Cuerpo de Maestros Convocatoria 2023

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Tema 1

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Solución Supuesto práctico

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Policía Local - Ayuntamientos CyL

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Policía Local - Ayuntamientos CyL

Policía Local - Ayuntamientos CyL.

ORDEN MAV/564/2024, de 5 de junio, por la que se convoca proceso selectivo unificado para el ingreso en los Cuerpos de Policía Local de 33 Ayuntamientos de la Comunidad de Castilla y León.

Base primera.– Normas generales.

1.1. Objeto de la convocatoria:

Al amparo de lo previsto en la Orden IYJ/324/2009, de 13 de febrero, por la que se regula la realización de procesos selectivos de policías locales por la Junta de Castilla y León, y en virtud de las delegaciones de los ayuntamientos, la presente convocatoria tiene por objeto la provisión de ciento treinta y siete (137) plazas vacantes de la categoría de agente de los Cuerpos de Policía Local, pertenecientes a la escala de administración especial, subescala de servicios especiales, clase: Policía Local, clasificadas en el grupo C, subgrupo C1

Consulte este enlace para ver el reparto de las plazas

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Publicados destinos Administrativo AGE

Publicados destinos Administrativo AGE

Publicados destinos Administrativo AGE

Publicados destinos Administrativo AGE.  Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se ofertan las plazas que han de ser desempeñadas como primer destino a las personas aspirantes que han superado las pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, por el sistema de ingreso libre.

 Por Resolución de 20 de enero de 2023 de la Secretaría de Estado de Función Pública (BOE del 27) se convocaron pruebas selectivas para el acceso, por el sistema de ingreso libre, en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, publicándose la relación definitiva de personas aspirantes que superaron las pruebas selectivas por Resolución de 13 de marzo de 2024, de la Secretaría de Estado de Función Pública (BOE del 19), corrección de errores por Resolución de 20 de marzo de 2024 (BOE del 22).Publicados destinos Administrativo AGE

Como fase previa al nombramiento de personal funcionario de carrera de las personas aspirantes que han superado las pruebas selectivas, es necesario realizar la oferta de las plazas que han de ser desempeñadas por las mismas como primer destino.

En consecuencia, esta Secretaría de Estado de Función Pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.1.b) del Real Decreto 1084/1990, de 31 de agosto, de redistribución de competencias en materia de personal de la Administración del Estado, a propuesta de la Dirección General de la Función Pública, resuelve: Publicados destinos Administrativo AGE

El plazo de solicitud de vacante comienza el día 10 de junio de 2024 a las 12:00 horas del mediodía y finaliza el día 21 de junio de 2024 a las 12:00 horas del mediodía.

Puedes consultar los destinos en el siguiente enlace: https://funcionpublica.digital.gob.es/funcion-publica/Acceso-Empleo-Publico/Convocatorias-Personal-Funcionario/Cuerpos-escalas-generales/Convocatorias-2020/ADVO-2020--2021-y-2022.html

Para más informaciónhttps://academiairigoyen.com/administrativo-age/


Técnico/a Superior Educación Infantil- Diputación de Segovia

Técnico/a Superior Educación Infantil- Diputación de Segovia

Técnico Superior Educación Infantil- Diputación de Segovia

Técnico Superior Educación Infantil- Diputación de Segovia. ACUERDO de 28 de mayo de 2024, de la Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de Segovia, por el que se aprueban las bases y la convocatoria para la provisión como personal funcionario de carrera, mediante el sistema de oposición por turno libre, de 4 plazas de Técnico/a Superior en Educación Infantil. Expte.: 9804/2024.

BASES

(Aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno de 28 de mayo de 2024).

Primera.– Objeto de la convocatoria. 

  • – Es objeto de la presente convocatoria, la provisión en propiedad, como personal funcionario de carrera, mediante el procedimiento de oposición libre, de cuatro plazas de Técnico/a Superior en Educación Infantil, incluidas en la Oferta de Empleo Público para 2023.
  • – Las plazas objeto de esta Convocatoria podrán ser incrementadas, en su caso, con las vacantes que pudieran producirse por cualquier causa, por Resolución de la Presidencia de la Corporación hasta la terminación del expediente de esta Convocatoria, y en todo caso, antes del comienzo de los ejercicios de selección.

Segunda.– Características de las plazas.

2.1 – Las plazas convocadas están dotadas económicamente con las retribuciones básicas correspondientes al Subgrupo C1 de los establecidos en el Art. 76 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre y con las retribuciones complementarias acordadas por la Corporación para los correspondientes puestos de trabajo.

2.2 – Las personas aspirantes que resulten nombradas para ocupar las plazas convocadas quedarán sometidas al régimen de incompatibilidades previsto en la Ley 53/1984 de 26 de diciembre.

2.3 – Las personas aspirantes nombradas serán adscritas a los puestos de trabajo de Auxiliar – Educador/a del Centro Juan Pablo II.

2.4 – Las jornadas de trabajo de las personas aspirantes nombradas que resulten nombrados se sujetarán a los requisitos establecidos en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de Octubre, normas de desarrollo del mismo y Pacto de Personal Funcionario de la Diputación de Segovia.

2.5 – Las funciones a realizar por las personas aspirantes que resulten nombrados son las correspondientes al puesto de trabajo de Auxiliar de Atención a Personas Dependientes, las cuales figuran en la descripción del mismo aprobada por el Pleno de la Corporación Provincial con fecha 28 de noviembre de 2013, así como las que en su caso se incorporen en las modificaciones a dicha descripción que puedan aprobarse, siendo las siguientes:

    • Realiza su intervención dentro del marco del Sistema de gestión de calidad por procesos implantado en el Centro Juan Pablo II.
    • Participa en el Equipo Interdisciplinar del
    • Comparte con el resto de la plantilla del centro la responsabilidad de proporcionar a los menores una atención integral de calidad, que garantice el respeto de sus derechos en un ambiente confortable y adecuado a sus necesidades.
    • Interviene, junto con el resto del Equipo y dentro del área de su competencia, en la cobertura de las necesidades de los/as menores dentro de los siguientes ámbitos:
      1. Autonomía personal y salud
      2. Educación y formación.
      3. Juego infantil y su metodología.
      4. Expresión y comunicación.
      5. Desarrollo socio-
      6. Convivencia y habilidades
      7. Relaciones familiares y con el
      8. Cuidados básicos/autocuidado: alimentación, higiene, imagen, personal, ropa,
      9. Cuidado de las pertenencias y del entorno: habitación, material educativo y de juego, espacios comunes, etc.
    • Realiza, como personal de atención directa, una atenta observación de cada menor, comunicando al educador/a y/o técnico/a en educación infantil de referencia aquella información que sea relevante.
    • Prepara y/o acompaña a los/as menores en sus traslados o salidas, gestiones, compras, consultas, excursiones y cualesquiera otra de análoga categoría.
    • Colabora y participa, en el ámbito de sus competencias, en la elaboración y ejecución del PII de cada menor y en las actuaciones de atención previstas en el mismo, así como lo referente a las AVD.
    • Elabora y ejecuta proyectos específicos en función de las necesidades de los/as menores y de las actividades del centro o programa.
  • Elabora y cumplimenta todos los documentos que se consideren oportunos de acuerdo a sus funciones. Registra la información relevante de cada menor (visitas, llamadas, asuntos médicos, etc.)
  • Se responsabiliza, como profesional de referencia de las funciones encomendadas con respecto a los/as menores que le sean asignados/as, previstas en los diferentes procesos de atención individualizada del centro.
  • Se coordina, bajo la supervisión del/la coordinador/a de Equipo y dentro de su área de competencia, con profesionales de otras instituciones.
  • Colabora en la elaboración y ejecución del programa educativo del centro bajo la supervisión de la Coordinador/a y/o educador/a y en coordinación con el resto del Equipo Educativo.
  • Colabora en la evaluación del Proyecto Educativo y del Plan Anual del centro, elaborando propuestas de mejora.
  • Participa en la elaboración de los protocolos y procedimientos relacionados con el área de su competencia.
  • Realiza cualesquiera otras funciones análogas que pudieran establecerse por sus responsables directos.
  • Proporciona atenciones en un ambiente protector, cálido emocionalmente, y basado en el establecimiento de relaciones afectivas positivas.
  • Realizar además todas aquellas tareas análogas y complementarias que le sean encomendadas por su superior relacionadas con la misión del puesto, o que resulten necesarias por razones del servicio, particularmente aquellas que se deriven de los conocimientos o experiencias exigidos en las pruebas de asignación al puesto, o los adquiridos en cursos de perfeccionamiento en los que haya participado en razón de su puesto de trabajo, y las que sean necesarias y puedan establecerse por acuerdo de la Corporación u orden del Presidente, Diputado del Área o Servicio o Jefe del Servicio o Dependencia.
  • 2.6– Las personas aspirantes que resulten nombradas desempeñarán sus funciones a jornada completa, dentro de la jornada de trabajo establecida en esta Corporación, y podrán prestar sus servicios, según necesidades, de lunes a domingo, con los descansos legalmente establecidos, y en horario de mañana, tarde y noche, según cuadrante, con sujeción a las normas establecidas en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de Octubre, normas de desarrollo del mismo y Pacto de Personal Funcionario de la Diputación de Segovia.

Tercera.– Requisitos que deben reunir las personas aspirantes. Técnico/a Superior Educación Infantil- Diputación de Segovia

– Para ser admitido a la realización de estas pruebas, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

  1. Poseer la nacionalidad española o cumplir lo establecido en el artículo 57 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre en lo relativo al acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.
  2. Tener cumplidos los 18 años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa en los términos establecidos en el artículo 56.1.c) del citado Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
  3. Estar en posesión del cualquiera de los Títulos Académicos Oficiales siguientes de Formación Profesional de Grado Superior – FP2:
    • Técnico/a de Grado Superior en Educación Infantil, perteneciente a la Rama de Servicios Socioculturales y a la Comunidad, establecido en el Real Decreto 1394/2007 de 29 de octubre y normas dictadas en desarrollo del mismo.
    • Técnico/a de Grado Superior en Educación Infantil, perteneciente a la Rama de Servicios Socioculturales y a la Comunidad, establecido en el Real Decreto 2059/1995 de 22 de diciembre.
    • Técnico/a Especialista en Educador Infantil, perteneciente a la Rama de Servicios a la Comunidad, de la Ley 14/1970 de 4 de agosto.
    • Técnico/a Especialista en Jardines de Infancia, perteneciente a la Rama de Servicios a la Comunidad, de la Ley 14/1970 de 4 de agosto.

En el caso de invocar un título equivalente al exigido o titulación obtenida en el Extranjero, el aspirante deberá presentar el correspondiente certificado de equivalencia, expedido por el Órgano estatal o Autonómico competente en materia de Educación. Dicha equivalencia deberá referirse, tanto al rango como a la especialidad exigida.

La posesión del certificado de profesionalidad, en alguna de las ramas o especialidades indicadas no habilita por sí sola para acceder a la Convocatoria, si no se está en posesión además de la titulación académica correspondiente.

  1. Estar en posesión del permiso de conducción
  2. Poseer la capacidad funcional correspondiente a las funciones a desempeñar.
  3. No hallarse incurso en causa de incapacidad para ser nombrado personal funcionario de carrera, ni haber sido separado mediante expediente disciplinario del Servicio de la Administración del Estado, Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse incapacitado para el ejercicio de funciones públicas.
  4. Carecer de antecedentes por los delitos previstos en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero de protección jurídica del menor, de modificación del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil (no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos).
  5. Comprometerse a prestar juramento o promesa exigidos para la toma de posesión del cargo.
  6. Estar en posesión de la formación en materia de manipulación de alimentos, debidamente actualizada en la fecha en que comience a trabajar.
  • – Todos los requisitos anteriores deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, y estar en posesión de los mismos hasta la fecha de nombramiento, salvo lo relativo el requisito del apartado h) que se referirá a la fecha en que comience a trabajar.
  • – DERECHOS DE EXAMEN:
    • – Las personas aspirantes deberán abonar la cantidad de 15 euros en concepto de tasa por derechos de examen, al amparo de lo establecido en la Ordenanza Fiscal reguladora de la referida tasa, aprobada definitivamente por el Pleno de esta Corporación en sesión de 27 de febrero de 2020 (B.O.P. Segovia 4 de marzo de 2020).
    • – Para el abono del importe de la tasa, las personas aspirantes deberán practicar autoliquidación, en el impreso habilitado al efecto que se podrá descargar de la página Web de la Corporación y realizar su ingreso, a través de cualquier entidad bancaria autorizada, mediante transferencia bancaria a la Entidad CAIXABANK en la cuenta número El ingreso deberá efectuarse antes de presentar la correspondiente solicitud de admisión a pruebas selectivas. A la instancia deberá acompañarse copia de la autoliquidación debidamente ingresada y sellada por la Entidad bancaria correspondiente, o en su defecto, copia del recibo de ingreso.
    • – El importe de la tasa de derechos de examen, únicamente será devuelto cuando, por causas no imputables al interesado, la actividad técnica y administrativa conducente a la selección del personal para provisión de la plaza convocada no se En su consecuencia, no procederá la devolución del importe de la tasa en los supuestos de exclusión del aspirante de las pruebas selectivas por causas imputables al interesado o en el supuesto de que el aspirante no se presente a la práctica de los ejercicios.
    • – No obstante, y de conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Ordenanza reguladora de la Tasa por Derechos de Examen de esta Corporación, estarán exentos del pago de la tasa quienes acrediten las siguientes circunstancias:
  1. Las personas que figuren como demandantes de empleo, con una antigüedad mínima de seis meses, referida a la fecha de publicación del extracto de esta Convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

La persona aspirante deberá acreditar esta circunstancia mediante la presentación, junto con la instancia de admisión a las pruebas selectivas, del correspondiente certificado de desempleo expedido por el Instituto Nacional de Empleo o Servicio Público de Empleo de la respectiva Comunidad Autónoma.

  1. Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Esta circunstancia se acreditará mediante la presentación, junto con la instancia de admisión a las pruebas selectivas, del certificado de discapacidad expedido por el Organismo estatal o autonómico competente.
    • – Por otra parte, y de conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ordenanza reguladora de la Tasa por Derechos de Examen de esta Corporación, tendrán una bonificación del 50% las personas aspirantes que acrediten su condición de familia numerosa de carácter especial, y de un 30% los que acrediten su condición de familia numerosa de carácter general, debiendo aportar los correspondientes documentos acreditativos junto con la instancia de solicitud de admisión a las pruebas selectivas.
  • – La falta de pago de la tasa sin acreditar la correspondiente causa de exención de pago determinará la inadmisión del aspirante a las pruebas selectivas.

Cuarta.– Presentación de solicitudes.  Técnico/a Superior Educación Infantil- Diputación de Segovia

  • – Forma

Las instancias solicitando tomar parte en esta Convocatoria se dirigirán al Ilmo. Sr. Presidente de la Corporación, y deberán ajustarse al modelo oficial que a tal efecto podrán obtener en la página Web de la Diputación o en el Servicio de Personal y Régimen Interior, haciéndose constar por la persona aspirante que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en la Base Tercera de esta Convocatoria.

  • – Lugar y plazo de presentación

Dichas solicitudes se presentarán dentro del plazo de veinte días naturales contados desde el día siguiente a la publicación del extracto de esta Convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro General de la Diputación de Segovia, preferentemente a través de la Sede Electrónica de la Diputación por quienes reúnan los requisitos técnicos para acceder a dicha Sede, o subsidiariamente de manera presencial en la propia Sede del Registro (Palacio Provincial, C/ San Agustín, 23 de Segovia), o bien en los Registros de las Entidades a que hace referencia el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

  • – Documentación a acompañar, junto con la solicitud:

A las solicitudes se acompañará:

  1. Fotocopia del Título académico de
  2. Fotocopia del DNI actualizado
  3. Fotocopia del permiso de conducir
  4. Impreso de autoliquidación de la tasa por derechos de examen y copia del recibo de ingreso y/o en su caso documentos acreditativos de reunir una de las causas de exención de pago o bonificación de la tasa, conforme determina la Base Tercera de esta Convocatoria.

Quinta.– Admisión de aspirantes. Técnico/a Superior Educación Infantil- Diputación de Segovia

  • – Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Sr. Presidente de la Corporación aprobará, mediante Decreto, la lista de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de la causa de exclusión.
  • – En dicha Resolución se determinará el lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios, la composición nominal del tribunal Calificador y el orden de actuación de las personas aspirantes de lo cual se dará publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia de
  • – Las personas aspirantes excluidas podrán interponer el Recurso administrativo de Reposición ante la Presidencia de la Corporación, con carácter potestativo en el plazo máximo de un mes a contar desde la recepción de la notificación de su exclusión, o bien el Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso – administrativo de Segovia, en el plazo máximo de dos meses, a partir de la publicación de la lista de admitidos y excluidos en el Boletín Oficial de la Provincia de Segovia. Asimismo, se concederá un plazo de diez días para subsanación de errores, en su caso, en los términos previstos en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sexta.– Tribunal Calificador.  Técnico/a Superior Educación Infantil- Diputación de Segovia

  • – Composición

La composición del Tribunal Calificador que juzgará las pruebas selectivas objeto de esta Convocatoria, estará integrada de la siguiente forma:

Presidencia.– La Jefa del Servicio de Acción Social.

Vocales:

  • Un/a vocal designado a propuesta de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
  • Dos personas con la condición de personal funcionario de carrera de la Corporación designadas por la Presidencia.

Secretaría.– La Secretaria General de la Corporación.

  • – Designación de suplentes y asesores especialistas, y asistencia de colaboradores/as técnicos/as y administrativos/as.

Podrán designarse suplentes en sustitución de los titulares que integren el referido Tribunal. Asimismo, el Presidente de la Corporación podrá designar si lo estima oportuno o conveniente algún Asesor/a Especialista para todas o alguna de las pruebas. Por otra parte, el Tribunal podrá recabar cuando lo estime oportuno la asistencia de personal funcionario o laboral de la Corporación para actuar como colaboradores/as técnicos/as o administrativos/as del Tribunal durante el proceso selectivo.

  • – Publicación de la composición nominal

La composición nominal del Tribunal Calificador que juzgue las pruebas selectivas será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, simultáneamente con el anuncio en que se haga pública la lista de admitidos y excluidos.

  • – Abstención y recusación

Los miembros del Tribunal Calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Presidencia, cuando concurran en ellos alguna de las causas previstas en el Art. 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a esta Convocatoria. Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran en ellos alguna de estas circunstancias en los términos previstos en el artículo 24 de la misma ley 40/2015.

  • – Forma de constitución y facultades del tribunal

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de la mitad de sus integrantes, ya sean titulares o suplentes, y estará facultado para resolver las cuestiones que pudieran suscitarse durante el desarrollo de la Convocatoria, y adoptar los acuerdos necesarios para el buen orden de la misma, en todo lo no previsto en estas Bases.

Séptima.– Proceso de selección. Técnico/a Superior Educación Infantil- Diputación de Segovia

  • – La selección, mediante el sistema de oposición, consistirá en la realización de tres ejercicios, de carácter eliminatorio y obligatorio para todas las personas aspirantes:

Primer ejercicio.– Consistirá en contestar por escrito, durante el tiempo máximo que se determine por el Tribunal, a un cuestionario de cuarenta preguntas tipo test, con respuestas alternativas, siendo una sola de ellas la correcta, relacionadas con los temas que integran las dos partes del Programa de la Convocatoria. El Tribunal podrá proponer además, hasta un máximo de cuatro preguntas adicionales de reserva en previsión de posibles anulaciones.

Segundo ejercicio:  Técnico/a Superior Educación Infantil- Diputación de Segovia

Consistirá en desarrollar por escrito, durante el tiempo máximo que se determine por el Tribunal, entre tres y seis preguntas cortas abiertas de carácter general relacionadas con la Parte Segunda (materias específicas) que guardarán relación con los procedimientos, tareas y funciones de las plazas objeto de la convocatoria según el programa de la misma.

Además, podrán ser objeto de lectura pública ante el Tribunal, quien podrá establecer un diálogo con la persona aspirante solicitando aclaraciones sobre las preguntas desarrolladas, si lo estima oportuno, para la comprobación de los citados aspectos evaluables.

Se valorará la demostración de los conocimientos solicitados según el temario y la adecuación de la respuesta a la pregunta en cada caso, considerando que los procedimientos y tareas se refieren al modelo de atención en un centro residencial de la Diputación de Segovia.

Tercer ejercicio:  Técnico/a Superior Educación Infantil- Diputación de Segovia

Consistirá en la realización, durante el tiempo máximo que se determine por el Tribunal, de uno o varios ejercicios teórico-prácticos o pruebas prácticas relacionados con las funciones a desempeñar.

Se podrá requerir tanto la lectura de los ejercicios como aclaraciones sobre el contenido de dicha prueba y se establecerá un diálogo con la persona aspirante sobre el contenido de dicha prueba.

En este ejercicio se valorará fundamentalmente la capacidad de raciocinio, la corrección en el análisis de los problemas que se plantean, la sistemática en el planteamiento, la argumentación y formulación de conclusiones y el conocimiento y adecuada interpretación de la normativa aplicable y de las funciones propias del puesto de trabajo, así como la correcta aplicación de los conocimientos teóricos a la resolución de los problemas prácticos planteados y la calidad de la redacción y de la exposición en el marco del modelo de atención en los centros residenciales de la Diputación de Segovia.

En el desarrollo y calificación de los ejercicios, se garantizará el anonimato de las personas aspirantes siempre que sea posible, facultándose expresamente al Tribunal Calificador para apreciar dicha posibilidad, en función del tipo de ejercicio del que se trate.

7.1.2.– Calificación de los ejercicios

Todos los ejercicios tendrán carácter eliminatorio y obligatorio para todos todas las personas aspirantes.

El primer ejercicio se puntuará de 0 a 10 puntos, efectuándose la calificación de la siguiente manera:

  1. Cada pregunta correctamente contestada se calificará con 0,25 puntos. Cada pregunta incorrectamente contestada se penalizará con 0,10 puntos. Cada pregunta sin contestar (en blanco) se calificará con 0,00 puntos.
  2. Se considerará que han aprobado el primer ejercicio, pasando a la realización del segundo ejercicio, las 25 personas aspirantes con las mayores puntuaciones, las cuales no podrán ser inferiores a 4 puntos, en cuyo caso, pasarán únicamente aquellas personas aspirantes cuya calificación sea de 4 o más puntos. Dicha determinación se realizará antes de la identificación nominal de las personas aspirantes una vez calificado el ejercicio de forma anónima. En el supuesto que se encuentren varias personas aspirantes con la misma calificación que la del n.º 25, también pasarán a formar parte de la relación de aprobadas (aspirante n.º 25 y empatados). El segundo y el tercer ejercicio se calificarán de 0 a 10 puntos, siendo eliminadas las personas aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

En el segundo ejercicio, cada pregunta tendrá el mismo valor máximo.

En el tercer ejercicio, el Tribunal adoptará los criterios objetivos de puntuación que estime convenientes para la calificación del ejercicio, los cuáles se pondrán en conocimiento de las personas aspirantes con carácter previo al inicio del mismo.

En el segundo y tercer ejercicio, las calificaciones se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del Tribunal Calificador, y dividiendo el total obtenido entre el número de asistentes de aquél, siendo el cociente la calificación definitiva.

Las calificaciones obtenidas por las personas aspirantes aprobadas en los distintos ejercicios serán hechas públicas en el Tablón de Edictos y en la Página Web de la Diputación de Segovia, junto con la fecha de celebración del siguiente ejercicio. Las calificaciones obtenidas por las personas aspirantes no aprobadas se facilitarán individualmente a los interesados/as que las soliciten.

Octava.– Calificación total y definitiva de las personas aspirantes.  Técnico/a Superior Educación Infantil- Diputación de Segovia

  • – La calificación total y definitiva de las personas aspirantes vendrá dada por la puntuación resultante de sumar las puntuaciones obtenidas en el conjunto de los tres ejercicios de la oposición por las personas aspirantes que superen la totalidad de los mismos.
  • – En caso de empate entre dos o más aspirantes, el Tribunal podrá llevar a efecto una o más pruebas complementarias sobre los ejercicios que componen la Oposición.

Novena.– Programa que ha de regir en la convocatoria. Técnico/a Superior Educación Infantil- Diputación de Segovia

El programa sobre el que versarán los ejercicios de la Fase de Oposición es el que figura en el Anexo de esta Convocatoria.

Décima.– Comienzo y desarrollo de las pruebas selectivas. Técnico/a Superior Educación Infantil- Diputación de Segovia

  • – Comienzo

Los ejercicios se celebrarán una vez transcurridos, al menos dos meses desde la fecha en que aparezca publicado el anuncio extractado de esta Convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

  • – Publicación de la fecha, hora y lugar de celebración

La fecha, lugar y hora de celebración de las pruebas será hecha pública en el Boletín Oficial de esta Provincia al mismo tiempo en que se publique la Lista de Admitidos y Excluidos.

  • – Llamamiento de las personas aspirantes

Las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio en llamamiento único, salvo casos de fuerza mayor debidamente justificados y apreciados libremente por el Tribunal.

  • – Orden de actuación de las personas aspirantes

El orden de actuación de las personas aspirantes en aquellos ejercicios que, en su caso, no se realicen conjuntamente por todas las personas aspirantes al mismo tiempo, se iniciará con aquél cuya inicial del primer apellido se corresponda con la Letra «R», según el resultado del sorteo celebrado el día 20 de febrero de 2023 (B.O.P. de Segovia de 1 de marzo de 2023).

  • – Publicación de calificaciones y anuncios sobre celebración de los sucesivos ejercicios

Una vez comenzadas las pruebas selectivas no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de la celebración de las restantes pruebas en el Boletín Oficial de la Provincia. No obstante, estos anuncios deberán hacerse públicos por el Tribunal en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores y en el Tablón de Edictos de la Corporación, con una antelación de, al menos, 24 horas a la celebración del siguiente ejercicio, junto con las calificaciones obtenidas por las personas aspirantes que hubieran superado el ejercicio anterior. Desde la total conclusión de un ejercicio hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales. 

Undécima.– Relación de personas aspirantes aprobadas y propuesta de nombramiento.

11.– Finalizada la calificación de las personas aspirantes, el Tribunal publicará en el Tablón de Edictos y en la Página Web de Corporación la correspondiente propuesta de nombramiento, en favor de las personas aspirantes que, habiendo superado los tres ejercicios de la Oposición, hubieran obtenido las mayores puntuaciones totales, no pudiendo rebasar el número de aspirantes propuestos/as al número de plazas convocadas, elevándose dicha propuesta al Sr. Presidente de la Corporación a efectos de nombramiento de las personas aspirantes.

11.2.– No obstante, para asegurar la cobertura de la plaza convocada, el órgano convocante podrá requerir al órgano de selección la relación complementaria de personas aspirantes que hayan aprobado los tres ejercicios, que sigan en el orden de puntuación total a la persona aspirante propuesta cuando se produzca alguna de las siguientes circunstancias:

  1. Que se registre la renuncia o tenga lugar el fallecimiento de la persona aspirante propuesta que ha superado el proceso selectivo, antes de la formalización de la toma de posesión.
  2. Que la persona aspirante propuesta que ha superado el proceso selectivo no presente la documentación exigida o del examen de ésta se deduzca que carece de los requisitos establecidos en la convocatoria.

Duodécima.– Presentación de documentos. Técnico/a Superior Educación Infantil- Diputación de Segovia

  • – Las personas aspirantes propuestas presentarán en el Servicio de Personal y Régimen Interior de la Diputación de Segovia, dentro del plazo de 20 días naturales, contados desde la publicación de la propuesta de nombramiento a que se refiere la Base anterior, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la Convocatoria, que a continuación se expresan:
  1. Certificación de Acta de Nacimiento expedida por el Registro Civil
  2. Declaración complementaria de conducta ciudadana, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 68/1980 de 1 de diciembre.
  3. Certificación negativa del Registro General de Delincuentes Sexuales acreditativo de cumplir el requisito exigido en el apartado 3.1.f) de la Base Tercera de la Convocatoria, o declaración responsable acompañada de autorización expresa a la Diputación de Segovia para recabar dicha certificación.
  4. Certificado médico acreditativo expedido por el Servicio Territorial de Sanidad y Bienestar Social, acreditativo de poseer la capacidad funcional correspondiente a las funciones a desarrollar, sin perjuicio del reconocimiento médico previo y complementario que en su caso deba realizar en los Servicios Médicos
  5. Declaración jurada o responsable de no hallarse incurso en causa de incapacidad, ni haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio del Estado, Administración Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
  6. Declaración jurada o responsable de no desempeñar ningún puesto del sector público o actividad privada incompatible según el 1 de la Ley 53/1984 de 26 de diciembre.
  • – Las personas aspirantes propuestas que, en su caso, tuvieran ya la condición de personal funcionario de carrera o laboral fijo de la Administración Pública estarán exentas de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación del Ministerio, Corporación Local u Organismo Público de que dependan, acreditando su condición de funcionario, y cuantas circunstancias consten en su expediente personal.
  • – Si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, alguna de las personas aspirantes propuestas no presentase su documentación no podrá ser nombrada y se anularán todas sus actuaciones, sin perjuicio de las exigencias de responsabilidad en que hubiesen podido incurrir por falsedad en la instancia presentada solicitando tomar parte en la En este caso, el Tribunal formulará propuesta adicional a favor de quien o quienes les sigan en el orden de puntuación, siempre que haya superado las pruebas exigidas, en base a lo previsto en la Base Undécima, Párrafo 2º.

Decimotercera.– Toma de posesión. Técnico/a Superior Educación Infantil- Diputación de Segovia

  • – Una vez aprobada la propuesta de nombramiento, las personas aspirantes nombradas deberán tomar posesión de sus cargos, en el plazo de 30 días hábiles, contados desde el siguiente al que sea notificado el nombramiento.
  • – Si no tomasen posesión dentro del plazo señalado o de la prórroga concedida en su caso, quedarán en situación de cesantes, con pérdida de todos los derechos derivados de la Convocatoria y del subsiguiente nombramiento conferido.

Decimocuarta.– Impugnación de la convocatoria. Técnico/a Superior Educación Infantil- Diputación de Segovia

  • – La Convocatoria y sus Bases, y cuantos actos administrativos se deriven de éste y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por las personas interesadas en los casos y en las formas establecidas en la Legislación vigente en materia de Procedimiento Administrativo Común.
  • – El sólo hecho de presentar instancia solicitando tomar parte en las pruebas constituye sometimiento expreso de las personas aspirantes a las Bases de la Convocatoria que tienen consideración de Ley reguladora de la misma.

Decimoquinta.– Legislación supletoria. Técnico/a Superior Educación Infantil- Diputación de Segovia

Esta Convocatoria se regirá, en lo no previsto en estas Bases, por lo dispuesto en la Ley reguladora de las Bases de Régimen Local de 2 de abril de 1985, Real Decreto Legislativo 781/1986 de 18 de Abril aprobatorio del Texto Refundido de las Disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, Reglamento de Funcionarios de Administración Local en lo que no se oponga o contradiga a aquélla, Ley 30/1984 de 2 de Agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública en aquellos preceptos que continúen vigentes, Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, Ley 7/2005 de 24 de Mayo de la Función Pública de Castilla y León, Real Decreto 896/1991 de 7 de Junio, y demás disposiciones concordantes. Será asimismo de aplicación supletoria el Reglamento General de Ingreso del Personal y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo.

Segovia, 29 de mayo de 2024.

La Secretaria General,

Fdo.: M.ª Lourdes Merino Ibáñez

ANEXO

 PROGRAMA DE LA CONVOCATORIA

OPOSICIÓN LIBRE PARA PROVISIÓN DE CUATRO PLAZAS DE TÉCNICO/A SUPERIOR EN EDUCACIÓN INFANTIL.

PARTE 1.– MATERIAS COMUNES.

Tema 1.– La Constitución Española de 1978. Principios Generales. Derechos y deberes fundamentales de los españoles: Garantías y protección. El Defensor del pueblo. El Procurador del Común de Castilla y León.

Tema 2.– La organización territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía: su significado. Régimen de competencias. El Estatuto de Autonomía de Castilla y León. Atribuciones de los Órganos de Gobierno de la Comunidad.

Tema 3.– El Régimen Local Español. Principios constitucionales y regulación jurídica. Clases de Entes Locales. La Provincia en el Régimen Local Español. Organización Provincial. Competencias de las Diputaciones Provinciales de régimen común. Los Órganos de Gobierno Provinciales: composición, elección y atribuciones.

Tema 4.– La Función Pública Local y su Organización. Regulación Legal. El Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre y La Ley 7/2005 de 24 de mayo de la Función Pública de Castilla y León: Estructura y ámbitos de aplicación. Las Escalas de funcionarios que integran la Administración Local: funciones de cada una de ellas.

Tema 5.– Derechos y deberes de los funcionarios Públicos. Régimen de vacaciones, licencias y permisos de los funcionarios públicos: regulación legal aplicable. Sistema retributivo. Incompatibilidades. Situaciones Administrativas de los funcionarios de carrera. Régimen disciplinario.

Tema 6.– La salud en la Constitución Española de 1978. La Ley 14/1986 de 25 de abril, General de Sanidad: Fundamentos generales. La Ley 8/2010, de 30 de agosto, de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León.

Tema 7.– La Ley de Prevención de Riesgos Laborales: Obligaciones de los trabajadores en materia de prevención de riesgos laborales. Principios de mecánica corporal y procedimientos de movilización en la prevención de riesgos laborales.

«El cuidado del cuidador».

Tema 8.– Ley 16/2010 de 20 de diciembre de SS.SS. de Castilla y León. Disposiciones generales; Prestaciones del sistema de SS.SS. de responsabilidad pública; Organización territorial y funcional del sistema de SS.SS. de responsabilidad pública.

PARTE 2.– MATERIAS ESPECÍFICAS.

Tema 9.– La Planificación Local en materia de asuntos sociales en la Diputación de Segovia: La estrategia de innovación 2020-2025. 

Tema 10.– Organización funcional y territorial de los Servicios Sociales en la Diputación de Segovia. Los Centros Residenciales de la Diputación de Segovia: Características y finalidad, objetivos, población destinataria, servicios que prestan y requisitos de acceso.

Tema 11.– Ley 14/2002, de 25 de julio, de promoción, atención y protección a la infancia en Castilla y León. Disposiciones generales. De la acción de protección.

Tema 12.– Decreto 131/2003, de 13 de noviembre, por el que se regula la acción de protección de los menores de edad en situación de riesgo o desamparo y los procedimientos para la adopción y ejecución de las medidas y actuaciones para llevarlas a cabo. Disposiciones generales, la acción de protección, y las normas generales relativas al régimen y aplicación de las distintas medidas de protección y actuaciones con efectos protectores.

Tema 13.– Decreto 54/2005, de 7 de julio, regula el régimen de organización y funcionamiento de centros específicos destinados a la atención residencial de menores con medidas o actuaciones de protección.

Tema 14.– Manual de la Buena Práctica para la atención residencial a la Infancia y Adolescencia: Estándares de calidad para la atención a los niños y adolescentes en dispositivos residenciales: «Principios de la Atención Residencial» y «Áreas de atención residencial».

Tema 15.– Necesidades en la infancia y en la adolescencia. Factores de protección y de riesgo. (Félix López Sánchez). (Guía 3: Procedimiento de actuación de las corporaciones locales respecto de menores en situación de desprotección. Junta de Castilla y León.).

Tema 16.– Necesidades de los/as menores en los centros. Necesidades derivadas de la separación y del maltrato. Posibles autores: Jesús Fuertes Zurita. Félix López. Jesús Palacios.

Tema 17.– Desarrollo evolutivo. Etapas del desarrollo (motor, cognitivo y socioemocional) de los 0 a los 12 años. Posibles autores: Juan Antonio García Madruga, Jesús Palacios.

Tema 18.– Teoría del apego. José Luis Gonzalo Marrodán.

Tema 19.– Maltrato infantil: tipología e indicadores (Guía 1: Detección y notificación ante situaciones de desamparo y de riesgo en la infancia. Junta de Castilla y León). (Guía 2: Investigación y evaluación ante situaciones de desprotección en la Infancia. Junta de Castilla y León).

Tema 20.– Efectos del maltrato en el desarrollo. Guía Ver para proteger. UNICEF. Capítulos 4.1 y 4.2.

Tema 21.– Manual: Acompañando las heridas del alma. Trauma en la infancia y adolescencia. Capítulos 1 y 2.

Tema 22.– Violencia de género: concepto y modelos explicativos; tipos de maltrato y consecuencias en la mujer; estrategias del maltratador. (Guía Práctica clínica. Atención en salud mental con mujeres maltratadas por su pareja. Servicio Murciano de Salud y Cuaderno 1 contra la violencia de género. Ayuntamiento de Salamanca).

Tema 23.– Violencia de género: los hijos e hijas. Consecuencias del maltrato; roles que asumen; pautas de intervención. Guía de intervención con menores víctimas de violencia de género, Instituto canario de igualdad.

Tema 24.– Disciplina positiva. «Afecto, límites y consciencia. La disciplina positiva en los programas de aldeas infantiles SOS».

Tema 25.– La crianza terapéutica. (Pero a tu lado. De la Parentalidad positiva a la crianza terapéutica. Íñigo Martínez de Mandojana Valle: Desenredando conceptos. La sincronía relacional. La presencia útil. El camino hacia la resiliencia).

Tema 26. – La afectividad consciente como competencia profesional en los SS.SS. (La afectividad consciente como competencia organizacional en aldeas infantiles SOS, América Latina y el Caribe).

Tema 27.– El juego como herramienta terapéutica. Funciones del juego. Características  del  juego.  Intervención  mediante  el  juego.  (Montse  Lapastora y Noelia Mata).

Tema 28.– Funcionamiento cerebral. (Educar en el vínculo. Rafael Guerrero). Tema 29.– Regulación emocional. (Educar en el vínculo. Rafael Guerrero.

Tema 30.– La necesidad de organizadores externos. Neuropsicología del abandono y del maltrato infantil. (Rosa María Fernández García: Cap. 11).

Tema 31.– Acogimiento residencial de menores: los centros como entornos seguros y protectores. (La promoción de entornos seguros y protectores en Aldeas Infantiles SOS América Latina y el Caribe: Definiendo un entorno seguro y protector. Niveles de un entorno seguro y protector).

Tema 32.– Acogimiento residencial de menores: la observación profesional de menores. Indicadores del maltrato y del trauma. ¿Qué y cuándo observar? (Guía: Tejer una red para sanar las heridas del alma gestión de caso con abordaje de trauma en la infancia y adolescencia. Aldeas Infantiles SOS América Latina y el Caribe: La aplicación de la gestión de caso en trauma: áreas, procesos e indicadores).

Tema 33.– Acogimiento residencial de menores: las unidades de convivencia.

Tema 34.– Acogimiento residencial de menores: la intervención con la historia de vida. El proyecto de vida.

Tema 35.– Acogimiento residencial de menores: la figura del profesional de referencia.

Tema 36.– Acogimiento residencial de menores: la intervención en crisis. Manejo de conflictos e intervención ante conductas caracterizadas por la falta de control y de violencia. (Guía: «Afecto, límites y consciencia. La disciplina positiva en los programas de aldeas infantiles SOS»).

Tema 37.– Acogimiento residencial de menores: educación sexual De 0 A 12 años. Guía Educación sexual de niños y niñas de 6 a 12 años. Guía para madres, padres y profesorado de Educación Primaria. Ministerio de Educación y Ciencia: educar con lo que somos; hablar sobre sexualidad; los sentimientos amorosos; la violencia sexual y los límites de la sexualidad.

Tema 38.– Acogimiento residencial de menores: Modelo de atención centrada en la persona.

Tema 39.– Acogimiento residencial de menores: el Proyecto de Intervención Individualizado. Objeto, características, contenido, metodología, personas que intervienen.

Tema 40.– Primeros auxilios en la infancia. Criterios de urgencia y prioridad. Signos de urgencia vital. Actuaciones ante asfixias, traumatismos, quemaduras, hemorragias, pérdidas de conciencia. Técnicas de soporte vital básico. Prevención de accidentes.

http://bocyl.jcyl.es           

También puedes consultar el siguiente enlace : https://academiairigoyen.com/tecnico-superior-educacion-infantil/                                                       


Aprobados Auxiliar Administrativo JCyL 2024

Aprobados Auxiliar Administrativo JCyL 2024

Aprobados Auxiliar Administrativo JCyL 2024

Aprobados Auxiliar Administrativo JCyL 2024

CONTENIDO PUBLICADO EL 5 DE JUNIO DE 2024:

ACUERDO DE 4 DE JUNIO DE 2024 DEL TRIBUNAL CALIFICADOR DEL PROCESO SELECTIVO PARA EL INGRESO POR EL SISTEMA DE ACCESO LIBRE EN EL CUERPO AUXILIAR DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN, CONVOCADO POR RESOLUCIÓN DE 3 DE NOVIEMBRE DE 2022 DE LA VICECONSEJERÍA DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y ATENCIÓN AL CIUDADANO, POR LA QUE SE HACE PÚBLICA LA RELACIÓN DE ASPIRANTES QUE HAN SUPERADO Y QUE NO HAN SUPERADO EL EJERCICIO DEL PROCESO SELECTIVO.

Con fecha 13 de abril de 2024, se celebró el ejercicio del proceso selectivo para el ingreso por el sistema de acceso libre en el Cuerpo Auxiliar de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

De acuerdo con lo establecido en la base novena de la convocatoria, el Tribunal calificador en sesión celebrada el día 4 de junio de 2024

ACUERDA Aprobados Auxiliar Administrativo JCyL 2024

Primero.- Elevar a definitiva y hacer pública la plantilla de respuestas correctas que se acompaña como ANEXO I (Plantilla examen definitiva) una vez vistas las reclamaciones presentadas al cuestionario y corregidas y anuladas las preguntas siguientes:

  1. De la primera parte del ejercicio se corrige el error de transcripción en la pregunta 23, siendo la respuesta correcta la d) en lugar de la e),
  2. De la primera parte del ejercicio se corrige el error de transcripción en la pregunta 41, siendo la respuesta correcta la e) en lugar de la d),
  3. De la primera parte del ejercicio se anulan las preguntas 15 y 21. La pregunta 15 se sustituye por la pregunta de reserva 61 y la pregunta 21 se sustituye por la pregunta de reserva 62,
  4. De la segunda parte del ejercicio se anula la pregunta 93, que se sustituye por la pregunta de reserva 97.

Segundo.- Hacer pública la relación de aspirantes que han aprobado el ejercicio del proceso selectivo con indicación de la puntuación obtenida. Asimismo, se publican los listados del resto de aspirantes que habiendo concurrido a la realización del ejercicio no lo han aprobado, diferenciando el turno de acceso general y el turno de personas con discapacidad según se detalla en los anexos siguientes:

  • ANEXO II Relación de aspirantes que han superado el ejercicio. Turno general.
  • ANEXO III Relación de aspirantes que no han superado el ejercicio. Turno general.
  • ANEXO IV Relación de aspirantes que han superado el ejercicio. Turno de personas con discapacidad.
  • ANEXO V Relación de aspirantes que no han superado el ejercicio. Turno de personas con
  • discapacidad.

Tercero.- Declarar los aspirantes que han superado el proceso selectivo con sus respectivas calificaciones según la relación que se adjunta en anexo siguiente:

  • ANEXO VI Relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

Cuarto.- Elevar la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo a la Dirección General de la Función Pública para su aprobación y publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, junto con la oferta de puestos de trabajo.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de la Presidencia, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación en la página web de la Dirección General de la Función Pública http.//empleopublico.jcyl.es/ y en las Oficinas y Puntos de Información y Atención al Ciudadano relacionadas en la convocatoria, de conformidad con lo establecido en los articulos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

INFORMACIÓN ADICIONAL:

Incluye:

  • Anexo I: Plantilla definitiva de respuestas.
  • Anexo II: Relación de aspirantes que han superado el ejercicio. Turno general.
  • Anexo III: Relación de aspirantes que no han superado el ejercicio. Turno general.
  • Anexo IV: Relación de aspirantes que han superado el ejercicio. Turno de personas con discapacidad.
  • Anexo V: Relación de aspirantes que no han superado el ejercicio. Turno de personas con
  • discapacidad.
  • Anexo VI: Relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

Administrativo Seguridad Social Convocatoria 2024

Administrativo Seguridad Social Convocatoria 2024

Administrativo Seguridad Social Convocatoria 2024

Administrativo Seguridad Social Convocatoria 2024  

Aspectos más importantes:
  • Plazo para echar instancia: del 6 de junio al 3 de julio.
  • 2.500 plazas por turno libre y 1.421 por promoción interna.
  • Plazo máximo de examen de 3 meses desde hoy (fecha de convocatoria)
  • Único ejercicio con dos partes tipo test: Test general y supuesto (temas SS)
  • Gran parte del temario es coincidente con las oposiciones de Administración General: Gestión, Administrativo y Auxiliar.

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Novedades convocatorias Junta de Castilla y León

Novedades convocatorias Junta de Castilla y León

Novedades convocatorias Junta de Castilla y León

Novedades convocatorias Junta de Castilla y León

Según las noticias que nos llegan de las reuniones en las mesas de negociación, la Consejería de Función Pública de la Junta de Castilla y León tienen intención de convocar antes del final del año 2024 las ofertas pendientes de acumuladas de los años 2021, 2022 y 2023. Estas convocatorias acumulan un gran número de plazas y serán una gran oportunidad para el año 2025. Además, antes de fin de año saldrá publicada la Oferta de 2024.
A continuación detallamos las ofertas acumuladas de los cuerpos o escalas más importantes, tanto en personal funcionario como en personal laboral:
  • Cuerpo Superior (A1) (turno libre): 57 plazas
  • Cuerpo Gestión (A2) (turno libre): 90 plazas
  • Cuerpo Administrativo (C1) (turno libre): 345 plazas
  • Cuerpo Administrativo (C1) (promoción interna): 230 plazas
  • Cuerpo Auxiliar Administrativo (C2) (turno libre): 380 plazas
  • Cuerpo Auxiliar Administrativo (C2) (promoción interna): 178 plazas
  • Educador de Discapacitados (II) (turno libre): 23 plazas
  • Auxiliar de Biblioteca (III) (turno libre): 24 plazas
  • Técnico Superior de Educación Infantil (III) (turno libre): 14 plazas
  • Ayudante Técnico Educativo (III) (turno libre): 40 plazas
  • Técnico de Atención Directa (III) (turno libre): 192 plazas
  • Técnico de Apoyo al menor (III) (turno libre): 35 plazas
  • Conductor (III) (turno libre): 34 plazas
  • Ayudante de Cocina (IV) (turno libre): 8 plazas
  • Auxiliar de carreteras (IV) (turno libre): 32 plazas
  • Ayudante de Cocina (IV) (turno libre): 8 plazas
  • Peón de montes (IV) (turno libre): 80 plazas
  • Vigilante de incendios (IV) (turno libre): 50 plazas
  • Personal de servicios (IV) (turno libre): 461 plazas

En Academia Irigoyen disponemos de preparaciones para las oposiciones. En grupos de nivel inicial y avanzado. Preparaciones en marcha a las que te puedes sumar y con preparaciones que empezarán después del verano.

Para más información contacta con nosotros en el 975213738 o en el email: info@academiairigoyen.com


Cuerpo Superior JCyL-A1

Cuerpo Superior JCyL-A1

Cuerpo Superior JCyL-A1

Cuerpo Superior JCyL-A1. RESOLUCIÓN de 3 de noviembre de 2022, de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso, por el sistema de acceso libre, en el Cuerpo Superior de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Con el fin de atender las necesidades de personal de esta Administración expresadas en el Acuerdo 191/2019, de 19 de diciembre, de la Junta de Castilla y León por el que se amplía la Oferta de Empleo Público de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y sus Organismos Autónomos para el año 2019 y en el Acuerdo 97/2020, de 10 de diciembre, de la Junta de Castilla y León, por el que aprueba la oferta de empleo público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para el año 2020, esta Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano, en ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 7.2 k de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, y en uso de la delegación otorgada en el apartado segundo b) de la Orden PRE/1367/2022, de 3 de octubre, por la que se delega el ejercicio en determinadas competencias en los órganos directivos centrales de la Consejería de la Presidencia,

RESUELVE

Convocar proceso selectivo para el ingreso, por el sistema de acceso libre en el Cuerpo Superior de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, que se regirá por las presentes

BASES

Primera.– Normativa aplicable. Cuerpo Superior JCyL-A1

El proceso selectivo se ajustará a lo establecido en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, en el Decreto 67/1999, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal y de Provisión de Puestos de Trabajo de los Funcionarios de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en el Decreto 24/2022, de 16 de junio, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público, a la provisión de puestos de trabajo y a la formación en la Administración de Castilla y León, y demás normas que resulten de general y pertinente aplicación.

La presente convocatoria cumple el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres en el acceso al empleo público, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Segunda.– Número y características de las plazas. Cuerpo Superior JCyL-A1

  • Se convoca proceso selectivo para cubrir 52 plazas por el sistema de acceso libre en el Cuerpo Superior de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, 7 de las cuales se reservan para ser cubiertas por el turno de personas con discapacidad, que tengan reconocido un grado igual o superior al 33%.

 

Sistema general Cupo personas con discapacidad Total
Acuerdo 191/2019, de 19 de diciembre 19 3 22
Acuerdo 97/2020, de 10 de diciembre 26 4 30
Total 45 7 52
  • Los aspirantes que concurran en el turno reservado a personas con discapacidad, sólo podrán hacerlo por dicho turno.
  • Las plazas reservadas del turno de personas con discapacidad no cubiertas se acumularán a las plazas del turno general.
  • En el caso de que algún aspirante que participe en el turno de personas con discapacidad superase los ejercicios sin obtener plaza resultando su puntuación superior a la obtenida por otros aspirantes del turno general, será incluido por su orden de puntuación en la relación de aprobados.

Tercera.– Proceso selectivo y calificación. Cuerpo Superior JCyL-A1

  • El proceso selectivo se realizará mediante oposición con los ejercicios, valoraciones y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.
  • Los ejercicios del proceso selectivo deberán ampararse en la normativa vigente en el momento de publicar la fecha de realización del primer ejercicio.

Cuarta.– Programa. Cuerpo Superior JCyL-A1

El programa que rige el proceso selectivo figura como Anexo II a esta convocatoria.

Quinta.– Requisitos de los aspirantes. Cuerpo Superior JCyL-A1 

Quienes aspiren a ingresar en el Cuerpo Superior de la Administración de la Comunidad de Castilla y León deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión, los siguientes requisitos de participación:

    1. Tener la nacionalidad española.
    2. Ser nacional de los Estados miembros de la Unión
    3. Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho.

Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge que vivan a su cargo, menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

  1. Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
  1. Edad. Tener cumplidos dieciséis años de edad y, en su caso, no exceder de la edad máxima de jubilación.
  2. Titulación. Estar en posesión o en condiciones de obtener, antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, el título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, o Grado.

Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.

  1. Capacidad. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del Cuerpo al que aspira a acceder.
  2. Habilitación. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse incurso en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios, ni pertenecer al mismo Cuerpo o Escala de funcionario al que se

En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

En cualquier momento del procedimiento el órgano gestor del proceso selectivo podrá solicitar a los aspirantes la documentación justificativa que acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos en la presente convocatoria.

Sexta.– Acceso de personas con discapacidad. Cuerpo Superior JCyL-A1

  • Las personas que, como consecuencia de su discapacidad, presenten especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas, podrán solicitar las adaptaciones y los ajustes de tiempos y medios que precisen para la realización de las pruebas en condiciones de igualdad. A tal efecto, los interesados deberán formular en el modelo de solicitud la petición concreta, adjuntando el dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad que acredite la necesidad de las adaptaciones solicitadas. El Tribunal resolverá lo que en cada caso proceda de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 24/2022, de 16 de junio, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público, a la provisión de puestos de trabajo y a la formación en la Administración de Castilla y León, notificando personalmente a los interesados su decisión con antelación a la realización de las pruebas, y, debidamente anonimizadas, serán objeto de publicidad en la forma prevista en la base duodécima.
  • Quienes concurran al proceso selectivo objeto de la presente convocatoria por el turno reservado a personas con discapacidad, deberán poseer el grado de discapacidad que le permita acceder a dicho turno el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlo hasta el momento de la toma de posesión.

Los aspirantes por este turno deberán comunicar al órgano gestor del proceso selectivo cualquier modificación en su grado de discapacidad que se produzca durante el desarrollo del proceso selectivo. El órgano gestor resolverá de oficio la incorporación del aspirante, en su caso, al turno general con la puntuación conseguida hasta ese momento.

El reconocimiento de una discapacidad con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, aun cuando se hiciese con efectos retroactivos, no conllevará en ningún caso la admisión del aspirante al turno reservado a personas con discapacidad.

Séptima.– Ingreso de la tasa por la participación en las pruebas de selección para acceder a la condición de personal al servicio de la administración de la comunidad y presentación de la solicitud. Cuerpo Superior JCyL-A1

  • Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán cumplimentar la solicitud, siguiendo las instrucciones que se acompañan como Anexo III, y presentarla según se establece en los apartados siguientes.

La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

  • El plazo de presentación de la solicitud es de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León. Las solicitudes se dirigirán a la Dirección General de la Función Pública, C/ Santiago Alba n.º 1, 47071 Valladolid, órgano gestor del procedimiento.
  • La presentación de la solicitud se realizará por cualquiera de los medios siguientes, y preferentemente por vía telemática:
  1. Telemáticamente, en el Registro Telemático de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

La presentación telemática de la solicitud conlleva necesariamente el pago telemático de la tasa, salvo los casos de exención.

Es necesario como requisito previo para la inscripción poseer un certificado digital de persona física válido o el DNI electrónico con los certificados activados.

Para presentar telemáticamente la solicitud, se deberán seguir los siguientes pasos:

  1. Cumplimentar el modelo 046 de pago telemático de la tasa, y realizar el pago, a través del enlace https://tributos.jcyl.es/web/es/modelo-pago-tasas-precios/ acceso-modelo.html. No deberán realizar este trámite quienes estuvieran exentos de pago.
  2. Realizado el pago telemático de la tasa, deberá cumplimentar el formulario

«solicitud de admisión a pruebas selectivas» al que se accede desde la página web https://empleopublico.jcyl.es. Cumplimentado el formulario, en el que deberá consignarse el código alfanumérico identificativo del modelo 046, se elegirá la opción «GRABAR, FIRMAR Y REGISTRAR» y se seguirán los pasos que se van indicando (comprobación de la solicitud, anexado de la documentación prevista en la base 7.4 y firma digital). El proceso terminará cuando se obtenga el Recibo de Presentación del Documento, que se podrá guardar y/o imprimir como justificante de la presentación.

  1. Presencialmente, en soporte papel, siguiendo los siguientes pasos:
    1. Cumplimentar online el modelo 046 de pago de la tasa y realizar el pago de alguna de las siguientes formas:
      1. De forma telemática, con certificado digital o DNI electrónico, a través del enlace https://tributos.jcyl.es/web/es/modelo-pago-tasas-precios/acceso- html
      2. Con tarjeta de débito o crédito de cualquier entidad financiera con TPV virtual, a través del mismo enlace.
      3. Imprimir el modelo 046 cumplimentado y efectuar el pago presencial mediante ingreso a través de alguna de las entidades colaboradoras relacionadas en el enlace https://tributos.jcyl.es/web/es/modelo-pago- tasas-precios/entidades-financieras-pago-ventanilla.html

No deberán realizar este trámite quienes estuvieran exentos de pago.

  1. Cumplimentar el formulario «solicitud de admisión a pruebas selectivas» a través del enlace https://empleopublico.jcyl.es. Cumplimentado el formulario, en el que deberá consignar el código alfanumérico identificativo del modelo 046, se elegirá la opción «GRABAR Y GENERAR PDF». El documento se puede guardar y se debe imprimir y firmar para presentarlo dentro del plazo establecido y junto con los documentos a que se refiere el punto 7.4, en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registros de la Administración de la Comunidad de Castilla y León que se relacionan en el siguiente enlace

https://www.jcyl.es/web/jcyl/Portada/es/Plantilla100DirectorioPortada/ 1248366924958/1279887997704/1144425291523/DirectorioPadre

Igualmente podrá presentarlo en cualquiera de los centros oficiales a los que se refiere y en la forma que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. De presentarse en oficinas de correos, deberá hacerse en sobre abierto para que puedan ser selladas antes de ser certificadas.

  1. Cada solicitud tendrá asignado un número de referencia identificativo único (no son válidas las fotocopias).
  1. Las solicitudes podrán cursarse en el extranjero mediante su presentación en las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A la solicitud deberá acompañarse el comprobante bancario de haber ingresado la
    • Junto con la solicitud deberá presentar:
      • El modelo 046 (ejemplar para la Administración), validado por la entidad bancaria, acreditativo de haber abonado la tasa correspondiente, o el justificante si se ha abonado la tasa telemáticamente o mediante tarjeta.
      • La documentación acreditativa, en su caso, de tener la condición de familia numerosa o de persona con discapacidad si no pertenece a la Comunidad de Castilla y León o, perteneciendo a ésta, no ha autorizado a su consulta.
      • La documentación acreditativa del nivel de renta en el supuesto de exención que lo exija, salvo que se haya autorizado su consulta.
      • La documentación acreditativa de la condición de víctima del terrorismo, en su
    • Están exentas del pago de la tasa:
  2. Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por
  3. Los miembros de las familias numerosas que tengan reconocida tal condición, siempre que la base imponible total, menos el mínimo personal y familiar, del sujeto pasivo de la tasa no supere 900 euros en tributación individual o 31.500 en tributación conjunta, en el ejercicio 2021.
  4. Las víctimas del terrorismo, que tengan acreditada tal condición de conformidad con lo establecido en la Ley 4/2017, de 26 de septiembre, de Reconocimiento y Atención a las Víctimas del Terrorismo en Castilla y León.
    • El importe de la tasa es de 30,80 €, de acuerdo con lo establecido en la Orden EYH/380/2021, de 31 de marzo, por la que se acuerda la publicación de las tarifas de las tasas vigentes a partir del día 26 de febrero de 2021.
    • La falta de justificación del abono de la tasa o de encontrarse exento del mismo determinará la exclusión del aspirante.
    • En ningún caso la presentación y pago de la tasa supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

Octava.– Tribunal calificador. Cuerpo Superior JCyL-A1

  • El Tribunal calificador, titular y suplente, se nombrará con
  • El Tribunal ajustará su actuación a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, y en el Reglamento General de ingreso del personal y de provisión de puestos de trabajo de los funcionarios al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, aprobado por Decreto 67/1999, de 15 de abril, en todo lo que no contradiga a las anteriores normas.
  • El Tribunal actuará con autonomía y de acuerdo con los principios de objetividad, imparcialidad y profesionalidad de sus miembros. Podrá solicitar al órgano gestor del proceso el nombramiento del personal colaborador o asesor que estime necesarios para el desarrollo de las pruebas, a los que serán de aplicación las mismas prohibiciones de participación y causas de abstención y recusación que a los miembros del Tribunal.
  • En su actuación velará por el cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos y adoptará las medidas que resulten más adecuadas para evitar discriminación. Así mismo adoptará las medidas oportunas que permitan a los aspirantes con discapacidad que así lo hubieran indicado en la solicitud, poder participar en igualdad de condiciones que el resto de participantes.
  • Corresponde al Tribunal la aplicación de las presentes bases, así como la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir, adoptando las decisiones motivadas que estime pertinentes. En particular, si en algún momento tuviera conocimiento de que algún aspirante no cumple alguno de los requisitos exigidos, o del examen de la documentación resultara que la solicitud adolece de errores o falsedades que imposibilitaran su acceso al Cuerpo objeto de convocatoria, el Tribunal previa audiencia del interesado, propondrá al órgano gestor su exclusión, comunicándole las inexactitudes detectadas.
  • Con sujeción a los criterios de valoración previstos en el Anexo I de las presentes bases, podrá el tribunal acordar y desarrollar los parámetros que estime oportunos para la calificación de los ejercicios, haciéndolos públicos con anterioridad a su realización.
  • El Tribunal se constituirá en el plazo máximo de un mes a partir de la publicación de la relación provisional de admitidos y excluidos, previa convocatoria del Presidente a los miembros del tribunal titular y suplente. Ambos tribunales podrán actuar de forma
  • A efectos de comunicación y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Dirección General de la Función Pública, C/ Santiago Alba n.º 1, 47071 Valladolid.

Novena.– Desarrollo del proceso selectivo.  Cuerpo Superior JCyL-A1

  • En el plazo máximo de dos meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, el órgano gestor del proceso dictará resolución por la que se aprueba la relación provisional de admitidos y excluidos, con indicación del turno general o reservado a personas con discapacidad en el que participan y de las causas de exclusión, indicando los lugares en los que se encuentran expuestas al público. Dicha resolución se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León
  • Los aspirantes dispondrán de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación, para formular alegaciones o subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o en su caso, su no inclusión expresa, sin perjuicio de los recursos administrativos que procedan contra la resolución por la que se apruebe la relación definitiva de admitidos y excluidos.

Finalizado el plazo de alegaciones, el órgano gestor dictará resolución por la que se aprueba la relación definitiva de admitidos y excluidos del proceso selectivo, indicando lugar, fecha y hora para la realización del ejercicio. Dicha resolución será publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León.

El primer ejercicio deberá tener lugar en el plazo máximo de cinco meses, contados a partir de la publicación de la convocatoria.

  • El desarrollo del ejercicio tendrá lugar en la localidad de Las fechas de celebración de los ejercicios pueden coincidir con las fechas de celebración de ejercicios de otros procesos selectivos.
  • El orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por el primer aspirante cuyo apellido comience por la letra «R», de conformidad con lo establecido en la Orden PRE/51/2022, de 24 de enero, por la se hace público el resultado del sorteo para determinar el orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos, (Boletín Oficial de Castilla y León de 2 de febrero de 2022). A estos efectos, cuando el primer apellido esté encabezado por preposición o por preposición más artículo –«de»,

«del», «de la(s)»– independientemente de la forma en que sea transcrito por las personas interesadas, estos elementos se incorporarán para su alfabetización en minúscula tras el nombre.

  • Los aspirantes serán convocados al ejercicio en llamamiento único siendo excluidos quienes no comparezcan, sin perjuicio de lo dispuesto en la base 9.9.
  • En caso de que la realización de alguno de los ejercicios de la oposición no pueda ser simultánea para los turnos general y reservado a personas con discapacidad, se realizará primero el correspondiente al turno reservado a personas con De igual forma, se valorarán en primer lugar las pruebas realizadas por los aspirantes de dicho turno y a continuación las del turno general.
  • Una vez realizado el primer ejercicio de la oposición, los anuncios de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con 12 horas, al menos, de antelación al comienzo de éste, si se trata del mismo ejercicio, o de 24 horas, si se trata de uno Los anuncios serán publicados en los locales donde se haya celebrado la prueba anterior, en la sede del Tribunal, en el servicio telefónico 012 y en la página web https://empleopublico.jcyl.es.

Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un mínimo de 72 horas y un máximo de 45 días naturales.

  • Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes que lo han superado, con indicación de la puntuación obtenida, separando los turnos de acceso general y reservado a personas con discapacidad.

El Tribunal hará pública la plantilla de respuestas correctas correspondientes al primer ejercicio, concediendo a los interesados un plazo de cinco días hábiles para plantear reclamaciones. El Tribunal resolverá las reclamaciones con carácter previo a la corrección del ejercicio y hará pública su decisión en la resolución por la que se declaren los aspirantes que han aprobado el ejercicio. Esta plantilla no será recurrible de forma independiente a la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

Asimismo, el Tribunal hará pública, en listado independiente, la relación de calificaciones obtenidas por el resto de los aspirantes que, habiendo concurrido a la realización del ejercicio, no lo hubieran superado. En dicha relación, la identificación de los aspirantes se efectuará, exclusivamente, mediante la indicación de los dígitos de su documento nacional de identidad que ocupen las posiciones cuarta, quinta, sexta y séptima.

  • Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados, aquel quedará aplazado para ella, reanudándose a la terminación de la causa, siempre y cuando tal aplazamiento no menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, este extremo deberá ser valorado por el Tribunal. En tal caso, la realización de las pruebas pendientes deberá tener lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el respectivo proceso selectivo.
  • Finalizados y calificados todos los ejercicios, el Tribunal hará pública la relación única de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, por orden de puntuación, con independencia del turno por el que hayan participado. Junto a la puntuación total, deberán figurar además las calificaciones de cada uno de los ejercicios. Para superar el proceso selectivo el opositor deberá haber aprobado todos los ejercicios de la oposición y encontrarse, por orden de puntuación, dentro del número máximo de plazas
  • Desde la publicación de la resolución aprobatoria de la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos hasta la publicación del acuerdo del tribunal declarativo de los aspirantes que han superado el proceso selectivo no deberán transcurrir más de ocho meses. Los solicitantes podrán entender desestimadas sus peticiones transcurrido el tiempo máximo establecido sin que recaiga resolución expresa.

Décima.– Relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo y presentación de documentos.  Cuerpo Superior JCyL-A1

  • El Tribunal elevará a la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo y no podrá declarar que lo ha superado un número de aspirantes superior al de las plazas

No obstante, para asegurar la cobertura de las plazas convocadas, el órgano convocante podrá requerir al Tribunal la relación complementaria de los aspirantes aprobados que sigan a los propuestos cuando se produzca alguna de las siguientes circunstancias:

  1. Que se registre la renuncia o tenga lugar el fallecimiento de alguno de los aspirantes que han superado el proceso selectivo antes de su nombramiento como funcionario de carrera o de la toma de posesión del puesto adjudicado.

Que algún aspirante que ha superado el proceso selectivo no presente la documentación exigida o del examen de ésta se deduzca que carece de los requisitos establecidos en la convocatoria.

    • La Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano aprobará y publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León, la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo, la oferta de puestos de trabajo y el modelo para
    • En el plazo de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación a que se refiere el apartado anterior, los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo deberán presentar en la Dirección General de la Función Pública la solicitud de puestos, consignados por orden de preferencia, además de los siguientes documentos, salvo en los supuestos que se haya autorizado su consulta:
  1. N.I. y documentación acreditativa de la titulación exigida en la convocatoria salvo que se haya autorizado a su consulta.
  2. Certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales, únicamente en caso de acceso a puestos de trabajo que impliquen un contacto habitual con menores. En ausencia de autorización para su consulta, el interesado deberá aportar su respectiva copia auténtica conforme dispone el Art. 27 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  3. Declaración responsable de no hallarse inhabilitado, por sentencia firme, para el ejercicio de funciones públicas, ni de haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier Administración pública. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida el acceso a la función pública en su Estado.
  4. Declaración responsable de no tener la condición de funcionario de carrera del cuerpo objeto de la convocatoria.
  5. Declaración responsable de poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del Cuerpo objeto de la convocatoria.

Ante la imposibilidad debidamente justificada de presentar alguno de los documentos señalados en los apartados anteriores, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier prueba admisible en Derecho.

  • La solicitud de puestos junto con la documentación referida en el apartado anterior se efectuará telemáticamente, en el Registro Electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Para ello se utilizará el formulario «petición de puestos para procesos selectivos superados» disponible a través de la página web de la Dirección General de Función Pública https://empleopublico.jcyl.es
  • Salvo casos de fuerza mayor, quienes dentro del plazo fijado no hayan autorizado a la Administración para la consulta de los datos personales establecidos en los apartados a) y b), o no presenten la documentación requerida, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en las bases de la convocatoria, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera, quedando sin efectos todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación.
  • En el caso de personas con discapacidad, la imposibilidad de acreditar la condición de discapacidad por pérdida de la misma durante el desarrollo del proceso selectivo supone la pérdida del requisito exigido para participar en el proceso selectivo por este turno de reserva y la imposibilidad de adquirir la condición de funcionario, quedando sin efecto las actuaciones realizadas, sin perjuicio de lo establecido en la base 6.2.

Undécima.– Nombramiento de funcionarios de carrera.  Cuerpo Superior JCyL-A1

  • Transcurrido el plazo de presentación de documentos a que se refiere la base anterior los aspirantes que hayan superado el correspondiente proceso selectivo y cumplan los requisitos establecidos serán nombrados funcionarios de carrera del Cuerpo Superior de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. El nombramiento se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León, junto con las vacantes adjudicadas.
  • La adjudicación de los puestos ofertados se efectuará de acuerdo con las peticiones de los interesados siguiendo el orden de puntuación alcanzada, siempre que se cumplan los requisitos objetivos determinados para cada puesto en la correspondiente relación de puestos de trabajo.
  • Si el puesto de trabajo adjudicado no fuese adecuado para su desempeño por la persona con discapacidad a la que se haya adjudicado, procederá realizar las adaptaciones necesarias de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 24/2022, de 16 de junio, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público, a la provisión de puestos de trabajo y a la formación en la Administración de Castilla y León.
  • No adquirirá la condición de funcionario de carrera el aspirante nombrado que, sin causa justificada, no tome posesión de su puesto de trabajo dentro del plazo posesorio o de su prórroga.

Duodécima. Publicidad de las actuaciones. Cuerpo Superior JCyL-A1

La información oficial relativa a las Resoluciones del Tribunal correspondientes a la convocatoria del ejercicio y a calificaciones, así como cualquier otra información de carácter general de utilidad para los interesados se facilitará en los tablones de anuncios de las oficinas de asistencia en materia de registros de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y en el Portal de Empleados Públicos de la Junta de Castilla y León (https://empleopublico.jcyl.es). La información estará asimismo disponible en el Servicio telefónico de Información y Atención al Ciudadano 012 o 983 327 850 (teléfono gratuito si se dispone de tarifa plana).

Norma final.  Cuerpo Superior JCyL-A1

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo de Valladolid del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, de conformidad con lo establecido en los artículos 10.1 a) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Igualmente, con carácter previo y potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Valladolid, 3 de noviembre de 2022.

El Viceconsejero de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano,

(P.D. Orden PRE/1367/2022, de 3 de octubre) Fdo.: Indalecio Escudero Parrilla

DESCRIPCIÓN DEL PROCESO SELECTIVO  Cuerpo Superior JCyL-A1

  1. El procedimiento de selección será el de oposición, y estará formado por los ejercicios que a continuación se indican, todos ellos obligatorios y eliminatorios.
    • Primer Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de cien (100) preguntas con respuestas múltiples, basado en el Grupo I del programa que figura como Anexo II.

Además, los cuestionarios incluirán diez (10) preguntas de reserva para el supuesto de posibles anulaciones. Las preguntas de reserva sustituirán, por su orden, a las preguntas que sean objeto de anulación. En el supuesto de que las preguntas de reserva llegasen a agotarse, las posibles preguntas anuladas por encima de las de reserva se tendrán por no puestas, debiendo revisar el Tribunal los coeficientes de puntuación, adaptándolo al nuevo número de preguntas correctas.

En la realización de este ejercicio se aplicarán las siguientes reglas:  Cuerpo Superior JCyL-A1

  1. Todas las preguntas tendrán el mismo
  2. Las preguntas contarán con cuatro respuestas alternativas de las que sólo una de ellas será correcta.
  3. Las contestaciones erróneas se penalizarán con un cuarto del valor de la respuesta correcta.
  4. Las preguntas no contestadas ni puntúan ni

El tiempo para la realización de este ejercicio será de ciento veinte (120) minutos  Cuerpo Superior JCyL-A1

  • Segundo Consistirá en exponer oralmente, durante un período de cuarenta (40) minutos, cuatro temas extraídos por el propio opositor al azar por insaculación de tres bolsas en las que se contienen, respectivamente, los temas de los grupos II, III y IV del programa, de acuerdo con las siguientes reglas:

Los dos primeros temas serán extraídos de la bolsa correspondiente a las materias del grupo II del temario; el tercer tema será el que elija el opositor de entre dos extraídos de la bolsa correspondiente a las materias del grupo III; y el cuarto tema será el que elija el opositor de entre dos extraídos de la bolsa correspondiente a las materias del grupo IV.

Los opositores dispondrán de diez (10) minutos para la preparación de este ejercicio, sin que puedan consultar ninguna clase de textos o apuntes, si bien podrán utilizar durante la exposición oral el esquema o guion que hayan realizado.

Una vez finalizado el segundo tema, el Tribunal podrá decidir que el aspirante abandone la prueba por estimar su actuación notoriamente insuficiente.

Finalizada la exposición, el Tribunal podrá dialogar con el candidato sobre aspectos expuestos o relacionados con los temas desarrollados. En este ejercicio se valorará la amplitud y comprensión de los conocimientos, la claridad de exposición y la capacidad de expresión oral.

. Tercer ejercicio. Consistirá en el desarrollo y resolución por escrito de dos supuestos prácticos propuestos por el Tribunal, pudiendo comprender preguntas concretas o la preparación de un informe sobre las materias de las que consta el programa que figura como Anexo II.

Los aspirantes dispondrán de cuatro horas para realizar el ejercicio y podrán utilizarse únicamente los textos legales que serán facilitados por el tribunal.

El ejercicio será leído en sesión pública ante el Tribunal quien podrá dialogar con el opositor sobre extremos relacionados con su ejercicio durante un período máximo de quince (15) minutos.

El Tribunal valorará la capacidad analítica, la claridad expositiva, los conocimientos incorporados pertinentemente al supuesto y la capacidad de relacionarlos.

  1. Calificación  Cuerpo Superior JCyL-A1

La puntuación máxima de esta fase de oposición será de cien (100) puntos.

Primer ejercicio. Será calificado de cero (0) a veinte (20) puntos. Para superar este ejercicio, tanto en el turno general como en el turno reservado a personas con discapacidad, será necesario obtener un mínimo de diez (10) puntos.

Segundo ejercicio. Se calificará de cero (0) a cuarenta (40) puntos. Para superar este ejercicio, tanto en el turno general como en el turno reservado a personas con discapacidad, será necesario obtener un mínimo de veinte (20) puntos.

Tercer ejercicio. Será calificado de cero (0) a cuarenta (40) puntos. Para superar este ejercicio, tanto en el turno general como en el turno reservado a personas con discapacidad, será necesario obtener un mínimo de veinte (20) puntos.

Las puntuaciones se redondearán al alza en el tercer decimal.

La calificación final de la oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los tres ejercicios. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el segundo, tercer y primer ejercicio, por este orden. De persistir el empate se aplicará el orden de actuación de los aspirantes publicado mediante la Orden PRE/51/2022, de 24 de enero, por la se hace público el resultado del sorteo para determinar el orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos.

No obstante, en caso de empate en la puntuación final obtenida entre varios aspirantes, si uno de ellos ha participado por el turno de personas con discapacidad, éste ocupará el primer lugar de entre ellos, circunstancia que se aplicará con carácter previo a los criterios generales de prelación establecidos anteriormente. 

GRUPO I  Cuerpo Superior JCyL-A1

ANEXO II Cuerpo Superior JCyL-A1

 PROGRAMA  Cuerpo Superior JCyL-A1

Tema 1.– El Derecho del Trabajo: concepto, naturaleza y caracteres. Sus fuentes. Los convenios colectivos: concepto y régimen jurídico. La integración de los convenios colectivos en el sistema de fuentes.

Tema 2.– El contrato de trabajo (I): Concepto y naturaleza jurídica. Partes y capacidad para contratar. Elementos y eficacia. Modalidades del contrato de trabajo.

Tema 3.– El contrato de trabajo (II): El contenido del contrato. Modificación, suspensión y extinción. Las condiciones de trabajo. Especial referencia al contrato de trabajo en las Administraciones Públicas.

Tema 4.– Prevención de Riesgos Laborales. Riesgos y medidas preventivas asociadas al puesto de trabajo a desempeñar.

Tema 5.– El derecho de sindicación: regulación constitucional, contenido esencial y protección de la libertad sindical: comités de empresa y delegados de personal. Las asambleas de trabajadores. La Negociación colectiva.

Tema 6.– Los conflictos colectivos. El derecho de huelga y su ejercicio. Especial referencia a su ejercicio en las Administraciones Públicas. Los servicios públicos esenciales.

Tema 7.– El Sistema de la Seguridad Social: el derecho a la Seguridad Social. Campo de aplicación y estructura del sistema. La gestión de la Seguridad Social: Entidades gestoras y colaboradoras.

Tema 8.– Los actos de encuadramiento. La cotización: bases y tipos. Recaudación de cuotas.

Tema 9.– Acción protectora: concepto, contingencias cubiertas y régimen general de las prestaciones; breve referencia a Incapacidad, jubilación muerte y supervivencia. La asistencia sanitaria.

Tema 10.– El modelo constitucional de empleo público en España. El Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público: estructura, ámbito de aplicación y contenido básico.

Tema 11.– La Ley de la Función Pública de Castilla y León: estructura y ámbito de aplicación. Principios rectores de la función pública autonómica. Órganos superiores en materia de Función Pública de Castilla y León. Distribución de competencias en materia de personal en la Administración de Castilla y León.

Tema 12.– La organización de la función pública de la Administración de la Comunidad de Castilla y León: Clases de personal al servicio de la Administración Autonómica. Breve referencia al personal estatutario de los servicios de salud y al personal docente no universitario.

Tema 13.– La ordenación de los recursos humanos en Administración de la Comunidad de Castilla y León: La Oferta de Empleo Público. Instrumentos organizativos de la función pública autonómica. Registro de personal.

Tema 14.– El régimen jurídico de los funcionarios al servicio de la Comunidad de Castilla y León (I): Derechos y deberes básicos. Carrera profesional. Derechos retributivos. Jornada de trabajo, vacaciones, permisos y licencias. Formación y perfeccionamiento.

Tema 15.– El régimen jurídico de los funcionarios al servicio de la Comunidad de Castilla y León (II): Acceso. Movilidad y provisión de puestos de trabajo. Situaciones administrativas.

Tema 16.– La ética pública: código de conducta y principios éticos. Código ético de los empleados públicos y Estatuto de los altos cargos de la Administración de la Comunidad Castilla y León.

Tema 17.– La gestión de intereses en el ámbito público: El régimen de incompatibilidades. La responsabilidad disciplinaria. Breve referencia a la responsabilidad penal.

Tema 18.– El personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas: Régimen jurídico. El convenio colectivo del personal laboral de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y organismos autónomos dependientes de esta: estructura y ámbito de aplicación. Clasificación profesional. Procedimientos para la provisión de vacantes e ingreso. La contratación temporal. Estructura salarial. Derechos y deberes básicos e incompatibilidades. Régimen disciplinario.

Tema 19.– La Seguridad Social del personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León: Régimen general y Régimen especial de derechos pasivos y mutualismo administrativo.

Tema 20.– El modelo económico español. Líneas generales de la política económica actual. Incardinación de la economía autonómica de Castilla y León en la economía nacional.

Tema 21.– El presupuesto: concepto y principios presupuestarios. Clases de presupuestos. Las Fases.

Tema 22.– El Presupuesto del Estado: características y estructura. Estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.

Tema 23.– La Ley de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León: estructura y contenido. El Sector Público Autonómico a efectos de esta Ley. Órganos competentes en materia de gasto público.

Tema 24.– El presupuesto de la Comunidad de Castilla y León: Principios de programación y de gestión. Contenido, estructura y elaboración del Presupuesto. Ejecución y prórroga.

Tema 25.– Los créditos presupuestarios en la Comunidad de Castilla y León.

Régimen de los créditos y modificaciones presupuestarias.

Tema 26.– El sistema financiero español: características y estructura. La política monetaria de la Zona Euro. El Banco de España. El Sistema Europeo de Bancos Centrales.

Tema 27.– El control del gasto público (I). El control interno en la Administración General de la Comunidad de Castilla y León: la función interventora y el control financiero permanente. Auditoría pública. Control financiero de Subvenciones.

Tema 28.– El control del gasto público (II). El control externo: El Tribunal de Cuentas, el Consejo de Cuentas de Castilla y León y las Cortes de Castilla y León.

Tema 29.– El sistema tributario español: estructura y marco general estatal, autonómico y local.

Tema 30.– La relación jurídico-tributaria. Las garantías de los contribuyentes. Los ingresos públicos: concepto y clasificación.

Tema 31.– Los tributos propios y cedidos. Especial referencia a los impuestos, tasas y precios públicos de la Comunidad de Castilla y León.

Tema 32.– El procedimiento económico-administrativo: Interesados. Materia impugnable. Actos impugnables. Extensión de la revisión. Suspensión de actos impugnados. Los Recursos de alzada y revisión.

GRUPO II

Tema 1.– La Constitución española (I): Estructura y contenido. Los principios constitucionales y valores superiores. La reforma constitucional. La defensa jurídica de la Constitución Española.

Tema 2.– La Constitución española (II): Derechos y deberes fundamentales.

Garantías y restricciones.

Tema 3.– La Constitución española (III): La Corona. Funciones constitucionales del Rey o de la Reina. Sucesión y regencia. El refrendo.

Tema 4.– La Constitución española (IV): Las Cortes Generales. Composición y atribuciones. Procedimiento de actuación de las Cámaras y de elaboración de las leyes.

Tema 5.– La Constitución española (V): La función parlamentaria de control del Gobierno en España. Distintas modalidades.

Tema 6.– La Constitución española (VI): Los órganos dependientes de las Cortes Generales. El Defensor del Pueblo. El Tribunal de Cuentas.

Tema 7.– La Constitución española (VII): El Tribunal Constitucional: composición, organización y funciones. Procedimientos de declaración de inconstitucionalidad. El recurso de amparo. Conflictos constitucionales.

Tema 8.– La Constitución española (VIII): El Poder Judicial. La regulación constitucional de la Justicia. El Consejo General del Poder Judicial: organización y competencias. El Ministerio Fiscal.

Tema 9.– La Constitución española (IX): El Gobierno y la Administración. Composición. Funciones en el sistema constitucional español. Designación, remoción y responsabilidad de sus miembros y de su Presidente.

Tema 10.– Sistemas administrativos comparados. La Administración inglesa. El sistema administrativo francés. La Administración de los Estados Unidos. Sistemas administrativos de los países en desarrollo.

Tema 11.– La Administración Pública: concepto y clases. Las potestades administrativas. El control legislativo, jurisdiccional y político de la Administración. Control de la actividad discrecional.

Tema 12.– La Administración pública en sus relaciones con los poderes públicos. La relación con la Administración de Justicia. Principios de autotutela. Conflictos jurisdiccionales. Privilegios jurisdiccionales de la Administración.

Tema 13.– La relación jurídico-administrativa. Concepto. Los sujetos de la relación jurídico administrativa. La personalidad jurídica de las Administraciones Públicas.

Tema 14.– Los derechos de las personas en sus relaciones con la Administración Pública: evolución conceptual, tipología y contenido. Especial referencia a los derechos en materia de registros y archivos electrónicos.

Tema 15.– Teorías del órgano y del oficio público. Clases de órganos. Especial referencia a los órganos colegiados. La potestad organizativa de la Administración: creación, modificación y supresión de los órganos administrativos.

Tema 16.– Los principios de la organización administrativa. La competencia administrativa. La delegación, avocación, encomienda de gestión, delegación de firma, suplencia y coordinación de competencias. Conflictos de atribuciones.

Tema 17.– Centralización y descentralización. Clases de descentralización. La desconcentración.

Tema 18.– La Administración General del Estado: organización y funcionamiento; sus órganos superiores. La organización territorial de la Administración del Estado. Delegados y Subdelegados del Gobierno. Otros órganos periféricos.

Tema 19.– El Sector Público: Concepto y composición. Principios generales de actuación. Organización y funcionamiento del sector público institucional estatal. La gestión compartida de servicios comunes.

Tema 20.– La Administración corporativa: concepto y naturaleza. Colegios profesionales. Cámaras.

Tema 21.– La Administración consultiva: concepto y naturaleza. El Consejo de Estado. El Consejo Económico y Social. Otros órganos consultivos de la Administración del Estado. Los órganos consultivos de las comunidades autónomas.

Tema 22.– La Administración Local. Regulación constitucional. Entidades que lo integran. La Carta Europea de Autonomía Local. Legislación estatal y autonómica de Régimen Local.

Tema 23.– La provincia y el Municipio: Organización, funciones y competencias. Los regímenes municipales y provinciales especiales.

Tema 24.– Modalidades de la actividad administrativa. La actividad de fomento: principales manifestaciones. La actividad de policía: la autorización administrativa.

Tema 25.– El servicio público: concepto. El servicio de interés económico general y el servicio universal. Formas de gestión de los servicios públicos: gestión directa e indirecta. La concesión.

Tema 26.– Las subvenciones públicas: concepto y régimen jurídico. Legislación básica y autonómica. Procedimiento de concesión de subvenciones.

Tema 27.– El derecho administrativo. Concepto y contenido. Tipos históricos del derecho administrativo. Sistemas contemporáneos.

Tema 28.– Las fuentes del derecho administrativo (I). Constitución, tratados internacionales y el derecho de la Unión Europea. El valor de la costumbre, la jurisprudencia y los principios generales del derecho.

Tema 29.– Las fuentes del derecho administrativo (II): La Ley y sus clases. La relación entre ley autonómica y estatal. Disposiciones del Gobierno y de los órganos de gobierno de la Comunidades Autónomas con valor de Ley: decretos-leyes y decretos legislativos.

Tema 30.– Las fuentes del derecho administrativo (III): El reglamento: concepto, clases y límites. La potestad reglamentaria. Procedimiento de elaboración. El control de la potestad reglamentaria.

Tema 31.– El principio de legalidad en la Administración. Atribución de potestades. Potestades regladas y potestades discrecionales. Control de la discrecionalidad: en especial la desviación de poder. Los conceptos jurídicos indeterminados. El principio de inderogabilidad singular.

Tema 32.– El acto administrativo: concepto, elementos y clases. La motivación y la notificación. Actos de la Administración sometidos al derecho privado.

Tema 33.– La eficacia del acto administrativo: principios generales. Su ejecutividad.

Ejecutoriedad y procedimientos de ejecución. La teoría de la vía de hecho.

Tema 34.– La validez de los actos administrativos: normas generales. Nulidad y anulabilidad. Revisión de oficio. Convalidación, conservación y conversión.

Tema 35.– La obligación de resolver. Plazos y responsabilidad de la tramitación. El silencio administrativo. Régimen de notificación y publicación.

Tema 36.– El procedimiento administrativo común: concepto y naturaleza. Objeto y ámbito. Interesados: clases. Sus derechos en el procedimiento.

Tema 37.– Fases del procedimiento administrativo común (I): Garantías, iniciación y ordenación.

Tema 38.– Fases del procedimiento administrativo común (II): instrucción, finalización y ejecución.

Tema 39.– Los recursos administrativos: concepto, objeto y clases. Requisitos.

Estudio de los recursos de alzada, reposición y extraordinario de revisión.

Tema 40.– La jurisdicción contencioso-administrativa. Extensión. Órganos y competencias. Las partes. Las pretensiones.

Tema 41.– El recurso contencioso-administrativo. Procedimientos ordinario y abreviado. Recursos. Ejecución de Sentencias. Medidas cautelares.

Tema 42.– La potestad sancionadora de la Administración. Principios generales.

Especialidades procedimentales.

Tema 43.– La responsabilidad patrimonial de las Administraciones públicas: Principios generales. Especialidades procedimentales. Responsabilidad de autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Tema 44.– La expropiación forzosa: concepto, naturaleza y elementos. Procedimiento general de expropiación. Las expropiaciones especiales. Garantías jurisdiccionales.

Tema 45.– El dominio público: concepto y elementos. Clasificación; en especial el

«demanio natural». Afectación, desafectación y mutaciones demaniales. Inalienabilidad, inembargabilidad e imprescriptibilidad.

Tema 46.– El patrimonio de las Administraciones públicas. Tipología. El Patrimonio Nacional. Los bienes comunales.

Tema 47.– Contratos del Sector Público (I). Objeto y ámbito de aplicación de la norma reguladora. Tipología contractual y regulación armonizada. Los poderes adjudicadores. La organización para la gestión de la contratación: órganos y registros. Centrales de contratación y otros sistemas de racionalización.

Tema 48.– Contratos del Sector Público (II). Principios generales de la contratación del sector público. Las consideraciones de tipo social, medioambiental y de innovación y desarrollo. Elementos estructurales de los contratos: las partes, el objeto, y el precio. Las garantías.

Tema 49.– Contratos del Sector Público (III). La preparación de los contratos de las Administraciones Públicas. Los procedimientos de adjudicación: tipología, caracterización y especialidades.

Tema 50.– Contratos del Sector Público (IV). Efectos, cumplimiento y extinción de los contratos de las Administraciones Públicas. Las prerrogativas de la Administración. La cesión y la subcontratación.

Tema 51.– Contratos del Sector Público (V). Contrato de obras, de concesión de obras, de concesión de servicios, de suministro, de servicios: delimitación y especialidades. Breve referencia a los contratos de otros entes del Sector Público.

Tema 52.– El Estado autonómico: antecedentes históricos. El proceso de acceso a la autonomía. Principios generales de las comunidades autónomas establecidos en la Constitución. Los estatutos de autonomía como norma institucional básica de la comunidad autónoma.

Tema 53.– El modelo de distribución competencial en la Constitución española. La interpretación del Tribunal Constitucional. Competencias compartidas, exclusivas y concurrentes. Normas atributivas extraestatutarias.

Tema 54.– La potestad legislativa. La ley autonómica: sus límites. La competencia legislativa compartida: bases estatales y desarrollo autonómico. La potestad reglamentaria.

Tema 55.– Las competencias ejecutivas. Problemas de articulación. La ejecución de la legislación estatal. Las facultades estatales de vigilancia y alta inspección.

Tema 56.– Las Administraciones Públicas Autonómicas: regulación constitucional y estatutaria. Organización institucional: Asambleas Legislativas, Órganos de Gobierno y Tribunales Superiores de Justicia.

Tema 57.– Las relaciones interadministrativas: Principios generales. Deberes y técnicas de colaboración y cooperación. Tipología de órganos de cooperación. Funciones y decisiones. Órganos de trabajo y apoyo.

Tema 58.– La ordenación territorial de las Comunidades Autónomas. Las Entidades Locales en los Estatutos de Autonomía. Las relaciones de la Administración estatal y autonómica con la Administración local.

Tema 59.– La financiación de las Comunidades Autónomas: principios informadores y régimen vigente. La estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera de las Comunidades Autónomas.

Tema 60.– La Comunidad Autónoma de Castilla y León: antecedentes históricos y culturales. El Estatuto de Autonomía como norma institucional básica de la Comunidad Autónoma. Proceso de elaboración y reforma del Estatuto.

Tema 61.– El Estatuto de Autonomía de Castilla y León: estructura y contenido básico. Derechos y deberes de los castellanos y Leoneses. Principios rectores de las políticas públicas. Garantías. Las relaciones institucionales y la acción exterior de la Comunidad.

Tema 62.– Instituciones básicas de la Comunidad de Castilla y León (I). Las Cortes de Castilla y León: Composición, organización y funcionamiento. La función legislativa. El control a la acción de gobierno de la Junta de Castilla y León y su Presidente. La disolución de las Cortes.

Tema 63.– Instituciones básicas de la Comunidad de Castilla y León (II): El Presidente de la Junta de Castilla y León. La Junta de Castilla y León. Los órganos colegiados de gobierno de la Comunidad de Castilla y León: organización y funcionamiento. Los Vicepresidentes y Consejeros.

Tema 64.– Instituciones propias de la Comunidad de Castilla y León: Procurador del Común, el Consejo Consultivo, el Consejo de Cuentas y el Consejo Económico y Social.

Tema 65.– La Administración General de la Comunidad de Castilla y León (I). Principios de actuación y funcionamiento. Los órganos centrales y periféricos. Los Centros de Gestión Unificada.

Tema 66.– La Administración General de la Comunidad de Castilla y León (II). Principios de organización. Creación, modificación y supresión de órganos y unidades administrativas. Régimen de las competencias. Las encomiendas de gestión.

Tema 67.– El Sector Público Institucional de la Comunidad de Castilla y León. Composición, organización y funcionamiento. Regulación jurídica de los entes que lo componen.

GRUPO III Cuerpo Superior JCyL-A1

Tema 1.– Competencias de la Comunidad Autónoma de Castilla y León (I): Régimen Local. Juegos y apuestas. Fundaciones y asociaciones. Atención a las víctimas del terrorismo. Breve referencia a la normativa autonómica en la materia.

Tema 2.– Competencias de la Comunidad de Castilla y León (II): Gobernanza, administración y servicios del territorio. Acción exterior. Cooperación al desarrollo e inmigración. Memoria histórica. Breve referencia a la normativa autonómica en la materia.

Tema 3.– Competencias de la Comunidad de Castilla y León (III): Promoción económica. Competitividad e innovación. Energía y minas. Defensa de la competencia. Colegios profesionales. Breve referencia a la normativa autonómica en la materia.

Tema 4.– Competencias de la Comunidad de Castilla y León (IV): Empleo y relaciones laborales. Política de seguridad y salud laboral. Economía social. Industria. Comercio y consumo. Breve referencia a la normativa autonómica en la materia.

Tema 5.– Competencias de la Comunidad de Castilla y León (V): Carreteras, vivienda y telecomunicaciones. Breve referencia a la normativa autonómica en la materia.

Tema 6.– Competencias de la Comunidad Autónoma de Castilla y León (VI): Ordenación del territorio y urbanismo. El régimen urbanístico del suelo. Breve referencia a la normativa autonómica en la materia.

Tema 7.– Competencias de la Comunidad Autónoma de Castilla y León (VII): Medio Ambiente. Breve referencia a la normativa autonómica en la materia.

Tema 8.– Competencias de la Comunidad Autónoma de Castilla y León (VIII): Agricultura y ganadería. Breve referencia a la normativa autonómica en la materia.

Tema 9.– Competencias de la Comunidad Autónoma de Castilla y León (IX): Sanidad y salud pública. El Sistema Autonómico de Salud. Breve referencia a la normativa autonómica en la materia.

Tema 10.– Competencias de la Comunidad Autónoma de Castilla y León (X): Servicios Sociales. Breve referencia a la normativa autonómica en la materia. Prestaciones de nivel básico gestionadas por la Administración de la Comunidad: Renta garantizada de ciudadanía, ayuda a la dependencia. Pensiones no contributivas de invalidez y jubilación.

Tema 11.– Competencias de la Comunidad Autónoma de Castilla y León (XI): Educación. El Sistema Educativo de Castilla y León: enseñanzas universitarias y no universitarias. Breve referencia a la normativa autonómica en la materia.

Tema 12.– Competencias de la Comunidad Autónoma de Castilla y León (XII): Cultura y patrimonio. Turismo. Breve referencia a la normativa autonómica en la materia.

Tema 13.– El sector primario. La política agraria en España y Castilla y León. Efectos de la Política Agrícola Común.

Tema 14.– El sector industrial. Las políticas industriales en España y Castilla y León: Especial referencia a las políticas energéticas y política minera.

Tema 15.– El sector servicios. Importancia y significado de las actividades terciarias en España y Castilla y León: Especial referencia al turismo y la actividad cultural.

Tema 16.– La renta nacional en España. Evolución y distribución sectorial y territorial. Comercio exterior y balanza de pagos. Estructura y evolución de la renta en Castilla y León.

Tema 17.– El sector público económico en España y en Castilla y León. Dimensión económica y social. Los presupuestos del sector público: significado político y económico. El gasto público: evolución y distribución actual.

Tema 18.– Estructura social de España y Castilla y León. Cambios y tendencias demográficas. Estratificación y movilidad social. Los principales problemas sociales actuales.

Tema 19.– Emigración e inmigración en España y Castilla y León: evolución y situación actual. Políticas de integración. Políticas de retorno. El problema global de la emigración.

Tema 20.– El mercado de trabajo en España y Castilla y León. Población activa, ocupada y desempleada: Concepto, situación actual y perspectivas de futuro.

Tema 21.– El sistema educativo español: estructura y características generales. La política de I+D+I. Situación actual de la educación y la I+D+I. en Castilla y León.

Tema 22.– El Sistema Nacional de Salud: Estructura, financiación y problemas actuales. El Sistema Público de Pensiones Español: Estructura, financiación y problemas actuales.

GRUPO IV  Cuerpo Superior JCyL-A1

Tema 1.– El Estado: teorías sobre su origen. Elementos constitutivos. Las diversas concepciones del Estado.

Tema 2.– La estructura del Estado. Estado unitario y estados compuestos.

Nacionalismo y Estado.

Tema 3.– Los sistemas políticos. Teoría de las formas de gobierno: especial referencia al gobierno parlamentario.

Tema 4.– La representación política. Democracia representativa y democracia participativa. Régimen jurídico de los partidos políticos en España. El sistema electoral español.

Tema 5.– Participación política y ciudadanía. Sociedad civil: grupos de interés y movimientos sociales en España.

Tema 6.– El Estado Español en la Constitución. Estado social y democrático de derecho. Modelo económico constitucional.

Tema 7.– La Unión Europea: antecedentes y objetivos. Los tratados originarios y modificativos. Especial referencia a la integración de España. La representación de la Junta de Castilla y León ante la Unión Europea.

Tema 8.– Instituciones de la Unión Europea: El Parlamento europeo. El Consejo Europeo. El Consejo de la Unión Europea. La Comisión Europea.

Tema 9.– Otras Instituciones: El Defensor del Pueblo. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea. El Banco Central Europeo. El Tribunal de Cuentas.

Tema 10.– Órganos de la Unión Europea. El Comité Económico y Social. El Comité de las Regiones. El Banco Europeo de Inversiones.

Tema 11.– El ordenamiento jurídico de la Unión Europea: concepto y caracteres.

Tipología de fuentes. Los actos jurídicos de la Unión.

Tema 12.– Relación entre el Derecho de la Unión Europea y el ordenamiento jurídico de los Estados Miembros. La participación de los Estados Miembros en el proceso decisorio.

Tema 13.– La adecuación del ordenamiento jurídico español al derecho de la Unión Europea. La participación de las Comunidades Autónomas en la aplicación del derecho comunitario.

Tema 14.– La libre circulación de mercancías y la política comercial común. La Tarifa Exterior Común. La libertad de establecimiento y la libre prestación de servicios. La libre circulación de capitales.

Tema 15.– La libre circulación de trabajadores. La política social y de empleo. Política agrícola y pesquera. Otras políticas comunes.

Tema 16.– Los derechos fundamentales de los ciudadanos de la Unión Europea. La libre circulación de personas; los derechos de residencia, a votar y ser elegido. La protección diplomática y consular.

Tema 17.– Política exterior y de seguridad común de la Unión Europea. El espacio europeo de libertad, seguridad y justicia.

Tema 18.– La cohesión económica y social. La política regional de la Unión Europea.

Los fondos estructurales y sus objetivos prioritarios.

Tema 19.– La Unión Económica y Monetaria y la política económica. El Pacto de Estabilidad y Crecimiento y sus implicaciones en la política fiscal de los Estados miembros. La armonización fiscal. La estrategia Europa 2020.

Tema 20.– La Administración Pública como organización al servicio de los ciudadanos. El derecho a una Buena Administración. Las estructuras organizativas del sector público: tendencias actuales y retos para el futuro.

Tema 21.– Gestión de la calidad y mejora continua de los servicios públicos. La gestión de la calidad en la Administración de Castilla y León.

Tema 22.– Las nuevas tecnologías en la gestión de las Administraciones Públicas. La Administración electrónica: funcionamiento electrónico del sector público. Sede electrónica, sistemas de identificación y firma. Expediente electrónico y archivo electrónico único.

Tema 23.– Las relaciones electrónicas entre las Administraciones Públicas. Transmisión de datos y reutilización de sistemas y aplicaciones. La interoperabilidad: concepto, límites y garantías. Esquema Nacional de Interoperabilidad y Esquema Nacional de Seguridad.

Tema 24.– La Administración Pública y las políticas públicas, clasificación y actores de las políticas pública. Modelos de decisión. El ciclo de las políticas públicas.

Tema 25.– Las políticas públicas: formulación, ejecución y evaluación de las políticas públicas.

Tema 26.– Técnicas y habilidades en la gestión pública: planificación estratégica, dirección por objetivos, gestión del conocimiento.

Tema 27.– Técnicas de dirección gerencial en las Administraciones públicas. Nuevas orientaciones en motivación, liderazgo y comunicación. El directivo público profesional.

Tema 28.– La Política de mejora de la regulación. Análisis de impacto normativo.

Medición y reducción de cargas burocráticas.

Tema 29.– Transparencia administrativa y participación ciudadana: legislación estatal básica. El Código de Buen Gobierno. El Portal de Transparencia El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.

Tema 30.– La transparencia en la actividad pública y el acceso a la información en el ámbito de Castilla y León. Gobierno Abierto. El Comisionado de la Transparencia.

Tema 31.– La protección de datos personales: principios, derechos de los interesados y obligaciones de los empleados públicos. El Decreto 22/2021, de 30 de septiembre, por el que se aprueba la política de seguridad de la información y protección de datos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León: uso de medios digitales y obligaciones del personal.

Tema 32.– Las políticas públicas en materia de igualdad de género y contra la violencia de género. Instrumentos de planificación autonómica. Discapacidad y dependencia.

Tema 33.– La Agenda 2030. Los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Acciones para su implementación en la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA SOLICITUD INSTRUCCIONES GENERALES:  Cuerpo Superior JCyL-A1

Recuerde que previamente a cumplimentar la solicitud debe abonar el importe de la tasa a través del modelo 046.

Cumplimente el modelo oficial de solicitud a través del enlace: https://empleopublico.jcyl.es

Recuerde que su solicitud debe firmarla y presentarla preferentemente por vía telemática en el Registro Telemático de la Administración de la Comunidad de Castilla y León con certificado digital/DNI electrónico.

CONVOCATORIA:  Cuerpo Superior JCyL-A1

Convocatoria: seleccionar Cuerpo Superior - Libre 2020.

Fecha de publicación: este campo se rellenará automáticamente una vez que conste la información del apartado anterior con la fecha de publicación de la orden de la convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Tipo de acceso: seleccionar turno libre o libre discapacidad.

Provincia de examen: seleccionar Valladolid.

Idioma: estará activo en su caso.

Grado de discapacidad: si procede se cumplimentará con el grado que tenga reconocido.

Adaptación: Si lo precisa seleccione la petición concreta de las adaptaciones de tiempo y medios necesaria para la realización de los ejercicios en la que se reflejen sus necesidades específicas.

Eliminación de barreras arquitectónicas. Ampliación del tiempo de duración del ejercicio.

Aumento del tamaño de los caracteres del examen, por dificultad de visión. Necesidad de intérprete, debido a sordera.

Sistema Braille de escritura, por invidente. Mesa adaptada a la silla de ruedas.

Otras. Adjuntar documentación.

En el caso de que haya cumplimentado «Otras» especifique cuáles en documento aparte.

ABONO DE TASAS:  Cuerpo Superior JCyL-A1

Exención/Bonificación de tasas:  Cuerpo Superior JCyL-A1

Señale si se encuentra exento del abono de la tasa y la causa (discapacidad u otras, o familia numerosa) o si tiene derecho a la bonificación (promoción interna). Recuerde que para tener derecho a la exención por familia numerosa o bonificación por promoción interna tiene que cumplir los requisitos de nivel de renta del sujeto pasivo de la tasa de acuerdo con la convocatoria y la normativa aplicable.

Código del modelo 046:  Cuerpo Superior JCyL-A1

Se cumplimentará con los datos del código alfanumérico del mismo una vez realizado el pago de la tasa.  Cuerpo Superior JCyL-A1

Importe de la tasa:  Cuerpo Superior JCyL-A1

Se cumplimentará automáticamente.

Observación: en el caso de exención de la tasa por familia numerosa o de bonificación por participar por promoción interna, el participante deberá otorgar al órgano gestor la autorización para recabar los datos tributarios del nivel de renta del sujeto pasivo de la tasa del IRPF del ejercicio 2021 y, en su caso, cumplimentar el apartado correspondiente al número del título de familia numerosa y la fecha de caducidad del mismo. En el supuesto de no hacerlo, deberá presentar necesariamente la documentación acreditativa.

DATOS PERSONALES:  Cuerpo Superior JCyL-A1

Se cumplimentará con los datos personales del aspirante. DOMICILIO:

Se cumplimentará con los datos de domicilio del aspirante.

Si el domicilio radica fuera de España podrá detallar la dirección completa en el apartado Vía pública/Dirección.

REQUISITOS DE TITULACIÓN:  Cuerpo Superior JCyL-A1

País título: se consignará el país expedidor de la titulación académica exigida en la convocatoria.

Poseo el título exigido en la convocatoria: tiene que cumplimentar este campo y seleccionar el nivel de titulación o título concreto, según el caso, exigido en la convocatoria.

Poseo otro título (especificar): en este campo puede indicar la denominación del título que posee (en el caso de que se exija un nivel de estudios) o la de otro título que tenga.

REQUISITOS PROFESIONALES (SOLO TURNO DE PROMOCIÓN INTERNA):  Cuerpo Superior JCyL-A1

Estará activo en su caso.  Cuerpo Superior JCyL-A1

CONSENTIMIENTO:  Cuerpo Superior JCyL-A1 

Consentimiento al centro gestor para acceder a las bases de datos de las Administraciones, con garantía de confidencialidad, y a los exclusivos efectos de facilitar la verificación de los datos personales: (identificación personal - nivel de renta - titulación

- discapacidad - familia numerosa). En el caso de NO CONSENTIR debe señalar la casilla que figura antes de la firma, lo que supone que deberá necesariamente aportar copia de la documentación indicada en la convocatoria. Las personas que tengan reconocida la condición de discapacidad o familia numerosa fuera de la Comunidad de Castilla y León deben aportar la documentación acreditativa.

La Administración en cualquier momento podrá efectuar las verificaciones que considere necesarias en relación con la documentación aportada.

Más información en : https://academiairigoyen.com/cuerpo-superior-junta-de-castilla-y-leon-a1/


Puestos Ofertados Cuerpo Auxiliar AGE 20-21-22

Puestos Ofertados Cuerpo Auxiliar AGE 20-21-22

Puestos Ofertados Cuerpo Auxiliar AGE 20-21-22

Puestos Ofertados Cuerpo Auxiliar AGE 20-21-22. Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se ofertan las plazas que han de ser desempeñadas como primer destino a las personas aspirantes que han superado las pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado, por el sistema general de ingreso libre. 

Por Resolución de 20 de enero de 2023 de la Secretaría de Estado de Función Pública (BOE del 27) se convocaron pruebas selectivas para el acceso, por el sistema general de ingreso libre, al Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado, publicándose la relación definitiva de personas aspirantes que superaron las pruebas selectivas por Resolución de 1 de marzo de 2024, de la Secretaría de Estado de Función Pública (BOE del 12).

Como fase previa al nombramiento de personal funcionario de carrera de las personas aspirantes que han superado las pruebas selectivas, es necesario realizar la oferta de las plazas que han de ser desempeñadas por las mismas como primer destino.

En consecuencia, esta Secretaría de Estado de Función Pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.1.b) del Real Decreto 1084/1990, de 31 de agosto, de redistribución de competencias en materia de personal de la Administración del Estado, a propuesta de la Dirección General de la Función Pública, resuelve:

PRIMERO. - Ofertar a las personas aspirantes seleccionadas en el Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado, los puestos de trabajo incluidos en el Anexo de esta Resolución.

Consulta aquí la oferta de vacantes al Cuerpo Auxiliar AGE 20-21-22

SEGUNDO. – Se excluye provisionalmente a la persona aspirante Dª María Nélida Vázquez Mato, con DNI ***7643**, por no aportar en el plazo establecido en la citada Resolución de 1 de marzo de 2024, copia auténtica de la titulación exigida en el apartado 2 del Anexo I de la Convocatoria del proceso selectivo.

En el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en la página web del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública (https://funcionpublica.digital.gob.es/ apartado “Empleo público, Información de convocatorias para personal funcionario, Convocatorias cuerpos/escalas generales de personal funcionario”), esta persona aspirante podrá acreditar el cumplimiento del requisito por el que ha sido excluida mediante la presentación de la oportuna documentación en un Registro Público dirigida a la Subdirección General de Gestión de Ordenación de Recursos Humanos de la Dirección General de la Función Pública (calle Manuel Cortina, 2, Madrid, 28071) en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

TERCERO. - Las personas aspirantes solicitarán destino por vía electrónica a través del “Sistema Integrado de Gestión de Personal - SIGP” al que podrán acceder a través de la dirección Web https://sede.funciona.gob.es, apartado “mis servicios de RR.HH”. En la mencionada página web, solicitarán las vacantes, firmarán y enviarán la solicitud.

El plazo de solicitud de vacante comienza el día 24 de mayo de 2024 a las 12:00 horas del mediodía y finaliza el día 31 de mayo de 2024 a las 12:00 horas del mediodía.

Para poder llevar a cabo la solicitud de destinos es imprescindible que las personas aspirantes cuenten con un certificado electrónico emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) o una firma electrónica del DNI-e.

CUARTO.- La adjudicación de destinos se efectuará a la vista de las peticiones presentadas por las personas aspirantes, según el orden obtenido en el proceso selectivo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26 del Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (BOE del día 10 de abril), excepto en lo previsto en el artículo 9 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre (BOE del día 17) por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de los puestos de trabajo de las personas con discapacidad.

Las personas aspirantes afectadas por este último supuesto podrán solicitar al órgano convocante la alteración del orden de prelación para la elección de las plazas por motivos de dependencia personal, dificultades de desplazamiento u otras análogas, tal como precisa el artículo 9 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre. Estos motivos deberán ser debidamente acreditados mediante certificación del órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente y aquella otra documentación que la persona interesada considere oportuna.

Esta documentación deberá presentarse en un Registro Público, dirigida a la Subdirección General de Ordenación de Recursos Humanos de la Dirección General de la Función Pública (Calle Manuel Cortina, 2, 28071, Madrid) en la forma establecida en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dentro del mismo plazo establecido para la solicitud de vacantes. Una vez presentada, se remitirá una copia de la solicitud sellada por el Registro correspondiente, al correo electrónico “fp.nombramientos@correo.gob.es”.

Ante la posibilidad de que las personas aprobadas por el cupo de reserva de personas con discapacidad obtengan plaza de forma preferente en aplicación de lo dispuesto en el artículo 9 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, se deberá incrementar el número de plazas que cada persona aspirante solicite en 89 plazas más.

QUINTO. - A las personas aspirantes que no soliciten destino de la manera señalada y dentro del plazo establecido o, presentada ésta en tiempo y forma, no incluyesen puestos de trabajo suficientes para obtener uno de ellos, se les adjudicará destino en alguno de los puestos de trabajo vacantes del Anexo que resulten sin adjudicar, una vez atendidas las peticiones de las demás personas aspirantes.

SEXTO.- Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante esta Secretaría de Estado en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso-administrativo ante los juzgados centrales de lo contencioso- administrativo en el plazo de dos meses a partir, asimismo, del día siguiente al de su publicación, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa. En caso de interponer un recurso de reposición, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta.

Para más información puedes consultar en : https://funcionpublica.digital.gob.es/funcion-publica/Acceso-Empleo-Publico/Convocatorias-Personal-Funcionario/Cuerpos-escalas-generales/Convocatorias-2020/INSTRUCCIONES-PETICION-VACANTES-.html

 


Listado Provisional Auxiliar de Biblioteca (P.I)

Listado Provisional Auxiliar de Biblioteca (P.I)

Listado Provisional Auxiliar de Biblioteca (P.I)

Listado Provisional Auxiliar de Biblioteca (P.I)  RESOLUCIÓN de 17 de mayo de 2024, de la Secretaría General de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueba la relación provisional de admitidos y excluidos del proceso selectivo para el ingreso, por el sistema de acceso por promoción interna, en la categoría profesional de Auxiliar de Biblioteca de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

De conformidad con lo dispuesto en la base 9.1 de la Resolución de 30 de enero de 2024, de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano (B.O.C. y L. n.º 27, de 7 de febrero), por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso, por el sistema de promoción interna, en la categoría profesional de Auxiliar de Biblioteca de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y como órgano gestor del procedimiento, según se establece en la base 7.2, esta Secretaría General

RESUELVE Listado Provisional Auxiliar de Biblioteca (P.I)

Primero.– Aprobar las listas provisionales de admitidos y excluidos al citado proceso selectivo, con indicación de las causas de exclusión.

Estas listas se encuentran expuestas al público en las Oficinas y Puntos de Información de la Junta de Castilla y León y en la página web, dentro del portal de empleados públicos, https://empleopublico.jcyl.es. Asimismo, la información estará disponible en el Servicio Telefónico 012 de Información y Atención al Ciudadano (para llamadas fuera de la Comunidad de Castilla y León: 983 327850).  Listado Provisional Auxiliar de Biblioteca (P.I)

Segundo.– Los aspirantes dispondrán de un plazo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León de la presente resolución, para formular alegaciones o subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o en su caso, su no inclusión expresa.

Los escritos de alegaciones o de subsanación se dirigirán al Servicio de Personal y Asuntos Generales de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, Avenida del Real Valladolid s/n, 47014 - Valladolid. Listado Provisional Auxiliar de Biblioteca (P.I)

Tercero.– La falta de subsanación en tiempo y forma dará lugar a la exclusión definitiva del aspirante.

Cuarto.– La inclusión de aspirantes en la relación de admitidos no supone en ningún caso el reconocimiento por parte de la Administración de que los mismos reúnen los requisitos generales y particulares exigidos en la Resolución de convocatoria. La acreditación y verificación de éstos tendrá lugar únicamente para los aspirantes que superen el proceso selectivo, en la forma y momento procedimental establecidos en la base décima de la convocatoria.

Quinto.– Las alegaciones y subsanaciones presentadas a las listas provisionales de admitidos y excluidos se resolverán mediante Resolución de la Secretaría General de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, en el momento que se aprueben las listas definitivas de admitidos y excluidos, indicando lugar, día y hora para el comienzo del ejercicio. Dicha Resolución se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Valladolid, 17 de mayo de 2024.

El Secretario General,  Listado Provisional Auxiliar de Biblioteca (P.I)

Fdo.: Carlos Fajardo Casajús

http://bocyl.jcyl.es                 

Para mas información puedes consultar : https://academiairigoyen.com/auxiliar-de-biblioteca/