Oposiciones Gestión Junta de Castilla y León

Oposiciones Gestión Junta de Castilla y León

Oposiciones Gestión Junta de Castilla y León

Volver a la página anterior: Cuerpo de Gestión (turno libre y promoción interna)

Academia Irigoyen preparación de oposiciones para Cuerpo de Gestión de la Junta de Castilla y León (A2). Preparación online a través de Google Classroom plataforma multidispositivo a la que el alumno tendrá acceso a todo el contenido en cualquier momento y lugar hasta el día del examen, sin ningún tipo de límites. Únete al mundo de oposiciones 3.0

De forma semanal subimos a Classroom nuevo contenido para el estudio y trabajo, compuesto por:

La semana lectiva concluye con clases en directo mediante la herramienta Google Meet para resolver dudas sobre test y temas, corrección de simulacro de examen y explicaciones importantes de temario.

En la preparación se toman como referencia los exámenes reales de la convocatoria actual y anteriores:

Puedes consultar las bases de la convocatoria en este enlace

Solicita información o ponte en contacto en:

Volver a la página anterior: Cuerpo de Gestión (turno libre y promoción interna)


Auxiliar administrativo SACYL Listado de aprobados. Convocatoria 2018

Auxiliar Administrativo SACYL Listado de aprobados. Convocatoria 2018

Auxiliar Administrativo SACYL Listado aprobados

Ver oposiciones Auxiliar Administrativo del SACYL

ORDEN SAN/275/2021, de 8 de marzo, por la que se aprueba la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría de Auxiliar Administrativo del Servicio de Salud de Castilla y León y se ofertan las vacantes correspondientes.

De conformidad con lo establecido en la ORDEN SAN/1168/2018, de 22 de octubre, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría de Auxiliar Administrativo, del Servicio de Salud de Castilla y León (B.O.C. y L. n.º 211 de 31 de octubre), por la que se convoca proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría de Auxiliar Administrativo del Servicio de Salud de Castilla y León, y de acuerdo con la propuesta elevada por el Tribunal Calificador según lo previsto en la base octava de dicha orden, la Consejera de Sanidad, en uso de las competencias atribuidas,

RESUELVE: Auxiliar Administrativo SACYL Listado aprobados

Primero.– Aprobar la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas Auxiliar Administrativo, convocado por ORDEN SAN/1168/2018, de 22 de octubre (B.O.C. y L. n.º 211 de 31 de octubre), por el orden de puntuación obtenido, según figura en el Anexo I.

Segundo.– En el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León de la presente orden, los aspirantes relacionados en el Anexo I deberán presentar escrito remitido a la Dirección General de Profesionales de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León (Paseo de Zorrilla n.º 1 – 47007 – Valladolid) junto con los siguientes documentos:

  • a) Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, Graduado en Educación Secundaria, Graduado Escolar, Técnico de Formación Profesional, Bachiller elemental o equivalente.
  • En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación por el Ministerio competente en materia de Educación.
  • b) Declaración de no haber sido separado del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas, que deberá cumplimentarse según modelo del Anexo II que se acompaña a la presente Resolución.
  • c) Declaración de no ostentar, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes para participar en el proceso selectivo, la condición de personal estatutario fijo en la misma categoría y especialidad que la convocada, que deberá cumplimentarse según modelo del Anexo II que se acompaña a la presente Resolución.
  • d) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para el ejercicio de sus funciones. Dicho certificado deberá ser expedido dentro del plazo establecido para su presentación.
  • e) Los aspirantes que tuvieran la condición de persona con discapacidad, a los efectos de acreditar su capacidad para el desempeño de las tareas que corresponden a las plazas objeto de la convocatoria, deberán aportar asimismo, certificación específica actualizada emitida por parte de los órganos competentes en materia de servicios sociales (centro base que hubiera expedido el certificado acreditativo de la discapacidad).
  • f) Documento Nacional de Identidad.

Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos señalados anteriormente, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier prueba admisible en derecho.

Tercero.– Quienes dentro del plazo fijado, y salvo causas de fuerza mayor, no presentasen la documentación exigida, o del examen de la misma se dedujera que no reúnen alguno de los requisitos señalados en la base segunda de la citada Orden de convocatoria, no podrán ser nombrados personal estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en la solicitud de participación.

Cuarto.– Junto a la documentación exigida en el apartado segundo, los aspirantes, en función de las plazas vacantes que se relacionan en el Anexo III de la presente Resolución, deberán cumplimentar y presentar el modelo de solicitud que se adjunta como Anexo IV, indicando por orden de preferencia los destinos a los que desean ser adscritos.

Quinto.– Las vacantes se adjudicarán a los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo por orden de puntuación.

Sexto.– Transcurrido el plazo de presentación de documentos y una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos exigidos, se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León el nombramiento como personal estatutario fijo, en la categoría de Auxiliar Administrativo del Servicio de Salud de Castilla y León, de los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo con expresión del destino que se les haya adjudicado.

Séptimo.– Contra la presente orden, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso contencioso‑administrativo de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso‑Administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación. Con carácter previo y potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante la Consejera de Sanidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden, según lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Valladolid, 8 de marzo de 2021.

La Consejera de Sanidad,
Fdo.: Verónica Casado Vicente

ANEXO I Auxiliar Administrativo SACYL Listado aprobados

RELACIÓN DE OPOSITORES QUE HAN SUPERADO EL PROCESO SELECTIVO POR ORDEN DE PUNTUACIÓN. –AUXILIAR ADMINISTRATIVO– (ORDEN SAN/1168/2018, de 22 de octubre) (PDF)

RELACIÓN DE OPOSITORES QUE HAN SUPERADO EL PROCESO SELECTIVO POR ORDEN DE PUNTUACIÓN. –AUXILIAR ADMINISTRATIVO– (ORDEN SAN/1168/2018, de 22 de octubre) (HTML)


Auxiliar Administrativo Castilla y León Nombramiento funcionarios Convocatoria 2016

Auxiliar Administrativo Castilla y León Nombramiento funcionarios Convocatoria 2016

Auxiliar Administrativo Castilla y León Nombramiento funcionarios Convocatoria 2016

Ver oposiciones Auxiliar Administrativo Junta de Castilla y León

Auxiliar Administrativo Castilla y León Nombramiento

El documento BOCYL-D-16032021-1.pdf contiene imágenes. Puede consultar la versión íntegra del documento en formato PDF en el siguiente enlace: BOCYL-D-16032021-1.pdf

Auxiliar Administrativo Castilla y León Nombramiento

ORDEN PRE/278/2021, de 12 de marzo, por la que se nombran funcionarios de carrera del Cuerpo Auxiliar de la Administración de la Comunidad de Castilla y León a los aspirantes que han superado el proceso selectivo convocado por Resolución de 21 de junio de 2016, de la Viceconsejería de Función Pública y Gobierno Abierto, para ingreso libre en dicho cuerpo, en ejecución de sentencia.

En el marco del proceso selectivo para ingreso, por el tuno libre, en el Cuerpo Auxiliar de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, convocado por Resolución de 21 de junio de 2016, de la Viceconsejería de Función Pública y Gobierno Abierto (Boletín Oficial de Castilla y León de 23 de junio), se dicta la Sentencia n.º 1531, de 23 de diciembre de 2019, por el Tribunal Superior de Castilla y León, Sala de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid, en el procedimiento ordinario 407/2018.

Mediante Orden de 29 de junio de 2020, de la Consejería de la Presidencia, se dispone el cumplimiento de la Sentencia n.º 1531, cuya parte dispositiva es publicada mediante Resolución de 9 de julio de 2020, de la Dirección General de la Función Pública (Boletín Oficial de Castilla y León de 22 de julio de 2020).

Llevadas a cabo todas las actuaciones exigidas en cumplimiento de la orden y la sentencia reseñadas, por Orden PRE/67/2021, de 21 de enero (Boletín Oficial de Castilla y León de 2 de febrero), se aprueba y publica la relación definitiva de aspirantes que han superado el proceso selectivo convocado por Resolución de 21 de junio de 2016, de la Viceconsejería Función Pública y Gobierno Abierto, para ingreso por el sistema de acceso libre en el Cuerpo Auxiliar de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y se ofertan los puestos de trabajo, en ejecución de sentencia.

Transcurrido el plazo de presentación de los documentos señalados en el punto segundo de la citada Orden PRE/67/2021, de 21 de enero, procede ahora efectuar el nombramiento como funcionarios de carrera del referido cuerpo a los aspirantes que, habiendo superado el proceso selectivo, han acreditado documentalmente que cumplen los requisitos exigidos en la convocatoria, y la asignación a estos de los destinos correspondientes.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en la base 12 de la citada resolución de convocatoria, esta Consejería de la Presidencia, al amparo de las competencias que tiene atribuidas el Consejero competente en materia de Función Pública en virtud del artículo 7.2.l) de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León,

RESUELVE Auxiliar Administrativo Castilla y León Nombramiento

Primero.– Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo Auxiliar de la Administración de la Comunidad de Castilla y León a los aspirantes que se relacionan en el Anexo a la presente orden, adjudicándoseles destino en los puestos de trabajo que se indica. Dicha adjudicación tiene carácter definitivo.

Segundo.– Declarar decaídos en su derecho a ser nombrados funcionarios de carrera del Cuerpo Auxiliar de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, por los motivos especificados, a los siguientes aspirantes:

  • N.º orden 34. RODRÍGUEZ SEPÚLVEDA, ISABEL, DNI ***6247**. Turno libre: No aporta la documentación exigida.
  • N.º orden 94. SEDES PÉREZ, ALBERTO, DNI ***0037**. Turno personas con discapacidad: No aporta la documentación exigida.

Tercero.– Levantar y dejar sin efectos en la fecha de publicación de esta orden la medida cautelar referida a los nombramientos como funcionarios de carrera efectuados por las Órdenes de 7 de junio y 19 de noviembre de 2018, adoptada en el apartado 3.º de la parte resolutiva de la Orden de 29 de junio de 2020, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia n.º 1531, de 23 de diciembre de 2019, del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

Cuarto.– En el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden, todos los aspirantes nombrados funcionarios de carrera en ella deberán efectuar la toma de posesión en los correspondientes puestos de trabajo adjudicados, cumpliendo los requisitos señalados en la misma, ante el Secretario General o Delegado Territorial correspondiente.

Quinto.– En el acto de toma de posesión los aspirantes nombrados por esta orden deberán presentar la declaración a la que alude el artículo 31.3 del Decreto 227/1997, de 20 de noviembre, por el que se prueba el Reglamento de Incompatibilidades del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Si los interesados viniesen realizando una actividad pública o privada que requiera la autorización de compatibilidad, se estará a lo dispuesto en el artículo 31.4 del referido Decreto 227/1997 y demás normas concordantes.

Sexto.– Para la adquisición de la condición de funcionario de carrera, los interesados habrán de prestar juramento o promesa de acatar la Constitución, el Estatuto de Autonomía de Castilla y León y las leyes en el ejercicio de las funciones atribuidas, conforme a lo establecido en el artículo 36.1 c) de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León y de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, por el que se establece la fórmula de juramento en cargos y funciones públicas.

Séptimo.– Los efectos de los nombramientos efectuados por la presente orden se retrotraen al día 12 de junio de 2018, fecha de publicación de la Orden PRE/622/2018, de 7 de junio, por la que se efectuaron los nombramientos anulados por la antedicha resolución judicial, y, por su parte, los efectos de las tomas de posesión que se formalicen en virtud de la presente orden quedan retrotraídos al día 13 de junio de 2018.

Sin perjuicio de lo anterior, los aspirantes ahora nombrados funcionarios de carrera y que, a su vez, hubieren resultado nombrados por las anuladas Órdenes PRE/622/2018, de 7 de junio, y PRE/1247/2018, de 19 de noviembre, mantendrán, salvo manifestación expresa en contra de los interesados, las situaciones consolidadas en desarrollo de su carrera profesional, incluida la conservación de los destinos obtenidos por concurso o libre designación con los efectos correspondientes desde su toma de posesión en ellos.

En el caso de que los aspirantes nombrados funcionarios de carrera por la presente orden opten en el acto de toma de posesión por pasar a la situación de excedencia voluntaria prevista en el artículo 91.1 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, por encontrarse en situación de servicio activo en otro cuerpo o escala o por la prestación de servicios en el sector público, la declaración en la situación de excedencia voluntaria como funcionarios de carrera del Cuerpo Auxiliar de la Administración de la Comunidad de Castilla y León tendrá, igualmente, efectos retroactivos del 13 de junio de 2018 o de la fecha en que aquella se haya generado, de ser posterior a dicha fecha.

Octavo.– Contra la presente orden, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, de conformidad con lo establecido en los artículos 10.1 a) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Igualmente, con carácter potestativo, aquellos podrán interponer recurso de reposición ante la Consejería de la Presidencia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Valladolid, 12 de marzo de 2021.

El Consejero,
Fdo.: Ángel Ibáñez Hernando


Bolsa de empleo Administrativo Convocatoria 2021 Junta de Castilla y León

Bolsa de empleo Administrativo Convocatoria 2021 Junta de Castilla y León

Bolsa de empleo Administrativo Convocatoria 2021 Junta de Castilla y León

Ver oposiciones Administrativo y otras noticias (web Academia Irigoyen)

ORDEN PRE/265/2021, de 9 de marzo, por la que se convoca proceso selectivo para la constitución de la bolsa de empleo temporal del Cuerpo Administrativo de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

El artículo 43 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, en la redacción dada por la Ley 2/2017, de 4 de julio, de Medidas Tributarias y Administrativas, establece que la selección de personal funcionario interino, a excepción del docente y sanitario que se regirá por sus normas específicas, se realizará mediante un sistema de bolsas o listas abiertas y públicas en los términos que reglamentariamente se determinen, que garantizando los principios de igualdad, mérito y capacidad y publicidad, posibiliten la necesaria agilidad, racionalidad, objetividad y transparencia en la selección.

En el mismo artículo se dispone que en la constitución de bolsas o listas abiertas se tendrá en cuenta, como mérito predominante, los ejercicios superados en los procesos selectivos convocados en desarrollo de las Ofertas de Empleo Público de la Junta de Castilla y León celebrados en los últimos cinco años, siempre y cuando tales procesos se hubieran celebrado.

Conforme a las anteriores previsiones legales, se ha dictado en su desarrollo el Decreto 21/2018, de 26 de julio, por el que se regula la selección del personal funcionario interino y del personal laboral temporal de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos (Boletín Oficial de Castilla y León de 30 de julio).

En base a lo expuesto, y al amparo de la competencia establecida en el artículo 5 del Decreto 21/2018, de 26 de julio, por el que se regula la selección del personal funcionario interino y del personal laboral temporal de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos, esta Consejería de la Presidencia

RESUELVE Bolsa de empleo Administrativo Convocatoria 2021

Convocar proceso selectivo para la constitución de la bolsa de empleo temporal del Cuerpo Administrativo de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, el cual se regirá por las presentes

BASES Bolsa de empleo Administrativo Convocatoria 2021

Primera.– Proceso de selección. Bolsa de empleo Administrativo Convocatoria 2021

El proceso de selección consta de tres fases:

La primera fase consiste en la inscripción de los aspirantes en la aplicación informática. En su solicitud deberán alegar los méritos objeto de autobaremación y elegir la zona o zonas dónde desean trabajar.

La segunda fase consiste en determinar la relación de integrantes de la bolsa de empleo, es decir, la relación pública y ordenada de inscritos en la bolsa en la fecha de corte, de acuerdo con la puntuación autobaremada obtenida de los méritos alegados hasta dicha fecha.

La tercera fase consiste en determinar la relación de candidatos de la bolsa de empleo, es decir, de aquellos integrantes de la bolsa de empleo que, previa validación por la Administración de los méritos que aleguen, obtengan una puntuación igual o superior a la nota de corte que se establezca.

Segunda.– Requisitos de los aspirantes. Bolsa de empleo Administrativo Convocatoria 2021

2.1. Los interesados en formar parte de esta bolsa de empleo deberán reunir los siguientes requisitos:

1. Nacionalidad.

  • Los españoles y los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea.
  • El cónyuge de los españoles y de los nacionales de los Estados citados, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
  • Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

2. Edad.

Tener cumplidos dieciséis años de edad y, en su caso, no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

3. Titulación.

Estar en posesión de, al menos, un nivel de titulación equivalente al título de Bachiller o Técnico.

Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.

4. Capacidad.

Poseer la capacidad necesaria para el desempeño de las funciones correspondientes a los puestos de trabajo a los que aspira a acceder.

5. Habilitación.

No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse incurso en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no hallarse inhabilitados o en situación equivalente, ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

2.2. Los requisitos generales previstos en esta base, así como los específicos que se determinen en las relaciones de puestos de trabajo para su desempeño, y demás condiciones que se exigen a quienes deseen formar parte de la bolsa de empleo se deberán cumplir en el momento de la inscripción en la bolsa de empleo y mantenerse mientras permanezcan inscritos en ésta.

2.3. Los aspirantes de la bolsa de empleo habrán de acreditar el cumplimiento de los requisitos indicados en el apartado anterior en el trámite de toma de posesión del puesto de trabajo ofertado o en cualquier momento del proceso selectivo cuando sean requeridos para ello por la Administración.

2.4. No podrán ser nombrados funcionarios interinos, siendo excluidos definitivamente de los listados de integrantes y de candidatos, si en cualquier momento del proceso selectivo o en el trámite de toma de posesión se dedujera que los aspirantes carecen de alguno de los requisitos señalados en la presente base, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación.

Tercera.– Inscripción, autobaremación y elección de zonas. Bolsa de empleo Administrativo Convocatoria 2021

Para formar parte de esta bolsa de empleo temporal, los interesados deberán formalizar la inscripción, realizar la autobaremación de méritos y elegir la zona o zonas en las que desearía trabajar Para ello deberán acceder a la aplicación informática habilitada al efecto en el portal de empleados públicos https://empleopublico.jcyl.es

1. Inscripción.

La inscripción es la manifestación de voluntad de formar parte de la bolsa de empleo mediante la cumplimentación de los datos personales del aspirante. Para inscribirse en la bolsa, los aspirantes deberán consignar obligatoriamente los datos personales y los relativos al cumplimiento de los requisitos de acceso, con especial atención a las titulaciones académicas requeridas.

Además, los aspirantes deberán dejar constancia del conocimiento de idiomas, o de estar en posesión de otras titulaciones de nivel igual o superior a la requerida para el acceso a la bolsa o de cualquier otra cualificación profesional, tales como la formación no reglada, los carnés, etc., por si éstos resultasen requisito para la ocupación de algún puesto de trabajo.

2. Autobaremación de méritos.

Los aspirantes cumplimentarán el formulario correspondiente y en él alegarán inexcusablemente los méritos que poseen y de los que pretenden valerse, conforme al baremo de méritos aplicable a esta convocatoria que se recoge en el Anexo I y procederán a su autobaremación.

3. Elección de zona o zonas.

Los aspirantes podrán elegir la zona o zonas en las que desean ser llamados para acceder a un empleo temporal, debiendo elegir, al menos, una zona. La no elección de zona implicará la exclusión de la relación de integrantes de la bolsa.

Los aspirantes únicamente serán llamados para desempeñar puestos de trabajo de la zona o zonas elegidas.

La aplicación informática facilitará información a los aspirantes acerca de qué localidades comprende cada una de las zonas.

La inscripción y demás acciones podrán realizarse desde el día siguiente al de publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Cuarta.– Integrantes de la bolsa de empleo. Bolsa de empleo Administrativo Convocatoria 2021

1. Fecha de corte.

Formarán parte de la bolsa de empleo los aspirantes que se encuentren inscritos en la misma el día 20 de abril de 2021 o, si éste fuera inhábil, el primer día hábil siguiente.

2. Relación provisional y relación definitiva de integrantes y de excluidos.

Con posterioridad a la fecha de corte se aprobará la relación provisional de integrantes de la bolsa, ordenados en atención a la puntuación resultante de los méritos alegados hasta dicha fecha según su autobaremación, y, en su caso, la relación provisional de aspirantes excluidos por no cumplir alguno de los requisitos establecidos en la base segunda a la vista de los datos consignados en la solicitud por el interesado o por no haber elegido ninguna zona, con indicación de la causa de exclusión, y se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León. Los interesados dispondrán de diez días para formular alegaciones a la citada resolución. Concluido este plazo, se dictará resolución definitiva de integrantes y de aspirantes excluidos de la bolsa, con indicación de la causa concreta de exclusión.

3. En la resolución por la que se aprueba la relación definitiva de integrantes de la bolsa de empleo se indicará cuáles de ellos, en función de la puntuación autoasignada y de la nota de corte que en esta se establezca, deberán presentar la documentación acreditativa de los méritos alegados. El plazo para presentar la documentación será de diez días.

No obstante, de conformidad con lo establecido en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se acreditarán de oficio por la Administración:

  • 1.º– Los méritos alegados relativos a los ejercicios, superados o no superados, de acceso al Cuerpo Administrativo de la Administración de la Comunidad de Castilla y León correspondientes a procesos selectivos convocados por la Administración de la Comunidad de Castilla y León, según se describen en los apartados a) y b) del baremo de méritos del Anexo de esta orden.
  • 2.º– Los méritos alegados previstos en los apartados c) y d) del baremo recogido en el Anexo de esta orden, cuando correspondan a servicios prestados o experiencia profesional adquirida en el ámbito de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos.

Los integrantes que hayan alegado exclusivamente los méritos que se acrediten de oficio en los términos expuestos en el párrafo anterior están exentos de presentar en dicho plazo la documentación justificativa de los mismos.

El órgano gestor comprobará y, en su caso, validará los méritos que consigne el aspirante en su solicitud a la vista de la documentación aportada por el interesado o que obre en poder de esta Administración cuando se validen de oficio.

El órgano gestor podrá requerir a estos integrantes la acreditación de aquellos méritos que no le consten o sobre los que tenga cualquier duda o cuando exista discrepancia entre los méritos alegados y los datos que obren en poder de esta Administración.

Quinta.– Candidatos de la bolsa de empleo.

1. Vista la documentación acreditativa de los méritos alegados por los integrantes relacionados en el apartado 3 de la base anterior, bien aportada por los interesados o bien que obre en poder de esta Administración según proceda, y previa su validación, se dictará resolución por medio de la cual se publicará la relación provisional de candidatos admitidos de la bolsa de empleo y, en su caso, la relación provisional de candidatos excluidos por no haber acreditado documentalmente en plazo los méritos alegados cuando vinieren obligados a ello o no haber obtenido la suficiente puntuación. Así mismo, se otorgará un plazo de diez días para formular alegaciones contra su contenido.

Vistas las alegaciones presentadas, se dictará resolución haciendo pública la relación definitiva de candidatos de la bolsa de empleo por orden de puntuación, así como la relación definitiva de candidatos excluidos.

En caso de igualdad en la puntuación validada por la Administración, el desempate se realizará priorizando al aspirante en función de la mayor puntuación obtenida según el orden de méritos establecido en el baremo que figura en el Anexo de la presente convocatoria.

De persistir el empate, se tendrá en cuenta la letra que conste en la resolución por la que se hace público el resultado del sorteo para determinar el orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos correspondiente a la última oferta de empleo público. A estos efectos, cuando el primer apellido esté encabezado por preposición o por preposición más artículo –«de», «del», «de la(s)»– independientemente de la forma en que sea transcrito por las personas interesadas, estos elementos se incorporarán para su alfabetización, en minúscula tras el nombre.

2. En la resolución por la que se apruebe la relación definitiva de candidatos de la bolsa de empleo se indicará la fecha de su puesta en funcionamiento, momento a partir del cual quedará sin efectos la relación de candidatos a la que sustituya.

3. Únicamente podrán ser llamados a desempeñar puestos de trabajo en régimen de interinidad quienes figuren en la relación de candidatos admitidos a la que se refiere el apartado anterior. No obstante, dicha relación podrá ampliarse mediante resolución que será debidamente publicada, previa acreditación de los méritos alegados, en alguna de las siguientes circunstancias:

  • a) Cuando se prevea su agotamiento y no proceda acordar una nueva fecha de corte, con quienes figurando en el listado de integrantes definitivo superen la puntuación que se establezca en la resolución de ampliación del listado de candidatos.
  • b) Cuando no hubiese candidatos para la ocupación de puestos en alguna zona, con quienes figurando en el listado de integrantes definitivo la hubieran solicitado y a falta de ellos, con quienes estando inscritos en la aplicación informática, hubiesen solicitado dicha zona.
  • c) Cuando ninguno de los candidatos reúna los requisitos exigibles para la ocupación de ciertos puestos, con quienes figurando en el listado de integrantes definitivo sí los reúnan y a falta de ellos, con quienes estén inscritos en la aplicación informática, reuniesen los mencionados requisitos.

Sexta.– Orden de los llamamientos.

Cuando se produzca una oferta de puesto de trabajo se llamará al candidato que corresponda según el orden de prelación, siempre que reúna, además, los requisitos específicos que exige el puesto.

Séptima.– Otras normas.

La forma de llamamiento, las situaciones de los candidatos en la bolsa y la reincorporación a la misma se regirán por lo establecido en el capítulo IV del Decreto 21/2018, de 26 de julio (B.O.C. y L. del 30 de julio), por el que se regula la selección del personal funcionario interino y del personal laboral temporal de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos.

Octava.– Recursos.

Contra la presente orden, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, de conformidad con lo establecido en los artículos 8.2 y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Igualmente, con carácter previo y potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante la Consejería de la Presidencia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Valladolid, 9 de marzo de 2021.

El Consejero,
Fdo.: Ángel Ibáñez Hernando

ANEXO

BAREMO DE MÉRITOS

  • a) Por cada ejercicio eliminatorio superado en los procesos selectivos de acceso al Cuerpo Administrativo de la Administración de la Comunidad de Castilla y León derivados de convocatorias publicadas en los 5 años inmediatamente anteriores a la fecha que se determine como fecha de corte, hasta un máximo de 66 puntos:
    • Último proceso selectivo: 33 puntos.
    • Penúltimo proceso selectivo: 25 puntos.
    • Antepenúltimo proceso selectivo: 18 puntos.
    • Cuarto proceso selectivo anterior: 14 puntos.
    • Quinto proceso selectivo anterior: 10 puntos.
  • b) Por el ejercicio eliminatorio no superado en la última convocatoria de acceso al Cuerpo Administrativo de la Administración de la Comunidad de Castilla y León siempre y cuando el aspirante haya obtenido una nota igual o superior al 25% de la puntuación máxima que establezca la convocatoria para dicho ejercicio: 6 puntos.
  • c) Por prestar servicios en la Administración de la Comunidad de Castilla y León en condición de funcionario de carrera o de personal laboral fijo en cuerpos, escalas, especialidades o en su caso competencias funcionales o especialidades distintas a la de la bolsa objeto de acceso: 0,025 puntos por mes completo, hasta un máximo de 4 puntos.
  • Se valorarán por este apartado c), a razón de 0,050 puntos por mes completo, sin que pueda superarse en cualquier caso el límite máximo señalado, los servicios que se hubieren prestado en las condiciones señaladas entre la fecha de inicio de la declaración del estado de alarma declarado por Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo y la fecha de finalización del mismo publicada aplicable a la Comunidad Autónoma de Castilla y León:
    • 1) En centros o servicios de carácter sanitario o socio-sanitario.
    • 2) En el ámbito de las Oficinas Territoriales de Trabajo y de las Gerencias del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, en todo lo relacionado con las actividades administrativas vinculadas a políticas activas de empleo directamente relacionadas con la crisis del COVID-19.
    • 3) Directamente relacionados con la crisis del COVID-19, en el ámbito de Medio Ambiente, en el Cuerpo de Ayudantes Facultativos, Escala de Agentes Medioambientales.
  • Los servicios relacionados en los tres apartados anteriores solo se valorarán si corresponden a trabajos efectivos y estén certificados por el órgano competente del centro o servicio donde se hayan prestado. Además, para que sean valorados estos servicios se deberán alegar por los aspirantes de manera separada en la solicitud de inscripción electrónica.
  • d) Por experiencia profesional en el Cuerpo Administrativo de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, o equivalente de otra Administración Pública: 0,25 puntos por mes completo, hasta un máximo de 24 puntos.
  • Se valorarán por este apartado d), a razón de 0,50 puntos por mes completo, sin que pueda superarse en cualquier caso el límite máximo señalado, los servicios prestados en el Cuerpo Administrativo de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, o equivalente de otra Administración Pública, entre la fecha de inicio de la declaración del estado de alarma declarado por Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo y la fecha de finalización del mismo publicada aplicable a la Comunidad Autónoma de Castilla y León, en centros o servicios de carácter sanitario o socio-sanitario.
  • Los servicios relacionados en el apartado anterior solo se valorarán si corresponden a trabajos efectivos y estén certificados por el órgano competente del centro o servicio donde se hayan prestado. Además, para que sean valorados estos servicios se deberán alegar por los aspirantes de manera separada en la solicitud de inscripción electrónica.
  • A los efectos previstos en este baremo, se entiende por Administración de la Comunidad de Castilla y León la Administración General de ésta y sus Organismos Autónomos y, a su vez, se entiende por Administración Pública, la Administración General del Estado y sus Organismos Autónomos y las Administraciones Generales de las Comunidades Autónomas y sus Organismos Autónomos.

Enlace a convocatoria publicada en BOCYL 16/03/2021 (PDF)

Enlace a convocatoria publicada en BOCYL 16/03/2021 (HTML)


Oposiciones Ingenieros Técnicos Forestales Junta de Castilla y León Convocatoria 2021

Oposiciones Ingenieros Técnicos Forestales Junta de Castilla y León Convocatoria 2021

Oposiciones Ingenieros Técnicos Forestales 2021

Ver preparación de temario común oposiciones Junta de Castilla y León grupos A1 y A2

Oposiciones Ingenieros Técnicos Forestales 2021

ORDEN PRE/235/2021, de 26 de febrero, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso, por el sistema de acceso libre, en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos (Forestales) de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

La Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, además de establecer la tasa de reposición aplicable en determinados sectores y actividades, autoriza una tasa adicional para la estabilización de empleo temporal de las plazas de naturaleza estructural que, estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2017, en determinados sectores y colectivos.

Los procesos selectivos de estabilización de empleo temporal necesariamente deben garantizar el cumplimiento de los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad, y su articulación, tal como se señala en las leyes de presupuestos precitadas, podrá ser objeto de negociación en cada uno de los ámbitos territoriales de la Administración General del Estado, Comunidades Autónomas y Entidades Locales, pudiendo articularse medidas que posibiliten una coordinación entre las diferentes Administraciones en el desarrollo de los mismos.

Haciendo uso de la posibilidad de negociación para la articulación de los procesos de estabilización se suscribió, el 14 de diciembre de 2018, el Acuerdo sobre la articulación de los procesos de estabilización incluidos en la oferta de empleo público 2018 de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (Boletín Oficial de Castilla y León de 4 de diciembre de 2019), según el cual «Las convocatorias derivadas de la Oferta de Empleo Público de 2018 para personal laboral y funcionario no docente, donde se incluyan plazas de estabilización o de indefinidos no fijos declarados por sentencia judicial, se harán por el sistema de concurso-oposición en un porcentaje del 40 para la fase de concurso y de un 60 para la oposición. En la fase de concurso se valorará el tiempo de servicios prestados en las Administraciones Públicas al 70% y los títulos académicos reconocidos oficialmente con el 30% restante. Las convocatorias pendientes de la oferta de 2017 se acumularán a las de 2018.»

La Ley 7/2019, de 19 de marzo, de Implantación y Desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en su disposición final primera –procesos de estabilización– establece que:

«Las ofertas de empleo público de los años 2018 y 2019, al amparo de la habilitación prevista en el Art. 19 Uno. apartado 7 segundo párrafo in fine y apartado 9 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2018, incluirán todas las plazas de estabilización de empleo temporal y las del personal indefinido no fijo declarado por sentencia judicial.

Los procesos selectivos derivados de dichas ofertas para el acceso a cuerpos, escalas o especialidades de personal funcionario no docente se convocarán, siempre que incluyan este tipo de plazas, por el sistema de concurso-oposición de acuerdo con las previsiones del Art. 40.2 de la Ley de la Función Pública de Castilla y León. En estos procesos la fase de oposición tendrá un valor del 60% sobre el total de la nota y la fase del concurso un 40%. En la fase de concurso se valorará:

El tiempo de servicios prestados en las Administraciones Públicas en el mismo Cuerpo, Escala, especialidad o competencia funcional equivalente al que quieren acceder o la realización de funciones propias de dichos cuerpos, escalas o especialidades. El peso de este mérito será del 70% sobre el total de la fase de concurso.

Los títulos académicos reconocidos oficialmente que no sean requisito para acceder a la plaza y para desempeñar las funciones. El peso de este mérito será del 30% sobre el total de la fase de concurso.»

En su virtud, y con el fin de atender las necesidades de personal de esta Administración expresadas en el Acuerdo 64/2018, de 20 de diciembre, de la Junta de Castilla y León por el que se amplía la Oferta de Empleo Público de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y sus Organismos Autónomos para el año 2018, esta Consejería, en ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 7.2 k de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León,

RESUELVE Oposiciones Ingenieros Técnicos Forestales 2021

Convocar proceso selectivo para el ingreso, por el sistema de acceso libre en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos (Forestales) de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, que se regirá por las presentes

BASES Oposiciones Ingenieros Técnicos Forestales 2021

Primera.– Normativa aplicable. Oposiciones Ingenieros Técnicos Forestales 2021

El proceso selectivo se ajustará a lo establecido en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, en el Decreto 67/1999, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal y de Provisión de Puestos de Trabajo de los Funcionarios de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en el Decreto 83/2008, de 23 de diciembre, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público, a la provisión de puestos de trabajo y a la formación en la Administración de Castilla y León, y demás normas que resulten de general y pertinente aplicación.

La presente convocatoria cumple el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres en el acceso al empleo público, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Segunda.– Número y características de las plazas. Oposiciones Ingenieros Técnicos Forestales 2021

2.1. Se convoca proceso selectivo para cubrir, por el sistema de acceso libre, 24 plazas del Cuerpo de Ingenieros Técnicos (Forestales) de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, correspondientes a la tasa de estabilización de la Oferta de Empleo Público del año 2018, dos de las cuales se reservan para ser cubiertas por el turno de personas con discapacidad, con un grado igual o superior al 33%, o que tengan legalmente tal consideración.

2.2. Los aspirantes que concurran en el turno reservado a personas con discapacidad, sólo podrán hacerlo por dicho turno.

2.3. La plaza reservada del turno de personas con discapacidad si no es cubierta, se acumulará a las plazas del turno general.

2.4. En el caso de que algún aspirante que participe en el turno de personas con discapacidad superase los ejercicios correspondientes sin obtener plaza resultando su puntuación superior a la obtenida por otros aspirantes del turno general, será incluido por su orden de puntuación en la relación de aprobados.

3.1. El proceso selectivo se realizará mediante concurso-oposición con los ejercicios, valoraciones y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.

3.2. Los ejercicios del proceso selectivo deberán ampararse en la normativa vigente en el momento de publicar la fecha de realización del primer ejercicio.

Cuarta.– Programa. Oposiciones Ingenieros Técnicos Forestales 2021

El programa que rige el proceso selectivo figura como Anexo II a esta convocatoria.

Quinta.– Requisitos de los aspirantes. Oposiciones Ingenieros Técnicos Forestales 2021

Quienes aspiren a ingresar en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos (Forestales) de la Administración de la Comunidad de Castilla y León deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión, los siguientes requisitos de participación:

  • a) Nacionalidad.
    • 1. Tener la nacionalidad española.
    • 2. Ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea.
    • 3. Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
    • 4. Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
  • b) Edad. Tener cumplidos dieciséis años de edad y, en su caso, no exceder de la edad máxima de jubilación.
  • c) Titulación. Estar en posesión o en condiciones de obtener, antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, del título de Ingeniero Técnico Forestal o el título que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada según establecen las directivas comunitarias.
  • d) Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.
  • e) Capacidad. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del Cuerpo al que aspira a acceder.
  • f) Habilitación. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse incurso en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios, ni pertenecer al mismo Cuerpo o Escala de funcionario al que se presenta.
  • En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

En cualquier momento del procedimiento el órgano gestor del proceso selectivo podrá solicitar a los aspirantes la documentación justificativa que acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos en la presente convocatoria.

Sexta.– Acceso de personas con discapacidad. Oposiciones Ingenieros Técnicos Forestales 2021

6.1. Las personas que, como consecuencia de su discapacidad, presenten especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas, podrán solicitar las adaptaciones y los ajustes de tiempos y medios que precisen para la realización de las pruebas en condiciones de igualdad. A tal efecto, los interesados deberán formular en el modelo de solicitud la petición concreta, adjuntando el dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad que acredite la necesidad de las adaptaciones solicitadas. El Tribunal resolverá lo que en cada caso proceda de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 83/2008, de 23 de diciembre, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público, a la provisión de puestos de trabajo y a la formación en la Administración de Castilla y León, notificando a los interesados su decisión con antelación a la realización de las pruebas.

6.2. Quienes concurran al proceso selectivo objeto de la presente convocatoria por el turno reservado a personas con discapacidad deberán poseer el grado de discapacidad que le permite acceder a dicho turno el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlo hasta el momento de la toma de posesión.

Los aspirantes por este turno deberán comunicar al órgano gestor del proceso selectivo cualquier modificación en su grado de discapacidad que se produzca durante el desarrollo del proceso selectivo. El órgano gestor resolverá de oficio la incorporación del aspirante, en su caso, al turno general con la puntuación conseguida hasta ese momento.

El reconocimiento de una discapacidad con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, aun cuando se hiciese con efectos retroactivos, no conllevará en ningún caso la admisión del aspirante al turno reservado a personas con discapacidad.

Séptima.– Ingreso de la tasa por los derechos de examen y presentación de la solicitud.

7.1. Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán cumplimentar la solicitud, siguiendo las instrucciones que se acompañan como Anexo III, y presentarla según se establece en los apartados siguientes.

La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

7.2. El plazo de presentación de la solicitud es de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León. Las solicitudes se dirigirán a la Secretaría General de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, C/ Rigoberto Cortejoso, 14. C.P.: 47014  Valladolid, órgano gestor del procedimiento.

7.3. La presentación de la solicitud se realizará por cualquiera de los medios siguientes, y preferentemente por vía telemática:

  • a) Telemáticamente, en el Registro Telemático de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
  • La presentación telemática de la solicitud conlleva necesariamente el pago telemático de la tasa por derechos de examen, salvo los casos de exención.
  • Es necesario como requisito previo para la inscripción poseer un certificado digital de persona física válido o el DNI electrónico con los certificados activados.
  • Para presentar telemáticamente la solicitud, se deberán seguir los siguientes pasos:
    • 1. Cumplimentar el modelo 046 de pago telemático de la tasa por derechos de examen, y realizar el pago, a través del enlace https://www.tributos.jcyl.es/web/jcyl/Tributos/es/Plantilla100/1284270174781/_/_/_. No deberán realizar este trámite quienes estuvieran exentos de pago.
    • 2. Realizado el pago telemático de la tasa, deberá cumplimentar el formulario «solicitud de admisión a pruebas selectivas» al que se accede desde la página web https://empleopublico.jcyl.es. Cumplimentado el formulario, en el que deberá consignarse el código alfanumérico identificativo del modelo 046, se elegirá la opción «GRABAR, FIRMAR Y REGISTRAR» y se seguirán los pasos que se van indicando (comprobación de la solicitud, anexado de la documentación prevista en la base 7.4 y firma digital). El proceso terminará cuando se obtenga el Recibo de Presentación del Documento, que se podrá guardar y/o imprimir como justificante de la presentación.
  • b) Presencialmente, en soporte papel, siguiendo los siguientes pasos:
    • 1. Cumplimentar on line el modelo 046 de pago de la tasa por derechos de examen y realizar el pago de alguna de las siguientes formas:
      • a) De forma telemática, con certificado digital o DNI electrónico, a través del enlace https://www.tributos.jcyl.es/web/jcyl/Tributos/es/Plantilla100/1284270174781/_/_/_.
      • b) Con tarjeta de débito o crédito de cualquier entidad financiera con TPV virtual, a través del mismo enlace.
      • c) Imprimir el modelo 046 cumplimentado y efectuar el pago presencial mediante ingreso a través de entidad colaboradora.
    • No deberán realizar este trámite quienes estuvieran exentos de pago.
    • 2. Cumplimentar el formulario «solicitud de admisión a pruebas selectivas» a través del enlace https://empleopublico.jcyl.es. Cumplimentado el formulario, en el que deberá consignar el código alfanumérico identificativo del modelo 046, se elegirá la opción «GRABAR Y GENERAR PDF». El documento se puede guardar y se debe imprimir y firmar para presentarlo, dentro del plazo establecido y junto con los documentos a que se refiere el punto 7.4, en cualquiera de las Oficinas y Puntos de Información y Atención al Ciudadano de la Administración de la Comunidad de Castilla y León que se relacionan en el Anexo VII, o en cualquiera de los centros oficiales a los que se refiere y en la forma que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. De presentarse en las oficinas de correos, deberá hacerse en sobre abierto para que puedan ser selladas antes de ser certificadas.
    • 3. Cada solicitud tendrá asignado un número de referencia identificativo único (no son válidas las fotocopias).
  • c) Las solicitudes podrán cursarse en el extranjero mediante su presentación en las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A la solicitud deberá acompañarse el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen.

7.4. Junto con la solicitud deberá presentar:

  • El modelo 046 (ejemplar para la Administración), validado por la entidad bancaria, acreditativo de haber abonado la tasa correspondiente, o el justificante si se ha abonado la tasa telemáticamente o mediante tarjeta.
  • La documentación acreditativa, en su caso, de tener la condición de familia numerosa o de persona con discapacidad si no pertenece a la Comunidad de Castilla y León o, perteneciendo a ésta, no ha autorizado a su consulta.
  • La documentación acreditativa del nivel de renta en el supuesto de exención que lo exija, salvo que se haya autorizado a su consulta.
  • La documentación acreditativa de la condición de víctima del terrorismo, en su caso.

7.5. Están exentas del pago de la tasa por derechos de examen:

  • a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.
  • b) Los miembros de las familias numerosas que tengan reconocida tal condición, siempre que la base imponible total, menos el mínimo personal y familiar, del sujeto pasivo de la tasa no supere 18.900 euros en tributación individual o 31.500 en tributación conjunta, en el ejercicio 2019.
  • c) Las víctimas del terrorismo, que tengan acreditada tal condición de conformidad con lo establecido en la Ley 4/2017, de 26 de septiembre, de Reconocimiento y Atención a las Víctimas del Terrorismo en Castilla y León.

7.6. El importe de la tasa por derechos de examen es de 25,65 €, de acuerdo con lo establecido en la Orden EYH/31/2018, de 18 de enero, por la que se acuerda la publicación de las tarifas de las tasas vigentes a partir del día 1 de enero de 2018

7.7. La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento del mismo determinará la exclusión del aspirante.

7.8. En ningún caso la presentación y pago de la tasa de los derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

Octava.– Tribunal calificador. Oposiciones Ingenieros Técnicos Forestales 2021

8.1. El Tribunal calificador es el que figura en el Anexo IV a esta convocatoria.

8.2. El Tribunal ajustará su actuación a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla, Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, y en el Reglamento General de ingreso del personal y de provisión de puestos de trabajo de los funcionarios al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, aprobado por Decreto 67/1999, de 15 de abril, en todo lo que no contradiga a las anteriores normas.

8.3. El Tribunal actuará con autonomía y de acuerdo con los principios de objetividad, imparcialidad y profesionalidad de sus miembros. Podrá solicitar al órgano gestor del proceso el nombramiento del personal colaborador o asesor que estime necesarios para el desarrollo de las pruebas, a los que serán de aplicación las mismas prohibiciones de participación y causas de abstención y recusación que a los miembros del Tribunal.

8.4. En su actuación velará por el cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos y adoptará las medidas que resulten más adecuadas para evitar discriminación. Así mismo adoptará las medidas oportunas que permitan a los aspirantes con discapacidad que así lo hubieran indicado en la solicitud, poder participar en igualdad de condiciones que el resto de participantes.

8.5. Corresponde al Tribunal la aplicación de las presentes bases, así como la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir, adoptando las decisiones motivadas que estime pertinentes. En particular, si en algún momento tuviera conocimiento de que algún aspirante no cumple alguno de los requisitos exigidos, o del examen de la documentación resultara que la solicitud adolece de errores o falsedades que imposibilitaran su acceso al Cuerpo objeto de convocatoria, el Tribunal previa audiencia del interesado, propondrá al órgano gestor su exclusión, comunicándole las inexactitudes detectadas.

8.6. Con sujeción a los criterios de valoración previstos en el Anexo I de las presentes bases, podrá el tribunal acordar y desarrollar los parámetros que estime oportunos para la calificación de los ejercicios, haciéndolos públicos con anterioridad a su realización.

8.7. El Tribunal se constituirá en el plazo máximo de un mes a partir de la publicación de la relación provisional de admitidos y excluidos, previa convocatoria del Presidente a los miembros del tribunal titular y suplente. Ambos tribunales podrán actuar de forma conjunta.

8.8. A efectos de comunicación y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Secretaría General de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, C/ Rigoberto Cortejoso, 14. C.P.: 47014 Valladolid.

Novena.– Desarrollo del proceso selectivo. Oposiciones Ingenieros Técnicos Forestales 2021

9.1. En el plazo máximo de dos meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, el órgano gestor del proceso dictará resolución por la que se aprueba la relación provisional de admitidos y excluidos, con indicación del turno general o reservado a personas con discapacidad y de las causas de exclusión, indicando los lugares en los que se encuentra expuesta al público. Dicha resolución se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León.

9.2. Los aspirantes dispondrán de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación, para formular alegaciones o subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o en su caso, su no inclusión expresa, sin perjuicio de los recursos administrativos que procedan contra la resolución por la que se apruebe la relación definitiva de admitidos y excluidos.

Finalizado el plazo de alegaciones, el órgano gestor dictará resolución por la que se aprueba la relación definitiva de admitidos y excluidos del proceso selectivo, indicando lugar, fecha y hora para el comienzo del primer ejercicio. Dicha resolución será publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León.

9.3. El desarrollo de los ejercicios tendrá lugar en la localidad de Valladolid. No obstante, atendiendo a razones de salud pública y mediante resolución del órgano gestor a propuesta del Tribunal, podrían desarrollarse en varias localidades, que se determinarán en función del número de participantes que haya en cada provincia, según el domicilio que hayan consignado en la solicitud de participación. La resolución deberá hacerse pública con la suficiente antelación. La fecha de celebración de los ejercicios puedes coincidir con las fechas de celebración de ejercicios de otros procesos selectivos.

9.4. El orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por el primer aspirante cuyo apellido comience por la letra «Q», de conformidad con lo establecido en la Orden PRE/649/2020, de 14 de julio, por la se hace público el resultado del sorteo para determinar el orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos (Boletín Oficial de Castilla y León de 16 de julio de 2020). A estos efectos, cuando el primer apellido esté encabezado por preposición o por preposición más artículo –«de», «del», «de la(s)»– independientemente de la forma en que sea transcrito por las personas interesadas, estos elementos se incorporarán para su alfabetización en minúscula tras el nombre.

9.5. Los aspirantes podrán ser convocados a cada ejercicio en llamamiento único o en varios llamamientos siendo excluidos quienes no comparezcan.

Los aspirantes que no puedan realizar las pruebas selectivas debido a estar enfermos el día de la celebración de la prueba por el COVID-19, por ser contactos estrechos de un caso confirmado o por otras situaciones reconocidas por la autoridad sanitaria relacionadas directamente con el COVID-19 que le impidan el acceso a la realización de la prueba, lo comunicarán a través del correo procesos selectivos@jcyl.es con anterioridad a la fecha de la prueba o en un plazo no superior a 48 horas tras la celebración de la misma.

Si se produjeran dichas circunstancias, que deberán acreditarse mediante certificación de la autoridad sanitaria, y los aspirantes afectados lo reclamasen, el Tribunal deberá fijar otra fecha para la realización de las pruebas selectivas a las que no pudieron concurrir los aspirantes reclamantes.

9.6. En caso de que la realización de alguno de los ejercicios de la fase de oposición no pueda ser simultánea para los turnos general y reservado a personas con discapacidad, se realizará primero el correspondiente al turno reservado a personas con discapacidad. De igual forma se valorarán en primer lugar las pruebas realizadas por los aspirantes de dicho turno y a continuación las del turno general.

9.7. Una vez realizado el primer ejercicio de la fase de oposición, los anuncios de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con 12 horas, al menos, de antelación al comienzo de éste, si se trata del mismo ejercicio, o de 24 horas, si se trata de uno nuevo. Los anuncios serán publicados en los locales donde se haya celebrado la prueba anterior, en la sede del Tribunal, en el servicio telefónico 012 y en la página web https://empleopúblico.jcyl.es.

Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un mínimo de 72 horas y un máximo de 45 días naturales.

9.8. Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes que los han superado, con indicación de la puntuación obtenida, separando los turnos de acceso general y reservado a personas con discapacidad. Si alguno de los ejercicios consiste en un cuestionario de preguntas con respuestas múltiples, el Tribunal hará pública la plantilla de respuestas correctas, concediendo a los interesados un plazo de cinco días hábiles para plantear reclamaciones. El Tribunal resolverá las reclamaciones con carácter previo a la corrección del ejercicio y hará pública su decisión en la resolución por la que se declaren los aspirantes que han aprobado el ejercicio. Esta plantilla no será recurrible de forma independiente a la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

Asimismo, el Tribunal hará pública, en listado independiente, la relación de calificaciones obtenidas por el resto de aspirantes que, habiendo concurrido a la realización del ejercicio, no lo hubieran superado. En dicha relación, la identificación de los aspirantes se efectuará, exclusivamente, mediante la indicación de los dígitos de su documento nacional de identidad que ocupen las posiciones cuarta, quinta, sexta y séptima.

9.9. Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados, aquel quedará aplazado para ella, reanudándose a la terminación de la causa, siempre y cuando tal aplazamiento no menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, este extremo deberá ser valorado por el Tribunal. En tal caso, la realización de las pruebas pendientes deberá tener lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el respectivo proceso selectivo.

9.10. Finalizada la fase de oposición del proceso selectivo, el Tribunal hará pública la relación de los aspirantes que la hayan superado, separando los turnos de acceso general y reservado a personas con discapacidad, abriéndose un plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente a que se haga pública dicha relación para presentar ante el órgano gestor del proceso selectivo la documentación acreditativa de los méritos que deseen que les sean valorados en la fase de concurso, así como copia de la solicitud de certificado de servicios prestados (Anexo V).

La acreditación de servicios prestados se realizará conforme se especifica en el Anexo I («2. Fase de concurso», «b) Forma de acreditación»).

Para solicitar el certificado de servicios prestados deberá utilizarse el modelo que figura como Anexo V.

9.11. El Tribunal valorará los méritos de conformidad con el baremo establecido en el Anexo I y publicará la relación que contenga la valoración provisional de los méritos de la fase de concurso. Los aspirantes podrán efectuar alegaciones en un plazo de 10 días hábiles a partir del siguiente al de su publicación, finalizado el cual el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de esta fase.

9.12. Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal hará pública la relación única de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, ordenados por la puntuación total obtenida, con independencia del turno por el que hayan participado. La puntuación total vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la de concurso, en la forma establecida en el apartado 3 del Anexo I, convocándoles para la realización del ejercicio voluntario y de mérito de idioma descrito en el apartado 4 del Anexo I.

Finalizado el ejercicio voluntario de mérito de idioma, el tribunal hará pública la relación única de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, ordenados por la calificación total obtenida incluyendo a la puntuación total del proceso selectivo la puntuación de este ejercicio voluntario.

9.13. Desde la publicación de la resolución aprobatoria de la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos hasta la publicación del acuerdo del tribunal declarativo de los aspirantes que han superado el proceso selectivo no deberán transcurrir más de ocho meses. Los solicitantes podrán entender desestimadas sus peticiones transcurrido el tiempo máximo establecido sin que recaiga resolución expresa.

Décima.– Relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo y presentación de documentos.

10.1. El Tribunal elevará a la Consejería de la Presidencia la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo y no podrá declarar que lo ha superado un número de aspirantes superior al de las plazas convocadas.

No obstante, para asegurar la cobertura de las plazas convocadas, el órgano convocante podrá requerir al Tribunal la relación complementaria de los aspirantes aprobados que sigan a los propuestos cuando se produzca alguna de las siguientes circunstancias:

  • a) Que se registre la renuncia o tenga lugar el fallecimiento de alguno de los aspirantes que han superado el proceso selectivo antes de su nombramiento como funcionario de carrera o de la toma de posesión del puesto adjudicado.
  • b) Que algún aspirante que ha superado el proceso selectivo no presente la documentación exigida o del examen de ésta se deduzca que carece de los requisitos establecidos en la convocatoria.

10.2. La Consejería de la Presidencia aprobará y publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León, la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo, la oferta de puestos de trabajo y el modelo para solicitarlos.

10.3. En el plazo de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación a que se refiere el apartado anterior, los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo deberán presentar en la Dirección General de la Función Pública los siguientes documentos:

  • a) D.N.I., documentación acreditativa de la titulación exigida en la convocatoria y acreditación del grado de discapacidad, en su caso, salvo que se haya autorizado a su consulta.
  • b) Certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales, únicamente en caso de acceso a puestos de trabajo que impliquen un contacto habitual con menores. En ausencia de autorización para su consulta, el interesado deberá aportar su respectiva copia auténtica conforme dispone el Art. 27 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • c) Declaración responsable de no hallarse inhabilitado, por sentencia firme, para el ejercicio de funciones públicas, ni de haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier Administración pública. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida el acceso a la función pública en su Estado.
  • d) Declaración responsable de no tener la condición de funcionario de carrera del cuerpo objeto de la convocatoria.
  • e) Declaración responsable de poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del Cuerpo objeto de la convocatoria.

Ante la imposibilidad debidamente justificada de presentar alguno de los documentos señalados en los apartados anteriores, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier prueba admisible en Derecho.

10.4. Asimismo, los aspirantes que han superado el proceso selectivo deberán cumplimentar el modelo de solicitud de puestos, consignándolos por orden de preferencia.

10.5. La documentación referida en los apartados anteriores se aportará en el Registro Telemático de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

10.6. Salvo casos de fuerza mayor, quienes dentro del plazo fijado no hayan autorizado a la Administración para la consulta de los datos personales establecidos en los apartados a) y b) o no presenten la documentación requerida, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en las bases de la convocatoria, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera, quedando sin efectos todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación.

10.7. En el caso de personas con discapacidad, la imposibilidad de acreditar la condición de discapacidad por pérdida de la misma durante el desarrollo del proceso selectivo supone la pérdida del requisito exigido para participar en el proceso selectivo por este turno de reserva y la imposibilidad de adquirir la condición de funcionario, quedando sin efecto las actuaciones realizadas, sin perjuicio de lo establecido en la base 6.2.

Undécima.– Nombramiento de funcionarios de carrera. Oposiciones Ingenieros Técnicos Forestales 2021

11.1. Transcurrido el plazo de presentación de documentos a que se refiere la base anterior los aspirantes que hayan superado el correspondiente proceso selectivo y cumplan los requisitos establecidos serán nombrados funcionarios de carrera del Cuerpo de Ingenieros Técnicos (Forestales) de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. El nombramiento se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León, junto con las vacantes adjudicadas.

11.2. La adjudicación de los puestos ofertados se efectuará de acuerdo con las peticiones de los interesados siguiendo el orden de puntuación alcanzada, siempre que se cumplan los requisitos objetivos determinados para cada puesto en la correspondiente relación de puestos de trabajo.

11.3. No adquirirá la condición de funcionario de carrera el aspirante nombrado que, sin causa justificada, no tome posesión de su puesto de trabajo dentro del plazo posesorio o de su prórroga.

Decimosegunda.– Publicidad de las actuaciones. Oposiciones Ingenieros Técnicos Forestales 2021

La información oficial relativa a las Resoluciones del Tribunal correspondientes a las convocatorias de ejercicios y a calificaciones, así como cualquier otra información de carácter general de utilidad para los interesados, se facilitará en los tablones de anuncios de las Oficinas y Puntos de Información y Atención al Ciudadano (Anexo VII) y en la página web de la Dirección General de Función Pública https://empleopublico.jcyl.es . La información estará asimismo disponible en el Servicio Telefónico 012 de Información y Atención al Ciudadano (para llamadas desde fuera de la Comunidad de Castilla y León: 983 327 850).

Norma final. Oposiciones Ingenieros Técnicos Forestales 2021

Contra la presente orden, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, de conformidad con lo establecido en los artículos 10.1 a) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Igualmente, con carácter previo y potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante la Consejería de la Presidencia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Valladolid, 26 de febrero de 2021.

El Consejero,
Fdo.: Ángel Ibáñez Hernando

ANEXO I

Descripción del proceso selectivo

El proceso de selección de los aspirantes será el concurso-oposición, que consta de una fase de oposición cuyos ejercicios tienen carácter obligatorio y eliminatorio y una fase de concurso.

Los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo podrán realizar el ejercicio voluntario de idioma, que servirá únicamente para la mejora de su orden de prelación.

1.– Fase de oposición. Oposiciones Ingenieros Técnicos Forestales 2021

1.1. La oposición constará de los siguientes ejercicios obligatorios y eliminatorios.

Primer ejercicio. De carácter eliminatorio. Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de cien (100) preguntas con respuestas múltiples, basado en el programa que figura como Anexo II. Con la siguiente distribución:

  • Materias comunes: Veinticinco (25) preguntas relacionadas con las materias que figuran en el bloque «Grupo I - Materias Comunes» del Anexo II de la convocatoria.
  • Materias Específicas: Setenta y cinco (75) preguntas relacionadas con las materias que figuran en el bloque «Grupo II - Materias Específicas» del Anexo II de la convocatoria.

Además, los cuestionarios incluirán diez (10) preguntas de reserva para el supuesto de posibles anulaciones, tres (3) relacionadas con el bloque «Grupo I - Materias Comunes» y siete (7) relacionadas con el bloque «Grupo II - Materias Específicas. Las preguntas de reserva sustituirán, por su orden, a las preguntas de su mismo bloque que sean objeto de anulación.

En la realización de este ejercicio se aplicarán las siguientes reglas:

  • a) Todas las preguntas tendrán el mismo valor.
  • b) Las preguntas contarán con cuatro respuestas alternativas de las que sólo una de ellas será correcta.
  • c) Las contestaciones erróneas se penalizarán con un cuarto del valor de la respuesta correcta.
  • d) Las preguntas no contestadas ni puntúan ni restan.

El tiempo para la realización de este ejercicio será de ciento diez (110) minutos.

Segundo ejercicio. De carácter eliminatorio. Consistirá en el desarrollo por escrito de cuatro temas extraídos al azar por el Tribunal en el momento del inicio del ejercicio, uno del Grupo I – Materias comunes y tres del Grupo II – Materias Específicas del programa que figura como Anexo II, distribuidos de la siguiente forma:

  • Uno (1) de entre los temas comprendidos del 1 al 36 ambos inclusive.
  • Uno (1) de entre los temas comprendidos del 37 al 63, ambos inclusive.
  • Uno (1) de entre los temas comprendidos del 64 al 83, ambos inclusive.

El tiempo para el desarrollo de este ejercicio será de cuatro (4) horas.

El ejercicio será leído por los aspirantes ante el Tribunal en sesión pública convocada al efecto.

El Tribunal valorará los conocimientos, la capacidad de análisis, el orden y la claridad de las ideas desarrolladas, así como la corrección en la exposición escrita. Una vez finalizado el primer tema a desarrollar o transcurridos quince (15) minutos de la lectura de este, el Tribunal podrá decidir que el aspirante abandone la prueba por estimar su actuación notoriamente insuficiente.

Concluida la lectura, el Tribunal podrá formular preguntas en relación con su ejercicio y solicitar aclaraciones sobre el mismo durante un plazo máximo de diez (10) minutos.

Tercer ejercicio. De carácter eliminatorio. Consistirá en realizar, en un plazo de cuatro (4) horas, dos supuestos prácticos propuestos por el Tribunal en relación con las materias específicas del Grupo II del programa que figura como Anexo II. Estos supuestos podrán consistir en una memoria, memoria crítica, comentario o informe sobre un proyecto, plan de actuación, etc…, o cualquier otro supuesto.

El ejercicio será leído ante el Tribunal en sesión pública convocada al efecto.

El Tribunal valorará los conocimientos, el rigor analítico, el adecuado conocimiento y aplicación de la normativa, así como la sistemática y la claridad de ideas en orden a la resolución del supuesto.

Concluida la lectura, el Tribunal podrá dialogar con el aspirante sobre extremos relacionados con su ejercicio durante diez (10) minutos como máximo.

1.2. Calificación. Oposiciones Ingenieros Técnicos Forestales 2021

La puntuación máxima de esta fase de oposición será de treinta (30) puntos.

El primer ejercicio se calificará de cero (0) a diez (10) puntos. El Tribunal determinará la puntuación mínima necesaria para alcanzar la calificación mínima y declarar por tanto superado el ejercicio, a la vista de la dificultad del ejercicio propuesto y del grado de conocimientos alcanzado con referencia al nivel exigible de acceso al Cuerpo. Esta decisión se tomará con anterioridad a la identificación de los aspirantes.

Los ejercicios segundo y tercero se calificarán de cero (0) a diez (10) puntos. Será necesario obtener un mínimo de cinco (5) puntos en cada uno de ellos para superarlos.

La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los tres ejercicios.

2.– Fase de concurso. Oposiciones Ingenieros Técnicos Forestales 2021

La puntuación máxima de esta fase de concurso será de 20 puntos.

La valoración de los méritos se realizará una vez celebrada la fase de oposición y únicamente a los candidatos que la hayan superado.

Los méritos no acreditados en tiempo y forma no serán objeto de valoración.

La fecha de referencia de méritos es la de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en el proceso selectivo.

  • a) Baremo.
    • 1. Por el tiempo de servicios prestados en el mismo Cuerpo, Escala, especialidad o competencia funcional equivalente al Cuerpo, Escala o Especialidad que es objeto de la convocatoria o por la realización de funciones propias del mismo, hasta un máximo de 14 puntos, valorando a razón de 0,08 puntos por cada mes de servicios prestados en la Administración y Organismos Autónomos de Castilla y León o en cualquiera de las Administraciones Públicas a las que se refiere el apartado tercero del artículo 2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • 2. Por títulos académicos reconocidos oficialmente, de nivel igual o superior al exigido como requisito para el acceso a las pruebas selectivas se valorará 2 puntos por cada uno de ellos, hasta un máximo de 6 puntos. No será objeto de valoración el título que se aporte como requisito de acceso.
  • b) Forma de acreditación.
  • A instancia del interesado se acreditarán los servicios prestados o reconocidos en la Administración General de la Comunidad de Castilla y León o en sus Organismos Autónomos, mediante el certificado (Anexo VI) expedido por el órgano superior de personal de la Consejería u Organismo Autónomo que será remitido al órgano gestor del proceso selectivo en el plazo de 15 días desde que fue solicitado, y una copia al interesado.
  • Los servicios prestados fuera de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León o de sus Organismos autónomos se acreditarán con el certificado expedido por el órgano competente de dicha Administración, en el que consten el Cuerpo, Escala, Especialidad o competencia funcional equivalente y sus funciones. Dichas certificaciones deben remitidas al órgano gestor del proceso selectivo.
  • Los restantes méritos se acreditarán mediante la aportación de los títulos académicos o de la certificación de haber realizado todos los estudios necesarios para su obtención.

3.– Superación del proceso selectivo. Oposiciones Ingenieros Técnicos Forestales 2021

La calificación del proceso selectivo se obtendrá por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la de concurso, una vez prorrateadas al 60 y 40 por cien, respectivamente. Para determinar dicha cifra se utilizará la siguiente fórmula: 10 (0,60 x nota oposición/ puntuación máxima oposición + 0,40 x puntos concurso/puntuación máxima concurso).

Las puntuaciones se redondearán al alza en el tercer decimal.

Para superar el proceso selectivo el opositor deberá haber aprobado los ejercicios obligatorios y eliminatorios de la fase de oposición y encontrarse, una vez aplicada la formula descrita anteriormente, por orden de puntuación dentro del número máximo de plazas.

En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición; de persistir éste, se tendrá en cuenta la mayor puntuación obtenida en el segundo, tercero y primer ejercicio por este orden. Si continuaran produciéndose empates, se acudirá para deshacerlo a la mayor puntuación obtenida en la fase de concurso de acuerdo con la siguiente prioridad: Experiencia en el puesto de trabajo y títulos académicos

No obstante, en caso de empate en la puntuación final obtenida entre varios aspirantes, si uno de ellos ha participado por el turno de personas con discapacidad, éste ocupará el primer lugar de entre ellos, circunstancia que se aplicará con carácter previo a los criterios generales de prelación establecidos anteriormente.

4.– Ejercicio voluntario y de mérito de idioma. Oposiciones Ingenieros Técnicos Forestales 2021

Los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo podrán realizar el ejercicio voluntario de idioma, que servirá únicamente para la mejora de su orden de prelación.

Consistirá en la traducción escrita al castellano, directa y sin diccionario de un texto propuesto por el Tribunal durante un tiempo de cuarenta (40) minutos.

Los idiomas sobre los que versará el ejercicio serán francés o inglés, a elección del aspirante, que deberá indicar en su solicitud el idioma por el que opta.

El tribunal valorará el conocimiento del idioma extranjero y la calidad de la versión en castellano.

Se calificará de cero (0) a un (1) puntos, los puntos igual o superior a 0,5 puntos se adicionaran a la puntuación del aspirante a los efectos de establecer su orden de prelación.

5.– Calificación final. Oposiciones Ingenieros Técnicos Forestales 2021

La calificación final a efectos de establecer el orden de prelación definitivo, vendrá determinada por la suma de los puntos obtenidos en el proceso selectivo más lo puntos obtenidos en el ejercicio voluntario y de mérito de idioma.

En caso de empate en la puntuación final obtenida entre varios aspirantes se aplicarán los criterios establecidos en el apartado 3-Superación del proceso selectivo.

ANEXO II

Programa

GRUPO I – Materias comunes.

Tema 1.– La Constitución Española (I): Estructura. Los derechos y deberes fundamentales: su garantía y suspensión. La Corona. Los poderes del Estado: Cortes Generales, Gobierno y Poder Judicial.

Tema 2.– La Constitución Española (II): La configuración constitucional de la Administración Pública. La organización territorial del Estado. El Tribunal Constitucional. La reforma de la Constitución.

Tema 3.– La Administración General del Estado: organización y funcionamiento. Los ministerios y órganos territoriales de la AGE. La Administración Local: entidades que la integran. La Carta Europea de Autonomía Local.

Tema 4.– La Unión Europea: Los tratados. Las instituciones. La representación de la Comunidad de Castilla y León ante la Unión Europea. Los derechos fundamentales de los ciudadanos de la Unión Europea. Las libertades básicas de la Unión Europea.

Tema 5.– La Comunidad de Castilla y León: antecedentes históricos y culturales. El Estatuto de Autonomía como norma institucional básica de la Comunidad Autónoma. Proceso de elaboración y reforma del Estatuto.

Tema 6.– Instituciones básicas de la Comunidad de Castilla y León: Las Cortes de Castilla y León. El Presidente de la Junta de Castilla y León. La Junta de Castilla y León. Breve referencia a las instituciones propias de la Comunidad de Castila y León: Procurador del Común, Consejo Consultivo, Consejo de Cuentas y Consejo Económico y Social.

Tema 7.– Organización y funcionamiento de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León: Principios de actuación y funcionamiento. Los órganos centrales y periféricos. La Administración institucional y las empresas públicas.

Tema 8.– El derecho administrativo: concepto. Las fuentes del derecho administrativo. La Constitución, tratados internacionales y derecho de la Unión Europea. El valor de la costumbre, la jurisprudencia y los principios generales del derecho. La Ley y sus clases. La relación entre ley autonómica y estatal. Disposiciones del Gobierno y de los órganos de gobierno de las Comunidades Autónomas con valor de Ley: decretos-leyes y decretos legislativos. El reglamento: concepto, clases y límites.

Tema 9.– Régimen Jurídico del Sector Público: concepto, principios de actuación y funcionamiento. Los órganos de las Administraciones Públicas: especial referencia a los órganos colegiados. La atribución de competencias a los órganos administrativos: desconcentración, delegación, avocación, encomienda de gestión, delegación de firma y suplencia.

Tema 10.– El acto administrativo: concepto, elementos y clases. La motivación y la notificación. La obligación de resolver. Eficacia y validez de los actos administrativos. Nulidad y anulabilidad de los actos. La revisión de los actos administrativos. Los recursos administrativos: alzada, reposición y extraordinario de revisión.

Tema 11.– El procedimiento administrativo común: concepto y naturaleza. Objeto y ámbito. Interesados: clases. Sus derechos en el procedimiento. Las fases del procedimiento: iniciación, ordenación, instrucción y finalización. Ejecución.

Tema 12.– La potestad sancionadora de la Administración: principios generales y especialidades procedimentales. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones públicas: principios y especialidades procedimentales. Responsabilidad de autoridades y personal al servicio de las AA.PP.

Tema 13.– Los contratos del Sector Público: Principios generales de la contratación. Elementos estructurales de los contratos: las partes, el objeto, y el precio. Las garantías. El expediente de contratación. Los procedimientos de adjudicación: tipología, caracterización y especialidades. Efectos, cumplimiento y extinción de los contratos. Contrato de obras, de concesión de obras, de concesión de servicios, de suministro, de servicios: delimitación y especialidades.

Tema 14.– El presupuesto de la Comunidad de Castilla y León: contenido y estructura. Ejecución y prórroga. Régimen de los créditos y modificaciones presupuestarias. El control interno y externo del gasto público en la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Las subvenciones públicas: concepto, clases y procedimiento de concesión de subvenciones.

Tema 15.– El texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público: estructura y contenido básico. La Ley de la Función Pública de Castilla y León: objeto y ámbito de aplicación. Órganos superiores en materia de función pública autonómica. Planificación y organización de la función pública autonómica: clases de personal, planificación y programación, organización.

Tema 16.– Régimen jurídico de los funcionarios públicos al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (I): Acceso y selección. Adquisición, pérdida y rehabilitación de la condición de funcionario. Provisión de puestos de trabajo. Situaciones Administrativas.

Tema 17.– Régimen jurídico de los funcionarios públicos al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (II): Derechos y deberes básicos. Carrera profesional. Retribuciones. El régimen de vacaciones, licencias y permisos. Formación y perfeccionamiento. Los derechos de sindicación y huelga. El régimen de seguridad social de los funcionarios autonómicos.

Tema 18.– Régimen jurídico de los funcionarios públicos al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (III): Ética pública. Código Ético de los empleados públicos de la Administración de la comunidad de Castilla y León. Régimen de incompatibilidades. Régimen disciplinario.

Tema 19.– El personal laboral al servicio de las Administraciones públicas: régimen jurídico. El convenio colectivo para el personal laboral de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y organismos autónomos dependientes de esta: estructura y contenido básico.

Tema 20.– La Administración Pública como organización al servicio de los ciudadanos. El derecho a una Buena Administración. Los derechos de las personas en sus relaciones con la Administración: tipología y contenido.

Tema 21.– Las nuevas tecnologías en la gestión de la Administraciones Públicas. La administración electrónica: el funcionamiento electrónico del Sector Público. Sede electrónica. Portal de Internet. Punto de acceso general electrónico de la Administración. Sistemas de identificación y firma electrónica. El archivo electrónico. Las relaciones electrónicas entre las Administraciones Públicas.

Tema 22.– Las relaciones electrónicas entre las Administraciones Públicas. Transmisión de datos y reutilización de sistemas y aplicaciones. Concepto de interoperabilidad y Esquema Nacional de Interoperabilidad. Esquema Nacional de Seguridad.

Tema 23.– La protección de datos de carácter personal en las Administraciones Públicas. La Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. El Reglamento europeo. Obligaciones de los empleados públicos.

Tema 24.– La transparencia en la actividad pública y el acceso a la información pública: legislación estatal básica y de la Comunidad. Buen gobierno. Gobierno Abierto.

Tema 25.– Las políticas públicas en materia de igualdad de género y contra la violencia de género. Discapacidad y dependencia. La Agenda 2030: Los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Breve referencia sobre las actuaciones de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

GRUPO II – Materias específicas.

Tema 1.– El Medio Ambiente. Evolución y situación actual de la política europea en materia medioambiental. Programas de Acción de la Unión Europea en materia de Medio Ambiente. Incidencia sobre la política forestal.

Tema 2.– El desarrollo sostenible. Bioeconomía y economía circular. El Pacto Verde Europeo. La Estrategia de la Unión Europea sobre Biodiversidad para 2030.

Tema 3.– Los bosques y el sector forestal en el mundo y en Europa. Perspectivas desde la FAO y UNECE. Estrategia Forestal de la Unión Europea. Convenios internacionales en la materia. EUTR y FLEGT.

Tema 4.– Los bosques y el sector forestal en España. Estrategia Forestal Española. Principales producciones. Contribución a la economía y al empleo.

Tema 5.– Competencias administrativas y organización jurídico-administrativa en materia de medio ambiente. Administración estatal, autonómica y local.

Tema 6.– El Plan Forestal de Castilla y León.

Tema 7.– Importancia económica del sector forestal en Castilla y León: particularidades y problemática. Organización sectorial. El Programa de Movilización de Recursos Forestales de Castilla y León.

Tema 8.– Características y estructura de la propiedad forestal en Castilla y León. Tipologías de titularidad. Problemática.

Tema 9.– Características del clima en Castilla y León. Bioclimatología e influencia del clima en la vegetación. Factores limitantes. La contaminación atmosférica.

Tema 10.– El suelo. Concepto y formación. Descripción de sus elementos constitutivos. Clasificación de los suelos españoles. Influencia de los suelos en la evolución y la productividad vegetal. El suelo como factor limitante de la vegetación forestal en Castilla y León.

Tema 11.– El agua como recurso natural. La calidad de las aguas. Balance hídrico e hidráulico. La cadena trófica dulceacuícola. Aguas subterráneas y vegetación.

Tema 12.– Marco normativo y estructura administrativa sobre el Agua: Directiva marco. Legislación Nacional y ámbito de competencias. El Dominio Público Hidráulico. Las Confederaciones Hidrográficas en Castilla y León.

Tema 13.– La fauna silvestre en España y Castilla y León. Grupos faunísticos y principales especies de fauna forestal.

Tema 14.– La flora. Agrupaciones, hábitats y estructuras. Dinámica vegetal de las asociaciones y procesos de sucesión ecológica. Relación con los patrones de usos del medio.

Tema 15.– Los bosques de frondosas españoles. Características ecológico-selvícolas de las frondosas de mayor interés forestal en Castilla y León. Distribución regional. Hábitats de interés relacionados. Usos actuales y potenciales.

Tema 16.– Los bosques de coníferas españoles. Características ecológico-selvícolas de las coníferas de mayor interés forestal en Castilla y León. Distribución regional. Hábitats de interés relacionados. Usos actuales y potenciales.

Tema 17.– Matorrales: Distribución y significación serial de los matorrales españoles. Importancia ecológica. Distribución regional. Hábitats de interés relacionados. Usos actuales y potenciales.

Tema 18.– Pastizales y otras formaciones herbáceas: Clasificación, descripción, ecología y áreas bioclimáticas de los tipos españoles más importantes. Descripción, ecología, aspectos pascícolas de las principales especies de Castilla y León. Hábitats de interés relacionados. Usos actuales y potenciales.

Tema 19.– Vías forestales. Planificación. Diseño, cálculo, replanteo y ejecución. Impacto ambiental. Aspectos regulatorios.

Tema 20- La ejecución de proyectos de obras. Normas de regulación. Replanteo previo y comprobación del replanteo. Mediciones y certificaciones. Modificados de proyectos. Valoración y liquidación.

Tema 21.– Seguridad y salud en trabajos forestales. Normativa. Particularidades.

Tema 22.– Cartografía, fotografía aérea, ortofotos y fotointerpretación. Sistemas de Información Geográfica (GIS), teledetección y Sistema de Posicionamiento Global (GPS.). Su aplicación al mundo forestal.

Tema 23.– El derecho de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente. Normativa aplicable y contenido.

Tema 24.– La educación ambiental. Concepto, principios básicos e instrumentos para la educación ambiental. Uso de la información, la comunicación y la formación en la gestión ambiental.

Tema 25.– La evaluación ambiental estratégica. Legislación aplicable. Ámbito de aplicación, procesos y competencias. Estudios y documentos ambientales: naturaleza y contenido. Pronunciamientos ambientales finalizadores de los procesos: naturaleza y contenido.

Tema 26.– Evaluación ambiental estratégica: incidencia ambiental de la planificación territorial y sectorial, en especial los planes urbanísticos, energéticos, de infraestructuras y de gestión de residuos, sus principales efectos y medidas preventivas y correctoras.

Tema 27.– La evaluación de impacto ambiental. Legislación aplicable. Ámbito de aplicación, procedimientos y competencias. Estudios y documentos ambientales: naturaleza y contenido. Pronunciamientos ambientales finalizadores de los procesos: naturaleza y contenido.

Tema 28.– Incidencia ambiental de los proyectos de ganadería intensiva, industria extractiva, producción de energía eléctrica, infraestructuras lineales y gestión de residuos, sus principales impactos y medidas protectoras.

Tema 29.– Sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales EMAS. Legislación y procedimientos aplicables. Otros sistemas de gestión ambiental.

Tema 30.– Ley de residuos y suelos contaminados y demás normativa aplicable en materia de residuos. Principios de la política de residuos y competencias administrativas.

Tema 31.– Fomento de la economía circular en el ámbito forestal: prevención en la generación de residuos, utilización de residuos como fertilizantes, utilización de materias primas secundarias en las obras e infraestructuras forestales.

Tema 32.– Normativa aplicable en materia de prevención y control integrados de la contaminación: ámbito de aplicación, competencias y procedimientos. Los regímenes de autorización ambiental, licencia ambiental y comunicación ambiental.

Tema 33.– La contaminación atmosférica. Efectos sobre la vegetación y especies más adecuadas en medios contaminados. Red Europea de seguimiento de daños en los bosques. Situación en Castilla y León.

Tema 34.– El cambio climático. Perspectivas y acuerdos internacionales. Marco normativo estatal y autonómico. Importancia del sector forestal en mitigación y adaptación. Mecanismos de compensación de emisiones.

Tema 35.– Normativa en materia ordenación del territorio, urbanismo y régimen del suelo. Instrumentos de ordenación del territorio en Castilla y León. Régimen competencial en materia de suelo y urbanismo. Clasificación del suelo y usos excepcionales en suelo rústico.

Tema 36.– Legislación de régimen local. Reglamento de bienes de las entidades locales. Inventarios de bienes. Ordenanzas reguladoras de usos y aprovechamientos.

Tema 37.– Normativa básica estatal en materia de montes

Tema 38.– Normativa regional en materia de montes.

Tema 39.– Régimen jurídico de los montes en Castilla y León. El Catálogo. Deslinde y amojonamiento. Régimen de usos en los montes de utilidad pública.

Tema 40.– La multifuncionalidad de los montes. Los montes como productores de servicios. La rentabilidad social, económica y ambiental de los bosques.

Tema 41.– Función productiva de los montes. Productos y producciones en España y Castilla y León. El comercio de la madera en España y Castilla y León.

Tema 42.– La planificación y ordenación forestal. Marco regulatorio y situación en Castilla y León. Referentes selvícolas y planificación subsidiaria.

Tema 43.– La certificación de la gestión forestal sostenible. Principales sistemas de certificación. Situación en Castilla y León.

Tema 44.– Inventario cualitativo y cuantitativo de recursos forestales. Métodos y herramientas. Procedimientos de cubicación de existencias. El Inventario Forestal Nacional.

Tema 45.– Métodos de ordenación de montes. Cortas de regeneración. Criterios de gestión compatibles con la conservación.

Tema 46.– Selvicultura y cuidados culturales de las masas arboladas. Labores de formación. Cortas de mejora.

Tema 47.– Modelos selvícolas de los principales tipos de masas de coníferas de Castilla y León. Justificación, costes, amenazas y resultados.

Tema 48.– Modelos selvícolas de los principales tipos de masas de frondosas de Castilla y León. Justificación, costes, amenazas y resultados

Tema 49.– Populicultura: Métodos de producción y cultivo. Principales clones empleados: ventajas e inconvenientes. Selvicultura de las choperas de producción, rendimientos y costes. Importancia nacional y en Castilla y León. Producción y destinos.

Tema 50.– Técnicas de implantación, cuidados culturales, regeneración y conservación de prados y pastizales en Castilla y León. La conservación de los hábitat de pastizal y su relación con el aprovechamiento ganadero. Obras de mejora ganadera.

Tema 51.– Regulación administrativa de los aprovechamientos forestales.

Tema 52.– Aprovechamiento de los recursos maderables y leñosos en Castilla y León: planificación, sistemas de aprovechamiento, tecnología, organización y destinos

Tema 53.– La industria de la madera. Materias primas, procesos de fabricación y productos. Situación en Castilla y León, actual y potencialidades.

Tema 54.– Aprovechamiento bioenergético de productos y residuos forestales en Castilla y León. Sistemas, procesos industriales, caracterización del sector. Situación actual y potencialidades. El Plan de Bioenergía

Tema 55.– Aprovechamientos de resina y corcho en Castilla y León. Sistemas, procesos industriales, caracterización del sector. Situación actual y potencialidades

Tema 56.– Aprovechamientos de pastos en Castilla y León. Planes silvopastorales. Sistemas y técnicas de pastoreo. La ganadería extensiva: razas autóctonas e importancia.

Tema 57.– Aprovechamientos de plantas aromáticas y frutos forestales en Castilla y León: piñón, la castaña y frutos del bosque. Sistemas, procesos industriales, caracterización del sector. Situación actual y potencialidades.

Tema 58.– Micología en Castilla y León. Principales especies. Micorrización. Usos actuales y potenciales. Marco regulatorio, situación actual y perspectivas de futuro.

Tema 59.– Repoblaciones forestales: Técnicas de preparación del terreno. Siembra y plantación. Reposiciones de marras. Cuidados culturales de las reforestaciones. Maquinaria y aperos.

Tema 60.– La erosión del suelo. Factores determinantes. Planes Hidrológicos-forestales. Rehabilitación de cuencas. Obras de defensa y reconstrucción de riberas. Actuaciones tras incendio. Restauración del paisaje en terrenos afectados por actividades extractivas.

Tema 61.– Materiales forestales de reproducción: Normativa comunitaria, nacional y regional. Materiales de base. Recolección, extracción, producción y comercialización de los materiales forestales de reproducción.

Tema 62.– Uso y conservación de los recursos genéticos forestales en Castilla y León. Los viveros forestales y la producción de planta forestal. Planta forestal a raíz desnuda y en envase: sus características y usos. Normativa de calidad de planta forestal.

Tema 63.– Marco normativo sobre vías pecuarias. La Red de vías pecuarias de Castilla y León.

Tema 64.– Marco normativo sobre incendios forestales en Castilla y León.

Tema 65.– Incendios forestales. Clases, causas y factores que influyen en su propagación. Siniestralidad y distribución en Castilla y León. Planes de emergencia.

Tema 66.– Técnicas de prevención, detección y extinción de incendios forestales.

Tema 67.– Enfermedades más importantes en viveros, montes y productos forestales. Métodos de detección. Medidas cautelares. Medios de control y combate. Enfermedades emergentes.

Tema 68.– Plagas forestales más importantes en viveros, montes y productos forestales. Técnicas de control y combate. Lucha integrada. Plagas emergentes.

Tema 69.– Marco normativo sobre la pesca fluvial en Castilla y León. Las masas de agua de Castilla y León: clasificación y distribución. La planificación en materia de pesca. Instrumentos para la gestión. Caracterización, seguimiento y control de las poblaciones acuáticas. Diseño, toma de datos y análisis de resultados. La Red de Seguimiento de las poblaciones acuáticas en Castilla y León.

Tema 70.– Las especies pescables de Castilla y León. Biología y distribución. Las especies de peces exóticas invasoras y otras especies alóctonas. Socioeconomía de la pesca continental recreativa y deportiva. La conservación ex situ e in situ de las especies pescables. Gestión del hábitat, sueltas y repoblaciones.

Tema 71.– Marco normativo sobre la caza en Castilla y León. Los terrenos cinegéticos. Planificación cinegética y protección y fomento de los recursos cinegéticos.

Tema 72.– Especies cinegéticas de Castilla y León. Biología. Dinámica de poblaciones. Métodos de inventario, planificación de su aprovechamiento y seguimiento de sus poblaciones. El cazador y la práctica de la caza en Castilla y León. Socioeconomía de la caza recreativa y deportiva.

Tema 73.– Políticas de conservación de la naturaleza y biodiversidad. La Red Natura 2000. Medidas de conservación. Evaluación de planes y proyectos en Red Natura.

Tema 74.– Normativa estatal de conservación: Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad y normativa de desarrollo.

Tema 75.– Ley 4/2015, de 24 de marzo, de Patrimonio Natural de Castilla y León.

Tema 76.– La Red de Áreas Naturales Protegidas de Castilla y León. La Red de Espacios Naturales y la Red Natura 2000 en Castilla y León. Estado actual.

Tema 77.– Instrumentos de planificación y gestión de los espacios naturales: planes de ordenación de los recursos naturales, Plan Director, Planes Rectores de Uso y Gestión y Normas de Conservación. Fundamentos legales. Estructura, contenido y tramitación.

Tema 78.– Planificación del uso público en el medio natural: Objetivos. Estructura y contenido de los programas de uso público. Tipos de visitantes. Normativa y situación en Castilla y León.

Tema 79.– Especies protegidas en Castilla y León. Conservación y gestión. Los planes de manejo. Objetivos, contenido y estado actual.

Tema 80.– La Política Agraria Común (P.A.C.) Objetivos e instrumentos. Política de mercados. El régimen de pago único de la P.A.C. La modulación de las ayudas. La condicionalidad. El greening.

Tema 81.– La Política de Desarrollo Rural. Orígenes y situación actual. Los programas de desarrollo rural. Su aplicación en Castilla y León.

Tema 82.– Régimen de ayudas destinadas a la reforestación y creación de superficies forestales: Medida 8.1. del P.D.R. de Castilla y León.

Tema 83.– Régimen de ayudas destinadas al apoyo a la prevención de daños causados a los bosques por incendios forestales, desastres naturales y catástrofes: Medida 8.3. del P.D.R. de Castilla y León.

ANEXO III Oposiciones Ingenieros Técnicos Forestales 2021

Instrucciones para cumplimentar la solicitud Oposiciones Ingenieros Técnicos Forestales 2021

INSTRUCCIONES GENERALES:

Recuerde que previamente a cumplimentar la solicitud debe abonar el importe de la tasa a través del modelo 046.

Cumplimente el modelo oficial de solicitud a través del enlace:

https://empleopublico.jcyl.es

Recuerde que su solicitud debe firmarla y presentarla preferentemente por vía telemática en el Registro Telemático de la Administración de la Comunidad de Castilla y León con certificado digital/DNI electrónico.

CONVOCATORIA: Oposiciones Ingenieros Técnicos Forestales 2021

Convocatoria: Seleccionar Cuerpo de Ingenieros Técnicos (Forestales) - Libre 2018.

Fecha de publicación: Este campo se rellenará automáticamente una vez que conste la información del apartado anterior con la fecha de publicación de la orden de la convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Tipo de acceso: Seleccionar turno libre o libre discapacidad.

Provincia de examen: Seleccionar Valladolid.

Idioma: seleccionar Francés o inglés.

Grado de discapacidad: Si procede se cumplimentará con el grado que tenga reconocido.

Adaptación: Si lo precisa seleccione la petición concreta de las adaptaciones de tiempo y medios necesaria para la realización de los ejercicios en la que se reflejen sus necesidades específicas

  • Eliminación de barreras arquitectónicas.
  • Ampliación del tiempo de duración del ejercicio.
  • Aumento del tamaño de los caracteres del examen, por dificultad de visión.
  • Necesidad de intérprete, debido a sordera.
  • Sistema Braille de escritura, por invidente.
  • Mesa adaptada a la silla de ruedas.
  • Otras. Adjuntar documentación.
  • En el caso de que haya cumplimentado «Otras» especifique cuáles en documento aparte.

ABONO DE TASAS: Oposiciones Ingenieros Técnicos Forestales 2021

Exención/Bonificación de tasas:

Señale si se encuentra exento del abono de la tasa y la causa (discapacidad u otras, o familia numerosa) o si tiene derecho a la bonificación (promoción interna). Recuerde que para tener derecho a la exención por familia numerosa o bonificación por promoción interna tiene que cumplir los requisitos de nivel de renta del sujeto pasivo de la tasa de acuerdo con la convocatoria y la normativa aplicable.

Código del modelo 046: Oposiciones Ingenieros Técnicos Forestales 2021

Se cumplimentará con los datos del código alfanumérico del mismo una vez realizado el pago de la tasa.

Importe de la tasa:

Se cumplimentará automáticamente.

  • Observación: En el caso de exención de la tasa por familia numerosa o de bonificación por participar por promoción interna, el participante deberá otorgar al órgano gestor la autorización para recabar los datos tributarios del nivel de renta del sujeto pasivo de la tasa del IRPF del ejercicio 2019 y, en su caso, cumplimentar el apartado correspondiente al número del título de familia numerosa y la fecha de caducidad del mismo. En el supuesto de no hacerlo, deberá presentar necesariamente la documentación acreditativa.

DATOS PERSONALES: Oposiciones Ingenieros Técnicos Forestales 2021

Se cumplimentará con los datos personales del aspirante.

DOMICILIO: Oposiciones Ingenieros Técnicos Forestales 2021

Se cumplimentará con los datos de domicilio del aspirante.

Si el domicilio radica fuera de España podrá detallar la dirección completa en el apartado Vía pública/Dirección.

REQUISITOS DE TITULACIÓN:

País título: Se consignará el país expedidor de la titulación académica exigida en la convocatoria.

Poseo el título exigido en la convocatoria: Tiene que cumplimentar este campo y seleccionar el nivel de titulación o título concreto, según el caso, exigido en la convocatoria.

Poseo otro título (especificar): En este campo puede indicar la denominación del título que posee (en el caso de que se exija un nivel de estudios) o la de otro título que tenga.

REQUISITOS PROFESIONALES (SOLO TURNO DE PROMOCIÓN INTERNA):

Estará activo en su caso.

CONSENTIMIENTO:

Consentimiento al centro gestor para acceder a las bases de datos de las Administraciones, con garantía de confidencialidad, y a los exclusivos efectos de facilitar la verificación de los datos personales: (identificación personal – nivel de renta - titulación - discapacidad - familia numerosa). En el caso de NO CONSENTIR debe señalar la casilla que figura antes de la firma, lo que supone que deberá necesariamente aportar copia de la documentación indicada en la convocatoria. Las personas que tengan reconocida la condición de discapacidad o familia numerosa fuera de la Comunidad de Castilla y León deben aportar la documentación acreditativa.

La Administración en cualquier momento podrá efectuar las verificaciones que considere necesarias en relación con la documentación aportada.

ANEXO IV

Tribunal

Titular

Presidente: David Cubero Bausela. Cuerpo de Ingenieros Superiores (Montes) de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Secretaria: Ángela Aguayo Seoane. Escala de Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional, Subescala de Secretaría-Intervención.

Vocal: Luis Ignacio Rojo González. Cuerpo de Ingenieros Superiores (Montes) de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Vocal: Luis Hurtado Vergara. Cuerpo de Ingenieros Superiores (Montes) de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Vocal: M.ª Fuencisla Barrio Sevillano. Cuerpo Facultativo Superior (Biólogos) de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Suplente

Presidente: Lorenzo A. Rodríguez Martín. Cuerpo de Ingenieros Superiores (Montes) de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Secretario: Luis Ángel Moro Villamediana. Cuerpo Superior Postal y de Telecomunicación.

Vocal: Belinda Guerra Burton. Cuerpo de Ingenieros Superiores (Montes) de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Vocal: Miguel Ángel González Sánchez. Cuerpo de Ingenieros Técnicos (Forestales) de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Vocal: Ana María Blanco García. Cuerpo de Ingenieros Superiores (Montes) de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

ANEXO VII

OFICINAS GENERALES DE INFORMACIÓN Y ATENCIÓN AL CIUDADANO

Oficina General de Información y Atención al Ciudadano de Ávila

Monasterio de Santa Ana, Pasaje del Císter, 1 - C.P.: 05001 - Ávila (Ávila)

Oficina General de Información y Atención al Ciudadano de Burgos

Pza. de Bilbao, 3 - C.P.: 09006 - Burgos (Burgos)

Oficina General de Información y Atención al Ciudadano de León

Edif. Usos Múltiples. Avda. Peregrinos s/n - C.P.: 24008 - León (León)

Oficina General de Información y Atención al Ciudadano de Palencia

Avda. Casado del Alisal, 27 - C.P.: 34001 - Palencia (Palencia)

Oficina General de Información y Atención al Ciudadano de Salamanca

Edificio Administrativo de Usos Múltiples (ESAUM)

C/ Príncipe de Vergara, 53-71 - C.P.: 37003 - Salamanca (Salamanca)

Oficina General de Información y Atención al Ciudadano de Segovia

Plaza de los Espejos, 1 (Entrada por Plaza Reina Doña Juana, 5)

C.P.: 40001 - Segovia (Segovia)

Oficina General de Información y Atención al Ciudadano de Soria

C/ Linajes, 1 - C.P.: 42002 - Soria (Soria)

Oficina General de Información y Atención al Ciudadano de Valladolid

C/ Duque de la Victoria, 8 - C.P.: 47001 - Valladolid (Valladolid)

Oficina General de Información y Atención al Ciudadano de Zamora

C/ Leopoldo Alas «Clarín», 4 - C.P.: 49018 - Zamora (Zamora)

PUNTOS DE INFORMACIÓN Y ATENCIÓN AL CIUDADANO

Punto de Información y Atención al Ciudadano de Arenas de San Pedro

C/ José Gochicoa, 20 - C.P.: 05400 - Arenas de San Pedro (Ávila)

Punto de Información y Atención al Ciudadano de Aranda de Duero

Plaza Resinera 1-2 - C.P.: 09400 - Aranda de Duero (Burgos)

Punto de Información y Atención al Ciudadano de Miranda de Ebro

C/ Estación 25 - C.P.: 09200 - Miranda de Ebro (Burgos)

Punto de Información y Atención al Ciudadano de Ponferrada

C/ Ramón González Alegre, 15 - C.P.: 24400 - Ponferrada (León)

Punto de Información y Atención al Ciudadano de Treviño

C/ Mayor, 41 - C.P.: 09215 - Treviño (Burgos)

Enlace a convocatoria web BOCYL 04/03/2021


Oposiciones Psicólogos Convocatoria 2021 Junta de Castilla y León

Oposiciones Psicólogos Convocatoria 2021 Junta de Castilla y León

Oposiciones Psicólogos 2021 Junta de Castilla y León

Ver preparación de temario común oposiciones Junta de Castilla y León grupos A1 y A2

Oposiciones Psicólogos 2021 Junta de Castilla y León

ORDEN PRE/212/2021, de 19 de febrero, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso, por el sistema de acceso libre, en el Cuerpo Facultativo Superior (Psicólogos) de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

La Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, además de establecer la tasa de reposición aplicable en determinados sectores y actividades, autoriza una tasa adicional para la estabilización de empleo temporal de las plazas de naturaleza estructural que, estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2017, en determinados sectores y colectivos.

Los procesos selectivos de estabilización de empleo temporal necesariamente deben garantizar el cumplimiento de los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad, y su articulación, tal como se señala en las leyes de presupuestos precitadas, podrá ser objeto de negociación en cada uno de los ámbitos territoriales de la Administración General del Estado, Comunidades Autónomas y Entidades Locales, pudiendo articularse medidas que posibiliten una coordinación entre las diferentes Administraciones en el desarrollo de los mismos.

Haciendo uso de la posibilidad de negociación para la articulación de los procesos de estabilización se suscribió, el 14 de diciembre de 2018, el Acuerdo sobre la articulación de los procesos de estabilización incluidos en la oferta de empleo público 2018 de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (Boletín Oficial de Castilla y León de 4 de diciembre de 2019), según el cual «Las convocatorias derivadas de la Oferta de Empleo Público de 2018 para personal laboral y funcionario no docente, donde se incluyan plazas de estabilización o de indefinidos no fijos declarados por sentencia judicial, se harán por el sistema de concurso-oposición en un porcentaje del 40 para la fase de concurso y de un 60 para la oposición. En la fase de concurso se valorará el tiempo de servicios prestados en las Administraciones Públicas al 70% y los títulos académicos reconocidos oficialmente con el 30% restante. Las convocatorias pendientes de la oferta de 2017 se acumularán a las de 2018.»

La Ley 7/2019, de 19 de marzo, de Implantación y Desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en su disposición final primera –procesos de estabilización– establece que:

«Las ofertas de empleo público de los años 2018 y 2019, al amparo de la habilitación prevista en el Art. 19 Uno. apartado 7 segundo párrafo in fine y apartado 9 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2018, incluirán todas las plazas de estabilización de empleo temporal y las del personal indefinido no fijo declarado por sentencia judicial.

Los procesos selectivos derivados de dichas ofertas para el acceso a cuerpos, escalas o especialidades de personal funcionario no docente se convocarán, siempre que incluyan este tipo de plazas, por el sistema de concurso-oposición de acuerdo con las previsiones del Art. 40.2 de la Ley de la Función Pública de Castilla y León. En estos procesos la fase de oposición tendrá un valor del 60% sobre el total de la nota y la fase del concurso un 40%. En la fase de concurso se valorará:

El tiempo de servicios prestados en las Administraciones Públicas en el mismo Cuerpo, Escala, especialidad o competencia funcional equivalente al que quieren acceder o la realización de funciones propias de dichos cuerpos, escalas o especialidades. El peso de este mérito será del 70% sobre el total de la fase de concurso.

Los títulos académicos reconocidos oficialmente que no sean requisito para acceder a la plaza y para desempeñar las funciones. El peso de este mérito será del 30% sobre el total de la fase de concurso.»

En su virtud, y con el fin de atender las necesidades de personal de esta Administración expresadas en el Acuerdo 64/2018, de 20 de diciembre, de la Junta de Castilla y León por el que se amplía la Oferta de Empleo Público de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y sus Organismos Autónomos para el año 2018, esta Consejería, en ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 7.2 k de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León,

RESUELVE Oposiciones Psicólogos 2021 Junta de Castilla y León

Convocar proceso selectivo para el ingreso, por el sistema de acceso libre, en el Cuerpo Facultativo Superior (Psicólogos), de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, que se regirá por las presentes

BASES Oposiciones Psicólogos 2021 Junta de Castilla y León

Primera.– Normativa aplicable. Oposiciones Psicólogos 2021 Junta de Castilla y León

El proceso selectivo se ajustará a lo establecido en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, en el Decreto 67/1999, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal y de Provisión de Puestos de Trabajo de los Funcionarios de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en el Decreto 83/2008, de 23 de diciembre, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público, a la provisión de puestos de trabajo y a la formación en la Administración de Castilla y León, y demás normas que resulten de general y pertinente aplicación.

La presente convocatoria cumple el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres en el acceso al empleo público, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Segunda.– Número y características de las plazas. Oposiciones Psicólogos 2021 Junta de Castilla y León

2.1. Se convoca proceso selectivo para cubrir, por el sistema de acceso libre, 20 plazas del Cuerpo Facultativo Superior (Psicólogos), de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, correspondientes a la Oferta de Empleo Público del año 2018, dos de las cuales se reservan para ser cubiertas por el turno de personas con discapacidad, con un grado igual o superior al 33% o que tengan legalmente tal consideración, tal y como se recoge en el siguiente cuadro:

Sistema general Cupo personas con discapacidad Total
Acuerdo 64/2018, de 20 de diciembre.
Tasa de reposición: 5 Estabilización de empleo temporal: 15 18 2 20

2.2. Los aspirantes que concurran en el turno reservado a personas con discapacidad, sólo podrán hacerlo por dicho turno.

2.3. Las plazas reservadas del turno de personas con discapacidad que no sean cubiertas, se acumularán a las plazas del turno general.

2.4. En el caso de que algún aspirante que participe en el turno de personas con discapacidad superase los ejercicios correspondientes sin obtener plaza resultando su puntuación superior a la obtenida por otros aspirantes del turno general, será incluido por su orden de puntuación en la relación de aprobados.

Tercera.– Proceso selectivo y calificación. Oposiciones Psicólogos 2021 Junta de Castilla y León

3.1. El proceso selectivo se realizará mediante concurso-oposición con los ejercicios, valoraciones y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.

3.2. Los ejercicios del proceso selectivo deberán ampararse en la normativa vigente en el momento de publicar la fecha de realización del primer ejercicio.

Cuarta.– Programa. Oposiciones Psicólogos 2021 Junta de Castilla y León

El programa que rige el proceso selectivo figura como Anexo II a esta convocatoria.

Quinta.– Requisitos de los aspirantes. Oposiciones Psicólogos 2021 Junta de Castilla y León

Quienes aspiren a ingresar en el Cuerpo Facultativo Superior (Psicólogos) de la Administración de la Comunidad de Castilla y León deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión, los siguientes requisitos de participación:

  • a) Nacionalidad.
    • 1. Tener la nacionalidad española.
    • 2. Ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea.
    • 3. Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
    • 4. Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
  • b) Edad. Tener cumplidos dieciséis años de edad y, en su caso, no exceder de la edad máxima de jubilación.
  • c) Titulación. Estar en posesión o en condiciones de obtener, antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, del título de Licenciado o Grado en Psicología.
  • Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.
  • d) Capacidad. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del Cuerpo al que aspira a acceder.
  • e) Habilitación. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse incurso en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios, ni pertenecer al mismo Cuerpo o Escala de funcionario al que se presenta.
  • En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

En cualquier momento del procedimiento el órgano gestor del proceso selectivo podrá solicitar a los aspirantes la documentación justificativa que acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos en la presente convocatoria.

Sexta.– Acceso de personas con discapacidad. Oposiciones Psicólogos 2021 Junta de Castilla y León

6.1. Las personas que, como consecuencia de su discapacidad, presenten especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas, podrán solicitar las adaptaciones y los ajustes de tiempos y medios que precisen para la realización de las pruebas en condiciones de igualdad. A tal efecto, los interesados deberán formular en el modelo de solicitud la petición concreta, adjuntando el dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad que acredite la necesidad de las adaptaciones solicitadas. El Tribunal resolverá lo que en cada caso proceda de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 83/2008, de 23 de diciembre, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público, a la provisión de puestos de trabajo y a la formación en la Administración de Castilla y León, notificando a los interesados su decisión con antelación a la realización de las pruebas.

6.2. Quienes concurran al proceso selectivo objeto de la presente convocatoria por el turno reservado a personas con discapacidad deberán poseer el grado de discapacidad que le permite acceder a dicho turno el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlo hasta el momento de la toma de posesión.

Los aspirantes por este turno deberán comunicar al órgano gestor del proceso selectivo cualquier modificación en su grado de discapacidad que se produzca durante el desarrollo del proceso selectivo. El órgano gestor resolverá de oficio la incorporación del aspirante, en su caso, al turno general con la puntuación conseguida hasta ese momento.

El reconocimiento de una discapacidad con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, aun cuando se hiciese con efectos retroactivos, no conllevará en ningún caso la admisión del aspirante al turno reservado a personas con discapacidad.

Séptima.– Ingreso de la tasa por los derechos de examen y presentación de la solicitud. 

7.1. Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán cumplimentar la solicitud, siguiendo las instrucciones que se acompañan como Anexo III, y presentarla según se establece en los apartados siguientes.

La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

7.2. El plazo de presentación de la solicitud es de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León. Las solicitudes se dirigirán a la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, C/ Padre Francisco Suárez n.º 2 - Bajo, C.P. 47006, órgano gestor del procedimiento.

7.3. La presentación de la solicitud se realizará por cualquiera de los medios siguientes, y preferentemente por vía telemática:

  • a) Telemáticamente, en el Registro Telemático de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
  • La presentación telemática de la solicitud conlleva necesariamente el pago telemático de la tasa por derechos de examen, salvo los casos de exención.
  • Es necesario como requisito previo para la inscripción poseer un certificado digital de persona física válido o el DNI electrónico con los certificados activados.
  • Para presentar telemáticamente la solicitud, se deberán seguir los siguientes pasos:
    • 1. Cumplimentar el modelo 046 de pago telemático de la tasa por derechos de examen, y realizar el pago, a través del enlace https://www.tributos.jcyl.es/web/jcyl/Tributos/es/Plantilla100/1284270174781/_/_/_. No deberán realizar este trámite quienes estuvieran exentos de pago.
    • 2. Realizado el pago telemático de la tasa, deberá cumplimentar el formulario «solicitud de admisión a pruebas selectivas» al que se accede desde la página web https://empleopublico.jcyl.es. Cumplimentado el formulario, en el que deberá consignarse el código alfanumérico identificativo del modelo 046, se elegirá la opción «GRABAR, FIRMAR Y REGISTRAR» y se seguirán los pasos que se van indicando (comprobación de la solicitud, anexado de la documentación prevista en la base 7.4 y firma digital). El proceso terminará cuando se obtenga el Recibo de Presentación del Documento, que se podrá guardar y/o imprimir como justificante de la presentación.
  • b) Presencialmente, en soporte papel, siguiendo los siguientes pasos:
    • 1. Cumplimentar on line el modelo 046 de pago de la tasa por derechos de examen y realizar el pago de alguna de las siguientes formas:
      • a) De forma telemática, con certificado digital o DNI electrónico, a través del enlace https://www.tributos.jcyl.es/web/jcyl/Tributos/es/Plantilla100/1284270174781/_/_/_.
      • b) Con tarjeta de débito o crédito de cualquier entidad financiera con TPV virtual, a través del mismo enlace.
      • c) Imprimir el modelo 046 cumplimentado y efectuar el pago presencial mediante ingreso a través de entidad colaboradora.
    • No deberán realizar este trámite quienes estuvieran exentos de pago.
    • 2. Cumplimentar el formulario «solicitud de admisión a pruebas selectivas» a través del enlace https://empleopublico.jcyl.es. Cumplimentado el formulario, en el que deberá consignar el código alfanumérico identificativo del modelo 046, se elegirá la opción «GRABAR Y GENERAR PDF». El documento se puede guardar y se debe imprimir y firmar para presentarlo, dentro del plazo establecido y junto con los documentos a que se refiere el punto 7.4, en cualquiera de las Oficinas y Puntos de Información y Atención al Ciudadano de la Administración de la Comunidad de Castilla y León que se relacionan en el Anexo VII, o en cualquiera de los centros oficiales a los que se refiere y en la forma que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. De presentarse en las oficinas de correos, deberá hacerse en sobre abierto para que puedan ser selladas antes de ser certificadas.
    • 3. Cada solicitud tendrá asignado un número de referencia identificativo único (no son válidas las fotocopias).
  • c) Las solicitudes podrán cursarse en el extranjero mediante su presentación en las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A la solicitud deberá acompañarse el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen.

7.4. Junto con la solicitud deberá presentar: Oposiciones Psicólogos 2021 Junta de Castilla y León

  • El modelo 046 (ejemplar para la Administración), validado por la entidad bancaria, acreditativo de haber abonado la tasa correspondiente, o el justificante si se ha abonado la tasa telemáticamente o mediante tarjeta.
  • La documentación acreditativa, en su caso, de tener la condición de familia numerosa o de persona con discapacidad si no pertenece a la Comunidad de Castilla y León o, perteneciendo a ésta, no ha autorizado a su consulta.
  • La documentación acreditativa del nivel de renta en el supuesto de exención que lo exija, salvo que se haya autorizado a su consulta.
  • La documentación acreditativa de la condición de víctima del terrorismo, en su caso.

7.5. Están exentas del pago de la tasa por derechos de examen:

  • a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.
  • b) Los miembros de las familias numerosas que tengan reconocida tal condición, siempre que la base imponible total, menos el mínimo personal y familiar, del sujeto pasivo de la tasa no supere 18.900 euros en tributación individual o 31.500 en tributación conjunta, en el ejercicio 2019.
  • c) Las víctimas del terrorismo, que tengan acreditada tal condición de conformidad con lo establecido en la Ley 4/2017, de 26 de septiembre, de Reconocimiento y Atención a las Víctimas del Terrorismo en Castilla y León.

7.6. El importe de la tasa por derechos de examen es de 30,80 €, de acuerdo con lo establecido en la Orden EYH/31/2018, de 18 de enero, por la que se acuerda la publicación de las tarifas de las tasas vigentes a partir del día 1 de enero de 2018.

7.7. La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento del mismo determinará la exclusión del aspirante.

7.8. En ningún caso la presentación y pago de la tasa de los derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

Octava.– Tribunal calificador. Oposiciones Psicólogos 2021 Junta de Castilla y León

8.1. El Tribunal calificador es el que figura en el Anexo IV a esta convocatoria.

8.2. El Tribunal ajustará su actuación a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla, Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, y en el Reglamento General de ingreso del personal y de provisión de puestos de trabajo de los funcionarios al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, aprobado por Decreto 67/1999, de 15 de abril, en todo lo que no contradiga a las anteriores normas.

8.3. El Tribunal actuará con autonomía y de acuerdo con los principios de objetividad, imparcialidad y profesionalidad de sus miembros. Podrá solicitar al órgano gestor del proceso el nombramiento del personal colaborador o asesor que estime necesarios para el desarrollo de las pruebas, a los que serán de aplicación las mismas prohibiciones de participación y causas de abstención y recusación que a los miembros del Tribunal.

8.4. En su actuación velará por el cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos y adoptará las medidas que resulten más adecuadas para evitar discriminación. Así mismo adoptará las medidas oportunas que permitan a los aspirantes con discapacidad que así lo hubieran indicado en la solicitud, poder participar en igualdad de condiciones que el resto de participantes.

8.5. Corresponde al Tribunal la aplicación de las presentes bases, así como la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir, adoptando las decisiones motivadas que estime pertinentes. En particular, si en algún momento tuviera conocimiento de que algún aspirante no cumple alguno de los requisitos exigidos, o del examen de la documentación resultara que la solicitud adolece de errores o falsedades que imposibilitaran su acceso al Cuerpo objeto de convocatoria, el Tribunal previa audiencia del interesado, propondrá al órgano gestor su exclusión, comunicándole las inexactitudes detectadas.

8.6. Con sujeción a los criterios de valoración previstos en el Anexo I de las presentes bases, podrá el tribunal acordar y desarrollar los parámetros que estime oportunos para la calificación de los ejercicios, haciéndolos públicos con anterioridad a su realización.

8.7. El Tribunal se constituirá en el plazo máximo de un mes a partir de la publicación de la relación provisional de admitidos y excluidos, previa convocatoria del Presidente a los miembros del tribunal titular y suplente. Ambos tribunales podrán actuar de forma conjunta.

8.8. A efectos de comunicación y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, C/ Padre Francisco Suárez n.º 2 - Bajo, C.P. 47006.

Novena.– Desarrollo del proceso selectivo. Oposiciones Psicólogos 2021 Junta de Castilla y León

9.1. En el plazo máximo de dos meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, el órgano gestor del proceso dictará resolución por la que se aprueba la relación provisional de admitidos y excluidos, con indicación del turno general o reservado a personas con discapacidad y de las causas de exclusión, indicando los lugares en los que se encuentra expuesta al público. Dicha resolución se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León.

9.2. Los aspirantes dispondrán de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación, para formular alegaciones o subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o en su caso, su no inclusión expresa, sin perjuicio de los recursos administrativos que procedan contra la resolución por la que se apruebe la relación definitiva de admitidos y excluidos.

Finalizado el plazo de alegaciones, el órgano gestor dictará resolución por la que se aprueba la relación definitiva de admitidos y excluidos del proceso selectivo, indicando lugar, fecha y hora para el comienzo del primer ejercicio. Dicha resolución será publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León.

9.3. El desarrollo de los ejercicios tendrá lugar en la localidad de Valladolid. No obstante, atendiendo a razones de salud pública y mediante resolución del órgano gestor a propuesta del Tribunal, podrían desarrollarse en varias localidades, que se determinarán en función del número de participantes que haya en cada provincia, según el domicilio que hayan consignado en la solicitud de participación. La resolución deberá hacerse pública con la suficiente antelación. La fecha de celebración de los ejercicios puedes coincidir con las fechas de celebración de ejercicios de otros procesos selectivos.

9.4. El orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por el primer aspirante cuyo apellido comience por la letra «Q», de conformidad con lo establecido en la Orden PRE/649/2020, de 14 de julio, por la se hace público el resultado del sorteo para determinar el orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos (Boletín Oficial de Castilla y León de 16 de julio de 2020). A estos efectos, cuando el primer apellido esté encabezado por preposición o por preposición más artículo –«de», «del», «de la(s)»– independientemente de la forma en que sea transcrito por las personas interesadas, estos elementos se incorporarán para su alfabetización en minúscula tras el nombre.

9.5. Los aspirantes podrán ser convocados a cada ejercicio en llamamiento único o en varios llamamientos siendo excluidos quienes no comparezcan.

Los aspirantes que no puedan realizar las pruebas selectivas debido a estar enfermos el día de la celebración de la prueba por el COVID-19, por ser contactos estrechos de un caso confirmado o por otras situaciones reconocidas por la autoridad sanitaria relacionadas directamente con el COVID-19 que le impidan el acceso a la realización de la prueba, lo comunicarán a través del correo procesos selectivos@jcyl.es con anterioridad a la fecha de la prueba o en un plazo no superior a 48 horas tras la celebración de la misma.

Si se produjeran dichas circunstancias, que deberán acreditarse mediante certificación de la autoridad sanitaria, y los aspirantes afectados lo reclamasen, el Tribunal deberá fijar otra fecha para la realización de las pruebas selectivas a las que no pudieron concurrir los aspirantes reclamantes.

9.6. En caso de que la realización de alguno de los ejercicios de la fase de oposición no pueda ser simultánea para los turnos general y reservado a personas con discapacidad, se realizará primero el correspondiente al turno reservado a personas con discapacidad. De igual forma se valorarán en primer lugar las pruebas realizadas por los aspirantes de dicho turno y a continuación las del turno general.

9.7. Una vez realizado el primer ejercicio de la fase de oposición, los anuncios de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con 12 horas, al menos, de antelación al comienzo de éste, si se trata del mismo ejercicio, o de 24 horas, si se trata de uno nuevo. Los anuncios serán publicados en los locales donde se haya celebrado la prueba anterior, en la sede del Tribunal, en el servicio telefónico 012 y en la página web https://empleopúblico.jcyl.es.

Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un mínimo de 72 horas y un máximo de 45 días naturales.

9.8. Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes que los han superado, con indicación de la puntuación obtenida, separando los turnos de acceso general y reservado a personas con discapacidad. Si alguno de los ejercicios consiste en un cuestionario de preguntas con respuestas múltiples, el Tribunal hará pública la plantilla de respuestas correctas, concediendo a los interesados un plazo de cinco días hábiles para plantear reclamaciones. El Tribunal resolverá las reclamaciones con carácter previo a la corrección del ejercicio y hará pública su decisión en la resolución por la que se declaren los aspirantes que han aprobado el ejercicio. Esta plantilla no será recurrible de forma independiente a la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

Asimismo, el Tribunal hará pública, en listado independiente, la relación de calificaciones obtenidas por el resto de aspirantes que, habiendo concurrido a la realización del ejercicio, no lo hubieran superado. En dicha relación, la identificación de los aspirantes se efectuará, exclusivamente, mediante la indicación de los dígitos de su documento nacional de identidad que ocupen las posiciones cuarta, quinta, sexta y séptima.

9.9. Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados, aquel quedará aplazado para ella, reanudándose a la terminación de la causa, siempre y cuando tal aplazamiento no menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, este extremo deberá ser valorado por el Tribunal. En tal caso, la realización de las pruebas pendientes deberá tener lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el respectivo proceso selectivo.

9.10. Finalizada la fase de oposición del proceso selectivo, el Tribunal hará pública la relación de los aspirantes que la hayan superado, separando los turnos de acceso general y reservado a personas con discapacidad, abriéndose un plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente a que se haga pública dicha relación para presentar ante el órgano gestor del proceso selectivo la documentación acreditativa de los méritos que deseen que les sean valorados en la fase de concurso, así como copia de la solicitud de certificado de servicios prestados (Anexo V).

La acreditación de servicios prestados se realizará conforme se especifica en el Anexo I («2. Fase de concurso», «b) Forma de acreditación»).

Para solicitar el certificado de servicios prestados deberá utilizarse el modelo que figura como Anexo V.

9.11. El Tribunal valorará los méritos de conformidad con el baremo establecido en el Anexo I y publicará la relación que contenga la valoración provisional de los méritos de la fase de concurso. Los aspirantes podrán efectuar alegaciones en un plazo de 10 días hábiles a partir del siguiente al de su publicación, finalizado el cual el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de esta fase.

9.12. Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal hará pública la relación única de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, ordenados por la puntuación total obtenida, con independencia del turno por el que hayan participado. La puntuación total vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la de concurso, en la forma establecida en el Anexo I, especificando las calificaciones de cada uno de los ejercicios de la fase de oposición y la valoración cada uno de los méritos de la fase de concurso.

9.13. Desde la publicación de la resolución aprobatoria de la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos hasta la publicación del acuerdo del tribunal declarativo de los aspirantes que han superado el proceso selectivo no deberán transcurrir más de ocho meses. Los solicitantes podrán entender desestimadas sus peticiones transcurrido el tiempo máximo establecido sin que recaiga resolución expresa.

Décima.– Relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo y presentación de documentos.

10.1. El Tribunal elevará a la Consejería de la Presidencia la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo y no podrá declarar que lo ha superado un número de aspirantes superior al de las plazas convocadas.

No obstante, para asegurar la cobertura de las plazas convocadas, el órgano convocante podrá requerir al Tribunal la relación complementaria de los aspirantes aprobados que sigan a los propuestos cuando se produzca alguna de las siguientes circunstancias:

  • a) Que se registre la renuncia o tenga lugar el fallecimiento de alguno de los aspirantes que han superado el proceso selectivo antes de su nombramiento como funcionario de carrera o de la toma de posesión del puesto adjudicado.
  • b) Que algún aspirante que ha superado el proceso selectivo no presente la documentación exigida o del examen de ésta se deduzca que carece de los requisitos establecidos en la convocatoria.

10.2. La Consejería de la Presidencia aprobará y publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León, la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo, la oferta de puestos de trabajo y el modelo para solicitarlos.

10.3. En el plazo de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación a que se refiere el apartado anterior, los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo deberán presentar en la Dirección General de la Función Pública los siguientes documentos:

  • a) D.N.I., documentación acreditativa de la titulación exigida en la convocatoria y acreditación del grado de discapacidad, en su caso, salvo que se haya autorizado a su consulta.
  • b) Certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales, únicamente en caso de acceso a puestos de trabajo que impliquen un contacto habitual con menores. En ausencia de autorización para su consulta, el interesado deberá aportar su respectiva copia auténtica conforme dispone el Art. 27 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • c) Declaración responsable de no hallarse inhabilitado, por sentencia firme, para el ejercicio de funciones públicas, ni de haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier Administración pública. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida el acceso a la función pública en su Estado.
  • d) Declaración responsable de no tener la condición de funcionario de carrera del cuerpo objeto de la convocatoria.
  • e) Declaración responsable de poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del Cuerpo objeto de la convocatoria.

Ante la imposibilidad debidamente justificada de presentar alguno de los documentos señalados en los apartados anteriores, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier prueba admisible en Derecho.

10.4. Asimismo, los aspirantes que han superado el proceso selectivo deberán cumplimentar el modelo de solicitud de puestos, consignándolos por orden de preferencia.

10.5. La documentación referida en los apartados anteriores se aportará en el Registro Telemático de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

10.6. Salvo casos de fuerza mayor, quienes dentro del plazo fijado no hayan autorizado a la Administración para la consulta de los datos personales establecidos en los apartados a) y b) o no presenten la documentación requerida, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en las bases de la convocatoria, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera, quedando sin efectos todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación.

10.7. En el caso de personas con discapacidad, la imposibilidad de acreditar la condición de discapacidad por pérdida de la misma durante el desarrollo del proceso selectivo supone la pérdida del requisito exigido para participar en el proceso selectivo por este turno de reserva y la imposibilidad de adquirir la condición de funcionario, quedando sin efecto las actuaciones realizadas, sin perjuicio de lo establecido en la base 6.2.

Undécima.– Nombramiento de funcionarios de carrera. Oposiciones Psicólogos 2021 Junta de Castilla y León

11.1. Transcurrido el plazo de presentación de documentos a que se refiere la base anterior los aspirantes que hayan superado el correspondiente proceso selectivo y cumplan los requisitos establecidos serán nombrados funcionarios de carrera del Cuerpo Facultativo Superior (Psicólogos), de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. El nombramiento se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León, junto con las vacantes adjudicadas.

11.2. La adjudicación de los puestos ofertados se efectuará de acuerdo con las peticiones de los interesados siguiendo el orden de puntuación alcanzada, siempre que se cumplan los requisitos objetivos determinados para cada puesto en la correspondiente relación de puestos de trabajo.

11.3. No adquirirá la condición de funcionario de carrera el aspirante nombrado que, sin causa justificada, no tome posesión de su puesto de trabajo dentro del plazo posesorio o de su prórroga.

Decimosegunda.– Publicidad de las actuaciones. Oposiciones Psicólogos 2021 Junta de Castilla y León

La información oficial relativa a las Resoluciones del Tribunal correspondientes a las convocatorias de ejercicios y a calificaciones, así como cualquier otra información de carácter general de utilidad para los interesados, se facilitará en los tablones de anuncios de las Oficinas y Puntos de Información y Atención al Ciudadano (Anexo VII) y en la página web de la Dirección General de Función Pública https://empleopublico.jcyl.es. La información estará asimismo disponible en el Servicio Telefónico 012 de Información y Atención al Ciudadano (para llamadas desde fuera de la Comunidad de Castilla y León: 983 327 850).

Norma final. Oposiciones Psicólogos 2021 Junta de Castilla y León

Contra la presente orden, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, de conformidad con lo establecido en los artículos 10.1 a) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Igualmente, con carácter previo y potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante la Consejería de la Presidencia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Valladolid, 19 de febrero de 2021.

El Consejero,
Fdo.: Ángel Ibáñez Hernando

ANEXO I Oposiciones Psicólogos 2021 Junta de Castilla y León

Descripción del proceso selectivo Oposiciones Psicólogos 2021 Junta de Castilla y León

El proceso de selección de los aspirantes será el concurso-oposición, que consta de una fase de oposición cuyos ejercicios tienen carácter obligatorio y eliminatorio y una fase de concurso.

1.– Fase de oposición. Oposiciones Psicólogos 2021 Junta de Castilla y León

1.1. La oposición constará de los siguientes ejercicios obligatorios y eliminatorios.

Primer ejercicio.– De carácter eliminatorio. Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de cien (100) preguntas con respuestas múltiples, basado en el programa que figura como Anexo II, con la siguiente distribución:

  • Materias comunes: Veinticinco (25) preguntas relacionadas con las materias que figuran en el bloque «Grupo I – Materias Comunes» del Anexo II de la convocatoria.
  • Materias específicas: Setenta y cinco (75) preguntas relacionadas con las materias que figuran en el bloque «Grupo II – Materias Específicas» del Anexo II de la convocatoria.

Además, los cuestionarios incluirán diez (10) preguntas de reserva para el supuesto de posibles anulaciones, dos (2) relacionadas con el bloque «Grupo I - Materias Comunes» y ocho (8) relacionadas con el bloque «Grupo II - Materias Específicas». Las preguntas de reserva sustituirán, por su orden, a las preguntas de su mismo bloque que sean objeto de anulación.

En la realización de este ejercicio se aplicarán las siguientes reglas:

  • a) Todas las preguntas tendrán el mismo valor.
  • b) Las preguntas contarán con cuatro respuestas alternativas de las que sólo una de ellas será correcta.
  • c) Las contestaciones erróneas se penalizarán con un cuarto del valor de la respuesta correcta.
  • d) Las preguntas no contestadas ni puntúan ni restan.

El tiempo para la realización de este ejercicio será de ciento diez (110) minutos.

Segundo ejercicio.– De carácter eliminatorio. Consistirá en redactar por escrito cuatro temas extraídos al azar por el Tribunal en el momento de inicio del ejercicio, del Grupo II – Materias Específicas del programa que figura como Anexo II de la convocatoria.

El tiempo para el desarrollo de este ejercicio será de cuatro (4) horas.

Los opositores darán lectura al ejercicio en sesión pública ante el Tribunal, previo señalamiento de día y hora.

En este ejercicio se valorarán la formación general, la claridad y el orden de ideas, la capacidad de expresión escrita, síntesis y capacidad de redacción.

Concluida la lectura, el Tribunal podrá solicitar aclaraciones sobre las materias expuestas y realizar preguntas relacionadas con las mismas durante un plazo máximo de diez minutos. Transcurridos diez minutos de lectura, el Tribunal podrá decidir que el aspirante abandone la prueba por estimar su actuación notoriamente insuficiente.

Tercer ejercicio.– De carácter eliminatorio. Consistirá en redactar dos proyectos de actuación profesional referidos al contenido de los temas de materias específicas del programa.

El tiempo para el desarrollo de este ejercicio será de tres (3) horas.

Este ejercicio será leído por los aspirantes, en sesión pública, ante el Tribunal, previo señalamiento de día y hora.

En este ejercicio se valorarán la formación general, la claridad y el orden de ideas, la capacidad de expresión escrita, síntesis y capacidad de redacción.

Concluida la lectura, el Tribunal podrá formular preguntas en relación con las materias expuestas y solicitar aclaraciones sobre las mismas durante un plazo máximo de diez minutos. Transcurridos diez minutos de lectura, el Tribunal podrá decidir que el aspirante abandone la prueba por estimar una actuación notoriamente insuficiente.

1.2. Calificación. Oposiciones Psicólogos 2021 Junta de Castilla y León

La puntuación máxima de esta fase de oposición será de treinta (30) puntos.

El primer ejercicio se calificará de cero (0) a diez (10) puntos. El Tribunal determinará la puntuación mínima necesaria para declarar superado el ejercicio a la vista de la dificultad del ejercicio propuesto y el grado de conocimientos alcanzado con referencia al nivel exigible de acceso al Cuerpo; esta decisión se tomará con anterioridad a la identificación de los aspirantes y se hará pública en los lugares establecidos en la base Decimosegunda de esta convocatoria.

Los ejercicios segundo y tercero se calificarán de cero (0) a diez (10) puntos. Será necesario obtener un mínimo de cinco (5) puntos en cada uno de ellos para superarlos.

La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los tres ejercicios.

2.– Fase de concurso. Oposiciones Psicólogos 2021 Junta de Castilla y León

La puntuación máxima de esta fase de concurso será de 20 puntos.

La valoración de los méritos se realizará una vez celebrada la fase de oposición y únicamente a los candidatos que la hayan superado.

Los méritos no acreditados en tiempo y forma no serán objeto de valoración.

La fecha de referencia de méritos es la de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en el proceso selectivo.

  • a) Baremo.
    • 1. Por el tiempo de servicios prestados en el mismo Cuerpo, Escala, especialidad o competencia funcional equivalente al Cuerpo, Escala o Especialidad que es objeto de la convocatoria o por la realización de funciones propias del mismo, hasta un máximo de 14 puntos, valorando a razón de 0,08 puntos por cada mes de servicios prestados en la Administración y Organismos Autónomos de Castilla y León o en cualquiera de las Administraciones Públicas a las que se refiere el apartado tercero del artículo 2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • 2. Por títulos académicos reconocidos oficialmente, de nivel igual o superior al exigido como requisito para el acceso a las pruebas selectivas se valorará 2 puntos por cada uno de ellos, hasta un máximo de 6 puntos. No será objeto de valoración el título que se aporte como requisito de acceso.
  • b) Forma de acreditación.
  • A instancia del interesado se acreditarán los servicios prestados o reconocidos en la Administración General de la Comunidad de Castilla y León o en sus Organismos Autónomos, mediante el certificado (Anexo VI) expedido por el órgano superior de personal de la Consejería u Organismo Autónomo que será remitido al órgano gestor del proceso selectivo en el plazo de 15 días desde que fue solicitado, y una copia al interesado.
  • Los servicios prestados fuera de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León o de sus Organismos Autónomos se acreditarán con el certificado expedido por el órgano competente de dicha Administración, en el que consten el Cuerpo, Escala, Especialidad o competencia funcional equivalente y sus funciones. Dichas certificaciones deben remitidas al órgano gestor del proceso selectivo.
  • Los restantes méritos se acreditarán mediante la aportación de los títulos académicos o de la certificación de haber realizado todos los estudios necesarios para su obtención.

3.– Calificación final. Oposiciones Psicólogos 2021 Junta de Castilla y León

La calificación final se obtendrá por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la de concurso, una vez prorrateadas al 60 y 40 por cien, respectivamente. Para determinar dicha cifra se utilizará la siguiente fórmula: 10 (0,60 x nota oposición/ puntuación máxima oposición + 0,40 x puntos concurso/puntuación máxima concurso).

Las puntuaciones se redondearán al alza en el tercer decimal.

En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición, de persistir éste, se tendrá en cuenta la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio. De continuar el empate se deshará teniendo en cuenta la mayor puntuación en los ejercicios primero y tercero en este orden. Si continuaran produciéndose empates, se acudirá para deshacerlo a la mayor puntuación obtenida en la fase de concurso de acuerdo con la siguiente prioridad: Experiencia en el puesto de trabajo y títulos académicos.

No obstante, en caso de empate en la puntuación final obtenida entre varios aspirantes, si uno de ellos ha participado por el turno de personas con discapacidad, éste ocupará el primer lugar de entre ellos, circunstancia que se aplicará con carácter previo a los criterios generales de prelación establecidos anteriormente.

ANEXO II Oposiciones Psicólogos 2021 Junta de Castilla y León

Programa Oposiciones Psicólogos 2021 Junta de Castilla y León

GRUPO I – Materias comunes. Oposiciones Psicólogos 2021 Junta de Castilla y León

Tema 1.– La Constitución Española (I): Estructura. Los derechos y deberes fundamentales: su garantía y suspensión. La Corona. Los poderes del Estado: Cortes Generales, Gobierno y Poder Judicial.

Tema 2.– La Constitución Española (II): La configuración constitucional de la Administración Pública. La organización territorial del Estado. El Tribunal Constitucional. La reforma de la Constitución.

Tema 3.– La Administración General del Estado: organización y funcionamiento. Los ministerios. Órganos territoriales. La AGE en exterior. Breve referencia al sector público institucional estatal.

Tema 4.– La Administración Local: regulación constitucional. Entidades que la integran. La Carta Europea de Autonomía Local. Legislación estatal y autonómica de Régimen Local.

Tema 5.– La Unión Europea: Los tratados. Las instituciones. La representación de la Comunidad de Castilla y León ante la Unión Europea.

Tema 6.– Los derechos fundamentales de los ciudadanos de la Unión Europea. La libre circulación de personas; los derechos de residencia, a votar y ser elegido. La libre circulación de mercancías y la política comercial común. La libertad de establecimiento y la libre prestación de servicios. La libre circulación de capitales. La libre circulación de trabajadores.

Tema 7.– La Comunidad de Castilla y León: antecedentes históricos y culturales. El Estatuto de Autonomía como norma institucional básica de la Comunidad Autónoma. Proceso de elaboración y reforma del Estatuto.

Tema 8.– Instituciones básicas de la Comunidad de Castilla y León. Las Cortes de Castilla y León: composición, organización y funcionamiento. La función legislativa. El control a la acción de gobierno de la Junta de Castilla y León y su Presidente. La disolución de las Cortes.

Tema 9.– El Presidente de la Junta de Castilla y León: Elección, atribuciones y responsabilidad política. La Junta de Castilla y León: composición, atribuciones y funcionamiento. Los Vicepresidentes y Consejeros.

Tema 10.– Instituciones propias de la Comunidad de Castila y León: Procurador del Común, Consejo Consultivo, Consejo de Cuentas y Consejo Económico y Social.

Tema 11.– Organización y funcionamiento de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León: Principios de actuación y funcionamiento. Los órganos centrales y periféricos. La Administración institucional y las empresas públicas.

Tema 12.– El derecho administrativo: concepto. Las fuentes del derecho administrativo. La Constitución, tratados internacionales y derecho de la Unión Europea. El valor de la costumbre, la jurisprudencia y los principios generales del derecho. La Ley y sus clases. La relación entre ley autonómica y estatal. Disposiciones del Gobierno y de los órganos de gobierno de las Comunidades Autónomas con valor de Ley: decretos-leyes y decretos legislativos.

Tema 13.– El Reglamento: concepto, clases y límites. La potestad reglamentaria. Procedimiento de elaboración de los reglamentos. El control de la potestad reglamentaria.

Tema 14.– Régimen Jurídico del Sector Público: concepto, principios de actuación y funcionamiento. Los órganos de las Administraciones Públicas: especial referencia a los órganos colegiados. La atribución de competencias a los órganos administrativos: desconcentración, delegación, avocación, encomienda de gestión, delegación de firma y suplencia.

Tema 15.– El acto administrativo: concepto, elementos y clases. La motivación y la notificación. La obligación de resolver. Eficacia y validez de los actos administrativos. Nulidad y anulabilidad de los actos. La revisión de los actos administrativos. Los recursos administrativos: alzada, reposición y extraordinario de revisión.

Tema 16.– El procedimiento administrativo común: concepto y naturaleza. Objeto y ámbito. Interesados: clases. Sus derechos en el procedimiento. Las fases del procedimiento: iniciación, ordenación, instrucción y finalización. Ejecución.

Tema 17.– La potestad sancionadora de la Administración: principios generales y especialidades procedimentales. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones públicas: principios y especialidades procedimentales. Responsabilidad de autoridades y personal al servicio de las AA.PP.

Tema 18.– Los contratos del Sector Público (I): Principios generales de la contratación. Elementos estructurales de los contratos: las partes, el objeto, y el precio. Las garantías. El expediente de contratación. Los procedimientos de adjudicación: tipología, caracterización y especialidades. Efectos, cumplimiento y extinción de los contratos.

Tema 19.– Los contratos del Sector Público (II): Contrato de obras, de concesión de obras, de concesión de servicios, de suministro, de servicios: delimitación y especialidades. Breve referencia a los contratos de otros entes del Sector Público.

Tema 20.– El presupuesto de la Comunidad de Castilla y León: contenido y estructura. Ejecución y prórroga. Régimen de los créditos y modificaciones presupuestarias. El control interno y externo del gasto público en la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Tema 21.– Las subvenciones públicas: concepto y naturaleza jurídica. Procedimiento de concesión de subvenciones.

Tema 22.– El texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público: estructura y contenido básico. La Ley de la Función Pública de Castilla y León: objeto y ámbito de aplicación. Órganos superiores en materia de función pública autonómica. Planificación y organización de la función pública autonómica: clases de personal, planificación y programación, organización.

Tema 23.– Régimen jurídico de los funcionarios públicos al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (I): Acceso y selección. Adquisición, pérdida y rehabilitación de la condición de funcionario. Provisión de puestos de trabajo. Situaciones Administrativas.

Tema 24.– Régimen jurídico de los funcionarios públicos al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (II): Derechos y deberes básicos. Carrera profesional. Retribuciones. El régimen de vacaciones, licencias y permisos. Formación y perfeccionamiento. Los derechos de sindicación y huelga. El régimen de seguridad social de los funcionarios autonómicos.

Tema 25.– Régimen jurídico de los funcionarios públicos al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (III): Ética pública. Código Ético de los empleados públicos de la Administración de la comunidad de Castilla y León. Régimen de incompatibilidades. Régimen disciplinario.

Tema 26.– El personal laboral al servicio de las Administraciones públicas: régimen jurídico. El convenio colectivo para el personal laboral de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y organismos autónomos dependientes de esta: estructura y contenido básico.

Tema 27.– La Administración Pública como organización al servicio de los ciudadanos. El derecho a una Buena Administración. Los derechos de las personas en sus relaciones con la Administración: tipología y contenido.

Tema 28.– Las nuevas tecnologías en la gestión de la Administraciones Públicas. La administración electrónica: el funcionamiento electrónico del Sector Público. Sede electrónica. Portal de Internet. Punto de acceso general electrónico de la Administración. Sistemas de identificación y firma electrónica. El archivo electrónico.

Tema 29.– Las relaciones electrónicas entre las Administraciones Públicas. Transmisión de datos y reutilización de sistemas y aplicaciones. Concepto de interoperabilidad y Esquema Nacional de Interoperabilidad. Esquema Nacional de Seguridad.

Tema 30.– Las políticas públicas: formulación, ejecución y evaluación de las políticas públicas. Técnicas y habilidades en la gestión pública: planificación estratégica, dirección por objetivos, gestión del conocimiento.

Temas 31.– Técnicas de dirección gerencial en las Administraciones públicas. Nuevas orientaciones en motivación, liderazgo y comunicación. El directivo público.

Tema 32.– La protección de datos de carácter personal en las Administraciones Públicas. La Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. El Reglamento europeo. Obligaciones de los empleados públicos.

Tema 33.– La transparencia en la actividad pública y el acceso a la información pública: legislación estatal básica y de la Comunidad. Buen gobierno. Gobierno Abierto.

Tema 34.– Las políticas públicas en materia de igualdad de género y contra la violencia de género. Discapacidad y dependencia. Especial referencia las actuaciones de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Tema 35.– La Agenda 2030. Los Objetivos de Desarrollo sostenible. Acciones para su implementación en la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

GRUPO II – Materias específicas.

Parte Primera:

Tema 1.– Las bases del sistema nervioso. Procesos electroquímicos. La transmisión sináptica. Redes neuronales.

Tema 2.– Sistema nervioso Central y Periférico. Estructura y organización funcional.

Tema 3.– Psicología del aprendizaje. Principales modelos teóricos.

Tema 4.– La percepción. Características y principios de la experiencia perceptiva. Modalidades perceptivas. Trastornos de la percepción.

Tema 5.– La atención. Tipología y determinantes de la atención. Bases fisiológicas. Evaluación y patología de la atención.

Tema 6.– La memoria. Bases neuroquímicas. Tipos de memoria. Procesos de codificación, almacenamiento, recuperación y olvido. Exploración clínica y trastornos de la memoria.

Tema 7.– La motivación. Teorías sobre la motivación humana. Principales motivaciones biológicas, personales y sociales.

Tema 8.– La inteligencia. Modelos teóricos. Evaluación.

Tema 9.– El pensamiento. Aspectos teóricos.

Tema 10.– El lenguaje. Aspectos teóricos. Evaluación.

Tema 11.– El sueño. Fases y arquitectura del sueño. Funciones del sueño.

Tema 12.– La personalidad. Teorías sobre la personalidad.

Tema 13.– La psicología evolutiva. Principales enfoques teóricos del desarrollo.

Tema 14.– La infancia y la preadolescencia (I): desarrollo cognitivo.

Tema 15.– La infancia y la preadolescencia (II): adquisición y desarrollo del lenguaje.

Tema 16.– La infancia y la preadolescencia (III): desarrollo social y moral. Desarrollo de la personalidad.

Tema 17.– La adolescencia. Desarrollo cognitivo, de la personalidad, social y moral.

Tema 18.– Los principales modelos teóricos de la psicología social.

Tema 19.– La psicología comunitaria. Aspectos teóricos y prácticos. Metodología de trabajo en la comunidad.

Tema 20.– Las actitudes. Concepto. Formación, características y medida de las actitudes. Cambio de actitudes. Relación entre actitud y conducta.

Tema 21.– La comunicación. Concepto. Elementos. Teoría de la comunicación humana.

Tema 22.– Los grupos. Aspectos teóricos. Tipología, comunicación, toma de decisiones y rendimiento grupal. Las relaciones y conflictos en los grupos. El comportamiento colectivo.

Tema 23.– El liderazgo. Modelos explicativos. Tipos, funciones y características del líder.

Tema 24.– La conducta agresiva. Modelos teóricos explicativos. Determinantes. Control y modificación de la conducta agresiva.

Tema 25.– El estrés. Orientaciones teóricas. Fuentes del estrés. Consecuencias biológicas y psicológicas. Vulnerabilidad, afrontamiento y control del estrés. Programas de intervención.

Tema 26.– Ciencia y psicología. Conocimiento científico. La divulgación de la ciencia. El informe de investigación.

Tema 27.– El método científico en investigación psicológica: Tipologías. Fases del método científico. Identificación de problemas de investigación. Fuentes documentales. Hipótesis. Datos. Indicadores. Constructos. Variables. Tipos de variables. Control experimental.

Tema 28.– La metodología de la investigación en psicología. Métodos experimental y correlacional. Validez externa e interna. Procedimientos para mejorar la validez externa e interna.

Tema 29.– Los diseños de investigación (I). Diseños preexperimentales, cuasiexperimentales y experimentales.

Tema 30.– Los diseños de investigación (II). Diseños de grupo: de dos grupos, multigrupos y factorial. Diseños de un solo sujeto (n = 1): Reversión y retirada, línea de base múltiple y otros tipos.

Tema 31.– La estadística descriptiva. Índices de tendencia central. Índices de variabilidad o dispersión. Puntuaciones típicas. Curva normal. Correlación y regresión.

Tema 32.– La estadística inferencial. Muestreo: características y procedimientos de muestreo. Comprobación de hipótesis estadísticas: procedimientos univariados y multivariados.

Tema 33.– Principios universales de la ética. El proceso deliberativo. La ética en servicios sociales. Deontología profesional.

Tema 34.– La evaluación psicológica. Aspectos teóricos y prácticos. El análisis funcional del comportamiento.

Tema 35.– Los métodos de evaluación psicológica (I). La entrevista clínica y los autoinformes. Fiabilidad y validez. Aplicaciones.

Tema 36.– Los métodos de evaluación psicológica (II). La observación, autoobservación y registros psicofisiológicos. Procedimientos y técnicas.

Tema 37.– La evaluación neuropsicológica. Aspectos conceptuales y aplicaciones. Pruebas y baterías específicas.

Tema 38.– La evaluación de contextos y de clima social. Aspectos teóricos y aplicaciones.

Tema 39.– La evaluación psicológica con fines periciales. El informe pericial.

Tema 40.– La planificación, la programación y la evaluación de programas. Aspectos teóricos y prácticos.

Tema 41.– La clasificación de los trastornos mentales. Principales sistemas de clasificación internacional.

Tema 42.– Trastornos del neurodesarrollo. Aspectos etiológicos y clínicos. Evaluación, diagnóstico y tratamiento psicológicos.

Tema 43.– Espectro de la esquizofrenia y trastornos psicóticos. Aspectos etiológicos y clínicos. Evaluación, diagnóstico y tratamiento psicológicos.

Tema 44.– Trastorno bipolar y trastornos relacionados. Aspectos etiológicos y clínicos. Evaluación, diagnóstico y tratamiento psicológicos.

Tema 45.– Trastornos depresivos. Aspectos etiológicos y clínicos. Evaluación, diagnóstico y tratamiento psicológicos.

Tema 46.– Trastornos de ansiedad. Aspectos etiológicos y clínicos. Evaluación, diagnóstico y tratamiento psicológicos.

Tema 47.– Trastorno obsesivo-compulsivo y trastornos relacionados. Aspectos etiológicos y clínicos. Evaluación, diagnóstico y tratamiento psicológicos.

Tema 48.– Trastornos de la conducta alimentaria y de la ingesta de alimentos. Aspectos etiológicos y clínicos. Evaluación, diagnóstico y tratamiento psicológicos.

Tema 49.– Trastornos de la excreción. Aspectos etiológicos y clínicos. Evaluación, diagnóstico y tratamiento psicológicos.

Tema 50.– Trastornos del sueño-vigilia. Aspectos etiológicos y clínicos. Evaluación, diagnóstico y tratamiento psicológicos.

Tema 51.– Disfunciones sexuales. Aspectos etiológicos y clínicos. Evaluación, diagnóstico y tratamiento psicológicos.

Tema 52.– Disforia de género. Aspectos etiológicos y clínicos. Evaluación, diagnóstico y tratamiento psicológicos.

Tema 53.– Trastornos disruptivos, del control de los impulsos y de la conducta. Aspectos etiológicos y clínicos. Evaluación, diagnóstico y tratamiento psicológicos.

Tema 54.– Trastornos relacionados con sustancias y trastornos adictivos. Aspectos etiológicos y clínicos. Evaluación, diagnóstico y tratamiento psicológicos.

Tema 55.– Trastornos neurocognitivos. Aspectos etiológicos y clínicos. Evaluación, diagnóstico y tratamiento psicológicos.

Tema 56.– Trastornos de la personalidad. Aspectos etiológicos y clínicos. Evaluación, diagnóstico y tratamiento psicológicos.

Tema 57.– Trastornos parafílicos. Aspectos etiológicos y clínicos. Evaluación, diagnóstico y tratamiento psicológicos.

Tema 58.– Las drogodependencias. Concepto y clasificación de las drogas. Bases neurobiológicas, psicológicas y sociales del abuso y dependencia de las drogas.

Tema 59.– Alcoholismo. Aspectos etiológicos y clínicos. Evaluación, diagnóstico y tratamiento.

Tema 60.– Tabaquismo. Consecuencias sanitarias del hábito de fumar. Evaluación, diagnóstico y tratamiento.

Tema 61.– Clínica, evaluación y tratamiento de las principales adicciones a drogas ilegales: cannabis, heroína, cocaína y otras drogas psicoestimulantes.

Tema 62.– Comorbilidad psiquiátrica (patología dual) en pacientes drogodependientes. Concepto, epidemiología, diagnóstico y tratamiento integrado.

Tema 63.– Adicciones sin sustancias: juego patológico, adicción a las nuevas tecnologías y otras. Aspectos etiológicos y clínicos. Evaluación, diagnóstico y tratamientos psicológicos.

Tema 64.– Los modelos teóricos de terapia psicológica (I). Modelo conductista y cognitivo-conductual. Principios teóricos. Técnicas de intervención.

Tema 65.– Los modelos teóricos de terapia psicológica (II). Psicoanálisis y psicoterapias de orientación psicoanalítica. Principios teóricos. Técnicas de intervención.

Tema 66.– Los modelos teóricos de terapia psicológica (III). Modelo sistémico. Principios teóricos. Técnicas de intervención.

Tema 67.– Los modelos teóricos de terapia psicológica (IV) Psicología humanista. Principios teóricos. Técnicas de intervención.

Tema 68.– Los modelos teóricos de terapia psicológica (V). Las terapias de tercera generación. Principios teóricos. Técnicas de intervención.

Tema 69.– La terapia de grupo. Soporte teórico, procedimientos, técnicas y aplicaciones desde los modelos conductista, sistémico, humanista y psicodinámico.

Tema 70.– La terapia familiar. Modelos y técnicas de intervención.

Tema 71.– La intervención psicológica en situaciones de crisis. Teoría y características de las crisis. Factores desencadenantes. Prevención, modelos y técnicas.

Tema 72.– Intervención psicológica en situaciones de desastres. Teorías, modelos y técnicas de intervención. Funciones del psicólogo.

Tema 73.– La psicología del deporte. Concepto. Ámbitos de aplicación. Programas de intervención individual y colectiva.

Tema 74.– El razonamiento moral. Principales teorías. Intervención para la educación moral de niños y adolescentes.

Tema 75.– La solución de problemas. Aspectos teóricos. Aplicaciones en el campo clínico y de la intervención social.

Tema 76.– Las habilidades sociales. Concepto, dimensiones y modelos explicativos. Evaluación y entrenamiento en habilidades sociales. Ámbitos de aplicación.

Tema 77.– La conducta prosocial-altruista. Concepto. Tipos. Teorías explicativas. Evaluación e intervención. Ámbitos de aplicación.

Tema 78.– Psicología positiva. Modelos, evaluación e intervención. Ámbitos de aplicación.

Parte Segunda.

Tema 1.– La Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León. Normativa reguladora.

Tema 2.– La Ley 16/2010, de 20 de diciembre, de servicios sociales de Castilla y León. El Sistema de Servicios Sociales de Castilla y León.

Tema 3.– Las prestaciones del sistema de servicios sociales de responsabilidad pública Concepto, clasificación y clases. El catálogo de servicios sociales de Castilla y León.

Tema 4.– Los Centros de Acción Social (CEAS). El Equipo de Acción Social. Los Equipos multidisciplinares específicos.

Tema 5.– Organización integrada para el acceso al sistema de servicios sociales de responsabilidad pública. Elementos para la integración y la coordinación. La Historia Social única. El Sistema de Información de Usuarios Acceso Unificado a los Servicios Sociales (SIUSS). (SAUSS).

Tema 6.– La ayuda a domicilio. Concepto. Marco normativo. Contenido. Usuarios. Sistema de acceso. Baremación.

Tema 7.– Las políticas activas de empleo en Rentas Mínimas. Renta Garantizada de Ciudadanía e Ingreso Mínimo Vital: Concepto. Destinatarios. Contenido. Acceso. El proyecto individualizado de inserción. Concepto y contenidos.

Tema 8.– Red de Protección a las personas y familias con mayor vulnerabilidad económica y social. Plataforma europea contra la pobreza y la exclusión social.

Tema 9.– Registro, autorización y acreditación de entidades, servicios y centros del sistema de servicios sociales. Inspección y régimen sancionador.

Tema 10.– La legislación en materia de protección a la infancia. Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor. La Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio y la Ley 26/2015, de 28 de Julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia. La Ley 14/2002, de 25 de julio, de promoción, atención y protección a la infancia en Castilla y León y disposiciones de desarrollo.

Tema 11.– El sistema de Protección a la infancia, una responsabilidad de todos. La coordinación interdisciplinar y el trabajo en equipo. La acción protectora de los menores de edad en situación de riesgo o de desamparo. Niveles y competencias de la acción protectora.

Tema 12.– El maltrato infantil: concepto y tipología. Indicadores de maltrato. Factores de riesgo. Consecuencias en el desarrollo del niño. Niveles de gravedad del maltrato y organismos competentes en función de la gravedad del maltrato encargados de la prevención, valoración e intervención.

Tema 13.– Necesidades en la infancia y la adolescencia. Ejercicio positivo del rol parental y adquisición de habilidades y competencias necesarias para una adecuada atención a estas necesidades. Programas y técnicas de intervención en el maltrato infantil intrafamiliar. Objetivos en cada uno de los programas y finalidad integradora.

Tema 14.– Proceso de intervención ante situaciones de riesgo y de desamparo. Investigación y/o evaluación: Objetivos, decisiones a considerar e información a recabar. Establecimiento del pronóstico del caso. Plan de caso en función del resultado de la evaluación.

Tema 15.– El apoyo a la familia. Servicios competentes. Los programas de intervención familiar. Otras actuaciones.

Tema 16.– El acogimiento familiar: concepto y marco normativo. Finalidad, modalidades y tipologías. Procesos del acogimiento. Preparación de la familia de origen, del menor y  de los acogedores. Seguimiento y apoyos a las familias de acogida. Cese del acogimiento familiar. Implicaciones en el ejercicio de la guarda en el acogimiento familiar. El doble vínculo en el acogimiento familiar. La sensibilización social, la difusión y la captación de familias de acogida.

Tema 17.– El acogimiento residencial: concepto y marco normativo. Funciones de la atención residencial. Intervención en materia de acogimiento residencial. Programas de intervención. Programa de Preparación para la vida independiente.

Tema 18.– La adopción: concepto y marco normativo. Aspectos a considerar en la valoración de idoneidad de los solicitantes. Instrumentos de valoración. Menores susceptibles de adopción. La adopción abierta. Particularidades de la adopción internacional. Búsqueda de orígenes de los adoptados.

Tema 19.– La legislación en materia de jóvenes infractores: Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores. Principios generales. Ámbito de aplicación. Tipos de medidas. El procedimiento judicial.

Tema 20.– El papel de la entidad pública en las actuaciones en materia de menores infractores. Ejecución de las medidas impuestas por los Juzgados de Menores. Especial referencia a las normas contenidas en el Título IV de la Ley 14/2002, de 25 de julio, de promoción, atención y protección a la infancia en Castilla y León. La aportación del psicólogo en este ámbito.

Tema 21.– La delincuencia juvenil: Modelos explicativos. Factores de riesgo y factores protectores. Intervención educativa y tratamientos. Prevención de la reincidencia.

Tema 22.– La justicia restaurativa. Concepto y objetivos. Principios básicos sobre el empleo de programas de justicia restaurativa de Naciones Unidas. Tipos de programas. Preparación, ejecución y evaluación.

Tema 23.– La coordinación Sociosanitaria. Unidades de Convalecencia Sociosanitaria. Proceso integrado de atención sociosanitaria a personas con discapacidad por enfermedad mental. Recursos sociales para las personas con discapacidad por enfermedad mental en Castilla y León.

Tema 24.– El Sistema para la autonomía y atención a la dependencia. La Ley 39/2006, de 14 de diciembre. Normativa de Castilla y León.

Tema 25.– La valoración de la situación de dependencia.

Tema 26.– Las prestaciones de atención a la dependencia en Castilla y León.

Tema 27.– Características sociodemográficas de las personas mayores en el entorno europeo, en España y en la Comunidad de Castilla y León. Aspectos biopsicosociales del envejecimiento y necesidades de las personas mayores.

Tema 28.– Legislación nacional y de la Comunidad autónoma, en materia de servicios sociales relacionada con las personas mayores.

Tema 29.– Los nuevos modelos de atención a las personas mayores: La atención centrada en la persona y las unidades de convivencia. Aplicación en centros de personas mayores y en el contexto domiciliario.

Tema 30.– Recursos tecnológicos para la vida independiente de las personas mayores. Teleasistencia avanzada.

Tema 31.– Envejecimiento activo y prevención de la dependencia en las personas mayores: Principales factores que intervienen en el mantenimiento de la capacidad funcional. Normativa y recursos relacionados con el envejecimiento activo y la atención a las personas mayores en Castilla y León.

Tema 32.– Valoración de la calidad de vida y la dependencia en personas mayores. El proyecto de vida. Aspectos conceptuales e instrumentos.

Tema 33.– Abusos y malos tratos a las personas mayores.

Tema 34.– La intervención con personas mayores en el contexto europeo: normas, redes europeas y vías de financiación.

Tema 35.– Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Legislación nacional y de la Comunidad autónoma, en materia de servicios sociales relacionada con las personas con discapacidad.

Tema 36.– Los equipos de valoración y orientación para personas con discapacidad. Funciones del profesional de la psicología.

Tema 37.– La atención temprana. Bases teóricas y conceptuales. Programas y técnicas de intervención. Normativa en Castilla y León. Funciones del profesional de la psicología.

Tema 38.– Calidad de vida y personas con discapacidad: dimensiones, conceptos y evaluación.

Tema 39.– El Servicio de Apoyo para la activación del proyecto de vida. Definición. Perfil de las personas beneficiarias de la prestación. Requisitos de acceso.

Tema 40.– La planificación centrada en la persona: concepto, objetivos y metodologías de intervención. Implicaciones en el desarrollo del proyecto de vida.

Tema 41.– Familia y discapacidad: Principios y técnicas de intervención.

Tema 42.– Atención a las personas con discapacidad en centros residenciales y centros de día. Principios de intervención, metodologías y técnicas.

Tema 43.– Empleo y personas con discapacidad. Metodologías de actuación en el ámbito comunitario. Itinerarios de formación y empleo, centros de día y centros especiales de empleo.

Tema 44.– El modelo de apoyos: concepto, tipología y funciones. Análisis y adaptación de los entornos. Aplicación del modelo de apoyos en la atención.

Tema 45.– Accesibilidad y productos de apoyo.

Tema 46.– El voluntariado en los servicios sociales. Definición y características. Normativa reguladora.

Tema 47.– La Ley 3/1994, de 29 de marzo, de prevención, asistencia e integración social de drogodependientes de Castilla y León. Estructura y contenido.

Tema 48.– La Estrategia nacional y el Plan de acción sobre adicciones.

Tema 49.– Ley de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco. Estructura y contenido.

Tema 50.– Plan Regional sobre Drogas de Castilla y León.

Tema 51.– Epidemiología  del consumo de drogas en España y Castilla y León según las encuestas ESTUDES y  EDADES. Sistema  Autonómico de información sobre toxicomanías de Castilla y León: indicadores y evolución.

Tema 52.– Conceptos básicos sobre drogas. Definición, tipos de drogas y modalidades de consumos. Principales consecuencias del uso de drogas. Factores de riesgo y de protección.

Tema 53.– Bases científicas de la prevención del consumo de drogas. Reducción de la oferta y de la demanda de drogas. Prevención universal, selectiva e indicada. Estrategias efectivas de prevención a nivel ambiental, familiar, escolar, laboral y comunitario y de detección precoz e intervenciones breves según la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) y el Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías (EMCDDA). Modelo de prevención del consumo de drogas de Castilla y León.

Tema 54.– Trastorno por uso de sustancias: alcohol y  drogas ilegales. Determinantes sociales y consecuencias sociales.

Tema 55.– La Red de Asistencia al drogodependiente de Castilla y León. Estructura y funciones. Normativa de autorización y acreditación de centros específicos.

Tema 56.– Comorbilidad psiquiátrica (patología dual) en pacientes drogodependientes. Concepto, epidemiología  y tratamiento integrado.

Tema 57.– La problemática jurídico-penal  del trastorno por uso de sustancias  (TUS): medidas alternativas a la coerción  y a la privación de libertad en la legislación vigente.

Tema 58.– Igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. Evolución histórica y situación actual. Políticas institucionales de igualdad de oportunidades. Ley orgánica 3/2007 de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Tema 59.– Ley 1/2003, de 3 de marzo, de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en Castilla y León. Instrumentos de planificación autonómica de las políticas de igualdad de oportunidades y contra la violencia de género en Castilla y León. Ley 1/2011, de 1 de marzo, de Evaluación del Impacto de Género en Castilla y León.

Tema 60.– Lucha contra la violencia de género: Marco conceptual de la violencia de género. Competencias del Estado, Comunidades Autónomas y de las entidades locales. Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Pacto de Estado contra la Violencia de Género.

Tema 61.– La Ley 13/2010, de 9 de diciembre, contra la Violencia de Género en Castilla y León. Decreto 2/2019, de 7 de febrero, de autorización y funcionamiento de los centros de la Red de Atención a las víctimas de violencia de género de Castilla y León. Decreto 15/2018, de 31 de mayo, por el que se regula la ayuda económica a huérfanos y huérfanas de víctimas de violencia de género en Castilla y León y el acceso gratuito a estudios universitarios.

Tema 62.– Modelo de atención integral a las víctimas de violencia de género en Castilla y León «Objetivo Violencia Cero». Directrices de funcionamiento: Acuerdo 130/2015, de 10 de septiembre, de la Junta de Castilla y León. Definición del Modelo, objetivos, principios rectores, profesionales que intervienen. Proceso de atención y principales roles. Prestaciones y actuaciones.

Tema 63.– Aspectos básicos de la intervención con víctimas de violencia de género. La figura del Coordinador de Caso: Informe de valoración de violencia de género (INVIGE), Plan de atención Integral (PAI).

Tema 64.– Órganos colegiados de asesoramiento y participación en el ámbito de mujer en Castilla y León. Composición y organización.

Tema 65.– Ley de Ordenación del Sistema Sanitario de Castilla y León, organización y funcionamiento de los servicios de Salud Mental y Asistencia Psiquiátrica de la Comunidad de Castilla y León.

Tema 66.– Estrategia Nacional y Regional de Salud Mental y Asistencia Psiquiátrica: Objetivo y Líneas Estratégica.

ANEXO III

Instrucciones para cumplimentar la solicitud

INSTRUCCIONES GENERALES:

Recuerde que previamente a cumplimentar la solicitud debe abonar el importe de la tasa a través del modelo 046.

Cumplimente el modelo oficial de solicitud a través del enlace:

https://empleopublico.jcyl.es

Recuerde que su solicitud debe firmarla y presentarla preferentemente por vía telemática en el Registro Telemático de la Administración de la Comunidad de Castilla y León con certificado digital/DNI electrónico.

CONVOCATORIA:

Convocatoria: Seleccionar Cuerpo Facultativo Superior (Psicólogos) - Libre 2018.

Fecha de publicación: Este campo se rellenará automáticamente una vez que conste la información del apartado anterior con la fecha de publicación de la orden de la convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Tipo de acceso: Seleccionar turno libre o libre discapacidad.

Provincia de examen: Seleccionar Valladolid.

Idioma: Estará activo en su caso.

Grado de discapacidad: Si procede se cumplimentará con el grado que tenga reconocido.

Adaptación: Si lo precisa seleccione la petición concreta de las adaptaciones de tiempo y medios necesaria para la realización de los ejercicios en la que se reflejen sus necesidades específicas.

  • Eliminación de barreras arquitectónicas.
  • Ampliación del tiempo de duración del ejercicio.
  • Aumento del tamaño de los caracteres del examen, por dificultad de visión.
  • Necesidad de intérprete, debido a sordera.
  • Sistema Braille de escritura, por invidente.
  • Mesa adaptada a la silla de ruedas.
  • Otras. Adjuntar documentación.
  • En el caso de que haya cumplimentado «Otras» especifique cuáles en documento aparte.

ABONO DE TASAS:

Exención/Bonificación de tasas:

Señale si se encuentra exento del abono de la tasa y la causa (discapacidad u otras, o familia numerosa) o si tiene derecho a la bonificación (promoción interna). Recuerde que para tener derecho a la exención por familia numerosa o bonificación por promoción interna tiene que cumplir los requisitos de nivel de renta del sujeto pasivo de la tasa de acuerdo con la convocatoria y la normativa aplicable.

Código del modelo 046:

Se cumplimentará con los datos del código alfanumérico del mismo una vez realizado el pago de la tasa.

Importe de la tasa:

Se cumplimentará automáticamente.

  • Observación: En el caso de exención de la tasa por familia numerosa o de bonificación por participar por promoción interna, el participante deberá otorgar al órgano gestor la autorización para recabar los datos tributarios del nivel de renta del sujeto pasivo de la tasa del IRPF del ejercicio 2019 y, en su caso, cumplimentar el apartado correspondiente al número del título de familia numerosa y la fecha de caducidad del mismo. En el supuesto de no hacerlo, deberá presentar necesariamente la documentación acreditativa.

DATOS PERSONALES:

Se cumplimentará con los datos personales del aspirante.

DOMICILIO:

Se cumplimentará con los datos de domicilio del aspirante.

Si el domicilio radica fuera de España podrá detallar la dirección completa en el apartado Vía pública/Dirección.

REQUISITOS DE TITULACIÓN:

País título: Se consignará el país expedidor de la titulación académica exigida en la convocatoria.

Poseo el título exigido en la convocatoria: Tiene que cumplimentar este campo y seleccionar el nivel de titulación o título concreto, según el caso, exigido en la convocatoria.

Poseo otro título (especificar): En este campo puede indicar la denominación del título que posee (en el caso de que se exija un nivel de estudios) o la de otro título que tenga.

REQUISITOS PROFESIONALES (SOLO TURNO DE PROMOCIÓN INTERNA):

Estará activo en su caso.

CONSENTIMIENTO:

Consentimiento al centro gestor para acceder a las bases de datos de las Administraciones, con garantía de confidencialidad, y a los exclusivos efectos de facilitar la verificación de los datos personales: (identificación personal - nivel de renta - titulación - discapacidad - familia numerosa). En el caso de NO CONSENTIR debe señalar la casilla que figura antes de la firma, lo que supone que deberá necesariamente aportar copia de la documentación indicada en la convocatoria. Las personas que tengan reconocida la condición de discapacidad o familia numerosa fuera de la Comunidad de Castilla y León deben aportar la documentación acreditativa.

La Administración en cualquier momento podrá efectuar las verificaciones que considere necesarias en relación con la documentación aportada.

ANEXO IV

Tribunal

Titular

Presidente:. Ángel Miguel Vega Santos. Cuerpo Superior de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Secretario: Vicente Aleixandre Mendizábal. Cuerpo Superior de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Vocal: María del Carmen Manso González. Cuerpo Facultativo Superior (Psicólogos) de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Vocal: Esperanza Álvarez Molina. Cuerpo Superior Facultativo Junta de Andalucía (Pedagogos).

Vocal: M.ª Luisa Tamariz Sáenz . Cuerpo Facultativo Superior (Psicólogos) de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Suplente

Presidenta: Rocío Milano Núñez. Cuerpo Superior de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Secretario: Juan Carlos Vallejo Gómez. Cuerpo Superior de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Vocal: Ana María Blanco Serrano. Cuerpo Facultativo Superior (Pedagogos) de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Vocal: María del Carmen Herrera Velasco. Cuerpo Facultativo Superior (Psicólogos) de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Vocal: Modesto Mateo Bravo. Cuerpo Facultativo Superior (Psicólogos) de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

ANEXO VII

OFICINAS GENERALES DE INFORMACIÓN Y ATENCIÓN AL CIUDADANO

Oficina General de Información y Atención al Ciudadano de Ávila

Monasterio de Santa Ana, Pasaje del Císter, 1 - C.P.: 05001 - Ávila (Ávila)

Oficina General de Información y Atención al Ciudadano de Burgos

Pza. de Bilbao, 3 - C.P.: 09006 - Burgos (Burgos)

Oficina General de Información y Atención al Ciudadano de León

Edif. Usos Múltiples. Avda. Peregrinos s/n - C.P.: 24008 - León (León)

Oficina General de Información y Atención al Ciudadano de Palencia

Avda. Casado del Alisal, 27 - C.P.: 34001 - Palencia (Palencia)

Oficina General de Información y Atención al Ciudadano de Salamanca

Edificio Administrativo de Usos Múltiples (ESAUM)

C/ Príncipe de Vergara, 53-71 - C.P.: 37003 - Salamanca (Salamanca)

Oficina General de Información y Atención al Ciudadano de Segovia

Plaza de los Espejos, 1 (Entrada por Plaza Reina Doña Juana, 5)

C.P.: 40001 - Segovia (Segovia)

Oficina General de Información y Atención al Ciudadano de Soria

C/ Linajes, 1 - C.P.: 42002 - Soria (Soria)

Oficina General de Información y Atención al Ciudadano de Valladolid

C/ Duque de la Victoria, 8 - C.P.: 47001 - Valladolid (Valladolid)

Oficina General de Información y Atención al Ciudadano de Zamora

C/ Leopoldo Alas «Clarín», 4 - C.P.: 49018 - Zamora (Zamora)

PUNTOS DE INFORMACIÓN Y ATENCIÓN AL CIUDADANO

Punto de Información y Atención al Ciudadano de Arenas de San Pedro

C/ José Gochicoa, 20 - C.P.: 05400 - Arenas de San Pedro (Ávila)

Punto de Información y Atención al Ciudadano de Aranda de Duero

Plaza Resinera 1-2 - C.P.: 09400 - Aranda de Duero (Burgos)

Punto de Información y Atención al Ciudadano de Miranda de Ebro

C/ Estación 25 - C.P.: 09200 - Miranda de Ebro (Burgos)

Punto de Información y Atención al Ciudadano de Ponferrada

C/ Ramón González Alegre, 15 - C.P.: 24400 - Ponferrada (León)

Punto de Información y Atención al Ciudadano de Treviño

C/ Mayor, 41 - C.P.: 09215 - Treviño (Burgos)


Oposiciones Asistentes Sociales y Diplomados en Trabajo Social. Convocatoria 2021 Junta de Castilla y León

Oposiciones Asistentes Sociales y Diplomados en Trabajo Social. Convocatoria 2021 Junta de Castilla y León

Oposiciones Asistentes Sociales 2021

Ver oposiciones grupos A1 y A2 Junta de Castilla y León

ORDEN PRE/211/2021, de 19 de febrero, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso, por el sistema de acceso libre, en el Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas (Asistentes Sociales y Diplomados en Trabajo Social) de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

La Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, además de establecer la tasa de reposición aplicable en determinados sectores y actividades, autoriza una tasa adicional para la estabilización de empleo temporal de las plazas de naturaleza estructural que, estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2017, en determinados sectores y colectivos.

Los procesos selectivos de estabilización de empleo temporal necesariamente deben garantizar el cumplimiento de los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad, y su articulación, tal como se señala en las leyes de presupuestos precitadas, podrá ser objeto de negociación en cada uno de los ámbitos territoriales de la Administración General del Estado, Comunidades Autónomas y Entidades Locales, pudiendo articularse medidas que posibiliten una coordinación entre las diferentes Administraciones en el desarrollo de los mismos.

Haciendo uso de la posibilidad de negociación para la articulación de los procesos de estabilización se suscribió, el 14 de diciembre de 2018, el Acuerdo sobre la articulación de los procesos de estabilización incluidos en la oferta de empleo público 2018 de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (Boletín Oficial de Castilla y León de 4 de diciembre de 2019), según el cual «Las convocatorias derivadas de la Oferta de Empleo Público de 2018 para personal laboral y funcionario no docente, donde se incluyan plazas de estabilización o de indefinidos no fijos declarados por sentencia judicial, se harán por el sistema de concurso-oposición en un porcentaje del 40 para la fase de concurso y de un 60 para la oposición. En la fase de concurso se valorará el tiempo de servicios prestados en las Administraciones Públicas al 70% y los títulos académicos reconocidos oficialmente con el 30% restante. Las convocatorias pendientes de la oferta de 2017 se acumularán a las de 2018».

La Ley 7/2019, de 19 de marzo, de Implantación y Desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en su disposición final primera –procesos de estabilización– establece que:

«Las ofertas de empleo público de los años 2018 y 2019, al amparo de la habilitación prevista en el Art. 19 Uno. apartado 7 segundo párrafo in fine y apartado 9 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2018, incluirán todas las plazas de estabilización de empleo temporal y las del personal indefinido no fijo declarado por sentencia judicial.

Los procesos selectivos derivados de dichas ofertas para el acceso a cuerpos, escalas o especialidades de personal funcionario no docente se convocarán, siempre que incluyan este tipo de plazas, por el sistema de concurso-oposición de acuerdo con las previsiones del Art. 40.2 de la Ley de la Función Pública de Castilla y León. En estos procesos la fase de oposición tendrá un valor del 60% sobre el total de la nota y la fase del concurso un 40%. En la fase de concurso se valorará:

El tiempo de servicios prestados en las Administraciones Públicas en el mismo Cuerpo, Escala, especialidad o competencia funcional equivalente al que quieren acceder o la realización de funciones propias de dichos cuerpos, escalas o especialidades. El peso de este mérito será del 70% sobre el total de la fase de concurso.

Los títulos académicos reconocidos oficialmente que no sean requisito para acceder a la plaza y para desempeñar las funciones. El peso de este mérito será del 30% sobre el total de la fase de concurso.»

En su virtud, y con el fin de atender las necesidades de personal de esta Administración expresadas en el Acuerdo 64/2018, de 20 de diciembre, de la Junta de Castilla y León por el que se amplía la Oferta de Empleo Público de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y sus Organismos Autónomos para el año 2018, esta Consejería, en ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 7.2 k de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León,

RESUELVE Oposiciones Asistentes Sociales 2021

Convocar proceso selectivo para el ingreso, por el sistema de acceso libre, en el Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas (Asistentes Sociales y Diplomados en Trabajo Social), de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, que se regirá por las presentes

BASES Oposiciones Asistentes Sociales 2021

Primera.– Normativa aplicable. Oposiciones Asistentes Sociales 2021

El proceso selectivo se ajustará a lo establecido en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, en el Decreto 67/1999, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal y de Provisión de Puestos de Trabajo de los Funcionarios de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en el Decreto 83/2008, de 23 de diciembre, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público, a la provisión de puestos de trabajo y a la formación en la Administración de Castilla y León, y demás normas que resulten de general y pertinente aplicación.

La presente convocatoria cumple el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres en el acceso al empleo público, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Segunda.– Número y características de las plazas. Oposiciones Asistentes Sociales 2021

2.1. Se convoca proceso selectivo para cubrir, por el sistema de acceso libre, 50 plazas del Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas (Asistentes Sociales y Diplomados en Trabajo Social), de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, correspondientes a la Oferta de Empleo Público del año 2018, cinco de las cuales se reservan para ser cubiertas por el turno de personas con discapacidad, con un grado igual o superior al 33% o que tengan legalmente tal consideración, tal y como se recoge en el siguiente cuadro:

Sistema general Cupo personas con discapacidad Total
Acuerdo 64/2018, de 20 de diciembre.
Tasa de reposición: 14 Estabilización de empleo temporal: 36 45 5 50

2.2. Los aspirantes que concurran en el turno reservado a personas con discapacidad, sólo podrán hacerlo por dicho turno.

2.3. Las plazas reservadas del turno de personas con discapacidad que no sean cubiertas, se acumularán a las plazas del turno general.

2.4. En el caso de que algún aspirante que participe en el turno de personas con discapacidad superase los ejercicios correspondientes sin obtener plaza resultando su puntuación superior a la obtenida por otros aspirantes del turno general, será incluido por su orden de puntuación en la relación de aprobados.

Tercera.– Proceso selectivo y calificación. Oposiciones Asistentes Sociales 2021

3.1. El proceso selectivo se realizará mediante concurso-oposición con los ejercicios, valoraciones y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.

3.2. Los ejercicios del proceso selectivo deberán ampararse en la normativa vigente en el momento de publicar la fecha de realización del primer ejercicio.

Cuarta.– Programa. Oposiciones Asistentes Sociales 2021

El programa que rige el proceso selectivo figura como Anexo II a esta convocatoria.

Quinta.– Requisitos de los aspirantes. Oposiciones Asistentes Sociales 2021

Quienes aspiren a ingresar en el Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas (Asistentes Sociales y Diplomados en Trabajo Social) de la Administración de la Comunidad de Castilla y León deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión, los siguientes requisitos de participación:

  • a) Nacionalidad. Oposiciones Asistentes Sociales 2021
    • 1. Tener la nacionalidad española.
    • 2. Ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea.
    • 3. Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
    • 4. Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
  • b) Edad. Tener cumplidos dieciséis años de edad y, en su caso, no exceder de la edad máxima de jubilación.
  • c) Titulación. Estar en posesión o en condiciones de obtener, antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, del título de Diplomado en Trabajo Social, Asistente Social o Grado en Trabajo Social.
  • Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.
  • d) Capacidad. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del Cuerpo al que aspira a acceder.
  • e) Habilitación. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse incurso en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios, ni pertenecer al mismo Cuerpo o Escala de funcionario al que se presenta.
  • En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

En cualquier momento del procedimiento el órgano gestor del proceso selectivo podrá solicitar a los aspirantes la documentación justificativa que acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos en la presente convocatoria.

Sexta.– Acceso de personas con discapacidad. Oposiciones Asistentes Sociales 2021

6.1. Las personas que, como consecuencia de su discapacidad, presenten especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas, podrán solicitar las adaptaciones y los ajustes de tiempos y medios que precisen para la realización de las pruebas en condiciones de igualdad. A tal efecto, los interesados deberán formular en el modelo de solicitud la petición concreta, adjuntando el dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad que acredite la necesidad de las adaptaciones solicitadas. El Tribunal resolverá lo que en cada caso proceda de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 83/2008, de 23 de diciembre, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público, a la provisión de puestos de trabajo y a la formación en la Administración de Castilla y León, notificando a los interesados su decisión con antelación a la realización de las pruebas.

6.2. Quienes concurran al proceso selectivo objeto de la presente convocatoria por el turno reservado a personas con discapacidad deberán poseer el grado de discapacidad que le permite acceder a dicho turno el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlo hasta el momento de la toma de posesión.

Los aspirantes por este turno deberán comunicar al órgano gestor del proceso selectivo cualquier modificación en su grado de discapacidad que se produzca durante el desarrollo del proceso selectivo. El órgano gestor resolverá de oficio la incorporación del aspirante, en su caso, al turno general con la puntuación conseguida hasta ese momento.

El reconocimiento de una discapacidad con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, aun cuando se hiciese con efectos retroactivos, no conllevará en ningún caso la admisión del aspirante al turno reservado a personas con discapacidad.

Séptima.– Ingreso de la tasa por los derechos de examen y presentación de la solicitud. Oposiciones Asistentes Sociales 2021

7.1. Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán cumplimentar la solicitud, siguiendo las instrucciones que se acompañan como Anexo III, y presentarla según se establece en los apartados siguientes.

La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

7.2. El plazo de presentación de la solicitud es de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León. Las solicitudes se dirigirán a la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, C/ Padre Francisco Suárez n.º 2 - Bajo, C.P. 47006, órgano gestor del procedimiento.

7.3. La presentación de la solicitud se realizará por cualquiera de los medios siguientes, y preferentemente por vía telemática:

  • a) Telemáticamente, en el Registro Telemático de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
  • La presentación telemática de la solicitud conlleva necesariamente el pago telemático de la tasa por derechos de examen, salvo los casos de exención.
  • Es necesario como requisito previo para la inscripción poseer un certificado digital de persona física válido o el DNI electrónico con los certificados activados.
  • Para presentar telemáticamente la solicitud, se deberán seguir los siguientes pasos:
    • 1. Cumplimentar el modelo 046 de pago telemático de la tasa por derechos de examen, y realizar el pago, a través del enlace https://www.tributos.jcyl.es/web/jcyl/Tributos/es/Plantilla100/1284270174781/_/_/_. No deberán realizar este trámite quienes estuvieran exentos de pago.
    • 2. Realizado el pago telemático de la tasa, deberá cumplimentar el formulario «solicitud de admisión a pruebas selectivas» al que se accede desde la página web https://empleopublico.jcyl.es. Cumplimentado el formulario, en el que deberá consignarse el código alfanumérico identificativo del modelo 046, se elegirá la opción «GRABAR, FIRMAR Y REGISTRAR» y se seguirán los pasos que se van indicando (comprobación de la solicitud, anexado de la documentación prevista en la base 7.4 y firma digital). El proceso terminará cuando se obtenga el Recibo de Presentación del Documento, que se podrá guardar y/o imprimir como justificante de la presentación.
  • b) Presencialmente, en soporte papel, siguiendo los siguientes pasos:
    • 1. Cumplimentar on line el modelo 046 de pago de la tasa por derechos de examen y realizar el pago de alguna de las siguientes formas:
      • a) De forma telemática, con certificado digital o DNI electrónico, a través del enlace https://www.tributos.jcyl.es/web/jcyl/Tributos/es/Plantilla100/1284270174781/_/_/_.
      • b) Con tarjeta de débito o crédito de cualquier entidad financiera con TPV virtual, a través del mismo enlace.
      • c) Imprimir el modelo 046 cumplimentado y efectuar el pago presencial mediante ingreso a través de entidad colaboradora.
    • No deberán realizar este trámite quienes estuvieran exentos de pago.
    • 2. Cumplimentar el formulario «solicitud de admisión a pruebas selectivas» a través del enlace https://empleopublico.jcyl.es. Cumplimentado el formulario, en el que deberá consignar el código alfanumérico identificativo del modelo 046, se elegirá la opción «GRABAR Y GENERAR PDF». El documento se puede guardar y se debe imprimir y firmar para presentarlo, dentro del plazo establecido y junto con los documentos a que se refiere el punto 7.4, en cualquiera de las Oficinas y Puntos de Información y Atención al Ciudadano de la Administración de la Comunidad de Castilla y León que se relacionan en el Anexo VII, o en cualquiera de los centros oficiales a los que se refiere y en la forma que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. De presentarse en las oficinas de correos, deberá hacerse en sobre abierto para que puedan ser selladas antes de ser certificadas.
    • 3. Cada solicitud tendrá asignado un número de referencia identificativo único (no son válidas las fotocopias).
  • c) Las solicitudes podrán cursarse en el extranjero mediante su presentación en las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A la solicitud deberá acompañarse el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen.

7.4. Junto con la solicitud deberá presentar:

  • El modelo 046 (ejemplar para la Administración), validado por la entidad bancaria, acreditativo de haber abonado la tasa correspondiente, o el justificante si se ha abonado la tasa telemáticamente o mediante tarjeta.
  • La documentación acreditativa, en su caso, de tener la condición de familia numerosa o de persona con discapacidad si no pertenece a la Comunidad de Castilla y León o, perteneciendo a ésta, no ha autorizado a su consulta.
  • La documentación acreditativa del nivel de renta en el supuesto de exención que lo exija, salvo que se haya autorizado a su consulta.
  • La documentación acreditativa de la condición de víctima del terrorismo, en su caso.

7.5. Están exentas del pago de la tasa por derechos de examen:

  • a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.
  • b) Los miembros de las familias numerosas que tengan reconocida tal condición, siempre que la base imponible total, menos el mínimo personal y familiar, del sujeto pasivo de la tasa no supere 18.900 euros en tributación individual o 31.500 en tributación conjunta, en el ejercicio 2019.
  • c) Las víctimas del terrorismo, que tengan acreditada tal condición de conformidad con lo establecido en la Ley 4/2017, de 26 de septiembre, de Reconocimiento y Atención a las Víctimas del Terrorismo en Castilla y León.

7.6. El importe de la tasa por derechos de examen es de 25,65 €, de acuerdo con lo establecido en la Orden EYH/31/2018, de 18 de enero, por la que se acuerda la publicación de las tarifas de las tasas vigentes a partir del día 1 de enero de 2018.

7.7. La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento del mismo determinará la exclusión del aspirante.

7.8. En ningún caso la presentación y pago de la tasa de los derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

Octava.– Tribunal calificador. Oposiciones Asistentes Sociales 2021

8.1. El Tribunal calificador es el que figura en el Anexo IV a esta convocatoria.

8.2. El Tribunal ajustará su actuación a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla, Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, y en el Reglamento General de ingreso del personal y de provisión de puestos de trabajo de los funcionarios al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, aprobado por Decreto 67/1999, de 15 de abril, en todo lo que no contradiga a las anteriores normas.

8.3. El Tribunal actuará con autonomía y de acuerdo con los principios de objetividad, imparcialidad y profesionalidad de sus miembros. Podrá solicitar al órgano gestor del proceso el nombramiento del personal colaborador o asesor que estime necesarios para el desarrollo de las pruebas, a los que serán de aplicación las mismas prohibiciones de participación y causas de abstención y recusación que a los miembros del Tribunal.

8.4. En su actuación velará por el cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos y adoptará las medidas que resulten más adecuadas para evitar discriminación. Así mismo adoptará las medidas oportunas que permitan a los aspirantes con discapacidad que así lo hubieran indicado en la solicitud, poder participar en igualdad de condiciones que el resto de participantes.

8.5. Corresponde al Tribunal la aplicación de las presentes bases, así como la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir, adoptando las decisiones motivadas que estime pertinentes. En particular, si en algún momento tuviera conocimiento de que algún aspirante no cumple alguno de los requisitos exigidos, o del examen de la documentación resultara que la solicitud adolece de errores o falsedades que imposibilitaran su acceso al Cuerpo objeto de convocatoria, el Tribunal previa audiencia del interesado, propondrá al órgano gestor su exclusión, comunicándole las inexactitudes detectadas.

8.6. Con sujeción a los criterios de valoración previstos en el Anexo I de las presentes bases, podrá el tribunal acordar y desarrollar los parámetros que estime oportunos para la calificación de los ejercicios, haciéndolos públicos con anterioridad a su realización.

8.7. El Tribunal se constituirá en el plazo máximo de un mes a partir de la publicación de la relación provisional de admitidos y excluidos, previa convocatoria del Presidente a los miembros del tribunal titular y suplente. Ambos tribunales podrán actuar de forma conjunta.

8.8. A efectos de comunicación y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, C/ Padre Francisco Suárez n.º 2 - Bajo, C.P. 47006.

Novena.– Desarrollo del proceso selectivo. Oposiciones Asistentes Sociales 2021

9.1. En el plazo máximo de dos meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, el órgano gestor del proceso dictará resolución por la que se aprueba la relación provisional de admitidos y excluidos, con indicación del turno general o reservado a personas con discapacidad y de las causas de exclusión, indicando los lugares en los que se encuentra expuesta al público. Dicha resolución se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León.

9.2. Los aspirantes dispondrán de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación, para formular alegaciones o subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o en su caso, su no inclusión expresa, sin perjuicio de los recursos administrativos que procedan contra la resolución por la que se apruebe la relación definitiva de admitidos y excluidos.

Finalizado el plazo de alegaciones, el órgano gestor dictará resolución por la que se aprueba la relación definitiva de admitidos y excluidos del proceso selectivo, indicando lugar, fecha y hora para el comienzo del primer ejercicio. Dicha resolución será publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León.

9.3. El desarrollo de los ejercicios tendrá lugar en la localidad de Valladolid. No obstante, atendiendo a razones de salud pública y mediante resolución del órgano gestor a propuesta del Tribunal, podrían desarrollarse en varias localidades, que se determinarán en función del número de participantes que haya en cada provincia, según el domicilio que hayan consignado en la solicitud de participación. La resolución deberá hacerse pública con la suficiente antelación. La fecha de celebración de los ejercicios puedes coincidir con las fechas de celebración de ejercicios de otros procesos selectivos.

9.4. El orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por el primer aspirante cuyo apellido comience por la letra «Q», de conformidad con lo establecido en la Orden PRE/649/2020, de 14 de julio, por la se hace público el resultado del sorteo para determinar el orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos (Boletín Oficial de Castilla y León de 16 de julio de 2020). A estos efectos, cuando el primer apellido esté encabezado por preposición o por preposición más artículo –«de», «del», «de la(s)»– independientemente de la forma en que sea transcrito por las personas interesadas, estos elementos se incorporarán para su alfabetización en minúscula tras el nombre.

9.5. Los aspirantes podrán ser convocados a cada ejercicio en llamamiento único o en varios llamamientos siendo excluidos quienes no comparezcan.

Los aspirantes que no puedan realizar las pruebas selectivas debido a estar enfermos el día de la celebración de la prueba por el COVID-19, por ser contactos estrechos de un caso confirmado o por otras situaciones reconocidas por la autoridad sanitaria relacionadas directamente con el COVID-19 que le impidan el acceso a la realización de la prueba, lo comunicarán a través del correo procesos selectivos@jcyl.es con anterioridad a la fecha de la prueba o en un plazo no superior a 48 horas tras la celebración de la misma.

Si se produjeran dichas circunstancias, que deberán acreditarse mediante certificación de la autoridad sanitaria, y los aspirantes afectados lo reclamasen, el Tribunal deberá fijar otra fecha para la realización de las pruebas selectivas a las que no pudieron concurrir los aspirantes reclamantes.

9.6. En caso de que la realización de alguno de los ejercicios de la fase de oposición no pueda ser simultánea para los turnos general y reservado a personas con discapacidad, se realizará primero el correspondiente al turno reservado a personas con discapacidad. De igual forma se valorarán en primer lugar las pruebas realizadas por los aspirantes de dicho turno y a continuación las del turno general.

9.7. Una vez realizado el primer ejercicio de la fase de oposición, los anuncios de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con 12 horas, al menos, de antelación al comienzo de éste, si se trata del mismo ejercicio, o de 24 horas, si se trata de uno nuevo. Los anuncios serán publicados en los locales donde se haya celebrado la prueba anterior, en la sede del Tribunal, en el servicio telefónico 012 y en la página web https://empleopúblico.jcyl.es.

Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un mínimo de 72 horas y un máximo de 45 días naturales.

9.8. Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes que los han superado, con indicación de la puntuación obtenida, separando los turnos de acceso general y reservado a personas con discapacidad. Si alguno de los ejercicios consiste en un cuestionario de preguntas con respuestas múltiples, el Tribunal hará pública la plantilla de respuestas correctas, concediendo a los interesados un plazo de cinco días hábiles para plantear reclamaciones. El Tribunal resolverá las reclamaciones con carácter previo a la corrección del ejercicio y hará pública su decisión en la resolución por la que se declaren los aspirantes que han aprobado el ejercicio. Esta plantilla no será recurrible de forma independiente a la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

Asimismo, el Tribunal hará pública, en listado independiente, la relación de calificaciones obtenidas por el resto de aspirantes que, habiendo concurrido a la realización del ejercicio, no lo hubieran superado. En dicha relación, la identificación de los aspirantes se efectuará, exclusivamente, mediante la indicación de los dígitos de su documento nacional de identidad que ocupen las posiciones cuarta, quinta, sexta y séptima.

9.9. Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados, aquel quedará aplazado para ella, reanudándose a la terminación de la causa, siempre y cuando tal aplazamiento no menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, este extremo deberá ser valorado por el Tribunal. En tal caso, la realización de las pruebas pendientes deberá tener lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el respectivo proceso selectivo.

9.10. Finalizada la fase de oposición del proceso selectivo, el Tribunal hará pública la relación de los aspirantes que la hayan superado, separando los turnos de acceso general y reservado a personas con discapacidad, abriéndose un plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente a que se haga pública dicha relación para presentar ante el órgano gestor del proceso selectivo la documentación acreditativa de los méritos que deseen que les sean valorados en la fase de concurso, así como copia de la solicitud de certificado de servicios prestados (Anexo V).

La acreditación de servicios prestados se realizará conforme se especifica en el Anexo I («2. Fase de concurso», «b) Forma de acreditación»).

Para solicitar el certificado de servicios prestados deberá utilizarse el modelo que figura como Anexo V.

9.11. El Tribunal valorará los méritos de conformidad con el baremo establecido en el Anexo I y publicará la relación que contenga la valoración provisional de los méritos de la fase de concurso. Los aspirantes podrán efectuar alegaciones en un plazo de 10 días hábiles a partir del siguiente al de su publicación, finalizado el cual el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de esta fase.

9.12. Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal hará pública la relación única de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, ordenados por la puntuación total obtenida, con independencia del turno por el que hayan participado. La puntuación total vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la de concurso, en la forma establecida en el Anexo I, especificando las calificaciones de cada uno de los ejercicios de la fase de oposición y la valoración cada uno de los méritos de la fase de concurso.

9.13. Desde la publicación de la resolución aprobatoria de la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos hasta la publicación del acuerdo del tribunal declarativo de los aspirantes que han superado el proceso selectivo no deberán transcurrir más de ocho meses. Los solicitantes podrán entender desestimadas sus peticiones transcurrido el tiempo máximo establecido sin que recaiga resolución expresa.

Décima.– Relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo y presentación de documentos.

10.1. El Tribunal elevará a la Consejería de la Presidencia la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo y no podrá declarar que lo ha superado un número de aspirantes superior al de las plazas convocadas.

No obstante, para asegurar la cobertura de las plazas convocadas, el órgano convocante podrá requerir al Tribunal la relación complementaria de los aspirantes aprobados que sigan a los propuestos cuando se produzca alguna de las siguientes circunstancias:

  • a) Que se registre la renuncia o tenga lugar el fallecimiento de alguno de los aspirantes que han superado el proceso selectivo antes de su nombramiento como funcionario de carrera o de la toma de posesión del puesto adjudicado.
  • b) Que algún aspirante que ha superado el proceso selectivo no presente la documentación exigida o del examen de ésta se deduzca que carece de los requisitos establecidos en la convocatoria.

10.2. La Consejería de la Presidencia aprobará y publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León, la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo, la oferta de puestos de trabajo y el modelo para solicitarlos.

10.3. En el plazo de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación a que se refiere el apartado anterior, los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo deberán presentar en la Dirección General de la Función Pública los siguientes documentos:

  • a) D.N.I., documentación acreditativa de la titulación exigida en la convocatoria y acreditación del grado de discapacidad, en su caso, salvo que se haya autorizado a su consulta.
  • b) Certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales, únicamente en caso de acceso a puestos de trabajo que impliquen un contacto habitual con menores. En ausencia de autorización para su consulta, el interesado deberá aportar su respectiva copia auténtica conforme dispone el Art. 27 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • c) Declaración responsable de no hallarse inhabilitado, por sentencia firme, para el ejercicio de funciones públicas, ni de haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier Administración pública. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida el acceso a la función pública en su Estado.
  • d) Declaración responsable de no tener la condición de funcionario de carrera del cuerpo objeto de la convocatoria.
  • e) Declaración responsable de poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del Cuerpo objeto de la convocatoria.

Ante la imposibilidad debidamente justificada de presentar alguno de los documentos señalados en los apartados anteriores, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier prueba admisible en Derecho.

10.4. Asimismo, los aspirantes que han superado el proceso selectivo deberán cumplimentar el modelo de solicitud de puestos, consignándolos por orden de preferencia.

10.5. La documentación referida en los apartados anteriores se aportará en el Registro Telemático de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

10.6. Salvo casos de fuerza mayor, quienes dentro del plazo fijado no hayan autorizado a la Administración para la consulta de los datos personales establecidos en los apartados a) y b) o no presenten la documentación requerida, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en las bases de la convocatoria, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera, quedando sin efectos todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación.

10.7. En el caso de personas con discapacidad, la imposibilidad de acreditar la condición de discapacidad por pérdida de la misma durante el desarrollo del proceso selectivo supone la pérdida del requisito exigido para participar en el proceso selectivo por este turno de reserva y la imposibilidad de adquirir la condición de funcionario, quedando sin efecto las actuaciones realizadas, sin perjuicio de lo establecido en la base 6.2.

Undécima.– Nombramiento de funcionarios de carrera. Oposiciones Asistentes Sociales 2021

11.1. Transcurrido el plazo de presentación de documentos a que se refiere la base anterior los aspirantes que hayan superado el correspondiente proceso selectivo y cumplan los requisitos establecidos serán nombrados funcionarios de carrera del Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas (Asistentes Sociales y Diplomados en Trabajo Social), de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. El nombramiento se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León, junto con las vacantes adjudicadas.

11.2. La adjudicación de los puestos ofertados se efectuará de acuerdo con las peticiones de los interesados siguiendo el orden de puntuación alcanzada, siempre que se cumplan los requisitos objetivos determinados para cada puesto en la correspondiente relación de puestos de trabajo.

11.3. No adquirirá la condición de funcionario de carrera el aspirante nombrado que, sin causa justificada, no tome posesión de su puesto de trabajo dentro del plazo posesorio o de su prórroga.

Decimosegunda.– Publicidad de las actuaciones.

La información oficial relativa a las Resoluciones del Tribunal correspondientes a las convocatorias de ejercicios y a calificaciones, así como cualquier otra información de carácter general de utilidad para los interesados, se facilitará en los tablones de anuncios de las Oficinas y Puntos de Información y Atención al Ciudadano (Anexo VII) y en la página web de la Dirección General de Función Pública https://empleopublico.jcyl.es. La información estará asimismo disponible en el Servicio Telefónico 012 de Información y Atención al Ciudadano (para llamadas desde fuera de la Comunidad de Castilla y León: 983 327 850).

Norma final.

Contra la presente orden, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, de conformidad con lo establecido en los artículos 10.1 a) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Igualmente, con carácter previo y potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante la Consejería de la Presidencia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Valladolid, 19 de febrero de 2021.

El Consejero,
Fdo.: Ángel Ibáñez Hernando

ANEXO I Oposiciones Asistentes Sociales 2021

Descripción del proceso selectivo Oposiciones Asistentes Sociales 2021

El proceso de selección de los aspirantes será el concurso-oposición, que consta de una fase de oposición cuyos ejercicios tienen carácter obligatorio y eliminatorio y una fase de concurso.

1.– Fase de oposición. Oposiciones Asistentes Sociales 2021

1.1. La oposición constará de los siguientes ejercicios obligatorios y eliminatorios.

Primer ejercicio.– De carácter eliminatorio. Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de noventa (90) preguntas con respuestas múltiples, basado en el programa que figura como Anexo II, con la siguiente distribución:

  • Materias comunes: Treinta (30) preguntas relacionadas con las materias que figuran en el bloque «Grupo I - Materias Comunes» del Anexo II de la convocatoria.
  • Materias específicas: Sesenta (60) preguntas relacionadas con las materias que figuran en el bloque «Grupo II - Materias Específicas» del Anexo II de la convocatoria.

Además, los cuestionarios incluirán diez (10) preguntas de reserva para el supuesto de posibles anulaciones, tres (3) relacionadas con el bloque «Grupo I - Materias Comunes» y siete (7) relacionadas con el bloque «Grupo II - Materias Específicas». Las preguntas de reserva sustituirán, por su orden, a las preguntas de su mismo bloque que sean objeto de anulación.

En la realización de este ejercicio se aplicarán las siguientes reglas:

  • a) Todas las preguntas tendrán el mismo valor.
  • b) Las preguntas contarán con cuatro respuestas alternativas de las que sólo una de ellas será correcta.
  • c) Las contestaciones erróneas se penalizarán con un cuarto del valor de la respuesta correcta.
  • d) Las preguntas no contestadas ni puntúan ni restan.

El tiempo para la realización de este ejercicio será de cien (100) minutos.

Segundo ejercicio.– De carácter eliminatorio. Consistirá en redactar por escrito tres temas extraídos al azar por el Tribunal en el momento de inicio del ejercicio, del Grupo II – Materias Específicas del programa que figura como Anexo II de la convocatoria.

El tiempo para el desarrollo de este ejercicio será de tres (3) horas.

Los opositores darán lectura al ejercicio en sesión pública ante el Tribunal, previo señalamiento de día y hora.

En este ejercicio se valorarán la formación general, la claridad y el orden de ideas, la capacidad de expresión escrita, síntesis y capacidad de redacción.

Concluida la lectura, el Tribunal podrá solicitar aclaraciones sobre las materias expuestas y realizar preguntas relacionadas con las mismas durante un plazo máximo de diez minutos. Transcurridos diez minutos de lectura, el Tribunal podrá decidir que el aspirante abandone la prueba por estimar su actuación notoriamente insuficiente.

Tercer ejercicio.– De carácter eliminatorio. Consistirá en redactar dos proyectos de actuación profesional referidos al contenido de los temas de materias específicas del programa.

El tiempo para el desarrollo de este ejercicio será de tres (3) horas.

Este ejercicio será leído por los aspirantes, en sesión pública, ante el Tribunal, previo señalamiento de día y hora.

En este ejercicio se valorarán la formación general, la claridad y el orden de ideas, la capacidad de expresión escrita, síntesis y capacidad de redacción.

Concluida la lectura, el Tribunal podrá formular preguntas en relación con las materias expuestas y solicitar aclaraciones sobre las mismas durante un plazo máximo de diez minutos. Transcurridos diez minutos de lectura, el Tribunal podrá decidir que el aspirante abandone la prueba por estimar una actuación notoriamente insuficiente.

1.2. Calificación. Oposiciones Asistentes Sociales 2021

La puntuación máxima de esta fase de oposición será de treinta (30) puntos.

El primer ejercicio se calificará de cero (0) a diez (10) puntos. El Tribunal determinará la puntuación mínima necesaria para declarar superado el ejercicio a la vista de la dificultad del ejercicio propuesto y el grado de conocimientos alcanzado con referencia al nivel exigible de acceso al Cuerpo; esta decisión se tomará con anterioridad a la identificación de los aspirantes y se hará pública en los lugares establecidos en la base Decimosegunda de esta convocatoria.

Los ejercicios segundo y tercero se calificarán de cero (0) a diez (10) puntos. Será necesario obtener un mínimo de cinco (5) puntos en cada uno de ellos para superarlos.

La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los tres ejercicios.

2.– Fase de concurso. Oposiciones Asistentes Sociales 2021

La puntuación máxima de esta fase de concurso será de 20 puntos.

La valoración de los méritos se realizará una vez celebrada la fase de oposición y únicamente a los candidatos que la hayan superado.

Los méritos no acreditados en tiempo y forma no serán objeto de valoración.

La fecha de referencia de méritos es la de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en el proceso selectivo.

  • a) Baremo.
    • 1. Por el tiempo de servicios prestados en el mismo Cuerpo, Escala, especialidad o competencia funcional equivalente al Cuerpo, Escala o Especialidad que es objeto de la convocatoria o por la realización de funciones propias del mismo, hasta un máximo de 14 puntos, valorando a razón de 0,08 puntos por cada mes de servicios prestados en la Administración y Organismos Autónomos de Castilla y León o en cualquiera de las Administraciones Públicas a las que se refiere el apartado tercero del artículo 2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • 2. Por títulos académicos reconocidos oficialmente, de nivel igual o superior al exigido como requisito para el acceso a las pruebas selectivas se valorará 2 puntos por cada uno de ellos, hasta un máximo de 6 puntos. No será objeto de valoración el título que se aporte como requisito de acceso.
  • b) Forma de acreditación.
  • A instancia del interesado se acreditarán los servicios prestados o reconocidos en la Administración General de la Comunidad de Castilla y León o en sus Organismos Autónomos, mediante el certificado (Anexo VI) expedido por el órgano superior de personal de la Consejería u Organismo Autónomo que será remitido al órgano gestor del proceso selectivo en el plazo de 15 días desde que fue solicitado, y una copia al interesado.
  • Los servicios prestados fuera de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León o de sus Organismos Autónomos se acreditarán con el certificado expedido por el órgano competente de dicha Administración, en el que consten el Cuerpo, Escala, Especialidad o competencia funcional equivalente y sus funciones. Dichas certificaciones deben remitidas al órgano gestor del proceso selectivo.
  • Los restantes méritos se acreditarán mediante la aportación de los títulos académicos o de la certificación de haber realizado todos los estudios necesarios para su obtención.

3.– Calificación final. Oposiciones Asistentes Sociales 2021

La calificación final se obtendrá por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la de concurso, una vez prorrateadas al 60 y 40 por cien, respectivamente. Para determinar dicha cifra se utilizará la siguiente fórmula: 10 (0,60 x nota oposición/ puntuación máxima oposición + 0,40 x puntos concurso/puntuación máxima concurso).

Las puntuaciones se redondearán al alza en el tercer decimal.

En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición, de persistir éste, se tendrá en cuenta la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio. De continuar el empate se deshará teniendo en cuenta la mayor puntuación en los ejercicios primero y tercero en este orden. Si continuaran produciéndose empates, se acudirá para deshacerlo a la mayor puntuación obtenida en la fase de concurso de acuerdo con la siguiente prioridad: Experiencia en el puesto de trabajo y títulos académicos.

No obstante, en caso de empate en la puntuación final obtenida entre varios aspirantes, si uno de ellos ha participado por el turno de personas con discapacidad, éste ocupará el primer lugar de entre ellos, circunstancia que se aplicará con carácter previo a los criterios generales de prelación establecidos anteriormente.

ANEXO II Oposiciones Asistentes Sociales 2021

Programa Oposiciones Asistentes Sociales 2021

GRUPO I – Materias comunes. Oposiciones Asistentes Sociales 2021

Tema 1.– La Constitución Española (I): Estructura. Los derechos y deberes fundamentales: su garantía y suspensión. La Corona. Los poderes del Estado: Cortes Generales, Gobierno y Poder Judicial.

Tema 2.– La Constitución Española (II): La configuración constitucional de la Administración Pública. La organización territorial del Estado. El Tribunal Constitucional. La reforma de la Constitución.

Tema 3.– La Administración General del Estado: organización y funcionamiento. Los ministerios y órganos territoriales de la AGE. La Administración Local: entidades que la integran. La Carta Europea de Autonomía Local.

Tema 4.– La Unión Europea: Los tratados. Las instituciones. La representación de la Comunidad de Castilla y León ante la Unión Europea. Los derechos fundamentales de los ciudadanos de la Unión Europea. Las libertades básicas de la Unión Europea.

Tema 5.– La Comunidad de Castilla y León: antecedentes históricos y culturales. El Estatuto de Autonomía como norma institucional básica de la Comunidad Autónoma. Proceso de elaboración y reforma del Estatuto.

Tema 6.– Instituciones básicas de la Comunidad de Castilla y León: Las Cortes de Castilla y León. El Presidente de la Junta de Castilla y León. La Junta de Castilla y León. Breve referencia a las instituciones propias de la Comunidad de Castila y León: Procurador del Común, Consejo Consultivo, Consejo de Cuentas y Consejo Económico y Social.

Tema 7.– Organización y funcionamiento de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León: Principios de actuación y funcionamiento. Los órganos centrales y periféricos. La Administración institucional y las empresas públicas.

Tema 8.– El derecho administrativo: concepto. Las fuentes del derecho administrativo. La Constitución, tratados internacionales y derecho de la Unión Europea. El valor de la costumbre, la jurisprudencia y los principios generales del derecho. La Ley y sus clases. La relación entre ley autonómica y estatal. Disposiciones del Gobierno y de los órganos de gobierno de las Comunidades Autónomas con valor de Ley: decretos-leyes y decretos legislativos. El reglamento: concepto, clases y límites.

Tema 9.– Régimen Jurídico del Sector Público: concepto, principios de actuación y funcionamiento. Los órganos de las Administraciones Públicas: especial referencia a los órganos colegiados. La atribución de competencias a los órganos administrativos: desconcentración, delegación, avocación, encomienda de gestión, delegación de firma y suplencia.

Tema 10.– El acto administrativo: concepto, elementos y clases. La motivación y la notificación. La obligación de resolver. Eficacia y validez de los actos administrativos. Nulidad y anulabilidad de los actos. La revisión de los actos administrativos. Los recursos administrativos: alzada, reposición y extraordinario de revisión.

Tema 11.– El procedimiento administrativo común: concepto y naturaleza. Objeto y ámbito. Interesados: clases. Sus derechos en el procedimiento. Las fases del procedimiento: iniciación, ordenación, instrucción y finalización. Ejecución.

Tema 12.– La potestad sancionadora de la Administración: principios generales y especialidades procedimentales. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones públicas: principios y especialidades procedimentales. Responsabilidad de autoridades y personal al servicio de las AA.PP.

Tema 13.– Los contratos del Sector Público: Principios generales de la contratación. Elementos estructurales de los contratos: las partes, el objeto, y el precio. Las garantías. El expediente de contratación. Los procedimientos de adjudicación: tipología, caracterización y especialidades. Efectos, cumplimiento y extinción de los contratos. Contrato de obras, de concesión de obras, de concesión de servicios, de suministro, de servicios: delimitación y especialidades.

Tema 14.– El presupuesto de la Comunidad de Castilla y León: contenido y estructura. Ejecución y prórroga. Régimen de los créditos y modificaciones presupuestarias. El control interno y externo del gasto público en la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Las subvenciones públicas: concepto, clases y procedimiento de concesión de subvenciones.

Tema 15.– El texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público: estructura y contenido básico. La Ley de la Función Pública de Castilla y León: objeto y ámbito de aplicación. Órganos superiores en materia de función pública autonómica. Planificación y organización de la función pública autonómica: clases de personal, planificación y programación, organización.

Tema 16.– Régimen jurídico de los funcionarios públicos al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (I): Acceso y selección. Adquisición, pérdida y rehabilitación de la condición de funcionario. Provisión de puestos de trabajo. Situaciones Administrativas.

Tema 17.– Régimen jurídico de los funcionarios públicos al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (II): Derechos y deberes básicos. Carrera profesional. Retribuciones. El régimen de vacaciones, licencias y permisos. Formación y perfeccionamiento. Los derechos de sindicación y huelga. El régimen de seguridad social de los funcionarios autonómicos.

Tema 18.– Régimen jurídico de los funcionarios públicos al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (III): Ética pública. Código Ético de los empleados públicos de la Administración de la comunidad de Castilla y León. Régimen de incompatibilidades. Régimen disciplinario.

Tema 19.– El personal laboral al servicio de las Administraciones públicas: régimen jurídico. El convenio colectivo para el personal laboral de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y organismos autónomos dependientes de esta: estructura y contenido básico.

Tema 20.– La Administración Pública como organización al servicio de los ciudadanos. El derecho a una Buena Administración. Los derechos de las personas en sus relaciones con la Administración: tipología y contenido.

Tema 21.– Las nuevas tecnologías en la gestión de la Administraciones Públicas. La administración electrónica: el funcionamiento electrónico del Sector Público. Sede electrónica. Portal de Internet. Punto de acceso general electrónico de la Administración. Sistemas de identificación y firma electrónica. El archivo electrónico. Las relaciones electrónicas entre las Administraciones Públicas.

Tema 22.– Las relaciones electrónicas entre las Administraciones Públicas. Transmisión de datos y reutilización de sistemas y aplicaciones. Concepto de interoperabilidad y Esquema Nacional de Interoperabilidad. Esquema Nacional de Seguridad.

Tema 23.– La protección de datos de carácter personal en las Administraciones Públicas. La Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. El Reglamento europeo. Obligaciones de los empleados públicos.

Tema 24.– La transparencia en la actividad pública y el acceso a la información pública: legislación estatal básica y de la Comunidad. Buen gobierno. Gobierno Abierto.

Tema 25.– Las políticas públicas en materia de igualdad de género y contra la violencia de género. Discapacidad y dependencia. La Agenda 2030: Los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Breve referencia sobre las actuaciones de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

GRUPO II – Materias específicas. Oposiciones Asistentes Sociales 2021

Parte Primera. Oposiciones Asistentes Sociales 2021

Tema 1.– Necesidades sociales: conceptos. Necesidad, demanda y trabajo social. Teorías sobre las necesidades. Evolución de las necesidades sociales. Recursos sociales: evolución y clasificación.

Tema 2.– Precedentes del trabajo social: precursores y reformadores sociales. Nacimiento y evolución del trabajo social en el ámbito internacional y en España.

Tema 3.– Corrientes filosóficas y teorías generales que han influido en trabajo social. Enfoques teóricos de las principales figuras del trabajo social. Trabajo social y modelos de intervención.

Tema 4.– Trabajo social: concepto, concepciones y características. Naturaleza y objeto del trabajo social. Objetivos y funciones.

Tema 5.– Método científico de investigación en trabajo social. Tipología. Fases del método. Identificación de problemas de investigación. Fuentes de información.

Tema 6.– Diseños de investigación. Diseños preexperimentales, cuasiexperimentales y experimentales.

Tema 7.– Métodos complementarios en trabajo social: La administración en el trabajo social: concepto, funciones y fases del proceso. La supervisión en el trabajo social: origen, proceso, funciones, técnicas e instrumentos.

Tema 8.– La planificación, la programación y la evaluación de programas. Aspectos teóricos y prácticos.

Tema 9.– Comunicación y trabajo social: concepto, requisitos, elementos, tipos, proceso y objetivos de la comunicación. Técnicas e instrumentos: entrevista, reuniones de grupo, informes, fichas, historia social y otras.

Tema 10.– Intervención profesional: espacios y prácticas profesionales. Modelos de intervención profesional. Intervención integral y redes sociales.

Tema 11.– Interdisciplinaridad y trabajo en equipo: habilidades de comunicación, proceso de toma de decisiones, negociación, acuerdos.

Tema 12.– Ética y códigos deontológicos en el trabajo social: valores y principios, el secreto profesional. Confidencialidad y protección de datos. Ética institucional y acción profesional. La ética aplicada a los servicios sociales.

Tema 13.– Desarrollo humano y pobreza. Derechos humanos y bienestar social. Política social y Estado del Bienestar: tipologías de política social, modelos del Estado del Bienestar y planteamientos actuales. Servicios sociales en los modelos actuales de bienestar social.

Tema 14.– La política social en la Unión Europea. Sistema de servicios sociales en los países de la Unión Europea, comparación con los servicios sociales en España. Concepto, ejes y medidas financiadas por el Fondo Social Europeo. Los programas europeos.

Tema 15.– La acción protectora del Estado en España: prestaciones de la Seguridad Social, pensiones no contributivas, rentas mínimas de inserción.

Tema 16.– Los servicios sociales en España: evolución histórica, marco normativo y competencial de las distintas administraciones públicas: central, autonómica y local; papel de las organizaciones y entidades privadas.

Parte Segunda. Oposiciones Asistentes Sociales 2021

Tema 1.– La Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León. Normativa reguladora.

Tema 2.– La Ley 16/2010, de 20 de diciembre, de servicios sociales de Castilla y León. El Sistema de Servicios Sociales de Castilla y León.

Tema 3.– Las prestaciones del sistema de servicios sociales de responsabilidad pública Concepto, clasificación y clases. El catálogo de servicios sociales de Castilla y León.

Tema 4.– Los Centros de Acción Social (CEAS). El Equipo de Acción Social. Los Equipos multidisciplinares específicos.

Tema 5.– Organización integrada para el acceso al sistema de servicios sociales de responsabilidad pública. Elementos para la integración y la coordinación. La Historia Social única. El Sistema de Información de Usuarios Acceso Unificado a los Servicios Sociales (SIUSS). (SAUSS).

Tema 6.– La ayuda a domicilio. Concepto. Marco normativo. Contenido. Usuarios. Sistema de acceso. Baremación.

Tema 7.– Las políticas activas de empleo en Rentas Mínimas. Renta Garantizada de Ciudadanía e Ingreso Mínimo Vital: Concepto. Destinatarios. Contenido. Acceso. El proyecto individualizado de inserción. Concepto y contenidos.

Tema 8.– Red de Protección a las personas y familias con mayor vulnerabilidad económica y social. Plataforma europea contra la pobreza y la exclusión social.

Tema 9.– Registro, autorización y acreditación de entidades, servicios y centros del sistema de servicios sociales. Inspección y régimen sancionador.

Tema 10.– La legislación en materia de protección a la infancia. Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor. La Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio y la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia. La Ley 14/2002, de 25 de julio, de promoción, atención y protección a la infancia en Castilla y León y disposiciones de desarrollo.

Tema 11.– El sistema de Protección a la infancia, una responsabilidad de todos. La coordinación interdisciplinar y el trabajo en equipo. La acción protectora de los menores de edad en situación de riesgo o de desamparo. Niveles y competencias de la acción protectora.

Tema 12.– El maltrato infantil: concepto y tipología. Indicadores de maltrato. Factores de riesgo. Consecuencias en el desarrollo del niño. Niveles de gravedad del maltrato y organismos competentes en función de la gravedad del maltrato encargados de la prevención, valoración e intervención.

Tema 13.– Necesidades en la infancia y la adolescencia. Ejercicio positivo del rol parental y adquisición de habilidades y competencias necesarias para una adecuada atención a estas necesidades. Programas y técnicas de intervención en el maltrato infantil intrafamiliar. Objetivos en cada uno de los programas y finalidad integradora.

Tema 14.– Proceso de intervención ante situaciones de riesgo y de desamparo. Investigación y/o evaluación: Objetivos, decisiones a considerar e información a recabar. Establecimiento del pronóstico del caso. Plan de caso en función del resultado de la evaluación.

Tema 15.– El apoyo a la familia. Servicios competentes. Los programas de intervención familiar. Otras actuaciones.

Tema 16.– El acogimiento familiar: concepto y marco normativo. Finalidad, modalidades y tipologías. Procesos del acogimiento. Preparación de la familia de origen, del menor y  de los acogedores. Seguimiento y apoyos a las familias de acogida. Cese del acogimiento familiar. Implicaciones en el ejercicio de la guarda en el acogimiento familiar. El doble vínculo en el acogimiento familiar. La sensibilización social, la difusión y la captación de familias de acogida.

Tema 17.– El acogimiento residencial: concepto y marco normativo. Funciones de la atención residencial. Intervención en materia de acogimiento residencial. Programas de intervención. Programa de Preparación para la vida independiente.

Tema 18.– La adopción: concepto y marco normativo. Aspectos a considerar en la valoración de idoneidad de los solicitantes. Instrumentos de valoración. Menores susceptibles de adopción. La adopción abierta. Particularidades de la adopción internacional. Búsqueda de orígenes de los adoptados.

Tema 19.– La legislación en materia de jóvenes infractores: Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores. Principios generales. Ámbito de aplicación. Tipos de medidas. El procedimiento judicial.

Tema 20.– El papel de la entidad pública en las actuaciones en materia de menores infractores. Ejecución de las medidas impuestas por los Juzgados de Menores. Especial referencia a las normas contenidas en el Título IV de la Ley 14/2002, de 25 de julio, de promoción, atención y protección a la infancia en Castilla y León. La aportación del trabajador social en este ámbito.

Tema 21.– La delincuencia juvenil: Modelos explicativos. Factores de riesgo y factores protectores. Intervención educativa y tratamientos. Prevención de la reincidencia.

Tema 22.– La coordinación Sociosanitaria. Unidades de Convalecencia Sociosanitaria. Proceso integrado de atención sociosanitaria a personas con discapacidad por enfermedad mental. Recursos sociales para las personas con discapacidad por enfermedad mental en Castilla y León.

Tema 23.– El Sistema para la autonomía y atención a la dependencia. La Ley 39/2006, de 14 de diciembre. Normativa de Castilla y León.

Tema 24.– La valoración de la situación de dependencia.

Tema 25.– Las prestaciones de atención a la dependencia en Castilla y León.

Tema 26.– Características sociodemográficas de las personas mayores en el entorno europeo, en España y en la Comunidad de Castilla y León. Aspectos biopsicosociales del envejecimiento y necesidades de las personas mayores.

Tema 27.– Legislación nacional y de la Comunidad autónoma, en materia de servicios sociales relacionada con las personas mayores.

Tema 28.– Los nuevos modelos de atención a las personas mayores: La atención centrada en la persona y las unidades de convivencia. Aplicación en centros de personas mayores y en el contexto domiciliario.

Tema 29.– Recursos tecnológicos para la vida independiente de las personas mayores. Teleasistencia avanzada.

Tema 30.– Envejecimiento activo y prevención de la dependencia en las personas mayores: Principales factores que intervienen en el mantenimiento de la capacidad funcional. Normativa y recursos relacionados con el envejecimiento activo y la atención a las personas mayores en Castilla y León.

Tema 31.– Valoración de la calidad de vida y la dependencia en personas mayores. El proyecto de vida. Aspectos conceptuales e instrumentos.

Tema 32.– Abusos y malos tratos a las personas mayores.

Tema 33.– La intervención con personas mayores en el contexto europeo: normas, redes europeas y vías de financiación.

Tema 34.– Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Legislación nacional y de la Comunidad autónoma, en materia de servicios sociales relacionada con las personas con discapacidad.

Tema 35.– Los equipos de valoración y orientación para personas con discapacidad. Funciones del profesional del Trabajado Social.

Tema 36.– La atención temprana. Bases teóricas y normativa en Castilla y León.

Tema 37.– Calidad de vida y personas con discapacidad: dimensiones, conceptos y evaluación.

Tema 38.– El Servicio de Apoyo para la activación del proyecto de vida. Definición. Perfil de las personas beneficiarias de la prestación. Requisitos de acceso.

Tema 39.– La planificación centrada en la persona: concepto, objetivos y metodologías de intervención. Implicaciones en el desarrollo del proyecto de vida.

Tema 40.– Familia y discapacidad: Principios y técnicas de intervención.

Tema 41.– Atención a las personas con discapacidad en centros residenciales y centros de día. Principios de intervención, metodologías y técnicas.

Tema 42.– Empleo y personas con discapacidad. Metodologías de actuación en el ámbito comunitario. Itinerarios de formación y empleo, centros de día y centros especiales de empleo.

Tema 43.– El modelo de apoyos: concepto, tipología y funciones. Análisis y adaptación de los entornos. Aplicación del modelo de apoyos en la atención.

Tema 44.– Accesibilidad y productos de apoyo.

Tema 45.– El voluntariado en los servicios sociales. Definición y características. Normativa reguladora.

Tema 46.– La Ley 3/1994, de 29 de marzo, de prevención, asistencia e integración social de drogodependientes de Castilla y León. Estructura y contenido.

Tema 47.– La Estrategia nacional y el Plan de acción sobre adicciones.

Tema 48.– Ley de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco. Estructura y contenido.

Tema 49.– Plan Regional sobre Drogas de Castilla y León.

Tema 50.– Epidemiología  del consumo de drogas en España y Castilla y León según las encuestas ESTUDES y  EDADES. Sistema  Autonómico de información sobre toxicomanías de Castilla y León: indicadores y evolución.

Tema 52.– Conceptos básicos sobre drogas. Definición, tipos de drogas y modalidades de consumos. Principales consecuencias del uso de drogas. Factores de riesgo y de protección.

Tema 53.– Bases científicas de la prevención del consumo de drogas. Reducción de la oferta y de la demanda de drogas. Prevención universal, selectiva e indicada. Estrategias efectivas de prevención a nivel ambiental, familiar, escolar, laboral y comunitario y de detección precoz e intervenciones breves según la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) y el Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías (EMCDDA). Modelo de prevención del consumo de drogas de Castilla y León.

Tema 54.– Trastorno por uso de sustancias: alcohol y  drogas ilegales. Determinantes sociales y consecuencias sociales.

Tema 55.– La Red de Asistencia al drogodependiente de Castilla y León. Estructura y funciones. Normativa de autorización y acreditación de centros específicos.

Tema 56.– La integración social del drogodependiente. Fundamentos y ámbitos de intervención. Modelo de gestión de los procesos de integración sociolaboral de la población drogodependiente en Castilla y León.

Tema 57.– La problemática jurídico-penal  del trastorno por uso de sustancias  (TUS): medidas alternativas a la coerción  y a la privación de libertad en la legislación vigente.

Tema 58.– Igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. Evolución histórica y situación actual. Políticas institucionales de igualdad de oportunidades. Ley orgánica 3/2007 de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Tema 59.– Ley 1/2003, de 3 de marzo, de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en Castilla y León. Instrumentos de planificación autonómica de las políticas de igualdad de oportunidades y contra la violencia de género en Castilla y León. Ley 1/2011, de 1 de marzo, de Evaluación del Impacto de Género en Castilla y León.

Tema 60.– Lucha contra la violencia de género: Marco conceptual de la violencia de género. Competencias del Estado, Comunidades Autónomas y de las entidades locales. Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Pacto de Estado contra la Violencia de Género.

Tema 61.– La Ley 13/2010, de 9 de diciembre, contra la Violencia de Género en Castilla y León. Decreto 2/2019, de 7 de febrero, de autorización y funcionamiento de los centros de la Red de Atención a las víctimas de violencia de género de Castilla y León. Decreto 15/2018, de 31 de mayo, por el que se regula la ayuda económica a huérfanos y huérfanas de víctimas de violencia de género en Castilla y León y el acceso gratuito a estudios universitarios.

Tema 62.– Modelo de atención integral a las víctimas de violencia de género en Castilla y León «Objetivo Violencia Cero». Directrices de funcionamiento: Acuerdo 130/2015, de 10 de septiembre, de la Junta de Castilla y León. Definición del Modelo, objetivos, principios rectores, profesionales que intervienen. Proceso de atención y principales roles. Prestaciones y actuaciones.

Tema 63.– Aspectos básicos de la intervención con víctimas de violencia de género. La figura del Coordinador de Caso: Informe de valoración de violencia de género (INVIGE), Plan de atención Integral (PAI).

Tema 64.– Órganos colegiados de asesoramiento y participación en el ámbito de mujer en Castilla y León. Composición y organización.

Tema 65.– Ley de Ordenación del Sistema Sanitario de Castilla y León, organización y funcionamiento de los servicios de Salud Mental y Asistencia Psiquiátrica de la Comunidad de Castilla y León.

Tema 66.– Estrategia Nacional y Regional de Salud Mental y Asistencia Psiquiátrica: Objetivo y Líneas Estratégica.

ANEXO III Oposiciones Asistentes Sociales 2021

Instrucciones para cumplimentar la solicitud Oposiciones Asistentes Sociales 2021

INSTRUCCIONES GENERALES: Oposiciones Asistentes Sociales 2021

Recuerde que previamente a cumplimentar la solicitud debe abonar el importe de la tasa a través del modelo 046.

Cumplimente el modelo oficial de solicitud a través del enlace:

https://empleopublico.jcyl.es

Recuerde que su solicitud debe firmarla y presentarla preferentemente por vía telemática en el Registro Telemático de la Administración de la Comunidad de Castilla y León con certificado digital/DNI electrónico.

CONVOCATORIA: Oposiciones Asistentes Sociales 2021

Convocatoria: Seleccionar Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas (Asistentes Sociales y Diplomados en Trabajo Social) - Libre 2018.

Fecha de publicación: Este campo se rellenará automáticamente una vez que conste la información del apartado anterior con la fecha de publicación de la orden de la convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Tipo de acceso: Seleccionar turno libre o libre discapacidad.

Provincia de examen: Seleccionar Valladolid.

Idioma: Estará activo en su caso.

Grado de discapacidad: Si procede se cumplimentará con el grado que tenga reconocido.

Adaptación: Si lo precisa seleccione la petición concreta de las adaptaciones de tiempo y medios necesaria para la realización de los ejercicios en la que se reflejen sus necesidades específicas.

  • Eliminación de barreras arquitectónicas.
  • Ampliación del tiempo de duración del ejercicio.
  • Aumento del tamaño de los caracteres del examen, por dificultad de visión.
  • Necesidad de intérprete, debido a sordera.
  • Sistema Braille de escritura, por invidente.
  • Mesa adaptada a la silla de ruedas.
  • Otras. Adjuntar documentación.
  • En el caso de que haya cumplimentado «Otras» especifique cuáles en documento aparte.

ABONO DE TASAS:

Exención/Bonificación de tasas:

Señale si se encuentra exento del abono de la tasa y la causa (discapacidad u otras, o familia numerosa) o si tiene derecho a la bonificación (promoción interna). Recuerde que para tener derecho a la exención por familia numerosa o bonificación por promoción interna tiene que cumplir los requisitos de nivel de renta del sujeto pasivo de la tasa de acuerdo con la convocatoria y la normativa aplicable.

Código del modelo 046:

Se cumplimentará con los datos del código alfanumérico del mismo una vez realizado el pago de la tasa.

Importe de la tasa:

Se cumplimentará automáticamente.

  • Observación: En el caso de exención de la tasa por familia numerosa o de bonificación por participar por promoción interna, el participante deberá otorgar al órgano gestor la autorización para recabar los datos tributarios del nivel de renta del sujeto pasivo de la tasa del IRPF del ejercicio 2019 y, en su caso, cumplimentar el apartado correspondiente al número del título de familia numerosa y la fecha de caducidad del mismo. En el supuesto de no hacerlo, deberá presentar necesariamente la documentación acreditativa.

DATOS PERSONALES:

Se cumplimentará con los datos personales del aspirante.

DOMICILIO:

Se cumplimentará con los datos de domicilio del aspirante.

Si el domicilio radica fuera de España podrá detallar la dirección completa en el apartado Vía pública/Dirección.

REQUISITOS DE TITULACIÓN:

País título: Se consignará el país expedidor de la titulación académica exigida en la convocatoria.

Poseo el título exigido en la convocatoria: Tiene que cumplimentar este campo y seleccionar el nivel de titulación o título concreto, según el caso, exigido en la convocatoria.

Poseo otro título (especificar): En este campo puede indicar la denominación del título que posee (en el caso de que se exija un nivel de estudios) o la de otro título que tenga.

REQUISITOS PROFESIONALES (SOLO TURNO DE PROMOCIÓN INTERNA):

Estará activo en su caso.

CONSENTIMIENTO:

Consentimiento al centro gestor para acceder a las bases de datos de las Administraciones, con garantía de confidencialidad, y a los exclusivos efectos de facilitar la verificación de los datos personales: (identificación personal - nivel de renta - titulación - discapacidad - familia numerosa). En el caso de NO CONSENTIR debe señalar la casilla que figura antes de la firma, lo que supone que deberá necesariamente aportar copia de la documentación indicada en la convocatoria. Las personas que tengan reconocida la condición de discapacidad o familia numerosa fuera de la Comunidad de Castilla y León deben aportar la documentación acreditativa.

La Administración en cualquier momento podrá efectuar las verificaciones que considere necesarias en relación con la documentación aportada.

ANEXO IV

Tribunal

Titular

Presidente:. Tomás Montero Hernanz. Cuerpo Técnico de Instituciones Penitenciarias.

Secretario: Francisco Javier Fernández de la Reguera Pastor. Escala Técnica de Administración General de Administración Local.

Vocal: Mónica Casado Parras. Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas (Asistentes Sociales y Diplomados en Trabajo Social) de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Vocal: Ana Abel López Sacristán. Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas (Asistentes Sociales y Diplomados en Trabajo Social) de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Vocal: Inmaculada Caminero Lorenzo. Escala Técnica Media de Administración Especial de Administración Local.

Suplente

Presidente: María José Chica Ramos. Escala Técnica de Administración General de Administración Local.

Secretaria: Cristina Ana Sánchez León. Cuerpo Superior de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Vocal: María José Salvador Pedraza. Cuerpo de Asistentes Sociales.

Vocal: Carlos Javier Seco Aparicio. Cuerpo Técnico de Instituciones Penitenciarias.

Vocal: Isidoro Manuel Andrés Corral. Cuerpo Facultativo Superior (Psicólogos) de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

ANEXO VII

OFICINAS GENERALES DE INFORMACIÓN Y ATENCIÓN AL CIUDADANO

Oficina General de Información y Atención al Ciudadano de Ávila

Monasterio de Santa Ana, Pasaje del Císter, 1 - C.P.: 05001 - Ávila (Ávila)

Oficina General de Información y Atención al Ciudadano de Burgos

Pza. de Bilbao, 3 - C.P.: 09006 - Burgos (Burgos)

Oficina General de Información y Atención al Ciudadano de León

Edif. Usos Múltiples. Avda. Peregrinos s/n - C.P.: 24008 - León (León)

Oficina General de Información y Atención al Ciudadano de Palencia

Avda. Casado del Alisal, 27 - C.P.: 34001 - Palencia (Palencia)

Oficina General de Información y Atención al Ciudadano de Salamanca

Edificio Administrativo de Usos Múltiples (ESAUM)

C/ Príncipe de Vergara, 53-71 - C.P.: 37003 - Salamanca (Salamanca)

Oficina General de Información y Atención al Ciudadano de Segovia

Plaza de los Espejos, 1 (Entrada por Plaza Reina Doña Juana, 5)

C.P.: 40001 - Segovia (Segovia)

Oficina General de Información y Atención al Ciudadano de Soria

C/ Linajes, 1 - C.P.: 42002 - Soria (Soria)

Oficina General de Información y Atención al Ciudadano de Valladolid

C/ Duque de la Victoria, 8 - C.P.: 47001 - Valladolid (Valladolid)

Oficina General de Información y Atención al Ciudadano de Zamora

C/ Leopoldo Alas «Clarín», 4 - C.P.: 49018 - Zamora (Zamora)

PUNTOS DE INFORMACIÓN Y ATENCIÓN AL CIUDADANO

Punto de Información y Atención al Ciudadano de Arenas de San Pedro

C/ José Gochicoa, 20 - C.P.: 05400 - Arenas de San Pedro (Ávila)

Punto de Información y Atención al Ciudadano de Aranda de Duero

Plaza Resinera 1-2 - C.P.: 09400 - Aranda de Duero (Burgos)

Punto de Información y Atención al Ciudadano de Miranda de Ebro

C/ Estación 25 - C.P.: 09200 - Miranda de Ebro (Burgos)

Punto de Información y Atención al Ciudadano de Ponferrada

C/ Ramón González Alegre, 15 - C.P.: 24400 - Ponferrada (León)

Punto de Información y Atención al Ciudadano de Treviño

C/ Mayor, 41 - C.P.: 09215 - Treviño (Burgos)


Fecha de Examen Auxiliar Administrativo Ayuntamiento de San Esteban

Fecha de Examen Auxiliar Administrativo Ayuntamiento de San Esteban

Examen Auxiliar Administrativo Ayuntamiento

Ver oposiciones Auxiliar Administrativo Corporaciones Locales

De acuerdo con el apartado cuarto de las bases de selección para el concurso oposición de una plaza de funcionario de auxiliar administrativo, promoción libre, aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 10 de enero de 2020, a continuación se da información pública de la Resolución de Alcaldía de fecha 9 de febrero de 2021 por la que se fija la fecha y lugar de la realización de la 1ª prueba del proceso selectivo:
      DECRETO: Examen Auxiliar Administrativo Ayuntamiento
Visto el acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 10 de enero de 2020 por el que se convoca el concurso-oposición de una plaza de funcionario, con la categoría de auxiliar administrativo, incluida en el grupo C2.
Visto que las bases de esta convocatoria han sido publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Soria y en el B.O.C. y L. con fecha 27 de enero de 2020 y extracto en el Boletín Oficial del Estado el día 31 de enero de 2020.
Vistas las Resoluciones de Alcaldía de fecha 6 de marzo y 23 de julio de 2020, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia los días 16 de marzo y 3 de agosto de 2020, respectiva- mente, en las que se aprobaban los listados provisionales y definitivos de admitidos y excluidos al proceso selectivo.
Resultando que la base 4 del concurso-oposición señala que deberá informarse públicamente y
publicar en el Boletín Oficial de la Provincia la fecha, hora y lugar de realización de las pruebas, una vez coordinados con el tribunal de selección y establecidas las medidas sanitarias con motivo de la pandemia covid-19.
Por todo ello, Vengo en resolver:
1º. Fijar la siguiente fecha y hora para la realización de la primera prueba del proceso que tendrá lugar en la Escuela Hogar Alfonso VIII de San Esteban de Gormaz el día 2 de marzo de 2021 a las 11,30 horas.
Se ruega a los candidatos se presenten en el lugar indicado con al menos 15 minutos de antelación.
2º. Recordar a los candidatos que deberán cumplir con las medidas establecidas con el protocolo covid-19 y más concretamente:
- Uso obligatorio de mascarilla
- Tener visible en todo el proceso el D.N.I. o documento identificativo.
- Rellenar la declaración responsable personal de covid-19
- Ir provistos de sus propios utensilios para las pruebas: bolígrafos, lápiz, típex, etc.
- No Introducir en el aula objetos personales (portafolios, portátiles, etc.), salvo los imprescindibles para la realización de los ejercicios.
- El resto de medidas que imponga el tribunal de selección.

     3º. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, en el tablón de anuncios
del Ayuntamiento y en la página web municipal www.sanestebandegormaz.org.
San Esteban de Gormaz, 9 de febrero de 2021.– La Alcaldesa, Mª Luisa Aguilera Sastre.

Ver publicación Boletín Oficial de la Provincia de Soria 26/02/2021 (PDF)

Ver publicación Boletín Oficial de la Provincia de Soria 26/02/2021 (HTML)


Auxiliar Administrativo Promoción Interna Ayuntamiento de Valladolid 2020

Auxiliar Administrativo Promoción Interna Ayuntamiento de Valladolid 2020

Auxiliar Administrativo Promoción Interna Ayuntamiento 

RESOLUCIÓN de 16 de diciembre de 2020, del Concejal Delegado de Planificación y Recursos del Ayuntamiento de Valladolid, por la que se aprueban las bases específicas que regirán la convocatoria para la provisión, por promoción interna, de 5 plazas de Auxiliar Administrativo, correspondientes a la oferta de empleo público 2020 del Ayuntamiento de Valladolid. Expte.: PER-867/2020.

«Visto el expediente PER-867/2020, relativo a la convocatoria para la provisión de 5 plazas de Auxiliar Administrativo por promoción interna, correspondientes a la Oferta de Empleo Público 2020 en la plantilla del Ayuntamiento de Valladolid, el funcionario que suscribe propone que sea dictada Resolución del tenor literal siguiente:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.– Las plazas convocadas se encuentran vacantes e incluidas en la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Valladolid para el año 2020, así como en la Relación de Puestos de Trabajo.

Segundo.– En este procedimiento se ha dado audiencia a la Junta de Personal Funcionario para que realice las alegaciones que estime oportunas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.– Corresponde la competencia para dictar la presente Resolución a la Junta de Gobierno, en virtud de lo establecido en el artículo 127.1.h de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, habiéndose delegado dicha competencia en el Concejal Delegado de Planificación y Recursos, por Acuerdo de fecha 19 de junio de 2019.

Segundo.– La convocatoria se realiza para dar cumplimiento a lo acordado en la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Valladolid para el año 2020, aprobada por la Junta de Gobierno en sus sesión celebrada el 8 de julio de 2020.

En vista de lo cual, atendidos los Antecedentes de Hecho y Fundamentos de Derecho expuestos, se propone la adopción de la siguiente RESOLUCIÓN:

Primero.– Aprobar las bases específicas que regirán la convocatoria de pruebas selectivas para el acceso a la categoría de Auxiliar Administrativo, encuadrada en la Escala de Administración General, Subescala Auxiliar, Grupo C, Subgrupo C2 de titulación de los establecidos en el artículo 76 en relación con la Disposición Transitoria Tercera del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. Dichas bases figuran como Anexo I al presente Decreto.

Segundo.– La convocatoria se realiza para dar cumplimiento a lo acordado en la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Valladolid, correspondiente al año 2020, aprobada por Junta de Gobierno en sesión celebrada el día 8 de julio de 2020.

Tercero.– De conformidad con lo establecido por el apartado 5 de la base séptima de las Bases generales por las que se regirán los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Valladolid para la selección de personal funcionario de carrera y personal laboral fijo, aprobadas por Decreto del Concejal Delegado del Área de Planificación y Recursos de 15 de julio de 2020, no será exigible el pago de la tasa por derechos de examen al personal al servicio del Ayuntamiento de Valladolid cuando participe en pruebas selectivas por el turno de promoción interna.

Cuarto.– El orden en que habrán de actuar las personas aspirantes en los ejercicios que no se puedan realizar conjuntamente se iniciará alfabéticamente dando comienzo aquélla cuyo primer apellido comience con la letra “B”; en el supuesto de que no exista ninguna persona aspirante cuyo primer apellido comience por dicha letra, el orden de actuación se iniciará por aquellas cuyo primer apellido comience por la letra “C” y así sucesivamente, según la Resolución, de 21 de julio de 2020, de la Secretaría de Estado de Función Pública, (B.O.E. de 24-7-2019), por la que se hace público el resultado del sorteo a que se refiere el artículo 17 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, que aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.

Quinto.– El plazo de presentación de solicitudes por parte de las personas interesadas en tomar parte en las pruebas selectivas será de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Sexto.– Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes, o bien, directamente, Recurso Contencioso Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid, de conformidad con lo establecido por el artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, contados, en ambos casos, desde el día siguiente al de la publicación del presente Decreto en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid, sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.»

Valladolid, 16 de diciembre de 2020.

El Concejal Delegado
de Planificación y Recursos, Decreto núm. 8787 de fecha 11 de diciembre de 2020 Fdo.: Pedro Herrero García

ANEXO I

BASES ESPECÍFICAS POR LAS QUE SE REGIRÁ LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS SELECTIVAS PARA EL ACCESO MEDIANTE PROMOCIÓN INTERNA A LA CATEGORÍA DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO DEL AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

Primera.– Ámbito de Aplicación.

Las presentes bases serán de aplicación a las pruebas selectivas convocadas para proveer, mediante promoción interna, 5 plazas de Auxiliar Administrativo, vacantes en la plantilla de personal del Ayuntamiento de Valladolid, incluidas en la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2020.

A dichas pruebas será de aplicación, asimismo, lo establecido en las Bases generales por las que se regirán los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Valladolid para la selección de personal funcionario de carrera y personal laboral fijo, aprobadas por Decreto del Concejal Delegado del Área de Planificación y Recursos de 15 de julio de 2020, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid del 3 de agosto de 2020.

Segunda.– Características de las plazas.

Las plazas convocadas corresponden al Grupo C, Subgrupo C2, de los establecidos en el artículo 76 en relación con la Disposición Transitoria Tercera del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre y están encuadradas en la escala de Administración General, Subescala Auxiliar de la plantilla del Ayuntamiento de Valladolid.

Tercera.– Requisitos de los aspirantes.

Las personas aspirantes, además de reunir los requisitos exigidos en la Base quinta de las bases generales que rigen los procesos de selección del personal funcionario del Ayuntamiento de Valladolid, deberán reunir los siguientes:

  • Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente, o estar en condiciones de obtenerlo a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
  • En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite la homologación del título. Este requisito no será exigible a quienes hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.
  • Pertenecer como funcionario de carrera a la subescala Subalterna de la Escala de Administración General o a la clase de Personal de Oficios de la Subescala Técnica de Administración Especial del Ayuntamiento de Valladolid, o bien ser personal laboral fijo que ocupe puestos pertenecientes a los Grupos IV y V de titulación del sistema de clasificación profesional del personal laboral del Ayuntamiento de Valladolid.
  • Podrán participar, igualmente, los funcionarios de carrera de otras Administraciones Públicas que pertenezcan a cualquier Cuerpo, Escala, Especialidad o Categoría de otras Administraciones Públicas equivalentes a las clases y subescalas mencionadas en el párrafo anterior y que se encuentren prestando servicios en el Ayuntamiento de Valladolid por haber obtenido un puesto con carácter definitivo mediante los procedimientos de concurso o libre designación.
  • Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, en la subescala o Grupo profesional mencionados en el punto precedente.

La acreditación de los anteriores requisitos se realizará mediante el certificado expedido por el Departamento de Gestión de Recursos Humanos.

Cuarta.– Solicitudes y plazo de presentación.

1.– Las personas interesadas en participar en el proceso selectivo presentarán su solicitud conforme al modelo oficial que acompaña como Anexo a la presente convocatoria (Anexo III).

Dicho modelo podrá obtenerse, asimismo, en las Oficinas de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de Valladolid y, en formato electrónico, a través de internet, en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Valladolid https://www.valladolid.gob.es/es/tramites-servicios/impresos-solicitud-tramites

2.– Las solicitudes se dirigirán al Excmo. Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación y se presentarán, preferentemente, en el Registro General del Ayuntamiento de Valladolid. Sin perjuicio de lo anterior, las personas interesadas podrán presentar su solicitud de participación en los procesos selectivos en cualquiera de los lugares y formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En el caso de que se opte por presentar la solicitud ante una oficina de Correos, se hará en sobre abierto, para que la misma sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada.

3.– El plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente a aquél en que aparezca publicado el extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

4.– Las personas interesadas en participar en los procesos selectivos presentarán, junto con su solicitud, la documentación siguiente:

  • Documentación acreditativa de los méritos alegados, conforme a lo establecido en la Base sexta.
  • Declaración responsable de que reúnen los requisitos generales y específicos exigidos para tomar parte en el proceso selectivo a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, incorporada en el modelo de solicitud.

Quinta.– Sistema selectivo.

El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición y constará de las siguientes fases:

1.– Fase de oposición.

  • La oposición constará de los siguientes ejercicios:
  • Primer ejercicio.
  • Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de cincuenta preguntas con respuestas múltiples, basado en el programa.
  • En la realización de este ejercicio se aplicarán las siguientes reglas:
    • a) Las preguntas contarán con cuatro respuestas alternativas de las que sólo una de ellas será correcta.
    • b) Los cuestionarios incluirán un 10% de preguntas de reserva para posibles anulaciones. Para su desarrollo el órgano de selección ampliará el tiempo máximo para la realización de la prueba en el mismo porcentaje.
    • c) Las contestaciones erróneas se penalizarán con 1/4 del valor de la respuesta correcta. No tendrán esta consideración las preguntas no contestadas.
  • El tiempo para la realización de este ejercicio será de sesenta minutos.
  • Segundo ejercicio.
  • Tendrá carácter práctico y consistirá en la realización de un supuesto práctico, y podría basarse en un ejercicio de proceso de textos o bien en un ejercicio de hoja de cálculo, a elección del Tribunal.
  • Se realizará en una sola sesión, siguiendo las instrucciones facilitadas por el Tribunal, en el que se utilizarán las versiones de Word y de Excel correspondientes al Office 2013.
  • En caso de que, por razones técnicas, no fuera posible realizar los supuestos prácticos con esta versión de Microsoft Office, el Tribunal comunicará con la suficiente antelación a las personas interesadas las versiones con las que se realizará el ejercicio.
  • Se valorará en este ejercicio los conocimientos y habilidades en las funciones y utilidades del procesador de textos o de la hoja de cálculo (con un peso relativo del 80%), así como la transcripción de un texto y la detección y corrección de las faltas de ortografía en él introducidas (con un peso relativo del 20%).
  • El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de treinta minutos.
  • Se facilitarán a las personas aspirantes los medios técnicos necesarios para su realización, si bien se desactivarán las funciones correspondientes a la corrección automática de textos.

2.– Fase de concurso.

  • Consistirá en la valoración de los méritos debidamente acreditados por las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición, de acuerdo con el baremo establecido en la base siguiente.

Sexta.– Calificación del proceso selectivo. Auxiliar Administrativo Promoción Interna Ayuntamiento 

5.1. Calificación de la fase de oposición. Auxiliar Administrativo Promoción Interna Ayuntamiento 

Las calificaciones para cada uno de los ejercicios se otorgarán como sigue:

  • Primer ejercicio: Se calificará de cero a diez puntos. En la calificación de este ejercicio cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo con 0,2 puntos; la pregunta no contestada, es decir, que figuren las cuatro letras en blanco o con más de una opción de respuesta no tendrá valoración y la pregunta con contestación errónea se penalizará con el equivalente a 1/4 del valor de la respuesta correcta, redondeado al valor del segundo decimal.
  • Serán eliminadas aquellas personas que no alcancen la puntuación mínima que establezca el tribunal, dentro de un rango de entre tres puntos y medio y seis puntos y medio, una vez conocidas las puntuaciones de todas las personas opositoras y antes de conocer su identificación. La puntuación mínima establecida para este ejercicio será publicada de forma independiente antes de la publicación de los resultados del primer ejercicio.
  • Segundo ejercicio: Se calificará de cero a diez puntos, siendo eliminadas aquellas personas que no alcancen la puntuación mínima de cinco puntos.
  • A los efectos de la calificación de este ejercicio, el órgano de selección hará públicos, con, al menos, 72 horas de antelación a la fecha establecida para la realización del mismo, los criterios de corrección que serán empleados, teniendo en cuenta lo establecido en la Base quinta de la presente convocatoria.

5.2. Calificación de la fase de concurso. Auxiliar Administrativo Promoción Interna Ayuntamiento 

En esta fase se valorarán los siguientes méritos, referidos todos ellos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

  • a) Antigüedad: Se valorará, con un máximo de 12 puntos, teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados y/o reconocidos en el Ayuntamiento de Valladolid, otorgándose 0,6 puntos por cada año completo de servicios en la Subescala Subalterna de la Escala de Administración General o en la clase de Personal de Oficios de la Subescala Técnica de Administración Especial del Ayuntamiento de Valladolid, o en el Grupo IV o V de titulación del sistema de clasificación profesional del personal laboral del Ayuntamiento de Valladolid.
  • b) Cursos de formación: Se valorarán los cursos de formación, recibidos y acreditados en los últimos diez años, cuyo contenido esté directamente relacionado con las funciones propias de la Subescala Auxiliar de la Escala de Administración General y que hayan sido convocados, impartidos u homologados por el Centro de Formación del Ayuntamiento, el Instituto Nacional de Administración Pública, por otros Institutos de Administración Pública o por Organizaciones Sindicales u otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el empleo de las Administraciones Públicas.
  • Se valorarán de 0,25 a 0,50 puntos por curso, hasta una puntuación máxima de 5 puntos, de acuerdo con la siguiente escala:
    • Cursos de 15 a 30 horas: 0,25 puntos.
    • Cursos de 31 a 45 horas: 0,35 puntos.
    • Cursos de 46 horas o más: 0,50 puntos.
  • En todos los casos se valorarán una sola vez los cursos relativos a una misma materia, aunque se haya repetido su participación, y se valorará únicamente el de nivel superior o avanzado.
  • No se valorarán los cursos que no acrediten las fechas de realización y las horas de duración. Asimismo, no se valorarán los inferiores a 15 horas lectivas, los derivados de procesos selectivos y los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios y similares.
  • La documentación que acredite los cursos de formación a valorar se acompañará al certificado de requisitos y méritos.
  • c) Actividad docente: Se considerará como mérito el ejercicio de actividades docentes en los cursos a los que se refiere el apartado d). La actividad docente, se valorará con un máximo de 2 puntos, de acuerdo con la siguiente escala:
    • Por cada curso en que la docencia sea menor o igual a 5 horas impartidas: 0,50 puntos.
    • Por cada curso en que la docencia sea superior a 5 horas impartidas: 0,75 puntos.
  • Cada curso solo podrá ser valorado una vez y no se podrá acumular la puntuación como receptor e impartidor. En caso de coincidir ambas circunstancias, se otorgará la puntuación correspondiente a curso impartido.
  • Para la valoración de los cursos impartidos será necesaria la acreditación de dicha circunstancia, mediante certificado expedido por la entidad organizadora del curso, en la que consten las fechas de realización del curso y la duración en horas de la formación impartida.

f) Otras titulaciones: Se valorará, con un máximo de 2 puntos, cualquier otra titulación académica oficial de nivel igual o superior al exigido para acceder al puesto solicitado, distinta de la que haya permitido acceder a la Escala o Subescala desde la que se participa en la convocatoria. Se valorará con arreglo a la siguiente escala:

    • Por cada titulación de segundo ciclo o superior: 1 punto.
    • Por cada titulación de primer ciclo: 0,5 puntos.

A estos efectos, se puntuará el nivel más alto de titulación acreditada, entendiendo incluido en él aquellas otras titulaciones necesarias para su obtención.

En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para superar la fase de oposición.

5.3. Calificación definitiva del proceso selectivo.

La calificación definitiva del proceso de selección estará determinada, por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la fase de concurso, ponderadas con arreglo a la fórmula siguiente:

Calificación definitiva = 0,6 x PFo + 0,4 x PFC

(PMFO /PMT) (PMFC /PMT)

Donde:

PMFO es la puntuación máxima de la fase de oposición (20 puntos).

PMFC es la puntuación máxima de la fase de concurso (21 puntos).

PMT es la puntuación máxima total (41 puntos).

PFo es la puntuación final de la fase de oposición otorgada por el Tribunal.

PFc la puntuación final de la fase de concurso otorgada por el Tribunal.

El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes al de plazas convocadas.

Los posibles empates en la puntuación se dirimirán de la siguiente forma: primero mejor puntuación en el primer ejercicio y, después, mejor puntuación en el segundo ejercicio.

De persistir el empate se atenderá a la nota obtenida en la segunda y primera parte del segundo ejercicio, por este orden.

Séptima.– Adjudicación de destinos.

La adjudicación de puestos de trabajo a los funcionarios de nuevo ingreso se efectuará de acuerdo con las previsiones contenidas en la Base Decimosexta de las Bases generales por las que se regirán los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Valladolid para la selección de personal funcionario de carrera y personal laboral fijo, aprobadas por Decreto del Concejal Delegado del Área de Planificación y Recursos de 15 de julio de 2020, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid del 3 de agosto de 2020.

ANEXO II

PROGRAMA

Grupo I: Materias Comunes.

1.– Las fuentes del derecho administrativo: La jerarquía de fuentes. La Constitución. La Ley. Disposiciones normativas con fuerza de Ley. El reglamento. El reglamento. Ordenanzas y Reglamentos del Ayuntamiento de Valladolid. Procedimiento de elaboración y aprobación.

2.– El procedimiento administrativo común: concepto, naturaleza y principios generales. Fases del procedimiento: iniciación, ordenación, instrucción y finalización. La obligación de resolver. El silencio administrativo.

3.– El acto administrativo: características generales. Requisitos. La motivación de los actos administrativos. Validez y eficacia. Nulidad y anulabilidad. Notificación y publicación.

4.– Los recursos administrativos. Concepto y clases. La revisión de oficio y la declaración de lesividad. La revocación y la rectificación de los actos administrativos. La potestad sancionadora de la Administración. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones públicas.

5.– Los contratos del Sector Público: Clasificación. Órganos competentes en materia de contratación. El contratista. El expediente de contratación y su tramitación. Adjudicación, ejecución y extinción de los contratos.

6.– El personal al servicio de las Entidades locales: clases de personal al servicio de las Entidades locales. Adquisición pérdida de la condición de funcionario. El sistema de derechos y deberes en el Estatuto Básico del Empleado Público.

7.– El Presupuesto municipal: concepto y estructura. Ordenación de gastos y ordenación de pagos. Órganos competentes.

8.– La igualdad de género. Políticas contra la violencia de género. Políticas sociales dirigidas a la atención de personas con discapacidad y/o dependientes.

Grupo II.– Materias específicas.

1.– La atención al público. La información administrativa: general y particular. Atención a las personas con discapacidad. Iniciativas, reclamaciones y quejas.

2.– La administración electrónica en las funciones de información y atención al ciudadano. El teléfono de atención 010. La Sede Electrónica del Ayuntamiento de Valladolid.

3.– El Registro de documentos: funciones. Conceptos de presentación, recepción, entrada y salida de documentos. Formas de presentación de documentos. La utilización de las TIC’s para la presentación de documentos: la presentación telemática.

4.– El archivo de los documentos administrativos: clases de archivos y criterios de ordenación. El acceso a los documentos administrativos: sus limitaciones y formas de acceso.

5.– La Transparencia administrativa, legislación y especial referencia a su aplicación en el Ayuntamiento de Valladolid. La protección de datos de carácter personal.


Oposiciones Conductor Diputación de León 2020

Oposiciones Conductor Diputación de León 2020

Oposiciones Conductor Diputación de León 2020

Ver oposiciones de Conductor en Academia Irigoyen

ACUERDO de 13 de marzo de 2020, de la Junta de Gobierno de la Diputación de León, por el que se aprueban las bases y la convocatoria para la provisión, mediante el sistema de oposición y acceso libre, de 4 plazas de Conductor/a vacantes en la plantilla de la Diputación Provincial de León, personal funcionario de carrera. Expte.: 427549T.

La Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de León, en sesión celebrada el 13 de marzo de 2020, acordó aprobar las bases reguladoras y realizar la convocatoria del proceso selectivo para la cobertura en propiedad, mediante el sistema de acceso libre, de cuatro plazas de conductor/a, vacantes en la plantilla de la Diputación Provincial de León, personal funcionario de carrera, correspondientes a las Ofertas de Empleo Público de los años 2017 y 2019, mediante el sistema de oposición.

La presente convocatoria se realiza para general conocimiento NO abriendo el plazo de presentación de solicitudes. El plazo para la presentación de solicitudes se abrirá con la publicación en Boletín Oficial del Estado (B.O.E.).

El proceso selectivo convocado se rige por las siguientes:

BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA LA COBERTURA MEDIANTE EL SISTEMA DE OPOSICIÓN, ACCESO LIBRE, DE CUATRO PLAZAS DE CONDUCTOR/A VACANTES EN LA PLANTILLA DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE LEÓN, PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA

Base Primera.– Objeto. Oposiciones Conductor Diputación de León 2020

Es objeto de las presentes bases la regulación del proceso selectivo que se convoca para la cobertura en propiedad como personal funcionario de carrera, mediante el procedimiento de oposición, sistema de acceso libre, de cuatro plazas de conductor/a vacantes en la plantilla de personal de la Excma. Diputación de León de las que 2 plazas están incluidas en la Oferta de Empleo Público del año 2017 y 2 plazas en la Oferta de Empleo Público del año 2019.

Base Segunda.– Características de las plazas. Oposiciones Conductor Diputación de León 2020

2.1. Las plazas convocadas corresponden al Grupo C, Subgrupo C2, de los establecidos en el artículo 76 en relación con la Disposición Transitoria Tercera del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP) aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y están encuadradas en la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Personal de Oficios (artículo 172 del R.D. Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local).

2.2. Las plazas convocadas están dotadas económicamente en la plantilla presupuestaria de personal de la Diputación con las retribuciones básicas correspondientes al Grupo y Subgrupo de pertenencia con arreglo a la legislación vigente y con las retribuciones complementarias acordadas por la Corporación para los correspondientes puestos de trabajo.

Base Tercera.– Publicidad. Oposiciones Conductor Diputación de León 2020

3.1. Publicidad de las bases: Las presentes bases, junto a su convocatoria, serán objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de León y en el Boletín Oficial de la Comunidad de Castilla y León. Asimismo, se insertará un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. La fecha de publicación del extracto en B.O.E. abrirá el plazo, de 20 días hábiles, para la presentación de instancias. Del mismo modo, se publicarán en la página web https://www.dipuleon.es, (Ciudadanía, Recursos Humanos, Convocatorias de empleo), en el tablón de anuncios físico, así como en el tablón de anuncios electrónico en la Sede electrónica de Diputación de León https://sede.dipuleon.es/tablondeanuncios/.

3.2. Publicidad de las actuaciones: Todas las actuaciones referidas al presente proceso selectivo que deban ser objeto de publicidad de conformidad con lo establecido en las presentes bases y la legislación aplicable, serán efectuadas a través de la página web https://www.dipuleon.es, (Ciudadanía, Recursos Humanos, Convocatorias de empleo), en el tablón de anuncios físico, así como en el tablón de anuncios electrónico en Sede electrónica https://sede.dipuleon.es/tablondeanuncios/, salvo aquellas en que expresamente se disponga otra cosa.

Base Cuarta.– Requisitos de las/los aspirantes. Oposiciones Conductor Diputación de León 2020

4.1. Requisitos: Quienes deseen participar en el proceso selectivo deberán reunir los siguientes requisitos:

  • a) Nacionalidad: Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57 del TREBEP en el supuesto de acceso al empleo público de nacionales de otros estados.
  • b) Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la plaza a la que se opta.
  • c) Edad: Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso de la edad máxima de jubilación forzosa en los términos establecidos en el artículo 56.1c) del citado texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
  • d) Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial para el acceso al cuerpo o escala de funcionario en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos del acceso al empleo público.
  • e) Titulación: Estar en posesión del título de Graduado en ESO, Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente. En el supuesto de invocar título equivalente al exigido, habrá de acompañarse certificado expedido por la autoridad competente en materia educativa, que acredite la equivalencia.
  • En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será exigible a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.
  • f) Estar en posesión de los permisos de conducir: Clase C1, C, C1E, CE, D1 y D.
  • g) Estar en posesión del Certificado de Aptitud Profesional (CAP).

4.2. Las personas que pudieran precisar adaptaciones de tiempo y/o medios para la realización de alguno de los ejercicios de que consta el proceso, deberán presentar la documentación que acredite la necesidad de las adaptaciones solicitadas, que habrá de ser aportada en la forma y términos establecidos en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.

4.3. Todos los requisitos anteriores deberán poseerse el día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes y estar en posesión de los mismos hasta la fecha de nombramiento.

Base Quinta.– Presentación de la solicitudes. Oposiciones Conductor Diputación de León 2020

5.1. Solicitudes: Las solicitudes para tomar parte en este proceso selectivo se presentarán, preferentemente, a través de la sede electrónica, accediendo a «catálogo de trámites», en el aparatado de Áreas, elegir Área de Recursos Humanos- seleccionando «Solicitud de admisión a pruebas selectivas para el acceso al empleo público» o bien directamente a través del siguiente enlace https://sede.dipuleon.es/segex/tramite.aspx?idtramite=9377.

A quienes no les resulte posible presentar su solicitud a través de la sede electrónica, podrán obtener el modelo de solicitud accediendo a través de la página web https://www.dipuleon.es, (Ciudadanía, Recursos Humanos, Modelos de solicitud, Modelo de solicitud de admisión a pruebas selectivas), rellenando la solicitud directamente en el ordenador y posteriormente imprimirla, o bien imprimir el modelo y rellenarlo manualmente. También se facilitará modelo impreso en el Registro General de la Diputación de León.

Las solicitudes, se dirigirán a la Presidencia de la Diputación, presentándose, de acuerdo al Art. 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), a través de la Sede Electrónica de la Excma. Diputación de León, así como en el Registro General de la misma, Además de lo anterior, se podrá presentar en los registros auxiliares, o por alguno de los demás medios a los que se refiere el Art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC).

En el caso de que se opte por presentar la solicitud ante una oficina de Correos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31 del Reglamento por el que se regula la presentación de los Servicios Postales aprobado por Real Decreto 1829/99, de 3 de diciembre, se presentará en sobre abierto, con objeto de que en la cabecera de la primera hoja del documento se haga constar, con claridad, el nombre de la oficina y la fecha, el lugar, hora y minuto de su admisión, y deberán ser certificadas, quedando en poder del aspirante un ejemplar de la instancia con el sello de la oficina de correos.

5.2. Documentación: A la instancia, se acompañará:

  • a) Justificante del abono de los derechos de examen (Base sexta).
  • Las personas que se encuentren en los casos de exención o bonificación de la tasa, deberán presentar los justificantes señalados en el apartado 6.2 de las presentes Bases.
  • b) Declaración responsable de que reúnen los requisitos generales y específicos exigidos para tomar parte en el proceso selectivo a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, incorporada en el modelo de solicitud.

5.3. Plazo de presentación: El plazo de presentación de la solicitud es de veinte días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del anuncio del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. En este extracto figurará la oportuna referencia al número y fecha del Boletín Oficial de la Provincia de León y del Boletín Oficial de la Comunidad de Castilla y León, en los que con anterioridad se haya publicado íntegramente la convocatoria y sus bases. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del/la aspirante.

5.4. Protección de datos personales: En cumplimiento del artículo 6 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por el órgano competente para el desarrollo del proceso selectivo. Su cumplimentación será obligatoria para la admisión a las pruebas selectivas.

Para los distintos actos de trámite que se deriven del proceso selectivo y que contengan datos de carácter personal, con la firma de su solicitud de participación se da consentimiento para que la Diputación pueda proceder a la publicación de los mismos en su página web o en cualquier otro espacio establecido a tal efecto.

Los datos personales, domicilio, dirección de correo electrónico, así como cualquier otro declarado en la solicitud de participación en el proceso selectivo, serán considerados como los únicos válidos a efectos de las notificaciones que, en su caso, hubieran de practicarse, siendo responsabilidad de quien los manifiesta la veracidad de los mismos, así como la correspondiente comunicación al órgano convocante de cualquier cambio en los datos inicialmente consignados.

Base Sexta.– Derechos de examen. Oposiciones Conductor Diputación de León 2020

6.1. Tasa derechos de examen: Las personas participantes deberán abonar en concepto de «Derechos de Examen» la cantidad de 15 € en la cuenta restringida de la Diputación Provincial de León n.º IBAN: ES1321034201870033021827 Banco Unicaja. (Ordenanza Fiscal N.º 16 Reguladora de la tasa por participación en las pruebas de selección para acceder a la condición de empleado público al servicio de la Diputación Provincial de León, aprobada por el Pleno de la Corporación en sesión de 27 de julio de 2016, publicada en el B.O.P. Núm. 187, de 29 de septiembre de 2016).

La falta de justificación del pago íntegro de la tasa correspondiente por derechos de examen determinará la exclusión definitiva del/a aspirante del proceso selectivo, sin perjuicio de las exenciones reguladas.

En ningún caso, el pago en la entidad bancaria supondrá la sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud de participación en estas pruebas selectivas.

6.2. Se establecen las siguientes exenciones y bonificaciones:

6.2.1. Gozarán de una bonificación del 50% del pago de la Tasa, los siguientes sujetos pasivos:

  • a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33%, (se justificará mediante certificado expedido por órgano competente).
  • b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria de pruebas selectivas de acceso a los Cuerpos y Escalas de funcionarios o a las Categorías de personal laboral convocadas por la Administración Pública Provincial, en las que soliciten su participación. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubiesen rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, y que, asimismo, carezcan de rentas superiores en cómputo mensual al salario mínimo interprofesional, (se justificará con certificado de la entidad pública de empleo competente que acredite que en su condición de demandante de empleo reúne todos los requisitos citados).
  • c) Los miembros de las familias numerosas clasificadas de categoría general, (se justificará mediante el Título de Familia Numerosa).

6.2.2. Están exentos de la Tasa los miembros de las familias numerosas clasificadas de categoría especial (se justificará mediante el Título de Familia Numerosa, categoría especial).

Base Séptima.– Admisión de aspirantes. Oposiciones Conductor Diputación de León 2020

7.1. Lista provisional de admitidos/as y excluidos/as. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, la Presidencia de la Diputación de León dictará Resolución, en el plazo de un mes, por la que se aprueban las listas provisionales de admitidas/os y excluidas/os con indicación de las causas de inadmisión, publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia de León, así mismo, se dará publicidad conforme a la Base Tercera.

7.2. Subsanación de solicitudes: Los/las aspirantes excluidos/as expresamente, así como, los/las que no figuren en la relación de admitidos/as ni en la de excluidos/as, dispondrán de un plazo único e improrrogable de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación en el B.O.P. de la mencionada Resolución, a fin de subsanar el/os defecto/s que haya/n motivado su exclusión o su no inclusión expresa. Quienes dentro del plazo señalado no subsanen los defectos, justificando sus derechos a ser admitidos/as, serán definitivamente excluidos/as del proceso selectivo. Los errores en la consignación de los datos personales se rectificarán de oficio o a instancia del interesado/a en cualquier momento del proceso selectivo.

7.3. Lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as. Finalizado el plazo de subsanación de defectos de las solicitudes y resueltas las reclamaciones, en su caso, la Diputación publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de León la Resolución por la que se aprueban las relaciones definitivas de aspirantes admitidos/as y excluidos/as. Así mismo, se dará publicidad de acuerdo a la Base Tercera. En todo caso, si a fecha de celebración de los ejercicios o pruebas del proceso selectivo no se hubieran resuelto las reclamaciones presentadas las personas afectadas podrán realizar dichos ejercicios o pruebas, si bien no tendrán validez en el caso de ser desestimadas las reclamaciones de las que dependen.

En la citada Resolución de aprobación de lista definitiva de las/los aspirantes, se señalará la fecha, lugar y hora del comienzo de realización del primer ejercicio de la oposición, así como la composición nominal del Tribunal Calificador.

7.4. Recursos: Contra la Resolución por la que se aprueban las relaciones definitivas de aspirantes admitidos/as y excluidos/as podrá interponerse, con carácter potestativo, el Recurso administrativo de Reposición ante la Presidencia de la Diputación de León en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de León, de acuerdo con el Art. 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de León, en los términos de la vigente Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Base Octava.– Tribunal de selección. Oposiciones Conductor Diputación de León 2020

8.1. Composición: Estará compuesto por cinco personas, funcionarios/as de carrera, designadas por la Presidencia de la Diputación, ejerciendo una de ellas la presidencia y otra la secretaría con voz y voto. La designación de los distintos miembros del Tribunal incluirá la de sus respectivos suplentes. Se constituirá conforme a lo dispuesto en el artículo 60 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público ajustando su actuación a los principios recogidos en el artículo 53 de la citada norma presentando una composición equilibrada entre mujeres y hombres, salvo por razones fundadas y objetivas, debidamente motivadas, en cumplimiento de los preceptos citados y la Disposición Adicional Primera de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Todo ello de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, por lo que los Tribunales velarán por el cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

La designación de los miembros del Tribunal, titulares y suplentes, se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia de León y, además, se publicitará de conformidad con la Base Tercera.

8.2. Nombramiento: El Tribunal de Selección será nombrado por el órgano competente una vez publicada la lista provisional de admitidos.

8.3. Requisitos de los miembros: No podrán formar parte de los Tribunales el personal de selección o designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual. Tampoco podrá formar parte de los órganos de selección el personal que hubiese realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a Cuerpos, Escalas y/o Especialidades análogos a los que corresponden las plazas convocadas en los cinco años anteriores a la publicación de la correspondiente convocatoria. Todos los miembros de los Tribunales deberán poseer titulación de igual nivel o superior a la exigida para el acceso a las plazas convocadas. Los miembros del Tribunal, el personal colaborador y los asesores especialistas que estuvieren incursos en alguno de los motivos de abstención previstos en el Art. 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP).

8.4. Desempeño: La pertenencia al Tribunal es siempre a título individual, por lo que sus miembros son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración del proceso selectivo, así como, del deber de sigilo profesional.

8.5. Constitución: El Tribunal se constituirá previa convocatoria efectuada por la Presidencia.

8.6. Funcionamiento: El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, al menos, de la mayoría de sus miembros titulares o suplentes, de modo indistinto, entre los cuales deberán figurar, en todo caso, el Presidente/a y el Secretario/a.

El Tribunal podrá proponer el nombramiento de aquel personal colaborador que estime necesario para el desarrollo de las pruebas.

El Tribunal podrá acordar la incorporación a su trabajo de asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas. Dichos asesores se limitarán a los ejercicios de sus especialidades técnicas, en base a las cuales colaborarán con el órgano de selección.

Quien ejerza la Presidencia deberá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el precitado artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, ni en las demás causas de abstención indicadas en esta base. Esta declaración deberá ser también cumplimentada, en su caso, por los asesores especialistas y el personal colaborador que el Tribunal incorpore a sus trabajos, de conformidad con lo dispuesto en las bases 8.3 y 8.6. Así mismo los interesados podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando se den las causas del Art. 24 de la citada norma.

El Tribunal queda facultado para resolver cuantas dudas se presenten y adoptar los acuerdos necesarios para el buen desarrollo de la convocatoria en todo lo no previsto en estas bases.

El Tribunal podrá requerir a quien participe, en cualquier momento del proceso, la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria, incluidos los requisitos exigidos para gozar de la exención o bonificación en el pago de tasa. En caso de constatarse que no reúne uno o varios de los requisitos, el Tribunal, previa audiencia al interesado/a, deberá emitir propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo, dirigida al órgano que hubiera aprobado la relación definitiva de aspirantes admitidos/as, comunicando, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el/a aspirante en su solicitud de participación a los efectos pertinentes. Contra la resolución de dicho órgano podrán interponerse los recursos administrativos que procedan, dirigida al órgano competente. Hasta que se dicte la oportuna resolución por el órgano competente el/a aspirante podrá continuar participando condicionadamente en el proceso selectivo.

El Tribunal podrá excluir a las personas participantes en cuyas hojas de examen figuren nombres, marcas o signos que permitan conocer la identidad de los autores o lleven a cabo cualquier actuación de tipo fraudulento durante la realización de los ejercicios.

Las resoluciones del Tribunal vinculan a la administración, aunque esta, en su caso, pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en la Ley 39/2015, en cuyo caso habrán de practicarse de nuevo las pruebas o trámites afectados por las irregularidades.

8.7. Sede del Tribunal: A efectos de comunicación y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Excma. Diputación de León Plaza de San Marcelo n.º 6.º, C.P. 24002, León.

Base Novena.– Proceso Selectivo. Oposiciones Conductor Diputación de León 2020

9.1. Proceso de selección: El proceso de selección constará de tres ejercicios. Todos y cada uno de los ejercicios tendrá carácter obligatorio y eliminatorio, serán calificados de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los/as aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

  • Ejercicio primero:
  • El primer ejercicio consistirá en contestar en el tiempo máximo de 50 minutos, un cuestionario formado por cincuenta preguntas con 4 respuestas alternativas, de las cuales sólo una de ellas será la correcta. El cuestionario versará sobre todo el temario, tanto de la parte común, como de la específica, recogido en el Anexo de las presentes Bases. El cuestionario que se proponga contendrá 5 preguntas adicionales de reserva las cuales sustituirán correlativamente a aquellas preguntas que, en su caso, sean objeto de anulación con posterioridad al inicio de los ejercicios.
  • El ejercicio será calificado de 0 a 10 puntos. Cada pregunta contestada correctamente se valorará con 0,2 puntos. Las contestaciones erróneas se penalizarán con un tercio del valor de la respuesta correcta, no tendrán esta consideración las preguntas no contestadas.
  • Ejercicio segundo:
  • Consistirá en contestar por escrito, durante el tiempo que fije el Tribunal con un máximo de 90 minutos, y a elección del Tribunal, bien uno o varios supuestos teórico-prácticos referentes a las tareas y funciones del puesto de trabajo convocado, o bien un cuestionario de diez preguntas abiertas, relacionadas con los temas que integran el bloque II, Materias Específicas del citado Anexo. Estas preguntas deben ser fijadas por el Tribunal en sesión celebrada, con la inmediatez precisa, a la realización del ejercicio.
  • Este ejercicio será calificado de 0 a 10 puntos siendo necesario alcanzar al menos 5 puntos para superarlo. De optar el Tribunal por el cuestionario de diez preguntas cada una de las preguntas será calificada con un máximo de 1 punto. En caso de optar por uno o varios supuestos teórico-prácticos, la puntuación correspondiente a cada uno de ellos será uniforme y proporcional a la puntuación máxima a otorga a este ejercicio. La puntuación de cada aspirante será la media aritmética de las calificaciones otorgadas por cada uno de los miembros del Tribunal Seleccionador asistentes a la reunión, siendo eliminadas a estos efectos la puntuación máxima y mínima concedidas cuando sean superior e inferior en más de dos puntos sobre la media aritmética, efectuándose la media con las restantes puntuaciones. Las puntuaciones otorgadas, así como la valoración final, deberán reflejarse en el acta que se levantará al efecto.
  • Ejercicio tercero:
  • Consistirá en la realización, durante el tiempo máximo que se determine por el Tribunal, de una prueba práctica de conducción.
  • Este ejercicio será calificado de 0 a 10 puntos siendo necesario alcanzar al menos 5 puntos para superarlo. La puntuación de cada aspirante será la media aritmética de las calificaciones otorgadas por cada uno de los miembros del Tribunal Seleccionador asistentes a la reunión, siendo eliminadas a estos efectos la puntuación máxima y mínima concedidas cuando sean superior e inferior en más de dos puntos sobre la media aritmética, efectuándose la media con las restantes puntuaciones. Las puntuaciones otorgadas, así como la valoración final, deberán reflejarse en el acta que se levantará al efecto.
  • Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el tribunal de selección deberá publicar, con anterioridad a la realización de la prueba, el tiempo del que dispone el aspirante para su ejecución, número de supuestos o pruebas a realizar, así como los criterios de corrección, valoración y superación, que no estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.

9.2. Calificación: Oposiciones Conductor Diputación de León 2020

La calificación final se obtendrá por la suma de las puntuaciones obtenidas en los distintos ejercicios. Las puntuaciones se redondearán al alza en el tercer decimal.

En caso de empate, el orden de puntuación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios por orden de prelación: La mayor puntuación obtenida en la tercera, en la segunda y en la primera prueba, sucesivamente y por este orden. De continuar produciéndose el empate, este se dirimirá de acuerdo al Plan Igualdad del personal de la Diputación de León según el cual en caso de empate, entre dos personas candidatas en los procesos selectivos, se aplicará la acción positiva a favor del sexo menos representado en la categoría del puesto de trabajo a cubrir, cuando éste pertenezca a los puestos que presenten una composición no equilibrada por sexos y respetando siempre los principios de igualdad, mérito y capacidad, según citado plan, en caso de persistir el empate, este, se resolverá por sorteo.

Base Décima.– Desarrollo del proceso selectivo. Oposiciones Conductor Diputación de León 2020

10.1. Plazo de publicación del anuncio de celebración de pruebas: Una vez realizado el primer ejercicio, la publicación de los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas se harán públicos por el Tribunal, según se recoge en la base tercera, con 12 horas, al menos, de antelación al comienzo de éste, si se trata del mismo ejercicio, o de 24 horas, si se trata de uno nuevo.

10.2. Duración máxima del proceso de celebración de los ejercicios. Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales. Estos anuncios se harán públicos, de conformidad con la Base Tercera, con la antelación detallada en el punto anterior.

10.3. Llamamientos: Quienes participen podrán ser convocados para cada ejercicio en llamamiento único o en varios llamamientos, y serán excluidos/as del proceso selectivo quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y libremente apreciados por el tribunal.

El orden de actuación se iniciará por las personas aspirantes cuyo primer apellido comience por la letra «Q» y, en el supuesto de no existir aspirantes cuyo apellido comience con la citada letra, se continuará sucesivamente por orden alfabético, según Resolución de 13 de marzo de 2019, de la Secretaría de Estado de Función Pública (B.O.E. n.º 66, de 18 de marzo de 2019) por la se publica el resultado del sorteo a que se refiere el artículo 17 del Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado (Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo).

10.4. Identificación: Los/as aspirantes acudirán a todos los ejercicios o pruebas provistos/as de DNI, pasaporte, permiso de conducir o documento equivalente en el caso de personas extranjeras. En cualquier momento del proceso selectivo, los órganos competentes de selección podrán requerir, a quien participa, la acreditación de su identidad mediante la exhibición de estos documentos.

10.5. Anonimato de los/as aspirantes: El Tribunal calificador adoptará las medidas necesarias para garantizar que los ejercicios sean corregidos sin que se conozca la identidad de los/as aspirantes. En las pruebas escritas, se utilizarán modelos impresos para examen en los que no podrá constar ningún dato de identificación del aspirante en la parte de la hoja normalizada de examen que haya de ser corregida por el Tribunal.

10.6. Reclamaciones contra las preguntas formuladas: Sin perjuicio de los recursos administrativos que procedan, los/as aspirantes dispondrán de un plazo, determinado por el Tribunal, desde la realización del correspondiente ejercicio de la fase de oposición, para plantear reclamaciones contra las preguntas formuladas. Dichas reclamaciones debidamente documentadas se dirigirán a la sede del Tribunal. El Tribunal resolverá las reclamaciones con carácter previo a la corrección del correspondiente ejercicio de la fase de oposición, y hará pública su decisión en la resolución de aprobados del correspondiente ejercicio.

10.7. Puntuaciones de los ejercicios: Concluido cada uno de los ejercicios, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación o la valoración obtenida. Los/as aspirantes dispondrán de un plazo, fijado por el Tribunal, desde el siguiente a la publicación de las puntuaciones de cada uno de los ejercicios para plantear reclamaciones contra la puntuación o valoración obtenida. El Tribunal resolverá las reclamaciones planteadas con carácter previo al desarrollo, en su caso, del siguiente ejercicio. En todo caso, si a fecha de celebración del siguiente ejercicio no se hubieran resuelto las reclamaciones planteadas y de ellas dependiera la continuidad, de la persona afectada, en el procedimiento selectivo, esta podrá realizar los siguientes ejercicios o pruebas, si bien su validez queda supeditada a la resolución de las reclamaciones planteadas con carácter previo.

Base Undécima.– Resolución del proceso selectivo y presentación de documentación.

11.1. Publicación de la relación de aprobados/as: Al finalizar el proceso selectivo, el Tribunal publicará, conforme a la Base Tercera, una relación única en la que incluirá a quienes hayan superado el proceso selectivo, ordenados por la puntuación total obtenida de acuerdo al punto 9.2 de la Base Novena.

11.2. Número de aspirantes seleccionados: El Tribunal elevará al órgano competente la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo, y no podrá declarar que han superado el mismo un número de aspirantes superior al de las plazas convocadas. No obstante, para asegurar la cobertura de las plazas convocadas, el órgano convocante podrá requerir al órgano de selección la relación complementaria de los/as aspirantes aprobados/as que sigan a los propuestos/as, cuando se produzcan alguna de las siguientes circunstancias:

  • a) Que se registre la renuncia expresa antes de la toma de posesión, o, que tenga lugar cualquier otro hecho que impida la toma de posesión alguna de las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo.
  • b) Que alguna persona que haya superado el proceso selectivo no presente la documentación exigida o del examen de esta se deduzca que carece de los requisitos establecidos en la convocatoria.

11.3. Resolución del proceso selectivo y oferta de puestos vacantes: El órgano competente resolverá el proceso selectivo, declarando a quienes hayan superado el mismo en el orden de prelación correspondiente, habilitando el plazo para la presentación de la documentación a la que se refiere el apartado siguiente y ordenando su publicación en la forma establecida en la Base Tercera.

11.4. Plazo y documentación a presentar: En el plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución del proceso selectivo, las personas seleccionadas deberán presentar la siguiente documentación, pudiendo presentar los documentos originales o copias auténticas de acuerdo con la Ley 39/2015:

  • a) DNI, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la nacionalidad en vigor.
  • b) Título exigido en las bases o certificación académica que acredite haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la expedición del mismo. Si la titulación está expedida en el extranjero, deberá presentarse su homologación o convalidación. En el supuesto de invocar título equivalente al exigido, habrá de acompañarse certificado expedido por la autoridad competente en materia educativa, que acredite la equivalencia.
  • c) Declaración o promesa de no hallarse inhabilitado/a, por sentencia firme, para el ejercicio de funciones públicas, ni de haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier Administración Pública. Quienes posean nacionalidad distinta a la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos/as a sanción disciplinaria o condena penal que impida el acceso a la función pública en su Estado.

Quienes tuvieran la condición de funcionarios/as de carrera, estarán exentos/as de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación de la administración de la dependieran, para acreditar su condición y aquellas circunstancias que obran en su hoja de servicio.

11.5. Falta de presentación de documentación o carencia de requisitos: Salvo casos de fuerza mayor, quienes dentro del plazo fijado no presenten la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en las bases de la convocatoria, no podrán ser nombrados, quedando sin efectos todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieren haber incurrido por falsedad de la solicitud de participación.

Base Duodécima.– Adjudicación de destinos y nombramiento de funcionarios de carrera.

12.1. Adjudicación de destinos: La adjudicación de los puestos se efectuará, de acuerdo con las peticiones realizadas, siguiendo el orden de puntuación alcanzada, siempre que se reúnan los requisitos objetivos determinados para cada puesto en la correspondiente relación de puestos de trabajo.

12.2. Nombramiento: La Presidencia de la Diputación acordará el nombramiento de los/as aspirantes propuestos/as como funcionarios/as de carrera de la Escala a la que se aspiran. Los nombramientos serán publicados en el B.O.P. de León.

12.3. Toma de posesión: La toma de posesión de quienes hubiesen superado el proceso selectivo se efectuará en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de publicación de su nombramiento como funcionarios/as de carrera en el B.O.P. de León. Transcurrido el plazo de un mes, quienes no hayan tomado posesión, perderán todos los derechos adquiridos durante el proceso selectivo quedando anuladas todas sus actuaciones.

Base Decimotercera.– Creación de bolsa de empleo. Oposiciones Conductor Diputación de León 2020

13.1. Confección Bolsa de Empleo: Las personas aspirantes que, habiendo superado, al menos uno de los ejercicios de que consta el proceso selectivo, que no hayan superado el mismo, se integrarán, ordenadas en función del mayor número de ejercicios superados y de la puntuación obtenida en cada uno de ellos, en la Bolsa de Empleo utilizada para la prestación de servicios de carácter temporal en la Corporación de acuerdo al artículo 3 del Reglamento de Bolsas de Empleo de la Excma. Diputación de León aprobado por el Pleno en sesión celebrada el día 26 de febrero de 2014, publicado en B.O.P. n.º 81 de 30 de abril de 2014.

13.2. Publicación. Confeccionada la lista que conformará la Bolsa de Empleo el Tribunal la hará pública de acuerdo a la Base Tercera dando un plazo, que determinará el Tribunal, para posibles reclamaciones. La Bolsa de empleo definitiva se publicará de acuerdo al Reglamento de Bolsas citado.

13.3. Funcionamiento. El funcionamiento de la Bolsa de Empleo resultante se ajustará al Reglamento de Bolsas de Empleo referenciado.

Base Decimocuarta.– Normativa aplicable. Oposiciones Conductor Diputación de León 2020

El presente proceso selectivo se regirá por las presentes bases teniendo en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo público, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española y la Ley 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres así como el PLAN DE IGUALDAD DEL PERSONAL DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE LEÓN (B.O.P. n.º 72, de 12 de abril de 2019) por el que la Diputación de León se compromete con la igualdad que va dirigida a alcanzar la paridad entre mujeres y hombres, en todos los puestos de trabajo.

En lo no previsto en las presentes bases será de aplicación la siguiente normativa además de aquellas otras disposiciones que resultan concordantes:

  • El texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
  • La Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
  • La Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León.
  • El texto refundido de las Disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril.
  • La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • El Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local.
  • El Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado (Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo).

DISPOSICIÓN FINAL. Oposiciones Conductor Diputación de León 2020

Las presentes bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma, podrán, en su caso, ser impugnados por los/as interesados/as en la forma dispuesta en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

ANEXO Oposiciones Conductor Diputación de León 2020

BLOQUE I - MATERIAS COMUNES Oposiciones Conductor Diputación de León 2020

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales. El Tribunal Constitucional. El Defensor del pueblo.

Tema 2. La organización territorial del Estado. La Administración del Estado. La Administración autonómica. La Administración local.

Tema 3. El Régimen Local Español. Principios constitucionales y regulación jurídica. Clases de Entes Locales. La Provincia en el Régimen Local Español.

Tema 4. La Organización Provincial. Competencias de las Diputaciones Provinciales de régimen común. Los órganos de Gobierno Provinciales: Composición, elección y atribuciones.

Tema 5. El Estatuto Básico del Empleado Público: Derechos y deberes de los funcionarios públicos. Las Escalas de funcionarios que integran la Administración Local. Situaciones administrativas de los funcionarios de carrera. Régimen disciplinario.

Tema 6. Conceptos básicos sobre seguridad y salud en el puesto de trabajo. Derechos y obligaciones de los trabajadores. Consulta y participación de los trabajadores en materia de prevención de riesgos laborales.

Tema 7. Conceptos básicos sobre igualdad: Plan de igualdad del personal de la Diputación de León y Actuaciones contra la violencia de género.

BLOQUE II - MATERIAS ESPECÍFICAS Oposiciones Conductor Diputación de León 2020

Tema 1. Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueban el Testo Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial: Autorizaciones administrativas para conductores y vehículos. Documentación de vehículos y del transporte. Régimen sancionador.

Tema 2. Reglamentación General de Circulación de Vehículos: Normas generales de comportamiento en la circulación. De la circulación de Vehículos. Otras normas de circulación. De la señalización.

Tema 3. Seguridad Vial (I); Seguridad de los vehículos: Elementos de seguridad en los vehículos. La seguridad activa. La seguridad pasiva. La distancia de frenado, concepto y elementos del vehículo que influyen en ella.

Tema 4. Seguridad Vial (II). Seguridad en el conductor/a: la observación, la anticipación; concepto de distancia de detención o parada técnica, el tiempo de reacción y los factores que influyen en él. Seguridad en la vía: peligros concretos en curvas e intersecciones; obstáculos en la calzada; travesías; el respeto a los viandantes y otros usuarios de la vía pública (ciclistas, transportistas, etc.). Conducción de vehículos destinados al transporte de mercancías: métodos de carga y estiba.

Tema 5. Estado físico del conductor/a. Tiempos de conducción y descanso, factores que disminuyen la vigilancia y las aptitudes físicas y mentales para conducir. El tacógrafo.

Tema 6. Transporte de mercancías peligrosas. Actividad, normas, autorizaciones y documentación.

Tema 7. Motor gasolina. Descripción de sistemas. Funcionamiento. Elementos básicos fundamentales.

Tema 8. Motor diésel. Descripción de sistemas. Funcionamiento. Elementos básicos fundamentales.

Tema 9. Chasis y carrocería. Elementos constitutivos.

Tema 10. Sistema de lubricación: Misión; elementos de un sistema de lubricación a presión; refrigeración del aceite; ventilación del sistema de lubricación; características de los aceites.

Tema 11. Sistema de refrigeración: Misión; elementos; circuitos de refrigeración; líquidos refrigerantes; mantenimiento.

Tema 12. Sistemas de suspensión: tipos de suspensión, características, constitución y funcionamiento; suspensiones convencionales, neumáticas e hidroneumáticas.

Tema 13. Sistema de dirección: Direcciones convencionales, neumáticas e hidráulicas; control de ajustes de ejes delanteros y traseros. Ruedas y neumáticos: Elementos, características y tipos; homologación, nomenclatura y mantenimiento.

Tema 14. Sistema de transmisión: embragues y convertidores; caja de velocidades; árbol de transmisión; mantenimiento.

Tema 15. Sistema hidráulico principal y sistemas hidráulicos auxiliares, clases, funcionamiento y descripción de sus elementos.

Tema 16. Sistemas de frenos: hidráulicos, neumáticos y eléctricos. El sistema de frenos ABS. Técnicas de desmontaje, reparación y montaje. Evoluciones de los sistemas ABS.

Tema 17. Electricidad del automóvil: Sistemas de encendido; batería; motor de arranque; sistemas de alumbrado.

Tema 18. La retro giratoria y la retroexcavadora: Delimitación del espacio de seguridad; trabajos de los movimientos de tierras (a cielo abierto, zanjas, pozos, vaciados, acopio de materiales, desbroces, etc.). Montaje y desmontaje de los diferentes equipos y accesorios de las máquinas. Puesta a punto y mantenimiento básicos.

Tema 19. Geografía vial. Red nacional de carreteras, red autonómica y red provincial. Nociones generales e implantación en la provincia de León. Interpretación de mapas de carreteras y planos de población. La Provincia de León: red viaria.

Tema 20. El Servicio de Parque Móvil provincial de la Diputación de León. Organización, funciones y servicios.

León, 27 de noviembre de 2020.

La Diputada Delegada de RR.HH.,
Fdo.: Ana María Arias González

Convocatoria BOCYL 04/12/2020 (PDF)

Convocatoria BOCYL 04/12/2020 (HTML)