en la valoración de los méritos acreditados documentalmente por los aspirantes referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

  • – Baremo de méritos.

El baremo de méritos de la Fase de Concurso se regirá por los siguientes apartados:

  1. Por servicios efectivos prestados como funcionario de carrera, interino o contratado laboral indefinido o temporal o personal estatutario fijo o temporal, en Centros y Dependencias de la Administración del Estado, Autonómica, Local o Institucional, como conductor de vehículos para cuyo manejo se exija el permiso de conducción C, C+E, D ó D+E, o como conductor de maquinaria pesada utilizada en obras de carreteras para cuyo manejo se exija estar en posesión de un determinado permiso de conducir, 0,80 puntos por cada año de servicio.
  2. Por servicios efectivos prestados como funcionario de carrera, interino o contratado laboral indefinido o temporal o personal estatutario fijo o temporal, en Centros y Dependencias de la Administración del Estado, Autonómica, Local o Institucional, como conductor de vehículos para cuyo manejo se exijan permisos de conducir distintos de los enumerados en el apartado a) anterior, o como conductor de maquinaria utilizada en obras de carreteras que no tenga la consideración de maquinaria pesada, o como peón – maquinista 0,40 puntos por cada año de
  3. Por servicios efectivos prestados como contratado laboral indefinido o temporal, en Empresas, Entidades o Centros Privados, como conductor de vehículos para cuyo manejo se exija el permiso de conducción C, C+E, D ó D+E, o como conductor de maquinaria pesada utilizada en obras de carreteras para cuyo manejo se exija estar en posesión de un determinado permiso de conducir, 0,60 puntos por cada año de servicio.
  4. Por servicios efectivos prestados como contratado laboral indefinido o temporal, en Empresas, Entidades o Centros Privados, como conductor de vehículos para cuyo manejo se exijan permisos de conducir distintos de los enumerados en el apartado c) anterior, o como conductor de maquinaria utilizada en obras de carreteras que no tenga la consideración de maquinaria pesada, o como peón – maquinista, 0,30 puntos por cada año de servicio.

La suma de las puntuaciones por servicios prestados, otorgadas en los apartados a), b), c) y d) anteriores no podrá superar los 5 puntos. Las fracciones de tiempo de servicios prestados inferiores a un año se computarán con la parte proporcional correspondiente. En el caso de que los servicios hayan sido prestados a tiempo parcial, la puntuación que corresponda según los apartados a) y b) del Baremo se reducirá en la parte proporcional correspondiente a la jornada de trabajo efectivamente realizada. No se valorarán los servicios superpuestos con otros ya computados, salvo que hayan sido prestados a tiempo parcial, en cuyo caso se valorarán hasta el límite máximo de la jornada completa.

  1. Por haber superado en, al menos una ocasión, todos los ejercicios de pruebas selectivas convocadas por cualquier Administración Pública para provisión de plazas de Oficial Conductor del Subgrupo C2 o superior, o categoría profesional asimilada a dichos Grupos, como personal funcionario de carrera, o personal laboral fijo, o personal estatutario fijo, se otorgará 1 punto, con independencia del número de pruebas selectivas superadas.
  2. Por asistencia a cursos, jornadas y seminarios, siempre que su contenido esté directamente relacionados con las funciones a desempeñar en la plaza convocada, se otorgará la siguiente puntuación, en función del número de horas lectivas del curso:
    • Cursos de hasta 20 horas lectivas, o cuya duración no conste expresamente en el diploma o certificado de asistencia al curso, 0,05 puntos cada uno.
    • Cursos de duración comprendida entre 21 y 40 horas lectivas, 0,10 puntos cada uno.
    • Cursos de 41 a 60 horas lectivas, 0,15 puntos cada
    • Cursos de 61 a 80 horas lectivas, 0,20 puntos cada
    • Cursos de más de 80 horas lectivas, 0,25 puntos cada

Asimismo, aquellos cursos a los que el aspirante haya asistido en calidad de profesor o ponente, se valorarán con arreglo al grado inmediatamente superior de la escala anterior que corresponda según el número de horas lectivas, sin que supere en ningún caso el máximo de 0,25 puntos.

La puntuación total máxima por asistencia a cursos no podrá superar 1,50 puntos.

  1. Por estar en posesión de titulaciones académicas distintas de la de acceso a la Convocatoria, siempre que esté relacionada con las tareas a desempeñar, se otorgará hasta un máximo de 1,50 puntos, en atención al rango académico de la titulación y del grado de relación que guarde con las tareas a desempeñar.
    • – Justificación de los méritos de la Fase de Concurso

Los méritos se acreditarán documentalmente junto con la instancia de solicitud para tomar parte en la Convocatoria y dentro del plazo de presentación de las mismas. La forma de acreditación de los méritos será la siguiente:

  1. – Servicios prestados (apartados a, b, c y d) del Baremo):
    • Si se trata de servicios prestados en la propia Diputación de Segovia, el aspirante solicitará expresamente la inclusión de dichos servicios en la valoración de méritos, sin que sea necesaria la aportación por el aspirante del certificado de servicios, el cual se expedirá posteriormente de oficio por la propia Diputación.
    • Si se trata de servicios prestados en otras Administraciones Públicas distintas de la Diputación de Segovia o empresas privadas, se acreditarán mediante la presentación de los siguientes documentos:

Documento n.º 1.– Certificado de vida laboral debidamente actualizado expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, en el que deberán figurar expresamente cotizados los servicios correspondientes.

Documento n.º 2.– Certificados de servicios expedidos por los Órganos competentes de la Administración Pública o Empresa o Empresas privada en las que hayan prestado sus servicios, que deberán contener el período o períodos de servicios prestados y preferentemente, además, una descripción de las funciones realizadas. Excepcionalmente, si la empresa o entidad hubiera desaparecido o resultara imposible materialmente obtener el certificado de servicios por causas no imputables al interesado, podrán acreditarse en su lugar mediante copia del contrato/s de trabajo o resolución/es de nombramiento, junto con sus prórrogas y anexos. En todo caso deberá figurar de forma inequívoca la categoría profesional y los períodos de prestación de los servicios, así como el tipo de vehículo manejado y el permiso de conducir exigido para su manejo.

(Para la acreditación de los servicios prestados será necesaria la presentación de ambos documentos, por una parte, el certificado de servicios, o en su defecto contratos de trabajo y por otra parte el certificado de vida laboral, no bastando la presentación de uno solo de ellos).

En el caso de que, entre la documentación aportada por el aspirante no figure la descripción de las funciones realizadas, el Tribunal adoptará la resolución procedente de cara a la valoración o no de los servicios prestados en función de la denominación y características del puesto que figuren en dicha documentación.

  1. – Superación de pruebas selectivas (apartado d) del Baremo).– Se acreditará mediante certificado expedido por el Órgano competente de la Administración Pública correspondiente, en el que deberá constar la denominación de la plaza, régimen jurídico de la misma (funcionario de carrera, laboral fijo) e indicación expresa de que han sido superados la totalidad de los ejercicios, debiendo contener además, preferentemente, una descripción de las funciones a asignadas a la plaza. En el caso de que, entre la documentación aportada por el aspirante no figura la descripción de las funciones realizadas, el Tribunal adoptará la resolución procedente de cara a la valoración o no de la superación de las pruebas respectivas, en función de la denominación y características de la plaza que figuren en dicha documentación.
  2. – Asistencia a cursos relacionados con las funciones a desempeñar.– (Apartado e) del Baremo).– Se acreditarán mediante fotocopia del diploma correspondiente o certificado de asistencia expedido por la Entidad que lo haya impartido, con indicación del número de horas lectivas del curso y fechas o período de celebración. Si se trata de cursos impartidos como ponente, deberá acreditarse este dato.
  3. – Titulaciones académicas distintas de la invocada para participar en la Convocatoria (apartado f) del Baremo) Se acreditarán mediante fotocopia del título o justificante de haber abonado los derechos para su expedición.

Los documentos acreditativos de los méritos se acreditarán mediante fotocopias de los originales que se adjuntarán a la instancia antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes. No será necesaria inicialmente la compulsa de los documentos que se presenten fotocopiados, bastando la declaración expresa responsable del interesado sobre la autenticidad de los mismos, y sin perjuicio de que posteriormente pueda, en su caso, requerirse de los aspirantes la aportación de los originales de los documentos que se consideren oportunos para su cotejo y compulsa.

  • – Publicación de las calificaciones de la Fase de Concurso:

El Tribunal Calificador ordenará la publicación en el Tablón de Edictos y en la Página Web de la Diputación, de las calificaciones totales obtenidas en la Fase de Concurso, por los aspirantes que hayan superado el primer ejercicio de la Fase de Oposición, junto con las calificaciones obtenidas en dicho ejercicio.

Frente a las puntuaciones otorgadas en la Fase de Concurso, los aspirantes podrán formular las alegaciones que consideren oportunas en el plazo que a tal efecto conceda el Tribunal Calificador, pudiéndose extenderse dicho plazo como máximo hasta la fecha de celebración del segundo ejercicio. Dichas alegaciones podrán referirse sólo a los méritos debidamente acreditados documentalmente dentro del plazo fijado al efecto, sin que proceda la incorporación de nuevos méritos no acreditados o acreditados insuficientemente en el mencionado plazo.

  • – Fase de oposición
  • Ejercicios

La Fase de Oposición consistirá en la realización de tres ejercicios, de carácter eliminatorio y obligatorio para todos los aspirantes:

Primer ejercicio.– Consistirá en contestar por escrito, durante el tiempo máximo que se determine por el Tribunal, a un cuestionario de cuarenta preguntas tipo test, con respuestas alternativas siendo una sola de las respuestas la correcta, relacionadas con los temas que integran las dos partes del Programa de la Convocatoria. El Tribunal podrá proponer además, hasta un máximo de cuatro preguntas adicionales de reserva en previsión de posibles anulaciones.

Segundo ejercicio.– Consistirá en contestar por escrito, durante el tiempo máximo que se determine por el Tribunal, un cuestionario de un mínimo de diez y de un máximo de veinte preguntas abiertas, relacionadas con los temas que integran la parte segunda del Programa de la Convocatoria.

Tercer ejercicio.– Consistirá en la realización de uno o varios ejercicios o pruebas prácticas, relacionadas con las funciones a desempeñar en las plazas convocadas.

En el desarrollo y calificación de los ejercicios, se garantizará el anonimato de los aspirantes siempre que sea posible, facultándose expresamente al Tribunal Calificador para apreciar dicha posibilidad, en función del tipo de ejercicio de que se trate.

  • – Calificación de los ejercicios

Todos los ejercicios tendrán carácter eliminatorio y obligatorio para todos los aspirantes.

El primer ejercicio se puntuará de 0 a 10 puntos, efectuándose la calificación de la siguiente manera:

  1. Cada pregunta correctamente contestada se calificará con 0,25 puntos. Cada pregunta incorrectamente contestada se penalizará con 0,10 puntos. Cada pregunta sin contestar (en blanco) se calificará con 0,00 puntos.
  2. A continuación, el Tribunal fijará en el primer ejercicio una nota de corte, en función del número de aspirantes presentados y del número de aspirantes que el Tribunal considere que deben superar el mismo, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen dicha nota de corte. Dicha nota de corte se determinará antes de la identificación nominal de los/as aspirantes una vez calificado el ejercicio de forma anónima.
  3. Serán eliminados los/as aspirantes que no alcancen la nota de corte previamente determinada por el Tribunal.

El segundo ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

El tercer ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 10 puntos.

En el segundo ejercicio, cada pregunta tendrá el mismo valor máximo.

En el tercer ejercicio el Tribunal adoptará los criterios objetivos de puntuación que estime convenientes los cuáles se pondrán en conocimiento de los aspirantes con carácter previo al inicio del ejercicio.

Las calificaciones se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del Tribunal Calificador, y dividiendo el total obtenido entre el número de asistentes de aquél, siendo el cociente la calificación definitiva.

Las calificaciones de cada ejercicio serán hechas públicas en el mismo día en que se otorguen y expuestas en el Tablón de Edictos y en la página Web de la Corporación y en los lugares donde se realicen las pruebas.

Octava.– Calificación total y definitiva de los aspirantes.

  • – La calificación total y definitiva de los aspirantes vendrá dada por la puntuación resultante de sumar a la puntuación total alcanzada en la Fase de Concurso y la suma de las puntuaciones obtenidas en el conjunto de los tres ejercicios de la oposición por los aspirantes que superen la totalidad de los mismos.
  • – En caso de empate entre dos o más aspirantes, el Tribunal podrá llevar a efecto una o más pruebas complementarias sobre los ejercicios que componen la Oposición. 

Novena.– Programa que ha de regir en la convocatoria.

El programa sobre el que versarán los ejercicios de la Fase de Oposición es el que figura en el Anexo de esta Convocatoria.

Décima.– Comienzo y desarrollo de las pruebas selectivas.  DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEGOVIA: Oficial Conductor. 

  • – Comienzo

Los ejercicios se celebrarán una vez transcurridos, al menos dos meses desde la fecha en que aparezca publicado el anuncio extractado de esta Convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

  • – Publicación de la fecha, hora y lugar de celebración

La fecha, lugar y hora de celebración de las pruebas será hecha pública en el Boletín Oficial de esta Provincia al mismo tiempo en que se publique la Lista de Admitidos y Excluidos.

  • – Llamamiento de los aspirantes

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, salvo casos de fuerza mayor debidamente justificados y apreciados libremente por el Tribunal.

  • – Orden de actuación de los aspirantes

El orden de actuación de los aspirantes en aquellos ejercicios que, en su caso, no se realicen conjuntamente por todos los aspirantes al mismo tiempo, se iniciará con aquél cuya inicial del primer apellido se corresponda con la Letra «N», según el resultado del sorteo celebrado el día 27 de mayo de 2024 (B.O.P. de Segovia de 7 de junio de 2024).

  • – Publicación de calificaciones y anuncios sobre celebración de los sucesivos ejercicios

Una vez comenzadas las pruebas selectivas no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de la celebración de las restantes pruebas en el Boletín Oficial de la Provincia. No obstante, estos anuncios deberán hacerse públicos por el Tribunal en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores y en el Tablón de Edictos de la Corporación, con una antelación de, al menos, 24 horas a la celebración del siguiente ejercicio, junto con las calificaciones obtenidas por los aspirantes que hubieran superado el ejercicio anterior. Desde la total conclusión de un ejercicio hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.

Undécima.– Relación de aprobados y propuesta de nombramiento.

  • – Finalizada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará en el Tablón de Edictos y en la Página Web de Corporación la correspondiente propuesta de nombramiento, en favor de los/as aspirantes que, habiendo superado los tres ejercicios de la Fase de Oposición, hubiera obtenido la mayor puntuación total, no pudiendo rebasar el número de aspirantes propuestos al número de plazas convocadas, elevándose dicha propuesta al Sr. Presidente de la Corporación a efectos de nombramiento de los aspirantes.
  • – No obstante, para asegurar la cobertura de las plazas convocadas, el órgano convocante podrá requerir al órgano de selección la relación complementaria de personas aspirantes que hayan aprobado los tres ejercicios, que sigan en el orden de puntuación total a la persona aspirante propuesta cuando se produzca alguna de las siguientes circunstancias:
  1. Que se registre la renuncia o tenga lugar el fallecimiento de alguno de los/as aspirantes propuestos/as que hayan superado el proceso selectivo, antes de la formalización de la toma de posesión.
  2. Que alguno de los/as aspirantes que haya superado el proceso selectivo no presente la documentación exigida o del examen de ésta se deduzca que carece de los requisitos establecidos en la convocatoria.

Duodécima.– Presentación de documentos.

  • – Los/as aspirantes propuestos/as presentarán en el Servicio de Personal y Régimen Interior de la Diputación de Segovia, dentro del plazo de 20 días naturales, contados desde la publicación de la propuesta de nombramiento a que se refiere la Base anterior, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la Convocatoria, que a continuación se expresan:
  1. Certificación de Acta de Nacimiento expedida por el Registro Civil
  2. Declaración complementaria de conducta ciudadana, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 68/1980 de 1 de diciembre.
  3. Certificado médico acreditativo expedido por el facultativo correspondiente de Servicio Público de Salud, acreditativo de poseer la capacidad funcional correspondiente a las funciones a desarrollar, sin perjuicio del reconocimiento médico previo y complementario que en su caso deba realizar en los Servicios Médicos correspondientes del Servicio de Vigilancia de la Salud de esta Corporación.
  4. Declaración jurada o responsable de no hallarse incurso en causa de incapacidad, ni haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio del Estado, Administración Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
  5. Declaración jurada o responsable de no desempeñar ningún puesto del sector público o actividad privada incompatible según el 1 de la Ley 53/1984 de 26 de diciembre.
    • – El/la aspirante propuesto/a que, en su caso, tuvieran ya la condición de funcionario/a público/a estará exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación del Ministerio, Corporación Local u Organismo Público de que dependa, acreditando su condición de funcionarios, y cuantas circunstancias consten en su expediente personal.
    •  Si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, alguno de los/ as aspirantes propuestos/as no presentase su documentación no podrán ser nombrado y se anularán todas sus actuaciones, sin perjuicio de las exigencias de responsabilidad en que hubiese podido incurrir por falsedad en la instancia presentada solicitando tomar parte en la En este caso, el Tribunal formulará propuesta adicional a favor de quien le siga en el orden de puntuación, siempre que haya superado la totalidad de los ejercicios.

Decimotercera.– Toma de posesión.

  • – Una vez aprobada la propuesta de nombramiento, los interesados/as deberán tomar posesión de su cargo, en el plazo de 30 días hábiles, contados desde el siguiente al que sea notificado el nombramiento.
  • – Si no tomasen posesión dentro del plazo señalado o de la prórroga concedida en su caso, quedarán en situación de cesante, con pérdida de todos los derechos derivados de la Convocatoria y del subsiguiente nombramiento conferido.

Decimocuarta.– Impugnación de la convocatoria.

  • – La Convocatoria y sus Bases, y cuantos actos administrativos se deriven de éste y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en las formas establecidas en la Legislación vigente en materia de Procedimiento Administrativo Común.
  • – El sólo hecho de presentar instancia solicitando tomar parte en las pruebas constituye sometimiento expreso de los aspirantes a las Bases de la Convocatoria que tienen consideración de Ley reguladora de la misma.

Decimoquinta.– Legislación supletoria.

Esta Convocatoria se regirá, en lo no previsto en estas Bases, por lo dispuesto en la Ley reguladora de las Bases de Régimen Local de 2 de Abril de 1985, Real Decreto Legislativo 781/1986 de 18 de Abril aprobatorio del Texto Refundido de las Disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, Reglamento de Funcionarios de Administración Local en lo que no se oponga o contradiga a aquélla, Ley 30/1984 de 2 de Agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública en aquellos preceptos que continúen vigentes, Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, Ley 7/2005 de 24 de Mayo de la Función Pública de Castilla y León, Real Decreto 896/1991 de 7 de Junio, y demás disposiciones concordantes. Será asimismo de aplicación supletoria el Reglamento General de Ingreso del Personal y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995 de 10 de Marzo.

Segovia, 19 de agosto de 2024.

La Vicesecretaria,

Fdo.: Laura Álvarez García

ANEXO DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEGOVIA: Oficial Conductor. 

 CONVOCATORIA DE CONCURSO–OPOSICIÓN LIBRE PARA PROVISIÓN COMO PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA DE SIETE PLAZAS

DE OFICIAL CONDUCTOR OEP. 2024. PROGRAMA DE LA CONVOCATORIA

Parte Primera.– Materias comunes.

Tema 1.– La Provincia en el Régimen Local Español. Organización Provincial. Competencias de las Diputaciones Provinciales de régimen común. Los Órganos de Gobierno Provinciales: composición, elección y atribuciones.

Tema 2.– La Función Pública Local y su organización. Regulación Legal. El Estatuto Básico del Empleado Público de 12 de abril de 2007.– La Ley 7/2005 de 24 de mayo de la Función Pública de Castilla y León: Estructura y ámbitos de aplicación. Derechos y deberes de los funcionarios públicos locales. Sistema retributivo. Incompatibilidades. Régimen disciplinario.

Tema 3.– Legislación vigente de la Comunidad de Castilla y León en materia de carreteras: Ley 10/2008, de 9 de Diciembre, de Carreteras de Castilla y León. Estructura y contenido.

Tema 4.– Legislación vigente sobre tráfico y seguridad vial. Real Decreto legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. El Real Decreto 1428/2003, de 21 de Noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación. Real decreto 970/2020 de 16 de noviembre por el que se modifica el Reglamento General de Circulación. Ley 18/2021, de 20 de diciembre, por la que se modifica el texto refundido de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos y seguridad vial. Normas generales. Señales de tráfico. Permisos de conducción.

Tema 5.– Normativa y reglamentación de tráfico para el transporte de materiales y maquinaria pesada.

Tema 6.– El Servicio de Obras e Infraestructuras de la Diputación: organización y funciones.

Parte Segunda.– Materias específicas.

Tema 7.– Materiales empleados en obras de carreteras. Clases y dimensiones de la piedra machacada y gravillas. Zahorras naturales y artificiales. Betunes y emulsiones. Clases. Bacheos: ejecución práctica.

Tema 8.– Firmes de las carreteras. Tipos de firmes. Capas del firme. El pavimento de las carreteras. Tratamientos superficiales. Riegos de imprimación, adherencia. Antipolvo y curado riegos con gravilla. Materiales y maquinaria empleados en su ejecución. Mezclas bituminosas. Tipos y ejecución.

Tema 9.– Maquinaria empleada en desmontes y movimientos de tierras: motoniveladoras, palas cargadoras, retroexcavadoras, traíllas, camiones, dumpers, bulldozer y angledozer, tractores y compactadores. Descripción, forma de trabajo y tareas más idóneas para cada una de ellas. 

Tema 10.– Maquinaria utilizada en la construcción y conservación de carreteras: cubas de riego bituminosas con rampa o lanza, rodillos, fresadoras, repartidores de gravilla, extendedoras de aglomerado, compactadores y segadoras. Maquinaria específica de bacheo y reparación. Compresores, martillos, vibradores, Bombas y pequeñas máquinas auxiliares. Motosierras. Segadoras de hilo. Hormigoneras.

Tema 11.– Camiones de bacheo. Descripción. Partes. Equipo de riego. Accesorios.

Tema 12.– Conservación de caminos. Limpieza de arcenes y cunetas.

Tema 13.– Mantenimientos periódicos, medidas preventivas en conservación de vehículos y maquinaria. ITV. Plazos y revisión del vehículo.

Tema 14.– Conocimiento de las herramientas básicas para mantenimiento de vehículos y maquinaria. Reparación de pequeñas averías.

Tema 15.– Conocimientos básicos de motores: diésel y gasolina de cuatro tiempos.

Partes que los componen y funcionamiento.

Tema 16.– Electricidad, sistemas de arranque e iluminación. Reparación de pequeñas averías y mantenimiento.

Tema 17.– Diferencia de los distintos lubricantes y refrigerantes. Mecanismos y sistemas donde se utiliza cada uno.

Tema 18.– Neumáticos y suspensión. Tipos y sistemas empleados en turismos y vehículos industriales. Solucionar pequeñas averías. Alineación y equilibrado, cambio y repuesto. Adherencia y dibujo del neumático. Presión de inflado y desgaste.

Tema 19.– Frenos: conocimiento de los diferentes sistemas de frenado en materia y vehículo industrial. Sistemas empleados y funcionamiento.

Tema 20.– Mantenimiento de vehículos industriales y maquinaria pesada: embragues, transmisiones, grupo diferencial, dirección y caja de cambios.

Tema 21.– Conducción eficiente: consumo de combustible y mantenimiento del vehículo. Emisiones contaminantes. Medidas para evitar la contaminación.

Tema 22.– Comportamiento en caso de accidente. Medidas a adoptar para garantizar la seguridad de la circulación y socorrer a las víctimas. Delito de omisión de socorro. Primeros auxilios.

Tema 23.– Vialidad invernal: equipos, materiales y maquinaria utilizada, mantenimiento y reparación. Prevención de la corrosión. Sistemas de iluminación y señalización. Operaciones de mantenimiento.

Tema 24.– La carretera. Clasificación. Definición de las partes fundamentales. Secciones tipo.

Tema 25.– Normas básicas medioambientales en la manipulación de fluidos y filtros. Selección y almacenamiento de los mismos. 

Tema 26.– Señalización y balizamiento. Señalización horizontal y vertical. Tipos de señales y colocación. Importancia de la señalización de las obras. Elementos de balizamiento. Barreras de seguridad.

Tema 27.– Prevención de riesgos laborales. Derechos y obligaciones de los funcionarios y trabajadores en esta materia. Riesgos y medidas preventivas en la actividad a desarrollar. Ergonomía: sobreesfuerzos y posturas. Situaciones de emergencia debidas a incendios. Actuación en primeros auxilios ante situaciones de emergencia. Seguridad en el uso de la maquinaria pesada: riesgos y medidas de prevención. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEGOVIA: Oficial Conductor. 

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Puedes consultar nuestra página web:  https://academiairigoyen.com/conductor-oficial-primera/         

 


Ayuntamiento de León: Plazas de Administrativo/a

Ayuntamiento de León: Plazas de Administrativo/a

Ayuntamiento de León: Plazas de Administrativo/a

Ayuntamiento de León: Plazas de Administrativo/a. RESOLUCIÓN de 13 de agosto de 2024, del Concejal Delegado de Régimen Interior, Recursos Humanos, Movilidad y Deportes del Ayuntamiento de León, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria del proceso selectivo para la provisión, mediante el sistema de oposición por turno libre, de 19 plazas de Administrativo/a (15 general y 4 general discapacidad), pertenecientes a la Escala Administración General, Subescala Administrativa, correspondientes al Grupo C, Subgrupo C1. Expte.: 2024.501001.RRHH.30677.

Mediante Decreto dictado por el Sr Concejal Delegado de Régimen Interior, Recursos Humanos, Movilidad y Deportes de fecha trece de agosto de dos mil veinticuatro, se aprueba la convocatoria y las Bases Reguladoras del Proceso Selectivo para la provisión, por el turno libre, mediante el procedimiento de oposición, diecinueve (19) plazas de Administrativo/a (15 general y 4 general discapacidad), acordando su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia de León, en el Boletín Oficial de la Comunidad de Castilla y León y ordenando la inserción de un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, siendo la fecha de este último anuncio la que servirá para el cómputo del plazo de presentación de instancias, cuyo contenido íntegro se transcribe:

«Visto el Expediente n.º 2024.501001.RRHH.30677 incoado de oficio relativo al Proceso Selectivo para la provisión de diecinueve (19) plazas de la categoría de Administrativo/a (15 general y 4 general discapacidad) del Ayuntamiento de León, pertenecientes a la Escala de Administración general, Subescala Administrativa, clasificadas en el grupo C, subgrupo C1, y tomando en cuenta los siguientes.

Puedes consultar más información en el siguiente enlace : https://academiairigoyen.com/wp-content/uploads/2024/08/BOCYL-D-22082024-16.pdf

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Más plazas más oportunidades

Más plazas más oportunidades

Más plazas más oportunidades

Más plazas más oportunidades

El curso 2024/2025 será el mayor de la historia en cuanto número de plazas en convocatorias de Estado y Junta de Castilla y León. En el si9guiente artículo contamos todas las oposiciones, fechas previstas de convocatoria y exámenes y preparaciones que llevaremos a cabo durante este curso. Seguiremos trabajando día a día para poder ofrecer nuevas preparaciones allá dónde haya oportunidades.
Oposición-Preparación Nº Plazas (TL) Fecha convocatoria Fecha examen Inicio preparación
Auxiliar AGE (C2) Inicio 2.450 10 de julio de 2024 Previsto 14/12/2024 Mayo de 2024
Auxiliar AGE (C2) Repasos 2023
Auxiliar AGE (C2) desde JCyL Septiembre de 2024
Administrativo AGE (C1) Inicio 5.440 Mayo de 2024
Administrativo AGE (C1) Repasos 2023
Administrativo AGE (C1) desde JCyL Septiembre de 2024
Agente de la Hacienda Pública 800 Prevista fin de 2024 Previsto primavera 2025 2ª quincena Septiembre 2024
Auxiliar JCyL (C2) Inicio 380 Prevista Otoño 2024 Previsto primavera/otoño 2025 Octubre de 2024
Auxiliar JCyL (C2) Avanzado Enero de 2025
Administrativo JCyL (C1) Inicio 345 Prevista Otoño 2024 Previsto primavera/otoño 2025 Octubre de 2024
Administrativo JCyL (C1) Avanzado Enero de 2025
Administrativo JCyL Promoción Interna 230 Prevista Otoño 2024 Previsto primavera/otoño 2025 2ª quincena Septiembre 2024
Corporaciones Locales (C1 y C2) Varios Varios Varios 2ª quincena Septiembre 2024
Cuerpo de Gestión JCyL (A2) Avanzado 90 Prevista Otoño 2024 Previsto primavera/otoño 2025 Octubre de 2024
Cuerpo Superior JCyL (A1)  57 Prevista Otoño 2024 Previsto primavera/otoño 2025 Septiembre de 2024
Profesorado Secundaria Lengua y Lit. Pend. OEP 24 y 25 2026 Junio y julio de 2026 Septiembre de 2024
Magisterio Infantil Varias OEP y Esp. 2025 Junio y julio de 2025 Septiembre de 2024
Magisterio Primaria 
Magisterio Educación Física
Magisterio Inglés
Auxiliar de Biblioteca JCyL (III) Inicio 24 Prevista Otoño 2024 Previsto primavera/otoño 2025 Octubre de 2024
Auxiliar de Biblioteca JCyL (III) Avanzado
Ayudante Técnico Educativo JCyL (III) 40 Pendiente anterior Pendiente anterior
Conductor JCyL (III) Inicio 34 Prevista Otoño 2024 Previsto primavera/otoño 2025 Octubre de 2024
Conductor JCyL (III) Avanzado
Téc. Sup. Educ. Infantil JCyL (III) Inicio 14 Prevista Otoño 2024 Previsto primavera/otoño 2025 Octubre de 2024
Téc. Sup. Educ. Infantil JCyL (III) Avanzado
Auxiliar de Carreteras JCyL (IV) Inicio 32 Prevista Otoño 2024 Previsto primavera/otoño 2025 Octubre de 2024
Auxiliar de Carreteras JCyL (IV) Avanzado
Personal de servicios JCyL (IV) Inicio 461 Prevista Otoño 2024 Previsto primavera/otoño 2025 Octubre de 2024
Personal de servicios JCyL (IV) Avanzado
Auxiliar Administrativo SACyL 30 2025 Enero de 2025
TCAE SACyL 150 2025 Enero de 2025
Celador SACYL 70 2025 Enero de 2025
Para saber más, consulte las siguientes páginas:
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AUXILIAR DE BIBLIOTECA (P.I): Fecha y lugar de examen

AUXILIAR DE BIBLIOTECA (P.I): Fecha y lugar de examen

AUXILIAR DE BIBLIOTECA (P.I): Fecha y lugar de examen.

AUXILIAR DE BIBLIOTECA (P.I): Fecha y lugar de examen.

RESOLUCIÓN de 1 de agosto de 2024, de la Secretaría General de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueba la relación definitiva de admitidos y excluidos del proceso selectivo para el ingreso, por el sistema de acceso por promoción interna, en la categoría profesional de Auxiliar de Biblioteca de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y se fija la fecha para la realización del ejercicio.

Por Resolución de 17 de mayo de 2024, de la Secretaría General de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte (Boletín Oficial de Castilla y León de 24 de mayo), se aprobaron y publicaron las listas provisionales de admitidos y excluidos en relación a la Resolución de 30 de enero de 2024 de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso, por el sistema de promoción interna, en la categoría profesional de Auxiliar de Biblioteca de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (Boletín Oficial de Castilla y León de 7 de febrero).

Finalizado el plazo de alegaciones a las listas provisionales de admitidos y excluidos y hechas las rectificaciones oportunas, y de conformidad con lo dispuesto en la base 9.2 de la citada Resolución, esta Secretaría General

RESUELVE:

Primero.– Aprobar la relación definitiva de admitidos y excluidos al citado proceso selectivo, con indicación de las causas de exclusión. Las listas se encuentran expuestas al público en las Oficinas y Puntos de Información de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y en el Portal de Empleados Públicos de la Junta de Castilla y León (https://empleopublico.jcyl.es). La información estará asimismo disponible en el Servicio Telefónico 012 de Información y Atención al Ciudadano (para llamadas desde fuera de la Comunidad de Castilla y León: 983 327850).

Segundo.– Convocar a los aspirantes admitidos para la realización del ejercicio de la fase de oposición que tendrá lugar el domingo, 29 de septiembre del 2024 a las 10:30 horas en la Sala de lectura de la Biblioteca de Castilla y León, sita en la Plaza de la Trinidad, n.º 2.– 47003.– Valladolid.

Tercero.– Los opositores tendrán que acreditar su personalidad con la presentación de su D.N.I. o cualquier otro documento que les identifique fehacientemente y deberán ir provistos de bolígrafo de tinta azul o negra indistintamente.

Cuarto.– Contra la presente Resolución, que agota a la vía administrativa, los interesados podrán interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, según lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, demanda ante los Juzgados de lo Social de Valladolid en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.4 a) en relación con el artículo 6.2 b) y en el artículo 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social.

Valladolid, 1 de agosto de 2024.

El Secretario General,

Fdo.: Carlos Fajardo Casajús

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Puedes consultar la oposición en nuestra página: https://academiairigoyen.com/auxiliar-de-biblioteca/

 


DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEGOVIA. Técnico/a Superior en Educación Infantil

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEGOVIA. Técnico/a Superior en Educación Infantil.

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEGOVIA. ACUERDO de 28 de mayo de 2024, de la Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de Segovia, por el que se aprueban las bases y la convocatoria para la provisión como personal funcionario de carrera, mediante el sistema de oposición por turno libre, de 4 plazas de Técnico/a Superior en Educación Infantil. Expte.: 9804/2024.

BASES

(Aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno de 28 de mayo de 2024).

Primera.– Objeto de la convocatoria.

  • – Es objeto de la presente convocatoria, la provisión en propiedad, como personal funcionario de carrera, mediante el procedimiento de oposición libre, de cuatro plazas de Técnico/a Superior en Educación Infantil, incluidas en la Oferta de Empleo Público para 2023.
  • – Las plazas objeto de esta Convocatoria podrán ser incrementadas, en su caso, con las vacantes que pudieran producirse por cualquier causa, por Resolución de la Presidencia de la Corporación hasta la terminación del expediente de esta Convocatoria, y en todo caso, antes del comienzo de los ejercicios de selección.

Segunda.– Características de las plazas.

  • – Las plazas convocadas están dotadas económicamente con las retribuciones básicas correspondientes al Subgrupo C1 de los establecidos en el Art. 76 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre y con las retribuciones complementarias acordadas por la Corporación para los correspondientes puestos de trabajo.
  • – Las personas aspirantes que resulten nombradas para ocupar las plazas convocadas quedarán sometidas al régimen de incompatibilidades previsto en la Ley 53/1984 de 26 de diciembre.
  • – Las personas aspirantes nombradas serán adscritas a los puestos de trabajo de Auxiliar – Educador/a del Centro Juan Pablo II.
  • – Las jornadas de trabajo de las personas aspirantes nombradas que resulten nombrados se sujetarán a los requisitos establecidos en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de Octubre, normas de desarrollo del mismo y Pacto de Personal Funcionario de la Diputación de Segovia.
  • – Las funciones a realizar por las personas aspirantes que resulten nombrados son las correspondientes al puesto de trabajo de Auxiliar de Atención a Personas Dependientes, las cuales figuran en la descripción del mismo aprobada por el Pleno de la Corporación Provincial con fecha 28 de noviembre de 2013, así como las que en su caso se incorporen en las modificaciones a dicha descripción que puedan aprobarse, siendo las siguientes:
    • Realiza su intervención dentro del marco del Sistema de gestión de calidad por procesos implantado en el Centro Juan Pablo II.
    • Participa en el Equipo Interdisciplinar del
    • Comparte con el resto de la plantilla del centro la responsabilidad de proporcionar a los menores una atención integral de calidad, que garantice el respeto de sus derechos en un ambiente confortable y adecuado a sus necesidades.
    • Interviene, junto con el resto del Equipo y dentro del área de su competencia, en la cobertura de las necesidades de los/as menores dentro de los siguientes ámbitos:
      1. Autonomía personal y salud
      2. Educación y formación.
      3. Juego infantil y su metodología.
      4. Expresión y comunicación.
      5. Desarrollo socio-
      6. Convivencia y habilidades
      7. Relaciones familiares y con el
      8. Cuidados básicos/autocuidado: alimentación, higiene, imagen, personal, ropa,
      9. Cuidado de las pertenencias y del entorno: habitación, material educativo y de juego, espacios comunes, etc.
    • Realiza, como personal de atención directa, una atenta observación de cada menor, comunicando al educador/a y/o técnico/a en educación infantil de referencia aquella información que sea relevante.
    • Prepara y/o acompaña a los/as menores en sus traslados o salidas, gestiones, compras, consultas, excursiones y cualesquiera otra de análoga categoría.
    • Colabora y participa, en el ámbito de sus competencias, en la elaboración y ejecución del PII de cada menor y en las actuaciones de atención previstas en el mismo, así como lo referente a las AVD.
    • Elabora y ejecuta proyectos específicos en función de las necesidades de los/as menores y de las actividades del centro o programa
    • Elabora y cumplimenta todos los documentos que se consideren oportunos de acuerdo a sus funciones. Registra la información relevante de cada menor (visitas, llamadas, asuntos médicos, etc.)
    • Se responsabiliza, como profesional de referencia de las funciones encomendadas con respecto a los/as menores que le sean asignados/as, previstas en los diferentes procesos de atención individualizada del centro.
    • Se coordina, bajo la supervisión del/la coordinador/a de Equipo y dentro de su área de competencia, con profesionales de otras instituciones.
    • Colabora en la elaboración y ejecución del programa educativo del centro bajo la supervisión de la Coordinador/a y/o educador/a y en coordinación con el resto del Equipo Educativo.
    • Colabora en la evaluación del Proyecto Educativo y del Plan Anual del centro, elaborando propuestas de mejora.
    • Participa en la elaboración de los protocolos y procedimientos relacionados con el área de su competencia.
    • Realiza cualesquiera otras funciones análogas que pudieran establecerse por sus responsables directos.
    • Proporciona atenciones en un ambiente protector, cálido emocionalmente, y basado en el establecimiento de relaciones afectivas positivas.
    • Realizar además todas aquellas tareas análogas y complementarias que le sean encomendadas por su superior relacionadas con la misión del puesto, o que resulten necesarias por razones del servicio, particularmente aquellas que se deriven de los conocimientos o experiencias exigidos en las pruebas de asignación al puesto, o los adquiridos en cursos de perfeccionamiento en los que haya participado en razón de su puesto de trabajo, y las que sean necesarias y puedan establecerse por acuerdo de la Corporación u orden del Presidente, Diputado del Área o Servicio o Jefe del Servicio o Dependencia
    • Las personas aspirantes que resulten nombradas desempeñarán sus funciones a jornada completa, dentro de la jornada de trabajo establecida en esta Corporación, y podrán prestar sus servicios, según necesidades, de lunes a domingo, con los descansos legalmente establecidos, y en horario de mañana, tarde y noche, según cuadrante, con sujeción a las normas establecidas en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de Octubre, normas de desarrollo del mismo y Pacto de Personal Funcionario de la Diputación de Segovia.

Tercera.– Requisitos que deben reunir las personas aspirantes.

  • – Para ser admitido a la realización de estas pruebas, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
  1. Poseer la nacionalidad española o cumplir lo establecido en el artículo 57 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre en lo relativo al acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.
  2. Tener cumplidos los 18 años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa en los términos establecidos en el artículo 56.1.c) del citado Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
  3. Estar en posesión del cualquiera de los Títulos Académicos Oficiales siguientes de Formación Profesional de Grado Superior – FP2:
    • Técnico/a de Grado Superior en Educación Infantil, perteneciente a la Rama de Servicios Socioculturales y a la Comunidad, establecido en el Real Decreto 1394/2007 de 29 de octubre y normas dictadas en desarrollo del mismo.
    • Técnico/a de Grado Superior en Educación Infantil, perteneciente a la Rama de Servicios Socioculturales y a la Comunidad, establecido en el Real Decreto 2059/1995 de 22 de diciembre.
    • Técnico/a Especialista en Educador Infantil, perteneciente a la Rama de Servicios a la Comunidad, de la Ley 14/1970 de 4 de agosto.
    • Técnico/a Especialista en Jardines de Infancia, perteneciente a la Rama de Servicios a la Comunidad, de la Ley 14/1970 de 4 de agosto.

En el caso de invocar un título equivalente al exigido o titulación obtenida en el Extranjero, el aspirante deberá presentar el correspondiente certificado de equivalencia, expedido por el Órgano estatal o Autonómico competente en materia de Educación. Dicha equivalencia deberá referirse, tanto al rango como a la especialidad exigida.

La posesión del certificado de profesionalidad, en alguna de las ramas o especialidades indicadas no habilita por sí sola para acceder a la Convocatoria, si no se está en posesión además de la titulación académica correspondiente.

  1. Estar en posesión del permiso de conducción
  2. Poseer la capacidad funcional correspondiente a las funciones a desempeñar.
  3. No hallarse incurso en causa de incapacidad para ser nombrado personal funcionario de carrera, ni haber sido separado mediante expediente disciplinario del Servicio de la Administración del Estado, Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse incapacitado para el ejercicio de funciones públicas.
  4. Carecer de antecedentes por los delitos previstos en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero de protección jurídica del menor, de modificación del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil (no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos).
  5. Comprometerse a prestar juramento o promesa exigidos para la toma de posesión del cargo.
  6. Estar en posesión de la formación en materia de manipulación de alimentos, debidamente actualizada en la fecha en que comience a trabajar.
  7. Todos los requisitos anteriores deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, y estar en posesión de los mismos hasta la fecha de nombramiento, salvo lo relativo el requisito del apartado h) que se referirá a la fecha en que comience a trabajar.
  • – DERECHOS DE EXAMEN:
    • – Las personas aspirantes deberán abonar la cantidad de 15 euros en concepto de tasa por derechos de examen, al amparo de lo establecido en la Ordenanza Fiscal reguladora de la referida tasa, aprobada definitivamente por el Pleno de esta Corporación en sesión de 27 de febrero de 2020 (B.O.P. Segovia 4 de marzo de 2020).
    • – Para el abono del importe de la tasa, las personas aspirantes deberán practicar autoliquidación, en el impreso habilitado al efecto que se podrá descargar de la página Web de la Corporación y realizar su ingreso, a través de cualquier entidad bancaria autorizada, mediante transferencia bancaria a la Entidad CAIXABANK en la cuenta número El ingreso deberá efectuarse antes de presentar la correspondiente solicitud de admisión a pruebas selectivas. A la instancia deberá acompañarse copia de la autoliquidación debidamente ingresada y sellada por la Entidad bancaria correspondiente, o en su defecto, copia del recibo de ingreso.
    • – El importe de la tasa de derechos de examen, únicamente será devuelto cuando, por causas no imputables al interesado, la actividad técnica y administrativa conducente a la selección del personal para provisión de la plaza convocada no se En su consecuencia, no procederá la devolución del importe de la tasa en los supuestos de exclusión del aspirante de las pruebas selectivas por causas imputables al interesado o en el supuesto de que el aspirante no se presente a la práctica de los ejercicios.
    • – No obstante, y de conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Ordenanza reguladora de la Tasa por Derechos de Examen de esta Corporación, estarán exentos del pago de la tasa quienes acrediten las siguientes circunstancias:
  1. Las personas que figuren como demandantes de empleo, con una antigüedad mínima de seis meses, referida a la fecha de publicación del extracto de esta Convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

La persona aspirante deberá acreditar esta circunstancia mediante la presentación, junto con la instancia de admisión a las pruebas selectivas, del correspondiente certificado de desempleo expedido por el Instituto Nacional de Empleo o Servicio Público de Empleo de la respectiva Comunidad Autónoma.

  1. Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Esta circunstancia se acreditará mediante la presentación, junto con la instancia de admisión a las pruebas selectivas, del certificado de discapacidad expedido por el Organismo estatal o autonómico competente.
    • – Por otra parte, y de conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ordenanza reguladora de la Tasa por Derechos de Examen de esta Corporación, tendrán una bonificación del 50% las personas aspirantes que acrediten su condición de familia numerosa de carácter especial, y de un 30% los que acrediten su condición de familia numerosa de carácter general, debiendo aportar los correspondientes documentos acreditativos junto con la instancia de solicitud de admisión a las pruebas selectivas.
    • La falta de pago de la tasa sin acreditar la correspondiente causa de exención de pago determinará la inadmisión del aspirante a las pruebas selectivas.

Cuarta.– Presentación de solicitudes.

  • – Forma

Las instancias solicitando tomar parte en esta Convocatoria se dirigirán al Ilmo. Sr. Presidente de la Corporación, y deberán ajustarse al modelo oficial que a tal efecto podrán obtener en la página Web de la Diputación o en el Servicio de Personal y Régimen Interior, haciéndose constar por la persona aspirante que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en la Base Tercera de esta Convocatoria.

  • – Lugar y plazo de presentación

Dichas solicitudes se presentarán dentro del plazo de veinte días naturales contados desde el día siguiente a la publicación del extracto de esta Convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro General de la Diputación de Segovia, preferentemente a través de la Sede Electrónica de la Diputación por quienes reúnan los requisitos técnicos para acceder a dicha Sede, o subsidiariamente de manera presencial en la propia Sede del Registro (Palacio Provincial, C/ San Agustín, 23 de Segovia), o bien en los Registros de las Entidades a que hace referencia el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

  • – Documentación a acompañar, junto con la solicitud:

A las solicitudes se acompañará:

  1. Fotocopia del Título académico de
  2. Fotocopia del DNI actualizado
  3. Fotocopia del permiso de conducir
  4. Impreso de autoliquidación de la tasa por derechos de examen y copia del recibo de ingreso y/o en su caso documentos acreditativos de reunir una de las causas de exención de pago o bonificación de la tasa, conforme determina la Base Tercera de esta Convocatoria.

Quinta.– Admisión de aspirantes.

  • – Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Sr. Presidente de la Corporación aprobará, mediante Decreto, la lista de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de la causa de exclusión.
  • – En dicha Resolución se determinará el lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios, la composición nominal del tribunal Calificador y el orden de actuación de las personas aspirantes de lo cual se dará publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia de
  • – Las personas aspirantes excluidas podrán interponer el Recurso administrativo de Reposición ante la Presidencia de la Corporación, con carácter potestativo en el plazo máximo de un mes a contar desde la recepción de la notificación de su exclusión, o bien el Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso – administrativo de Segovia, en el plazo máximo de dos meses, a partir de la publicación de la lista de admitidos y excluidos en el Boletín Oficial de la Provincia de Segovia. Asimismo, se concederá un plazo de diez días para subsanación de errores, en su caso, en los términos previstos en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sexta.– Tribunal Calificador.

  • – Composición

La composición del Tribunal Calificador que juzgará las pruebas selectivas objeto de esta Convocatoria, estará integrada de la siguiente forma:

Presidencia.– La Jefa del Servicio de Acción Social.

Vocales:

  • Un/a vocal designado a propuesta de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
  • Dos personas con la condición de personal funcionario de carrera de la Corporación designadas por la Presidencia.

 

Secretaría.– La Secretaria General de la Corporación.

  • – Designación de suplentes y asesores especialistas, y asistencia de colaboradores/as técnicos/as y administrativos/as.

 

Podrán designarse suplentes en sustitución de los titulares que integren el referido Tribunal. Asimismo, el Presidente de la Corporación podrá designar si lo estima oportuno o conveniente algún Asesor/a Especialista para todas o alguna de las pruebas. Por otra parte, el Tribunal podrá recabar cuando lo estime oportuno la asistencia de personal funcionario o laboral de la Corporación para actuar como colaboradores/as técnicos/as o administrativos/as del Tribunal durante el proceso selectivo.

  • – Publicación de la composición nominal

La composición nominal del Tribunal Calificador que juzgue las pruebas selectivas será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, simultáneamente con el anuncio en que se haga pública la lista de admitidos y excluidos.

  • – Abstención y recusación

 

Los miembros del Tribunal Calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Presidencia, cuando concurran en ellos alguna de las causas previstas en el Art. 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a esta Convocatoria. Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran en ellos alguna de estas circunstancias en los términos previstos en el artículo 24 de la misma ley 40/2015.

  • – Forma de constitución y facultades del tribunal

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de la mitad de sus integrantes, ya sean titulares o suplentes, y estará facultado para resolver las cuestiones que pudieran suscitarse durante el desarrollo de la Convocatoria, y adoptar los acuerdos necesarios para el buen orden de la misma, en todo lo no previsto en estas Bases.

Séptima.– Proceso de selección.

  • – La selección, mediante el sistema de oposición, consistirá en la realización de tres ejercicios, de carácter eliminatorio y obligatorio para todas las personas aspirantes:

Primer ejercicio.– Consistirá en contestar por escrito, durante el tiempo máximo que se determine por el Tribunal, a un cuestionario de cuarenta preguntas tipo test, con respuestas alternativas, siendo una sola de ellas la correcta, relacionadas con los temas que integran las dos partes del Programa de la Convocatoria. El Tribunal podrá proponer además, hasta un máximo de cuatro preguntas adicionales de reserva en previsión de posibles anulaciones.

Segundo ejercicio:

Consistirá en desarrollar por escrito, durante el tiempo máximo que se determine por el Tribunal, entre tres y seis preguntas cortas abiertas de carácter general relacionadas con la Parte Segunda (materias específicas) que guardarán relación con los procedimientos, tareas y funciones de las plazas objeto de la convocatoria según el programa de la misma.

Además, podrán ser objeto de lectura pública ante el Tribunal, quien podrá establecer un diálogo con la persona aspirante solicitando aclaraciones sobre las preguntas desarrolladas, si lo estima oportuno, para la comprobación de los citados aspectos evaluables.

Se valorará la demostración de los conocimientos solicitados según el temario y la adecuación de la respuesta a la pregunta en cada caso, considerando que los procedimientos y tareas se refieren al modelo de atención en un centro residencial de la Diputación de Segovia.

Tercer ejercicio:

Consistirá en la realización, durante el tiempo máximo que se determine por el Tribunal, de uno o varios ejercicios teórico-prácticos o pruebas prácticas relacionados con las funciones a desempeñar.

Se podrá requerir tanto la lectura de los ejercicios como aclaraciones sobre el contenido de dicha prueba y se establecerá un diálogo con la persona aspirante sobre el contenido de dicha prueba.

En este ejercicio se valorará fundamentalmente la capacidad de raciocinio, la corrección en el análisis de los problemas que se plantean, la sistemática en el planteamiento, la argumentación y formulación de conclusiones y el conocimiento y adecuada interpretación de la normativa aplicable y de las funciones propias del puesto de trabajo, así como la correcta aplicación de los conocimientos teóricos a la resolución de los problemas prácticos planteados y la calidad de la redacción y de la exposición en el marco del modelo de atención en los centros residenciales de la Diputación de Segovia.

En el desarrollo y calificación de los ejercicios, se garantizará el anonimato de las personas aspirantes siempre que sea posible, facultándose expresamente al Tribunal Calificador para apreciar dicha posibilidad, en función del tipo de ejercicio del que se trate.

7.1.2.– Calificación de los ejercicios

Todos los ejercicios tendrán carácter eliminatorio y obligatorio para todos todas las personas aspirantes.

El primer ejercicio se puntuará de 0 a 10 puntos, efectuándose la calificación de la siguiente manera:

  1. Cada pregunta correctamente contestada se calificará con 0,25 puntos. Cada pregunta incorrectamente contestada se penalizará con 0,10 puntos. Cada pregunta sin contestar (en blanco) se calificará con 0,00 puntos.
  2. Se considerará que han aprobado el primer ejercicio, pasando a la realización del segundo ejercicio, las 25 personas aspirantes con las mayores puntuaciones, las cuales no podrán ser inferiores a 4 puntos, en cuyo caso, pasarán únicamente aquellas personas aspirantes cuya calificación sea de 4 o más puntos. Dicha determinación se realizará antes de la identificación nominal de las personas aspirantes una vez calificado el ejercicio de forma anónima. En el supuesto que se encuentren varias personas aspirantes con la misma calificación que la del n.º 25, también pasarán a formar parte de la relación de aprobadas (aspirante n.º 25 y empatados).

El segundo y el tercer ejercicio se calificarán de 0 a 10 puntos, siendo eliminadas las personas aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

En el segundo ejercicio, cada pregunta tendrá el mismo valor máximo.

En el tercer ejercicio, el Tribunal adoptará los criterios objetivos de puntuación que estime convenientes para la calificación del ejercicio, los cuáles se pondrán en conocimiento de las personas aspirantes con carácter previo al inicio del mismo.

En el segundo y tercer ejercicio, las calificaciones se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del Tribunal Calificador, y dividiendo el total obtenido entre el número de asistentes de aquél, siendo el cociente la calificación definitiva.

Las calificaciones obtenidas por las personas aspirantes aprobadas en los distintos ejercicios serán hechas públicas en el Tablón de Edictos y en la Página Web de la Diputación de Segovia, junto con la fecha de celebración del siguiente ejercicio. Las calificaciones obtenidas por las personas aspirantes no aprobadas se facilitarán individualmente a los interesados/as que las soliciten.

Octava.– Calificación total y definitiva de las personas aspirantes.

  • – La calificación total y definitiva de las personas aspirantes vendrá dada por la puntuación resultante de sumar las puntuaciones obtenidas en el conjunto de los tres ejercicios de la oposición por las personas aspirantes que superen la totalidad de los mismos.
  • – En caso de empate entre dos o más aspirantes, el Tribunal podrá llevar a efecto una o más pruebas complementarias sobre los ejercicios que componen la Oposición.

Novena.– Programa que ha de regir en la convocatoria.

El programa sobre el que versarán los ejercicios de la Fase de Oposición es el que figura en el Anexo de esta Convocatoria.

Décima.– Comienzo y desarrollo de las pruebas selectivas.

  • – Comienzo

Los ejercicios se celebrarán una vez transcurridos, al menos dos meses desde la fecha en que aparezca publicado el anuncio extractado de esta Convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

  • – Publicación de la fecha, hora y lugar de celebración

La fecha, lugar y hora de celebración de las pruebas será hecha pública en el Boletín Oficial de esta Provincia al mismo tiempo en que se publique la Lista de Admitidos y Excluidos.

  • – Llamamiento de las personas aspirantes

Las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio en llamamiento único, salvo casos de fuerza mayor debidamente justificados y apreciados libremente por el Tribunal.

  • – Orden de actuación de las personas aspirantes

El orden de actuación de las personas aspirantes en aquellos ejercicios que, en su caso, no se realicen conjuntamente por todas las personas aspirantes al mismo tiempo, se iniciará con aquél cuya inicial del primer apellido se corresponda con la Letra «R», según el resultado del sorteo celebrado el día 20 de febrero de 2023 (B.O.P. de Segovia de 1 de marzo de 2023).

  • – Publicación de calificaciones y anuncios sobre celebración de los sucesivos ejercicios

Una vez comenzadas las pruebas selectivas no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de la celebración de las restantes pruebas en el Boletín Oficial de la Provincia. No obstante, estos anuncios deberán hacerse públicos por el Tribunal en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores y en el Tablón de Edictos de la Corporación, con una antelación de, al menos, 24 horas a la celebración del siguiente ejercicio, junto con las calificaciones obtenidas por las personas aspirantes que hubieran superado el ejercicio anterior. Desde la total conclusión de un ejercicio hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.

Undécima.– Relación de personas aspirantes aprobadas y propuesta de nombramiento.

11.– Finalizada la calificación de las personas aspirantes, el Tribunal publicará en el Tablón de Edictos y en la Página Web de Corporación la correspondiente propuesta de nombramiento, en favor de las personas aspirantes que, habiendo superado los tres ejercicios de la Oposición, hubieran obtenido las mayores puntuaciones totales, no pudiendo rebasar el número de aspirantes propuestos/as al número de plazas convocadas, elevándose dicha propuesta al Sr. Presidente de la Corporación a efectos de nombramiento de las personas aspirantes.

11.2.– No obstante, para asegurar la cobertura de la plaza convocada, el órgano convocante podrá requerir al órgano de selección la relación complementaria de personas aspirantes que hayan aprobado los tres ejercicios, que sigan en el orden de puntuación total a la persona aspirante propuesta cuando se produzca alguna de las siguientes circunstancias:

  1. Que se registre la renuncia o tenga lugar el fallecimiento de la persona aspirante propuesta que ha superado el proceso selectivo, antes de la formalización de la toma de posesión.
  2. Que la persona aspirante propuesta que ha superado el proceso selectivo no presente la documentación exigida o del examen de ésta se deduzca que carece de los requisitos establecidos en la convocatoria.

Duodécima.– Presentación de documentos.

  • – Las personas aspirantes propuestas presentarán en el Servicio de Personal y Régimen Interior de la Diputación de Segovia, dentro del plazo de 20 días naturales, contados desde la publicación de la propuesta de nombramiento a que se refiere la Base anterior, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la Convocatoria, que a continuación se expresan:
  1. Certificación de Acta de Nacimiento expedida por el Registro Civil
  2. Declaración complementaria de conducta ciudadana, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 68/1980 de 1 de diciembre.
  3. Certificación negativa del Registro General de Delincuentes Sexuales acreditativo de cumplir el requisito exigido en el apartado 3.1.f) de la Base Tercera de la Convocatoria, o declaración responsable acompañada de autorización expresa a la Diputación de Segovia para recabar dicha certificación.
  4. Certificado médico acreditativo expedido por el Servicio Territorial de Sanidad y Bienestar Social, acreditativo de poseer la capacidad funcional correspondiente a las funciones a desarrollar, sin perjuicio del reconocimiento médico previo y complementario que en su caso deba realizar en los Servicios Médicos
  5. Declaración jurada o responsable de no hallarse incurso en causa de incapacidad, ni haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio del Estado, Administración Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
  6. Declaración jurada o responsable de no desempeñar ningún puesto del sector público o actividad privada incompatible según el 1 de la Ley 53/1984 de 26 de diciembre.
  • – Las personas aspirantes propuestas que, en su caso, tuvieran ya la condición de personal funcionario de carrera o laboral fijo de la Administración Pública estarán exentas de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación del Ministerio, Corporación Local u Organismo Público de que dependan, acreditando su condición de funcionario, y cuantas circunstancias consten en su expediente personal.
  • – Si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, alguna de las personas aspirantes propuestas no presentase su documentación no podrá ser nombrada y se anularán todas sus actuaciones, sin perjuicio de las exigencias de responsabilidad en que hubiesen podido incurrir por falsedad en la instancia presentada solicitando tomar parte en la En este caso, el Tribunal formulará propuesta adicional a favor de quien o quienes les sigan en el orden de puntuación, siempre que haya superado las pruebas exigidas, en base a lo previsto en la Base Undécima, Párrafo 2º.

 

Decimotercera.– Toma de posesión.

  • – Una vez aprobada la propuesta de nombramiento, las personas aspirantes nombradas deberán tomar posesión de sus cargos, en el plazo de 30 días hábiles, contados desde el siguiente al que sea notificado el nombramiento.
  • – Si no tomasen posesión dentro del plazo señalado o de la prórroga concedida en su caso, quedarán en situación de cesantes, con pérdida de todos los derechos derivados de la Convocatoria y del subsiguiente nombramiento conferido.

Decimocuarta.– Impugnación de la convocatoria.

  • – La Convocatoria y sus Bases, y cuantos actos administrativos se deriven de éste y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por las personas interesadas en los casos y en las formas establecidas en la Legislación vigente en materia de Procedimiento Administrativo Común.
  • – El sólo hecho de presentar instancia solicitando tomar parte en las pruebas constituye sometimiento expreso de las personas aspirantes a las Bases de la Convocatoria que tienen consideración de Ley reguladora de la misma.

Decimoquinta.– Legislación supletoria.

Esta Convocatoria se regirá, en lo no previsto en estas Bases, por lo dispuesto en la Ley reguladora de las Bases de Régimen Local de 2 de abril de 1985, Real Decreto Legislativo 781/1986 de 18 de Abril aprobatorio del Texto Refundido de las Disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, Reglamento de Funcionarios de Administración Local en lo que no se oponga o contradiga a aquélla, Ley 30/1984 de 2 de Agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública en aquellos preceptos que continúen vigentes, Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, Ley 7/2005 de 24 de Mayo de la Función Pública de Castilla y León, Real Decreto 896/1991 de 7 de Junio, y demás disposiciones concordantes. Será asimismo de aplicación supletoria el Reglamento General de Ingreso del Personal y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo.

Segovia, 29 de mayo de 2024.

La Secretaria General,

Fdo.: M.ª Lourdes Merino Ibáñez

ANEXO

PROGRAMA DE LA CONVOCATORIA

OPOSICIÓN LIBRE PARA PROVISIÓN DE CUATRO PLAZAS DE TÉCNICO/A SUPERIOR EN EDUCACIÓN INFANTIL.

PARTE 1.– MATERIAS COMUNES.

Tema 1.– La Constitución Española de 1978. Principios Generales. Derechos y deberes fundamentales de los españoles: Garantías y protección. El Defensor del pueblo. El Procurador del Común de Castilla y León.

Tema 2.– La organización territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía: su significado. Régimen de competencias. El Estatuto de Autonomía de Castilla y León. Atribuciones de los Órganos de Gobierno de la Comunidad.

Tema 3.– El Régimen Local Español. Principios constitucionales y regulación jurídica. Clases de Entes Locales. La Provincia en el Régimen Local Español. Organización Provincial. Competencias de las Diputaciones Provinciales de régimen común. Los Órganos de Gobierno Provinciales: composición, elección y atribuciones.

Tema 4.– La Función Pública Local y su Organización. Regulación Legal. El Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre y La Ley 7/2005 de 24 de mayo de la Función Pública de Castilla y León: Estructura y ámbitos de aplicación. Las Escalas de funcionarios que integran la Administración Local: funciones de cada una de ellas.

Tema 5.– Derechos y deberes de los funcionarios Públicos. Régimen de vacaciones, licencias y permisos de los funcionarios públicos: regulación legal aplicable. Sistema retributivo. Incompatibilidades. Situaciones Administrativas de los funcionarios de carrera. Régimen disciplinario.

Tema 6.– La salud en la Constitución Española de 1978. La Ley 14/1986 de 25 de abril, General de Sanidad: Fundamentos generales. La Ley 8/2010, de 30 de agosto, de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León.

Tema 7.– La Ley de Prevención de Riesgos Laborales: Obligaciones de los trabajadores en materia de prevención de riesgos laborales. Principios de mecánica corporal y procedimientos de movilización en la prevención de riesgos laborales.

«El cuidado del cuidador».

Tema 8.– Ley 16/2010 de 20 de diciembre de SS.SS. de Castilla y León. Disposiciones generales; Prestaciones del sistema de SS.SS. de responsabilidad pública; Organización territorial y funcional del sistema de SS.SS. de responsabilidad pública.

PARTE 2.– MATERIAS ESPECÍFICAS.

Tema 9.– La Planificación Local en materia de asuntos sociales en la Diputación de Segovia: La estrategia de innovación 2020-2025. 

Tema 10.– Organización funcional y territorial de los Servicios Sociales en la Diputación de Segovia. Los Centros Residenciales de la Diputación de Segovia: Características y finalidad, objetivos, población destinataria, servicios que prestan y requisitos de acceso.

Tema 11.– Ley 14/2002, de 25 de julio, de promoción, atención y protección a la infancia en Castilla y León. Disposiciones generales. De la acción de protección.

Tema 12.– Decreto 131/2003, de 13 de noviembre, por el que se regula la acción de protección de los menores de edad en situación de riesgo o desamparo y los procedimientos para la adopción y ejecución de las medidas y actuaciones para llevarlas a cabo. Disposiciones generales, la acción de protección, y las normas generales relativas al régimen y aplicación de las distintas medidas de protección y actuaciones con efectos protectores.

Tema 13.– Decreto 54/2005, de 7 de julio, regula el régimen de organización y funcionamiento de centros específicos destinados a la atención residencial de menores con medidas o actuaciones de protección.

Tema 14.– Manual de la Buena Práctica para la atención residencial a la Infancia y Adolescencia: Estándares de calidad para la atención a los niños y adolescentes en dispositivos residenciales: «Principios de la Atención Residencial» y «Áreas de atención residencial».

Tema 15.– Necesidades en la infancia y en la adolescencia. Factores de protección y de riesgo. (Félix López Sánchez). (Guía 3: Procedimiento de actuación de las corporaciones locales respecto de menores en situación de desprotección. Junta de Castilla y León.).

Tema 16.– Necesidades de los/as menores en los centros. Necesidades derivadas de la separación y del maltrato. Posibles autores: Jesús Fuertes Zurita. Félix López. Jesús Palacios.

Tema 17.– Desarrollo evolutivo. Etapas del desarrollo (motor, cognitivo y socioemocional) de los 0 a los 12 años. Posibles autores: Juan Antonio García Madruga, Jesús Palacios.

Tema 18.– Teoría del apego. José Luis Gonzalo Marrodán.

Tema 19.– Maltrato infantil: tipología e indicadores (Guía 1: Detección y notificación ante situaciones de desamparo y de riesgo en la infancia. Junta de Castilla y León). (Guía 2: Investigación y evaluación ante situaciones de desprotección en la Infancia. Junta de Castilla y León).

Tema 20.– Efectos del maltrato en el desarrollo. Guía Ver para proteger. UNICEF. Capítulos 4.1 y 4.2.

Tema 21.– Manual: Acompañando las heridas del alma. Trauma en la infancia y adolescencia. Capítulos 1 y 2.

Tema 22.– Violencia de género: concepto y modelos explicativos; tipos de maltrato y consecuencias en la mujer; estrategias del maltratador. (Guía Práctica clínica. Atención en salud mental con mujeres maltratadas por su pareja. Servicio Murciano de Salud y Cuaderno 1 contra la violencia de género. Ayuntamiento de Salamanca).

Tema 23.– Violencia de género: los hijos e hijas. Consecuencias del maltrato; roles que asumen; pautas de intervención. Guía de intervención con menores víctimas de violencia de género, Instituto canario de igualdad.

Tema 24.– Disciplina positiva. «Afecto, límites y consciencia. La disciplina positiva en los programas de aldeas infantiles SOS».

Tema 25.– La crianza terapéutica. (Pero a tu lado. De la Parentalidad positiva a la crianza terapéutica. Íñigo Martínez de Mandojana Valle: Desenredando conceptos. La sincronía relacional. La presencia útil. El camino hacia la resiliencia).

Tema 26. – La afectividad consciente como competencia profesional en los SS.SS. (La afectividad consciente como competencia organizacional en aldeas infantiles SOS, América Latina y el Caribe).

Tema 27.– El juego como herramienta terapéutica. Funciones del juego. Características  del  juego.  Intervención  mediante  el  juego.  (Montse  Lapastora y Noelia Mata).

Tema 28.– Funcionamiento cerebral. (Educar en el vínculo. Rafael Guerrero). Tema 29.– Regulación emocional. (Educar en el vínculo. Rafael Guerrero.

Tema 30.– La necesidad de organizadores externos. Neuropsicología del abandono y del maltrato infantil. (Rosa María Fernández García: Cap. 11).

Tema 31.– Acogimiento residencial de menores: los centros como entornos seguros y protectores. (La promoción de entornos seguros y protectores en Aldeas Infantiles SOS América Latina y el Caribe: Definiendo un entorno seguro y protector. Niveles de un entorno seguro y protector).

Tema 32.– Acogimiento residencial de menores: la observación profesional de menores. Indicadores del maltrato y del trauma. ¿Qué y cuándo observar? (Guía: Tejer una red para sanar las heridas del alma gestión de caso con abordaje de trauma en la infancia y adolescencia. Aldeas Infantiles SOS América Latina y el Caribe: La aplicación de la gestión de caso en trauma: áreas, procesos e indicadores).

Tema 33.– Acogimiento residencial de menores: las unidades de convivencia.

Tema 34.– Acogimiento residencial de menores: la intervención con la historia de vida. El proyecto de vida.

Tema 35.– Acogimiento residencial de menores: la figura del profesional de referencia.

Tema 36.– Acogimiento residencial de menores: la intervención en crisis. Manejo de conflictos e intervención ante conductas caracterizadas por la falta de control y de violencia. (Guía: «Afecto, límites y consciencia. La disciplina positiva en los programas de aldeas infantiles SOS»).

Tema 37.– Acogimiento residencial de menores: educación sexual De 0 A 12 años. Guía Educación sexual de niños y niñas de 6 a 12 años. Guía para madres, padres y profesorado de Educación Primaria. Ministerio de Educación y Ciencia: educar con lo que somos; hablar sobre sexualidad; los sentimientos amorosos; la violencia sexual y los límites de la sexualidad.

Tema 38.– Acogimiento residencial de menores: Modelo de atención centrada en la persona.

Tema 39.– Acogimiento residencial de menores: el Proyecto de Intervención Individualizado. Objeto, características, contenido, metodología, personas que intervienen.

Tema 40.– Primeros auxilios en la infancia. Criterios de urgencia y prioridad. Signos de urgencia vital. Actuaciones ante asfixias, traumatismos, quemaduras, hemorragias, pérdidas de conciencia. Técnicas de soporte vital básico. Prevención de accidentes.

 

http://bocyl.jcyl.es  

https://academiairigoyen.com/wp-content/uploads/2024/08/BOCYL-D-05062024-24.pdf

También puedes consultar nuestra página web: https://academiairigoyen.com/tecnico-superior-educacion-infantil/


Oposiciones 2024-2025 Récord Campaña Asegura tu futuro

Adaptación temario JuntaCyL a Estado

Adaptación temario JuntaCyL a Estado

Estimado opositor/ra,

La Administración General del Estado con fecha 10 de julio de 2024 publica la mayor convocatoria de la historia con un récord de plazas en la Administración Pública (puede consultar los puntos destacados, pichando en este enlace) correspondiente a las ofertas de empleo de público:  Oferta de Empleo Público de 2024 y Oferta de Empleo 2023 .

Importante: Consulte aquí el cronograma orientativo de plazos publicado por el INAP

Preparación: La preparación consiste en impartir y adaptar temarios, explicaciones y clases para opositores que han preparado o preparan oposiciones al Cuerpo Administrativo y Auxiliar de Junta de Castilla y León (U otras Administraciones) y que pretenden optimizar el tiempo que resta hasta examen (diciembre 2024) viendo exclusivamente los temas nuevos del Estado.

*Adjuntamos documentos con los temas a impartir de forma parcial (color naranja) y total (color rojo) y su coincidencia entre Auxiliar y Administrativo. 

Correspondencia entre Auxiliar Junta y Estado

Correspondencia entre Administrativo Junta y Estado

Correspondencia entre Auxiliar y Administrativo

La preparación dará comienzo la primera semana de septiembre de 2024. Duración hasta examen (fecha prevista 14 de diciembre de 2024). No existe compromiso de permanencia.

Metodología: Semanalmente tendremos 2 sesiones lectivas en directo: 

  • Cuerpo Auxiliar               (Martes de 17 a 19 y Miércoles de 17 a 18 horas) 
  • Cuerpo Administrativo    (Martes de 17 a 19 y Miércoles de 17 a 19 horas) 

A esta clase en directo se podrá asistir presencialmente, conexión online en directo y ver posteriormente en diferido, cuándo, dónde y las veces que se desee. Esta clase en directo tendrá un enfoque práctico y dinámico. Previamente y unos días antes, subiremos a la plataforma el material de trabajo de esa clase: temas, test, supuestos, etc acompañado de vídeos explicativos del preparador explicando el contenido de los temas y materia legislativa, para que el alumno/a pueda trabajar el tema de forma previa a la clase en directo.

Aula virtual: Desde el inicio los alumnos tendrán habilitada el mejor aula virtual en la que dispondrán de material en PDF (descargable e imprimible), vídeos explicativos de apoyo de los temas y leyes más importantes, test para poder hacer autocorregibles con generador de test y simulacros y el resto de herramientas: como foro, calendario, etc.

   (ENLACE VÍDEO):  Disfrutarás del mejor Aula Virtual de oposiciones de Castilla y León

Preparador y alumnos: Preparador funcionario de carrera del Cuerpo Administrativo y de Gestión Civil. El seguimiento a los alumnos/as se hará de forma individualizada con apoyo continuo. Antes del inicio mandaremos instrucciones y credenciales para el acceso al aula virtual

Condiciones económicas:  Matrícula gratuita. Mensualidad:

  • Cuerpo Auxiliar: 79 euros
  • Cuerpo Administrativo: 89 euros.

 

¿Opositar al Estado? 10 razones para hacerlo (Consulta nuestro artículo)

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